Decreto 223 de 2002: normas complementarias al PBOT

Copacabana, Antioquia. Fuente de remisión: Alcaldía Municipal de Copacabana. Documento remitido entre los anexos municipales de respuesta a la petición..

Fecha documental: 2002-11-08. Fuente documental aportada para consulta. Vigencia normativa actual no verificada. Reproducción de publicación con diagramación por columnas; el texto OCR puede mezclar su orden. Incluye normas urbanísticas y cuadros de aprovechamientos.

Descargar documento gratis (PDF)

Texto extraído automáticamente de la copia aportada, mediante extracción u OCR cuando fue necesario. Puede contener errores de lectura, orden o caracteres, y las páginas escaneadas pueden carecer de texto. Coteje cualquier cita con el documento de descarga. Esta publicación no certifica vigencia ni sustituye la consulta ante la autoridad municipal.

     Mb,

                                                                                                                  aplicarán especialmente para:                                 Barr
                                                                                                                                                                                socic
                                                                                                                  1.   Lotes localizados en suelo urbano que cuenten con
                                             2002                                                                      un área igual o superior a dos mil metros               Cesi ,
                                                                                                                       cuadrados (2000) que inicien trámite de                 tiern
POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDEN NORMAS                                                                                   urbanización.                                           la aul
COMPLEMENTARIAS AL PLAN BASICO DE                                                                                 2.   Proyectos que se desarrollen en suelo urbano a
ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO                                                                                 partir de integración de lotes ygeneren mas de          Indio
DE COPACABANA                                                                                                          seis (6) unidades de vivienda.                          área
                                                                                                                  3.   Urbanizacilones construidas donde se presente           estac
El alcalde Municipal en uso de sus atribuciones'---                                                                    cambio de tipología o diseño urbanístico que            encul
                                                                   legales,enespeciallasconferidasporelArticulo        incremente la densidad aprobada.       ,                Indic
311 de la Constitución Política y los artículos 15 y                                                              4.   Terrenos que se pretendan subdividir en cinco (5)       área(
37 de la Ley 388 de 1997 y                                                                                             o mas lotes y deban realizar obras para la
                                                                                                                       vinculación a la malla urbana.                          Proy,
                         CONSIDERANDO                                                                             5.   Predios que deban ejecutar total o parcialmente         del dE
1.         Que el Acuerdo 25 de 2000 por medio del cual se                                                             una vía obligada o redes de servicios públicos.         urbar
           adoptó el Plan Básico de Ordenamiento Territorial                                                      6.   Lotes localizados en suelo rural que soliciten          núbil(
           para el Municipio de Copacabana establece la                                                                licencia de parcelación. 1.                             públic
           necesidad de determinar las cesiones,                                                                                                                               norma
           aprovechamientos y alturas por medio de normas                                                         Artículo 3. Para la correcta interpretación de las
           complementarias.                                                                                       normas contenidas en el presente Decreto, se                Proyo
                                                                                                                  establecen las siguientes definiciones:                     gener
2.         Que se han adelantado una serie de estudios                                                                                                                        locali
           puntuales por barrios y zonas del municipio para                                                       Altura de la edificación: es el número de pisos             propo
           establecer las tendencias de la actividad                                                              permitidos para el predio de acuerdo con su                 dotaci
           edificadora en el Municipio.                                                                           localización, partiendo del nivel del andén y               cesior
                                                                                                                  manteniendo una forma constante sobre el nivel              con la
3.         Que se han aplicado una serie de indicadores para                                                      natural del terreno.
           determinar el impacto que ha tenido en el                                                                                                                          Relot
           desarrollo urbano del Municipio la aplicación del                                                      Aprovechamiento Urbanístico: Es la posibilidad de           forma
           Plan Básico de Ordenamiento Territorial.                                                               construir en un predio determinado, medido en
                                                                                                                  términos de índices de ocupación, índices de                Trata
4.         Que es necesario contar conj una normatividad                                                          construcción o número de pisos.                             norm E
           clara que responda a los aspectos estructurales y                                                                                                                  dentro
           generales consagrados en el Plan de                                                                    Area Bruta Urbanizable: es la superficie equivalente
           Ordenamiento y que permita a los propietarios o                                                        al total del globo de terreno que se pretende urbanizar.   Artíci
           promotores inmobiliarios conocer las obligaciones                                                                                                                 urbani
           urbanísticas que deben respetar en los proyectos                                                       Area construida: es la parte edificada dentro de las       asumE
           que se adelanten en la jurisdicción municipal.                                                         áreas urbanizadas o desarrolladas y corresponde a la       asumir
                                                                                                                  suma de la superficie de pisos, excluyendo azoteas y       calida(
                                                                                                                  áreas duras sin cubrir o techar.                           desarr
                         DECRETA
                        CAPITULO I                                                                                Area de actividad: comprende cada una de las               La resi
                    CAMPO DE APLICACION                                                                           divisiones superficiarias establecidas en el Municipio     intervi
                                                                                                                  con el fin de reglamentar los usos                         propie
                                                                                                                                                                             proyec
Artículo 1. La presente reglamentación tiene como                                                                 Area de Cesión: es la parte del predio no vendible,
objetivo regular el desarrollo del municipio,                                                                     que todo urbanizador debe proveer para la circulación      Artícu
estableciendo las condiciones generales para                                                                      comunal, vehicular o peatonal, para la recreación y        presen
adelantar los procesos de urbanización en suelo                                                                   esparcimiento de los habitantes del sector y para la       en el
urbano y de expansión y parcelación en suelo rural.                                                               localización del equipamiento comunal                      Munid'
                                                                                                                                                                             suelo
Parágrafo. Corresponderá a la Oficina dé Planeación                                                               Area neta urbanizable: es la resultante de                 protecc
del municipio, exigir el cumplimiento de 'las normas                                                              descontar del área bruta urbanizable, las áreas
contenidas en el presente decreto.                                                                                correspondientes a afectaciones, cesiones                  Artícu
                                                                                                                  urbanísticas gratuitas, líneas de alta tensión,            ordena
Artículo 2. Las normas del presente Decreto tendrán                                                               ferrocarriles y suelos de protección.                      la form
vigencia en todo el territorio del municipio y se                                                                                                                            los obj,

                             « ete..444‘04 ect ea, of-cLedP7.0‘,
                 Barrio: conjunto de manzanas con un área definida
                                                                              de Ordenamiento Territorial y los particulares
                 sócioeconómica y geográficamente.                            establecidos para la zona específica del territorio
n con                                                                         municipal. Mediante los tratamientos se establecen fos
etros            Cesiones urbanísticas: es la enajenación gratuita de         objetivos y lineamientos generales de ordenamiento y
   de             fierras a favor del Municipio como contraprestación a       desarrollo de todos los sectores del Municipio.
                 la autorización de urbanizar o parcelar.
ano a                                                                         Artículo 7. Para orientar el desarrollo del conjunto del
35 de           Indice de Construcción: Es la resultante de dividir el        Area Urbana del Municipio y del suelo de expansión se
                área total construida por el área del lote, sin contar los    determinan los siguientes tratamientos:
sente           estacionamientos o instalaciones mecánicas que se
  que           encuentran en el sótano o la terraza.                         Conservación (C)
          --    Indice de Ocupación: Es el resultado de dividir el            Consolidación (CN)
:o (5)          área cubierta en primer piso por el área total del lote.      Redesarrollo (RED)
ra la                                                                         Mejoramiento Integral (MI)
                Provecto Urbanístico: es el planteamiento general             Desarrollo (D)
nente           del desarrollo de un globo de terreno urbano, donde el
                urbanizador propone obras para dotarlo de servicios           Conservación (C) Pretende proteger y recuperar las
iciten          públicos, infraestructura, vías y cesiones de uso             áreas con valor urbano, histórico o arquitectónico del
                público y comunitarias, de conformidad con las                Municipio, valorando las estructuras arquitectónicas y
                normas vigentes.                                              urbanísticas más representativas de una época del
e las                                                                         desarrollo municipal.
), se           Proyecto de Parcelación: es el planteamiento
                general del desarrollo de un globo de terreno                 Consolidación (CN) Está orientado a complementar
                localizado en el suelo rural o suburbano, donde se           las zonas con morfología urbana homogénea con el fin
pisos           propone la ejecución de una subdivisión predial y la         de lograr coherencia entre los usos del suelo, los
n su            dotación de servicios públicos, infraestructura y            valores urbanísticos, ambientales y paisajísticos, de
én y            cesiones de uso público y comunitario de conformidad         espacio público, infraestructura y equipamiento que
 nivel          con las normas vigentes.                                     presentan. De acuerdo con las condiciones de cada
                                                                             bario, el tratamiento de consolidación se clasifica en:
               Reloteo: es la modificación de la distribución, área o
 ad de         forma de un loteo.                                            Nivel 1. (C1) Correspondiente al barrio o sector que
lo en                                                                        presenta una malla urbana definida a partir de un
s de           Tratamiento: es el manejo diferenciado de los usos,           proceso de urbanización donde se determinó una
               normas, aprovechamientos y régimen de cesiones                distribución predial, una estructura vial, equipamiento
               dentro de un área determinada del Municipio.                  colectivo y zonas verdes públicas claramente
31ente                                                                       identificables.
nizar.         Artículo 4. El estudio y aprobación de licencias de
               urbanización y parcelación, no implica que el Municipio       Nivel 2 (C2)       Corresponde a los sectores que
de las         asuma ninguna responsabilidad por los compromisos             presentan irregularidad predial, estructura vial
le a la        asumidos por el urbanizador en la oferta de ventas o la       incompleta, de sección variable y generalmente
teas y         calidad y estabilidad de las construcciones que se            reducida al interior del sector, además de carecer de
               desarrollen.                                                  zonas verdes públicas y equipamientos colectivos.

le las         La responsabilidad recaerá sobre los profesionales que        Nivel 3 (C3). Corresponde a los sectores en suelo
iicipio        intervienen en la ejecución de las obras y en el              urbano que presentan una configuración semi
               propietario o promotor inmobiliario que adelanta el           campestre que cuenta con una o varias destinaciones
               proyecto                                                      por unidad predial, caracterizados por conservar una
idible,                                                                      densidad baja en número de viviendas, cuanta con una
ilación        Artículo 5. Para los efectos de la aplicación de la           malla vial conformada generalmente por carreteables
ción y         presente reglamentación, y atendiendo lo establecido          de poca sección y bajas especificaciones técnicas.
'ara la        en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, el
               Municipio de Copacabana se considera dividido en              Redesarrollo (RED) Se aplica a los barrios o sectores
               suelo urbano, rural, suburbano, de expansión y de             del suelo urbano que por su bajo crecimiento en altura
te de          protección.                                                   y bajo índice de ocupación, permiten un aumento de su
 áreas                                                                       densidad, por contar con buenas condiciones de
iones          Artículo 6. Se entiende por Tratamiento la decisión de        infraestructura y localización estratégica en el
nsión,         ordenamiento que permite orientar diferencialmente            Municipio para ayudar al logro de los objetivos
               la forma de intervenir el territorio, con miras a lograr      propuestos por el PBOT.
               los objetivos de desarrollo definidos en el Plan Básico


                                     «ezzamo4 eld CO prz~za, Cd (400)14940tídd de tcidcw,»
                                                                                                                              e
Desarrollo (D) Se aplica a predios urbanizables no       Mejoramiento Integral (MI) Se aplica a los barrios
urbanizados del suelo urbano y al suelo de expansión     o sectores catalogados como de desarrollo incompleto
'urbana. Los predios urbanizables alnados, localizados   o inadecuado, que requieren mejorar la mala calidad y
al interior de cualquiera de los demás tratamientos      deficientes condiciones de espacios para el uso público
urbanísticos establecidos por el PBOT deberán            y equipamiento comunal, infraestructura vial y de
urbanizarse y construirse de acuerdo con los             servicios públicos, buscando superar las carencias que
aprovechamientos y los índices establecidos para la      presentan y mejorar el entorno urbano.
zona de tratamiento donde se encuentran localizados.
                                                         Artículo 8.    En el Municipio de Copacabana se
                                                         presenta la siguiente subdivisión por barrios y
                                                         asignación de tratamientos urbanísticos:


       Barrio (suelo urbano)                                      Tratamiento

 1     San Juan                           C1, C2, C3       red            d                     Protección
 2     María                                  C2           red            d           mi
 3     Tablazo Canoas                         C2                          d
 4     Mojón                                  Cl
 5     Fátima                               Cl, C2
 6     La Pedrera                             Cl                                                Protección
 7     San Francisco                        Cl, C2                        d           mi
 8     Miraflores                             01
 9     Cristo Rey                             C2
 10    El Recreo                              Cl
 11    El Obrero                              C1
 12    Centro --- Simón Bolívar               Cl                                                Protección
 13    Tobón Quintero                         Cl                                      mi
 14    Yarumito                                                                       Mi   Protección
 15    Las Vegas                            Cl, C3
 16    La Asunción                            Cl                                           Protección
 17    La Azulita                         Cl, C2, C3                    d
       Corredor Actividad                Consolidación de uso industrial, institucional y de servicios
 18
       Múltiple                          (respetar suelo de protección- establecido en el PBOT).
 19    Porvenir                               Cl
 20    Pedregal                             Cl, C3
 21    El Remanso                             Cl                        d                  Protección
 22    La Misericordia                      C1 C3                       d
 23    Machado                              Cl, C2        Red           d                  Protección
 24    Villa Nueva                            C1

       Suelo de expansión

       El Convento                                                                                                 A
       El Salado                                                                                                   a
                CAPITULO II                                                                                        si
                                                         morfología del sector, su potencial de desarrollo, el     vi
     OBLIGACIONES URBANISTICAS EN SUELO                  objetivo de desarrollo definido en el Plan Básico de
           URBANO Y DE EXPANSIÓN                         Ordenamiento Territorial y regulan las .densidades
                                                         máximas permitidas.                                       di
Artículo 9.      Siguiendo los criterios generales           Artículo 10. Los criterios básicos para filar
establecidos en el Plan Básico de Ordenamiento                                                                     di
                                                             índices, densidades v alturas toman en cuenta la
Territorial, los aprovechamientos se establecen en           cap aci dad instalada en infraestructuras y el
términos de densidad, altura máxima y/o índices de                                                                 Pi
                                                             potencial de desarrollo de las áreas construidas v    cc
ocupación y construcción, según la tabla anexa y el          construíbles.
plano de tratamientos. Los índices establecidos como                                                               la
                                                             La_presente reglamentación busca incentivar una       su
aprovechamientos, son el resultado del análisis de la
    mayor intensidad en la ocupación del suelo v                    Artículo 14. Las reformas a las construcciones'
    diversidad de usos en las zonas planas del                      localizadas en suelo rural podrán efectuarse sin
    municipio.                                                      tener en cuenta las condiciones establecidas en e
    Se deben equilibrar los procesos de densificación               artículo anterior, siempre y cuando no se aumente
    espontánea, a partir de procesos de ocupación no                el área total construida.
    planificada con intervenciones v tratamientos
    orientados a generar espacios públicos v a                  Artículo 15. Los proyectos a desarrollarse en el suelo
    reestructurar las áreas libresy los equipamientos.          suburbano tendrán densidades restringidas cuando sé
                                                                pretenda ejecutar en el 'costado sur del territorio',
    El aprovechamiento medio está definido para                 municipal y costado norte entre la circunvalar
    todos los sectores del suelo urbano, teniendo en            propuesta y el límite del perímetro suburbano.
    cuenta lo establecido en el Plan Básico de
    Ordenamiento Territorial y las densidades y                 Las áreas mínimas de los predios en el suelo
    alturas que a continuación se enuncian.                     suburbano se establecerán en concordancia con las
                                                                densidades que se determinarán para cada vereda, de ,J
•   Densidades entre 60 y 110 viviendas por hectárea.           acuerdo con el análisis que se desarrolle con '1
•   Alturas máximas de 2 a 5 pisos (dependiendo de la           CORANTIOQUIA.
    potencialidad de los sectores, las normas básicas
    que se establezcan y los planes parciales que se
    adopten mediante decreto.                                                       CAPITULO IV
                                                                             AREAS DE CESION PUBLICA Y
    Artículo 11. En el suelo urbano del Municipio se                        CONTRIBUCIONES ESPECIALES
    determinan como densidades alta, media y baja,
    las siguientes:
    Alta:        90 a 110 viviendas por hectárea                                   TITULO I
                                                                        EN SUELO URBANO Y DE EXPANSION
    Media:      70 a 89 viviendas por hectárea
                                                                    Artículo 16. Con el fin de lograr el equilibrio
    Baja:       60 a 69 viviendas por hectárea.                     armónico en la distribución espacial del municipio,
                                                                                                                          losnuevosdesarolosurbanísticosyconstructivos
    Artículo 12. En el evento de formularse plan                    deberán disponer de áreas de cesión obligatoria_y
    parcial para un determinado polígono del suelo                  equipamientos, según los criterios que el presente
    urbano o para el suelo de expansión, se podrá                   decreto dispone.
    hacer uso de la mayor densidad permitida en el
    Plan Básico de Ordenamiento Territorial o su                Las cesiones públicas incluyen:
    correspondiente conversión a índice de                          Vías públicas vehiculares y peatonales que
    construcción, incrementado en un treinta por                    garanticen la continuación y vinculación a la malla
    ciento (30%) si se trata de una zona de actividad               urbana.
    múltiple.                                                   •   Zonas verdes, parques y plazoletas con su
                                                                    respectivo amoblamiento.
                                                                    Suelo para la dotación y construcción de
                CAPITULO III                                        equipamiento.
     OBLIGACIONES URBANISTICAS EN SUELO
                   RURAL                                         Artículo 17. Será obligatorio ceder al municipio a
                                                                 título gratuito los predios para zonas verdes,
                                                                 recreacionales y equipamientos; así mismo, se deberá
    Artículo 13.         En el suelo rural, los                  cumplir con la construcción de equipamiento o su
    aprovechamientos se definen a partir de los                  compensación en dinero, conforme a lo que el
    siguientes factores: densidades (número de                   presente Decreto determina, dependiendo de la zona
    viviendas por lote), área mínima de lote, índice de          de tratamiento, de la forma de desarrollar el proyecto
    ocupación y alturas máximas.                               '(con o sin Plan Parcial) y de acuerdo con el área total
    Los proyectos que se adelanten en el suelo rural,            que se pretenda construir en el proyecto específico,
    deberán- tener en cuenta lós conceptos, políticas y          según el cuadro anexo que hace parte integrante del
    directrices de CORANTIOQUIA.                                 presente Decreto.

    Parágrafo. La Administración Municipal, previa              Artículo 18. En zonas o sectores con tratamiento de
    concertación con CORANTIOQUIA, reglamentará                 consolidación, para todos los procesos de construcción
    las densidades y las áreas mínimas de lotes para el         o urbanización de uso residencial que generen seis
    suelo rural.                                                unidades de vivienda o más, o en otros usos, de

                                        t, 't t   elle4.42 ,     worivu~ de tad:u»
                                                                                                                                            l(
acuerdo con el área proporcional construida se                        Cuando, los equipamientos se generen de forma
                                                                                                                                            U
                                                                      aislada con riesgo de no contar con el
exigirán obligaciones de cesión en suelo o su                                                                                               B
compensación en dinero, destinadas a zonas verdes,                    mantenimiento adecuado para su conservación.
recreacionales o equipamiento. En todo caso la                                                                                              P
Secretaria de Planeación analizará la propuesta de              Parágrafo. Los porcentajes de cesión pública se
                                                                contabilizarán teniendo en cuenta el área bruta del lote
cesión y determinará si con el proyecto se está
realizando un aporte de espacio público útil para el            a intervenir en el proyecto.
                                                                                                                                            c
sector o si dicha cesión debe ser cancelada en dinero.
                                                                Artículo 22. Todo proyecto de parcelación, deberá
                                                                                                                                           A
                                                                ceder gratuitamente y mediante escritura pública
Parámetros para que la Secretaría de Planeación                                                                                            C(
                                                                debidamente registrada, o compensar de acuerdo con
pueda autorizar la compensación en dinero:                                                                                         r.      Ti
                                                                los parámetros que para el efecto se determinen:
                                                                                                                                           nf
      Que el nuevo proyecto de frente a un espacio                                                                                         c(
                                                                       Seis por ciento (6%) del área bruta del lote con
      público o equipamiento colectivo resultado de un                                                                                     la
                                                                       destino a la dotación de equipamiento
      proceso de urbanización anterior.                                                                                                    of
      Que se identifique ejecutar una obra prioritaria de              comunitario.
•                                                                                                                                          51
      saneamiento básico o dotación de infraestructura                                                                                     CE
                                                                       Veinte metros cuadrados (20 m2) por parcela,
      de servicios en sectores altamente deficitados.                                                                                      CE
      Que la zona o lote donde se vaya a desarrollar el                para la construcción de equipamientos
      proyecto no tenga la capacidad de dejar las áreas                comunitarios
      de cesión     al interior del predio; por ejemplo                                                                                    CC
                                                                 •     Los terrenos utilizados para la construcción de las
      sectores con tratamiento de consolidación nivel 1.                                                            > 2..uo
                                                                       vías públicas de acceso.
                                                                                                          j I 1•1 1-5( c bao frf           di
                                                                               1) Do 5 :cc ‘‘.1 , aros
•Artículo 19. No habrá lugar a cesiones urbanísticas             •••••  r -Y,
                                                                                                                                           e
 cuando la zona o sector esté identificado con                   Parágrafo. Para la legalización y el reconocimiento de
                                                                 construcciones en parcelas de viviendas concentradas
 tratamiento de redesarrollo y desarrollo en suelo
                                                                 en un mismo lote, siempre que se proponga la división
 urbano y las intervenciones se adelanten sin Plan
 Parcial; siempre que no sobrepasen las cinco (5)                en mas de cuatro predios, el propietario deberá ceder,
                                                                 además de las obligaciones establecidas en el presente
 unidades de vivienda. En otros usos no cede en forma
 proporcional a las cinco (5) unidades por el área               acuerdo, las siguientes áreas:
 mínima de vivienda.
                                                                        7 m 2 de construcción por cada parcela resultante
                                                                                                                                        Tratan
                                                                        en el lote.
 Artículo 20. En los planes parciales para sectores con
 tratamiento de desarrollo y redesarrollo, las
                                                                        100 m a la redonda de cada nacimiento de agua a
 obligaciones urbanísticas deberán contemplarse en el
 área de intervención y no se podrán compensar en                       partir del borde del mismo.                                     Conser

    dinero.
                                                                  •     30 m de ancho paralelo a la línea de máxima                     Consol

                                                                        inundación a cada lado de quebradas, lechos y
                        TITULO II                                       arroyos.
                     EN SUELO RURAL
                                                                     Las obligaciones que no están vinculadas a
                                                                     nacimientos de agua o a las quebradas, lechos o
                                                                     arroyos, podrán ser compensadas en dinero o en otros
    Artículo 21. En los proyectos de parcelación que se
                                                                     lotes, de acuerdo con lo que para el efecto se
    adelanten en suelo rural, podrán cederse al' interior del
    proyecto cuando estos no sean unidades cerradas, los             establezca en los planes, programas y proyectos de
    terrenos destinados a servicios comunitarios e                   dotación de espacio público y equipamiento                     •

    institucionples, o compensarse en otro sector, de                comunitario.
    acuerdo con los siguientes parámetros:

                                                                                        CAPITULO V
         Que el proyecto de parcelación no aporte en
         cesiones los metros cuadrados suficientes para la                         DISPOSICIONES VARIAS
         generación de equipamientos colectivos y dichas
         cesiones puedan sumarse para la dotación de                     Artículo 23. El presente Decreto se aplica a las
                                                                         construcciones v loteos que soliciten licencia de
         equipamientos comunitarios en otra vereda.
         Que el proyecto de parcelación aporte para el                   urbanismo, construcción o parcelación como
                                                                         proyectos nuevos, las construcciones v loteos
         mejoramiento o rehabilitación de equipamientos
         colectivos en funcionamiento (escuelas, centros                 existentes antes de la vigencia del presente
                                                                         Decreto que soliciten reconocimiento v
         de atención básica, zonas deportivas, etc.)

                            «eneamad eft ea guedena,                  ~00“:4-0'         de eado4,),
     legalización, se ajustarán a las normas
     urbanísticas generales consagradas en el Plan                                                       Artículo 25. Se entienden incorporadas al
     Básico de Ordenamiento Territorial.                                                                 presente Decreto las tablas anexas y el plano de
                                                                                                         tratamientos.
    Parágrafo. Cuando el Municipio lleve a cabo
    programas de regularización urbanística, expedirá                                                    Artículo 26. El presente Decreto rige desde la
    normas elpecíficas para el reconocimiento de                                                         fecha — de su promulgación y deroga las
    construcciones y legalización del asentamiento.                                                      disposiciones que le sean contrarias.
   Artículo 24. Cuando existan disposiciones
   consagradas en el Plan Básico de Ordenamiento
                                                                                                                             PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
   Territorial o en las normas complementarias que
                                                                                                                                                                                                         1
   no sean exactamente aplicables a una situación o
   contradicción en la normativa urbanística vigente,
   la facultad de interpretación corresponde a la
   oficina de planeación del Municipio, la cual emitirá
   su concepto mediante circulares que tendrán el
   carácter de doctrina para la interpretación de
   casos similares.
                                                                                                                       DIEGO ECH VERRI HINCAPIE
   Parágrafo. De acuerdo con los niveles de
                                                                                                                                   Alca de Municipal
   prevalencia establecidos en la Ley, en caso de
   contradicción entre las disposiciones del Plan
   Básico de Ordenamiento Territorial y otras
   disposiciones municipales, se aplicará lo
   establecido en el Plan.




                                                                    Sin Plan Parcial                            I                          Con Plan Parcial
                                        Lotes < =               Lotés >
                                        2.000 m 2              2.000 m°                                                 Sobre todo el área de intervención o polígono
rratamiento
                                                                              Lo. Cesión
                 Barrio o Sector                                                                     Cesión                                                                                Categoría
                                                                                                                                                       ... .       .— i
                                            Lc.                                      espacio         equipa                                                                                general de
                                                                             A .13.                                 Altura,                         Cesión      Cesión
                                                               Lc. (An.) .       ,  público          miento           u.                     Lo.
                                       Altura, (A.n)                                                                           Densidad             espacio    equipa
                                                                                                                                                                                            LISO
                                                                                                                                             A.b.
                                                                                                                                                    publico    miento
:onservación 'Edificaciones        I       2 pisos                    ......
                                                         I                                    (7)       (7)          ----           ----          L---- I----, L ---- _Tmxto
Consolidación Machado                       2.2                 2.2 (A.n.)
nir...... (C1) Barrio                                                                75d/o    (7)                             70-89 viv/ha                    15% A .n.     O in 2 /viv
                                        3 pisos (2)              (6) (7)                                (7)                                        600/0                                   Residencial
                                                                                                                                 (Ab)                        (8)          _ (1.0 1
               Machado -                    3.2                 3.2 (A.n.)
               Centralidad                                                           800/0    (7)       (7)
                                                                                                                             90-110 viv/ha         605,       15% A.II.    1 rn'/VIV       múltiple
                                        4 pisos (3)              (6) (7)                                                         (A.b)                       (8)           (10L
                 La Misericordia            2.2                 2.2 (A.n.)           75%      (7)       (7 )                  70-89 viv/ha                   15% A.n.      1 m 2 /viv
                                        3 pisos (2)              (6) (7)                                                                           60%          '                          Residencial
                                                                                                                                 (A.b)                       (8)           (10)
                 Pedregal                   2.2                 2.2 (A.n.)           75%      (7)       (7)
            a,                                                                                                                70-89 viv/ha                   15% A n       1 rn 2 /viv
                                        3 pisos (2)              (6) (7)                                                                                %                                  Residencial
                                                                                                                                 (A. b)            60        (8)        (10)
                 Porvenir      .•^'—    . 2'2                   2.2 (A.n.)           75%      (7)       (7 )                  70-89 viv/ha
                                        3 pisoS (2)                                                                                                          15% A.n.      1 m 2 /viv
                                                                                                                                                   60%                                     Residencial
                                                                                                                                 (A b)                       ( 8)          (10)
                 El Remanso                 2.2              1 -2.2     .n.)         75%      (7)       (7)                   70-89 viv/ha                   15% A.n.      1 ma/viv
                                        3 pisos (2)           ‘i —( (7)                                                                            60%                                     Residencial
                                                                                                                                 (A.b)                         8          (10)
                 La Asunción                2.2                  2.2 (A.n.)          75%      (7)       (7 )                  70-89 viv/ha                   15% A.n.     1 m 2 /viv
                                        3 pisos (2).              (6) (7iL                                                                         600/0                                   Residencial
                                                                                                                                 (A b)                      _CIL          (10)
                 La Azulita                                      2.2 (A ri.)         75%      (7)       (7)                   70-89 viv/ha                   15% A.n.     1 m 2/viv
                                        3 pis2  (2)              ( 8 ) (7)                                                                         60%                   _cloi             Residencial
                                                                                                                                 (.)                        (8)
                 Las Vegas                   .                  2.2 (A n.)           75%      ( 7)      (7 )                  70-89 viv/ha                  15% A. n.     1 in , /s9v
                                        3 pisos (2)              (8) (7)                il                                                         60%                                     Residencial
                                                                                                                                 (Kib)                      (8 )          (10)
                 El Recreo                                                           7513
                                                                2.2             (A
                                                                               n.)                                            70-89 viv/ha                  15% A.n        1 ma/viv
                                                                 ( 8 ) (7)                I   (7)       (7 )                                                                               Residencial
                                                                                                                                 (A.b)             60W °    (8)            (10)
              Tobón Quintero                                   2.0 (A n.)            _,„,)
                                       3 P      (2). .                               (1.1-1   (7)       (7) ,        ---    60-69 viv/ha (A b)     60%      1 5%A.n. (8)   1 m9vb, (10)
                                                                 ( 6 ) (7/                                                                                                                 Residencial
                                           2.2                                            ,
              El Obrero                                        2.2 (A.n.)            TÁ       (7)
                                       3 pisos (2)                                                      (7)          ---    90-110 VIVn12 (A b)    60%      15% A.8 (8)    1 uf/vis (10)
                                                                 (6) (7)                                                                                                                   Residenclal

              Miraflores                   2.2                 12 (A n.)
                                       3 pisos (2)                                   75%      (7)       (7)                 79-89 dvdla (A.b)      60%
                                                                 (6) (7)_                                                                                   15% A.n (8)    1 n9A/8, (10)   Residencial




                                   «e'reamod e4t Qa ~la, em caminom‘da de ea4d».
                                   1c 4                 (. yak .
                                                   ,    ?
                                                                                                                                                                     eio - 110               ti';!0 •
                           1C.            13               1¿       ts 0
                                                                                                                                                                                                    .      ..
  Centro -                            3.2                     3.5 (A.n.)                 80%                                                                          90- 110 viv/ha (A.b)       60% . : 14% A.ri. (B)             1 rn5viv (10)            Miiltipie
                                                                                                           (7 )                        (7)                            ___
Simón Bolívar                        (3)(4)                     (6 ) (7)
                                        2.2                   2.2 (A.n.)                 75 ,:).                                                                       70.519 ~be (A.b)          60%         15% A.n. (8)           1 niqviv(10)            Residencial
San Francisco                                                                                              (7 )                            (7)
                                  3 . 1áisos (2)                (6 ) (7)                     j
                                        2.2 .                 2.2 (A.n.)                  75%t                                                                         70.89 *iba (A.b)           80%        15% A.n. (8)           1 m'Mv (10)             Residencial
Fátima                                                                                                     (7)                             (7)
                                  3 pisos. (2)                   (6 ) ( 7)
                              .       2.2                      2.2 (A.n.)                 75 ,y.                                                              --       70.69 ~ha (A.b)            60%        15% A.n. (8)           1 milviv (10)              Residencial
La Pedrera •                                                                                               (7)                             (7)
                                  3 pisos (2)                    (6) (7)
                                      2.2                      2.2 (A.n.)                 75%                                                                 --       70.89 viv/ha (Al)          60%        15% A.n. (8)           1 rlf/vIV (10              Residencial
Mojón                                                                                                      (7)                . .          (7)
                                  3 pisos (2)                    ( 6 ) (7)
                                        .1
                                      2.1                      2.0 (A.n.)          ..     70 %                                                                ----     eo- se vivnie (Ab)         80%         15% A.n. (8)          1 rii'Mv (10)              Residencial
San Juan - Barrio                                                                                          (7)                             (7)
                                  3 pisos (2)                    (6 ) ( 7 )
San Juan -                            3.2                      2.8 (A.n.)                                                                                      --      90.110 ~ha (A.b)           80%         15% A.n. (0)          1 inVvIv (10)              Múltiple
                                                                                          80%              (7)            •                (7)
Cenlralidad                       4 pisos (3)                    (6 ) (7 )
                                      2.2                      2.2 (A.n.)                 75%                                                                  --      •7689 vhdlia (A.b)         60%         15% A.n. (8)          1 in'iviv (10)             Residencial
Villa Nueva                                                                                                 (7)                            (7)
                                  3 pisos (2)                    (6 ) ( 7 )


Corredor MIMO d            3.2                                 3.2 (A.n.)                  80%.                                                                        90.110 viv/ha (A.b)        60%         15% A.n. (8)           1      v1v (10)               Múltiple
                                                                                                            (7 )                           (7)
Múltiple        I          . 4 pisos (3)                         (6) (7)  :




                                                                                            Sin Plan Parcial                                                                                  Con Plan Pardal
                                                       Lotes < =                      Lotes >                                                                                                           de Intervención o polígono                                   Calllgoria
                                                                                     2000 rn 2     Lo.                                                                                                                                                               genera( de
 Tratamiento Barrio o Sector                            2000 m 3                                                                                                                                                      Cesión                Cesión                   ,,,,,,
                                                                                                         espacio                                     pulpa
                                                             1.ó.                                  A.n.                                                              Altura                                L 9'                             equipa             •          •
                                                                                                                                                                                   Densidad
                                                                                                                                                                       Le '
                                                                                    I.c. (A.n.)           úblico                                                                                                      espacio
                                                                                                                                                                                                           A.b.       público               miento
                                                     Altura, (A.n)

 ConsolidaciOn Machado                                        2z
                                                                                                           75%                                                         --        70-89 Milla (Al)          60%        15% A.n. (8)                      (10)         Residencial
                                                   2 p iso, (0) 3 pi so , (2)     2.2 (A.n.) (6)                               (7)                      (7)
               (C 2 ) Barrio
                                                            2.2                                                                                                                  70-89 vIvilia (Al)        60%         15% A.n. (8)         1           (10)         Residencial
                        Pedregal                                 :                2.2 (A "
                                                                                         n ) (6)           75%                 (7)                      (7)
                                                   2 isos 1 3- isos 21
                                                          -' 2 2                                                                                                       ---       70-69 v1v/ha (Ab)         60%         15     A.n. (9)      1 rif       (10)         Residencial
                        La Azulita                                                2.2 (A.n.) (6)           75%•                (7)                      (7)
                                                   2 isos '1 2•iSoS 2
                                                                                                                                                                                 70-89 viv/ha (Ab)         60%         15% A.n. (8)         1 mi        (10)         Residencial
                        San Francisco                                             2.2 (A.n.) (6)           70%                 (7)                      (7)
                                                   2 iSOS (12. 3 isos 2
                                                            2.2                                                                                                        ----      80-59 viv/ha (Ab)         60%         15% A.n.. (8)        1 rii.      (10)         Re       denciai
                        Cristo Rey                                                2.0 (A.n.) (6)           75%                 (7)                      (7)
                                                   2 isos (1) 3 pisos 2
                                                              22              -                                                                                                  70-89 vIv/ha (Kb)         60%          5     A.n. (8)      1 ni'       (10)          Re ciencia(
                        Fátirra                                                    2.2 (A.n.) (6)          75%                 (7)                      (7)
                                                   2 •isos 1 3 •isos 2
                                                            2                                                                                                                    70-89 vIvitia (A.b)       60%         15% A.n. (6)         1 ni•       ( O)          Residencial
                        Tablazo Canoas             2 i303 1 3 0,03 (2)             2.2 (A.n.) (6)          75%                 (7)                      (7)
                                                           2.23 ..                                                                                                     --        70-89 vivnia (A1)         60%         15% A.n (8)               mi      (10)         Residencial
                        Maria                                                      2.2 (kn.) (6)           75%                 (7)                       (7)
                                                   2 isos 1        isos 2
                        (") 12p-C.- IV •                  22-)                                              ' 7
                                                              2                                                                                                                   8669 vhvba (A.b)         60%         15% A.n. (8)              mqviv (10)           Residencial
                        San Juan - Barrio           2 0303 (1)3 pi, (2)            2.0 (km) (6)            70%                  (7)                      (7)
                           1 $411 1.13 14 .                    *-j ) 1... ,                                A('- '
  Consolidación La                                          1.5                    2.2 (A.n.)              50%                                                                    70-89 viv/ba (A.b)       60%         is%A.n. (8)              1 ni•Mv (10)          Residencial
                                                                                                                                (7 )                     (7)
               (C3 ) Misericordia'                      3 pisos (2)                (6 ) (7)
                                                                                   2.2 (A.n.)                                                                                                                                                                                           ( • (6
                                                            1.5                                            50%                                                         ---        70-89 Ny/ha (A.b)         60%         15% A.n. (8)            1 rni/viv (10)        Residencial
                        Pedregal                                                                                                (7 )                     (7)
                                                        3 .isol 2                         (6 )-( 7 )
                                                            1.5                         2.2 (A .n. )        50%                                                                   70-89 viv/ha (A.b)        60%         15% A.n. (8)            1 ',BAO (10)          Residencial
                        La Azulita                                                                                              (7 )                     (7)
                                                        3 tisos 2                         (6 ) (7)
                                                            1.5                            2 (A.n.)         50%                 (7)                                               70419 viv4ia (A.b)}       60%         15% A.n. (8)            1 reinvIv (10)         Residencial
                        Las Vegas                                                                                                                        (7)
                                                        3 .1sos 2                       2. 15/ UL
                                                             1.5                        2.0 (A.n.)          50%                                                         --        70.89 vIv/ha (A.b)        60%         15% A.n. (8)            1 ne/viv (10)          Residencial
                        San Juan                                                                                                    (7 )                 (7)
                                                        3 tisoS 2                         (6 ) ( 7 )                                                                                                                                                                                        (9;
        Redesarrptlo                                         1.8                        2.0 (A.n.)          00%                                                                                                                                                        Residencial          (1(
                                                                                                                                    (7)                  (7)          5 pisos ealloyhdria(8.8)             90% A.n.     15% A.n. (8)            1 in'hriv (10)
                         Machado                         3 pisos (2)                      (6 ) (7 )
                                                             1.8                        2.0 (A.n.)          60%                     (7)                   (7)         5 pisos 90- 110 hdl
                                                                                                                                                                                       via (A.b)           00% A.n.     15% A.n. (B)            1 ni•Mv (10)           Residencial
                  -       -
                                                         3 pisós (2)                      (6) (7)
                                                             1.8                        2.0 (krt.)                                                                                90- 110 viv/ha (Kb)      00% A.n.     15% A.n. (8)             1 mnviv (10)          Residencial
                         San Juan                                                                           60%                     (7)                   (7)         5 pisas
                                                         3 pisos (2)                      (6) (7)

                                                              1.5                       2.2 (A.n.)          50%                     (7)
          Besa:pallo                                                                                                                                      (7)         5 pisos 90- 110 vIv/ha (A.b)         40% A.n.         18%-8.6. (9)         1 m'AM (10)            Residendal
             urbi n , Machado                             3 pisos (2)                      (1E)
                 . 1.    La                                   1.5                 2.2 (A.n.)                        50%                                                           90- 110 vivlba (A.b)     40% A.n.         18% A.b. (9)         1 rffihriv (10)        Residencial
                                                                                                                                    (7)                      (7)      5 pisos
                         Misericordia                     3 pisos.(2)                (6) (7)
                                                            , 1.5                 2.2 (A.n.)                 50% •:                 (7)                      (7)      5 pisos     90- 110 viv/ha (A.b)     40% A.n.         18% A.b. (9)         1 nf/v1v (10)          Residencial
                         Pedregal                         3 Pisos (2)                    -(6) ( 7 )
                                                                                         2.(26()A(7.n).)                             (7)                              5 pisos      90- 110 visdhe (A.I))   40% A.n.         18% A.b. (9)         1 nP/viv (10)          Residencial
                                                                                                             50% .                                           (7)
                         El Remanso '                     3 pisos (2):
                                                              1.5                        2.2 (A.n.)          50%                                             (7)      5 pisos      90- 110 vlinha (A.b)     40% A.n.        18% A.b. (a)          1 neVviv (10)         Residencial
                         La Azulita                                                                                                  (7)
                                                          3 pisos (2)                      (6 ) ( 7 )
                                                              1.5                        2.2 (A.n.)          500                     (7)                                           80- 110 viv/ha (Kb)      40% A.n.        10% Al. (9)           1 ni'Mv (10)           Residencial
                                                                                                                                                             (7)       5 pisos
                         Las Vegas                        3 pisos (2)                      (6 ) ( 7 )
                                                              1.5                        2 2 (A.n.           50%                     (7)         ,           (7)       5 pisos     90- 110 vivítia (Ab)     40% A.n.        113% A.b. (9)         1 mi/viv (10)          Residencial
                          San Francisco                   3 pisos (2)                      (6 ) (7))
                                          111111111.111111~1
                                            Lotes < = , Lotes >
        Tratamiento    Bardo o Sector
                                                                                                                                            Con Plan Parcial
                                                2000 111 9        1,     2000 m 2           Cesión      Cesión           Sobre todo el área de intervención o polígono
                                                                                            !snack,     equipa                                                                                         Categoría
                                             Altura, (A.n)
                                                                                            público     miento      Altura,                                     Cesión                                 general de
                                                                                                                                                                                  Cesión
                                                                                                                      l.c.        Densidad             L o.
                                                                                                                                                                espacio           equipa
                                                                                                                                                                                                       uso
                                                                                                                                                      A.D.
                                                                       2.0 (A.n.)                                                                               público           miento
                      =1E1~
                       Mojón
                                                                 mal                                                5 pisos    90-110 viv/ha (A.b) 40% A.n
                                                                                                                                                                18% A b (9)        1 ne/viv(10)
                                                                   50%                                                                                                                                Residencial

                       Tablazo                                                                                     5 pisos     90410 viviha (A.b) 40% A.n 18%AL (9)
                                                   1.5                 2.2 (A.n.)                                                                                                 1 (br1/viv (10) Residencial
                       Canoas                 3 pisos, (2)              (8 ) (7)                                   5 pisos     90110 viv/ha (A.b) 40%A0(. 18% A.b. (9)
                      María                                                                                                                                                       1 neiviv (10)       Residencial
                                                                  2.2(A.n.) (6)       50%                          5. pisos   90.110 viv/ha (Ab) 40% Aa. 18%5.9. (9)
                      San Juan                                         2.0 (A.n.)                                                                                                 1 rretviv (10)      Residencial
                                                                         6 7                                       5 pisos
                      Villa Nueva                                                                                             90110 viv/ha (A b) 40% A.n. 18% Ab. (9)
                                                                                                                                                                                 1 nefv1v (10)        Residencial

            Desarrollo                                                                                            5 pisos     90(110 viv/ha (A.b) 40% A.n.     18 %kb. (9)
            Ex.ansión El Convento                                                                                                                                                1 rtYMv (10) Residencial

                      El Salado                                                                                   5 pisos     90-110 viv/ha (Al>) 40%A n.
                                                                                                                                                              18%A b. (9)       1 rn'iviV (10)       Residencial
                     Corredor                                                                                     5 pisos     90110 viv/ha (A b) i 40% A.n.
                                                                                                                                                              18%A b. (9)       1 rnYviv (10)        Residencial
                     Multimodal
                     Río Aburrá                                                                                   5 pisos 90-110 viv/ha (Kb)      40%4 n      18%A .b. ( 9)   1 1 m'/vi ,' ( 1 0)
       Mejoramiento                                                                                                                                                                                 Multiple

            Inte, ml Yarumito
                                                  2.1
                                        2 pisos (1)3 pisos (2)   80-69 viv/ha (A.b)                                                                —_—
                     Tobón                                                                                       4 pisos . 70-89 viv/ha (Ab)     50 A.
                                                                                                                                                              15% &o (8) T1ne(vv (10) Residencial                   I
                     Quintero
                                                                                                                 4 pisos 70-89 viv/ha (A.b)      50% A.n. 15%5 n (8)1 m 1
                     Sari Francisco                                                                                                                                                 iviv (10) Residencial

                     María                                                                                       4 pisos 70-89 viv/ha (Ab)       50% A.n 15% AK . (8)
                                                                                                                                                       j_.                    1 rne viv (10)
                                                                                             (7)         ( 7)    4 pisos – 70-89 v(ha (A.b)
                                                                                                                                                                                                    Residencial
                                                                                                                                                 50%A n. 15%A n (8) 1 ne/vtv (10) ReStdeneal
                                                                              vrlI7otVZ, 1.4 e .4>-.>
                                                                                              río cides.,.
                             A.n.: Área neta

  (1)                     A.b.: Área bruta del lote o del área de planificación según el caso.
               En vías
               (del     conpiso)
                    tercer  sección <= am6.00 m, puede adicionar hasta 3 pisos siempre que retrase la fachada
                                 en 6.00
  (2)                                       , a'thje de'vía y tenga una ocupación del 50%
                                                                                              .del área del lote.
               En vías
               vía     con una
                   y tenga sección entre adel
                               ocupación   6.0050%y,9.00  m, puede
                                                     del área      adicionar hasta 4 pisos siempre que retrase la fachada (del cuarto piso) en 6.00 m a eje de
                                                              denote.
 (3)
 (4)           En vías con sección > 9.00 n1 o que de frente a un equipamiento colectivo, parque, zona verde pública, etc.
               En la centmlidad
               sobre  altura de lasdeedificaciones.
                                      Copacabana se admiten 5 o mas pisos de altura para desarrollar el índice permitido y se ajuste a las normas
—(-5)---\
               Necesario desarrollar todo el área                                                                                                             básicas1
1 (6)/                                                        rv
               La altura es la resultadte de          de intervención o polígono a partir de la aprobación de un Plan Parcial.
i-(7)- '                                       la aplicación' del índice de construcción (I.c.) y del índice de ocupación (I.o.).
               Para proyectos
              barrio  Machado que    excedan 160
                                o similares,   6 unidades
                                                   m2       de vivienda o que se desarrollen a partir de la integración de lotes tipo de los barrios (130 m
              público y 1 m 2                                                                                                                               2 para el]
                                                        para el barrió Asunción o similares) deben aportar el 10% del área neta del lote corno cesión en espacio,
                               de construcción para equipamiento por cada vivienda, pagaderos en dinero o ensuelo al interior del predio según lo decida
              se definan. de Planeación Municipal de acuerde a la generación o mejoramiento de zonas verdes públicas o equipamientos colectivos que j•
              la Secretada
, (8)
 (9)          Para usos diferentes a residencial la cesión será del 10% del área neta (A.n.).
 (10)         Para usos diferentes a residenciarla cesión será del 15% del área bruta(A.b.).
              Para desarrollos diferentes a vivienda el aporte será de 1
                                                                         m2 construido porcada 100 m2
                                                                                                      construidos                              del uso.
SUELO RURAL

Generalidades:


             Áreas de uso múltiple, tendrán baja densidad e índice de ocupación (I.o.)
             Áreas
                    de producción, deben guardar retiros entre las edificaciones.
            Altura máxima permitida, dos (2) pisos mas manzarda mas sótano o semisótano.
            En cada parcela se permite vivienda principal y de mayordomo, establos, galpones, secaderos
            cumplan con el objetivo establecido para la zona de intervención.
                                                                                                                      y dem
                                                                                                                        demás           i ones que
            La Secretaría de Planeación Municipal define 1
            avalúo comercial del
                                                               ,a aplicación de la cesión en el sitio o el pago de ésta en dinero (equival
            comunitarios.             lote) destinado a la Obtención de terrenos, dotación, mantenimiento, construcción de equipamientos    ente al
            Área
                  mínima de lote se establecerá en las densidades rurales. Para desarrollos por partición o parcelación, varia dependiendo
                      de la zonificación de usos generales del Suelo y el tipo de intervención posible.
            Proceso de parcelación es todo el que tenga subdivisión en 5 o mas predios.




                                  «etea"), eco é ptue4,(4a,                                    ed CO-0040~t c e tadetd).>
                                                                                                                                       Cesión y dotación
                                                Tamaño del lote (                      ceder )                                           equipamiento
 Para todas                                                                                                             Densidad
                     Hasta 10.000 m '                                                             Mayor                                 . comunitario
las veredas
                                                                                                                        Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
  Parque, Arvi        5% A.b. (1)(2) .                                                                                  Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
                                                    5%A.b. ( )( )          10%A.b. ( )( )           10%A.b. ( )( )
      Granizal        5% A.b. (1)(2)                                                                                    Baja (5)(6)                        6%Al.(7)
       Cabuya(        5% A.b. (1)(2)                                                                                                     '6% A.b. (7)
                                                    5%A.b. ( )( )          10%A.b. ( )( )            10%A.b. ( )( )     Baja (5)(6)
     Peñolcito        5% A.b. (1)(2)
    Quebrada                                                                                                            Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
                      5% A.b. (1)(2)
          Arriba                                                                                                        Baja (5)(6)       6% A.b. (7) .
     Montañita        5% A.b. (1)(2)                                                                                                      6% A.b. (7)
                                                                                                                        Baja (5)(6)
        La Veta       5%A.b. ( )(                                                                                                          A A.b. (7)
                                                                                    111                       í 11      Baja ()t)
                                                                                                                              5 6
          Zarzal      5% A.b, (1)_(2)                          ,( )( )                                                  Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
                                                                            10%A.b. ( )( 1           10% A.b. (1)(4)
'    Sabaneta         5% A.b. (1)(2)                            ( )( )                                                                    6% A.b. (7)
                                                                                                                        Baja (5)(6)
          Ancón       5% A.b. : (1)(2)                                              ( )( 1           10% A.b. (1)(4)
                                                                                                     10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
        El Umbí       5% A.b. (1)(2)                    5%A.b. ( )( )       10%A.b,( )( )
                                                                            10%A.b. ( )( )           10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)        62/0 A.b. (7)
      Alvarado        5% A.b. (1)(2)                    5%A.b. ( )( )                                                                      6% A.b. (7)
                                                                            10%A.b.( )( )            10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)
      Guasimal        5% Al. (1)(2)                     5%A.b. ( )( )                                                                      6% A.b. (7)
                                                                                    (1x3)            10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)
           Noral      5% A.b. (1)(2)                                                                                                       6% A.b. (7)
                                                                            10%A.b. ( )( )           10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)
        Curazao       5% A.b. (1)j ._                             X)                                                                       6% A.b. (7)
                                                                                                                        Baja (5)(6)
          Rodas       5% A.b. (1)(2)                    5%A.b. ( )(                  ( )( )          10% A.b. (1)(4)
                                                                                                     1 O% Kb. (1)(4)    Baja (5)(6)        6% A.b. (7)
      El Salado        5% A.b, (1)12)_                                               ( )( )
                                                                                                                        Baja (5)(6)        6% A.b. (7)
   El Convento         5% A.b. (1)(2)                                                ( )( )          10% A.b. (1)(4)
       Corredor
      Autopista                                                                                      10% A.b. (1)(4)     Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
                       5% A.b. (1)(2)
     Medellín -                                                                                                           .   -
          Bogptá
         Granjas
       Infantiles,                                                                                    10% A.b. (1)(4)    Baja (5)(6)       6% A.b. (7)
      Comfama,         5% A.b. (1)(2)
  Equipamiento
        Municipal


             (1)       En cobertura forestal
             (2)       Areas agrícolas y ganaderas
             (3)       Areas forestales protectoras y productoras
             (4)       Areas forestales protectoras
                       Las densidades se establecerán conjuntamente en un estudio con Corantioqula que se incorporará al Plan Básico de
             (5)
                       Ordenamiento territorial.
              (6)      Se permiten los mayores aprovechamientos en suelos suburbanos y los menores en suelos de protección.
                       Cumplir con la construcción de equipamientos comunitarios a razón de 20 m 2
                                                                                                   por parcela. Para legalizaciones de varias
              (7)
                       viviendas concentradas en un mismo lote, deberán construir 7 m 2
                                                                                        por cada parcela resultante en el lote.

                        (D JIN-4.+ -s- (.1 .1'‘ s   ,




                                                                                                              o
                                                                              Fresenta los residuos en recipientes separados:


                                                                              1. En uno deposita residuos orgánicos: restos de
                                                                              alimentos, de jardín, servilletas, toallas y papeles
                                                                                higiénicos. Estos serán recogidos loe días que
                                                                                      habitualmente se hace la recolección.


                                                                               2. En otro deposita los materiales inorgánicos:
                                                                                cartón, vidrio, metal, plástico, papel e inertes.
                                                                                   Este material puede ser entregado a los
                                                                               recuperadores del sector o al vehiculo recolectar
                                                                                      todos los lunes a partir del 21 de abril.
                                                                                              ■~1■11114•11~11 ■




                                      « etea,~ e-4£ e                    Pule4-Pza, ed eamilizamida de elidad»