Acuerdo 004 de 2023: revisión y ajuste de largo plazo del PBOT de Andes

Andes, Antioquia. Fuente de remisión: Alcaldía Municipal de Andes, Secretaría de Planeación e Infraestructura Física; documentación remitida en respuesta municipal de septiembre de 2026..

Fecha documental: 23 de junio de 2023 (sello de sanción). Copia documental aportada para consulta; vigencia normativa actual no verificada. El documento incluye exposición de motivos, articulado y constancias finales. Aprobación del Concejo: 10 de junio de 2023; sello de sanción: 23 de junio de 2023. La palabra proyecto en la exposición de motivos no se usa para calificar como borrador todo el acuerdo.

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d4w¿
MUA'C/P,'O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE ANDES
CONCEJO MUNICIPAL
ACUERDO No. 004
23 JUN 2023
"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA REVISIÓN Y AJUSTE DE LARGO PLAZO DEL PLAN
BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE ANDES Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES"
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO
De conformidad con el artículo 2.2.2.1.2.3.3 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015,
modificado y adicionado por el Decreto Nacional 1232 de 2020, el presente proyecto de Acuerdo
pretende adoptar la revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial — Acuerdos 022 del
2000, 010 de 2004, 007 de 2013, 013 de 2017 y 006 de 2018 'Por medio del cual se incorporan a1
perímetro urbano unas franjas de terreno ubicadas en suelo rural", con el fin de asegurar la
consecución de los objetivos y las estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los
componentes general, urbano y rural del citado plan.
La revisión general de los Planes de Ordenamiento Territorial, entre estos los Esquemas de
Ordenamiento Territorial, puede emprenderse según el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, modificado
por el artículo 120 del Decreto 2106 de 2019, por iniciativa del Alcalde, siempre y cuando haya vencido
el término de vigencia de cada uno de los contenidos, según 10 establecido en dichos planes.
2. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE ANDES PARA APROBAR EL PROYECTO DE ACUERDO
En virtud de 10 dispuesto por la Constitución Política, las Leyes 388 de 1997, 810 de 2003 y el Decreto
Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 1232 de 2020, el Concejo
de Andes, es la Corporación competente para adoptar la revisión general Plan Básico de Ordenamiento
Territorial en primera instancia. A continuación, se relacionan las normas que le otorgan dicha
competencia a los Concejos municipales y distritales sobre el particular:
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
a/zz::
MUVC/P/O DE ANDES
Constitución Política:
"Artículo 313. Corresponde a los Concejos:
7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las
actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio
ecológico y cultural del Municipio.
Ley 388 de 1997:
"Artículo 250.- Aprobación de los planes de ordenamiento. EI proyecto de plan de ordenamiento
territorial, como documento consolidado después de surtir la etapa de la participación
democrática y de la concertación interinstitucional de que trata el artículo precedente, será
presentado por el Alcalde a consideración del Concejo municipal o distrital, dentro de los treinta
(30) días siguientes al recibo del concepto del Consejo Territorial de Planeación. En el evento
de que el Concejo estuviere en receso, el Alcalde deberá convocarlo a sesiones extraordinarias.
Toda modificación propuesta por el Concejo deberá contar con la aceptación de la
administración".
"Artículo 260.- Adopción de los planes. Transcurridos sesenta (60) días desde la presentación
del proyecto de plan de ordenamiento territorial sin que el Concejo municipal o distrital adopte
decisión alguna, el Alcalde podrá adoptarlo mediante decreto".
Ley 810 de 2003:
"Articulo 12. Los Concejos Municipales y Distritales podrán revisar y hacer ajustes a los Planes
de Ordenamiento Territoriales ya adoptados por las entidades territoriales y por iniciativa del
Alcalde.
Si el Concejo no aprueba en noventa (90) días calendario la iniciativa, 10 podrá hacer por
decreto el Alcalde".
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional
1232 de 2020:
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MUNC/P/O DE ANDES
"ARTÍCULO 2.2.2.1.2.2.7 Adopción del Plan de Ordenamiento Territorial - POT. De
conformidad con 10 dispuesto en el artículo 26 de la Ley 388 de 1997, transcurridos sesenta
(60) días hábiles desde la presentación del primer proyecto del Plan de Ordenamiento Territorial
- POT sin que el Concejo municipal o distrital adopte decisión alguna, el Alcalde podrá adoptarlo
mediante decreto.
PARÁGRAFO. No se someterá a consideración del Concejo municipal o distrital el proyecto de
Plan de Ordenamiento Territorial - POT sin haber agotado los trámites correspondientes ante
cada una de las instancias de concertación y consulta previstas en la Ley 388 de 1997. "
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROYECTO DE ACUERDO
3.1. Marco normativo de revisión general de los Planes de Ordenamiento Territorial:
proyecto de Acuerdo se ajusta a 10 dispuesto en las siguientes disposiciones normativas
relacionadas con la revisión general de los planes de ordenamiento territorial:
Ley 902 de 2004:
"Artículo 10. EI artículo 15 de la Ley 388 de 1997 quedará así:
Artículo 15. Normas urbanísticas Las normas urbanísticas regulan e/ uso, la ocupación y el
aprovechamiento del suelo y definen la naturaleza y las consecuencias de las actuaciones
urbanísticas indispensables para la administración de estos procesos. Estas normas estarán
jerarquizadas de acuerdo con los criterios de prevalencia aquí especificados y en su contenido
quedarán establecidos los procedimientos para su revisión, ajuste o modificación, en
congruencia con 10 que a continuación se señala.
En todo caso los Municipios que integran áreas metropolitanas deberán ajustarse en su
determinación a los objetivos y criterios definidos por la Junta Metropolitana, en los asuntos de
su competencia.
a. Normas urbanísticas estructurales.
Son las que aseguran la consecución de los objetivos y estrategias adoptadas en el
componente general del plan y en las políticas y estrategias de mediano plazo del componente
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urbano. Prevalecen sobre las demás normas, en e/ sentido de que las regulaciones de los
demás niveles no pueden adoptarse ni modificarse contraviniendo 10 que en ellas se establece,
y su propia modificación solo puede emprenderse con motivo de la revisión general del plan o
excepcionalmente a iniciativa del Alcalde municipal o distrital, con base en motivos y estudios
técnicos debidamente sustentados. Por consiguiente, las normas estructurales incluyen, entre
otras:
1.1 Las que clasifican y delimitan los suelos, de acuerdo con 10 establecido en el Capítulo IV de
1.2 Las que establecen áreas y definen actuaciones y tratamientos urbanísticos relacionadas
con la conservación y el manejo de centros urbanos e históricos; las que reservan áreas para
la construcción de redes primarias de infraestructura vial y de servicios públicos, las que
reservan espacios libres para parques y zonas verdes de escala urbana y zonal y, en general,
todas las que se refieran al espacio público vinculado al nivel de planificación de largo plazo.
1.3 Las que definan las características de las unidades de actuación o las que establecen
criterios y procedimientos para su caracterización, delimitación e incorporación posterior,
incluidas las que adoptan procedimientos e instrumentos de gestión para orientar, promover y
regular las actuaciones urbanísticas vinculadas a su desarrollo.
1.4 Las que establecen directrices para la formulación y adopción de planes parciales.
1.5 Las que definan las áreas de protección y conservación de los recursos naturales y
paisajísticos, las que delimitan zonas de riesgo y en general, todas las que conciernen al medio
ambiente, las cuales, en ningún caso, salvo en el de la revisión del plan, serán objeto de
modificación. (Subrayas y negrilla fuera del texto original)
2. Normas urbanísticas generales.
Son aquellas que permiten establecer usos e intensidad de usos del suelo, así como
actuaciones, tratamientos y procedimientos de parcelación, urbanización, construcción e
incorporación al desarrollo de las diferentes zonas comprendidas dentro del perímetro urbano
y suelo de expansión. Por consiguiente, otorgan derechos e imponen obligaciones urbanísticas
a los propietarios de terrenos y a sus constructores, conjuntamente con la especificación de los
instrumentos que se emplearán para que contribuyan eficazmente a los objetivos del desarrollo
urbano y a sufragar los costos que implica tal definición de derechos y obligaciones.
En razón de la vigencia de mediano plazo del componente urbano del plan, en ellas también
debe establecerse la oportunidad de su revisión y actualización e igualmente, los motivos
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generales que a iniciativa del Alcalde permitirán su revisión parcial. En consecuencia, además
de las regulaciones que por su propia naturaleza quedan contenidas en esta definición, hacen
parte de las normas urbanísticas:
2.1 Las especificaciones de aislamientos, volumetrías y alturas para los procesos de
edificación.
2.2 La determinación de las zonas de renovación, conjuntamente con la definición de
prioridades, procedimientos y programas de intervención.
2.3 La adopción de programas, proyectos y macroproyectos urbanos no considerados en el
componente general del plan.
2.4 Las características de la red vial secundaria, la localización y la correspondiente afectación
de terrenos para equipamientos colectivos de interés público o social a escala zonal o local, 10
mismo que la delimitación de espacios libres y zonas verdes de dicha escala.
2.5 Las especificaciones de las redes secundarias de abastecimiento de los servicios públicos
domiciliarios.
2.6 Las especificaciones de las cesiones urbanísticas gratuitas, así como los parámetros y
directrices para que sus propietarios compensen en dinero o en terrenos, si fuere del caso.
2.7 EI señalamiento de las excepciones a estas normas para operaciones como
macroproyectos o actuaciones urbanísticas en áreas con tratamientos de conservación,
renovación o mejoramiento integral para las cuales se contemplen normas específicas a
adoptar y concertar, en su oportunidad, con los propietarios y comunidades interesadas,
estableciendo los parámetros, procedimientos y requisitos que deben cumplirse en tales casos
excepcionales.
2.8 Las demás previstas en la presente ley o que se consideren convenientes por las
autoridades distritales o municipales. (.. (Subrayas y negrilla fuera del texto original)."
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional
1232 de 2020:
"ARTÍCULO 2.2.2.1.2.3.3 Revisión de los Planes de Ordenamiento Territorial POT Los
Concejos municipales o distritales, por iniciativa del Alcalde podrán revisar y ajustar los
contenidos de largo, mediano o corto plazo de los planes de ordenamiento territorial, siempre y
cuando haya vencido el término de vigencia de cada uno de ellos, según 10 establecido en
dichos planes.
Tales revisiones se harán por los motivos y condiciones contemplados en los mismos planes
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de Ordenamiento Temtorial para su revisión, según 10 dispuesto en el artículo 28 de la Ley 388
de 1997, modificado por el artículo 120 del Decreto 2106 de 2019, y deberán sustentarse en
parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con cambios significativos en las
previsiones sobre población urbana; la dinámica de ajustes en usos o intensidad de los usos
del suelo; la necesidad o conveniencia de ejecutar proyectos de impacto en materia de
transporte masivo, infraestructuras, expansión de servicios públicos o proyectos de renovación
urbana; la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana que
generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital, así como en los
resultados de seguimiento y evaluación de los objetivos y metas del respectivo Plan.
PARÁGRAFO. De manera excepcional el Alcalde municipal o distrital podrá iniciar en cualquier
momento el proceso de revisión del Plan o de alguno de sus contenidos cuando se justifique
en:
1. La declaratoria de desastre o calamidad pública de que trata el capítulo VI de la Ley 1523 de
2012, que se desencadenen de la manifestación de uno o varios eventos naturales o
antropogénicos no intencionales.
2. Los resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, vulnerabilidad y riesgos que
justifiquen: la recalificación de áreas de riesgo no mitigable y/o el establecimiento de otras
condiciones de restricción que se requieran diferentes de las originalmente adoptadas en el
Plan de Ordenamiento Territorial vigente. "
3.2. Sustento técnico y jurídico del proyecto de Acuerdo que adopta la revisión general del
Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Andes:
EI Municipio de Andes, no cuenta con instrumentos normativos y de planificación que le permita regular
y adelantar en forma ordenada, equitativa, sostenible y competitiva el desarrollo integral de su territorio,
es por ello, que se prevé como una necesidad de adelantar la revisión y ajuste del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial vigente, el cual fue adoptado mediante el Acuerdo 022 del 2002, pues debe
de asegurar la construcción efectiva del modelo territorial y la obligación de prever la manera de
ordenar el territorio en función de una visión de largo plazo.
De acuerdo con 10 anterior, es necesario hacer referencia a las disposiciones legales que articulan la
vigencia de los planes de ordenamiento territorial y de sus contenidos; así mismo, a los parámetros
que las entidades territoriales deben seguir para la revisión general del Plan.
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En consecuencia, para efectos de comprender el alcance de la revisión general del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial o de sus contenidos, y para dar efectivo cumplimiento a los objetivos y
estrategias de largo y mediano plazo formuladas en el Plan, es imprescindible acudir a las
disposiciones normativas que establecen la revisión general de los Planes de Ordenamiento Territorial.
En este sentido, para el caso de la revisión general de los planes de ordenamiento territorial, el artículo
28 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 120 del Decreto 2106 de 2019, y el artículo
2.2.2.1.2.3.3 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto
Nacional 1232 de 2020, establecen respectivamente 10 siguiente:
Decreto 2106 de 2019:
Artículo 120. Vigencia y revisión del plan de ordenamiento. EI artículo 28 de la Ley 388 de 1997
quedará así:
"ARTÍCULO 28. Vigencia y revisión del plan de ordenamiento. Los planes de ordenamiento
territorial deberán definir la vigencia de sus diferentes contenidos y las condiciones que
ameritan su revisión, en concordancia con los siguientes parámetros:
1. EI contenido estructural del plan tendrá una vigencia de largo plazo, que para este efecto se
entenderá como el correspondiente a tres periodos constitucionales de las administraciones
municipales y distritales.
2. Los contenidos de los componentes urbanos y rurales de mediano plazo tendrán una vigencia
correspondiente al término de dos períodos constitucionales de las administraciones
municipales.
3. Los contenidos urbanos y rurales de corto plazo y los programas de ejecución regirán durante
un período constitucional completo de la administración municipal y distrital completo, habida
cuenta de las excepciones que resulten lógicas en razón de la propia naturaleza de las
actuaciones contempladas o de sus propios efectos.
4. Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su aprobación y
deberán sustentarse en parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con cambios
significativos en las previsiones sobre población urbana; la dinámica de ajustes en usos o
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intensidad de los usos del suelo; la necesidad o conveniencia de ejecutar proyectos de impacto
en materia de transporte masivo, infraestructuras, expansión de servicios públicos o proyectos
de renovación urbana; la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o
metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital,
así como en la evaluación de sus objetivos y metas del respectivo plan.
No obstante, si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado un nuevo plan
de ordenamiento territorial, seguirá vigente el ya adoptado.
5. Las autoridades municipales y distritales podrán revisar y ajustar los Planes de Ordenamiento
Territorial o sus componentes una vez vencido el período constitucional inmediatamente
anterior.
En las revisiones de los Planes de Ordenamiento se evaluará por los respectivos Alcaldes los
avances o retrocesos, y se proyectarán nuevos programas para el reordenamiento de los usos
de servicios de alto impacto referidos a la prostitución y su incompatibilidad con usos
residenciales y dotacionales educativos. "
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional
1232 de 2020:
"ARTÍCULO 2.2.2.1.2.3.3 Revisión de los Planes de Ordenamiento Territorial por. Los
Concejos municipales o distritales, por iniciativa del Alcalde podrán revisar y ajustar los
contenidos de largo, mediano o corto plazo de los planes de ordenamiento territorial, siempre y
cuando haya vencido el término de vigencia de cada uno de ellos, según 10 establecido en
dichos planes.
Tales revisiones se harán por los motivos y condiciones contemplados en los mismos planes
de Ordenamiento Territorial para su revisión, según 10 dispuesto en el artículo 28 de la Ley 388
de 1997, modificado por el artículo 120 del Decreto 2106 de 2019, y deberán sustentarse en
parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con cambios significativos en las
previsiones sobre población urbana; la dinámica de ajustes en usos o intensidad de los usos
del suelo; la necesidad o conveniencia de ejecutar proyectos de impacto en materia de
transporte masivo, infraestructuras, expansión de servicios públicos o proyectos de renovación
urbana; la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana que
generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital, así como en los
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resultados de seguimiento y evaluación de los objetivos y metas del respectivo Plan.
PARÁGRAFO. De manera excepcional el Alcalde municipal o distrital podrá iniciar en cualquier
momento el proceso de revisión del Plan o de alguno de sus contenidos cuando se justifique
en:
1. La declaratoria de desastre o calamidad pública de que trata el capítulo VI de la Ley 1523 de
2012, que se desencadenen de la manifestación de uno o varios eventos naturales o
antropogénicos no intencionales.
2. Los resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, vulnerabilidad y riesgos que
justifiquen: la recalificación de áreas de riesgo no mitigable y/o el establecimiento de otras
condiciones de restricción que se requieran diferentes de las originalmente adoptadas en el
Plan de Ordenamiento Territorial vigente. "
Una vez realizada la precisión sobre el concepto de revisión general del Plan Básico de Ordenamiento
Territorial, es necesario referirse a algunas disposiciones del Acuerdo 022 del 2000 "POR EL CUAL
SE ADOPTA EL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL PARA EL
MUNICIPIO DE ANDES, SE DEFINEN LOS USOS DEL SUELO PARA LAS DIFERENTES ZONAS DE
LOS SECTORES RURALES Y URBANOS, SE ESTABLECEN LAS REGLAMENTACIONES
URBANÍSTICAS CORRESPONDIENTES Y SE PLANTEAN LOS PLANES COMPLEMENTARIOS
PARA EL FUTURO DESARROLLO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO", que dan cumplimiento a los
parámetros y vigencias que contempla el artículo 28 de la Ley 388 de 1997 y el 2.2.2.1.2.3.3 del
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 1232 de 2020
para los casos en que se pretenda revisar el Plan Básico de Ordenamiento Territorial o alguno de sus
contenidos.
En este sentido, el artículo 1 del Acuerdo 022 del 2002, establecen 10 siguiente:
"ARTÍCULO 1: DE LA ADOPCIÓN DEL PLAN. Adóptese ei Plan Básico de Ordenamiento
Territorial para el Municipio de Andes, Antioquia para el periodo 2000 al 2006, consignado en
al siguientes partes: títulos, capítulos, artículos y parágrafos. Además hacen parte integral del
mismo, el documento técnico soporte que incluye los documentos de diagnóstico y formulación,
documentos síntesis, los gráficas , tablas y todos los mapas que se enuncian a continuación y
reposan en la administración municipal".
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Acorde con las disposiciones legales citadas con anterioridad, se pretende someter a consideración
del Concejo Municipal la revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial con el soporte
técnico que se requiere para el efecto.
4. PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN GENERAL DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL.
EI proyecto de Acuerdo de adopción de la revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial
del Municipio de Andes se ajusta al procedimiento contemplado en los artículos 24 y 25 de la Ley 388
de 1997 tal como se señala a continuación:
Ley 388 de 1997:
"ARTÍCULO 24.- Instancias de concertación y consulta. EI Alcalde distrital o municipal, a
través de las oficinas de planeación o de la dependencia que haga sus veces, será responsable
de coordinar la formulación oportuna del proyecto del plan de Ordenamiento Territorial, y de
someterlo a consideración del Consejo de Gobiemo.
En todo caso, antes de la presentación del proyecto de plan de ordenamiento territorial a
consideración del Concejo distrital o municipal, se surtirán los trámites de conceãación
interinstitucional y consulta ciudadana, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
1. EI proyecto de Plan se someterá a consideración de la Corporación Autónoma Regional o
autoridad ambiental correspondiente, a efectos de que conjuntamente con el Municipio y/o
Distrito conceden los asuntos exclusivamente ambientales, dentro del ámbito de su
competencia de acuerdo con 10 dispuesto en la Ley 99 de 1993, para 10 cual dispondrán, de
cuarenta y cinco (45) días; solo podrá ser objetado por razones técnicas y sustentadas en
estudios.
En relación con los temas sobre los cuales no se logre la concertación, el Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible intervendrá con el fin de decidir sobre los puntos de desacuerdo, para
10 cual dispondrá de un término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la radicación
de la inforrnación del proceso por parte del Municipio o distrito quien está obligado a remitirla.
2. Durante el mismo término previsto en el numeral anterior se surtirá la instancia de
concertación con la Junta Metropolitana para el caso de planes de ordenamiento de Municipios
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que formen parte de áreas metropolitanas, instancia que vigilará su armonía con los planes y
directrices metropolitanas, en asuntos de su competencia.
3. Una vez revisado el proyecto por las respectivas autoridades ambientales y metropolitanas,
en los asuntos de su competencia, se someterá a consideración del Consejo Territorial de
Planeación, instancia que deberá rendir concepto y formular recomendaciones dentro de los
treinta (30) días hábiles siguientes.
4. Durante el período de revisión del plan por la Corporación Autónoma Regional, o la autoridad
ambiental correspondiente, la Junta Metropolitana y el Consejo Territorial de Planeación, la
administración municipal o distrital solicitará opiniones a los gremios económicos y
agremiaciones profesionales y realizará convocatorias públicas para la discusión del plan,
incluyendo audiencias con las juntas administradoras locales, expondrá los documentos
básicos del mismo en sitios accesibles a todos los interesados y recogerá las recomendaciones
y observaciones formuladas por las distintas entidades gremiales, ecológicas, cívicas y
comunitarias del Municipio, debiendo proceder a su evaluación, de acuerdo con la factibilidad,
conveniencia y concordancia con los objetivos del plan. Igualmente pondrán en marcha los
mecanismos de participación comunal previstos en el articulo 22 de esta Ley.
Las administraciones municipales y distritales establecerán los mecanismos de publicidad y
difusión del proyecto de plan de ordenamiento territorial que garanticen su conocimiento
masivo, de acuerdo con las condiciones y recursos de cada entidad territorial.
PARÁGRAFO. - La consulta democrática deberá garantizarse en todas las fases del plan de
ordenamiento, incluyendo el diagnóstico, las bases para su formulación, el seguimiento y la
evaluación.
PARÁGRAFO 2. En los casos en que existan dos o más Autoridades Ambientales con
jurisdicción en un Municipio o distrito, se constituirá una mesa conjunta con el propósito de
adelantar la concertación ambiental respetando en todo caso la jurisdicción y competencias de
cada una de ellas, de acuerdo con 10 dispuesto en la Ley 99 de 1993, y en cumplimiento de los
términos previstos en la presente ley.
Las disposiciones del presente artículo serán aplicables a los PBOT y EOT. "
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"ARTICULO 250.- Aprobación de los planes de ordenamiento. EI proyecto de plan de
ordenamiento territorial, como documento consolidado después de surtir la etapa de la
participación democrática y de la concertación interinstitucional de que trata el artículo
precedente, será presentado por el Alcalde a consideración del Concejo municipal o distrital,
dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo del concepto del Consejo Territorial de
Planeación. En el evento de que el Concejo estuviere en receso, el Alcalde deberá convocarlo
a sesiones extraordinarias. Toda modificación propuesta por el Concejo deberá contar con la
aceptación de la administración".
4.1. Sustento fáctico del procedimiento de revisión general del Plan Básico de Ordenamiento
Territorial del Municipio de Andes.
En cumplimiento de 10 dispuesto en los artículos citados de la Ley 388 de 1997, el Alcalde a través de
la Secretaría de Planeación e infraestructura adelantó las siguientes actuaciones en el marco de la
revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Andes:
a.
b.
c.
d.
EI proyecto fue sometido a consideración de la Corporación Autónoma Regional del Centro de
Antioquia — CORANTIOQUIA. Mediante Resolución se declararon concertados los asuntos
ambientales del proyecto, de conformidad con 10 establecido en sus considerandos y parte
resolutiva, en coordinación con el contenido del protocolo de concertación suscrito por las partes
el día 08 de mayo de 2023.
Una vez surtida la actuación anterior, el proyecto se sometió a consideración del Consejo Territorial
de Planeación -CTP- el 09 de mayo de 2023. EI organismo en mención rindió concepto y
recomendaciones mediante el concepto fechado del 09 de mayo del mismo año.
De acuerdo con las observaciones y recomendaciones emitidas por el Consejo Territorial de
Planeación (CTP), y los análisis internos de la Administración Municipal producto del proceso de
participación ciudadana adelantado, la Administración implementó una estrategia para acentuar y
efectivizar la participación democrática en el marco del procedimiento de revisión general del Plan
Básico de Ordenamiento Territorial.
EI proyecto fue sometido a consideración del Consejo de Gobierno en sesión del mes de marzo de
2023, en donde se aprobó su presentación ante el Concejo de la ciudad.
4.1.1. Sobre la concertación ambiental del proyecto de revisión general del PBOT con la
Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia — CORANTIOQUIA.
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MUNC/P/O DE ANDES
De acuerdo con 10 consignado en el artículo 24 de la Ley 388 de 1997, la administración municipal
suscribió con CORANTIOQUIA el protocolo de concertación el día 08 de mayo de 2023. En dicho
documento se expresaron los acuerdos y desacuerdos en torno a los asuntos ambientales discutidos.
Los puntos en los que hubo acuerdo entre las partes fueron los siguientes:
Finalizada la propuesta de la metodología de revisión por los pares, se da continuidad a la sesión
conjunta por el equipo interdisciplinario de CORANTIOQUIA y el Municipio con su equipo consultor y
se procede a leer las conclusiones de las observaciones ambientales por cada componente y los
ajustes realizados.
Se advierte que, desde la convocatoria a mesas de trabajo por temática, los funcionarios de
CORANTIOQQUIA, iba verificando el cumplimiento de las observaciones, con los debidos ajustes de
los documentos técnicos soporte.
Así mismo la revisión completa por todo el equipo interdisciplinario cuando el tema que fuera trasversal
a todas las determinantes, verificando los ajustes y la evidencia de esta en los DTS y Proyecto de
Acuerdo.
Hará parte integral de la presente Acta un documento denominado "Anexo 1" que contiene la siguiente
información:
En la primera columna se presentan las observaciones ambientales entregadas al Municipio en el
informe con radicado No. 090-1 T 2304-4813 del 25 de abril de 2023.
En la segunda columna se dará la denominación de "Conclusiones de las mesas o sesiones realizadas
para la Concertación los días 28 de abril, 02, 03 y 08 de mayo", conceptuando 10 revisado por las partes
y ajustado por el Municipio.
Que cada mesa al pronunciarse frente a las observaciones ambientales, en el documento "Anexo 1",
se hacía una descripción breve de ajuste en los DTS y PA.
A1 final de cada tema se espera concluir que todas las observaciones se ajustaron, porque dada las
circunstancias no deberá quedar ninguna observación como pendiente, toda vez que hubo aceptación
total de las observaciones, se adelantaron mesas de trabajo y se consignará en este proceso de
evaluación del proyecto de revisión del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio, la sesión
final de concertación.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCfP/O DE ANDES
Siendo las 3:38 p.m, se da inicio a la breve a la lectura de las observaciones del informe técnico jurídico
de evaluación del proyecto de revisión del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de
Andes.
A continuación, un breve resumen por cada temática:
TEMÁTICA: Gestión del Riesgo.
Todas las observaciones fueron corregidas y concertadas.
TEMÁTICA: Cambio Climático.
Todas las observaciones fueron corregidas y concertadas.
En el proyecto de acuerdo se incorpora en el artículo título 5 cambio climático artículos 175 y 176.
TEMÁTICA: POMCA - PORH - Recurso hídrico.
Se creó un articulado de microcuenca cuencas abastecedoras, en el artículo 144 del PAI disponiendo:
"para la microcuenca de la quebrada La Chaparrala se realizará la una zonificación de esta teniendo
en cuenta las dinámicas actuales que presenta esta cuenta y su gran extensión, por 10 tanto, esta área
tendrá un tratamiento diferencial, contando con áreas de conservación y protección ambiental y áreas
para la producción agrícola y ganadera con restricciones que garanticen la calidad y cantidad del
recurso hídrico, 10 cual se menciona en el capítulo correspondiente a las áreas de producción agrícola,
ganadera y de explotación de recursos naturales".
EI artículo 163, actualiza la tabla de uso, así mismo remite a las medidas de manejo del POMCA.
Se incluyó en el Proyecto de Acuerdo artículo 48, las medidas de manejo del POMCA del Rio San
Juan.
Se ajusta el artículo 16 de proyecto de acuerdo con la Política para la gestión integral del recurso
hídrico, incluyendo nuevas políticas y estrategias, respecto a la calidad del recurso hídrico.
TEMÁTICA: Flora y Fauna — Áreas protegidas, estrategias de conservación.
EI Municipio agrega la clasificación de especies reglamentadas en la Resolución 10194 de 2008.
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE AMDES
Se complementa las medidas de manejo y conservación de la Estructura Complementaria. (parágrafo
del artículo 34 del PA).
TEMÁTICA: Suelo.
Se incluye en el proyecto de acuerdo en el artículo 1450 Clase agrológica 8. Incorporando en el
articulado la clase y la zonificación del POMCA. Y según la zonificación, los usos. Sea en áreas de
amenaza natural y recuperación para uso múltiple.
TEMÁTICA: Potencial Minero.
Cumple con todas las observaciones.
Dentro de los DTS, se incluye el tema de Minería informal.
En el PA se agrega el artículo 150. Explotación de recursos naturales no renovables. En el articulado
referencia la minería informal y zonas de exclusión minera.
TEMÁTICA: Residuos sólidos - aguas residuales y abastecimiento, Saneamiento Básico.
Se incluye el artículo 152. Titulado "Área de retiro para relleno sanitario", determinando un área de
retiro de 1.000 metros con respecto a los predios donde se ubican los rellenos sanitarios "EI Rayo", y
el Relleno Sanitario Regional Proyectado.
Como consecuencia de 10 anterior, delimitan nuevamente los polígonos de categoría de desarrollo
restringido parcelación de vivienda campestre. Ajustando los DTS y PA.
Perímetro sanitario vs perímetro urbano. Se corrigió la leyenda y la capa diferente, corrigiéndose. EI
perímetro urbano es el mismo perímetro sanitario en cuanto a zona urbana.
Anexan los documentos de certificado de disponibilidad inmediata de servicios públicos, en
corregimientos.
Se hizo la corrección cartográfica.
Como consecuencia de modificación de los suelos de expansión; EU5 de Santa Rita — con la
eliminación de la propuesta y EU4 de Buenos Aires — reduciendo el polígono, se ajusta los certificados
de factibilidad con la modificación de tabla y mapa.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P/O DE ANDES
TEMÁTICA: Aire.
En los DTS, Se agregó un nuevo título denominado 1.5.3. "Emisiones en la zona rural asociados a la
actividad económica" y se hizo el respectivo análisis sobre las actividades que generan olores
ofensivos.
Así mismo se modifica los objetivos y las estrategias en coherencia con el título de la Política de
Prevención y Control de la Calidad del Aire.
Se incluye Artículo 115. Emisiones e impactos en suelo urbano.
Se incluye Artículo 169. Normas de compatibilidad de usos industriales, comerciales y residenciales
en suelo rural y suburbano.
Se ajusta el Artículo 174. Programas y proyectos ambientales, en el proyecto Mejoras de la calidad del
aire.
TEMÁTICA: Espacio Público.
Se corrige la propuesta iniciar de Espacio Público naturales rurales. Lo ahora concertado es que no se
contabilizaran.
Parágrafo único del articulo 60 del PA, se ajusta el manejo de espacio público.
Espacio público rural no queda como espacio público efectivo y se ajusta en todos los DTS, y en el PA
como Información de sistema de espacio público rural, con el ajuste y la inclusión del artículo 138, de
"Conformación del sistema de espacio público rural".
TEMÁTICA: Densidades.
Análisis de densidades completo en los DTSD para llevarlo a formulación y se ajustaron.
Incluyeran los índices que ocupación para todos los DTS y el PA.
Allegan análisis de densidades en los suelos suburbanos.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
se ajustó ei artículo 163 del PA, con la "ASIGNACIÓN DE USOS PRINCIPALES,
COMPLEMENTARIOS, RESTRINGIDOS Y PROHIBIDOS POR CATEGORÍA GENERAL DE USOS
DEL SUELO RURAL", en sujeción a todas las observaciones por cada temática.
Se incorpora en el artículo 169, sobre normas de compatibilidad de usos industriales, comerciales y
residenciales en suelo rural y suburbano.
En los DTS y PA, se incorpora el artículo 136 de "Sistema de asentamientos", confirmando las medidas
de densidades rurales para los suelos suburbanos La Chaparrala, San Bartolo, mientras que el
resguardo Dojuru, para su integración y planificación conjunta con el gobierno indígena de acuerdo a
10 definido en su plan de vida, y a través de programas y proyectos, como asentamiento y que para los
asentamientos identificados de La Legía y San Agustín no se delimitarán ni precisarán usos y
densidades diferenciales por sus limitantes en cuanto a las condiciones de amenaza y conflictos por
usos mineros, por 10 que se deben mantener las densidades propias de suelos rurales de acuerdo a
su categoría de protección.
TEMÁTICA: Umbral Máximo de Suburbanización — Suelo Suburbano — Categoría de Desarrollo
Restringido.
Se incorpora en los DTS las observaciones y queda en el PA en el artículo 29, sobre el modelo de
ocupación.
la inclusión de La Chaparrala y San Bartolo como suelos suburbanos
EI Municipio presenta la nueva propuesta para los suelos de expansión; eliminando uno de los
polígonos de expansión para el sector de Santa Rita, el cual presenta altas pendientes; y la reducción
del suelo de expansión del sector de Buenos aires. Se modifica en los artículos 44 y 46 del PA
Se modifica en el artículo 156 umbral máximo de suburbanización y se agregó un parágrafo y en el
artículo 158 suelos suburbanos, como resultado en 10 obtenido en el UMS se incluyó un nuevo polígono
suelo suburbano sub-6.
TEMÁTICA: Cartografía.
EI componente fue ajustado en sujeción a todas las observaciones que fueron concertadas.
Los puntos sobre los cuales hubo compromisos por parte de las partes fueron los siguientes:
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
EI Municipio entrega los documentos definitivos mediante radicados No. 160Cl-COE2305-18612 det
08 mayo de 2023 y No. 160Cl-COE2305-18798 del 09 de mayo de 2023, que hace parte integral de la
presente acta final de concertación.
Queda un solo compromiso de la temática de Participación, la cual no constituye un asunto de
determinante ambiental.
Com romiso
Hacer entrega de los documentos
definitivos
acogiendo
las
recomendaciones de la temática
de participación.
Donde se extraiga en escrito la
información de los procesos de
participación y socialización que
se sirvieron para conformación de
los DTS. (interpretación u análisis
de cada taller,
con sus
respectivas conclusiones
recomendaciones).
Lo anterior, deberá ser parte
integral
del
documento
dia nóstico.
Como recomendación al Municipio se reitera:
Res onsable
Municipio de
Antioquia.
Andes
Fecha
Viernes 12 de mayo
de 2023.
• Adelantar la solicitud de licencia ambiental del relleno sanitario de conformidad con la normativa
ambiental vigente.
Siendo las 4:50 p.m, se da por terminada la reunión final de concertación.
Radicar nuevamente en CORANTIOQUIA, una vez surta el proceso de concertación con el Honorable
Concejo Municipal, la documentación y cartografía presente en el Decreto 1232 del año 2020.
Posteriormente, mediante Resolución, se declararon concertados los asuntos ambientales
concernientes al proyecto de revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
de Andes, la cual en su parte resolutiva expresa 10 siguiente:
5. RESULTADO DEL PROCESO DE REVISIÓN GENERAL DEL PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
De acuerdo con 10 dispuesto en el Artículo 2.2.2.1.2.2.1 y 2.2.2.1.2.3.1 del Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 1232 de 2020, el
resultado del proceso de revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial se consigna en
el Proyecto de Acuerdo y en los respectivos planos; en el documento técnico de soporte (DTS);
documento resumen, y en el documento de seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos
respecto de los objetivos planteados en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial vigente.
CARLOS ALBERTO OSORIO CALDERÓN
Alcalde
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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MUNC/P,'O DF ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
ACUERDO No. 004
"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA REVISIÓN Y AJUSTE DE LARGO PLAZO DEL PLAN
BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE ANDES Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES"
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE ANDES - ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
constitucionales y legales, en especial las que confiere los numerales 70 y 90 del Artículo 313 de la
Constitución Política; la Ley 9 de 1989; el Artículo 65 de la Ley 99 de 1993; el numeral 5 del Artículo
32 de la Ley 136 de 1994; los Artículos 40 y 41 de la Ley 152 de 1994; la Ley 388 de 1997; la Ley 1454
de 2011; el Artículo 189 del Decreto Ley 019 de 2012; la Ley 1523 de 2012; y el Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto Nacional 1232 de 2020,
ACUERDA:
LIBRO 1
DISPOSICIONES GENERALES
PARTE 1
ASPECTOS GENERALES DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
TÍTULO 1
ADOPCIÓN, ALCANCE Y AMBITO DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL PBOT. Conforme a 10 dispuesto por la Ley 388 de 1997, en especial a
10 establecido en su artículo 28, el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, adicionado y
modificado por el Decreto Nacional 1232 de 2020, y demás normas que los modifiquen, complementen
y/o sustituyan, se adopta el presente Acuerdo que contiene la revisión y ajuste del largo plazo del Plan
Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Andes, y deroga los Acuerdo 022 del 2000, 010
de 2004, 007 de 2013, 013 de 2017 y 006 de 2018, y sus decisiones se sustentan en los siguientes
documentos y cartografía anexos:
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
PARÁGRAFO 1. Forman parte del presente Acuerdo los siguientes documentos:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Documento de Evaluación y Seguimiento.
Documento de Diagnóstico Territorial.
Estudio Básico de Amenaza.
Documento Técnico de Soporte o Formulación.
Documento de participación ciudadana.
Documento resumen.
Anexo 1. Programa de ejecuciones.
PARÁGRAFO 2. Forma parte del presente Acuerdo la siguiente cartografía de diagnóstico y
formulación que se protocoliza:
a. Cartografía de diagnóstico:
1. Cartografía Dimensión Ambiental
Información Base (urbano)
Información Base (rural)
Zonificación climática rural
Geolo ía (rural
Hidrografía áreas hidro ráficas rural
Geomorfolo ía (rural
Pendientes rural
Capacidad de uso del suelo rural)
Cobertura y uso actual del suelo (rural) (Deberá obtenerse mediante el uso de la metodología Corine
Land Cover)
Uso otencial del suelo rural
Conflictos de uso del suelo rural)
Áreas de conservación y protección ambiental. (urbano)
Áreas de conservación
rotección ambiental. rural
Amenazas (en cumplimiento de 10 dispuesto en la sección 3, subsección 1 del presente ca ítulo
2. Cartografía Dimensión Económica
Predial urbano
Predial rural
3. Cartografía Dimensión Sociocultural
Territorios étnicos si existen
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CONCEJO
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MUNCHO PE ANDES
4. Cartografía Dimensión Funcional
Ocupación actual
División Político-Administrativa (urbano)
División Político-Administrativa rural
E ui amientos existentes urbano
Equipamientos existentes (rural)
Es acio úblico existente (urbano
Es acio úblico existente rural
Infraestructura vial de trans orte urbano
Infraestructura vial de trans orte rural
Servicios úblicos urbano
Servicios úblicos rural
Perímetro de servicios úblicos
Uso actual del suelo urbano
b. Cartografía de formulación:
1. Cartografía Componente General
Modelo de ocupación del territorio
Clasificación del suelo
Suelo de protección
reas de conservación protección ambiental
Patrimonio material
Incorporación de la gestión del riesgo en el ordenamiento territorial de acuerdo con las condiciones
dispuestas en la sección 3 del presente capítulo)
Sistemas estructurantes del territorio (Espacio público. Infraestructura vial y de transporte,
Equipamientos, Servicios públicos domiciliarios y de las TIC)
2. Cartografía Componente Urbano
Suelo urbano de ex ansión urbana
reas de conservación
rotección ambiental
Espacio público
Servicios úblicos domiciliarios
E ui amientos
Infraestructura vial de trans orte
Tratamientos urbanísticos
reas de actividad
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'PfO DE ANDES
Incorporación de la gestión del riesgo en el ordenamiento territorial de acuerdo con las condiciones
dispuestas en la sección 3 del presente capítulo).
3. Cartografía Componente Rural
Reglamentación del suelo rural.
Areas de conservación y protección ambiental
Categorías del suelo rural
Incorporación de la gestión del riesgo en el ordenamiento territorial de acuerdo con las condiciones
dispuestas en la sección 3 del presente capítulo).
ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. EI ámbito espacial de aplicación de las disposiciones
contenidas en el presente Acuerdo está constituido por la totalidad del territorio municipal de Andes, el
cual incluye el área urbana de la cabecera municipal, los corregimientos y veredas de Municipio que
son:
Corregimientos: San José, Buenos Aires, Santa Rita, Santa Inés, T apartó.
Veredas: La Pradera, Orizaba, La Bodega, La Solita, California, EI Tapado, Bajo Cañaveral, Las
Colonias.
ARTÍCULO 3. DE LA DEFINICIÓN. EI Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) del Municipio
de Andes es el instrumento establecido por la Ley 388 de 1997 y sus normas reglamentarias, mediante
el cual la Administración, concertadamente con los particulares, los estamentos, las instituciones
públicas y privadas, y la autoridad ambiental (CORANTIOQUIA), fija objetivos y estrategias, traza
políticas y acciones para regular la intervención en el territorio a corto, mediano y largo plazo.
EI Plan Básico de Ordenamiento Territorial es un instrumento que forma parte de la política de
desarrollo sostenible; es un proceso político, porque involucra la toma de decisiones concertadas de
los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del
territorio. Es un proceso técnico administrativo que orienta la regulación, ordenación, ocupación,
transformación y usos del suelo, la promoción de la localización y el desarrollo de los asentamientos
humanos, de las actividades económicas, sociales y socioculturales, institucionales y geopolíticas, a
fin de hacer posible el desarrollo integral de la persona y los colectivos como garantía para una
adecuada calidad de vida.
ARTÍCULO 4. DEL CONTENIDO DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. EI
contenido del Plan Básico de Ordenamiento Territorial contempla tres (3) componentes y dos (2)
contenidos, cuyo propósito se enuncia a continuación:
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
1.
2.
3.
4.
5.
MUVC/P/O DE ANDES
EI componente general define los contenidos estratégicos y estructurales.
EI componente urbano determina las normas y decisiones para la administración del desarrollo,
ocupación y gestión del suelo clasificado como urbano y de expansión urbana.
EI componente rural determina las normas y decisiones para garantizar la adecuada interacción
entre los asentamientos rurales y la cabecera municipal, así como la conveniente utilización del
suelo rural, y las actuaciones públicas tendientes a proporcionar la infraestructura y el equipamiento
básico necesario para el servicio de la población rural.
EI contenido programático permite materializar los objetivos y el modelo de ocupación del territorio
para la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
Los instrumentos de gestión y financiación garantizan la implementación del instrumento de
planeación.
TÍTULO 2
VISIÓN TERRITORIAL, OBJETIVOS, Y PRINCIPIOS
ARTÍCULO 5. VISIÓN TERRITORIAL. EI presente Acuerdo tiene corno visión territorial:
En concordancia con el imaginario municipal plasmado en la información recolectada del diagnóstico,
Andes se proyecta en su visión territorial como un Municipio de actividades diversas y en completa
sinergia, que abarcan el aprovechamiento y cuidado de su oferta ambiental en armonía con un
fortalecimiento del sector agropecuario; la ampliación de la oferta turística recreativa, ecológica y
científica, y el aprovechamiento sostenible de los recursos del subsuelo. Así mismo, Andes se propone
consolidarse como un Municipio destacado en su papel subregional como centro de la oferta de
servicios y comercio para el suroeste antioqueño, a través del impulso y dinamización de su economía,
el fortalecimiento de su cultura y reconocimiento su diversidad étnica, y su protagonismo en la
integración municipal.
ARTÍCULO 6. PRINCIPIOS. En el marco de los principios generales del ordenamiento territorial, el
Plan Básico de Ordenamiento del Municipio de Andes, se fundamenta, además de los principios de la
función pública contemplados en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, en los siguientes principios:
1. La función social y ecológica de la propiedad.
2. La prevalencia del interés general sobre el particular.
3. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios.
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CONCEJO
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TÍTULO 3
VIGENCIA DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ARTÍCULO 7. VIGENCIA DEL ESQUEMA. De conformidad con la Ley 388 de 1997, artículo 28, Y ei
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, el Pan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio
de Andes, adoptado mediante el presente Acuerdo, tendrá una vigencia comprendida entre el tiempo
que falta para la culminación de la presente Administración Municipal y los próximos tres (3) períodos
constitucionales de las administraciones municipales, contados a partir de su sanción.
ARTÍCULO 8. VIGENCIA DE SUS CONTENIDOS. Conforme al artículo 28 de la Ley 388 de 1997,
artículo 2 de la Ley 902 de 2004, y los artículos 2.2.2.1.2.4., 2.2.2.1.2.1.1., 2.2.2.1.2.1.2. y 2.2.2.1.2.1.3.
8, 9, del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, los componentes del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial tendrán las siguientes vigencias:
1. EI Componente General es de carácter estructural y se define como el largo plazo, entendido este
como el tiempo que faltaré para la culminación de la presente Administración Municipal y de los
próximos tres (3) períodos constitucionales de las administraciones municipales. Por 10 tanto, su
contenido prevalece sobre los demás y su modificación solamente puede emprenderse con motivo
de la revisión general del PBOT o excepcionalmente a iniciativa del Alcalde Municipal, con base en
motivos y estudios técnicos debidamente sustentados.
2. Los contenidos de mediano plazo del Componente Urbano tendrán una vigencia igual al tiempo
que faltaré para la culminación de la presente Administración Municipal y dos (2) períodos
constitucionales de gobierno de administraciones municipales. Los contenidos de corto plazo
tendrán una vigencia igual al tiempo que faltaré para la culminación de la presente Administración
Municipal y un (1) período más. Los contenidos urbanos de corto plazo y los programas de
ejecución regirán como mínimo durante un periodo constitucional de la Administración Municipal,
habida cuenta de las excepciones que resulten lógicas debido a la propia naturaleza de las
actuaciones contempladas o de sus propios efectos.
3. Los contenidos de mediano plazo del Componente Rural tendrán una vigencia igual al tiempo que
faltaré para la culminación de la presente Administración Municipal y dos (2) períodos
constitucionales de las administraciones municipales más los contenidos de corto plazo tendrán
una vigencia igual al tiempo que faltaré para la culminación de la presente Administración Municipal
y un (1) período más. Los contenidos rurales de corto plazo y los programas de ejecución regirán
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCtP,'O DE ANDES
como mínimo durante un periodo constitucional de la Administración Municipal, habida cuenta de
las excepciones que resulten lógicas debido a la propia naturaleza de las actuaciones
contempladas o de sus propios efectos.
TÍTULO 4
REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto
para su aprobación de conformidad con 10 dispuesto en los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 388 de 1997,
artículo 2 de la Ley 902 de 2004, el artículo 2.2.2.1.2.4. y el 2.2.2.1.2.6.3. del Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015, o la norma que los modifique o sustituya.
No obstante, 10 anterior, si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado un nuevo
Plan Básico de Ordenamiento Territorial, seguirá vigente este PBOT.
DEFINICIÓN DE LAS CONDICIONES QUE AMERITAN LA REVISIÓN Y
ARTÍCULO 10.
AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Adóptese como condiciones que
ameritan la revisión y ajuste del presente PBOT las siguientes:
1
2.
3.
4.
5.
Vencimiento de la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
Cambios significativos en las previsiones demográficas, debidamente sustentados por las
entidades competentes.
Acontecimientos naturales o inducidos de carácter imprevisto que modifiquen las condiciones del
suelo, el medio ambiente o la capacidad de aprovisionamiento de servicios públicos.
La aplicación de los estudios específicos definidos como prioritarios en el presente Acuerdo y que
se requieren para tomar decisiones técnicamente sustentadas dentro del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial.
Decisiones o normas de carácter superior que impliquen modificaciones en los objetivos, políticas
y estrategias definidas por el PBOT.
TÍTULO 5
OBLIGATORIEDAD, PREVALENCIA E INTERPRETACIÓN
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MUA'C/P,'O DE AA'DES
ARTÍCULO 11.
CONCEJO
MUNICIPAL
OBLIGATORIEDAD DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL. Ningún agente público o privado podrá realizar actuaciones urbanísticas que no se
ajusten al Plan Básico de Ordenamiento Territorial, a su desarrollo en planes parciales y a las normas
complementarias que se expidan. Igualmente, las autoridades competentes, velarán por el
cumplimiento de 10 dispuesto en el presente Acuerdo.
ARTÍCULO 12.
PREVALENCIA DEL TEXTO DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL. De conformidad con 10 dispuesto en el parágrafo tercero del artículo 12 de la Ley 388
de 1997, adicionado por el artículo 190 del Decreto Ley 019 de 2012, cuando existan inconsistencias
entre 10 señalado en el presente Acuerdo y la cartografía oficial, prevalecerá 10 establecido en el texto
de este y corresponderá al Alcalde municipal, o la entidad delegada para el efecto, corregir las
inconsistencias cartográficas, siempre que no impliquen modificación al articulado del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial.
En el acto administrativo que realice la precisión cartográfica se definirán, con fundamento en las
disposiciones del Plan Básico de Ordenamiento Territorial y sus reglamentaciones, las normas
urbanísticas aplicables al área objeto de la precisión. Una vez expedido el acto administrativo, el mismo
deberá ser registrado en todos los planos de la cartografía oficial del correspondiente plan y sus
instrumentos reglamentarios y complementarios.
EI mismo procedimiento será aplicable para precisar la cartografía oficial cuando los estudios de detalle
permitan determinar con mayor exactitud las condiciones jurídicas, físicas, geológicas y morfológicas
de los terrenos.
ARTÍCULO 13.
INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS. En los casos de ausencia de norma
exactamente aplicable a una situación, o de contradicciones, o falta de claridad en las normas
urbanísticas, la facultad de interpretación corresponderá a la Secretaría de Planeación e
Infraestructura, o la dependencia que haga sus veces, la cual emitirá sus conceptos mediante
circulares que tendrán el carácter de doctrina para la interpretación de casos similares, conforme 10
dispone el artículo 102 de la Ley 388 de 1997.
Para esta interpretación de la norma, la Secretaría de Planeación e Infraestructura, o la dependencia
que haga sus veces, atenderá a las siguientes reglas:
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Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
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MUVC/P/O DE ANDES
Las circulares emitidas por esta Secretaría tendrán sólo el carácter aclaratorio o de interpretación
de términos, mas no se podrá entender como creadora de una norma nueva o sustitutiva de otra
existente previamente.
Los documentos técnicos del Plan Básico de Ordenamiento Territorial que contienen los
Componentes General, Urbano y Rural del mismo, y sustentan los articulados del presente
Acuerdo, dando forma a los principios rectores y de ordenamiento para todas las normas
urbanísticas municipales.
Cuando el significado de un término no se encuentre en la Ley o en los documentos que soportan
el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dicho término se tomará en el sentido que le den
profesionales autorizados, competentes o reconocidos de la misma ciencia o técnica.
La interpretación de las normas no podrá contradecir, modificar o desconocer los principios rectores
y de ordenamiento, así como los objetivos, estrategias, acciones territoriales y políticas de
desarrollo consagrados en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, y los principios del régimen
normativo establecidos en el artículo 100 de la Ley 388 de 1997, como son la concordancia,
neutralidad, simplicidad y transparencia.
En la interpretación a que se refiere este artículo, siempre prevalecerá el interés general sobre el
particular y en las implicaciones territoriales de la decisión normativa siempre se antepondrán los
principios rectores señalados en los artículos 2 de la Ley 388 de 1997 y 3 de la Ley 1454 de 2011,
así como los consignados en el artículo 6 del presente Acuerdo; especialmente aquellos que hacen
relación a los principios ordenadores del modelo de ocupación territorial municipal y a los
postulados del modelo de ocupación urbano y rural.
PARÁGRAFO. Todo acto administrativo que tenga por objeto interpretar, aclarar, revisar, actualizar o
modificar una norma urbanística deberá, dentro de su motivación, establecer la categoría de la norma
sobre la cual pretenda actuar; para el efecto deberá solicitar siempre concepto al Consejo Consultivo
de Ordenamiento Territorial y a la Comisión Primera o del Plan del Concejo Municipal, hecho que
deberá constar expresamente en el acto administrativo que se produzca.
TÍTULO 6
DEFINICIONES
ARTíCULO 14.
DEFINICIONES. Con la finalidad de facilitar la comprensión, interpretación y
aplicación del presente Acuerdo se adopta como parte integral de este el Anexo 1 correspondiente a
las definiciones.
LIBRO 2
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Cpnceio@Andes-antioquia.qpv.co
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DE ANDES
ARTÍCULO 15.
CONCEJO
MUNICIPAL
COMPONENTE GENERAL
PARTE 1
CONTENIDO ESTRATÉGICO
TÍTULO 1
VISIÓN TERRITORIAL
VISIÓN DEL MUNICIPIO. Adóptese como visión territorial de desarrollo del
Municipio de Andes — Antioquia con un horizonte de doce (12) años, la siguiente:
"En concordancia con el imaginario municipal plasmado en la información recolectada del diagnóstico,
Andes se proyecta en su visión territorial como un Municipio de actividades diversas y en completa
sinergia, que abarcan el aprovechamiento y cuidado de su oferta ambiental en armonía con un
fortalecimiento del sector agropecuario; la ampliación de la oferta turística recreativa, ecológica y
científica, y el aprovechamiento sostenible de los recursos del subsuelo. Así mismo, Andes se propone
consolidarse como un Municipio destacado en su papel subregional como centro de la oferta de
servicios y comercio para e/ suroeste antioqueño, a través del impulso y dinamización de su economía,
el fortalecimiento de su cultura y reconocimiento su diversidad étnica, y su protagonismo en la
integración municipal. "
TÍTULO 2
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE LARGO PLAZO
ARTÍCULO 16.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento
y manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados al ambiente y desarrollo sostenible
del Municipio de Andes, las siguientes:
Política para el desarrollo rural sostenible.
EI Municipio de Andes impulsara su desarrollo rural sostenible a través de la integración del sector
regional, rural, urbano, mediante una transformación productiva e integral que permita aumentar la
competitividad agropecuaria, sin desconocer las áreas de importancia ambiental con las que cuenta el
Municipio que generan la provisión de bienes y servicios ecosistémicos en el territorio; potenciando el
crecimiento económico, la calidad de vida de los habitantes por medio de la seguridad alimentaria y
el desarrollo equitativo y sostenible de los procesos agropecuarios.
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
Objetivos:
Generar acciones que garanticen el desarrollo agropecuario sostenible e integral del Municipio
y los cuales estén acordes con las políticas ambientales nacionales.
Salvaguardar las áreas de conservación y protección ambiental para garantizar la seguridad de
los bienes y servicios ecosistémicos que prestan a la comunidad, principalmente los recursos
hídricos y la conservación del suelo.
Promover iniciativas de desarrollo rural sostenible que permitan armonizar el uso y la vocación
del suelo, disminuyendo los conflictos que se presentan en este, especialmente por
sobreutilización del recurso en los cultivos de café, promoviendo la competitividad productiva y
económica del Municipio.
Mejorar las condiciones de comercialización de los productos agropecuarios que permita
conectar las zonas productivas con los mercados internos y externos.
Generar un valor agregado en los productos generados en el Municipio, que le permitan
destacarse mejorando la competitividad.
Estrategias:
•
•
Crear espacios de participación ciudadana, que sirvan como instrumento para la toma de
decisiones sobre el territorio, fortaleciendo la democracia en las políticas municipales,
específicamente en el desarrollo agropecuario.
Articular el desarrollo de estrategias de conservación y protección ambiental con programas y
proyectos culturales y productivos (Industria, comercio y servicios).
Formalizar la propiedad rural por medio de una gestión interinstitucional que permita brindar
seguridad jurídica para el desarrollo agropecuario.
Gestionar de manera adecuada y ágil los procesos de restitución de tierras en el Municipio para
dinamizar la actividad agropecuaria en condiciones de legalidad.
Apoyar el sector agropecuario municipal con los insumos e infraestructura necesarios para
optimizar la productividad, competitividad y el desarrollo rural en conjunto con las comunidades.
Capacitar a los habitantes en temas agropecuarios sostenibles para consolidar y mejorar el
capital humano en el Municipio.
Fortalecimiento técnico, presupuestal e institucional para contar con una mayor capacidad de
gestión de riesgos agropecuarios.
Fortalecimiento y ampliación de los niveles de formalización empresarial y las formas
asociativas (grupos asociativos, cooperativos y mutualidades).
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE A VDES
Ante la falta de evidencia técnica y cuando haya peligro de daño grave o irreversible por parte
de una actividad se aplicará el principio de precaución ambiental consagrado en la ley 99 de
1993.
Fortalecer los mecanismos y los instrumentos para optimizar el uso de recursos naturales y
energía en la producción y en el consumo.
Fortalecer las capacidades de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) para promover el uso y
desarrollo de procesos, técnicas y tecnologías limpias o sostenibles.
Politica para la gestión integral del recurso hídrico.
La administración municipal le apostará al desarrollo de políticas, programas y proyectos que ordene
el recurso hídrico y que mejoren las relaciones que tienen los habitantes y empresas en el territorio
con los ríos y demás cuerpos de agua; de tal modo que se disminuyan los impactos ambientales y las
presiones antrópicas sobre este recurso y se pueda hacer un aprovechamiento sostenible en armonía
con la sociedad, el ambiente y el desarrollo económico del Municipio.
Objetivos:
Implementar programas y proyectos que permitan la conservación y restauración las áreas
forestales protectoras asociadas a la red hídrica y cuerpos de agua del Municipio que permitan
mejorar la calidad y cantidad del recurso hídrico.
Promover la participación interinstitucional de los sectores públicos y privados para el desarrollo
de medidas que permitan una buena gestión del recurso hídrico armonizándolo con los
principios y objetivos del plan nacional de gestión del recurso hídrico.
Priorizar la conservación y restauración de las cuencas abastecedoras del Municipio, con el fin
fin de proteger la calidad y cantidad del recurso hídrico que abastece la población, priorizando
las cuencas que abastecen la cabecera municipal y los corregimientos.
Cumplir con los objetivos de calidad para el recurso hídrico planteados en el Plan de
Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH) del Rio San Juan (Ver objetivos en el Anexo iError!
No se encuentra el origen de la referencia. del documento de formulación) y el artículo 48
del proyecto de acuerdo.
Estrategias:
• Divulgar a los actores claves del Municipio los principios y líneas estratégicas establecidos por
la Política Nacional de Recurso Hídrico.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P,'O DE ANDES
•
Formular, desarrollar, e implementar proyectos en la zona urbana del Municipio, que permitan
proteger y conservar las rondas hídricas del Municipio como un eje de espacio público natural.
Implementar instrumentos financieros para la conservación de las microcuencas abastecedoras
por medio de la compra de predios en áreas estratégicas de la cuenca.
Realizar sensibilizaciones con los propietarios de los predios donde se encuentran nacimientos
de cuerpos de agua, para la conservación y protección adecuada de estas zonas.
Gestionar estrategias en conjunto con la autoridad ambiental (CORANTIOQUIA) para realizar
una buena gestión de este recurso en el Municipio, especialmente para delimitar las rondas
hídricas de los cuerpos de agua y nacimientos.
Incrementar programas de uso eficiente y ahorro de agua, priorizando los diferentes sectores
económicos que hagan un uso intensivo de este recurso.
Armonizar los objetivos, programas y proyectos del Plan de Saneamiento y Manejo de
Vertimientos para que garanticen el cumplimiento del Decreto 1541 de 1978 compilado en el
Decreto 1076 de 2015 (artículo 2.2.3.2.20.1) referente a la clasificación de las aguas con
respecto a los vertimientos, es decir, que cuerpos de agua admiten vertimientos y cuales no
(ver clasificación el anexo iError! No se encuentra el origen de la referencia. del documento
formulación). Y artículo 48 del presente acuerdo.
Política de adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático.
EI Municipio de Andes desarrollará medidas para la adaptación y mitigación de los efectos del cambio
climático, las cuales le permitirán avanzar a un desarrollo resiliente al clima y bajo en carbono, en
sintonía con 10 definido en el Plan Regional para el Cambio Climático en la jurisdicción de Corantioquia
y el Plan Integral de Cambio Climático en Antioquia, PICCA y las demás medidas de carácter específico
que se hagan necesarias para disminuir la vulnerabilidad del Municipio ante la variabilidad del clima y
los fenómenos extremos que aumentan el riesgo en la región.
Objetivos:
Orientar la gestión del cambio climático al manejo y conservación de los ecosistemas y sus
servicios ambientales, con el fin de que se obtengan objetivos sinérgicos con la disminución de
la vulnerabilidad de la población y de las actividades económicas que se desarrollan en Andes.
Generar cambios que permitan aumentar la efectividad de la gestión del cambio climático en la
Administración Municipal y diferentes actores.
Prevenir los efectos negativos que puede ocasionar el cambio climático en las veredas o zonas
que presentan mayor vulnerabilidad.
Implementar instrumentos de gestión, financieros y económicos que permitan hacerle frente a
los efectos del cambio climático.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
Estrategias:
•
•
Promover incentivos para la reducción de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) en los
diferentes sectores económicos del Municipio.
Ejecutar y hacer seguimiento a los programas y proyectos para la disminución de la
vulnerabilidad al cambio climático en el Municipio en concordancia con el Plan Regional para
el Cambio Climático en la jurisdicción de Corantioquia y el Plan Integral de Cambio Climático
en Antioquia, para hacerle frente a los cambios de temperatura y precipitación.
Definir áreas y medidas potenciales para la captura de carbono y la disminución de emisiones
de GEI.
Promover acciones integrales en las diferentes fincas cafeteras del Municipio para generar un
beneficio del café bajo en carbono.
Promover infraestructura urbana resiliente ante las diferentes amenazas naturales que
presenta el Municipio.
Realizar campañas para incentivar la reducción constante de generación de residuos, así como
el reúso, el reciclaje y aprovechamiento.
Promover la conservación de la estructura ecológica principal y el manejo del paisaje por medio
del espacio público natural.
Realizar una gestión compartida del riesgo climático en alianzas público-privadas.
Recuperar y conservar los ecosistemas que presten servicios ambientales para mitigar los
efectos del cambio climático, tales como bosques, humedales, paramos.
Generar programas y proyectos enfocados en las veredas con mayor vulnerabilidad y/o con
aumentos de temperatura o precipitación más extremos en los escenarios planteados, siendo
más prioritarios los escenarios más próximos.
Política de Conservación de las Áreas Protegidas.
EI Municipio de Andes priorizara las áreas protegidas como un parte esencial del territorio para el
soporte de la biodiversidad y de la estructura natural del Municipio y de la región, promoviendo el
conocimiento, uso y manejo de estas áreas articulando 10 establecido en sus planes de manejo
ambiental correspondientes, y de esta manera potenciar los servicios ecosistémicos y el cumplimiento
de los objetivos de conservación de la mano de los habitantes del territorio.
Objetivos:
• Fortalecer y consolidar una cultura de corresponsabilidad entre los diferentes actores del
Municipio (institucional, comunitaria y empresarial), que permita crear una conciencia ambiental
sobre la importancia de las áreas protegidas.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
• Incentivar la conservación de estas áreas como eje natural de la prestación de bienes y servicios
ecosistémicos, mejorando la calidad de vida de los habitantes de estos territorios.
• Promover usos de suelo acordes a los objetivos de conservación de estas áreas.
• Implementar estrategias que generen conectividad de estas áreas a nivel local y regional.
Estrategias:
•
Promover y gestionar instrumentos jurídicos que controlen los usos de suelo en estas áreas
protegidas.
Implementar estrategias en conjunto con la autoridad ambiental regional para desarrollar y
ejecutar los programas y proyectos definidos en el plan de manejo ambiental.
Fortalecer el conocimiento y los mecanismos de participación de la población para la
gobernanza del territorio, evitando la deforestación de estos ecosistemas de importancia
ambiental.
Promover acciones de monitoreo comunitario a las intervenciones territoriales que ocasionen
deterioro en estos ecosistemas.
Implementar herramientas de manejo del paisaje en la red de conectividad definida por
Corantioquia a nivel regional.
Política de Prevención y Control de la Calidad del Aire.
EI Municipio de Andes generara un enfoque integral en la gestión de la calidad del aire en la zona
urbana y rural del Municipio, generando estrategias transversales con los diferentes sectores
económicos y secretarias del Municipio que permitan desarrollar proyectos y programas que
correspondan a la realidad del Municipio desde una visión interdisciplinaria.
Objetivos:
Identificar las fuentes de emisión atmosféricas, ruido y olores con presencia en el Municipio y
generar un control sobre estas de la mano de las autoridades ambientales y la comunidad.
Promover espacios interdisciplinarios que involucren los diferentes sectores públicos y privados
para conocer la realidad del territorio en términos de calidad de aire.
Mejorar la salud pública del Municipio a través del control de los contaminantes.
Promover, en coordinación con la autoridad ambiental el desarrollo de estudios que permitan
conocer el estado de la calidad del aire en el Municipio de Andes con base a los resultados del
inventario de emisiones atmosféricas.
Incorporar en el corto plazo el estudio de la dirección y velocidad del viento en aras de gestionar
la ubicación de la industria y demás actividades que puedan generar impactos negativos
asociados a los contaminantes criterio y olores ofensivos.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE
Estrategias:
Realizar inventarios de las fuentes de emisión en el Municipio.
Apoyar y gestionar el seguimiento constante del cumplimiento de los límites máximos permisibles
de los diferentes contaminantes criterios realizados por la autoridad ambiental, referente a las
emisiones atmosféricas, ruido y sustancias generadoras de olores ofensivos.
Generar un sistema de participación ciudadana para realizar un mejor control de las de las fuentes
de emisiones, especialmente las generadoras de olores y ruido.
Fortalecimiento técnico y administrativo de la secretaria de desarrollo económico sostenible
enfocado en el control y prevención de la contaminación del aire.
Generar una relación interadministrativa entre las secretarias de salud y medio ambiente o de
quienes hagan sus veces, para conocer la relación o el impacto de las fuentes de emisión en la
salud pública municipal.
Gestionar el desarrollo de proyectos en coordinación con otras entidades del estado para el
desarrollo de estudios que permitan conocer el estado de la calidad del aire en el Municipio de
Andes con base a los resultados del inventario de emisiones atmosféricas.
Generar y promover estrategias para la medición de contaminantes criterios en el Municipio de
andes asociado a las actividades económicas desarrolladas.
Incorporar los resultados de los estudios de calidad del aire, velocidad y dirección del viento en el
ordenamiento territorial
Política de Gestión Ambiental.
Andes desarrollara estrategias y acciones encaminadas al manejo, administración y aprovechamiento
de los recursos naturales; para solucionar, prevenir y/o mitigar los problemas ambientales que se
presentan en el Municipio; realizando acciones conjuntas entre la alcaldía, las corporaciones
ambientales y actores sociales del Municipio con un enfoque integral e interdisciplinario.
Objetivos:
•
Articular los planes de desarrollo municipal, planes de acción, planes maestros y demás planes,
programas y estrategias que tengan lugar en el contexto ambiental.
Fortalecer los instrumentos y la estructura administrativa para la gestión ambiental municipal.
Mejorar el conocimiento del territorio en los diferentes contextos para dar un adecuado uso y
aprovechamiento de las potencialidades a nivel ambiental, garantizando una atención idónea e
integral a las diferentes problemáticas.
Desarrollar procesos de educación y participación que contribuyan a la formación de ciudadanos
conscientes de sus derechos y deberes ambientales, promoviendo usos y consumo sostenibles.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
Estrategias:
•
Fortalecer la capacidad técnica administrativa y operativa de la secretaria de Desarrollo
Económico Sostenible.
Generar el proyecto para la creación de la Secretaria de Medio Ambiente o UGAM, con el fin de
mejorar la gestión y el enfoque Municipal en temas ambientales.
Desarrollar proyectos en conjuntos con la CAR, acogiendo las medidas y determinantes
ambientales definidas.
Articular los planes de gestión ambiental regional con los planes municipales, garantizando la
inclusión del componente ambiental en su formulación y actualizaciones.
Definir el Sistema de Gestión Ambiental Municipal (SIGAM).
Generar planes de acción locales que involucren la gestión ambiental en sus diferentes
componentes, para lograr un desarrollo sostenible del territorio a través de los planes de
desarrollo.
Política de Gestión Ambiental Urbana.
Andes buscara identificar, reconocer, incrementar e integrar los espacios y elementos naturales de sus
zonas urbanas como ejes estructurantes de su ordenamiento, potenciando la prestación de bienes y
servicios ecosistémicos que tiene estas áreas en las zonas urbanas, las cuales mejoran la calidad de
vida de los habitantes.
Objetivos:
• Restaurar y conservar las áreas forestales protectoras de las fuentes hídricas y demás
elementos naturales que están presentes en los suelos urbanos.
• Integrar las áreas y elementos naturales al espacio público del Municipio.
Promover la conservación de las especies de fauna y flora con presentes en los suelos urbanos.
Estrategias:
Generar programas de reforestación de las áreas forestales protectoras que presenten niveles
de degradación.
Identificar y adecuar los elementos y espacios naturales con potencial de integración o conexión
con el espacio público existente.
Adecuar e implementar espacio público natural donde se focalicen las áreas artificializadas más
extensas identificadas en el diagnostico, es decir, que no cuenten con espacios naturales (ver
áreas en anexo iErrorl No se encuentra el origen de la referencia.).
Realizar paisajismo a las áreas que cuentan con elementos naturales.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
• Identificar la biodiversidad de flora y fauna presentes en las áreas naturales del Municipio para
crear programas y proyectos enfocados a su conservación y las de su hábitat.
ARTÍCULO 17.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE GESTIÓN DEL RIESGO.
Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del
suelo y del conjunto de recursos naturales asociados a la gestión del riesgo del Municipio de Andes,
las siguientes:
Gestión del riesgo.
Asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos en intereses colectivos, mejorar la
calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por 10 tanto, está intrínsecamente
asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territorial sostenible en
todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población.
Objetivos:
•
Ampliar el conocimiento de las comunidades y actores institucionales hacia 10 fenómenos de
origen natural o antrópicos que puedan presentar amenazas potenciales para la población o
infraestructura del Municipio.
Implementar sistemas de alerta temprana que permitan monitorear en tiempo real las
condiciones naturales del terreno y los ríos más importantes del territorio, con el fin de ayudar
en la prevención de desastres.
Desarrollar un canal de socialización y divulgación para comunicar de manera eficiente y
rápida eventos de amenaza, vulnerabilidad y riesgo entre la población, entidades públicas y
privadas para el Municipio.
Mantener actualizado el plan municipal de gestión del riesgo de desastres al igual que la
estrategia municipal de respuesta a emergencias, como una táctica para implementación de
dichos documentos.
Intervención por parte de las entidades encargadas de la gestión del riesgo, a partir de
acciones de prevención que eviten la generación de nuevas condiciones de riesgo.
Enseñar, divulgar y explicar los diferentes mapas de amenaza y riesgo con el fin de establecer
controles efectivos y responsables a partir de su aplicación.
Preparación para las respuestas ante desastres, mediante programas de capacitación para la
organización, entrenamiento, uso de equipamiento, entre otros aspectos.
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CONCEJO
MUNICIPAL
v-ZZ
MUNC/P/O DE ANDES
• Acciones de mitigación del riesgo a partir de la reubicación o reasentamiento en lugares libres
de amenaza y la construcción de obras para mitigar la amenaza por movimiento en masa e
inundación.
Realizar los estudios de detalle en relación con el riesgo y la amenaza por movimiento en
masa, inundación y avenida torrencial en el Municipio.
Estrategias:
Realizar talleres de participación con la comunidad para socializar todos los sitios que
presentan amenaza alta y riesgo por fenómenos de movimiento en masa, inundación y avenida
torrencial.
Construir un mecanismo de participación ciudadana, que sirva para la comunicación e
información de construcciones indebidas o construidas en zonas de alto riesgo.
Construir obras de mitigación que ayuden a minimizar el nivel de amenaza y riesgo dentro del
territorio Municipal.
ARTÍCULO 18.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE HIDROCARBUROS,
ENERGÍA Y MINERÍA. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación,
aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados a los
hidrocarburos, energía y minería del Municipio de Andes, las siguientes:
Hidrocarburos, energía y minería
EI Municipio de Andes se propone desarrollar de forma sostenible los sectores que comprenden la
extracción de recursos del suelo con responsabilidad ambiental y social, e implementando estrategias
que garanticen la gobernanza del territorio en materia de control de estas actividades.
Objetivos:
Garantizar la extracción de los recursos del subsuelo en el Municipio con un enfoque ambiental
y socialmente responsable.
Fortalecer la presencia de la institucionalidad minera y la capacidad de las autoridades
municipales para el control, gestión y mitigación de las afectaciones provocadas por las
actividades del sector minero energético.
Crear un ambiente de confianza entre los actores del aprovechamiento de estos recursos, la
autoridad ambiental, y la población del Municipio de Andes, con el fin de evitar conflictos y
problemáticas sociales a través de la responsabilidad empresarial.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE AMDES
Estrategias:
Implementar la ecominería en el Municipio, como un sistema de minería amigable con
ecosistemas ambientales y sociales de acuerdo con los objetivos y programas departamentales
establecidos en función de las agendas de desarrollo sostenible.
Apoyar y elaborar en conjunto con las autoridades mineras (Secretaría de Minas, Ministerio de
Minas y Energía) las labores de control y seguimiento establecidos en los programas de
formalización, inspección, e implementación de buenas prácticas del sector.
Adoptar programas y proyectos locales que ayuden al cumplimiento de indicadores
departamentales de formulación de proyectos ecotecnológicos, capacitación en prácticas
sostenibles, y restauración de áreas degradadas por la práctica de la minería en el Municipio.
Adóptese como estrategia de largo plazo asociada a las prácticas productivas en el Municipio
de Andes, con respecto a la pequeña minería tradicional, ancestral y artesanal que se viene
desarrollando en el territorio desde hace más de 150 años, la promoción y motivación para la
implementación de prácticas productivas sostenibles, a través de un programa de Ecominería,
de actividades de producción limpia y del aprovechamiento de los residuos y de material estéril,
adoptando un esquema de economía circular en las actividades que sean viables, con el fin de
reducir los desechos generados; incentivando la producción del oro y otros minerales con la
extracción y beneficio amigables al medio ambiente, preservando los ecosistemas existentes
en las áreas donde se ejerce la actividad.
Se debe garantizar la protección a la comunidad minera ancestral, artesanal, tradicional y
pequeña minería del Municipio de Andes, protegiendo su actividad por todos los medios
posibles brindando acompañamiento por parte del Ente municipal ante la Secretaria de Minas
del Departamento y la Agencia Nacional de Minería, con el fin de lograr la formalización de
dicha comunidad, tramitar las respectivas licencias ambientales y obtener el RUCOM.
Se debe velar por que la comunidad minera pueda hacer una minería responsable con el medio
ambiente como beneficiar sin mercurio.
En cuanto a pasivos ambientales mineros se debe exigir a las plantas de beneficio de oro, una
buena utilización y manejo de sus pasivos tales como: descontaminación, transformación y
uso de dichos pasivos para que puedan ser utilizados en el campo de la construcción, brindar
acompañamiento en investigación con el objeto de producir abonos aprovechando los
nutrientes minerales, los cuales pueden ser aplicados en los diferentes cultivos de la región,
para lograr estos objetivos se debe buscar la implementación de una planta de transformación
en el sector de san Agustín, como modelo satélite que procese los pasivos de la región en
general, generando a su vez empleo a las madres cabezas de hogar y a grupos vulnerables,
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
logrando así el cuidado del medio ambiente y un trabajo Social que Impacte positivamente en
el Municipio
ARTÍCULO 19.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE TRANSPORTE Y MOVILIDAD.
Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del
suelo y del conjunto de recursos naturales asociados al transporte y movilidad del Municipio de Andes,
las siguientes:
Transporte y movilidad
Andes se caracterizará por crear desplazamientos saludables, seguros y sostenibles en todo su
territorio, a partir de principios de accesibilidad y respeto del entorno natural y social, para garantizar
el desarrollo económico de la población y el cuidado ambiental de su territorio.
Objetivos:
• Mejorar la movilidad y conectividad de las zonas más alejadas del Municipio, con el fin de
aumentar la relación urbano rural, y acercar los servicios sociales del estado a las poblaciones
más vulnerables.
Optimizar y diversificar la infraestructura y sistemas de movilidad y transporte del Municipio en
los suelos urbanos, y las vías rurales actuales.
• Fortalecer la conexión regional e intermunicipal a través de las vías secundarias que atraviesan
del Municipio.
Estrategias:
•
Apertura y mejoramiento de nuevas vías terciarias que conecten los sectores productivos, los
territorios étnicos, y los suelos urbanos del Municipio.
Crear circuitos de movilidad peatonal y ciclovías asociados a elementos naturales para
conformar desplazamientos ecológicos.
Renovar e incrementar las infraestructuras de apoyo a la movilidad en los suelos urbanos
municipales.
Fortalecer desde las capacidades y alcances municipales, los proyectos de mejoramiento de la
red vial departamental que integran los circuitos estratégicos que promueven la generación de
dinámicas intermunicipales.
ARTÍCULO 20.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
SERVICIOS. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/O DE ANDES
manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados al comercio, industria y servicios del
Municipio de Andes, las siguientes:
Comercio, industria y servicios
EI Municipio de Andes se proyecta como un entorno productivo sostenible y sustentable, que mejore
las condiciones físicas y logísticas del comercio, industria y de los servicios que presta a la subregión;
así como la coordinación para el desarrollo del mercado interno y la producción entre los agentes
públicos y/o privados, con el fin de incrementar el potencial empresarial del Municipio y generar
prosperidad económica para la población.
Objetivos:
Consolidar al Municipio de Andes como centro logístico subregional de servicios, y de industrias
de apoyo a la producción.
Fortalecer la asociatividad y la comercialización de los productos municipales a través de
nuevas infraestructuras y tecnologías.
Crear un entorno y cultura del sector comercial, de servicios, e industrial que mitigue conflictos
sociales y económicos en el Municipio.
Crear herramientas y canales de fortalecimiento del vínculo Universidad-Empresa-Estado, para
establecer una relación de mutuo mejoramiento que aporte al crecimiento económico de Andes.
Estrategias:
Fortalecer los equipamientos de alcance regional actualmente presentes en el territorio, y
fomento de nuevos tipos de servicios que conviertan al Municipio en un centro atractivo de
prestación de servicios empresariales en el Suroeste.
Establecer programas y proyectos enfocados en la capacitación de empresas y profesionales
para la implementación de nuevas tecnologías que optimicen la producción municipal y
regional.
Capacitar los diferentes sectores económicos y productivos del Municipio en la
corresponsabilidad para la mitigación de impactos sociales y ambientales, que igualmente
afectan el entorno económico.
Creación o impulso de programas asociativos de investigación entre la sede de la Universidad
de Antioquia, la Secretaría de Desarrollo Económico Sostenible, y las empresas presentes en
el territorio.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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ARTÍCULO 21.
CONCEJO
MUNICIPAL
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE TURISMO. Adóptese como
políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto
de recursos naturales asociados al turismo del Municipio de Andes, las siguientes:
Turismo
Fortalecer el sector turístico de Andes, para que este sea viable y rentable, con un desarrollo
sostenible, y basado en la diversidad biológica y cultural del Municipio, incrementando la competitividad
como una alternativa para la generación de ingresos, creación de empleo, y mejoramiento de las
condiciones de vida de la población.
Objetivos:
Crear un sector de turismo de naturaleza fuerte y sostenible en el Municipio, que aproveche el
potencial ecológico de las áreas protegidas sin generar deterioro e impactos negativos en las
mismas.
Potenciar el turismo asociado a la cultura cafetera, las ferias y fiestas locales, y demás
elementos de la producción y cultura Andina.
Establecer un turismo recreativo responsable, fortalecido en las áreas reguladas para la
vivienda campestre y recreativa rural, sin generar cargas o impactos negativos ambientales y
sociales para el Municipio.
Estrategias:
Capacitación y apoyo a los proyectos ecoturísticos sostenibles en el potencial biótico del
Municipio, formalización y regulación de la actividad, y promoción y ejecución del turismo de
forma amigable con el medio ambiente.
Creación de esquemas asociativos de familias productoras del campo, y apoyo a la exposición
de sus productos y su labor cotidiana como forma de turismo educativo y recreativo que aporte
un beneficio económico adicional.
Incremento de la promoción de las fiestas y ferias municipales como estrategia para dinamizar
al sector turístico, hotelero y comercial del Municipio.
Apoyo al desarrollo de proyectos de turismo de fincas de recreo y alojamientos tipo glamping,
bajo un esquema normativo local que regule sus impactos sociales y ambientales, y la demanda
de recursos de este sector.
ARTÍCULO 22.
POLíTlCAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE VIVIENDA, CIUDAD Y
TERRITORIO. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DF ANDES
manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados a la vivienda, ciudad y territorio del
Municipio de Andes, las siguientes:
Vivienda, ciudad y territorio
Andes debe optimizar sus dinámicas de crecimiento de ciudad, a través del mejoramiento, legalidad y
subsidios a las familias más necesitadas, tanto para la zona urbana como rural, con el fin de subsanar
los déficits habitacionales del Municipio, fomentar el desarrollo inmobiliario optimo y responsable, y
generar un crecimiento del suelo urbano y rural de forma equitativa, suficiente y de calidad. Así mismo,
establecerá las políticas, programas y proyectos que ayuden a crear un entorno urbano y rural mejor
soportado en infraestructuras, servicios sociales básicos y espacio público adecuado a las necesidades
de la población.
Objetivos:
Conocer y subsanar las necesidades habitacionales actuales de la población Andina, y
proyectar su potencial de crecimiento con calidad y servicios adecuados, garantizando el
derecho a la vivienda digna para las familias del Municipio.
Ampliar la cobertura de los servicios públicos domiciliarios, servicios sociales básicos, la
infraestructura vial, y el espacio público necesario.
Fortalecer el control al desarrollo urbanístico del territorio a través de la sinergia entre las
secretarías que orientan el ordenamiento, para evitar la informalidad, garantizar la seguridad
de los hogares, regular la demanda de servicios ambientales, y subsanar el déficit por recaudo
Municipal.
Proponer y ordenar los nuevos espacios para los tipos de vivienda de segunda ocupación o de
uso mixto en suelo rural.
Actualizar el índice de vivienda cuantitativa urbana y rural.
Estrategias:
•
Generación de nuevas áreas de desarrollo y expansión destinadas a proyectos de vivienda,
equipamientos y espacio público, con el fin de atender las deficiencias en los suelos urbanos
del Municipio.
Programas de mejoramiento de vivienda con enfoque sectorial y a las deficiencias que más
afectan a los hogares del Municipio.
Fomento de la construcción legalizada y control urbanístico para generar un desarrollo integral
en las nuevas zonas de expansión del Municipio, con el fin de crear nuevos espacios de vida
urbana articulada y saludable.
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Tel.' 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O PE ANDES
Mejoramiento integral y expansión de las infraestructuras de servicios públicos del Municipio,
buscando la optimización de los procesos, la ampliación de cobertura, y las nuevas estrategias
de sostenibilidad en su operación.
Crear nuevos espacios públicos integrados a las estructuras ecológicas municipales y entre sí,
que se conviertan en determinantes de identidad urbana, que permitan subsanar las
deficiencias de distribución y áreas actuales, e interconexiones y recorridos saludables.
Legalización de predios y viviendas a las familias que se encuentran en escenarios de
vulnerabilidad por sus condiciones económicas, sociales o razón de riesgo, con el fin de
garantizarles una vivienda estable y segura.
Delimitación y control urbanístico sobre las zonas de vivienda campestre y suburbanas, para
garantizar su adecuado aprovechamiento y el sostenimiento ambiental en suelo rural.
Políticas de agua potable y saneamiento básico
Sector rural: En el marco de esta política se podrán articular e implementar las acciones necesarias
para aumentar la población con acceso al agua potable y saneamiento básico en las áreas rurales del
país, de tal forma que se puedan mejorar sus condiciones de vida y salud, así como disminuir la brecha
de pobreza entre la población urbana y rural.
Sector urbano: Para garantizar la prestación de los servicios públicos, se tendrá como política local,
garantizar al 100% de la comunidad de la zona urbana, una prestación del servicio basado en los
indicadores de calidad, continuidad, cobertura, eficiencia y eficacia.
Servicios públicos diferentes al agua potable y el saneamiento básico:
Esta Política, propenderá por la gestión de los mandatarios locales a la inversión en energía (eléctrica
y gas) e internet rural, los cuales mejorarán los indicadores del nuevo desempeño municipal y, por
ende, la calidad de vida de la comunidad, alcanzando con ello, un incremento en la economía, el
desarrollo y las posibilidades de emprendimiento, a través de la comunicación online.
Objetivos:
Dotar la población urbana y rural, de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, con
base a los planes maestros y estudios técnicos que determinen la prioridad de la inversión en
dicho sector.
Garantizar la prestación de los servicios públicos colectivos o individuales, con base a los
requerimientos de la normativa ambiental y ante las autoridades competentes.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antiqqgia.qov.co
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MUNICIPAL
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• Proteger la infraestructura de servicios públicos y cumplir con Las determinantes ambientales
del sector hídrico (agua potable y saneamiento básico), que hacen parte del documento técnico
de formulación del Esquema de Ordenamiento territorial.
• Extender el servicio de alumbrado público, a las zonas rurales del Municipio.
Estrategias:
• Actualizar los planes maestros de acueducto y alcantarillado de la cabecera municipal y los
corregimientos Tapartó, Buenos Aires, San José y San Rita.
• Articular los planes maestros y demás estudios de detalle, a las determinantes ambientales de
la entidad territorial.
• Gestionar con las entidades que prestan los servicios de comercialización de energía, gas e
internet, todo 10 concerniente a la cobertura y calidad del servicio.
ARTÍCULO 23.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE EDUCACIÓN. Adóptese corno
políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto
de recursos naturales asociados a la educación del Municipio de Andes, las siguientes:
Educación
Andes, como referente y proveedor de servicios de educación a nivel subregional, se propone avanzar
en el logro de una educación óptima e integral, acorde con el estándar y la visión nacional y los
compromisos internacionales, para alcanzar un desarrollo equitativo y sostenible de la población, y
aportar al crecimiento subregional desde la educación y el conocimiento.
Objetivos:
• Garantizar cobertura educativa integral y de calidad a toda la población del Municipio,
especialmente en aquellas zonas donde presentan las mayores deficiencias.
Mejorar la infraestructura de soporte que garantice un desarrollo normal, adecuado y seguro de
los ciclos educativos.
Fortalecer la educación técnica, tecnológica y profesional con presencia en el Municipio y con
diferentes modalidades, y así mismo, fomentar y garantizar la continuidad de la educación en
todos los niveles, y su relación con el desarrollo del Municipio, la región y el país.
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CONCEJO
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MUA'C,'P/O PE AWOES
Estrategias;
Mejoramiento de las infraestructuras educativas del Municipio que se encuentran en mal
estado, así como la reubicación de aquellas que se encuentran en condición de amenaza o
riesgo.
Mantenimiento y conservación del estado de las rutas (vehicular, peatonal y fluvial) de apoyo
al transporte escolar, como forma de garantía del derecho a la educación en las zonas rurales
más alejadas.
Permanencia y ampliación de la conectividad pública gratuita para el apoyo a la población
estudiantil.
Ampliar las áreas, infraestructuras y ofertas de educación superior técnica, tecnológica y
profesional con instituciones educativas nacionales y departamentales con enfoque territorial y
regional.
ARTÍCULO 24.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE CULTURA. Adóptese como
políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto
de recursos naturales asociados a la cultura del Municipio de Andes, las siguientes:
Cultura
EI Municipio de Andes fomentará el crecimiento cultural mediante la creación de espacios e
infraestructuras que permitan asegurar las posibilidades de acceso de toda la población a la
información y al conocimiento sin diferenciación alguna, garantizando la conservación, control y
divulgación bibliográfica y documental, para el conocimiento, memoria y conservación de su patrimonio
cultural.
Objetivos:
Incrementar las infraestructuras y espacios para el encuentro cultural diverso con enfoque
étnico.
Potenciar las diferentes formas de expresión artística y cultural del Municipio, con el fin de
convertir la cultura municipal en motor del cambio social, en atractivo turístico regional, y puente
de convivencia.
Promover el desarrollo y aprendizaje de la historia y culturas autóctonas, y cafeteras en el
Municipio.
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CONCEJO
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Estrategias:
•
Garantizar la continuidad de los programas culturales que cuentan con trayectoria en el
Municipio, y aumentar su cobertura, promoción y divulgación en la comunidad.
Programas de integración de las actividades y el conocimiento cultural municipal al ciclo
educativo mediante cátedras y espacios destinados en la jornada escolar, con el fin de apoyar
nuevos proyectos de vida y fortalecer la identidad territorial.
Mejorar las infraestructuras y dotación del sector cultural en los diferentes escenarios actuales
de educación y cultura.
Creación de nuevos espacios e infraestructuras de educación y exposición cultural en los sitios
donde no existe cobertura actual o deficiencia general de equipamientos relacionados.
Fomentar la identidad cultural, nuevas expresiones culturales, y promoción y exposición para
los talentos culturales del Municipio.
Promover el estudio e investigación de la historia y cultura de Andes para fortalecer el
conocimiento y apropiación de la identidad en la población
ARTÍCULO 25.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE DEPORTE Y RECREACIÓN.
Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento y manejo del
suelo y del conjunto de recursos naturales asociados al deporte y la recreación del Municipio de Andes,
las siguientes:
Deporte y recreación
Con el objetivo de desarrollar el estado fisico y la formación integral de su población, el Municipio de
Andes buscará aumentar la participación, el fortalecimiento de programas y la accesibilidad al
deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre en todo su territorio y
para el total de su población.
Objetivos:
• Mejoramiento y conservación de la infraestructura deportiva municipal.
• Construcción de nuevos escenarios deportivos en todo el territorio (urbano y rural).
• Fortalecimiento de la oferta deportiva integral (para todas las edades).
Estrategias:
• Continuidad, dotación y ampliación de la cobertura y la oferta de los programas de formación
deportiva, salud física y recreación en el Municipio.
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Dotar y mejorar la infraestructura deportiva municipal, especialmente con la creación de los
escenarios para las disciplinas que se practican en el Municipio, y no cuentan con espacios
actualmente para su desarrollo.
Fortalecer los torneos deportivos actuales en el Municipio, y fomentar los necesarios en las
nuevas disciplinas que se desarrollen.
Gestionar la vinculación y radicación local de escuelas deportivas para el apoyo de los talentos
deportivos municipales.
ARTÍCULO 26.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación, aprovechamiento
y manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados a la ciencia, tecnología e innovación
del Municipio de Andes, las siguientes:
Ciencia, tecnología e innovación
Andes se propone seguir fortaleciendo la cobertura y capacidades en ciencia, tecnología e innovación,
con el fin de responder a las demandas en educación, investigación y desarrollo de sus capacidades
en el campo de CT+I; fomentando las iniciativas empresariales y el mejoramiento de la competitividad
de las cadenas de producción del Municipio en la región, integrando las nuevas tecnologías en este
proceso para lograr una economía regional y local tecnológicamente avanzada y sostenible, e
impulsando la innovación social y el desarrollo humano.
Objetivos:
•
Impulsar la implementación de nuevas herramientas tecnológicas y de información en la cadena
productiva y comercial del Municipio.
Generar avances tecnológicos productivos y de conocimiento para el Municipio, mediante la
vinculación y apoyo del sector empresarial a los entornos académicos y científicos.
Apoyar mediante la inversión pública en materiales e infraestructura, los emprendimientos y
desarrollos en materia de ciencia tecnología e innovación.
Promover el desarrollo de tecnologías amigables ambientalmente, economía verde, economía
circular, y desarrollo tecnológico de empresas de reciclaje.
Estrategias:
• Promoción de centros de investigación para la producción agropecuaria y forestal, y para la
protección ambiental.
Fortalecimiento del Comité Universidad - Empresa — Estado (CUEE) de la Seccional Suroeste
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• Fomento y generación de espacios e infraestructuras para el desarrollo de nuevas economías,
emprendimientos empresariales y negocios verdes.
• Implementación de programas intersectoriales para la promoción de desarrollos tecnológicos y
la vinculación laboral.
ARTÍCULO 27.
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE GOBIERNO, GOBERNANZA
Y PARTICIPACIÓN. Adóptese como políticas, objetivos y estrategias para la ocupación,
aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto de recursos naturales asociados al gobierno,
gobernanza y participación del Municipio de Andes, las siguientes:
Gobierno, gobernanza y participación
La administración de Andes buscará aumentar su alcance y gobernanza en todo el territorio municipal,
el reconocimiento de su diversidad étnica, brindando así el acceso de la población a sus derechos,
garantizando la legalidad y el orden, y vinculando a la ciudadanía en el proceso de construcción del
desarrollo municipal mediante su participación en las decisiones territoriales.
Objetivos:
•
•
Aumentar la presencia institucional en sitios alejados del territorio (administración, servicios
públicos, y de seguridad).
Velar por el reconocimiento de la autonomía en los territorios étnicos y la armonización de
proyectos comunes en el modelo de ocupación municipal.
Fortalecer los instrumentos y sistemas de financiación municipal para lograr una mayor equidad
e inversión.
Garantizar y fomentar la participación ciudadana para la construcción de políticas y proyectos
enfocados en el territorio
Estrategias:
Crear espacios o infraestructuras para la atención de servicios administrativos en lugares
diferentes a la Cabecera Municipal.
Incorporar y acercar las comunidades indígenas a las decisiones sobre su territorio y en general
del Municipio, a partir de los espacios e infraestructuras dedicadas a dichas comunidades, y al
reconocimiento e integración de los planes de vida en la planificación Municipal.
Implementar nuevos instrumentos de recaudo y realizar labores de control de usos y
actividades prediales con el fin de garantizar un financiamiento equitativo del erario municipal.
Incrementar y fomentar los equipamientos y entes de administración comunitaria.
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ARTÍCULO 28.
CONCEJO
MUNICIPAL
PARTE 2
CONTENIDO ESTRUCTURAL
TÍTULO 1
MODELO DE OCUPACIÓN TERRITORIAL
CONCEPTO DE MODELO DE OCUPACIÓN TERRITORIAL. Conforme al
numeral 2 del artículo 2.2.2.1.2.1.3 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, adicionado y
modificado por eI Decreto Nacional 1232 de 2020, el modelo de ocupación del territorio corresponde a
la estructura urbano-rural e intraurbana definida para el largo plazo que fija de manera general la
estrategia de localización y distribución espacial de las actividades, determina las grandes
infraestructuras requeridas para soportar estas actividades y establece las características de los
sistemas de comunicación vial que garantizarán la fluida interacción entre aquellas actividades
espacialmente separadas de conformidad con la identificación y reglamentación de las disposiciones
establecidas en el contenido estructural.
ARTÍCULO 29.
MODELO DE OCUPACIÓN TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE ANDES
Y SUS ELEMENTOS. EI modelo de ocupación municipal de Andes para el periodo 2023-2035 se
compone de elementos encontrados en el diagnóstico de la presente revisión, y que otorgan una visión
general del potencial municipal, su papel en la región, las conexiones que debe fortalecer, y la forma
en que debe ocupar su territorio, en función de aprovechar sus fortalezas y disminuir sus debilidades.
Así entonces, se propone un esquema de 5 componentes, basado en zonas de uso o tratamiento, que
definen el carácter de oportunidad o restricciones de las zonas que delimitan; áreas de interés, que
representan potencial de desarrollo de actividades, pero que deben proyectarse en concordancia con
las zonas de uso; desarrollos urbanos, divididos de acuerdo a su jerarquía municipal; un sistema de
ejes conectores, clasificado de acuerdo a su alcance y relevancia; y puntos de ofertas de interés
regional.
De acuerdo con esta visión general, se puede describir dicho modelo de ocupación en un esquema
que comprende cinco zonas de uso o tratamiento, los cuales se describirán a continuación:
1. Zonas de uso o tratamiento:
Las Zonas de uso o tratamiento en el modelo de ocupación propuesto, direccionan o caracterizan de
forma general algunas porciones de territorio de acuerdo a sus rasgos naturales o, por ejemplo, su
clasificación actual del suelo. Estas son.
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•
•
DE ANDES
Páramos: Comprende la zona delimitada por la autoridad ambiental de este ecosistema, la
cual representa gran importancia para el abastecimiento del recurso hídrico y por sus
características particulares biológicas, y ecosistémicas. En Andes tiene presencia el Páramo
del Citará de la RFPR Farallones del Citará, y hace parte de las áreas protegidas del SINAP, y
por 10 cual, tiene un marco regulatorio específico respecto a las actividades y usos permitido en
su delimitación.
Conservación y protección: Son áreas delimitadas por la autoridad ambiental
CORANTIOQUIA, y otras áreas objeto de conservación y protección ambiental definidas en la
estructura ecológica municipal, las cuales cumplen diferentes funciones, por 10 tanto, también
comprenden un régimen de usos específicos permitidos con el fin de conservar y proteger los
recursos naturales municipales.
Suelos urbanos: Comprende los suelos urbanos de la cabecera municipal y los centros
corregimentales declarados como suelo urbano en el PBOT inicial del Municipio de Andes, los
cuales se identifican como los principales asentamientos en la ocupación del territorio, y
concentran las mayores densidades de vivienda, y las mayores cargas en el suministro de
equipamientos, espacio público, infraestructura, comercio y servicios a la población.
Expansión urbana: Son los suelos destinados a atender las necesidades de vivienda,
equipamientos, y otros servicios del suelo urbano en la vigencia de la presente revisión,
teniendo en cuenta los déficits actuales y las proyecciones de crecimiento municipales.
Uso múltiple agropecuario: Son los suelos municipales que, por sus características de uso
actual, densidad de ocupación, y oportunidad, se destinan para las actividades agropecuarias
propias del suelo rural que garantizan la producción y seguridad alimentaria.
Desarrollo suburbano: Se ubican en diferentes puntos estratégicos del territorio en función de
sus características de ocupación suburbana actuales, su potencial de concentración de usos
comerciales e industriales, o como forma de controlar los procesos de densificación de
asentamientos rurales.
Vivienda campestre: Esta se delimita debido a las características actuales y su potencial para
seguir creciendo como áreas de desarrollos urbanísticos de vivienda recreativa y de segunda
ocupación, que atraen inversión y turismo al Municipio.
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2. Áreas de interés
Las áreas de interés comprenden puntos de características antrópicas o comerciales particulares
para las cuales se busca una óptima correlación actual o a futuro, con las zonas de uso con las
cuales se intersecan. Estas son:
Potencial de hidrocarburos: Son las zonas que actualmente se tienen delimitadas en el
ordenamiento departamental por su posible potencial a futuro en la exploración y explotación
de hidrocarburos, pero que no se encuentran en ninguna de estas fases actualmente.
Títulos mineros: A1 igual que las anteriores, son zonas actualmente tituladas y con potencial de
explotación de recursos minerales del subsuelo. Estas se delimitan de forma que se pueda
apreciar su presencia en zonas de uso en las que su desarrollo puede ser restringido e
incompatible, por 10 cual se deben tener en cuenta para garantizar su sana convivencia con
usos principales como la conservación y protección ambiental.
Resguardos indígenas: Son los territorios étnicos de comunidades indígenas reconocidos y
declarados por el Ministerio del Interior con presencia en el territorio, los cuales cuentan con
autonomía en el manejo de estas zonas, y se propende por la protección de sus derechos y
cultura.
3. Desarrollos urbanos
Son las áreas que acogen la influencia de los suelos urbanos municipales, y se clasifican de acuerdo
a su impacto y oferta en:
•
Desarrollo urbano cabecera: Es el área de desarrollo e influencia de la cabecera municipal de
Andes, el cual contiene la mayor oferta comparativa de servicios e infraestructura, por 10 tanto,
irradia posibilidades económicas y de crecimiento urbanístico a su alrededor que exigen un
mayor control administrativo.
Desarrollo urbano Tapartó: Este suelo urbano es el que presenta mejores características en la
oferta de servicios, comercio e infraestructura del Municipio; además, debido a las
características de su infraestructura vial de acceso, y su relación con zonas de producción y
vivienda campestre, este suelo urbano debe potenciarse de forma que atiendan el incremento
de su demanda por el crecimiento de estos desarrollos y usos asociados.
Desarrollo centros urbanos corregimientos: Debido a su menor jerarquía y demanda de
servicios comparativo con los demás suelos urbanos, se acogen los suelos urbanos de los
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corregimientos San José, Buenos Aires, Santa Rita y Santa Inés, para los cuales se debe
mejorar sus características de infraestructura y servicios urbanos en general, en función de las
menores poblaciones que atienden
4. Sistema de ejes conectores
Estos comprenden las interrelaciones entre el Municipio de Andes, los Municipios limítrofes, y la
subregión suroeste, de acuerdo al alcance de dicha conexión, y la importancia estratégica de las
relaciones supramunicipales, son:
Eje Municipio — región: Lo estructura la vía secundaria Troncal del Café, sobre la cual se ubican
actualmente usos y equipamientos con demanda supramunicipal, y tiene potencial para seguir
aumentando y fortaleciendo la importancia de Andes a nivel subregional.
Eje intermunicipal primario: Comprenden la relación a través de vías departamentales con los
Municipios de Pueblorrico y Jericó al oriente del Municipio; los cuales, por su cercanía,
demanda de equipamientos y servicios, y alternativa de conexión a la Troncal del Café,
representan una importante relación estratégica que debe fortalecerse a través de la acción y
gestión municipal.
Eje intermunicipal secundario: Es el eje de conexión del suelo urbano de Tapartó con el
Municipio de Betania, el cual no cuenta actualmente con relaciones fortalecidas, ni una óptima
infraestructura de vías; pero que puede representar un potencial de crecimiento económico y
fortalecimiento de la relación intermunicipal a través de la gestión administrativa de Andes.
5. Ofertas regionales
Son los puntos de equipamientos, proyectos u ofertas de servicios que sirven al suroeste por su
jerarquía o mejores características comparativas. Estas son:
Servicios públicos: Lo integran los proyectos del relleno sanitario regional y la hidroeléctrica del
Río San Juan, como garantía en la prestación de servicios sanitarios y eléctricos para Andes y
otros Municipios de la subregión.
Ecoturismo y recreación: Se encuentra el Ecoparque de Comfenalco, el cual es el único
equipamiento turístico de su jerarquía en los Municipios cercanos.
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Educación: Lo compone la Universidad de Antioquia como única sede de esta universidad en
el Suroeste
Producción: Comprende la Central de beneficio La Chaparrala, que, por su tamaño y capacidad,
puede ofrecer sus servicios a la población de Municipios cercanos.
Comercio y servicios: En esta categoría se engloba el suelo urbano de la cabecera municipal
de Andes, el cual cuenta con una amplia oferta comparativa de equipamientos, servicios y
comercio que no abundan en la región.
TÍTULO 2
ESTRUCTURA ECOLÓGICA
ARTíCULO 30.
CLASIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA. En ei Municipio de
Andes la Estructura Ecológica se clasifica en:
1.
2.
Estructura Ecológica Principal EEP: Corresponde al primer nivel de prioridad. Es aquella que
asegura el mantenimiento o recuperación de funciones ecológicas esenciales para la prestación
de servicios ecosistémicos. Incluye áreas protegidas de carácter nacional, regional, local, así como
los elementos determinados como estratégicos en términos ecológicos y ambientales. Los
elementos pertenecientes a esta estructura ecológica principal serán denominados más tarde como
áreas de conservación y protección ambiental.
Estructura Ecológica Complementaria EEC: Corresponde al segundo nivel de prioridad. Busca
asegurar funciones complementarias y conectoras de la EEP y a la prestación de servicios
ecosistémicos, específicamente en los relacionados con elementos de conectividad y del recurso
hídrico, incluyendo áreas de especial interés como las microcuencas abastecedoras, entre otros.
Los elementos son prioritarios para el desarrollo de acciones de restauración y recuperación, y
representan un marco de actuación para la definición de usos del suelo y tratamientos, por 10 tanto,
no constituyen suelo de protección.
CAPÍTULO 1
ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL
ARTÍCULO 31.
CONCEPTO DE ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL. De acuerdo con ei
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, artículo 2.2.1.1, la estructura ecológica principal (EEP) se
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MUNICIPAL
Z „ZZZ
DE ANDES
define como un conjunto de elementos bióticos y abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos
esenciales del territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación, restauración, uso y
manejo sostenible de los recursos naturales renovables, los cuales brindan la capacidad de soporte
para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones.
ARTÍCULO 32.
ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL. La Estructura Ecológica Principal
(EEP) para el Municipio de Andes está conformada por los siguientes elementos presentes en el
territorio, los mismos que se delimitan en el plano
Categoría
Elementos
La Reserva Forestal Protectora Farallones del Citará
Áreas del Sistema Nacional de
Áreas Protegidas (SINAP)
Áreas de Reserva Forestal
Local
Áreas de manejo especial
Distrito de Manejo Integrado Cuchilla Jardín Támesis
Reserva Natural de la Sociedad Civil La Mesenia
Paramillo — EI Desierto
Reserva Local Forestal Protectora — Productora
Chorros Blancos — La Negra
Las áreas de conservación y protección ambiental
definidas en el POMCA, que no están dentro de las
categorías de conservación del SINAP y las áreas de
especial importancia ecosistémica.
Predios corporativos de la CAR.
Microcuencas abastecedoras
Humedales
reas forestales protectoras asociadas a cuerpos de
Areas de especial importancia
agua, nacimientos y drenajes las cuales corresponden
ecosistémica
a 30M para fuentes hídricas y cuerpos de agua y a
100M para nacimientos
Paramo de Citará
CAPÍTULO 2
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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MUA'CP/O DE ANDES
ARTÍCULO 33.
CONCEJO
MUNICIPAL
ESTRUCTURA ECOLÓGICA COMPLEMENTARIA
CONCEPTO ESTRUCTURA ECOLÓGICA COMPLEMENTARIA. Corresponde
al conjunto de elementos ecológicos y naturales que complementan la estructura ecológica principal y,
sobre todo, que son importantes para la preservación de los servicios ecosistémicos, específicamente
aquellos relacionados con el abastecimiento y la regulación y soporte.
ARTÍCULO 34.
ESTRUCTURA ECOLÓGICA COMPLEMENTARIA: La estructura ecológica
complementaria del Municipio de Andes está orientada como un soporte de la estructura ecológica
principal definida, sin embargo, esta no se constituye como suelo de protección.
Estas áreas presentan características para la prestación de servicios ecosistémicos, ya sea de
regulación, sostenimiento, aprovisionamiento o culturales, es necesario definir medidas de manejo
enfocadas en estas áreas que permitan tener un manejo adecuado que vaya acorde con las
características y la importancia de ésta y no desconozca la realidad del territorio, la estructura ecológica
complementaria del Municipio de Andes está conformada por los siguientes elementos, siendo
importante mencionar que en estas zonas solo se toman las áreas que se encuentran por fuera de la
estructura ecológica principal.
ESTRUCTURA ECOL GICA COMPLEMENTARIA
Elemento
áreas para la conservación de las aves y la biodiversidad (AICAS)
Red de conectividad ecosistémica
Área Km2
27,27
26,94
PARÁGRAFO 1 : Se deberán tomar las medidas que permitan la conservación o restauración de éstas,
mejorando la conectividad ecológica materializada en nodos y corredores ecológicos que ayudan a
mejorar el flujo genético de flora y fauna en el Municipio.
Adóptese las medias para la conservación de la estructura complementaria:
a. Conservar y restaurar la cobertura boscosa que se encuentra en estas áreas
b. Reforestar y conservar las áreas forestales protectoras asociadas a los drenajes, y nacimientos.
c. Manejo de la sucesión vegetal para mejorar la producción o el hábitat de la fauna silvestre.
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
d. Implementar herramientas del manejo del paisaje para mejorar la conectividad ecológica,
consistentes en:
Cercos vivos mixtos para la delimitación de potreros o propiedades
v" Árboles de sombrío en las zonas donde se cuente con ganadería extensiva para la
generación de sistemas silvopastoriles
Perchas de descanso para aves
Propagación selectiva de especies semilleras
Corredores biológicos por medio la revegetalización de las zonas que no presenten
conectividad con especies que sirvan de hábitat y alimento para la avifauna presente en
la zona.
v" Cercos protectores para impedir la entrada de ganado a humedales bosques o drenajes.
PARÁGRAFO 2: Se acogerá los estipulado en la resolución 10194 de 2008 de Corantioquia la cual
reglamenta el uso y aprovechamiento de las especies en veda del Municipio de Andes.
TiTULO 3
CLASIFICACIÓN DEL SUELO
ARTÍCULO 35.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO. De conformidad con 10
establecido en la Ley 388 de 1997 y el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, el territorio se
clasifica en: urbano, expansión urbana y rural. A1 interior de las clases de suelo, se establece la
categoría de protección como elemento transversal y articulador de todo el territorio municipal. Para el
suelo rural, se definen las categorías de desarrollo restringido y de protección, con sus diferentes
subcategorías, las cuales serán detalladas en las disposiciones correspondientes al suelo rural.
De acuerdo con los planteamientos realizados en la fase de diagnóstico, la clasificación del suelo
realizada en los años 2000 y 2006, por medio de los Acuerdo 022, respectivamente, se modifica
teniendo en cuenta las siguientes premisas:
1. Coherencia entre el suelo urbano y el perímetro de prestación de los servicios públicos.
2. Aportar al alcance del modelo de ocupación propuesto.
3. Adecuación de la clasificación del suelo a los requerimientos del Decreto Único Reglamentario
1077 de 2015, que compila el Decreto Nacional 3600 de 2007, en 10 que respecta a las categorías
del suelo rural.
4. Incorporación del Estudio Básico de Amenazas.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
5.
6.
7.
8.
9.
MUNC/P,'O DE ANDES
Reconocimiento de los elementos ambientales y los ecosistemas estratégicos del Municipio y su
incorporación como categorías de protección.
Puesta en valor de las actividades productivas del suelo en relación con la aptitud y capacidad de
uso y su clasificación como categoría de protección como áreas para la producción agrícola y
ganadera y de explotación de recursos naturales.
Reconocimiento de las dinámicas de ocupación y de los nuevos asentamientos humanos rurales,
que conllevaron a la identificación del centro poblado.
Incorporación de la actualización catastral desarrollada por el Municipio durante los años 2007 para
la zona rural y 2023 para el catastro multipropósito.
Inclusión de las determinantes ambientales expedidas por la Corporación Autónoma Regional
CORANTIOQUIA para efectos de la presente Revisión y Ajuste del PBOT.
Las áreas por clase de suelo para el Municipio de Andes corresponden a 10 dispuesto en la siguiente
tabla y en el plano FG2_ClasificacionDelSuelo.
TIP
Urbano
Expansión urbana
Rural
atotal municipal
Área (Ha
301
88,46
39858,81
40248,74
CAPÍTULO 1
SUELO URBANO
rea (km2)
3,01
0,88
398,59
402,49
ARTÍCULO 36.
CONCEPTO DE SUELO URBANO. Constituido por las áreas del territorio
municipal destinadas a usos urbanos, que cuenten con infraestructura vial y redes primarias de
energía, acueducto y alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación. En ningún caso, el
suelo urbano podrá ser mayor que el denominado perímetro de servicios públicos o perímetro sanitario,
de conformidad con el artículo 31 de la Ley 388 de 1997.
Podrán pertenecer a esta categoría, aquellas zonas con procesos de urbanización incompletos,
comprendidos en áreas consolidadas con edificación, definiendo éstas como áreas de mejoramiento
integral, siempre y cuando se tenga la posibilidad técnica y financiera para proveerlas de los servicios
públicos básicos durante la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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MUA'C,'P/O DE ANDES
ARTÍCULO 37.
CONCEJO
MUNICIPAL
DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO CABECERA MUNICIPAL.
Adóptese como perímetro urbano de la cabecera Municipal un polígono con un área de 246,51 Ha, con
su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único de referencia
nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden con el plano FG2_ClasificacionDelSuelo
y se detallan a continuación:
MOJON
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
4681418,483
4681420,175
4681421,637
4681426,159
4681430,991
4681436,039
4681441,39
4681442,316
4681444,455
4681446,342
,427
4681447,641
4681448,067
4681449,569
4681451 ,662
4681454,662
4681457,263
4681459, 172
4681464,288
4681465,659
4681469,824
4681473,677
4681476,634
4681476,759
4681481,046
4681482,12
4681482,566
4681492,279
2185175,517
2185166,988
2185162,285
2185157,824
2185154,983
2185153,859
2185153,867
2185154,368
2185155,707
2185156,646
2185156,83
2185156,92
2185157,257
2185158,539
2185160,165
2185161,575
2185162,046
2185162,33
2185163,305
2185163,415
2185164,636
2185166,096
2185167,522
2185167,582
2185169,917
2185170,39
2185170,715
2185177,805
843
844
845
846
847
848
849
850
851
852
853
854
855
856
857
858
859
860
861
862
863
864
865
866
867
868
869
870
x
4680807,819
4680806, 103
4680805,581
4680793,692
4680789,263
4680787,788
4680782,659
4680777 ,042
4680759, 708
4680745, 169
4680736, 176
4680717,482
4680714,465
4680697,577
4680692,002
4680689,556
4680685, 767
4680682,815
4680681
4680680,491
4680678,706
4680677,024
4680675,547
4680671 ,452
4680667,021
4680663, 182
4680654,407
4680641,34
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183389,786
2183388,372
2183389,306
2183378,365
2183374,936
2183374,626
2183373,549
2183374,022
2183381,816
2183383,792
2183386,307
2183397,168
2183399,439
2183409,038
2183412,206
2183413,15
2183414,612
2183416,047
2183418,117
2183420, 106
2183422,549
2183423,864
2183425,02
2183426,592
2183428,515
2183431,344
2183439,545
2183450,813
59

===== PÁGINA 60 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
4681492,379
4681495,526
4681506,362
4681509,852
4681515, 745
4681527 ,095
4681524,961
4681534, 153
4681537,719
4681542,851
4681547,386
4681555,651
4681554,162
4681553,432
4681552,161
4681551 ,643
4681551,534
4681551,776
4681552,46
4681553,096
4681555,446
4681556,476
4681557,981
4681563,552
4681572,182
4681579,35
4681588,269
4681609,319
4681624,675
4681637,62
4681639,273
4681641,12
4681646,791
4681646,887
2185177,785
2185177,172
2185175,061
2185178,207
2185177,903
2185175,126
2185150,761
2185150,57
2185150,335
2185149,244
2185147,768
2185144,124
2185134,561
2185130,824
2185125,942
2185123,851
2185121,859
2185120,412
2185118,809
2185116,85
2185111,948
2185110,28
2185111,341
2185115,901
2185121,938
2185116,763
2185117,319
2185120,536
2185140,985
2185151,919
2185153,316
2185154,447
2185157,923
2185157,981
MOJON
871
872
873
874
875
876
877
878
879
880
881
882
883
884
885
886
887
888
889
890
891
892
893
894
895
896
897
898
899
900
901
902
903
904
4680631 , 132
4680626,237
4680617,587
4680609, 118
4680601 ,67
4680593,719
4680586,786
4680581 ,547
4680569,376
4680562,44
4680550,331
4680543,394
4680540,139
4680537,362
4680537, 196
4680527,964
4680527,476
4680521,714
4680513,867
4680503,95
4680493,776
4680476,201
4680464,306
4680460,212
4680456,782
4680455,192
4680449,482
4680448,713
4680447 ,857
4680446,227
4680442,759
4680438,609
4680438,349
4680433,677
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183461,792
2183466,98
2183462,794
2183461,455
2183462,484
2183466,732
2183471,486
2183476,915
2183488,113
2183492,02
2183493,664
2183493,496
2183493,463
2183493,904
2183493,931
2183494,263
2183493,747
2183487 ,642
2183478,599
2183467,171
2183473,671
2183484,023
2183490,262
2183493,842
2183499,139
2183505,169
2183505,079
2183505,067
2183509,281
2183517,311
2183526,257
2183534,596
2183534,956
2183541,433
60

===== PÁGINA 61 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
MOJON
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
4681651,645
4681653,586
4681658,386
4681661,486
4681666,249
4681687,977
4681686,125
4681684,188
4681683,299
4681664,966
4681656,34
4681650,575
4681648,626
4681649,413
4681650,817
4681651,406
4681653,426
4681653,894
4681662,444
4681670,696
4681676,388
4681681,45
4681682,493
4681684,599
4681683,61
4681683,137
4681679,757
4681676,529
4681678,08
4681683,771
4681683,192
4681682,79
4681681,508
4681675,82
2185160,897
2185162,769
2185167,397
2185170,385
2185175,763
2185164,573
2185161,538
2185157,171
2185155,167
2185129,426
2185110,986
2185090,95
2185069,634
2185062,546
2185049,901
2185024,762
2184999,443
2184993,573
2184970,965
2184959,813
2184940,71
2184924,79
2184918,887
2184906, 965
2184888,511
2184886,245
2184870,062
2184845,248
2184823,926
2184803,868
2184799,07
2184795,732
2184785,098
2184767,068
905
906
907
908
909
910
911
912
913
914
915
916
917
918
919
920
921
922
923
924
925
926
927
928
929
930
931
932
933
934
935
936
937
938
4680431 ,049
4680429,652
4680426,704
4680426,285
4680423,984
4680422,927
4680423,074
4680423, 154
4680423,607
4680423,638
4680423,956
4680423,666
4680423,516
4680423,508
4680423,576
4680421 ,456
4680421 ,433
4680421,172
4680420,318
4680419,547
4680418,654
4680417,661
4680416,594
4680415,222
4680414,009
4680404,559
4680399,911
4680377,332
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antigguia.qov.co
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2183536,188
2183525,247
2183520,834
61

===== PÁGINA 62 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'P/O DF ANDES
MOJON
97
98
99
100
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128
129
130
4681674,786
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MOJON
939
940
941
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971
972
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2183441,23
2183444,355
2183456,515
2183463,357
62

===== PÁGINA 63 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA,'C/P/O DE A MDFS
MOJON
131
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160
161
162
163
164
x
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4681631,334
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2184571 ,32
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2184483,092
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973
974
975
976
977
978
979
980
981
982
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985
986
987
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990
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998
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1000
1001
1002
1003
1004
1005
1006
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4680201 ,264
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2183688,541
2183700 ,444
2183714,003
63

===== PÁGINA 64 =====
MUNC/P(O DE ANDES
MOJON
x
CONCEJO
MUNICIPAL
x
165
166
167
168
169
170
171
172
173
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175
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190
191
192
193
194
195
196
197
198
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1007
1008
1009
1010
1011
1012
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1014
1015
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183725,589
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2183910,232
2183895,382
2183885,062
64

===== PÁGINA 65 =====
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
CONCEJO
MUNICIPAL
TAOJPN
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
209
210
211
212
213
214
215
216
217
218
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220
221
222
223
224
225
226
227
228
229
230
231
232
4681683,553
4681677,491
4681674,081
4681672,811
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1041
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2183882,253
2183890,736
2183913,547
65

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MUNICIPAL
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MOJON
1075
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2184042,019
2184043,781
66

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CONCEJO
MUNICIPAL
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298
299
300
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MOJON
1109
1110
1112
1113
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1 142
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.qov.co
2184044,452
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2183940,744
67

===== PÁGINA 68 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUVC/P,'O DE
MOJON
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330
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332
333
334
4681718,848
4681718,01
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2183345,454
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2183343,001
2183340,61
2183339,534
2183329,126
2183327,077
2183318,918
2183311,854
2183308,767
2183307,616
2183299,297
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2183289,603
2183285,578
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2183279,443
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1143
1 144
1 145
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2183950,872
2183951 ,495
68

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MUNC'fP/0 DE ANDES
MOJON
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
x
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368
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1178
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2184001 , 168
2184003,604
2184005,333
2184009,509
69

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUMCP,'O DE ANDES
MOJON
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370
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393
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395
396
397
398
399
400
401
402
x
4681657,351
4681658,628
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2182630,879
MOJON
1211
1212
1213
1214
1215
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1240
1241
1242
1243
1244
x
4680501 ,81 1
4680513,18
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concefo@Andes-antioquia.gov.co
2184015,113
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2184155,522
2184161 ,219
2184167,506
70

===== PÁGINA 71 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DF ANDES
MOJON
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431
432
433
434
435
436
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2182334,204
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2182328, 15
MOJON
1245
1246
1247
1248
1249
1250
1251
1252
1253
1254
1255
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1257
1258
1259
1260
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1269
1270
1271
1272
1273
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1275
1276
1277
1278
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
rel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2184229,429
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2184245,082
2184252,785
2184258,239
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2184268,795
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2184271 ,547
2184268,877
2184264,552
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2184271
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2184321,437
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2184329,56
2184335,891
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2184345,669
2184350,563
2184350,698
2184350,865
71

===== PÁGINA 72 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P/O DE ANDES
MOJON
x
437
438
439
440
441
442
443
444
445
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461
462
463
464
465
466
467
468
469
470
4681550,162
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4681552,16
4681550,921
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2182976,718
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2182980,258
2182981 ,395
2182981 ,466
2182983,793
2182985,684
2182987,847
2182988,629
MOJON
1279
1280
1281
1282
1283
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1308
1309
1310
1311
1312
4680446, 185
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4680381 ,023
4680381,753
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4680393,384
4680392,451
4680390,73
4680386,715
4680382, 026
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antipquia.qov.co
2184352,136
2184354,325
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2184494,674
2184499,031
2184503,294
2184505,018
72

===== PÁGINA 73 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
471
472
473
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496
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498
499
500
501
502
503
504
4681561,866
4681557 ,441
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1313
1314
1315
1316
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1318
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1320
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1340
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1342
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1345
1346
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4680351 ,594
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2184586,149
2184582,362
2184580,514
2184580,497
73

===== PÁGINA 74 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
MOJON
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530
531
532
533
534
535
536
537
538
x
4681476,018
4681479,056
4681482,044
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2183065,841
MOJON
1347
1348
1349
1350
1351
1352
1353
1354
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1361
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1373
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1375
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4680232,774
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2184581,222
2184583,81
2184587,512
2184588,528
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2184601
2184604,332
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2184611 ,681
2184612,216
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2184671,457
2184673,831
2184676,752
2184686,852
2184689,233
2184689,711
2184684,18
2184683,591
2184684,137
2184686,442
74

===== PÁGINA 75 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOWCfPfO DE ANDES
MOJON
539
540
542
543
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545
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547
548
549
550
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554
555
556
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560
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562
563
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565
566
567
568
569
570
571
572
x
4681469,756
4681470,997
4681472,5
4681474,989
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4681481,693
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2183108,878
OJON
1381
1382
1383
1384
1385
1386
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1388
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1400
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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2184849, 157
2184856,198
2184858,267
75

===== PÁGINA 76 =====
DE A,VDFS
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJO
x
_MOJON
573
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575
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580
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598
599
600
601
602
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606
x
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1415
1416
1417
1418
1419
1420
1421
1422
1423
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1440
1441
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2184860,557
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2184963,367
2184964,493
2184967,617
2184968,339
76

===== PÁGINA 77 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
MOJON
607
608
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610
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630
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632
633
634
635
636
637
638
639
640
4681210,892
4681204,086
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4681190,295
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4681151 ,276
4681141 ,322
4681126,227
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4681095
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2183011,034
2183004,703
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2182968,52
2182965,389
2182961 ,696
2182959,778
2182950,155
2182943,498
2182936,42
2182933,754
2182932, 131
2182931 ,325
2182930,355
2182930,937
2182932,971
2182933,826
2182934,774
1449
1450
1451
1452
1453
1454
1455
1456
1457
1458
1459
1460
1461
1462
1463
1464
1465
1466
1467
1468
1469
1470
1471
1472
1473
1474
1475
1476
1477
1478
1479
1480
1481
1482
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2184968,855
2184972,265
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2184903,742
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2184884,341
2184879,825
2184875,652
2184874,526
2184872,245
77

===== PÁGINA 78 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PL' DE ANDES
MOJON
641
642
643
644
645
646
647
648
649
650
651
652
653
654
655
656
657
658
659
660
661
662
663
664
665
666
667
668
669
670
671
672
673
674
x
4681015,981
4681015,318
4681011,053
4681010,877
4681010,826
4681011 ,253
4681008,699
4681007,049
4681005,581
4680993,01
4680990,468
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4680903,513
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4680827 ,644
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4680822, 162
4680818,018
4680816,467
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4680809,299
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2182935,12
2182935,795
2182920,403
2182915,958
2182907,777
2182906,753
2182906,092
2182905,504
2182909,865
2182910, 747
2182914,733
2182920,764
2182924,61
2182926,639
2182931,281
2182924,459
2182913,802
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2182858,72
2182845,225
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2182860,926
2182865,873
2182867,773
2182877,519
2182884,647
2182891,503
2182908,91
MOJON
1483
1484
1485
1486
1487
1488
1489
1491
1493
1494
1495
1496
1497
1498
1499
1500
1501
1502
1503
1504
1505
1506
1507
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquiq.qov.co
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2184900,029
2184904,267
78

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'P/O DE ANDES
MOJON
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2184909,946
2184917,793
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2184906,677
2184906,286
2184905,603
2184905,233
79

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MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
x
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MUNICIPAL
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1584
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
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2184889,806
2184886,86
80

===== PÁGINA 81 =====
DE ANDES
MOJON
x
CONCEJO
MUNICIPAL
OJON
x
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772
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774
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776
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1591
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4681211,17
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
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2184935,156
2184938,868
2184943,762
2184947,697
2184950,902
2184957,138
2184962,166
2184967,408
2184971,08
2184972,468
2184978,774
2184987,977
2184993,217
2184998,146
2185013,391
81

===== PÁGINA 82 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
MOJON
777
778
779
780
781
782
783
784
785
786
787
788
789
790
791
792
793
794
795
796
797
798
799
800
801
802
803
804
805
806
807
808
809
810
x
4680720,713
4680736,021
4680747,608
4680748,467
4680752,126
4680758,248
4680762,666
4680766,265
4680772,246
4680774,594
4680774,202
4680773,972
4680773, 744
4680773, 998
4680774,004
4680775, 133
4680775,773
4680776,82
4680779,027
4680779,292
4680782,065
4680784,821
4680791 ,916
4680801 ,019
4680810,228
4680817,213
4680822,505
4680831 ,606
4680838,378
4680846,254
4680854,121
4680861 ,924
4680869,606
2183172,331
2183181,852
2183190,585
2183191,283
2183195,483
2183202,675
2183207,864
2183212,87
2183218,139
2183223,639
2183229,339
2183232,052
2183233,314
2183234,566
2183239,986
2183240,116
2183243,91
2183245,269
2183247,491
2183250,777
2183251,16
2183255,167
2183257,596
2183259,699
2183260,74
2183261 ,358
2183261,769
2183261,865
2183261,53
2183260,777
2183260,552
2183260,99
2183262,089
2183263,841
MOJON
1619
1620
1621
1622
1623
1624
1625
1626
1627
1628
1629
1630
1631
1632
1633
1634
1635
1636
1637
1638
1639
1640
1641
1642
1643
1644
1645
1646
1647
1648
1649
1650
1651
1652
4681210,447
4681211,384
4681213,068
4681216,004
4681218,727
4681220,03
4681220,661
4681220,224
4681217,626
4681212,672
4681212,915
4681214,092
4681217,94
4681221 ,693
4681224,698
4681225,401
4681225,47
4681224,624
4681224,684
4681224,879
4681226,468
4681230,137
4681236,085
4681242,508
4681249,533
4681255,155
4681258,578
4681261,177
4681263,307
4681265,077
4681267,124
4681272, 174
4681276,176
4681278,768
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2185022,862
2185028,2
2185032,284
2185037,115
2185040,42
2185044,606
2185048,61
2185051,388
2185056,776
2185064,397
2185068,024
2185070,11
2185071
2185073,726
2185076,646
2185079,025
2185083,801
2185091,362
2185092,406
2185095,755
2185099,936
2185102,559
2185104,192
2185105,628
2185109,063
2185114,524
2185120,016
2185127,91
2185136,479
2185139,334
2185142,636
2185148,296
2185154,067
2185161,579
82

===== PÁGINA 83 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
811
812
813
814
815
816
817
818
819
820
821
822
823
824
825
826
827
828
829
830
831
832
833
834
835
836
837
838
839
840
841
842
4680874,422
4680878,854
4680882,825
4680885,996
4680888,693
4680890,881
4680892,528
4680893,613
4680933,825
4680949,639
4680949,223
4680948,093
4680946,612
4680944,791
4680942,01
4680938,916
4680926,943
4680921 ,633
4680896,262
4680894,408
4680888,706
4680881 ,24
4680875,274
4680869,397
4680864, 1 1 1
4680862, 13
4680854,424
4680850, 119
4680841 ,772
4680830,598
4680827,093
4680810,593
2183266,407
2183269,589
2183273,332
2183277,199
2183281
2183285,906
2183290,628
2183295,509
2183266,307
2183270,39
2183273,895
2183283,41
2183295,89
2183309,572
2183325,603
2183331 ,735
2183352,594
2183359,705
2183393,685
2183397,066
2183401 ,188
2183407,786
2183413,059
2183418,611
2183420,882
2183420,837
2183420,662
2183419,698
2183416,328
2183408,313
2183405,661
2183392,071
1653
1654
1655
1656
1657
1658
1659
1660
1661
1662
1663
1664
1665
1666
1667
1668
1669
1670
1671
1672
1673
1674
1675
1676
1677
1678
1679
1680
1681
1682
1683
4681280,393
4681284,11
4681289,832
4681293,882
4681297,903
4681302,293
4681309,991
4681321
4681326,307
4681331,844
4681335,687
4681340,04
4681346,858
4681352,967
4681358,272
4681362,686
4681366, 123
4681372,227
4681373,943
4681380,804
4681391,199
4681401 ,675
4681409,475
4681413,465
4681416,466
4681417,746
4681418,483
4681458,194
4681457,693
4681458,509
4681458,194
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2185168,245
2185174,115
2185179,957
2185182,478
2185182,993
2185182,643
2185179,665
2185172,807
2185171,402
2185171,036
2185172,51
2185176,173
2185185,058
2185191,18
2185194,639
2185195,913
2185195,672
2185194,915
2185194,603
2185193,358
2185191,87
2185189,425
2185187,019
2185185,337
2185181,375
2185177,344
2185175,517
2185126,73
2185125,805
2185126,078
2185126,73
83

===== PÁGINA 84 =====
MUNC,'P/O DE AUDES
ARTÍCULO 38.
CONCEJO
MUNICIPAL
DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO DE
TAPARTÓ. Adóptese como perímetro urbano del corregimiento de T apartó un polígono con un área
de 16,64 Ha, con su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único
de referencia nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden con el plano
FG2_ClasificacionDelSuelo y se detallan a continuación:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
4671955,118
4671956,098
4671962,318
4671976,057
4671982,293
4671984,771
4671985,751
4671986,546
4671987,143
4671985,793
4671984,582
4671982,579
4671980,966
4671982,795
4671984,214
4671984,549
4671986,461
4671986, 766
4671987,072
4671987,53
4671988,6
4672004,483
4672003, 162
4672003, 103
4672002,496
4671996,433
4671992,861
4671990,6
2188889,003
2188884,445
2188866,576
2188856,232
2188849,403
2188846,691
2188845,201
2188843,604
2188841,924
2188827,639
2188819,766
2188806,743
2188793,252
2188780,549
2188773,194
2188773,177
2188773,077
2188769,191
2188765,278
2188759,443
2188745,781
2188744,515
2188729,219
2188728,539
2188721,512
2188722,233
2188722,658
2188722,927
MOJON
123
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
141
142
143
144
145
146
147
148
149
150
4671602,089
4671601,449
4671600,691
4671600,666
4671600,152
4671599,715
4671599,147
4671598,462
4671587,2
4671590,206
4671588,701
4671586,915
4671585,862
4671579,613
4671576,684
4671577,392
4671575,057
4671570,922
4671570,539
4671551,557
4671554,005
4671553,743
4671555,044
4671543,937
4671534,932
4671534,396
4671533,546
4671528,059
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2188648,964
2188648,019
2188646,743
2188646,693
2188645,671
2188644,534
2188642,801
2188640,834
2188626,968
2188624,483
2188622,629
2188620,431
2188619,632
2188614,897
2188612,678
2188610,346
2188606,964
2188607,792
2188608,146
2188616,324
2188622,014
2188622,093
2188626,312
2188625,929
2188626,589
2188626,547
2188626,479
2188626,042
84

===== PÁGINA 85 =====
DE ANDES
MOJON
x
CONCEJO
MUNICIPAL
OJON
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
4671981,414
4671977,95
4671977,638
4671972,923
4671970,926
4671963,305
4671961,722
4671944,458
4671879,829
4671877,307
4671871,273
4671870,329
4671864,55
4671846,616
4671846,164
4671845,509
4671840,35
4671837,218
4671834,744
4671831,884
4671830,135
4671827,507
4671825,295
4671820,68
4671817,735
4671818,003
4671816,583
4671813,887
4671812,416
4671803,321
4671798,169
4671788,028
4671786,352
4671780,703
2188723,411
2188723,594
2188723,61
2188723,505
2188723,388
2188722, 767
2188722,361
2188717,934
2188696,648
2188695,817
2188693,83
2188693,519
2188691,328
2188684,527
2188681 ,744
2188677,777
2188673,546
2188671,451
2188669,901
2188668,38
2188667,058
2188665,824
2188664,725
2188662,72
2188661,745
2188661,754
2188654,254
2188640,014
2188632,239
2188633,696
2188634,521
2188636,146
2188636,414
2188637,319
151
152
153
154
155
156
157
158
159
160
161
162
163
164
165
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183
184
4671525,592
4671523,409
4671521,188
4671518,251
4671515,074
4671511,658
4671509,672
4671506,235
4671501 ,897
4671497,93
4671495,372
4671492,721
4671485,54
4671477,021
4671476,875
4671468,237
4671457,824
4671449,859
4671437,491
4671432,279
4671429,506
4671429,229
4671426,662
4671425,235
4671417,891
4671409,56
4671407,826
4671398,378
4671397,258
4671397,062
4671389,605
4671386,504
4671381,777
4671378,448
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
2188625,081
2188618,23
2188619,028
2188618,795
2188618,087
2188616,585
2188615,715
2188616,529
2188614,408
2188613,78
2188613,631
2188614,195
2188615,726
2188617,975
2188618,014
2188620,659
2188624,479
2188627,57
2188633,289
2188636,581
2188638,563
2188638,824
2188640,491
2188641,996
2188649,736
2188659,419
2188661,364
2188671,963
2188672,976
2188673,153
2188679,889
2188683,958
2188690,162
2188694,531
85

===== PÁGINA 86 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
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90
91
92
93
94
95
96
4671777,753
4671777,655
4671775,431
4671772,865
4671768,241
4671766,018
4671763,895
4671763,818
4671763,467
4671761 ,011
4671758, 135
4671756, 134
4671755,489
4671753,299
4671751 ,734
4671751 ,352
4671750,527
4671749,481
4671748,55
4671747,77
4671746,864
4671745,955
4671744,868
4671744,304
4671744, 106
4671743,736
4671742,769
4671742,031
4671741 ,868
4671736,746
4671724,184
4671713,538
4671677,659
4671664,217
2188636,607
2188636,548
2188635,221
2188633,35
2188629,779
2188627,752
2188626,501
2188626,455
2188626,248
2188624,711
2188623,281
2188622,619
2188622,406
2188621,279
2188620,232
2188619,96
2188619,375
2188618,517
2188617,866
2188617,377
2188616,897
2188616,651
2188616,611
2188616,762
2188616,805
2188616,885
2188617,456
2188618,397
2188619,081
2188628,087
2188627,886
2188624,251
2188618,321
2188628,278
185
186
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214
215
216
217
218
4671376,033
4671368,111
4671367 ,464
4671370,794
4671376,441
4671379,438
4671381,32
4671380,365
4671371 ,809
4671364,898
4671364,543
4671364,263
4671364,514
4671365,067
4671371,545
4671383,592
4671403,359
4671413,037
4671426,934
4671439,517
4671457,398
4671460,462
4671468,008
4671477,62
4671478,948
4671487,558
4671502,806
4671627,779
4671632,204
4671638,727
4671639,908
4671648,985
4671662,513
4671663,241
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2188699,379
2188707,662
2188715,27
2188727,17
2188740,388
2188751,628
2188772,011
2188791,856
2188814,692
2188833,226
2188841,176
2188847,449
2188848,022
2188849,287
2188849,714
2188850,508
2188854,023
2188855,744
2188859,025
2188867,27
2188879,143
2188883,243
2188893,344
2188904,24
2188905,432
2188913,152
2188931,313
2188927,43
2188927,293
2188927,09
2188927,392
2188929,716
2188934,497
2188934,754
86

===== PÁGINA 87 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
97
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116
117
118
119
120
121
122
ARTíCULO 39.
4671655,171
4671652,915
4671650,982
4671649,354
4671649,069
4671644,062
4671644,512
4671647,702
4671641,001
4671635,761
4671630,02
4671627,18
4671626,858
4671626,733
4671626,587
4671625,504
4671624,922
4671624,032
4671623,923
4671623,34
4671622,851
4671622,61
4671621,226
4671620,496
4671603,022
4671602,546
2188634,919
2188637,077
2188639,071
2188641,176
2188641,638
2188646,241
2188644,611
2188638,207
2188642,776
2188648,035
2188656,344
2188663,297
2188664,086
2188664,393
2188664,393
2188664,392
2188664,391
2188664,39
2188664,389
2188663,981
2188663,638
2188663,469
2188662,5
2188661,989
2188649,746
2188649,413
40N
219
220
221
222
223
224
225
226
227
228
229
230
231
232
233
234
235
236
237
238
239
240
241
242
243
x
4671675,65
4671690,545
4671691 ,544
4671713,052
4671713,127
4671723,599
4671729,926
4671737,353
4671745,145
4671762,675
4671775,075
4671778,976
4671781 ,407
4671780,656
4671782,97
4671870,712
4671875,731
4671877,911
4671920,063
4671928,54
4671935,493
4671942,261
4671953,451
4671954,502
4671955,118
2188939,139
2188948,41
2188949,031
2188954,613
2188954,629
2188956,867
2188958,22
2188959,82
2188961,498
2188962, 127
2188962,276
2188962,323
2188962,352
2188951,629
2188951 ,463
2188945,188
2188944,829
2188944,673
2188941,658
2188941,052
2188940,555
2188924,049
2188896,761
2188891,87
2188889,003
DELIMITACIÓN DEL PERíMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO
BUENOS AIRES. Adóptese como perímetro urbano del corregimiento Buenos Aires un polígono con
un área de 12,67 Ha, con su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema
único de referencia nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden con el plano
FG2_ClasificacionDelSuelo y se detallan a continuación:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
87

===== PÁGINA 88 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
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3
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5
6
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9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
4686217,389
4686213,637
4686211,618
4686210,401
4686210,049
4686207,457
4686206,844
4686205,482
4686202,588
4686206,455
4686207,303
4686207,43
4686216,991
4686223,777
4686229, 152
4686235,925
4686244,889
4686253,181
4686262,184
4686262,102
4686261 ,052
4686254,001
4686249,873
4686236,543
4686205,069
4686198,872
4686196,391
4686182,357
4686152,739
4686152,265
4686149,507
4686140,207
4686138,846
4686062,605
2186878,618
2186843,951
2186825,295
2186818,408
2186816,413
2186807,104
2186802,352
2186791,797
2186764,488
2186763,866
2186763,449
2186763,387
2186758,69
2186753,522
2186745,31
2186733, 1 11
2186711 ,006
2186702,683
2186693,647
2186693,082
2186685,824
2186685,837
2186685,844
2186687,647
2186692,37
2186612,16
2186611,652
2186608,78
2186602,718
2186602,621
2186602,056
2186600,153
2186575,81
2186581,31
MOJON
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
4685905,742
4685893,621
4685880, 164
4685872,929
4685875,084
4685876,743
4685883,18
4685864,218
4685824,781
4685799,655
4685786, 193
4685775,92
4685777,209
4685777,538
4685778,953
4685780, 1 33
4685769,808
4685770,045
4685774,518
4685774,571
4685776,716
4685777,226
4685846,213
4685854,313
4685854,713
4685860,131
4685862,632
4685864,043
4685865,459
4685950,276
4685976,579
4686022,678
4686023,55
4686030,349
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2186608,193
2186609,832
2186611,652
2186612,63
2186631,959
2186646,838
2186687,825
2186690,002
2186694,532
2186697,417
2186698, 963
2186700, 143
2186707,587
2186711 ,401
2186727,782
2186741,461
2186742,496
2186744,251
2186777,427
2186777,817
2186793,727
2186800,749
2186795,317
2186794,679
2186797,719
2186838,869
2186857,859
2186868,578
2186879,333
2186870,269
2186868,007
2186864,041
2186869,493
2186912,005
88

===== PÁGINA 89 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE AMDES
MOJON
35
36
37
38
39
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
ARTÍCULO 40.
x
4686061 ,221
4686057,273
4686037,736
4686010,338
4685990,8
4685978,466
4685983,73
4685985,325
4685986,396
4685986,553
4685987,272
4685988,294
4685988,638
4685983,994
4685979,343
4685973,47
4685960, 161
4685948,838
4685926,006
4685913,489
4685912,835
4685911 ,587
2186563,133
2186511 ,256
2186511,708
2186512,342
2186512,795
2186513,08
2186550,539
2186561,894
2186569,518
2186572,469
2186586,016
2186605,286
2186611 ,766
2186612,394
2186613,023
2186613,817
2186615,617
2186617,148
2186620,236
2186621,929
2186616,935
2186607,402
JON
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
106
107
108
109
110
111
112
x
4686030,505
4686039,276
4686056,606
4686062, 198
4686079,313
4686086,591
4686087,751
4686088,571
4686101,951
4686118, 138
4686121,04
4686117,054
4686107,139
4686106,671
4686104,551
4686103,863
4686092,481
4686096,726
4686194,53
4686207
4686219,025
4686217,389
2186912,978
2186967,826
2187086,843
2187085,725
2187082,304
2187080,849
2187080,617
2187080,453
2187077,778
2187074,542
2187073,962
2187051,813
2186996,73
2186993,702
2186980
2186975,549
2186901,973
2186901 ,697
2186895,33
2186894,519
2186893,736
2186878,618
DELIMITACIÓN DEL PERíMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO SAN
JOSÉ. Adóptese como perímetro urbano del corregimiento San José un polígono con un área de 6,40
Ha, con su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único de
referencia nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales
FG2_ClasificacionDelSuelo y se detallan a continuación:
corresponden con el plano
x
MOJON
1
2
3
4
MOJON
4682490,887
4682486,752
4682486,671
4682483,741
2192881 ,135 247
2192876,539 248
2192876,437 249
2192872,741 250
4681809,243
4681807,886
4681807,886
4681815,5
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
2192489,183
2192490,185
2192490,233
2192494,187
89

===== PÁGINA 90 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMCP/O DE ANDES
MOJON
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
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23
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25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
4682481,314
4682475,297
4682470,92
4682470,292
4682466,055
4682464,886
4682463, 109
4682457,441
4682456,335
4682454,881
4682453,979
4682453,035
4682452, 196
4682449,719
4682446,449
4682443,997
4682440,964
4682439, 142
4682437,15
4682434,501
4682432,883
4682432,647
4682429,915
4682424, 769
4682418,721
4682406,663
4682407,879
4682404,485
4682398,862
4682398,235
4682390,865
4682385,574
4682380,375
4682368,493
MOJOBI
2192869,27 251
2192864,468 252
2192863,502
253
2192863,363 254
2192862,428
255
2192862,297
256
2192862,098 257
2192861 ,772 258
2192861 ,616 259
2192861 260
2192861 ,225 261
2192861,031 262
2192860,859 263
2192859,87
264
2192857,643
265
2192855,353
266
2192851,724
267
2192849,614 268
2192847,532
269
2192844,98
270
2192843,583 271
2192843,38
272
2192842,909
273
2192841,411 274
2192837,429 275
2192830,548
276
2192825,624 277
2192821,398 278
2192813,894 279
2192812,93
280
2192804,48 281
2192798,413 282
2192791,65 283
2192776,115
284
4681819,671
4681822,981
4681827,415
4681831,781
4681834,163
4681837,205
4681842,23
4681847,98
4681850,293
4681854,127
4681856,837
4681858,556
4681860,09
4681860,539
4681863,264
4681867,829
4681873,054
4681874,836
4681876,693
4681879,208
4681881 ,457
4681884,17
4681887 ,744
4681891 ,583
4681893,238
4681896,615
4681899,793
4681900,353
4681901,713
4681905,579
4681907,234
4681908,757
4681910,544
4681913,522
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
2192496,098
2192497,348
2192498,663
2192499,25
2192499,51
2192499,107
2192497,907
2192495,714
2192494,651
2192493,255
2192492,588
2192492,056
2192491 ,656
2192491,636
2192491,518
2192491,641
2192491,896
2192491,99
2192492,088
2192492,572
2192493,005
2192493,661
2192494,845
2192496,491
2192497,282
2192498,797
2192500,445
2192500,81
2192501,698
2192503,542
2192504,333
2192504,925
2192505, 782
2192506,636
90

===== PÁGINA 91 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
4682368,331
4682369,238
4682374,73
4682391 ,602
4682391 ,646
4682382, 173
4682380,479
4682376,037
4682371 , 105
4682364,771
4682363,373
4682361 ,37
4682355,107
4682351 ,309
4682350,095
4682349,831
4682344,633
4682342,125
4682340,721
4682340,394
4682330,848
4682328,885
4682277,924
4682279,187
4682280,61
4682280,957
4682280,999
4682285,254
4682280,764
4682278,97
4682273,031
4682271,238
4682269,252
4682265,201
2192775,902 285
2192775,196
286
2192770,918
287
2192757,779 288
2192757 , 744 289
2192746,009 290
2192743,909 291
2192738,407
292
2192732,197
293
2192724,221
294
2192723,022 295
2192721,306 296
2192715,939 297
2192712,684
298
2192711,859 299
2192711,679 300
2192708,146 301
2192712,019
302
2192714,187
303
2192714,691
2192729,432
305
2192732,463 306
2192702,443 307
2192700,161
308
2192697,591
309
2192696,963 310
2192696,888
311
2192689,201
312
2192687,11
313
2192686,274
314
2192683,509 315
2192686,952 316
2192686,067
317
2192684,264
318
4681915,508
4681917,03
4681919,147
4681921,017
4681922, 19
4681924,043
4681926,027
4681928,078
4681930,261
4681932,245
4681934,162
4681935,485
4681937,139
4681938,594
4681941,215
4681952,951
4681958,693
4681959,671
4681960,348
4681961,928
4681963,091
4681985,294
4681989,441
4682010,171
4682013,307
4682019,932
4682020,432
4682019,224
4682018,77
4682017,883
4682016,399
4682013,667
4682012,466
4682013,46
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2192507,36
2192507,688
2192507,948
2192508,189
2192508,34
2192508,468
2192508,597
2192508,725
2192508,721
2192508,651
2192508,383
2192508,315
2192508,378
2192508,507
2192508,965
2192514,717
2192517,531
2192515,13
2192513,471
2192509,594
2192506,741
2192516,555
2192518,367
2192527,422
2192528,851
2192531,871
2192532,099
2192535,131
2192536,27
2192538,495
2192542,219
2192549,077
2192552,089
2192552,749
91

===== PÁGINA 92 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'OP/O ANDES
MOJON
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
106
4682267 ,462
4682269, 788
4682266,681
4682259,82
4682261 , 75
4682262, 19
4682256,419
4682252,691
4682249,75
4682249,952
4682249,749
4682249,72
4682249,657
4682249,405
4682241,045
4682240,698
4682240,226
4682251,959
4682258, 723
4682257 ,464
4682256,456
4682255,528
4682254,334
4682253,247
4682252,317
4682251,414
4682251,015
4682250,535
4682250,375
4682249,944
4682250,031
4682250,067
4682250,38
4682251 ,562
2192679,852 319
2192675,313 320
2192673,752
321
2192670,305 322
2192665,821
323
2192664,797
324
2192663,062
325
2192662,359 326
2192661 ,805
327
2192656,989
328
2192653,341
329
2192652,805 330
2192651,682
331
2192647,148 332
2192647,587
333
2192641,999
334
2192634,413
335
2192626,335
336
2192621,678
337
2192620,859 338
2192619,776 339
2192618,667
340
2192616,976
341
2192615,311
342
2192613,514 343
2192611,531
2192610,473
345
2192608,649 346
2192607,617 347
2192603,888
348
2192600,087
349
2192598,543 350
2192596,241
351
2192591,82
352
4682014,259
4682016,175
4682017,434
4682018,296
4682019,755
4682019,974
4682021 ,81
4682022,891
4682023,6
4682024,859
4682026,052
4682027, 179
4682028,505
4682031 ,481
4682033,598
4682038,623
4682042,591
4682044,772
4682047,472
4682049,656
4682050,867
4682051 ,244
4682054,023
4682057 ,529
4682058, 126
4682061 ,501
4682063,288
4682065,405
4682067,475
4682068,45
4682070,236
4682072, 155
4682073, 744
4682079,502
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2192553,351
2192554,794
2192555,982
2192556,973
2192559,02
2192559,26
2192561 ,265
2192562,582
2192563,445
2192564,765
2192566,086
2192567,341
2192568,992
2192569,052
2192568,916
2192568,113
2192567,907
2192567,814
2192567,699
2192568,026
2192568,276
2192568, 354
2192568,745
2192569,4
2192569,598
2192570,715
2192571 ,374
2192571,7
2192572,461
2192572,819
2192573,279
2192573,606
2192574,198
2192576,039
92

===== PÁGINA 93 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
ML',VC/P/O DE AMDES
MOJON
107
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136
137
138
139
140
4682252,509
4682252,799
4682253,511
4682254,227
4682254,697
4682255,936
4682256,435
4682253,253
4682242,243
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4682229, 1
4682224,164
4682221 ,677
4682221 ,61 1
4682221 ,386
4682221 ,367
4682221 ,077
4682221 ,987
4682221 ,739
4682220, 782
4682220,766
4682220,74
4682210,961
4682209,248
4682208,685
4682208,613
4682206,788
4682207,031
4682208,492
4682209,234
4682210, 064
4682205,361
4682206,39
4682208,378
-MOJON
2192589,368 353
2192588,616 354
2192587,001
355
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357
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359
2192580,709
360
2192581 ,845 361
2192582,444
362
2192583,2
363
2192583,709 364
2192583,965
365
2192582,956 366
2192579,518 367
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2192574,812
369
2192574,779
370
2192570,173 371
2192570,208 372
2192570,208
373
2192570,209 374
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2192560,831
377
2192560,837
378
2192560,977
379
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382
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383
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385
2192522,206
386
4682080,209
4682080,825
4682083,208
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4682086,913
4682091 ,28
4682093,066
4682095,29
4682097,627
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4682101,101
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4682124,917
4682131,709
4682132,03
4682132,28
4682133,607
4682132, 178
4682133,422
4682124,163
4682124,905
4682135,284
4682151,618
4682157,688
4682158,762
4682159,425
4682150,436
4682150,872
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2192576,215
2192576,367
2192577,157
2192577 ,289
2192577,418
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2192578,858
2192574,95
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2192571 ,008
2192573,446
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2192577,802
2192581,907
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2192602,087
2192602,222
2192616,506
2192617,132
2192632, 159
2192631 ,553
2192630,599
2192630,245
2192654,787
2192655,466
2192656,403
2192672,972
93

===== PÁGINA 94 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
141
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164
165
166
167
168
169
170
171
172
173
174
x
4682209,624
4682211,858
4682208,469
4682205,027
4682204,925
4682192,352
4682186,994
4682169,439
4682164,786
4682161,083
4682168,479
4682155,701
4682155,731
4682156,59
4682157,341
4682160,697
4682158,848
4682151,693
4682144,842
4682144,685
4682144,515
4682144,335
4682144,15
4682143,965
4682143, 784
4682143,611
4682143,452
4682143,309
4682138,292
4682136,211
4682134,674
4682132,027
4682130,657
4682118,714
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388
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390
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392
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2192507,433
395
2192507,487
396
2192489,402
397
2192479,075 398
2192479,003 399
2192476,953 400
2192475,159 401
2192467,14 402
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2192464,141
404
2192464,573 405
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2192464,4 407
2192464,354 408
2192464,336 409
2192464,348 410
2192464,389
411
2192464,457
412
2192464,551
413
2192464,67
414
2192464,986
415
2192470,096 416
2192471,363 417
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2192472,972
419
2192467,986
420
4682150,766
4682148,233
4682156,712
4682174,536
4682183,375
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4682186,867
4682186,929
4682187,336
4682192,283
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4682202, 174
4682204,255
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4682250,051
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4682256,948
4682257 ,869
4682259,762
4682261 ,619
4682264, 722
4682270,722
4682273,035
4682291 ,58
4682302, 104
4682302,3
4682303,057
4682305,779
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2192674,203
2192677,554
2192686,353
2192662,874
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2192707,395
2192711 ,419
2192719,612
2192728,131
2192734,744
2192741,991
2192743,874
2192753,784
2192758,736
2192762,94
2192770,479
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2192780,146
2192785,154
2192789,275
2192793,074
2192793,932
2192800,813
2192804,762
2192804,849
2192805,258
2192806,396
94

===== PÁGINA 95 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PV PE A,VOES
MOJON
175
176
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178
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180
181
182
183
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185
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189
190
191
192
193
194
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
x
4682114,036
4682110,763
4682110,486
4682108, 183
4682105,581
4682105,284
4682105,26
4682100,733
4682098,801
4682098,404
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4682097,636
4682096,922
4682096,393
4682095,336
4682094,49
4682093,829
4682092,64
4682091 ,874
4682091 ,372
4682091,002
4682090, 738
4682090,395
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4682089,314
4682068,694
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4682049,711
4682045,095
4682044,35
4682043,582
4682040,672
4682039,931
MOJON
2192470,906 421
2192480,766 422
2192480,833 423
2192480,464
424
2192480,046 425
2192481,227 426
2192481 ,221
427
2192479,959 428
2192479,354 429
2192479,302 430
2192479,303 431
2192479,304
432
2192479,358 433
2192479,544 434
2192479,943
435
2192480,394
436
2192480,819
437
2192481,562 438
2192482,066 439
2192482,57 440
2192482,888 441
2192483,179 442
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2192484,213
444
2192485,431
445
2192477,824
2192476,457 447
2192474,112 448
2192470,61 449
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2192484,014 453
2192484,095 454
x
4682315,994
4682319,879
4682323,512
4682330,805
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4682331 ,684
4682330, 188
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4682328,751
4682327,38
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4682371
4682371
4682377,767
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4682432,649
4682446,965
4682454, 128
4682464,567
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2192810,939
2192812,667
2192814,283
2192817,527
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2192881,975
2192881,991
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2192880,416
2192881,534
2192887,741
2192891 ,475
2192894,757
2192896,421
2192897,576
2192899,411
2192903,358
2192911,018
2192914,087
2192918,558
95

===== PÁGINA 96 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
209
210
211
212
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214
215
216
217
218
219
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231
232
233
234
235
236
237
238
239
240
241
242
4682039,413
4682038,778
4682036,636
4682036,504
4682034,869
4682030,064
4682028,861
4681994,955
4681942,692
4681911 ,632
4681910,153
4681906,735
4681907,464
4681907,581
4681916,031
4681905,836
4681895,824
4681890,075
4681889,234
4681886,757
4681882,066
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4681869,089
4681867,045
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4681869,373
4681870,307
4681877,712
4681876,596
4681875,887
4681877 ,579
4681874,279
4681871,211
4681863,397
MOJON
2192484, 156
455
2192484,23 456
2192484,869 457
2192485,091 458
2192487,862 459
2192500,588
460
2192503,774 461
2192487,365 462
2192462,7 463
2192446,801
464
2192446,044 465
2192444,295
466
2192442,855
467
2192442,624
468
2192425,934 469
2192419,116
470
2192412,532
471
2192409,619 472
2192409,193 473
2192409,577 474
2192410,304 475
2192411,375 476
2192413,218 477
2192413,825 478
2192423,108 479
2192424,912 480
2192425,346 481
2192428,793 482
2192431,907 483
2192435,678 484
2192439,747 485
2192439,791 486
2192440,537 487
2192447,087
488
4682467,586
4682475,058
4682480,067
4682490,081
4682495,804
4682506,532
4682517,975
4682520,751
4682520,535
4682519,904
4682517,157
4682516, 174
4682515,046
4682514,312
4682511 ,285
4682510,004
4682509, 744
4682509,697
4682509,651
4682509,345
4682509,22
4682509,195
4682509, 109
4682508,315
4682507 ,332
4682507,011
4682506,019
4682504,71
4682503,477
4682502, 1
4682500,683
4682499,077
4682498,871
4682497,847
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2192920,061
2192926,317
2192930,594
2192937,877
2192941,914
2192948,641
2192955,683
2192954,884
2192954,481
2192952,886
2192947,759
2192945,611
2192943,148
2192940,891
2192931,583
2192926,259
2192920,358
2192919,295
2192919,108
2192914,976
2192913,304
2192912,958
2192912,278
2192908,649
2192906,048
2192905,271
2192902,869
2192899,93
2192897,134
2192894,39
2192892,08
2192890,181
2192889,953
2192888,81
96

===== PÁGINA 97 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
OJON
MU,VCP/O DE ANDES
MOJON
243
244
245
246
ARTÍCULO 41.
4681843,601
4681833,915
4681823,407
4681819,993
2192463,819 489
2192470,97
490
2192478,727
491
2192481,247
4682497,308
4682494,535
4682490,887
2192888,355
2192885,523
2192881,135
DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO SANTA
INÉS. Adóptese como perímetro urbano del corregimiento Santa Inés un polígono con un área de 4,03
Ha, con su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único de
referencia nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden
FG2_ClasificacionDelSuelo y se detallan a continuación:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
4678785,975
4678796,089
4678806,939
4678807,383
4678812,834
4678812,47
4678819,8
4678822,365
4678832,476
4678834,209
4678844,672
4678843,094
4678851,187
4678850,319
4678853,82
4678855,359
4678860,235
4678872,361
4678870,427
4678870,268
4678869,698
2173656,476
2173643,434
2173644,737
2173641,773
2173642,293
2173645,653
2173646,487
2173645,582
2173653,537
2173654,9
2173661,834
2173666,737
2173669,313
2173673,036
2173671,653
2173671,045
2173669,118
2173664,326
2173650,589
2173649,375
2173645,018
MOJON
173
174
175
176
177
178
179
180
181
182
183
184
185
186
187
188
189
190
191
192
193
x
4678667,08
4678662,027
4678661 ,663
4678661 ,617
4678661,512
4678660,914
4678659,6
4678659, 125
4678658,916
4678657,087
4678653,476
4678651 ,341
4678648,712
4678645,802
4678642,821
4678640,205
4678636, 194
4678633,065
4678629,945
4678628,47
4678626,343
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
con el plano
2173489,149
2173494,438
2173494,819
2173494,867
2173494,978
2173494,605
2173493,76
2173493,454
2173493,319
2173492,341
2173491,216
2173490,505
2173489,492
2173488,306
2173487,275
2173486,597
2173485,903
2173486,205
2173488,376
2173489,872
2173492,758
97

===== PÁGINA 98 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
22
23
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25
26
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28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
49
50
51
52
53
54
55
4678868,274
4678868,826
4678870,719
4678873,264
4678876,999
4678880,767
4678887, 177
4678891 ,215
4678889
4678891 ,615
4678890,434
4678892,862
4678891 ,441
4678896,608
4678896,893
4678899,965
4678902,5
4678915, 128
4678918, 164
4678918,638
4678920,402
4678924,045
4678929,625
4678934,074
4678935,758
4678939,194
4678947,55
4678952,723
4678961 , 14
4678969,503
4678978,464
4678984,641
4678990,876
4678991
2173632,715
2173632,224
2173630,54
2173633,551
2173630,41
2173627,241
2173622,272
2173618,918
2173616,4
2173614,227
2173612,896
2173610,811
2173609,165
2173605,357
2173605, 701
2173603,082
2173612,387
2173599,826
2173603,814
2173605,695
2173612,696
2173629,267
2173646,328
2173658,071
2173662,515
2173670,217
2173667,65
2173666,061
2173663,475
2173660,906
2173658,154
2173656,256
2173654,341
2173652,034
MOJON
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
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211
212
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214
215
216
217
218
219
220
221
222
223
224
225
226
227
4678625,715
4678625,638
4678602,812
4678602,056
4678583,503
4678582,328
4678582,008
4678581 ,387
4678580,865
4678579,531
4678577,976
4678576,445
4678575,075
4678573,808
4678572,552
4678571 ,254
4678569,919
4678568,437
4678566,923
4678565,367
4678563,97
4678562,37
4678560,608
4678558,635
4678556,393
4678554,286
4678552,569
4678551 ,578
4678550,981
4678549,17
4678547,375
4678545,61
4678543,595
4678541,572
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail:
2173493,829
2173493,792
2173475,717
2173475,119
2173486,133
2173486,8
2173486,212
2173484,914
2173483,825
2173481,304
2173478,763
2173476,229
2173473,528
2173470,654
2173467,936
2173465, 144
2173462,558
2173460,006
2173457,488
2173455,346
2173453,405
2173451,574
2173449,778
2173448,068
2173446,371
2173444,933
2173443,357
2173442,311
2173441,681
2173439,935
2173438,124
2173436,117
2173434,334
2173432,575
98

===== PÁGINA 99 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'C/P,'O DE ANDES
MOJON
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
x
4678991,126
4678991,
194
4678991,161
4678991 ,496
4678991 ,524
4678992,455
4678994, 164
4678994,425
4678993,943
4678993,511
4678993,228
4678992,943
4678992,52
4678991 ,991
4678991
4678990,852
4678989,964
4678985,666
4678982,872
4678978,948
4678982,482
4678983,809
4678981 ,424
4678977,601
4678973,182
4678971 ,596
4678969,444
4678962, 134
4678942,648
4678939,525
4678937,277
4678936, 346
4678933,874
4678930,619
2173649,124
2173646,661
2173642,503
2173639,545
2173639,493
2173637,724
2173635,684
2173633,472
2173630,982
2173628,647
2173626,118
2173623,184
2173620,317
2173618,092
2173615,55
2173613,4
2173610,087
2173595,296
2173585,546
2173575,953
2173569,811
2173567,225
2173554,229
2173544,577
2173537,409
2173534,838
2173533,216
2173529,261
2173534,213
2173527,009
2173527,895
2173528,262
2173529,235
2173521,205
228
229
230
231
232
233
234
235
236
237
238
239
240
241
242
243
244
245
246
247
248
249
250
251
252
253
254
255
256
257
258
259
260
261
4678539,719
4678537,604
4678534,986
4678532,373
4678530,14
4678529,712
4678528,338
4678525,75
4678523,817
4678522,692
4678518,712
4678514,85
4678510,654
4678508,336
4678507,19
4678511 ,043
4678516,737
4678522,975
4678523,447
4678528,117
4678537,904
4678553,481
4678562,508
4678564,754
4678562,861
4678554,781
4678545,054
4678573,021
4678574,488
4678578,38
4678582,161
4678583, 162
4678585,019
4678586,744
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concejp@Andes-antioquia.gov.co
2173430,692
2173428,83
2173426,609
2173424,666
2173423,026
2173422,502
2173420,823
2173418,006
2173415,325
2173413,097
2173415,933
2173418,684
2173421,673
2173423,325
2173424,141
2173429,857
2173438,305
2173441,141
2173441,356
2173445,595
2173454,48
2173465,594
2173476,222
2173480,537
2173481,908
2173486,993
2173493,113
2173524,3
2173525,936
2173517,464
2173510,848
2173512,392
2173515,101
2173517,809
99

===== PÁGINA 100 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
DE ANDES
MOJON
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
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110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
4678929,7
4678928,726
4678924,494
4678919,57
4678914,482
4678910,783
4678911,957
4678912,81
4678910,75
4678906,399
4678903,817
4678902,693
4678900,758
4678895,784
4678894,083
4678894,029
4678895,748
4678896,639
4678899,093
4678889,207
4678884,447
4678879,567
4678877,473
4678875,808
4678875, 1
4678869,552
4678867 ,099
4678863,588
4678863,483
4678863,409
4678864,744
4678863,63
4678861 ,222
4678860,596
2173519,088
2173516,843
2173517,876
2173520,101
2173522,756
2173525,21
2173528,349
2173530,63
2173531,59
2173533,618
2173537 ,029
2173538,514
2173541
2173543,42
2173544,224
2173544,249
2173547,714
2173549,51
2173553,111
2173558,172
2173552,77
2173546,908
2173544,392
2173542,393
2173541,542
2173545,785
2173542,778
2173538,319
2173538, 185
2173538,115
2173536,943
2173535,349
2173531,9
2173531,004
262
263
264
265
266
267
268
269
270
271
272
273
274
275
276
277
278
279
280
281
282
283
284
285
286
287
288
289
290
291
292
293
294
295
4678588,467
4678589,992
4678592,974
4678594,763
4678596,089
4678597,479
4678599,002
4678601 , 78
4678604,36
4678609,254
4678612,164
4678616,329
4678618,841
4678619,767
4678626,029
4678622, 15
4678643,079
4678643,099
4678643,214
4678667,328
4678668,361
4678671 ,973
4678674,53
4678678,402
4678681,217
4678682,012
4678686,839
4678686, 196
4678688,04
4678692,456
4678691,491
4678692,021
4678694,594
4678699,395
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2173519,857
2173521,64
2173524,875
2173526,724
2173528,045
2173528,968
2173529,494
2173529,952
2173529,948
2173529,608
2173529,14
2173528,14
2173527,54
2173527,208
2173529,735
2173539,706
2173548,276
2173548,229
2173548,276
2173558,041
2173558,459
2173559,922
2173560,957
2173562,525
2173563,701
2173563,329
2173566,269
2173567,283
2173569,7
2173575,489
2173576,202
2173576,92
2173580,404
2173586,85
100

===== PÁGINA 101 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
141
142
143
144
145
146
147
148
149
150
151
152
153
154
155
156
157
4678859,837
4678857,013
4678853,982
4678852,267
4678849,278
4678847,701
4678845,411
4678844,315
4678832675
4678826,89
4678825,997
4678818,703
4678815,855
4678815,14
4678814,563
4678810,537
4678805,204
4678804,36
4678799,606
4678789,471
4678788,617
4678787,954
4678781,985
4678777,719
4678776,957
4678776,666
4678774,938
4678774,927
4678767,78
4678759,047
4678754,284
4678752,167
4678748,882
4678742,84
2173529,81
2173525,37
2173528,939
2173530,958
2173534,478
2173536,336
2173539,032
2173537 ,449
2173542,037
2173544,566
2173544,956
2173548,145
2173549,389
2173549,702
2173549,954
2173551,714
2173554,045
2173553,527
2173550,605
2173544,376
2173543,852
2173543,444
2173539,776
2173537,155
2173539,082
2173539,82
2173539,093
2173532,611
2173531,169
2173529,862
2173529,606
2173529,345
2173532,552
2173529,423
MOJOt•.U
296
297
298
299
300
301
302
303
304
305
306
307
308
309
310
311
312
313
314
315
316
317
318
319
320
321
322
323
324
325
326
327
328
329
4678701 ,988
4678704,187
4678703,683
4678704,706
4678708, 148
4678707 ,242
4678711 ,619
4678700,283
4678702,007
4678711,112
4678715,836
4678722,08
4678723,479
4678728,696
4678730, 749
4678734,297
4678735,354
4678735,971
4678738,422
4678740,207
4678743,493
4678753, 169
4678756,454
4678758,825
4678758,865
4678761 , 761
4678764,323
4678769,283
4678773,317
4678774,264
4678776,046
4678777,13
4678777,748
4678779,459
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2173590,332
2173593,284
2173593,61
2173595,189
2173600,502
2173601,144
2173607,327
2173615,285
2173617,531
2173615,058
2173620,858
2173628,475
2173627,363
2173633,695
2173636,186
2173640,492
2173639,697
2173640,443
2173643,404
2173645,561
2173648,704
2173658,74
2173661,195
2173663,063
2173663,095
2173665,238
2173667,133
2173672,093
2173676,424
2173676,817
2173677,555
2173678,005
2173678,361
2173679,773
101

===== PÁGINA 102 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
158
159
160
161
162
163
164
165
166
167
168
169
170
171
172
ARTÍCULO 42.
4678737,555
4678727,686
4678726,583
4678722,637
4678720,
4678716,645
4678710,686
4678709,799
4678699,401
4678692,249
4678685,915
4678678,493
4678678, 145
4678674,851
4678667 ,092
2173525,78
2173540,648
2173539,84
2173536,637
2173534,613
2173531,206
2173527,487
2173526,908
2173520,126
2173515,218
2173509,461
2173502,331
2173502,1
2173498,244
2173489,163
MOJON
330
331
332
333
334
335
336
337
338
339
340
341
342
343
4678780,653
4678781 ,933
4678783,657
4678785,272
4678785,891
4678786,243
4678787, 145
4678787,491
4678790,814
4678790,709
4678790,126
4678786,218
4678786,896
4678786,609
4678785,975
2173680,432
2173680,777
2173681,412
2173682,006
2173682,21
2173681 ,558
2173679,883
2173679,241
2173673,077
2173672,297
2173667
2173662,715
2173662,14
2173661,778
2173656,476
DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO SANTA
RITA. Adóptese como perímetro urbano del corregimiento Santa Rita un polígono con un área de
15,23 Ha, con su correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único de
referencia nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden
FG2_ClasificacionDelSuelo y se detallan a continuación:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
4677180,921
4677191 ,763
4677197,744
4677200,628
4677201 ,25
4677205,947
4677208,29
4677214,43
4677219,119
4677223,781
4677223,954
2179398,758
2179390,325
2179382,926
2179378,558
2179377,618
2179375,239
2179374,051
2179371,622
2179369,903
2179367,845
2179367,786
MOJON
310
311
312
313
314
315
316
317
318
319
320
4676741 ,688
4676736,727
4676734,988
4676734,214
4676731,939
4676730,578
4676726,811
4676724,497
4676723,874
4676719,856
4676717,864
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conçeio@Andes-antioquia.qov.co
con el plano
2178716,593
2178716,999
2178717,048
2178717,07
2178717,695
2178718,069
2178719,663
2178720,196
2178720,369
2178709,458
2178706,551
102

===== PÁGINA 103 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Mu,VC7P/O DE AMDES
MOJON
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
4677244,632
4677250,801
4677257 ,835
4677257,436
4677256,427
4677256,235
4677250,731
4677248,026
4677247 , 74
4677245,69
4677245,58
4677245,452
4677245, 1
4677245,088
4677244,651
4677242,743
4677240,793
4677238,729
4677238,529
4677237,027
4677236,561
4677235,645
4677234,445
4677233,386
4677232,526
4677232,241
4677232, 196
4677230,426
4677229,484
4677228,69
4677227 ,499
4677226,176
4677223,411
4677222,075
2179355,777
2179348,933
2179341,13
2179339,519
2179335,455
2179335,5
2179337,105
2179338,344
2179338,547
2179335,306
2179335,168
2179333,92
2179332, 158
2179332,096
2179329,913
2179327,892
2179325,475
2179324,213
2179324,09
2179322,437
2179321 ,991
2179321 ,676
2179321 ,264
2179320,668
2179319,279
2179317,11
2179316,766
2179313,443
2179311,672
2179310,68
2179309,49
2179308,762
2179307,736
2179307,241
MOJON
321
322
323
324
325
326
327
328
329
330
331
332
333
334
335
336
337
338
339
340
341
342
343
344
345
346
347
348
349
350
351
352
353
354
4676713,093
4676693,095
4676687,137
4676685,403
4676681 ,589
4676681 ,274
4676679,933
4676679,361
4676678,807
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4676679,822
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4676651 ,901
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4676637,02
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2178703,517
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2178704,851
2178705,224
2178705,358
103

===== PÁGINA 104 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'C/P/O DF ANDES
MOJON
46
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69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
4677221,685
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2179263,687
355
356
357
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381
382
383
384
385
386
387
388
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antipqgiq.qov.co
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2178753,893
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2178770,705
2178785,96
2178786,998
2178801 ,229
104

===== PÁGINA 105 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/HO DE ANDES
MOJON
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81
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110
111
112
113
4677177,89
4677177,018
4677176,088
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4677175,52
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4677175,643
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4677182,986
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4677194,371
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4677234,057
4677238,749
4677247,141
4677247 ,475
4677252,296
4677249,385
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4677243,946
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4677239,481
4677239,427
4677237,74
4677228,231
4677218,706
4677211 ,675
4677204,453
4677201 ,044
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2179163,068
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2179161,499
MpgpN
389
390
391
392
393
394
395
396
397
398
399
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402
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409
410
411
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414
415
416
417
418
419
420
421
422
4676619,036
4676617,899
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4676611 ,634
4676611 ,026
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2178821 ,986
2178822,07
2178822,389
2178822,958
2178824,206
105

===== PÁGINA 106 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'C/P/O DE A AVES
MOJON
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140
141
142
143
144
145
146
147
4677196,932
4677195,496
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4677091 ,202
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2179041,766
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2179042,267
2179042,209
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2179031 ,454
2179028,641
2179027,22
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2179007,202
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2179004,77
423
424
425
426
427
428
429
430
431
432
433
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448
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450
451
452
453
454
455
456
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Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2178978,328
2178978,608
2178980,094
2178981,441
106

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C'P,'O DE ANDES
MOJO
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2178944,062
MOJON
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MUNICIPAL
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M040N
491
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494
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2179161,28
2179164,498
108

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MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
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245
246
247
248
249
x
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BPJON
525
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530
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558
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Tel: 8414313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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2179261
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2179268,728
2179266,857
109

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CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
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276
277
278
279
280
281
282
283
x
4676840,755
4676840,443
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4676827 ,267
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2178795,639
2178788,072
2178784,935
2178784,56
2178783,209
2178780,588
2178778,625
2178777,946
2178769,389
2178767,268
2178764,036
2178750,18
559
560
561
562
563
564
565
566
567
568
569
570
571
572
573
574
575
576
577
578
579
580
581
582
583
584
585
586
587
588
589
590
591
592
4676989,901
4676975,883
4676976,726
4676977,046
4676977,452
4676977,527
4676977
4676977,365
4676976,572
4676975,89
4676975,279
4676974,998
4676968,285
4676969,864
4676970,623
4676970,722
4676970,786
4676962, 767
4676961,609
4676956,412
4676956,003
4676949,009
4676938, 159
4676935,839
4676933,965
4676933,05
4676935,975
4676945,824
4676952,933
4676962,481
4676969,88
4676977,201
4676982,852
4676990, 763
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2179271 ,361
2179276,014
2179280,973
2179282,6
2179284,873
2179285,297
2179286,29
2179287,003
2179293,704
2179299,464
2179304,621
2179306,996
2179312,9
2179332,451
2179341,84
2179343,058
2179343,951
2179343,966
2179343,969
2179343,979
2179343,98
2179345,029
2179367,111
2179364,366
2179373,233
2179393,44
2179407,517
2179399,721
2179394,242
2179388,312
2179384,692
2179379,945
2179379,585
2179379,802
110

===== PÁGINA 111 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOOON
284
285
286
287
288
289
290
291
292
293
294
295
296
297
298
299
300
301
302
303
304
305
306
307
308
309
ARTÍCULO 43.
4676817,93
4676833,766
4676834,558
4676834,359
4676833,695
4676830,302
4676826,911
4676821 ,402
4676814,748
4676808,282
4676804,685
4676801 ,223
4676791,933
4676790,462
4676788,927
4676783,066
4676775,873
4676774,462
4676771 ,006
4676766,901
4676763,742
4676761 ,573
4676760,975
4676760,5
4676758,935
4676752,583
2178741,809
2178724,266
2178723,1
2178721,82
2178719,186
2178715,594
2178713,06
2178711,35
2178710,971
2178710,603
2178710,399
2178710,928
2178712,349
2178712,574
2178712,987
2178714,561
2178717,822
2178717,254
2178715,864
2178713,623
2178712,041
2178710,956
2178710,656
2178710,418
2178709,635
2178715,565
CAPÍTULO 2
JOM
593
594
595
596
597
598
599
600
601
602
603
604
605
606
607
608
609
610
611
612
613
614
615
616
617
618
x
4676997,615
4677006, 144
4677012,882
4677012,981
4677023,249
4677026,982
4677032, 703
4677036,222
4677045,849
4677054, 74
4677064,311
4677074,067
4677080,485
4677087,217
4677095,145
4677105,389
4677116,744
4677118,039
4677122,381
4677125,619
4677134,42
4677144,973
4677150,7
4677166,364
4677171 ,541
4677180,921
2179380,028
2179380,546
2179380,988
2179380,994
2179384,962
2179386,318
2179388,396
2179389,674
2179392,777
2179393,565
2179394,193
2179394,341
2179393,7
2179393,876
2179394,127
2179397,396
2179399,987
2179400,282
2179401,024
2179401,578
2179403,937
2179407,357
2179407,849
2179406,116
2179404,327
2179398,758
SUELO DE EXPANSIÓN URBANA
CONCEPTO DE SUELO DE EXPANSIÓN URBANA. Conforme al artículo 32 de
la Ley 388 de 1997, el suelo de expansión urbana está constituido por las porciones del territorio
municipal que se ajustarán a las previsiones de crecimiento de la ciudad y a la posibilidad de dotación
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
111

===== PÁGINA 112 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PtO DE ANDES
con infraestructura para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos domiciliarios, áreas libres,
y parques y equipamiento colectivo de interés público o social, y se habilitará para el uso urbano
durante la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
ARTÍCULO 44.
DELIMITACIÓN DE LOS SUELO DE EXPANSIÓN URBANA. Adóptese corno
suelos de expansión urbana cinco (5) polígonos con un área total de 88,46, de los cuales la cabecera
municipal tiene EIJI 76,16ha, corregimiento de Tapartó EIJ2 3,81 ha; corregimiento Buenos Aires EU3
4,74ha y EU4 3,35ha; y corregimiento de Santa Rita EU5 0,39 ha, con sus correspondientes
delimitaciones mediante coordenadas planas con el sistema único de referencia nacional Magna
Colombia CTM-12, las cuales corresponden con los planos FU_SueloUrb_Y_ExpansionCabecera; ,
FU_SueloUrb_Y_ExpansionBuenosAires;
FU SueloUrb Y
_ExpansionSantaRita
FU_SueloUrb_Y_ExpansionTaparto y se detallan a continuación:
1. EUI — Cabecera municipal.
x
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
4680984,24
4680986,91
4680986,53
4680987,14
4680987,90
4680990,35
4680991 ,53
4680999,48
4681001,87
4681002,80
4681003,90
4681007,07
4681009,76
4681010,70
4681012,31
4681016,36
4681016,37
4681023,01
4681027,06
MOJO
2185705,77
2185706,00
2185684,16
2185677,36
2185668,97
2185657,05
2185651,28
2185632,56
2185621,50
2185618,02
2185613,91
2185602,09
2185591,48
2185587,76
2185581
2185566,66
2185566,63
2185546,25
2185528,50
176
177
178
179
180
181
182
183
184
185
186
187
188
189
190
191
192
193
194
x
4680882,58
4680878,44
4680874,53
4680872,08
4680869,49
4680864,09
4680858,60
4680853,33
4680849, 70
4680846,21
4680844,60
4680840,09
4680836,92
4680835,01
4680828,68
4680821 ,46
4680817,71
4680814,74
4680812,57
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184907,15
2184906,29
2184906,05
2184906,04
2184906,04
2184908,18
2184914,38
2184920,11
2184922,92
2184923,75
2184924, 14
2184923,97
2184922,68
2184921,91
2184917,79
2184909,95
2184904,27
2184900,03
2184897,61
112

===== PÁGINA 113 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
JON
MUNCHO DE ANDES
MOJON
20
21
22
23
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
x
4681035,93
4681040,80
4681055,23
4681069,77
4681086,82
4681091,55
4681108,66
4681123,15
4681141
4681141,71
4681149,45
4681155,70
4681156,21
4681159,71
4681161,77
4681163,85
4681166,36
4681169,97
4681173,15
4681175,30
4681177,45
4681184,00
4681191 ,47
4681193,47
4681195,57
4681200,62
4681211,96
4681216,16
4681224,93
4681227,69
4681232,88
4681244,67
4681244,55
4681245,24
2185529,23
2185529,62
2185532,22
2185533,34
2185536,29
2185537,11
2185539,66
2185541,81
2185543,37
2185543,39
2185534,09
2185526,57
2185525,93
2185521,53
2185519,78
2185518,65
2185517,17
2185515,86
2185514,98
2185514,48
2185513,98
2185512,80
2185510,44
2185509,81
2185509,15
2185507,56
2185503,74
2185502,56
2185500,57
2185500,10
2185499,20
2185496,29
2185490,14
2185469,05
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
209
210
211
212
213
214
215
216
217
218
219
220
221
222
223
224
225
226
227
228
4680808,70
4680804, 1 1
4680798,83
4680794,77
4680790,16
4680785,66
4680781
4680780,54
4680776,80
4680770,96
4680765,45
4680761 ,62
4680756,84
4680752,75
4680747
4680742,73
4680737,00
4680729,35
4680719,33
4680712,44
4680712,18
4680707,28
4680702, 16
4680695,58
4680692,58
4680689,53
4680685,31
4680681,79
4680678,60
4680675,87
4680672,26
4680669,02
4680664,54
4680660,66
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184894,92
2184894,22
2184894,14
2184893,28
2184891
2184887,15
2184881
2184876,67
2184871,99
2184869,55
2184869,17
2184869,15
2184871,21
2184873,94
2184877,77
2184879,13
2184879,44
2184878,56
2184878,24
2184877,43
2184877,32
2184875,21
2184870,24
2184864,44
2184863,27
2184862,83
2184862,22
2184862,43
2184863,62
2184865,19
2184869,45
2184872,24
2184874,53
2184875,65
113

===== PÁGINA 114 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DF ANDES
MQ40N
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
4681245,99
4681246,46
4681247,79
4681251,22
4681253,27
4681221,48
4681221,38
4681218,03
4681214,53
4681213,84
4681211,91
4681211,44
4681210,03
4681205,70
4681202,26
4681202,11
4681201,40
4681199,49
4681199,02
4681198,58
4681198,36
4681198,40
4681198,49
4681197,80
4681214,09
4681212,91
4681212,67
4681217,63
4681220,22
4681220,66
4681220,03
4681218,73
4681216,00
4681213,07
2185459,75
2185454,73
2185443,02
2185422,19
2185412,67
2185288,96
2185288,69
2185279,70
2185268, 14
2185265,88
2185259,51
2185257,75
2185252,35
2185233,56
2185212,74
2185211,53
2185206,00
2185186,21
2185177,13
2185165,38
2185153,37
2185148,37
2185142,46
2185108,94
2185070,11
2185068,02
2185064,40
2185056,78
2185051
2185048,61
2185044,61
2185040,42
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2185032,28
MOJON
229
230
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232
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258
259
260
261
262
x
4680657,58
4680657,19
4680658,10
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4680631 ,37
4680629,00
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4680602,51
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4680553,71
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184879,83
2184884,34
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2184974,56
2184972,26
2184968,85
2184968,34
2184967,62
114

===== PÁGINA 115 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,vcpto DF ANDES
MOJON
88
89
90
91
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119
120
121
x
4681211
4681210,45
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4681207 , 74
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2184870,60
2184870,77
263
264
265
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290
291
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294
295
296
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4680541
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184964
2184963,37
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2185450,19
2185772,26
2185780,06
115

===== PÁGINA 116 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
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151
152
153
154
155
4681125,80
4681120,82
4681112,92
4681107,42
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2184890,15
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2184899,81
2184907,01
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2184909,11
2184909,93
2184912,07
2184913,31
2184910,67
2184907,68
MOJON
297
298
299
300
301
302
303
304
305
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307
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310
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325
326
327
328
329
330
4680182,93
4680190,89
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4680281 ,48
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4680441
4680468,32
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2185781,04
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2185673,16
2185668,96
2185673,53
2185675,20
116

===== PÁGINA 117 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
JON
MUA,'C/P/O DE ANDES
MOJON
156
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169
170
171
172
173
174
175
4680969,57
4680966, 18
4680962,51
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4680892,25
4680888, 1 1
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2184905,60
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2184910,29
2184909,84
2184909,06
331
332
333
334
335
336
337
338
339
340
341
342
343
345
346
347
348
349
350
2.
2
3
4
5
6
7
8
9
10
EU2 - SUELO DE EXPANSIÓN CORREGIMIENTO TAPARTÓ.
MOJON
MOJON
4671966,17
4671967,51
4671968,91
4671969,30
4671969,67
4671971,58
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4671996,50
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52
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53
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55
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57
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60
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4680909,34
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Concelo@Andes-antipguia.qov.co
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2188571,69
2188575,37
2188579,11
2188581,35
117

===== PÁGINA 118 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
11
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13
14
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20
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30
31
32
33
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35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
x
4672021,48
4672050,40
467206460
4672078,81
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4672045,06
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4672020, 16
4672019,13
4672018,51
4672013,33
4672011 ,43
4672010,64
4672004,59
4672004, 13
4672002, 1 1
4671999,98
4671998,32
4671990,00
4671989,89
4671987,82
4671973,70
4671966,16
4671954,31
4671953,89
4671948,43
4671942,42
OJON
2188683,35 61
2188657,85 62
2188644,05 63
2188630,24 64
2188548,71
65
2188529,77
66
2188527,36 67
2188502,71
68
2188500,99
69
2188499,77 70
2188483,22 71
2188481,71
72
2188477,46
73
2188453,34
74
2188434,91
75
2188431,50 76
2188429,44
77
2188412,93
78
2188406,90 79
2188404,41
80
2188385,29 81
2188383,83 82
2188376,12
83
2188367,96 84
2188368,09
85
2188367,81
86
2188368,34 87
2188378,54
88
2188382,13
89
90
2188383,94
2188386,77
91
2188387,98 92
2188403,88 93
2188424,20 94
x
4671905,56
4671910,65
4671912,94
4671914,17
4671916,04
4671917,16
4671920,59
4671922,40
4671924,09
4671925,37
4671926,48
4671928,73
4671931,36
4671932,46
4671935,96
4671926,24
4671924,95
4671923,50
4671922,58
4671921,76
4671920,94
4671920,33
4671919,52
4671918,76
4671918,11
4671917,43
4671916,88
4671904,93
4671899,80
4671894,54
4671894,04
4671894,65
4671900,16
4671923,72
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antipguia.qov.co
2188585,54
2188593,94
2188597,26
2188599,26
2188601,86
2188603,60
2188608,97
2188611
2188613,51
2188614,94
2188616,37
2188620,10
2188626,89
2188630,13
2188639,38
2188651,95
2188651,88
2188652,27
2188652,70
2188653,08
2188653,56
2188654,04
2188654,94
2188655,89
2188657,04
2188659,54
2188660,19
2188674,21
2188685,73
2188700,26
2188701,33
2188701,53
2188703,34
2188711,10
118

===== PÁGINA 119 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
45
46
47
48
49
50
4671937,37
4671934,46
4671929,48
4671925,02
4671919,79
4671919,23
2188446,68 95
2188459,81
96
2188482,17
97
2188507,85 98
2188525,88 99
2188528,90
100
ON
4671944,46
4671958,87
4671961,72
4671963,31
4671965,56
4671966,17
3. EIJ3 Y EU4 - SUELO DE EXPANSIÓN CORREGIMIENTO BUENOS AIRES.
EU3:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
4686198,87
4686193,73
4686059,90
4686060,47
4686061 ,22
4686062,60
4686138,85
4686140,21
4686149,51
4686152,27
4686152,74
4686182,36
4686196,39
4686198,87
4685860, 13
4685854,71
4685854,31
4685846,21
4685777,23
4685776,72
4685774,57
4685774,52
4685770,05
'M JON
2186612,16
32
2186535,37
33
2186545,81
34
2186553,31
35
2186563,13
36
2186581,31
37
2186575,81
38
2186600,15 39
2186602,06
40
2186602,62
41
2186602,72 42
2186608,78
43
2186611,65 44
2186612,16 45
2186838,87 46
2186797,72 47
2186794,68 48
2186795,32 49
2186800,75 50
2186793,73
51
2186777,82
52
2186777,43
53
2186744,25 54
4685824,78
4685864,22
4685883, 18
4685876, 74
4685875,08
4685872,93
4685880,16
4685893,62
4685905,74
4685911
4685912,84
4685913,49
4685926,01
4685948,84
4685960, 16
4685973,47
4685979,34
4685983,99
4685988,64
4685988,29
4685987,27
4685986,55
4685986,40
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejp@Andes-antioquia.gov.co
2188717,93
2188721
2188722,36
2188722,77
2188722,95
2188723,00
2186694,53
2186690,00
2186687,82
2186646,84
2186631,96
2186612,63
2186611,65
2186609,83
2186608,19
2186607,40
2186616,94
2186621,93
2186620,24
2186617,15
2186615,62
2186613,82
2186613,02
2186612,39
2186611,77
2186605,29
2186586,02
2186572,47
2186569,52
119

===== PÁGINA 120 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
MOJON
24
25
26
27
28
29
30
31
EU4:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
x
4685769,81
4685780,13
4685778,95
4685777,54
4685777,21
4685775,92
4685786, 19
4685799,66
4686038,97
4686035,78
4686030,50
4686030,35
4686029,60
4686023, 55
4686022,68
4685976,58
4685950,28
4685867,19
4685865,46
4685745,35
4685757,10
4685758,49
4685760,43
4685761 ,67
4685762,89
4685763,03
4685767
4685775,29
4685775,88
4685776, 14
4685782,38
MOJON
2186742,50
55
2186741,46
56
2186727,78 57
2186711,40
58
2186707,59 59
2186700,14 60
2186698,96 61
2186697,42
62
MOJON
2186965,91
82
2186945,94
83
2186912,98
84
2186912,00 85
2186907,32
86
2186869,49
87
2186864,04
88
2186868,01
89
2186870,27 90
2186879,15
91
2186879,33
92
2186889,95
93
2187009,43
94
2187023,59
95
2187022,06 96
2187021,04
97
2187019,89
98
2187019,89
99
2187020,04
100
2187021,3
101
2187021,39
102
103
2187021,42
2187022,18
104
4685985,33
4685983,73
4685718,36
4685745,35
4685865,46
4685864,04
4685862,63
4685860, 13
4685907,20
4685909, 14
4685911
4685912,93
4685914,71
4685917, 74
4685917,79
4685919,58
4685921,31
4685922,98
4685924,58
4685926,09
4685927,53
4685928,87
4685930, 11
4685930,88
4685934,70
4685935,07
4685936, 1 1
4685937,04
4685937, 17
4685938,44
4685943,11
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2186561,89
2186550,54
2186575,63
2186889,95
2186879,33
2186868,58
2186857,86
2186838,87
2187006,58
2187006,26
2187005,82
2187005,25
2187004,58
2187003,33
2187003,31
2187002,50
2187001,57
2187000,53
2186999,39
2186998,15
2186996,80
2186995,37
2186993,85
2186992,81
2186987,36
2186986,81
2186985,14
2186983,41
2186983,15
2186980,50
2186973,16
120

===== PÁGINA 121 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
x
4685784,07
4685785,22
4685793,85
4685794,65
4685796,62
4685798,57
4685800,09
4685805, 16
4685805,58
4685807
4685809,37
4685811
4685812,99
4685814,72
4685816,39
4685817,99
4685818,23
4685823,93
4685825,21
4685826,64
4685827,98
4685829,23
4685830,37
4685830,79
4685830,97
4685832,75
4685834,71
4685836,67
4685837,02
4685840,92
4685842,36
4685844,87
4685845,91
4685847, 79
2187022,34
2187022,4
2187022,63
2187022,64
2187022,57
2187022,38
2187022,14
2187021,21
2187021,13
2187020,68
2187020, 11
2187019,42
2187018,61
2187017,68
2187016,65
2187015,5
2187015,32
2187010,85
2187009,79
2187008,45
2187007,01
2187005,5
2187003,9
2187003,26
2187002,98
2187003,16
2187003,22
2187003,16
2187003,13
2187002,83
2187002,9
2187003,85
2187004,23
2187004,8
MOJ
105
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
4685943, 79
4685944,71
4685945,24
4685946, 11
4685947,13
4685949,09
4685951,02
4685952,93
4685954,81
4685956,65
4685958,44
4685958,67
4685961 , 78
4685963,28
4685964,95
4685966,54
4685968,06
4685969,49
4685970,03
4685970,36
4685971,50
4685972,75
4685974,09
4685975,52
4685977,04
4685978,64
4685980,30
4685982,03
4685982, 76
4685987
4685988,33
4685990, 17
4685992,05
4685993,96
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2186972,05
2186970,32
2186969,19
2186967,22
2186967,19
2186967,00
2186966,68
2186966,23
2186965,66
2186964,97
2186964,16
2186964,05
2186962,48
2186961,67
2186960,63
2186959,49
2186958,24
2186956,90
2186956,32
2186956,85
2186958,44
2186959,96
2186961
2186962,74
2186963,98
2186965,13
2186966,16
2186967,09
2186967,44
2186969,51
2186969,97
2186970,66
2186971,23
2186971,68
121

===== PÁGINA 122 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ÃMDES
MOJON
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
4685848,27
4685857,95
4685859,38
4685860,51
4685870,01
4685870,81
4685872,77
4685874,73
4685876,69
4685878,64
4685880,58
4685882,49
4685884,37
4685885,51
4685890,65
4685891 ,35
4685892,68
4685893,64
4685895,52
4685897
4685899,37
4685901 ,32
4685903,28
4685905,25
MOJON
2187004,92
139
2187007,35
140
2187007,67 141
142
2187007,87
2187009,38
143
2187009,5 144
2187009,69
145
2187009,76
146
2187009,69
147
2187009,5
148
2187009,18
149
2187008,73 150
2187008,16
151
2187007,75
152
2187005,77
153
2187005,49
154
2187004,89
155
2187005,25
156
2187005,82
157
2187006,26
158
2187006,58
159
2187006,77
160
2187006,84
161
2187006,77 162
4. EU5 - SUELO DE EXPANSIÓN CORREGIMIENTO SANTA RITA.
MOJON
1
2
3
4
5
6
4676612,52
4676609,65
4676609,31
4676609,40
4676609,41
4676609,07
MOJON
2178753,89
17
2178746,75
18
2178737,39
19
2178731,71
20
2178731
21
2178730,51 22
4685995,90
4685997
4685999,81
4686000,89
4686006,54
4686007 ,43
4686009,38
4686011 ,32
4686013,23
4686015, 1 1
4686016,95
4686018,22
4686019, 18
4686020,24
4686025,12
4686025,85
4686027,81
4686029,77
4686031,70
4686033,62
4686035,49
4686037,33
4686037,75
4686038,97
4676546,35
4676531,01
4676518,31
4676501,37
4676491,32
4676507,20
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2186972,00
2186972,19
2186972,26
2186972,24
2186972,04
2186971,99
2186971,80
2186971,48
2186971,03
2186970,46
2186969,77
2186969,21
2186968,76
2186968,77
2186968,89
2186968,90
2186968,83
2186968,64
2186968,32
2186967,87
2186967,30
2186966,61
2186966, 44
2186965,91
2178719,56
2178718,51
2178718,51
2178729,09
2178742,85
2178750,78
122

===== PÁGINA 123 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Mogow
MU,VCP/O DE A,VDES
MOJON«
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
ARTÍCULO 45.
4676608,54
4676606,48
4676603,62
4676598,59
4676593,58
4676593,76
4676594,35
4676583,40
4676571
4676557,47
2178729,26
23
2178724,38
24
2178721,31
25
2178717,04
26
2178718,68 27
2178714,26 28
2178713,97
29
2178716,39 30
2178720,62
31
2178722,74
CAPÍTULO 3
SUELO RURAL
4676523,07
4676540,00
4676558,52
4676575,99
4676588, 16
4676598,21
4676608,27
4676615,92
4676612,52
2178753,43
2178748,14
2178756,08
2178760,31
2178760,31
2178760,31
2178760,31
2178761 ,67
2178753,89
CONCEPTO DE SUELO RURAL. Conforme al artículo 33 de la Ley 388 de 1997 ,
el suelo rural 10 constituyen los terrenos que por su valor ecológico, productivo y cultural se reservan
para garantizar la base natural y de productividad agrícola, pecuaria y forestal del Municipio y se
excluyen de ser urbanizados.
ARTÍCULO 46.
DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO RURAL DE ANDES. Adóptese como
perímetro rural del Municipio de Andes un polígono con un área de 39858,81 Ha, con su
correspondiente delimitación mediante coordenadas planas con el sistema único de referencia
nacional Magna Colombia CTM-12, las cuales corresponden con el plano FG2_ClasificacionDelSuelo
y se detallan a continuación:
MOJON
1
2
3
4
5
6
7
8
4682435,02
4682428,77
4682428,52
4682442,67
4682478,61
4682489,93
4682484,26
4682482,34
2194994,46
2194906,11
2194855,41
2194782,89
2194716,07
2194658,06
2194586,06
2194529,84
M040N
2969
2970
2971
2972
2973
2974
2975
2976
x
4671523,41
4671525,59
4671528,06
4671533,55
4671534,4
4671534,93
4671543,94
4671555,04
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2188618,23
2188625,08
2188626,04
2188626,48
2188626,55
2188626,59
2188625,93
2188626,31
123

===== PÁGINA 124 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
MUNCHO DE ANDES
MOJON
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
4682492,72
4682510,53
4682539,84
4682570,8
4682592,95
4682625,42
4682681,79
4682713,63
4682771,77
4682812,05
4682890,19
4682976,95
4683000,81
4683025,92
4683046,76
4683078,06
4683111,78
4683136,88
4683161 ,31
4683182,01
4683220,88
4683233,56
4683242,98
4683251,26
4683261,28
4683264,01
4683262,58
4683262,32
4683270,81
4683290,95
4683316,63
4683354,61
4683411
4683444,2
2194482,52
2194453,91
2194439,09
2194427,53
2194430,17
2194434,28
2194444,39
2194446,06
2194440,88
2194416,23
2194373,05
2194339,61
2194337,05
2194338,15
2194342,93
2194359,28
2194368,28
2194369,37
2194358,86
2194334,31
2194274,22
2194238,09
2194164,09
2194105,98
2194028,31
2193962,29
2193920,12
2193868,78
2193852,85
2193839,3
2193833,67
2193838,37
2193852,15
2193859,83
2977
2978
2979
2980
2981
2982
2983
2984
2985
2986
2987
2988
2989
2990
2991
2992
2993
2994
2995
2996
2997
2998
2999
3000
3001
3002
3003
3004
3005
3006
3007
3008
3009
3010
4671553,74
4671554
4671551,56
4671570,54
4671570,92
4671575,06
4671577,39
4671576,68
4671579,61
4671585,86
4671586,92
4671588,7
4671590,21
4671587,2
4671598,46
4671599,15
4671599,71
4671600,15
4671600,67
4671600,69
4671601
4671602,09
4671602,55
4671603,02
4671620,5
4671621,23
4671622,61
4671622,85
4671623,34
4671623,92
4671624,03
4671624,92
4671625,5
4671626,59
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.gov.co
2188622,09
2188622,01
2188616,32
2188608,15
2188607,79
2188606,96
2188610,35
2188612,68
2188614,9
2188619,63
2188620,43
2188622,63
2188624,48
2188626,97
2188640,83
2188642,8
2188644,53
2188645,67
2188646,69
2188646, 74
2188648,02
2188648,96
2188649,41
2188649,75
2188661,99
2188662,5
2188663,47
2188663,64
2188663,98
2188664,39
2188664,39
2188664,39
2188664,39
2188664,39
124

===== PÁGINA 125 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
4683486,68
4683557,78
4683605,25
4683633, 1 1
4683659,34
4683682,22
4683714,01
4683738,37
4683757,75
4683794, 12
4683844,35
4683910,1
4683949,09
4684010,09
4684051 ,63
4684107,85
4684193,41
4684261,01
4684322,94
4684361 ,24
4684415,06
4684446,06
4684459,09
4684471,28
4684474,35
4684477,51
4684479,55
4684489,08
, 61
4684517,07
4684569, 12
4684625,5
4684766,35
4684818,41
MOJON
2193866,95
3011
2193885,34
3012
2193909,55
3013
2193931,41
3014
2193954,1
3015
2193959,69
3016
2193950,56
3017
2193924,36
3018
2193882,71
3019
2193810,81
3020
2193735,59
3021
2193661,91
3022
2193624,23
3023
2193579,92
3024
2193562,6
3025
2193541,95
3026
2193513
3027
2193483,32
3028
2193461,01
3029
2193449,41
3030
2193439,36
3031
2193435,95
3032
2193428,55
3033
2193418,71
3034
2193406,06
3035
2193385,4
3036
2193358,23
3037
2193304,94
3038
2193270,13
3039
2193243,95
3040
2193204,58
3041
2193161,92
3042
2193035,18
3043
2192997,98 3044
4671626,73
4671626,86
4671627,18
4671630,02
4671635,76
4671641
4671647,7
4671644,51
4671644,06
4671649,07
4671649,35
4671650,98
4671652,91
4671655,17
4671664,22
4671677,66
4671713,54
4671724,18
4671736,75
4671741,87
4671742,03
4671742,77
4671743 ,
4671744,11
4671744,3
4671744,87
4671745,95
4671746,86
4671747,77
4671748,55
4671749,48
4671750,53
4671751,35
4671751,73
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2188664,39
2188664,09
2188663,3
2188656,34
2188648,04
2188642,78
2188638,21
2188644,61
2188646,24
2188641,64
2188641,18
2188639,07
2188637,08
2188634,92
2188628,28
2188618,32
2188624,25
2188627,89
2188628,09
2188619,08
2188618,4
2188617,46
2188616,89
2188616,81
2188616,76
2188616,61
2188616,65
2188616,9
2188617,38
2188617,87
2188618,52
2188619,37
2188619,96
2188620,23
125

===== PÁGINA 126 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
MOJON
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
106
107
108
109
110
4684859,65
4684913,98
4684982,51
4685015, 15
4685036,85
4685047,58
4685062,47
468508388
4685108,35
4685145,99
4685199,97
4685284,39
4685362,34
4685405,55
4685428, 16
4685463,83
4685502,31
4685589,01
4685695,95
4685768,24
4685846,45
4685894,31
4685928,07
4685935,09
4685948,33
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MOJON
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3045
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3046
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3048
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3050
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3065
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3077
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3078
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.cp
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2188677,78
2188681 , 74
126

===== PÁGINA 127 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/D DE ANDES
MOJON
111
112
113
114
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116
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118
119
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130
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136
137
138
139
140
141
142
143
144
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4686222,03
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'40JON
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3079
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3080
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3081
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3093
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3099
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3100
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3101
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3112
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejp@Andes-antioquia.qov.co
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2188603,6
2188601,86
2188599,26
127

===== PÁGINA 128 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
MOJON
145
146
147
148
149
150
151
152
153
154
155
156
157
158
159
160
161
162
163
164
165
166
167
168
169
170
171
172
173
174
175
176
177
178
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4686806,22
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4688200,47
MOJON
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3113
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3114
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3115
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3118
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3119
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3120
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3121
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3122
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3124
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3125
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3126
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3127
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3129
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Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2186575,63
2186550,54
128

===== PÁGINA 129 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DF
MOJON
179
180
181
182
183
184
185
186
187
188
189
190
191
192
193
194
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
209
210
211
212
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4688621 ,42
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4688700,99
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4688689,31
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4688927,96
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4688855,07
MOJON„
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3147
2185599,57
3148
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3151
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3156
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3157
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3158
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3159
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3160
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3162
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3163
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3164
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3170
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3172
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3177
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3178
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3179
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3180
x
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4686211 ,62
4686213,64
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2186513,08
2186512,79
2186512,34
2186511,71
2186511,26
2186545,81
2186535,37
2186612,16
2186690,44
2186689,39
2186689,36
2186687,65
2186685,84
2186685,84
2186685,82
2186693,08
2186693,65
2186702,68
2186711,01
2186733,11
2186745,31
2186753,52
2186758,69
2186763,39
2186763,45
2186763,87
2186764,49
2186791
2186802,35
2186807,1
2186816,41
2186818,41
2186825,3
2186843,95
129

===== PÁGINA 130 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE A,VDES
MOJON
213
214
215
216
217
218
219
220
221
222
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229
230
231
232
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235
236
237
238
239
240
241
242
243
244
245
246
4688845,29
4688784,39
4688713,79
4688566,74
4688531,87
4688517,42
4688505,52
4688494,92
4688480,57
4688453,46
4688408,48
4688363,59
4688279,02
4688198,27
4688159,71
4688112,08
4688044,06
4687960,7
4687867,11
4687777,32
4687602,84
4687513,03
4687380,99
4687272,14
4687181 ,31
4687130,16
4687091
4687078,86
4687077,46
4687110,48
4687149,86
4687158,71
4687157,3
4687148, 1 1
MOJON
3181
2183647,76
2183477,56
3182
2183305,3
3183
2183006,24 3184
2182916,92
3185
2182840,34
3186
2182761
3187
2182685,88
3188
2182628,46
3189
2182580,05
3190
2182540,67
3191
2182520,45
3192
3193
2182499,14
2182471,43
3194
2182438,4
3195
2182379,87
3196
2182340,6
3197
2182303,95
3198
2182268,64
3199
2182224,36
3200
2182134,51
3201
2182087,68
3202
2182042,33
3203
2182027,53
3204
2182034,36
3205
2182040,99
3206
2182036,07
3207
2182018,25 3208
2181995,26
3209
2181942,72
3210
2181881,21
3211
2181859,45
3212
2181832,64
3213
2181784,14
3214
4686217,39
4686219,03
4686207
4686194,53
4686096,73
4686092,48
4686103,86
4686104,55
4686106,67
4686107,14
4686117,05
4686121,04
4686118, 14
4686101,95
4686088,57
4686087,75
4686086,59
4686079,31
4686062,2
4686056,61
4686056,09
4686040,79
4686039,28
4686038,97
4686037,75
4686037,33
4686035,49
4686033,62
4686031,7
4686029,77
4686027,81
4686025,85
4686025, 12
4686020,24
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2186878,62
2186893,74
2186894,52
2186895,33
2186901,7
2186901,97
2186975,55
2186980
2186993,7
2186996,73
2187051,81
2187073,96
2187074,54
2187077,78
2187080,45
2187080,62
2187080,85
2187082,3
2187085,73
2187086,84
2187083,28
2186978,22
2186967
2186965,91
2186966
2186966,61
2186967,3
2186967,87
2186968,32
2186968,64
2186968,83
2186968,9
2186968,89
2186968,77
130

===== PÁGINA 131 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
247
248
249
250
251
252
253
254
255
256
257
258
259
260
261
262
263
264
265
266
267
268
269
270
271
272
273
274
275
276
277
278
279
280
4687124,5
4687095,99
4687033
4686967,47
4686932,72
4686894, 1
4686874,76
4686866,98
4686865,57
4686876,83
4686898,23
4686933,49
4686978,73
4687010,19
4687015, 17
4687013,25
4687011,12
4687007,07
4687000,1
4686986,46
4686971 ,98
4686951 , 74
4686921,88
4686896,89
4686878,61
4686862,23
4686855,42
4686831
4686811 ,53
4686768,93
4686731,13
4686691,26
4686677,65
4686667
2181666,73
2181592,77
2181535,59
2181480,98
2181440,27
2181393,19
2181363,9
2181342,22
2181316,68
2181262,97
2181190,05
2181072,36
2180899,68
2180788,39
2180760,26
2180727,86
2180683,8
2180639,74
2180589
2180545,95
2180529,73
2180513,54
2180491,65
2180484,11
2180475,57
2180461,28
2180443,11
2180355,08
2180298,65
2180223,17
2180147,66
2180040,55
2180006, 12
2179990,84
MOJON
3215
3216
3217
3218
3219
3220
3221
3222
3223
3224
3225
3226
3227
3228
3229
3230
3231
3232
3233
3234
3235
3236
3237
3238
3239
3240
3241
3242
3243
3244
3245
3246
3247
3248
4686019,18
4686018,22
4686016,95
4686015, 11
4686013,23
4686011 ,32
4686009,38
4686007,43
4686006,54
4686000,89
4685999,81
4685997,85
4685995,9
4685993,96
4685992,05
4685990, 17
4685988,33
4685987,28
4685982,76
4685982,03
4685980,3
4685978,64
4685977,04
4685975,52
4685974,09
4685972,75
4685971
4685970,36
4685970,03
4685969,49
4685968,06
4685966,54
4685964,95
4685963,28
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2186968,76
2186969,21
2186969,77
2186970,46
2186971,03
2186971,48
2186971,8
2186971
2186972,04
2186972,24
2186972,26
2186972, 19
2186972
2186971,68
2186971
2186970,66
2186969,97
2186969,51
2186967,44
2186967,09
2186966,16
2186965,13
2186963,98
2186962,74
2186961
2186959,96
2186958,44
2186956,85
2186956,32
2186956,9
2186958,24
2186959,49
2186960,63
2186961,67
131

===== PÁGINA 132 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
MOJON
281
282
283
284
285
286
287
288
289
290
291
292
293
294
295
296
297
298
299
300
301
302
303
304
305
306
307
308
309
310
311
312
313
314
4686654,49
4686638, 16
4686612,25
4686578,77
4686537
4686510,19
4686487
4686466,55
4686420,82
4686386,58
4686358,92
4686330,29
4686302,54
4686266, 12
4686233,5
4686191 ,27
4686154,82
4686110,69
4686068,49
4686015,75
4685968,82
4685926,67
4685889,28
4685848,03
4685806,77
4685737,69
4685707,93
4685675,34
4685588,2
4685515,46
4685458,01
4685415,94
4685383,43
4685348
MOJON
2179980,37
3249
2179976,61
3250
2179979,61
3251
2180001,81
3252
2180042,25
3253
2180111,37 3254
2180174,71
3255
2180217,93
3256
2180288,09
3257
3258
2180353,41
2180389,95
3259
2180423,62
3260
2180441
3261
2180451,72
3262
2180454,75
3263
2180454,95
3264
2180459,92
3265
2180464,93 3266
2180471,84
3267
2180482,63
3268
2180503,94
3269
2180521,39
3270
2180530,19
3271
2180535,18
3272
2180538,26
3273
2180543,39
3274
2180543,53
3275
2180552,31
3276
2180593,93
3277
2180636,44
3278
2180665,47
3279
2180700,16
3280
2180726,19
3281
2180743,61
3282
4685961 , 78
4685958,67
4685958,44
4685956,65
4685954,81
4685952,93
4685951
4685949,09
4685947,13
4685946, 1 1
4685945,24
4685944,71
4685943,79
4685943,11
4685938,44
4685937,17
4685937,04
4685936,11
4685935,07
4685934,7
4685930,88
4685930,11
4685928,87
4685927
4685926,09
4685924,58
4685922,98
4685921,31
4685919,58
4685917,79
4685917,74
4685914,71
4685912,93
4685911
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2186962,48
2186964,05
2186964,16
2186964,97
2186965,66
2186966,23
2186966,68
2186967
2186967,19
2186967,22
2186969,19
2186970,32
2186972,05
2186973,16
2186980,5
2186983,15
2186983,41
2186985,14
2186986,81
2186987,36
2186992,81
2186993,85
2186995,37
2186996,8
2186998,15
2186999,39
2187000,53
2187001,57
2187002,5
2187003,31
2187003,33
2187004,58
2187005,25
2187005,82
132

===== PÁGINA 133 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
315
316
317
318
319
320
321
322
323
324
325
326
327
328
329
330
331
332
333
334
335
336
337
338
339
340
341
342
343
345
346
347
348
4685312,58
4685279,02
4685232,01
4685199,37
4685169,59
4685128,31
4685107,21
4685087, 1
4685069,84
4685034,41
4684984,65
4684938,68
4684910,88
4684874,41
4684859,05
4684835,98
4684807,16
4684780,3
4684753,46
4684723,8
4684692,26
4684666,45
4684648,28
4684624,3
4684593,61
4684549,54
4684496,8
4684423
4684381,79
4684325, 18
4684295,42
4684266,64
4684217,73
4684161,19
MOJON
2180761
3283
2180768,85 3284
2180773,87
3285
2180773,07
3286
2180768,43
3287
2180765,76
3288
2180769,69
3289
2180778,41
3290
2180783,29
3291
2180800,7
3292
2180830,65
3293
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3294
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3295
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3296
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3297
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3298
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3299
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3300
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3301
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3302
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3305
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3315
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3316
4685909, 14
4685907,2
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4685901
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4685891 ,35
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.qov.co
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2187006,58
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2187003,13
2187003,16
2187003,22
133

===== PÁGINA 134 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMCtP/O DE AMDES
MOJON
349
350
351
352
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356
357
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359
360
361
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369
370
371
372
373
374
375
376
377
378
379
380
381
382
4684120,93
4684072,03
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2181085,91
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2181380,17
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2181437
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2181417,75
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2181405,14
2181425,3
2181442,15
2181450,88
2181454,27
2181461
2181468,79
2181471
MOJON
3317
3318
3319
3320
3321
3322
3323
3324
3325
3326
3327
3328
3329
3330
3331
3332
3333
3334
3335
3336
3337
3338
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3340
3341
3342
3343
3344
3345
3346
3347
3348
3349
3350
4685832, 75
4685830,97
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49?-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2187021
2187020,04
2187019,89
2187019,89
2187021,04
134

===== PÁGINA 135 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO DE ANDES
MOJON
383
384
385
386
387
388
389
390
391
392
393
394
395
396
397
398
399
400
401
402
403
404
405
406
407
408
409
410
411
412
413
414
415
416
4682975,82
4682921 ,24
4682882,84
4682851
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4682678,32
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4682611 ,35
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4682567,84
4682530,81
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4682456
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4682196,77
2181465,91
3351
2181455,94
3352
2181442,66
3353
2181435,81
3354
2181435,99 3355
2181443,21
3356
2181459,68
3357
2181465,22
3358
2181461,14
3359
2181462,32
3360
2181470,47
3361
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3362
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3363
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3364
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3365
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3366
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3367
2181603,88
3368
2181603,41
3369
2181612,63
3370
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3371
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3372
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3373
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3374
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3375
2181647
3376
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3377
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3378
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3379
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3380
2181649,02
3381
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3382
2181690,11
3383
2181697,18
3384
4685760,43
4685758,49
4685757,1
4680211 ,38
4680301
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4680224,36
4680229,88
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2187022,06
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2184871
2184870,45
2184867,54
2184864,53
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2184858,27
2184856,2
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2184830,86
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2184810,18
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2184801,76
2184794,54
2184790,6
2184787,18
2184779,82
2184775,36
2184768,12
2184768,15
135

===== PÁGINA 136 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO DE ANDES
MOJON
417
418
419
420
421
422
423
424
425
426
427
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430
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432
433
434
435
436
437
438
439
440
441
442
443
444
445
446
447
448
449
450
4682179,48
4682164,32
4682139,94
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4681905,67
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4681825,64
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4681473,21
4681464,37
4681452,33
MOJON
2181694,57
3385
2181686,02
3386
2181668,36 3387
2181661,46
3388
2181654,62
3389
2181654,17
3390
2181658,57
3391
2181671,07
3392
2181680,85
3393
2181687,42 3394
3395
2181690,77
2181691,95
3396
2181679,75
3397
2181666,43
3398
2181659,52
3399
2181655,35
3400
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2181645,99 3404
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3405
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3406
3407
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2181567
3410
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341 1
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3412
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3413
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3416
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3417
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4680278,18
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4680264,9
4680266, 1
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antipquia.qov.co
2184765,02
2184758,99
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2184689,23
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2184648,42
2184645,65
2184633,83
2184626,09
2184620,6
136

===== PÁGINA 137 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'P/O DE AA'DES
MOJON
451
452
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477
478
479
480
481
482
483
484
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4681415,87
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4681353,58
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4681116,03
4681101,4
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4681086,59
4681090,82
4681100,96
4681128,92
4681172,51
4681213,96
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4681321,93
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4681184,96
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3419
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3420
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3421
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3422
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3423
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3424
2181271,32
3425
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3426
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3427
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3428
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3429
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3430
2181176,57
3431
2181165,84
3432
2181151,31
3433
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3435
2181088,72
3436
2181064,33
3437
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3438
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3439
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3440
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3441
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3443
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3449
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3450
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3451
2180713,2
3452
x
4680269,83
4680275,67
4680281
4680290,69
4680301 ,26
4680314,74
4680321
4680324,63
4680324,85
4680322,77
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4680340,01
4680340,15
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4680340,44
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4680398,44
4680397
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2184614,81
2184612,82
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2184611
2184610,08
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2184604,33
2184601,56
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2184580,5
2184580,51
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2184591
2184598,37
2184603,97
2184605,98
2184607,21
2184606,22
2184600,82
2184600,65
2184591,55
2184588,53
2184584,01
2184579,99
2184573,96
2184567,86
137

===== PÁGINA 138 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCIP/O DE ANDES
MOJON
485
486
487
488
489
490
491
492
493
494
495
496
497
498
499
500
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514
515
516
517
518
4681195,67
4681197
4681193,95
4681177,66
4681168,97
4681159,71
4681159,07
4681162,73
4681178,77
4681194,26
4681201,17
4681201,09
4681192,9
4681156,04
4681090,57
4681048,37
4681015,85
4680950,8
4680930, 18
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4680927,87
4680942,35
4680969,79
4681031,21
4681063,51
4681107,07
4681162,4
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4681181,69
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4681185,35
4681182,6
4681167,39
4681138,63
MOJON
2180694,82
3453
2180684,57
3454
2180674,35
3455
2180657,18
3456
2180645,37
3457
2180629,24
3458
2180609,31
3459
2180585,57
3460
2180552,62
3461
2180518,05
3462
2180497
3463
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3464
2180462,01
3465
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3466
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3468
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2180310,14
3470
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3471
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3472
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3473
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3474
2180218,42
3475
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3476
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3477
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3478
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3479
2180061
3480
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3481
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3482
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3483
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3484
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3485
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4680348,21
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4680413,08
4680417,95
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4680425,88
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184563,68
2184559,88
2184559,48
2184560,22
2184560,71
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2184443,05
2184437,23
2184432,11
2184430,73
2184430,45
2184430,54
2184429,26
2184426 , 14
138

===== PÁGINA 139 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA.'C/PfO DE ANDES
MOJON
519
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539
540
541
542
543
544
545
546
547
548
549
550
551
552
4681120,16
4681109,25
4681101,52
4681098, 1 1
4681107,64
4681129,53
4681155,22
4681172,33
4681178,16
4681178,06
4681163,99
4681134,75
4681107,11
4681073,44
4681047,25
4681019,98
4681008,99
4681001 ,58
4681001,27
4680997
4680982,96
4680974,76
4680970,3
4680973,86
4680980,64
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4681020,6
4681039,3
4681043
4681045,63
4681045,53
4681037,35
4681026,46
4680998, 74
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2179921,85
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2179717,9
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2179618,84
2179597,41
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2179502,31
2179448,01
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2179329
2179267,02
2179224,46
2179166,33
2179146,42
2179116,8
2179073,67
2179023,51
2178981 ,4
2178916,07
2178875,55
2178858,29
2178844,26
2178823,24
2178807,12
2178789,38
2178752,33
OJON
3487
3488
3489
3490
3491
3492
3493
3495
3496
3497
3498
3499
3501
3502
3503
3504
3505
3506
3507
3508
3509
3510
3511
3512
3513
3514
3515
3516
3517
3518
3519
3520
4680427,93
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4680427,91
4680426,83
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4680418,91
4680427,41
4680433,16
4680437,65
4680439, 1 1
4680439,77
4680443,42
4680446, 18
4680449,26
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4680460,26
4680468
4680468,36
4680467,83
4680471,11
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4680479,83
4680481
4680481
4680481
4680477,53
4680474, 1 1
4680470,91
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4680472,56
4680481
4680485,62
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2184422,7
2184416,65
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2184403,69
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2184392,18
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2184373,9
2184371 ,48
2184368,52
2184365,47
2184361,11
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2184350,7
2184350,56
2184345,67
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2184329,56
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2184321,44
2184316,61
2184310,66
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2184290,73
2184280,87
2184277,3
2184271 ,45
2184266,35
2184259,73
2184259,33
139

===== PÁGINA 140 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
553
554
555
556
557
558
559
560
561
562
563
564
565
566
567
568
569
570
571
572
573
574
575
576
577
578
579
580
581
582
583
584
585
586
4680941,79
4680909,25
4680895,66
4680886,89
4680887,18
4680904,69
4680922,34
4680950,8
4680991
4681023,46
4681041,73
4681054,61
4681057,77
4681057,63
4681046,69
4681040,05
4681040,42
4681049,34
4681063,73
4681084,57
4681099,5
4681105,24
4681107,09
4681108,32
4681117,72
4681118,44
4681118,69
4681117,79
4681114,31
4681115,21
4681125,87
4681134,39
4681141,26
4681144,37
MOJON
2178700,87
3521
2178670,31
3522
2178652,6
3523
2178626,23
3524
2178576,11
3525
2178513,5
3526
2178478,92
3527
2178446,98
3528
2178415,52 3529
2178398,66
3530
2178381,86
3531
2178365,63
3532
2178348,37
3533
2178319,27
3534
2178291,83
3535
2178258,45
3536
2178224,5
3537
2178170,56
3538
2178132,76
3539
2178088,46 3540
2178050,66
3541
2178009,14
3542
2177947,15
3543
2177866,84
3544
2177802,12 3545
2177728,82
3546
2177670,61
3547
2177597,32
3548
2177546,67
3549
2177511,1
3550
2177481 ,4
3551
2177458,19
3552
2177426,89
3553
2177400,47
3554
4680489,93
4680493,27
4680497, 15
4680502,77
4680505,2
4680510,44
4680515,44
4680519
4680520,6
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4680523,19
4680522,34
4680516,84
4680512,82
4680507,6
4680502,78
4680501
4680502,2
4680505,42
4680511,08
4680511 ,26
4680514,8
4680516,53
4680517,9
4680519,31
4680508,71
4680496,3
4680501
4680502,62
4680501 ,93
4680501 ,83
4680502,49
4680502,95
4680503,07
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2184260,96
2184264,55
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2184271,32
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2184189,22
2184177,54
2184167,51
2184161,22
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2184149,67
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2184146,05
2184145,87
2184145,8
2184146,04
2184146,76
2184140,47
2184133,12
2184116,12
2184111,69
2184104,83
2184103,53
2184100,26
2184087,8
2184080,95
140

===== PÁGINA 141 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'P/O DE ANDES
MOJON
587
588
589
590
591
592
593
594
595
596
597
598
599
600
601
602
603
604
605
606
607
608
609
610
611
612
613
614
615
616
617
618
619
620
4681139,32
4681104,09
4681086,2
4681073,69
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4681061,39
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4681023,85
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4680774, 1
4680757,81
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4680807,8
4680814,2
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4680801,61
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4680784, 18
2177362,77
2177335,99
2177321,53
2177303,27
2177281,73
2177244,56
2177217,09
2177190,2
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2177119,91
2177100,62
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2177084,12
2177076,8
2177076,47
2177063,73
2177051,92
2177033,64
2177008,84
2176989,99
2176972,28
2176951,87
2176927,11
2176896,95
2176867,83
2176847,81
2176840,68
2176830,89
2176816,28
2176799
2176779,61
2176764,03
2176746,86
2176733,94
3555
3556
3557
3558
3559
3560
3561
3562
3563
3564
3565
3566
3567
3568
3569
3570
3571
3572
3573
3574
3575
3576
3577
3578
3579
3580
3581
3582
3583
3584
3585
3586
3587
3588
4680503,31
4680503,52
4680505,45
4680505,96
4680506,48
4680507,55
4680510,96
4680514,7
4680515,94
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4680513, 18
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4680491
4680483,99
4680481 , 18
4680477,21
4680472,75
4680463,06
4680446,51
4680445,76
4680445,29
4680445
4680443,35
4680441 ,63
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4680437,81
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4680421,93
4680417,68
4680411,38
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.qov.co
2184079,2
2184077,69
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2184033,01
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2184024,95
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2184009,51
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2184003,6
2184001
2183996,75
2183995,65
2184021,14
2184020,14
2184019,53
2184019,13
2184016,17
2184013,08
2184009,61
2184008,05
2184005,96
2184002,36
2183997,27
2183994,91
2183991,77
141

===== PÁGINA 142 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DÉ ANDES
MOJON
621
622
623
624
625
626
627
628
629
630
631
632
633
634
635
636
637
638
639
640
641
642
643
644
645
646
647
648
649
650
651
652
653
654
4680785,73
4680802,45
4680814,3
4680825,04
4680820,64
4680812,96
4680809,56
4680815,94
4680827,71
4680833,03
4680832,43
4680823, 16
4680805,26
4680782,5
4680774,9
4680767,81
4680762,32
4680767,13
4680773,56
4680791,13
4680800,77
4680801
4680797,62
4680792,98
4680794,09
4680804, 1 1
4680844,01
4680908, 17
4680936,37
4680962,5
4680975,26
4680986,03
4681009,27
4681030,2
OJON
2176720,46
3589
2176716,6
3590
2176709,54
3591
2176697,09
3592
2176680,94
3593
2176656,19
3594
2176624,95
3595
2176604,43
3596
2176581
3597
2176565,55
3598
2176552,07
3599
2176534,87
3600
2176517,18
3601
2176502,2
3602
2176492,53
3603
2176478,02
3604
2176461,34
3605
2176449,99
3606
2176440,8
3607
2176409,19
3608
2176392,97
3609
2176369,12
3610
2176328,72
3611
2176290,34
3612
2176267,7
3613
2176247,03
3614
2176207,23
3615
2176161 ,64
3616
2176130,78
3617
2176091,04
3618
2176050,56 3619
2176017,36
3620
2175965,91
3621
2175940,34
3622
4680405,7
4680401,15
4680399,83
4680399,77
4680397,2
4680392,63
4680390,54
4680390,14
4680385,91
4680382,26
4680379,03
4680370,36
4680364,64
4680362,12
4680360,05
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4680357,12
4680355,88
4680354,39
4680354, 1 1
4680353,89
4680352,91
4680352,17
4680349,63
4680343,31
4680340,06
4680325,46
4680321 ,69
4680318,52
4680316,93
4680314,98
4680311,18
4680305,47
4680299,14
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183989,25
2183987,17
2183986,42
2183986,39
2183984,47
2183980,52
2183978,35
2183977,82
2183972,25
2183968,4
2183965,83
2183960,61
2183956,11
2183954,28
2183952,77
2183951,49
2183950,87
2183950,21
2183950,01
2183950,01
2183950,01
2183950,04
2183950,08
2183950,29
2183951,32
2183951,82
2183953,77
2183954,24
2183954,38
2183954,27
2183953,93
2183952,7
2183950,09
2183946,34
142

===== PÁGINA 143 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
655
656
657
658
659
660
661
662
663
664
665
666
667
668
669
670
671
672
673
674
675
676
677
678
679
680
681
682
683
684
685
686
687
688
4681058,89
4681093,28
4681112,68
4681131 ,65
4681140,45
4681141,55
4681155,66
4681178,7
4681201,79
4681252,48
4681286,91
4681314,03
4681339,06
4681362,01
4681370,79
4681370,57
4681363,32
4681363,2
4681380,11
4681408,39
4681434,6
4681449,42
4681460,12
4681478,62
4681513,7
4681557,24
4681589,16
4681629,21
4681648,23
4681674,86
4681691,88
4681704, 1 1
4681706,65
4681729,34
2175926,86
2175919,42
2175911,24
2175897,81
2175876,34
2175852,08
2175840,29
2175830,07
2175831,98
2175846,29
2175847,73 3633
2175843,56 3634
2175827,67
2175800,07
2175774,97
2175729,7
2175654,55
2175631,11
2175610,41
2175596,53
2175572,96
2175538,93 3644
2175490,78
2175464,01
2175432,31
2175392,48
2175355,3
2175299,53
2175263,99
2175212,12
2175159,34
2175107,54
2175037,58
2174966,57
MOJON
3623
3624
3625
3626
3627
3628
3629
3630
3631
3632
3635
3636
3637
3638
3639
3640
3641
3642
3643
3645
3646
3647
3648
3649
3650
3651
3652
3653
3654
3655
3656
4680295,58
4680288,51
4680284,69
4680282,86
4680279,05
4680270,71
4680266,5
4680263,06
4680256, 14
4680247,56
4680242,93
4680240,92
4680238,18
4680237
4680230,59
4680227,47
4680222,98
4680217,72
4680214,28
4680207,55
4680201
4680192,92
4680185,55
4680184,6
4680180,16
4680164,61
4680151,84
4680146,22
4680144,3
4680140,83
4680139,81
4680138,03
4680136,95
4680135,16
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelp@Andes-antioquia.qov.co
2183944,01
2183939,27
2183937,11
2183936,38
2183935,26
2183933,24
2183932,53
2183932,17
2183931,92
2183932,19
2183932,98
2183933,59
2183934,77
2183935,25
2183938,8
2183940,74
2183943,96
2183948,16
2183951
2183956,79
2183962,18
2183971
2183978,54
2183979,45
2183983,14
2183994,97
2184004,7
2184009,05
2184010,68
2184014,38
2184015,66
2184018,36
2184020,52
2184024,88
143

===== PÁGINA 144 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
689
690
691
692
693
694
695
696
697
698
699
700
701
702
703
704
705
706
707
708
709
710
711
712
713
714
715
716
717
718
719
720
721
722
4681746,36
4681751,98
4681752,73
4681753,48
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4681740
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4681721 ,74
4681733,52
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4681732
4681721,12
MOJON
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2174885,02
3658
2174841
3659
2174799,74
3660
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3661
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3662
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3663
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3664
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3665
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3666
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3667
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3668
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3670
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3672
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3673
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3674
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3675
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3676
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3677
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3678
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3679
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3680
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3682
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3685
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3686
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3687
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3688
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3689
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3690
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2184025,86
2184023,99
2184019,86
2184018,15
144

===== PÁGINA 145 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
723
724
725
726
727
728
729
730
731
732
733
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740
741
742
743
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746
747
748
749
750
751
752
753
754
755
756
x
4681718,33
4681724,19
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4681780,62
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4681865,75
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4681921
4681949,8
4681966,44
4681970,67
4681951,59
MOJON
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3691
2173571,05
3692
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3693
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3694
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3695
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3696
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3697
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3698
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3699
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3700
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3701
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3702
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3703
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3704
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3705
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3706
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3708
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3709
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3710
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3711
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3712
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3713
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3715
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3716
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3717
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3718
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3719
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3720
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3722
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3723
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3724
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4679901
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4679920,54
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
2184014,06
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2183847,06
2183849,92
2183854,14
2183856,66
145

===== PÁGINA 146 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCPfO DE ANDES
MOJON
757
758
759
760
761
762
763
764
765
766
767
768
769
770
771
772
773
774
775
776
777
778
779
780
781
782
783
784
785
786
787
788
789
790
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4681921,6
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4681900,6
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4681884,47
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4681856,3
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4681881,11
4681923,97
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4681968,97
4681975,84
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2172262,45
2172212,73
2172171,71
2172125,83
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2172044,03
2172016,17
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2171983,86
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2171923,28
2171882,83
2171838,09
2171816,55
2171771,38
2171754,16
2171725,08
2171678,69
2171636,55
2171566,82
2171520,32
2171492,77
2171461,47
MOJON
3725
3726
3727
3728
3729
3730
3731
3732
3733
3734
3735
3736
3737
3738
3739
3740
3741
3742
3743
3744
3745
3746
3747
3748
3749
3750
3751
3752
3753
3754
3755
3756
3757
3758
4679926,3
4679931 ,55
4679941
4679949,15
4679961 ,68
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4680091
4680092,38
4680092,4
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49?-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2183857,67
2183857,49
2183853,24
2183851,36
2183850,83
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2183850,88
2183851
2183853,02
2183855,11
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2183903,21
2183896,77
2183889,29
2183881,8
146

===== PÁGINA 147 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP,'O DF A,VDES
MOJON
791
792
793
794
795
796
797
798
799
800
801
802
803
804
805
806
807
808
809
810
811
812
813
814
815
816
817
818
819
820
821
822
823
824
x
4681980,56
4681985,88
4682001
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4682050,34
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4681996,22
4681978,87
4681957,73
4681939,18
4681934,74
4681915,6
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4681890,19
4681880,42
4681859,78
4681840,22
4681835,24
4681835,61
4681837,64
4681832,09
4681805,82
4681804,57
4681806,87
4681799,41
4681791,53
4681783,08
4681778,51
4681776,14
4681765,71
MOJON
2171432,89
3759
2171414,54
3760
2171394,52
3761
2171372,8
3762
2171359,27
3763
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3764
2171334,47
3765
2171327,54
3766
2171327,11
3767
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3768
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3769
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3770
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3771
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3772
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3773
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3775
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3776
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3777
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3778
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3779
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3780
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3781
2170911,34
3782
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3783
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3784
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3785
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3786
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3787
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3788
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3789
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3790
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3791
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3792
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4680091 ,88
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4680181
4680178,52
4680179,17
4680181
4680186,76
4680193,36
4680197,64
4680201
4680201 ,25
4680198,58
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4680196,17
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2183874,32
2183865,79
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2183580,55
2183573,91
2183568,33
147

===== PÁGINA 148 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
MOJON
825
826
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846
847
848
849
850
851
852
853
854
855
856
857
858
4681743,96
4681729,76
4681729,63
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4681888,74
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4681786,7
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4681497,75
4681463,16
4681436,61
MOJON
2170300,63
3793
2170269,44
2170242,49
3795
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3796
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3797
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3798
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3801
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3803
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3804
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3805
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3806
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3807
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3808
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3809
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3810
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3811
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3812
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3813
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3814
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3815
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3817
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3818
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3819
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3820
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3821
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3822
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3823
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3824
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3825
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3826
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4680233,94
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4680227
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4680231 , 14
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2183477,81
2183470,47
2183463,36
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2183430,37
2183428,47
2183426,72
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2183423,84
2183422,8
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co

===== PÁGINA 149 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P/D DE ANDES
MOJON
859
860
861
862
863
864
865
866
867
868
869
870
871
872
873
874
875
876
877
878
879
880
881
882
883
884
885
886
887
888
889
890
891
892
4681430
4681418,44
4681401,54
4681379,85
4681360,93
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4681259,92
4681243,85
4681220,7
4681193,75
4681167,28
4681147,25
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4681143,2
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4681120,9
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4681022,92
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4680898,2
4680867,36
4680840,98
4680806,4
MPJON
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3827
2169641,88
3828
2169609,08
3829
2169591 ,4
3830
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3832
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3833
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3835
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3836
2169734,45
3837
2169745,36
3838
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3839
2169734,81
3840
2169713,28
3841
2169678,24
3842
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3843
2169641,02 3844
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3845
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3846
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3847
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3849
2169639,27
3850
2169631,29
3851
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3852
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3853
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3854
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3855
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3856
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3857
2169464,87
3858
2169452,47
3859
2169421,51
3860
x
4680283, 13
4680292,45
4680300,93
4680309,92
4680310,7
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4680404,56
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4680421 ,46
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183433,46
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2183449,99
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2183450,7
2183450,67
2183450,5
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2183446,7
2183462,45
2183478,28
2183483,46
2183520,83
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2183543,87
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2183573,93
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2183599,33
2183600,87
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2183602,22
2183601
2183600,97
2183600, 14
2183598, 18
2183596,26
2183595,45
149

===== PÁGINA 150 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO DE ANDES
MOJON
893
894
895
896
897
898
899
900
901
902
903
904
905
906
907
908
909
910
911
912
913
914
915
916
917
918
919
920
921
922
923
924
925
926
4680769,38
4680739,31
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4680609,19
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4680476, 1
4680475,24
4680493,82
4680508,01
MOJON
2169388,55
3861
2169368,08
3862
2169320,82
3863
2169296,08 3864
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3865
2169256,2
3866
2169229,8
3867
2169189,36
3868
2169150,5
3869
2169117,6
3870
2169075,56
3871
2169024,39
3872
2168972,15
3873
2168946,28
3874
2168914,99
3875
2168890,16
3876
2168870 73
3877
2168845,39
3878
2168826,02
3879
2168808,32
3880
2168784,17
3881
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3882
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3883
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3884
2168693,76
3885
2168683
3886
2168672,83
3887
2168664,84
3888
2168659,83
3889
2168648,37
3890
2168630,41
3891
2168602,39
3892
2168572,84
3893
2168529,65
3894
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39,
4680423,58
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4680423,67
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4680423,07
4680422,93
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4680426,7
4680429,65
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4680433,68
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4680527,96
Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gpv.co
2183583,92
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2183505,17
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2183478,6
2183487,64
2183493,75
2183494,26
150

===== PÁGINA 151 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
927
928
929
930
931
932
933
934
935
936
937
938
939
940
941
942
943
944
945
946
948
949
950
951
952
953
954
955
956
957
958
959
960
4680522,91
4680548,63
4680601
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4680674,79
4680675,92
4680689,38
4680707
4680701,97
4680683,94
4680661 ,48
4680641,15
4680618,01
4680599,3
4680586,38
4680566,21
4680543,07
4680503,31
4680460,59
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4680343, 13
4680361,51
4680389,33
4680406,47
4680451
4680476,75
4680511
2168482,87
2168442,5
2168394,1
2168347,21
2168303,23
2168287,39
2168265,82
2168229,19
2168176,73
2168112,05
2168065,28
2167998,36
2167990,48
2167982,66
2167954,75
2167919,63
2167900,34
2167901,87
2167910,56
2167908,5
2167889,21
2167855,63
2167806,25
2167752,54
2167715,33
2167697,51
2167676,74
2167639,38
2167568,87
2167514,84
2167486,73
2167449,15
2167426,75
2167372,69
MOJON
3895
3896
3897
3898
3899
3900
3901
3902
3903
3904
3905
3906
3907
3908
3909
3910
391 1
3912
3913
3914
3915
3916
3917
3918
3919
3920
3921
3922
3923
3924
3925
3926
3927
3928
4680537,2
4680537,36
4680540, 14
4680543,39
4680550,33
4680562,44
4680569,38
4680581
4680586,79
4680593,72
4680601 ,67
4680609, 12
4680617,59
4680626,24
4680631,13
4680641
4680654,41
4680663, 18
4680667,02
4680671
4680675,55
4680677,02
4680678,71
4680680,49
4680681 ,63
4680682,81
4680685,77
4680689,56
4680692
4680697,58
4680714,46
4680717
4680736, 18
4680745, 17
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183493,93
2183493,9
2183493,46
2183493,5
2183493,66
2183492,02
2183488,11
2183476,91
2183471
2183466,73
2183462,48
2183461 ,45
2183462,79
2183466,98
2183461,79
2183450,81
2183439,54
2183431,34
2183428,52
2183426,59
2183425,02
2183423,86
2183422,55
2183420,11
2183418,12
2183416,05
2183414,61
2183413,15
2183412,21
2183409,04
2183399,44
2183397,17
2183386,31
2183383,79
151

===== PÁGINA 152 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE A&'DES
MOJON
961
962
963
964
965
966
967
968
969
970
971
972
973
974
975
976
977
978
979
980
981
982
983
984
985
986
987
988
989
990
991
992
993
994
4680528,7
4680541
4680545,34
4680550,2
4680562,94
4680563,48
4680562,49
4680565,03
4680561
4680559,71
4680566,1
4680573,93
4680576,64
4680579, 1 1
4680570,9
4680574,38
4680588,65
4680592,92
4680555,46
4680505, 74
4680461,75
4680427,85
4680388,24
4680340,02
4680302,58
4680282,39
4680265,74
4680246,83
4680214,12
4680184,44
4680125,38
74
4680086,83
4680080,24
MOJON
2167299,31
3929
2167234,57
3930
2167167,72
3931
2167130,33
3932
2167084,28
3933
2167046,19
3934
2166990,86
3935
2166920,43
3936
2166879,48
3937
2166862,97
3938
2166844,25
3939
2166824,81
3940
2166789,59
3941
2166704,78
3942
2166645,18
3943
2166619,29 3944
2166592,63
3945
2166581,83 3946
2166579,14 3947
2166570, 76
3948
2166558,75
3949
2166545,98
3950
2166544,74
3951
2166550,72
3952
2166550,18
3953
2166544,53
3954
2166527,36
3955
2166488,65
3956
2166424,13
3957
2166400,12
3958
2166364,64
3959
2166331,52
3960
2166292,61
3961
2166269,64
3962
x
4680759,71
4680777
4680782,66
4680787,79
4680789,26
4680793,69
4680805,58
4680806,1
4680807,82
4680810,59
4680827,09
4680830,6
4680841 , 77
4680850, 12
4680854,42
4680862,13
4680864, 1 1
4680869,4
4680875,27
4680881 ,24
4680888, 71
4680894,41
4680896,26
4680921 ,63
4680926,94
4680938,92
4680942,01
4680944,79
4680946,61
4680948,09
4680949,22
4680949,64
4680933,83
4680893,61
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquiã.gpv.co
2183381,82
2183374,02
2183373,55
2183374,63
2183374,94
2183378,37
2183389,31
2183388,37
2183389,79
2183392,07
2183405,66
2183408,31
2183416,33
2183419,7
2183420,66
2183420,84
2183420,88
2183418,61
2183413,06
2183407,79
2183401,19
2183397,07
2183393,68
2183359,71
2183352,59
2183331,74
2183325,6
2183309,57
2183295,89
2183283,41
2183273,89
2183270,39
2183266,31
2183295,51
152

===== PÁGINA 153 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE
MOJON
995
996
997
998
999
1000
1001
1002
1003
1004
1005
1006
1007
1008
1009
1010
1011
1012
1013
1014
1015
1016
1017
1018
1019
1020
1021
1022
1023
1024
1025
1026
1027
1028
4680070,74
4680038,9
4680004,88
4679982,34
4679952,65
4679918,62
4679905,56
4679897,49
4679884,16
4679883,02
4679882,67
4679873,69
4679865,46
4679842,69
4679823,03
4679770, 13
4679736, 18
4679702,31
4679653,38
4679614,51
4679562,66
4679529,47
4679497,64
4679483, 12
4679459, 1
4679428,6
4679390,21
4679366,21
4679347,29
4679316,03
4679271 , 1
4679221,8
4679187,05
4679163,23
MOJON
2166240,23
3963
2166208,04
3964
2166171,56
3965
2166127,83
3966
2166092,05
3967
2166054,12
3968
2166032,63
3969
2166003,2
3970
2165927,1
3971
2165839,43
3972
2165766,86
3973
2165697,19
3974
2165634 3975
2165540,69 3976
2165494,79 3977
2165425,34 3978
2165405,39
3979
2165398,36
3980
2165406,51
3981
2165408,85
3982
2165408,38
3983
2165395,61
3984
2165365,58
3985
2165341,22
3986
2165287,44
3987
2165234,41
3988
2165188,6
3989
2165138,42
3990
2165096,83
3991
2165037,34
3992
2164977,91
3993
2164908,44
3994
2164871
3995
2164859,14
3996
x
4680892,53
4680890,88
4680888,69
4680886
4680882,83
4680878,85
4680874,42
4680869,61
4680861 ,92
4680854,12
4680846,25
4680838,38
4680831,61
4680822,5
4680817,21
4680810,23
4680801
4680791 ,92
4680784,82
4680782,07
4680779,29
4680779,03
4680776,82
4680775,77
4680775, 13
4680774
4680774
4680773, 74
4680773,97
4680774,2
4680774,59
4680772,25
4680769,46
4680766,26
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2183290,63
2183285,91
2183281,41
2183277,2
2183273,33
2183269,59
2183266,41
2183263,84
2183262,09
2183260,99
2183260,55
2183260,78
2183261,53
2183261,86
2183261,77
2183261,36
2183260, 74
2183259,7
2183257,6
2183255,17
2183251,16
2183250,78
2183247,49
2183245,27
2183243,91
2183240,12
2183239,99
2183234,57
2183233,31
2183232,05
2183229,34
2183223,64
2183218,14
2183212,87
153

===== PÁGINA 154 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE AMPES
-MOJON
1029
1030
1031
1032
1033
1034
1035
1036
1037
1038
1039
1040
1041
1042
1043
1044
1045
1046
1047
1048
1049
1050
1051
1052
1053
1054
1055
1056
1057
1058
1059
1060
1061
1062
4679101,25
4679012,61
4678965,02
4678923,97
4678890,79
4678816,41
4678766,6
4678740,78
4678683, 13
4678644,68
4678606,19
4678570,57
4678503, 18
4678412,68
4678339,51
4678286,59
4678258,03
4678192,54
4678143,82
4678095,47
4678082,7
4678066,67
4678049,28
4678033,97
4678013,25
4677981
4677892,81
4677809,49
4677744,44
4677692,47
4677609,45
4677592,97
4677566,65
4677535,68
MOJON
3997
2164848,66
2164834
3998
2164820,58
3999
2164819,34
4000
2164808
4001
2164764,53 4002
2164740,33
4003
2164735,55 4004
2164726,25
4005
4006
2164717,81
2164700,75
4007
4008
2164680,8
2164642,8 4009
2164592,46
2164550,65
4011
2164527,91
4012
4013
2164510,6
2164481
4014
2164458,33
4015
2164441,12
4016
2164436,48
4017
2164471
4018
2164558,32
4019
2164665,01
4020
2164745,41
4021
2164814,01
4022
2164932,25
4023
2165021,51
4024
2165072,5 4025
4026
2165099,08
4027
2165115,94
4028
2165117,99
2165129,96
4029
2165136,04 4030
4680762,67
4680758,25
4680752, 13
4680748,47
4680747
4680736,02
4680720,71
4680719,01
4680717,63
4680717,26
4680716,6
4680715,94
4680717,52
4680719,82
4680721,72
4680723,22
4680727,31
4680728,24
4680728,97
4680737,39
4680751,07
4680761,56
4680771,13
4680776, 76
4680779,65
4680783,61
4680784,79
4680788, 18
4680790,32
4680797,03
4680801
4680801,91
4680808,48
4680811 ,42
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gpv.co
2183207,86
2183202,67
2183195,48
2183191,28
2183190,58
2183181,85
2183172,33
2183170,25
2183167,94
2183167,04
2183165,46
2183162,85
2183158,41
2183149,36
2183140,22
2183131,01
2183115,07
2183114,01
2183113,12
2183111,46
2183105,8
2183099,55
2183094,36
2183092,52
2183092,67
2183096,01
2183097
2183101,63
2183105,58
2183112,87
2183120,01
2183121,68
2183123,4
2183123,62
154

===== PÁGINA 155 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
1063
1064
1065
1066
1067
1068
1069
1070
1071
1072
1073
1074
1075
1076
1077
1078
1079
1080
1081
1082
1083
1084
1085
1086
1087
1088
1089
1090
1091
1092
1093
1094
1095
1096
4677449,27
4677418,31
4677385,43
4677334,16
4677295,31
4677255,75
4677199,67
4677152, 15
4677105,98
4677067,77
4676997
4676951
4676917,13
4676883,06
4676835,92
4676777,68
4676716,8
4676678,09
4676639,97
4676598,49
4676553,05
4676496,35
4676452, 17
4676363,77
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4676249,38
4676231,77
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4676163,42
4676137,32
4676120,31
4676094,69
4676050,03
ON
2165132,51
4031
2165140,56
4032
2165159,15
4033
2165194,94
4034
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4038
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4039
2165206, 1 1
4040
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4046
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4047
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4049
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4050
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4052
2165690,88
4053
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4054
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4056
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4057
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4058
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4059
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4061
2166071
4062
2166092,79
4063
2166129,87
4064
x
4680830,7
4680838,75
4680849,07
4680854,6
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4681135,31
4681135,34
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2183125,05
2183124,41
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2183080,28
2183089,8
2183102,76
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2183110,16
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2183106,01
2183112,85
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2183129,57
2183129,7
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2183131,93
2183133,47
2183134,24
2183132,83
2183132,88
2183124,27
2183122,04
155

===== PÁGINA 156 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P'O DE A,VDFS
MOJON
1097
1098
1099
1100
1101
1102
1103
1104
1105
1106
1107
1108
1109
1110
1112
1113
1114
1115
1116
1117
1118
1119
1120
1121
1122
1123
1124
1125
1126
1127
1128
1129
1130
4676024,48
4676010,91
4676006,62
4676006,32
4675948,21
4675835,62
4675740,97
4675575,68
4675439,81
4675327,28
4675326,86
4675414,97
4675397,77
4675361 ,58
4675279,16
4675220,24
4675102,31
4674919,44
4674766, 1 1
4674489,19
4674235,91
4674100,53
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4673747,1
4673511
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4672831,76
4672732,6
4672661 ,87
4672576,95
4672491
MOJON
2166164,88
4065
2166221 4066
2166288,7
4067
4068
2166345,19
2166483,41
4069
2166683,37
4070
2166800,89
4071
2166900,52
4072
2167012,02
4073
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2167323,91
4075
2167406,68
4076
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4077
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2167500,51
4079
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4081
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4082
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4085
2167590,96
4086
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4087
2167572,14 4088
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4089
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4091
2167565,42
4092
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2167564,68 4094
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4096
2167365,17
4097
2167308,12
4098
4681135,38
4681130,09
4681129,66
4681128,46
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4680979,93
4680963,95
4680954, 14
4680930,48
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183119,17
2183105,22
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2183026,14
2183006,47
2182976,67
2182975,7
2182952, 1
2182943,22
2182967,5
2182956,05
156

===== PÁGINA 157 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DÉ ANDES
MOJON
1131
1132
1 133
1134
1135
1136
1137
1138
1139
1 140
1 141
1142
1143
1144
1145
1146
1 147
1148
1149
1150
1151
1152
1153
1154
1155
1156
1157
1158
1159
1160
1161
1162
1163
1164
4672407,01
4672350,52
4672279,28
4672203,39
4672137,69
4672080,6
4672051 ,89
4671994,8
4671937,71
4671923,2
4671880,3
4671809,07
4671723,73
4671624,3
4671525,05
4671453,82
4671329,97
4671200,3
4671076,58
4670958,56
4670769,78
4670622,02
4670545,18
4670468,52
4670350,61
4670191
4670085,27
4669955,44
4669861
4669748,9
4669595,51
4669536,41
4669465,37
4669435,37
MO ON
2167251,08
4099
2167165,75
4100
2167120,17
4101
2167114,37
4102
2167150,87
4103
2167250,02 4104
2167349,28
4105
2167448,44
4106
2167547,6
4107
2167646,89
4108
2167746,1
4109
2167831,02
41 10
2167887,51
4111
2167915,57
4112
2167886,87
41 13
2167887,51
4114
2167928,35
4115
2167945,6
4116
2167945,2
4117
2168003,73
4118
2168079,71
4119
2168226,52
4120
2168302,86
4121
2168326,18
4122
2168349,36
4123
2168378,31
4124
2168419,2
4125
2168483,59
4126
2168536,3
4127
2168588,97
4128
2168653,27
4129
2168712
4130
2168817,81
4131
2168982,68
4132
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39,
x
4680867
4680861
4680860,85
4680850, 14
4680839,64
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4680816,47
4680818,02
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4680837
4680848,45
4680855,06
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4680878,53
4680903,51
4680939,7
4680959,22
4680955,85
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4680993,01
4681005,58
4681007,05
Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
2182917,62
2182914,26
2182915,5
2182909,62
2182901,98
2182902,28
2182916,76
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2182884,65
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2182864,58
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2182881
2182846,16
2182845,23
2182858,72
2182866,29
2182913,8
2182924,46
2182931 ,28
2182926,64
2182924,61
2182920,76
2182914,73
2182910,75
2182909,86
2182905,5
2182906,09
157

===== PÁGINA 158 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
MOJON
1165
1166
1167
1168
1169
1170
1171
1172
1173
1174
1175
1176
1177
1178
1179
1180
1181
1182
1183
1184
1185
1186
1187
1188
1189
1190
1191
1 192
1 193
1194
1195
1196
1197
1198
4669358,42
4669316,84
4669298,8
4669233,73
4669168,73
4669121,32
4669073,86
4669026,29
4669014,84
4668990,57
4668990,07
4668953,71
4668980,53
4669025,56
4669044,98
4669032,75
4668931,79
4668808,5
4668588,44
4668488,06
4668332,98
4668179, 1 1
4668111
4668023,62
4667940,58
4667868,02
4667821 ,61
4667796, 15
4667770,86
4667781 ,89
4667746,04
4667710,3
4667659,05
4667618,16
MOJON
2169094,37
4133
2169200,28
4134
2169312,16
4135
2169394,43
4136
2169453,13
4137
2169539,58
4138
2169639,58 4139
2169721,13
4140
2169835,95
4141
2169978,66
4142
2170133,35
4143
2170335,52
4144
2170458,06
4145
2170571,53
4146
2170637,76
4147
2170697,9
4148
2170723,88
4149
2170718,4
4150
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4151
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4152
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4153
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4154
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4155
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4157
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4158
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4159
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4160
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4163
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4164
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4165
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4166
4681008,7
4681011,25
4681010,83
4681010,88
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4681100,67
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4681126,23
4681141 ,32
4681151 ,28
4681158,63
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4681169,16
4681176,03
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4681182,68
4681187,16
4681190,3
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2182906,75
2182907,78
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2182920,4
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2183031,59
2183034,61
2183040,24
2183044,77
158

===== PÁGINA 159 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
1199
1200
1201
1202
1203
1204
1205
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1225
1226
1227
1228
1229
1230
1231
1232
4667577,26
4667541,59
4667526,73
4667511
4667491,95
4667460, 1
4667473,01
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4667507,46
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4667441,21
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4667269,37
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4667078,94
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4666872, 1
4666805, 17
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4666796,18
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4666766,28
4666741
4666715,76
4666714,78
4666700,03
4666695,45
4666701 ,25
4666732,91
4666774,88
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4666900,62
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2173236,93
2173278,9
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2173415,98
2173484,42
2173542,04
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2174010,13
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2174072,8
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2174280,66
2174368,89
2174441,38
2174503,4
2174586,09
2174663,51
MOJON
4167
4168
4169
4170
4171
4172
4173
4174
4175
4176
4177
4178
4179
4180
4181
4182
4183
4184
4185
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4187
4188
4189
4190
4191
4192
4193
4194
4195
4196
4197
4198
4199
4200
4681194,09
4681194,22
4681194,25
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4681204,09
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4681273,2
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4681327,14
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.gov.co
2183050,25
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2183089,51
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2183054,3
2183060,2
2183068,21
2183071
2183077,06
159

===== PÁGINA 160 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DF ANDES
MOJON
1233
1234
1235
1236
1237
1238
1239
1240
1241
1242
1243
1244
1245
1246
1247
1248
1249
1250
1251
1252
1253
1254
1255
1256
1257
1258
1259
1260
1261
1262
1263
1264
1265
1266
4666953, 12
4666985,24
4667001
4667002,04
4666997,64
4667008,6
4667030,34
4667023,72
4666993,33
4666947,63
4666899,4
4666884,54
4666885,05
4666844,01
4666808,02
4666735,79
4666653,21
4666556,88
4666467,5
4666385,21
4666385,75
4666404,47
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4666658,01
4666746,75
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4667099,25
4667274,61
4667411
4667508,53
4667528,3
4667536,49
MOJON
2174746,24
4201
2174886,22
4202
2174964
4203
2175062,66
4204
2175176,94 4205
2175259,95
4206
2175393,5
4207
2175560,79
4208
2175666,01
4209
2175806,35
4210
2175987,71
4211
2176091,67 4212
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4214
2176289,53
4215
2176357,54
4216
2176430,81
4217
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4223
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4227
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4231
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4233
2177711,95 4234
4681365, 74
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4681391 ,22
4681397,64
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4681408,54
4681411
4681440,2
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4681454,84
4681461,5
4681469,44
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4681480,4
4681481,38
4681481,67
4681481,69
4681481,69
4681482,81
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4681481,8
4681481,14
4681480,59
4681479,78
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183083,35
2183086,73
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2183097,4
2183098,95
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2183113,02
2183115,47
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2183121,69
2183128,71
2183133,01
2183134,51
2183130,71
2183127,99
2183124,36
2183123,13
2183122,76
2183122,73
2183120,56
2183118,24
2183115,84
2183113,4
2183110,99
2183106,19
2183102,95
2183100,97
2183097,61
2183095,42
160

===== PÁGINA 161 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
1267
1268
1269
1270
1271
1272
1273
1274
1275
1276
1277
1278
1279
1280
1281
1282
1283
1284
1285
1286
1287
1288
1289
1290
1291
1292
1293
1294
1295
1296
1297
1298
1299
1300
x
4667517,5
4667479,36
4667417,11
4667370,88
4667304,03
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4667201
4667150,02
4667083,56
4667052,88
4667011
4666981,34
4666955,77
4666935,54
4666925, 74
4666936,88
4666958,23
4667001
4667105,29
4667168,32
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4667222,5
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4667084,47
4666883, 15
4666774,58
4666634,88
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4666532,22
4666496,49
4666491 ,88
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4235
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4236
2178004,15 4237
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4238
2178171,11
4239
2178244,2
4240
2178337,99
4241
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4244
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2178812,08
4246
2178869,38
4247
2178947
4248
2179030,57
4249
2179139,54 4250
2179222,48 4251
2179280,3 4252
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4253
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2179616,4 4255
2179719,16 4256
2179802,24 4257
2179885,33 4258
2179989,79 4259
2180067,36
4260
2180197,86 4261
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4262
2180438,9 4263
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4266
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4267
2180856,31
4268
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4681483,5
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4681485
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4681486,68
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Çoncelo@Andes-antioquia.qov.co
2183092,75
2183090,91
2183089,43
2183083,95
2183078,24
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2183065,84
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2183022,1
2183021
2183020,84
2183020,22
2183019,64
2183019,13
2183018,67
2183018,26
2183016,8
2183015,19
2183013,44
161

===== PÁGINA 162 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DÉ ANDES
MOJON
1301
1302
1303
1304
1305
1306
1307
1308
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1326
1327
1328
1329
1330
1331
1332
1333
1334
x
4666492,57
4666487,88
4666430,91
4666337,51
4666254,5
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4665871
4665788,58
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4665261 ,53
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4665201
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4664820,55
4664763,72
4664722,29
4664675,85
MPJON
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4269
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4270
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4271
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4272
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4273
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4274
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4275
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4276
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4277
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4278
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4279
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4280
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4681487,13
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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2182954,15
2182955,03
2182956,63
2182958,51
162

===== PÁGINA 163 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
1335
1336
1337
1338
1339
1340
1341
1342
1343
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1354
1355
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1358
1359
1360
1361
1362
1363
1364
1365
1366
1367
1368
4664634,56
4664588, 1 1
4664474,53
4664371,07
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4663941 ,99
4663812, 14
4663752,05
4663663,77
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4663487
4663419,89
4663347
4663254,3
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4663016,05
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4660518,1
MOJON
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2182635,24
4304
2182729,51
4305
2182787,36 4306
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4307
2182997,03
4308
2183111,75
4309
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4310
2183360,69
4311
2183378,51
4312
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4314
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4316
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4318
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4320
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4321
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4322
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4323
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4324
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4326
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4327
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4328
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4329
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4330
2184672,95
4331
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4332
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4333
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4334
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4335
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4336
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2182960,76
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2182581,72
2182563,83
2182533,08
2182488,31
163

===== PÁGINA 164 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P'O DE ANDES
MOJON
1369
1370
1371
1372
1373
1374
1375
1376
1377
1378
1379
1380
1381
1382
1383
1384
1385
1386
1387
1388
1389
1390
1391
1392
1393
1394
1395
1396
1397
1398
1399
1400
1401
1402
4660461,12
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4660389,04
4660389,41
4660389,81
4660410,98
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4660433
4660449,16
4660418,52
4660361
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4660216,79
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4660030,39
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4659804,93
4659738,06
4659658,02
4659637,41
4659684,85
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4659828,63
4659858
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4660173,2
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4660322, 1 5
4660374,38
4660437
4660476,23
MOJON
2185079,03
4337
2185117,43
4338
2185167,82
4339
2185219,75 4340
2185276,87
4341
2185356,47 4342
2185396,17
4343
2185510,27 4344
2185593,24 4345
2185666,17 4346
2185708,11
4347
2185755,33 4348
2185781,84 4349
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2185861,05 4351
2185923,11
4352
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4357
2186292,86 4358
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4360
2186310,14
4361
2186303,39
4362
2186301 ,14
4363
2186321 4364
2186332,15
4365
2186357,22
4366
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2186438,95 4368
2186498,81
4369
2186551,85
4370
4681522,39
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4681680,85
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2182411,17
2182427,56
2182435,4
164

===== PÁGINA 165 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
1403
1404
1405
1406
1407
1408
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1410
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1426
1427
1428
1429
1430
1431
1432
1433
1434
1435
1436
4660492, 1 1
4660492, 12
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4660568,31
4660568,69
4660569,3
4660565,3
4660552, 1 1
4660538,89
4660539,22
4660622,33
4660811
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4663249,91
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2186751 ,35
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2186886,52
2186985,75
2187039,89
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2187142,69
2187024,7
2186859,86
2186812,09
2186741,85 4393
2186640,75
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2186569,13
2186569,06
2186509,77
2186398,63
2186358,5 4400
2186231,96
2186105,91 4402
2186266,05 4403
2186259,59 4404
2186581,
23
2186581,26
2186599,15
4371
4372
4374
4375
4376
4377
4379
4380
4381
4382
4386
4387
4389
4390
4391
4392
4394
4396
4397
4398
4399
4401
4681649,53
4681579,61
4681521,39
4681499,67
4681489,61
4681486,93
4681487,73
4681490,48
4681497 1
4681514,24
4681536,82
4681537
4681555,52
4681592,95
4681624,53
4681626,17
4681636,62
4681660,02
4681665,73
4681682,76
4681683,03
4681687,74
4681689,71
4681688,35
4681685,35
4681683,19
4681674,82
4681670,04
4681669,18
4681667,18
4681667,09
4681665,94
4681665,24
4681664,22
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
2182458,01
2182505,88
2182540,7
2182561,33
2182581,54
2182600,58
2182616,51
2182630,88
2182643,69
2182665,41
2182692,17
2182692,89
2182719,33
2182791,9
2182857,5
2182860,85
2182882,21
2182930,08
2182942,59
2182979,94
2182980,54
2183004,22
2183022,09
2183039,34
2183077
2183108,59
2183107,6
2183107,03
2183106,96
2183106,8
2183107,73
2183119,49
2183124,06
2183130,63
165

===== PÁGINA 166 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/,qo DE ANDES
MOJON
1437
1438
1439
1440
1441
1442
1443
1444
1445
1446
1447
1448
1449
1450
1451
1452
1453
1454
1455
1456
1457
1458
1459
1460
1461
1462
1463
1464
1465
1466
1467
1468
1469
1470
4663251
4663290,73
4663331,01
4663378, 18
4663452,38
4663506,29
4663620,87
4663722,04
4663762,21
4663834,53
4663860,09
4663933,88
4663959, 1
4663978,84
4663994,02
4664078,71
4664142,77
4664157,06
4664168,73
4664191,94
4664209,12
4664218, 16
4664229,24
4664269,12
466431 1
4664417,59
4664445,06
4664472,66
4664517,97
4664552,86
4664576,46
4664626,19
4664648,94
4664674,57
MOJON
2186259,28
4405
2186206
4406
2186178,73
4407
2186171,66 4408
2186171,13
4409
2186164,01
4410
2186149,71
441 1
2186149 4412
2186140,67
4413
2186079,78 4414
2186066,62 4415
2186040,73
4416
2186028,43
4417
2186009,4
4418
2185984,88
4419
2185815,2
4420
2185726,57
4421
2185701,25
4422
2185656,12
4423
2185512,29
4424
2185405,79
4425
2185367,87
4426
2185341
4427
2185290,87
4428
2185253,76
4429
2185203,04
4430
2185192,87
4431
2185187,13
4432
2185188,51
4433
2185196,17 4434
2185209,12
4435
2185252,44
4436
2185268,25
4437
2185277,88 4438
4681663,04
4681662,83
4681662,04
4681661,09
4681659,52
4681658,63
4681657,35
4681656,24
4681655,41
4681654,88
4681654,17
4681652,18
4681652,24
4681651
4681650,22
4681648,9
4681648,5
4681647,61
4681645,26
4681641,07
4681638,57
4681638,54
4681638,05
4681637,39
4681637
4681636,52
4681636,22
4681635,17
4681633,56
4681631,8
4681629,18
4681627,01
4681626,59
4681626,28
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183138,3
2183140,04
2183144,36
2183147,08
2183151,01
2183153,21
2183157,01
2183161,09
2183164,97
2183166,09
2183167,56
2183174,89
2183176,58
2183180,23
2183183,9
2183186,83
2183187,59
2183189,28
2183193,43
2183202,91
2183208,79
2183208,87
2183210,71
2183213,17
2183216,46
2183219,81
2183221,89
2183224,64
2183230,07
2183236,9
2183246,4
2183252,97
2183254,67
2183255,92
166

===== PÁGINA 167 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
1471
1472
1473
1474
1475
1476
1477
1478
1479
1480
1481
1482
1483
1484
1485
1486
1487
1488
1489
1490
1491
1492
1493
1494
1495
1496
1497
1498
1499
1500
1501
1502
1503
1504
4664720,56
4664757,98
4664785,48
4664960,42
4665031,73
4665050,65
4665058,54
4665094,05
4665250,83
4665286, 1 1
4665332,5
4665382,41
4665492,79
4665567,4
4665640,31
4665675,03
4665733,49
4665854,56
4665897,7
4665952,43
4665986,33
4666018,32
4666063,41
4666094,67
4666194,56
4666237
4666292,8
4666349,57
4666591 ,42
4666635,43
4666652,03
4666675,7
4666772,8
4666797
2185286,86 4439
2185290,01
4440
2185287,77
4441
2185242,22 4442
2185234,66 4443
2185237,52
4444
2185238,72
4445
2185249,97
4446
2185314,85 4447
2185326,18 4448
2185330,34
4449
2185330,04
4450
2185329,38 4451
2185324,52
4452
2185307,92
4453
2185292,85
4454
2185259,48
4455
2185179,26 4456
2185168,36
4457
2185166,91
4458
2185174,04
4459
2185180,76
4460
2185196,4 4461
2185215,12
4462
2185286,22 4463
2185305,33 4464
2185316,19 4465
2185322,25
4466
2185320,51
4467
2185323,3
4468
2185327,37
4469
2185339,39 4470
2185407,68 4471
2185416,03 4472
4681625,98
4681624,68
4681623,88
4681623,68
4681623,19
4681622,99
4681623,17
4681623,18
4681623,41
4681623,93
4681624,36
4681626,32
4681626,23
4681627,15
4681629,78
4681629,87
4681631
4681633,04
4681636,53
4681637,62
4681643,18
4681643,75
4681645,28
4681646,79
4681648,02
4681648,35
4681648,45
4681649,07
4681650,73
4681652,26
4681667,26
4681671,67
4681672,04
4681674,41
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2183257,13
2183261,87
2183266,81
2183270,28
2183272,38
2183274,34
2183276,45
2183276,47
2183279,44
2183282,17
2183285,58
2183289,6
2183296,38
2183299,3
2183307,62
2183308,77
2183311,85
2183318,92
2183327,08
2183329,13
2183339,53
2183340,61
2183343
2183343,91
2183345,45
2183347,89
2183348, 18
2183349,9
2183352,25
2183354,47
2183344,32
2183341,33
2183341,08
2183339,48
167

===== PÁGINA 168 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
OF ANDES
MOJON
1505
1506
1507
1508
1509
1510
1511
1512
1513
1514
1515
1516
1517
1518
1519
1520
1521
1522
1523
1524
1525
1526
1527
1528
1529
1530
1531
1532
1533
1534
1535
1536
1537
1538
4666825,64
4666950,88
4666977,63
4667000,16
4667037,15
4667079,79
4667101,18
4667131,63
4667146,41
4667160,67
4667204,88
4667252,68
4667272,02
4667317,33
4667350,8
4667365
4667376,86
4667393,41
4667400,34
4667405,3
4667417,07
4667424,59
4667442,24
4667463,5
4667508,93
4667559,01
4667622,83
4667770,54
4667814,63
4667863,38
4667882,4
4667920,77
4667943,33
4668013,27
MOJON
2185417,32
4473
2185404,02
4474
2185396,73
4475
2185382,26
4476
2185339,41
4477
2185277,26
4478
2185236,12
4479
2185153,58
4480
2185131,02
4481
2185120,41
4482
2185102,29
4483
2185088,66
4484
2185083, 14
4485
2185076,73
4486
2185078,86
4487
2185086,11
4488
2185098,68
4489
2185131,58
2185164,04
4491
2185187,32
4492
2185295,06
4493
2185332,84
4494
2185386,83
4495
2185415,6
4496
2185447,72
4497
2185472,56
4498
2185482,6
4499
2185489,25 4500
2185503,82 4501
2185529,39 4502
2185547,72 4503
2185609,21
4504
2185625,21
4505
2185659,62
4506
x
4681675,83
4681681,5
4681701
4681711
4681716,44
4681718,01
4681718,85
4681718,15
4681715,95
4681708,63
4681696,26
4681677,28
4681660,6
4681653,32
4681634,6
4681623,94
4681617,15
4681611,34
4681609,03
4681609,83
4681612,56
4681617,67
4681618,8
4681628, 17
4681636,36
4681639,88
4681641,08
4681640,87
4681640,37
4681638,95
4681634,22
4681615,11
4681539,38
4681532,3
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquig.qov.co
2183338,51
2183334,68
2183367,03
2183384,1
2183397,69
2183407,01
2183440,03
2183484,71
2183555,41
2183583,4
2183618,77
2183648,33
2183662,34
2183666,71
2183677,93
2183685,78
2183690,78
2183702,06
2183714,11
2183724,59
2183733,91
2183745,03
2183747,5
2183768,46
2183787,48
2183801,84
2183816,6
2183828,15
2183856,62
2183880,93
2183961,94
2183960,39
2183954,21
2183953,63
168

===== PÁGINA 169 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCfP/O DE A MDES
MOJON
1539
1540
1541
1542
1543
1544
1545
1546
1547
1548
1549
1550
1551
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1570
1571
1572
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MOJON
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4507
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4508
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4514
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Conceio@/ndes-antioquia.qov.co
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2184335,91
2184339
2184343,27
169

===== PÁGINA 170 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
c//cZ'¯
MUA.'C,'P/O ANDES
MOJON
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1605
1606
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MOJON
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4541
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4543
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4549
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4550
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4553
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4566
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4573
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4574
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4681623,49
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4681662,73
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquiq.qov.co
2184347,53
2184351 ,61
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2184367,84
2184367,09
2184364,42
2184361 ,43
170

===== PÁGINA 171 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/O DE ANDES
MOJON
1607
1608
1609
1610
1611
1612
1613
1614
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1630
1631
1632
1633
1634
1635
1636
1637
1638
1639
1640
4668686,84
4668681,01
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4668584
4668580,84
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4668576,51
4668574,83
4668570,95
4668564,9
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4668558,25
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4668462,37
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4668441 , 79
MOJON
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4575
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4576
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4577
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4578
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4579
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4580
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4583
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4584
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4586
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4587
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4589
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4590
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4591
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4593
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4595
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4596
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4597
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4598
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4599
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4600
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4607
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4608
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4681670,3
4681669,4
4681657,89
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2184358,92
2184356,29
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2184385,56
2184387,51
2184389,66
2184398,62
171

===== PÁGINA 172 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
1641
1642
1643
1644
1645
1646
1647
1648
1649
1650
1651
1652
1653
1654
1655
1656
1657
1658
1659
1660
1661
1662
1663
1664
1665
1666
1667
1668
1669
1670
1671
1672
1673
1674
4668424, 79
4668398,05
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4668372,8
4668382,78
4668398,87
4668427,2
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4668449,05
4668468,01
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4668615,01
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4668701 ,6
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4668742,53
4668767,5
4668801 ,78
4668834,32
4668851 ,46
4668885,8
4668909,37
4668930,62
4668940,81
MOJO
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2187494,94
4610
2187515,78
461 1
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4612
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4613
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4614
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4615
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4616
2187688,03
4617
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4618
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4619
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4620
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4621
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4622
2187790,09
4623
2187797,83
4624
2187799,81
4625
2187802,07
4626
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4627
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4628
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4629
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4630
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2187820,13
4633
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2187821,62 4635
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4636
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4637
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4638
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4640
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4681655,61
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.cQ
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2184588,57
2184594,7
2184594,74
2184597,68
172

===== PÁGINA 173 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
1675
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1700
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1703
1704
1705
1706
1707
1708
40N
4668951,42
4668961 ,5
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x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
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2184680,32
2184689,13
2184693,04
173

===== PÁGINA 174 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
MOJON
1709
1710
1711
1712
1713
1714
1715
1716
1717
1718
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1732
1733
1734
1735
1736
1737
1738
1739
1740
1741
1742
4669562,23
4669587,04
4669602, 1 8
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4669694,62
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4669731
4669775,53
4669806, 1 1
4669832,83
4669854,52
4669881 ,66
4669917, 73
4669937,13
4669982, 14
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4670016,62
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4670404,44
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4670461,92
MOJON
2188138,01
4677
2188146
4678
2188155,19
4679
2188170,16
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4684
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4686
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4687
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4690
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4692
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4698
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4699
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4700
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4701
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4702
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4703
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4704
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4705
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4706
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4707
2188462,04
4708
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4709
2188501
4710
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4681671
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2185110,99
2185129,43
2185155,17
2185157,17
174

===== PÁGINA 175 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MOJON
DE ANDES
MOJON
1743
1744
1745
1746
1747
1748
1749
1750
1751
1752
1753
1754
1755
1756
1757
1758
1759
1760
1761
1762
1763
1764
1765
1766
1767
1768
1769
1770
1771
1772
1773
1774
1775
1776
4670502,27
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4711
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4713
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4714
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4715
2188560,47
4716
2188559,52
4717
2188564,42
4718
2188572,41
4719
2188581,59
4720
2188590,03
4721
2188600,02
4722
2188615,03
4723
2188645,45
4724
2188672,36
4725
2188693,86
4726
2188712,63
4727
2188734,43
4728
2188756,16
4729
2188769,84
4730
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4731
2188775,37
4732
2188772,09
2188767,31
4734
2188772,43
4735
2188782,89
4736
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2188820,47
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4740
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4743
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4681542,85
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4681534,15
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antipquia.qov.co
2185161,54
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2185150,33
2185150,57
175

===== PÁGINA 176 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCfP/O DE ANDES
MOJON
1777
1778
1779
1780
1781
1782
1783
1784
1785
1786
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1788
1789
1790
1791
1792
1793
1794
1795
1796
1797
1798
1799
1800
1801
1802
1803
1804
1805
1806
1807
1808
1809
1810
4671435,43
4671456,38
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4671591,1
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4672171,18
4672200,35
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4672327
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4672487
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2188698,33
2188694,92
2188689,49
2188679,45
MOJON
4745
4746
4747
4748
4749
4750
4751
4752
4753
4754
4755
4756
4757
4758
4759
4760
4761
4762
4763
4764
4765
4766
4767
4768
4769
4770
4771
4772
4773
4774
4775
4776
4778
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4681469,82
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4681464,29
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2185153,86
2185154,98
2185157,82
2185162,28
2185166,99
176

===== PÁGINA 177 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P'O DE ANDES
MOJON
1811
1812
1813
1814
1815
1816
1817
1818
1819
1820
1821
1822
1823
1824
1825
1826
1827
1828
1829
1830
1831
1832
1833
1834
1835
1836
1837
1838
1839
1840
1841
1842
1843
1844
4672589,76
4672619,05
4672659,98
4672716,39
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4673484,38
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4673561,07
4673578, 71
4673600,93
4673644,69
4673691 1
4673726,38
4673768,8
4673809,95
4673851,15
MOJON
2188669,41
4779
2188652,32
4780
2188614,97
4781
2188541,04
2188489,99
2188456,49
4784
2188440,05
4785
2188434,67
4786
2188431,92
4787
2188427,23
4788
2188416,63
4789
2188398,11
4790
2188384,88
4791
2188377,54
4792
2188380,59
4793
2188382,33
4794
2188387,36
4795
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4796
2188399,42
4797
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4798
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4799
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4804
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4806
2188555,84
4807
2188569,28 4808
2188573,01
4809
2188571
4810
2188576,5
4811
2188591
4812
4681418,48
4681417,75
4681416,47
4681413,46
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4681380,8
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4681335,69
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4681326,31
4681321,74
4681309,99
4681302,29
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4681293,88
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4681280,39
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4681261,18
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2185175,52
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2185194,91
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2185195,91
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2185191,18
2185185,06
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2185171
2185171,4
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2185182,64
2185182,99
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2185174,11
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2185161
2185154,07
2185148,3
2185142,64
2185139,33
2185136,48
2185127,91
177

===== PÁGINA 178 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA,'C/P/O DE ANDES
MOJON
1845
1846
1847
1848
1849
1850
1851
1852
1853
1854
1855
1856
1857
1858
1859
1860
1861
1862
1863
1864
1865
1866
1867
1868
1869
1870
1871
1872
1873
1874
1875
1876
1877
1878
4673870,15
4673914,7
4673946,75
4673991 ,2
4674032,37
4674055,88
4674104,84
4674161,63
4674215,2
4674264,85
4674309,26
4674356,28
4674393,47
4674430,66
4674485,5
4674534, 5
4674571,78
4674601,17
4674623,99
4674640,87
4674662,2
4674692,49
4674707,2
4674729,02
4674753,5
467477477
4674804,52
4674831
4674898,69
4674968,27
4675005,31
4675020,84
4675023,27
4675019, 14
MOJON
2188606,16
4813
2188637,87
4814
2188649,43
4815
2188662,24
4816
2188672,45 4817
2188673,64 4818
2188673,39 4819
2188675,05 4820
2188683,9 4821
2188691
4822
2188696,46
4823
2188699,47
4824
2188697,33
4825
2188693,88 4826
2188694,25 4827
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2188717,92
4829
2188720,38 4830
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2188697,37
4832
2188657,51
4833
2188579,81
4834
2188521,09
4835
2188447,34
4836
2188384,66
4837
2188329,81
4838
2188276,88
4839
2188242,85
4840
2188181,26
4841
2188130,08 4842
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4844
2188034,66
4845
2187992,97
4846
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4681242,51
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4681214,09
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4681198,36
4681198,58
4681199,02
4681199,49
4681201
4681202, 1 1
4681202,26
4681205,7
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4681213,84
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4681218,03
4681221,38
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tek 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.ggv.co
2185120,02
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2185071 ,87
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2185206
2185211,53
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2185265,88
2185268, 14
2185279,7
2185288,69
178

===== PÁGINA 179 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
¯zr'/w
DF ANDES
MOJON
1879
1880
1881
1882
1883
1884
1885
1886
1887
1888
1889
1890
1891
1892
1893
1894
1895
1896
1897
1898
1899
1900
1901
1902
1903
1904
1905
1906
1907
1908
1909
1910
1911
1912
x
4675011
4675016,07
4675028,37
4675051
4675088,98
4675143,13
4675167,91
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4675330,69
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4675348,69
4675354,43
4675366,01
4675390,7
4675434,32
4675455,83
4675534,1
4675616,26
4675725,75
4675764,88
4675790,33
4675818,49
4675840,79
4675865,07
4675887
4675901,31
4675915,22
4675922,65
4675929,3
4675938,66
4675943,4
4675948,09
MOJON
2187939,58 4847
2187903,06
4848
2187882,8
4849
2187870,95
4850
2187864,24
4851
2187857,45
4852
2187852,76
4853
2187841 4854
2187820,44
4855
2187792,11
4856
2187772,44
4857
2187750,88
4858
2187717,61
4859
2187692,16
4860
2187658,87
4861
2187635,29
4862
2187612,91
4863
2187606,28 4864
2187594,81
4865
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4867
2187535,64
4868
2187535,51
4869
2187552,31
4870
2187574,35
4871
2187598,99 4872
2187634,72
4873
2187665,28
4874
2187704,96
4875
2187755,75
4876
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4878
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4880
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2185543,37
2185541,81
2185539,66
179

===== PÁGINA 180 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP'O DF AVES
MOJOI•.I
1913
1914
1915
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1929
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1931
1932
1933
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1935
1936
1937
1938
1939
1940
1941
1942
1943
1944
1945
1946
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MOJON
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x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2185664,26
2185664,37
180

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CONCEJO
MUNICIPAL
x
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
1947
1948
1949
1950
1951
1952
1953
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1961
1962
1963
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1965
1966
1967
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1969
1970
1971
1972
1973
1974
1975
1976
1977
1978
1979
1980
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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2185767,54
2185771,59
2185775,33
181

===== PÁGINA 182 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/PV DE ANDES
MOJON
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1982
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1993
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2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
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MOJON
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Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail:
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2179235,33
2179238,97
182

===== PÁGINA 183 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
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2028
2029
2030
2031
2032
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2035
2036
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2038
2039
2040
2041
2042
2043
2044
2045
2046
2047
2048
M
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4983
2189667,6 4984
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5016
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2179292,82
183

===== PÁGINA 184 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
MOJON
2049
2050
2051
2052
2053
2054
2055
2056
2057
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2076
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2081
2082
x
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MOJON
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5017
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2179332,1
2179332,16
2179333,92
184

===== PÁGINA 185 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
2083
2084
2085
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2100
2101
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2108
2109
2110
2111
2112
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2114
2115
2116
4680391
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2192279,1
MOJON
5051
5052
5053
5054
5055
5056
5057
5058
5059
5060
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5084
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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2179394,13
2179393,88
185

===== PÁGINA 186 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O ANDES
MOJON
2117
2118
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2130
2131
2132
2133
2134
2135
2136
2137
2138
2139
2140
2141
2142
2143
2144
2145
2146
2147
2148
2149
2150
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MOJON
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5085
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5086
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5087
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5089
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5099
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2179341,84
2179332,45
186

===== PÁGINA 187 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
2151
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MOJON
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2179209,03
2179199,53
2179196,61
187

===== PÁGINA 188 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCfPfO DE ,VDES
MOJON
2185
2186
2187
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221 1
2212
2213
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2216
2217
2218
x
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MOJON
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2179091
2179089,76
2179086,15
188

===== PÁGINA 189 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P,'O DE ANDES
OJON
2219
2220
2221
2222
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2242
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2244
2245
2246
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2251
2252
x
4679896,62
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MOJON
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5187
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5188
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5189
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5190
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5191
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5193
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5194
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5195
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5197
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5199
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5200
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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2179047,97
2179047,8
189

===== PÁGINA 190 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P,'O DE A A'DES
MOJON
2253
2254
2255
2256
2257
2258
2259
2260
2261
2262
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2268
2269
2270
2271
2272
2273
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2276
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2278
2279
2280
2281
2282
2283
2284
2285
2286
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4680940,9
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4681308,47
4681331
4681346,87
4681377,79
4681414,79
4681456,66
JON
2195898,41
5221
2195945,93
5222
2195974,22
5223
2195998,01
5224
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5225
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5226
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5229
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5230
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5231
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5239
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5251
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5252
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5253
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x
4676896,09
4676887,51
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4676821 ,31
4676821
4676821 ,87
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4676761 ,8
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2179045,26
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2178893,13
2178880,32
2178868,68
190

===== PÁGINA 191 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Mu,'v'CtP/0 DE AVDE5
MOJON
2287
2288
2289
2290
2291
2292
2293
2294
2295
2296
2297
2298
2299
2300
2301
2302
2303
2304
2305
2306
2307
2308
2309
2310
2311
2312
2313
2314
2315
2316
2317
2318
2319
2320
4681488,69
4681500,99
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4681633,03
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4682081
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2196214,86
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2195718,36
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2195361
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2195173,1
2195106,32
2195035,11
2194994,46
M040Ñ
5255
5256
5257
5258
5259
5260
5261
5262
5263
5264
5265
5266
5267
5268
5269
5270
5271
5272
5273
5274
5275
5276
5277
5278
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5280
5281
5282
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5286
5287
5288
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4676760,22
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4676625,7
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2178842,02
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2178843,99
2178844
2178844
2178844
2178841,93
191

===== PÁGINA 192 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O ÃNDES
MOJON
2321
2322
2323
2324
2325
2326
2327
2328
2329
2330
2331
2332
2333
2334
2335
2336
2337
2338
2339
2340
2341
2342
2343
2344
2345
2346
2347
2348
2349
2350
2351
2352
2353
2354
4682389, 15
4682388,96
4682381
4682377,77
4682371,4
4682371,05
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4682319,09
4682319,84
4682320,04
4682320,4
4682321
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4682302, 1
4682291 ,58
4682273,03
4682270,72
4682264,72
4682261,62
MOJON
2192887,74 5289
2192881,53
5290
2192880,42
5291
2192882,29
5292
2192881,99
5293
2192881,97
5294
2192881,79
5295
2192880,11
5296
2192878,44
5297
2192874,74
5298
2192869,76
5299
2192868,45
5300
2192866,1
5301
2192860,25
5302
2192857,17
5303
2192854,42
5304
2192851,77
5305
2192846,16
5306
2192844,06
5307
2192836
5308
2192818,31
5309
2192817,53
5310
2192814,28
5311
2192812,67
5312
2192810,94
5313
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5314
2192805,26
5315
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5316
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5317
2192800,81
5318
2192793,93
5319
2192793,07
5320
2192789,28
5321
2192785,15
5322
4676624,48
4676615,57
4676614,04
4676611 ,35
4676608,36
4676608,08
4676607,58
4676611,03
4676611 ,63
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4676617,03
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4676588, 16
4676587,04
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4676540
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4676546,35
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2178841
2178839,06
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2178761
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2178760,31
2178760,31
2178760,31
2178760,31
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2178750,78
2178742,85
2178729,09
2178718,51
2178718,51
2178719,03
2178719,56
192

===== PÁGINA 193 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
2355
2356
2357
2358
2359
2360
2361
2362
2363
2364
2365
2366
2367
2368
2369
2370
2371
2372
2373
2374
2375
2376
2377
2378
2379
2380
2381
2382
2383
2384
2385
2386
2387
2388
4682259,76
4682257,87
4682256,95
4682256,3
4682254,66
4682250,05
4682235,26
4682232,45
4682224, 15
4682216,08
4682208,86
4682204,26
4682202, 17
4682202, 18
4682196,1
4682192,28
4682187,34
4682186,93
4682186,87
4682185,73
4682183,38
4682174,54
4682156,71
4682148,23
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4682150,87
4682150,44
4682159,43
4682158,76
4682157,69
4682151 ,62
4682135,28
4682124,91
4682124,16
MOJON
2192780,15
5323
2192775,04
5324
2192770,48
5325
2192762,94
5326
2192758,74
5327
2192753,78
5328
2192743,87
5329
2192741,99
5330
2192734,74
5331
2192728,13
5332
2192719,61
5333
2192711,42
5334
2192707,39
5335
2192707
5336
2192698,46
5337
2192692,36
5338
2192676,24
5339
2192674,92
5340
2192674,71
5341
2192671,02
5342
2192668,66 5343
2192662,87
5344
2192686,35
5345
2192677,55
5346
2192674,2
5347
2192672,97
5348
2192656,4
5349
2192655,47
5350
2192654,79
5351
2192630,25
5352
2192630,6
5353
2192631,55
5354
2192632,16
5355
2192617,13
5356
4676557
4676571 ,22
4676583,4
4676594,35
4676596,91
4676601 ,79
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4676631 ,24
4676632,09
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4676633,31
4676637
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4676643,03
4676649,91
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2178722,74
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2178691,7
2178695,41
193

===== PÁGINA 194 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O OS ANDES
MOJON
2389
2390
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2422
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80JON
5357
5358
5359
5360
5361
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2178709,63
2178710,42
194

===== PÁGINA 195 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
2423
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2425
2426
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2456
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x
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.gov.co
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2178784,93
2178788,07
195

===== PÁGINA 196 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMC/P/O DE ANDES
MOJON
2457
2458
2459
2460
2461
2462
2463
2465
2466
2467
2468
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2470
2471
2472
2473
2475
2476
2477
2478
2479
2480
2481
2482
2483
2484
2485
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2487
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2489
2490
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Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2178826,42
196

===== PÁGINA 197 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DF AMDES
MOJO
2491
2492
2493
2494
2495
2496
2497
2498
2499
2500
2501
2502
2503
2504
2505
2506
2507
2508
2509
2510
2511
2512
2513
2514
2515
2516
2517
2518
2519
2520
2521
2522
2523
2524
4681893,24
4681891
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4681863,4
MPJON
2192497,28 5459
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5460
2192494,85
5461
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5462
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x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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2178851 ,33
2178853, 71
197

===== PÁGINA 198 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/PfO DE ANDES
MOJON
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2552
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2554
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2558
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MOJON
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5525
2192484,1
5526
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2178958,1
2178961
198

===== PÁGINA 199 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE &'DES
MOJON
2559
2560
2561
2562
2563
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2565
2566
2567
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2570
2571
2572
2573
2574
2575
2576
2577
2578
2579
2580
2581
2582
2583
2584
2585
2586
2587
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2591
2592
x
4682040,67
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AOJON
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2179030,17
2179027,22
199

===== PÁGINA 200 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
c//zz¯
MUNC/P/O DE ANDES
MOJON
2593
2594
2595
2596
2597
2598
2599
2600
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2610
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2617
2618
2619
2620
2621
2622
2623
2624
2625
2626
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MOJON
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5562
5563
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5567
5568
5569
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5571
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5575
5576
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x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2179053,32
2179062,72
2179088,36
2179101,78
2179129,05
2179142,31
2179147,06
2179148,79
2179150,58
2179155,48
2179157,8
2179159,32
2179159,83
2179161,5
2179162,25
2179163,07
2179163,13
2179163,19
2173643,4
2173640,44
2173639,7
2173640,49
2173636,19
2173633,69
200

===== PÁGINA 201 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PV DE ANDES
MOJON
2627
2628
2629
2630
2631
2632
2633
2634
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2654
2655
2656
2657
2658
2659
2660
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4682205,36
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4682207,03
4682206, 79
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4682208,69
4682209,25
4682210,96
4682220, 74
4682220, 77
4682220,78
4682221 , 74
4682221
4682221,08
4682221,37
4682221
4682221,61
4682221
4682224,16
4682229, 1
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4682254,23
4682253,51
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4682252,51
4682251
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2192570,21
2192570,21
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2192581 ,84
2192580,71
2192580,38
2192582,5
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2192587
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2192591,82
5595
5596
5597
5598
5599
5600
5601
5602
5603
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5610
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5627
5628
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4678722,08
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4678711
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4678701
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4678691 ,49
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4678686,2
4678686,84
4678682,01
4678681 ,22
4678678,4
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4678671 ,97
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2173627,36
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2173607,33
2173601,14
2173600,5
2173595,19
2173593,61
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2173576,2
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2173548,23
2173548,28
2173539,71
2173527,21
201

===== PÁGINA 202 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE AMDES
MOJON
2661
2662
2663
2664
2665
2666
2667
2668
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2687
2688
2689
2690
2691
2692
2693
2694
4682250,38
4682250,07
4682250,03
4682249,94
4682250,37
4682250,54
4682251,02
4682251
4682252,32
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4682249,75
4682249,95
4682249,75
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4682256,42
4682262, 19
4682261 , 75
4682259,82
4682266,68
4682269,79
4682267
4682265,2
MOJON
2192596,24
5629
2192598,54
5630
2192600,09
5631
2192603,89
5632
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5633
2192608,65
5634
2192610,47
5635
2192611 ,53
5636
2192613,51
5637
2192615,31
5638
2192616,98
5639
2192618,67
5640
2192619,78
5641
2192620,86
5642
2192621,68
5643
2192626,34
5644
2192634,41
5645
2192642
5646
2192647,59 5647
2192647,15
5648
2192651,68 5649
2192652,81
5650
2192653,34
5651
2192656,99
5652
2192661,8
5653
2192662,36
5654
2192663,06
5655
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5656
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5657
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5658
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5659
2192675,31
5660
2192679,85
5661
2192684,26
5662
4678618,84
4678616,33
4678612,16
4678609,25
4678604,36
4678601
4678599
4678597,48
4678596,09
4678594,76
4678592,97
4678589,99
4678588,47
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4678545,05
4678554,78
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4678511
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4678508,34
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
2173527,54
2173528,14
2173529, 14
2173529,61
2173529,95
2173529,95
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2173528,97
2173528,04
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2173524,88
2173521,64
2173519,86
2173517,81
2173515,1
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2173510,85
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2173525,94
2173524,3
2173493,11
2173486,99
2173481,91
2173480,54
2173476,22
2173465,59
2173454,48
2173445,6
2173441
2173441,14
2173438,3
2173429,86
2173424,14
2173423,32
202

===== PÁGINA 203 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
MOJON
2695
2696
2697
2698
2699
2700
2701
2702
2703
2704
2705
2706
2707
2708
2709
2710
2711
2712
2713
2714
2715
2716
2717
2718
2719
2720
2721
2722
2723
2724
2725
2726
2727
2728
4682269,25
4682271
4682273,03
4682278,97
4682280,76
4682285,25
4682281
4682280,96
4682280,61
4682279,19
4682277,92
4682328,88
4682330,85
4682340,39
4682340,72
4682342, 1 3
4682344,63
4682349,83
4682350, 1
4682351,31
4682355,11
4682361,37
4682363,37
4682364,77
4682371 1
4682376,04
4682380,48
4682382, 17
4682391 ,65
4682391 ,6
4682374,73
4682369,24
4682368,33
4682368,49
2192686,07
2192686,95
2192683,51
2192686,27
2192687,11
2192689,2
2192696,89
2192696,96
2192697,59
2192700,16
2192702
2192732,46
2192729,43
2192714,69
2192714,19
2192712,02
2192708,15
2192711,68
2192711,86
2192712,68
2192715,94
2192721,31
2192723,02
2192724,22
2192732,2
2192738,41
2192743,91
2192746,01
2192757,74
2192757,78
2192770,92
2192775,2
2192775,9
2192776,11
MOJON
5663
5664
5665
5666
5667
5668
5669
5670
5671
5672
5673
5674
5675
5676
5677
5678
5679
5680
5681
5682
5683
5684
5685
5686
5687
5688
5689
5690
5691
5692
5693
5694
5695
5696
4678510,65
4678514,85
4678518,71
4678522,69
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4678529,71
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4678539,72
4678541 ,57
4678543,6
4678545,61
4678547,38
4678549,17
4678550,98
4678551 ,58
4678552,57
4678554,29
4678556,39
4678558,64
4678560,61
4678562,37
4678563,97
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4678571
4678572,55
4678573,81
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
2173421
2173418,68
2173415,93
2173413,1
2173415,33
2173418,01
2173420,82
2173422,5
2173423,03
2173424,67
2173426,61
2173428,83
2173430,69
2173432,58
2173434,33
2173436,12
2173438,12
2173439,94
2173441,68
2173442,31
2173443,36
2173444,93
2173446,37
2173448,07
2173449,78
2173451,57
2173453,41
2173455,35
2173457
2173460,01
2173462,56
2173465,14
2173467,94
2173470,65
203

===== PÁGINA 204 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'P/O DE ANDES
MOJON
2729
2730
2731
2732
2733
2734
2735
2736
2737
2738
2739
2740
2741
2742
2743
2744
2745
2746
2747
2748
2749
2750
2751
2752
2753
2754
2755
2756
2757
2758
2759
2760
2761
2762
4682380,38
4682385,57
4682390,87
4682398,23
4682398,86
4682404,48
4682407,88
4682406,66
4682418, 72
4682424, 77
4682429,91
4682432,65
4682432,88
4682434,5
4682437, 15
4682439,14
4682440,96
4682444
4682446,45
4682449, 72
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4682453,04
4682453,98
468245488
4682456,33
4682457
4682463, 1 1
4682464,89
4682466,05
4682470,29
4682470,92
4682475,3
4682481
4682483,74
2192791 ,65
2192798,41
2192804,48
2192812,93
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2192821,4
2192825,62
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2192837,43
2192841,41
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2192843,58
2192844,98
2192847,53
2192849,61
2192851,72
2192855,35
2192857,64
2192859,87
2192860,86
2192861,03
2192861,23
2192861,41
2192861 ,62
2192861
2192862,1
2192862,3
2192862,43
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2192863,5
2192864,47
2192869,27
2192872,74
MOJON
5697
5698
5699
5700
5701
5702
5703
5704
5705
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4678581 ,39
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4678602,81
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4678653,48
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4678661 ,66
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2173473,53
2173476,23
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2173481,3
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2173475,12
2173475,72
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2173491
2173492,34
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2173493,45
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2173494,87
2173494,82
2173494,44
2173489,15
204

===== PÁGINA 205 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/D DE ANDES
MOJON
2763
2764
2765
2766
2767
2768
2769
2770
2771
2772
2773
2774
2775
2776
2777
2778
2779
2780
2781
2782
2783
2784
2785
2786
2787
2788
2789
2790
2791
2792
2793
2794
2795
2796
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4682486,75
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4682510
4682511 ,29
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4682520,75
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4682506,53
MOJON
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5731
2192876,54
5732
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5733
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5734
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5735
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5736
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5739
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5740
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5747
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5750
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5751
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5760
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5761
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5762
2192955,68
5763
2192948,64
5764
x
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4678674,85
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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2173550,6
2173553,53
2173554,05
2173551,71
205

===== PÁGINA 206 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
MOJON
2797
2798
2799
2800
2801
2802
2803
2804
2805
2806
2807
2808
2809
2810
2811
2812
2813
2814
2815
2816
2817
2818
2819
2820
2821
2822
2823
2824
2825
2826
2827
2828
2829
2830
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4682490,08
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4682475,06
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4682389,15
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4671998,32
4671999,98
4672002, 1 1
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2188367,96
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2188483,22
2188499,77
2188500,99
2188502,71
MOJON
5765
5766
5767
5768
5769
5770
5771
5772
5773
5774
5775
5776
5777
5778
5779
5780
5781
5782
5783
5784
5785
5786
5787
5788
5789
5790
5791
5792
5793
5794
5795
5796
5797
5798
x
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4678815, 14
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4678861
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4678864, 74
4678863,41
4678863,48
4678863,59
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4678869,55
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4678877,47
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4678899,09
4678896,64
4678895,75
4678894,03
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2173549,95
2173549,7
2173549,39
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2173549,51
2173547,71
2173544,25
206

===== PÁGINA 207 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CfP/O DE ANDES
MOJON
2831
2832
2833
2834
2835
2836
2837
2838
2839
2840
2841
2842
2843
2844
2845
2846
2847
2848
2849
2850
2851
2852
2853
2854
2855
2856
2857
2858
2859
2860
2861
2862
2863
2864
x
4672044,51
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2188723,59
2188723,41
2188723,12
2188722,93
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2188722,23
2188721 ,51
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2188769,19
2188773,08
2188773,18
2188773,19
MOJON
5799
5800
5801
5802
5803
5804
5805
5806
5807
5808
5809
5810
5811
5812
5813
5814
5815
5816
5817
5818
5819
5820
5821
5822
5823
5824
5825
5826
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5828
5829
5830
5831
5832
x
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Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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2173521
2173529,24
2173528,26
2173527,9
2173527,01
2173534,21
2173529,26
2173533,22
2173534,84
2173537,41
2173544,58
2173554,23
2173567,23
2173569,81
2173575,95
2173585,55
2173595,3
2173610,09
2173613,4
207

===== PÁGINA 208 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
MOJON
2865
2866
2867
2868
2869
2870
2871
2872
2873
2874
2875
2876
2877
2878
2879
2880
2881
2882
2883
2884
2885
2886
2887
2888
2889
2890
2891
2892
2893
2894
2895
2896
2897
2898
4671982,79
4671980,97
4671982,58
4671984,58
4671985,79
4671987,14
4671986,55
4671985,75
4671984,77
4671982,29
4671976,06
4671962,32
4671956, 1
4671955,12
4671954,5
4671953,45
4671942,26
4671935,49
4671928,54
4671920,06
4671877,91
4671875,73
4671870,71
4671782,97
4671780,66
4671781
4671778,98
4671775,08
4671762,68
4671745,15
4671737,35
4671729,93
4671723,6
4671713,13
MOJON
2188780,55
5833
2188793,25
5834
2188806,74
5835
2188819,77
5836
2188827,64
5837
2188841,92
5838
2188843,6
5839
2188845,2
5840
2188846,69
5841
2188849,4
5842
2188856,23 5843
2188866,58
5844
2188884,45
5845
2188889
5846
2188891,87
5847
2188896,76
5848
2188924,05
5849
2188940,55
5850
2188941,05
5851
2188941,66
5852
2188944,67
5853
2188944,83
5854
2188945,19
5855
2188951,46
5856
2188951,63
5857
2188962,35
5858
2188962,32
5859
2188962,28
5860
2188962,13
5861
2188961,5
5862
2188959,82
5863
2188958,22
5864
2188956,87
5865
2188954,63
5866
4678991
4678991,99
4678992,52
4678992,94
4678993,23
4678993,51
4678993,94
4678994,42
4678994, 16
4678992,45
4678991 ,52
4678991 ,5
4678991
4678991
4678991
4678991
4678990,88
4678984,64
4678978,46
4678969,5
4678961,14
4678952,72
4678947,55
4678939, 19
4678935,76
4678934,07
4678929,62
4678924,05
4678920,4
4678918,64
4678918,16
4678915, 13
4678902,5
4678899,97
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gpv.co
2173615,55
2173618,09
2173620,32
2173623,18
2173626,12
2173628,65
2173630,98
2173633,47
2173635,68
2173637,72
2173639,49
2173639,55
2173642,5
2173646,66
2173649,12
2173652,03
2173654,34
2173656,26
2173658,15
2173660,91
2173663,48
2173666,06
2173667,65
2173670,22
2173662,51
2173658,07
2173646,33
2173629,27
2173612,7
2173605,7
2173603,81
2173599,83
2173612,39
2173603,08
208

===== PÁGINA 209 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DF ANDES
MOJON
2899
2900
2901
2902
2903
2904
2905
2906
2907
2908
2909
2910
291 1
2912
2913
2914
2915
2916
2917
2918
2919
2920
2921
2922
2923
2924
2925
2926
2927
2928
2929
2930
2931
2932
4671713,05
4671691,54
4671690,55
4671675,65
4671663,24
4671662,51
4671648,98
4671639,91
4671638,73
4671632,2
4671627,78
4671502,81
4671487,56
4671478,95
4671477,62
4671468,01
4671460,46
4671457,4
4671439,52
4671426,93
4671413,04
4671403,36
4671383,59
4671371 ,55
4671365,07
4671364,51
4671364,26
4671364,54
4671364,9
4671371
4671380,37
4671381 ,32
4671379,44
4671376,44
MOJON
2188954,61
5867
2188949,03
5868
2188948,41
5869
2188939,14
5870
2188934,75
5871
2188934,5
5872
2188929,72
5873
2188927,39
5874
2188927,09
5875
2188927,29
5876
2188927,43
5877
2188931,31
5878
2188913,15
5879
2188905,43
5880
2188904,24
5881
2188893,34
5882
2188883,24
5883
2188879,14
5884
2188867,27
5885
2188859,03
5886
2188855,74
5887
2188854,02
5888
2188850,51
5889
2188849,71
5890
2188849,29
5891
2188848,02
5892
2188847,45
5893
2188841,18 5894
2188833,23
5895
2188814,69
5896
2188791
5897
2188772,01
5898
2188751,63
5899
2188740,39
5900
x
4678896,89
4678896,61
4678891
4678892,86
4678890,43
4678891,62
4678889
4678891
4678887,18
4678880,77
4678877
4678873,26
4678870,72
4678868,83
4678868,27
4678869,7
4678870,27
4678870,43
4678872,36
4678860,24
4678855,36
4678853,82
4678850,32
4678851,19
4678843,09
4678844,67
4678834,21
4678832,48
4678822,37
4678819,8
4678812,47
4678812,83
4678807,38
4678806,94
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2173605,7
2173605,36
2173609,17
2173610,81
2173612,9
2173614,23
2173616,4
2173618,92
2173622,27
2173627,24
2173630,41
2173633,55
2173630,54
2173632,22
2173632,72
2173645,02
2173649,37
2173650,59
2173664,33
2173669,12
2173671,04
2173671
2173673,04
2173669,31
2173666,74
2173661,83
2173654,9
2173653,54
2173645,58
2173646,49
2173645,65
2173642,29
2173641,77
2173644,74
209

===== PÁGINA 210 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O PF ANDES
AMOJON
2933
2934
2935
2936
2937
2938
2939
2940
2941
2942
2943
2944
2945
2946
2947
2948
2949
2950
2951
2952
2953
2954
2955
2956
2957
2958
2959
2960
2961
2962
2963
2964
2965
2966
4671370,79
4671367,46
4671368,11
4671376,03
4671378,45
4671381,78
4671386,5
4671389,6
4671397,06
4671397,26
4671398,38
4671407,83
4671409,56
4671417,89
4671425,24
4671426,66
4671429,23
4671429,51
4671432,28
4671437
4671449,86
4671457,82
4671468,24
4671476,87
4671477,02
4671485,54
4671492,72
4671495,37
4671497,93
4671501,9
4671506,23
4671509,67
4671511,66
4671515,07
2188727,17
2188715,27
2188707,66
2188699,38
2188694,53
2188690, 16
2188683,96
2188679,89
2188673,15
2188672,98
2188671,96
2188661,36
2188659,42
2188649,74
2188642
2188640,49
2188638,82
2188638,56
2188636,58
2188633,29
2188627,57
2188624,48
2188620,66
2188618,01
2188617,97
2188615,73
2188614,2
2188613,63
2188613,78
2188614,41
2188616,53
2188615,72
2188616,58
2188618,09
MOJON
5901
5902
5903
5904
5905
5906
5907
5908
5909
5910
5911
5912
5913
5914
5915
5916
5917
5918
5919
5920
5921
5922
5923
5924
5925
5926
5927
5928
5929
5930
5931
5932
5933
5934
4678796,09
4678785,98
4678786,61
4678786,9
4678786,22
4678790,13
4678790,71
4678790,81
4678787,49
4678787,15
4678786,24
4678785,89
4678785,27
4678783,66
4678781 ,93
4678780,65
4678779,46
4678777,75
4678777,13
4678776,05
4678774,26
4678773,32
4678769,28
4678764,32
4678761,76
4678758,86
4678758,82
4678756,45
4678753,17
4678743,49
4678740,21
4678738,42
4681458,51
4681457,69
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
2173643,43
2173656,48
2173661 ,78
2173662,14
2173662,71
2173667,97
2173672,3
2173673,08
2173679,24
2173679,88
2173681,56
2173682,21
2173682,01
2173681
2173680,78
2173680,43
2173679,77
2173678,36
2173678
2173677,56
2173676,82
2173676,42
2173672,09
2173667,13
2173665,24
2173663,1
2173663,06
2173661,19
2173658,74
2173648,7
2173645,56
2173643,4
2185126,08
2185125,81
210

===== PÁGINA 211 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
MOJON
MOJON
2967
2968
4671518,25
2188618,8 5935
4671521,19
2188619,03 5936
4681458,19
2185126,73
4681458,51
2185126,08
ARTÍCULO 47.
ORDENACIÓN DEL SUELO RURAL. De acuerdo con las determinantes para el
ordenamiento del suelo rural establecidas en el Decreto Nacional 3600 de 2007, compilado en el
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, para efectos de 10 dispuesto en los artículos 14, 16.3 y
17 de la Ley 388 de 1997, en el componente rural del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, y en su
cartografía, se debefán determinar y delimitar cada una de las categorías de protección y de desarrollo
restringido a que se refieren los siguientes incisos, con la definición de los lineamientos de
ordenamiento y la asignación de usos principales, compatibles, condicionados y prohibidos
correspondientes.
1.
2.
Categorías de Protección: Entre las categorías de protección en el suelo rural que constituyen
suelos de protección en los términos del artículo 35 de la Ley 388 de 1997, y que por ello tienen
restringida la posibilidad de urbanizarse, se encuentran según el artículo 2.2.2.2.1.4. del Decreto
Único Reglamentario 1077 de 2015:
a.
b.
c.
d.
e.
Las áreas de conservación y protección ambiental, entre las cuales tenemos las áreas del
sistema nacional de áreas protegidas -SINAP, las áreas de serva forestal, las áreas de manejo
especial y las áreas de especial importancia ecosistémica, tales como páramos y subpáramos,
nacimientos de agua, zonas de recarga de acuíferos, rondas hidráulicas de los cuerpos de
agua, humedales, pantanos, lagos, lagunas, ciénagas, manglares y reservas de flora y fauna.
Las áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales.
Las áreas e inmuebles considerados como patrimonio cultural.
Las áreas del sistema de servicios públicos domiciliarios.
Las áreas de amenaza y riesgo.
Categorías de Desarrollo Restringido: Con respecto a las categorías de desarrollo restringido
en el suelo rural, tenemos que cuando determinadas áreas o porciones del suelo rural reúnan
condiciones para el desarrollo de núcleos de población rural, para la localización de actividades
económicas y para la dotación de equipamientos comunitarios, estas se podrán delimitar en las
siguientes categorías de acuerdo con 10 establecido en el artículo 2.2.2.2.1.4. del Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
211

===== PÁGINA 212 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE
a.
b.
c.
d.
Los suelos suburbanos con la definición de la unidad mínima de actuación y el señalamiento
de los índices máximos de ocupación y construcción, los tratamientos y usos principales,
compatibles, condicionados y prohibidos.
Los centros poblados rurales con la adopción de las previsiones necesarias para orientar la
ocupación de sus suelos y la adecuada dotación de infraestructura de servicios básicos y de
equipamiento comunitario.
La identificación y delimitación de las áreas destinadas a vivienda campestre, con la definición
de las normas urbanísticas de parcelación.
La localización prevista para los equipamientos de salud, educación, bienestar social, cultural
y deporte.
En el plano 8_FR2_CategoriasSueloRural, se delimitan las categorías de protección y desarrollo
restringido en suelo rural.
ARTÍCULO 48.
POMCA COMO DETERMINANTE EN LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO EN EL
MUNICIPIO adóptese las siguientes medidas de manejo establecida en el POMCA del rio San Juan
para la zonificación que aplica para el Municipio de Andes.
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
Conservación y
Áreas
protección
protegidas
ambiental
Subzonas de uso y
manejo
Áreas del SINAP
Descriptor
RFPR Farallones del
Citará
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
Medidas de manejo
EI manejo de estas
áreas debe ser acorde
a 10 definido en su Plan
de Manejo o estudio
que la Autoridad
Ambiental tenga para
212

===== PÁGINA 213 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
Subzonas de uso y
manejo
Descriptor
Medidas de manejo
ello. No permite
categoría de desarrollo
restringido.
Los municipios
deberán tener en
cuenta para incorporar
en sus POT, 10
establecido en el
Decreto 1076 de 2015,
en relación a la función
amortiguadora de la
superficie de territorio
circunvecina y
colindante a las áreas
protegidas, de tal
manera que su
ordenamiento se
DMI Cuchilla Jardín
oriente a atenuar y
Támesis
prevenir las
perturbaciones sobre
las áreas protegidas.
Serán objeto de
concertación los
criterios para la
determinación del área
de amortiguamiento a
partir, entre otras, de
las siguientes
variables: del tamaño
de los predios, índice
de ocupación, el uso
actual o proyectado,
del tipo de área
protegida, zonificación,
presencia de bosques
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
213

===== PÁGINA 214 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O ANOES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
Áreas de
protección
Subzonas de uso y
manejo
Áreas
complementarias
Descriptor
Áreas de
importancia
ambiental
declaradas en los 8
para la conservación
EOT, PBOT y/o POT
vigentes.
Medidas de manejo
riparios, zonas de
amenaza, pendientes,
densidad hídrica, entre
otras; de cualquier
forma, se deberá
propender por la
protección del recurso
hídrico, por 10 que esta
zona puede contener
rastrojos o vegetación
secundaria; y,
dependiendo del tipo
de área protegida,
podrán ejecutarse
actividades
agropecuarias y
extractivas sostenibles,
de regular o baja
intensidad.
Su manejo debe ser
acorde con el sustento
que dio origen a la
categoría de
protección en los POT,
PBOT o EOT. No
permite categoría de
desarrollo restringido.
En caso que en la
revisión, modificación o
ajuste posterior de los
POT, PBOT o EOT se
planteen cambios por
parte de los municipios
en los suelos de
protección
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
214

===== PÁGINA 215 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
Subzonas de uso y
manejo
Áreas de
importancia
ambiental
Descriptor
AICA Bosques
Medidas de manejo
determinados por este,
y no declaradas por las
autoridades
ambientales
considerados en el
POMCA, se deberán
sustentar técnicamente
y surtir el proceso de
modificación y ajuste
del POT, PBOT o EOT.
EI manejo de esta área
debe ser acorde a lo
definido en estudios u
orientaciones que la
Autoridad Ambiental o
entidad competente
disponga. A escala
Montanos del Sur de
adecuada, trazar
Antioquia — C0024
esquemas de
conectividad para
promover la protección
de bosques al interior
de esta figura de
conservación
EI manejo de estas
áreas debe ser acorde
a 10 definido en los
Zonas pantanosas;
Planes de Manejo
páramos, bosque
cuando hagan parte de
seco tropical,
áreas protegidas ya
nacimientos de agua
declaradas. En casos
y rondas hídricas
opuestos, como las
rondas hídricas en
general, se debe
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
215

===== PÁGINA 216 =====
MU,VC/PfO DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
CONCEJO
MUNICIPAL
Subzonas de uso y
Descriptor
manejo
Bosque de galería
y/o ripario, bosques
densos, bosques
fragmentados
Medidas de manejo
orientar su manejo por
estudios u
disposiciones dadas
por la Autoridad
Ambiental.
EI manejo de esta área
debe ser acorde con 10
definido en estudios u
orientaciones que la
Autoridad Ambiental
disponga. Sin
embargo, aunque no
son determinantes
ambientales, se deben
coordinar acciones con
la Autoridad Ambiental
y establecer políticas
locales para la
consolidación de estos
corredores naturales
en función de la
conectividad
ecosistémica re ional.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concefo@Andes-antioquia.qov.co
216

===== PÁGINA 217 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,vcpro DE AA'PES
Categoría de
ordenación
Zoz
Zonas de
uso y
manejo
Subzonas de uso y
manejo
Áreas de amenaza
Descriptor
Zonas que
presentan amenaza
alta
Medidas de manejo
Estas áreas podrán ser
ampliadas y/o re
categorizadas por los
municipios en el
proceso de
concertación del POT,
sustentado en los
estudios que por
competencia le
corresponde realizar,
acorde con el Decreto
1807 de 2014
incorporado en el
Decreto 1077 de 2015,
en el Artículo
2.2.2.1 ,3.1
Parágrafo 4: "Si al
momento de la revisión
de los contenidos de
mediano y largo plazo
de los planes de
ordenamiento territorial
o la expedición de un
nuevo POT, se cuenta
con un Plan de
Ordenación y Manejo
de Cuencas
Hidrográficas aprobado
y el mismo incluye los
análisis de amenazas,
éstos sirven de insumo
para la elaboración de
los estudios básicos en
suelo rural".
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
217

===== PÁGINA 218 =====
DE AUDES
Zonas de
Categoría de
LISO y
ordenación
mane•o
CONCEJO
MUNICIPAL
Subzonas de uso y
Descriptor
manejo
Medidas de manejo
En el proceso de
concertación del POT,
los municipios deben
realizar los estudios
básicos y detallados
según 10 dispuesto en
ei Decreto ei 1077 de
2015, estableciendo en
su artículo
2.2.2.1.3.3.2., numeral
3.1 del Decreto 1807
de 2014 cuales áreas
deben estar incluidas
en los suelos de
protección en los POT.
Teniendo en cuenta 10
dispuesto en el Artículo
2.2.2.1.3.1.3,
Parágrafo 4: "Si al
momento de la revisión
de los contenidos de
mediano y largo plazo
de los planes de
ordenamiento territorial
o la expedición de un
nuevo POT, se cuenta
con un Plan de
Ordenación y Manejo
de Cuencas
Hidrográficas aprobado
y el mismo incluye los
análisis de amenazas,
éstos sirven de insumo
para la elaboración de
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
218

===== PÁGINA 219 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
Categoría de
ordenación
Zonas de
uso y
mane•o
Subzonas de uso y
manejo
Áreas de
restauración
Descriptor
Áreas de
restauración
ecológica
Medidas de manejo
los estudios básicos en
suelo rural", se debe
tener en cuenta los
mapas con la
categorización de las
amenazas generados
en ei POMCA, ya que
estos constituyen un
insumo técnico en los
procesos de revisión y
ajuste de los POT. Una
vez el municipio,
realice sus estudios
básicos siguiendo los
preceptos del Decreto
1807 de 2014, deberá
demostrar
técnicamente las
modificaciones en la
categorización del nivel
de amenaza.
Seguimiento y control
de los procesos de
restauración de estas
áreas. Priorización de
áreas para la
intervención en
restauración.
Se deben realizar
acciones para la
restauración ecológica
y en caso de que aún
no hagan parte del
sistema de áreas
protegidas gestionar su
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
219

===== PÁGINA 220 =====
MUNC,'PfO DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
CONCEJO
MUNICIPAL
Subzonas de uso y
Descriptor
manejo
Áreas de
rehabilitación
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Medidas de manejo
posible incorporación.
EI manejo de esta área
debe ser acorde a 10
definido en su Plan de
Manejo, estudios u
orientaciones que la
Autoridad Ambiental
tenga para ello. No
permite categoría de
desarrollo restringido.
Se debe realizar el
seguimiento necesario
para que se ejecuten
las obras de
rehabilitación
necesarias de acuerdo
con el tipo de sobre
utilización severa que
se haya ejercido sobre
estos territorios.
Implementación de
técnicas con el objeto
de mejorar la
estructura o
funcionalidad del
ecosistema que da
origen a la protección
para mejorar la
productividad y la
oferta de bienes y
servicios ambientales,
sin tener que volver al
ecosistema original.
Se deben proponer
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
220

===== PÁGINA 221 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MO'A'C/P,'O DE ANDES
Categoría de
ordenación
Uso Múltiple
Zonas de
uso Y
manejo
Áreas para la
producción
agrícola,
ganadera y
de uso
sostenible de
recursos
naturales
Subzonas de uso y
manejo
Áreas agrícolas y
áreas agrícolas
condicionadas
Descriptor
cultivos o pastoreo
Medidas de manejo
sistemas productivos
menos intensivos con
el fin de garantizar la
sostenibilidad de la
base natural de los
bienes y servicios
ambientales.
Acciones propias de la
Autoridad Ambiental
orientadas a mejores
prácticas productivas
para el uso sostenible
de los recursos
naturales.
Promoción, desarrollo
e implementación de
paquetes tecnológicos
para mejorar la
productividad y reducir
el consumo de
recursos naturales.
Promoción de la
identificación y
conservación de áreas
de importancia
ambiental en estas
zonas.
EI municipio debe
tener en cuenta cuáles
áreas debe orientar a
la categoría de
protección para
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
221

===== PÁGINA 222 =====
MUNC/P/C DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
mane o
CONCEJO
MUNICIPAL
Subzonas de uso y
manejo
Áreas
Descriptor
Sistema forestal
productor y
agrosilvopastoriles y
protector, sistemas
áreas
agrosilvopastoriles y
agrosilvopastoriles
sistemas
condicionadas
silvopastoriles.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Medidas de manejo
producción agrícola y
ganadera y de
explotación de
recursos naturales,
acorde con el Decreto
1077 de 2015.
Acciones propias de la
Autoridad Ambiental
orientadas a mejores
prácticas productivas
para el uso sostenible
de los recursos
naturales:
Promoción, desarrollo
e implementación de
paquetes tecnológicos
y asistencia técnica
para mejorar la
productividad, reducir
la sobreutilización de
suelo y el impacto
sobre los recursos
naturales.
- Apoyo a los
productores para
recuperación de
suelos.
- Promoción de la
identificación y
consentación de áreas
de importancia
ambiental en estas
Tel: 841 43 13 / E-mail: ConcejoQAndes-antioquia.qov.co
222

===== PÁGINA 223 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC7P/O DE ANDES
Categoría de
ordenación
Zonas de
uso y
manejo
Subzonas de uso y
manejo
Áreas urbanas
Descriptor
Áreas urbanas,
cabeceras y/o
centros poblados
Medidas de manejo
zonas.
- Promoción e
implementación de
áreas demostrativas y
pilotos de
ordenamiento predial
sostenible.
- Identificación de
zonas potenciales para
la construcción de
distritos de riego y
distritos de
conservación de
suelos.
Dado que este
polígono se obtuvo a
través de los POT
vigentes a la fecha de
formulación del
POMCA, se debe tener
en cuenta cuáles
suelos de expansión
acorde con la norma,
se han incorporado al
suelo urbano. Lo
anterior para actualizar
los perímetros urbanos
al momento de la
concertación de los
nuevos POT.
Puede haber variación
en función de las
actuaciones legales
existentes.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceip@Andes-antiqquia.qov.co
223

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MUNC,'P/O DE ANDES
Zonas de
Categoría de
uso y
ordenación
manejo
Áreas de
restauración
CONCEJO
MUNICIPAL
Subzonas de uso y
Descriptor
manejo
Áreas de
recuperación y
Áreas de
recuperación para
uso múltiple
(condicionada)
CAPÍTULO 4
GESTIÓN DEL RIESGO
Medidas de manejo
Seguimiento y control
de los procesos de
rehabilitación de estas
áreas con el
establecimiento de
prácticas sostenibles,
cuando el área se
derive del paso 3. Se
deben desarrollar
acciones que aporten a
la recuperación de las
coberturas. Desarrollar
prácticas sostenibles,
En 10 posible buscar
que prevalezca el
desarrollo acorde con
su aptitud.
Cuando se derive del
paso 5 se deben
desarrollar las
acciones de
recuperación del suelo
y geomorfológica
dependiendo del
conflicto que dio origen
a esta recuperación.
ARTÍCULO 49.
CONCEPTO DE GESTIÓN DEL RIESGO. La gestión del riesgo constituye un
tema determinante para la planificación del territorio; permite dar un paso fundamental para anticiparse
al riesgo con la implementación de las medidas para la mitigación y reducción de las amenazas que
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
224

===== PÁGINA 225 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Mú.wcpro DF ANDES
se incorporan en esta Revisión y Ajuste del PBOT, 10 cual permitirá salvaguardar la vida de los
habitantes del Municipio de Andes.
La planificación a través del ordenamiento del territorio urbano, rural y de expansión al mediano y largo
plazo, se convierte en la herramienta administrativa, técnica y jurídica, que propenda por el
mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Andes y por el cerramiento de
brechas de tipo económico-social, es por este motivo, que la gestión del riesgo es el pilar fundamental
para la toma de decisiones en función de prevenir, mitigar o corregir las fallas urbanísticas que se
puedan presentar a causa del asentamiento urbanístico o la proyección de infraestructura en
cualquiera de los suelos mencionados anteriormente.
ARTÍCULO 50.
AMENAZA ALTA EN EL MUNICIPIO. Las áreas mayormente afectadas por
amenaza alta ante movimiento en masa se encuentran en el suelo rural, encontrándose las siguientes
medidas no estructurales:
La faja central correspondiente al 39% del área del Municipio, la cual incluye los centros
poblados de Santa Rita, Santa Inés y Chaparrala, presenta zonas en categoría de amenaza
baja en un 5% correspondiente a 0.086 km2, la media se define en un 25% equivalente a 0.39K
km2 y el 70% restante es de clasificación de amenaza alta, que equivale a 1.16 km. Según
estas clasificaciones, se recomienda trabajar toda esa faja como un terreno de Amenaza Alta;
esta zona está afectada principalmente por las variables coberturas vegetales y pendientes del
terreno. En caso de requerir algún tipo de intervención se recomienda, en forma mínima, la
visita de un experto y/o estudios a detalle.
EI área actual de protección de los Farallones de Citará, presenta categorías principalmente de
amenaza Baja o media, esto dado que la cobertura vegetal es una condición que favorece la
estabilidad del terreno y por ende a la baja influencia de movimientos en masa; es por esto que
se recomienda mantener y promover el actual uso del suelo de la zona.
Hacia el sur del Municipio, en límites con el departamento de Risaralda, se presenta una zona
con Susceptibilidad Alta en todas las metodologías, al igual que su Amenaza, por 10 que se
recomienda evaluar el uso del suelo y mejorar su protección por medio de coberturas vegetales.
En el sector oeste del centro poblado de San José, se presentan zonas con categoría de
Amenaza Alta y con evidencias de fenómenos recientes activos y procesos de erosión de tipo
reptación, donde es conveniente realizar estudios de detalle.
EI sector norte, contiguo al río San Juan, se define una Amenaza Alta, por tanto, es
recomendable la evaluaciones detallada y mitigar procesos erosivos a través del mejoramiento
de la cobertura vegetal.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
225

===== PÁGINA 226 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
los
planos
ACR Cabecera;
44 FU ACA ACR SanJose,
47_FU_ACA_ACR_Taparto se delimitan las áreas con amenaza alta por movimiento en masa en el
Municipio de Andes.
PARÁGRAFO 1. Los detalles de las áreas en amenaza ante los diferentes tipos de eventos se
encuentran denotadas en el Estudio Básico de Amenazas incorporado en el documento de diagnóstico
del PBOT, mismo que hace parte integral del presente Acuerdo.
PARÁGRAFO 2. La Administración Municipal deberá tomar decisiones y definir condiciones de
intervención hacia el territorio municipal de Andes, que permitan respetar las restricciones naturales y
potenciar las oportunidades de tipo físico que se presenten en algunos lugares de la zona rural, centros
poblados, corregimientos y suelo urbano. Las limitaciones impuestas por los taludes o laderas de
algunas colinas que predominan en el Municipio exigen la toma de decisiones para evitar la ocupación
en los bordes de estas laderas y menos al interior de estas.
ARTÍCULO 51.
ÁREAS EN CONDICIÓN DE AMENAZA Y RIESGO. EI Municipio de Andes,
identifico en los Estudios Básicos, áreas con condición de amenaza y riesgo, que deberán implementar
estudios de detalle para su futuro desarrollo.
En el plano 9_FR3 ACA DesarrolloRestringido se delimitan las áreas en condición de amenaza y
riesgo en el Municipio de Andes.
ARTÍCULO 52.
MEDIDAS Y CONDICIONES A IMPLEMENTAR. Las medidas y condiciones a
implementar para la gestión del riesgo en el Municipio, deben estar en función de la prevención,
mitigación y corrección de cualquier tipo de impacto negativo sobre el territorio municipal, haciendo
énfasis hacia los asentamientos humanos con la finalidad de garantizar un adecuado desarrollo en la
planificación del territorio. A continuación, se presentan las condiciones que se deben tener en cuenta
dentro de la gestión del riesgo para la planificación del territorio:
1. Se prohíbe la construcción de cualquier tipo de infraestructura o asentamiento humano (a
excepción de los que tengan estudio de detalle y cuente con los respectivos permisos de la
autoridad competente o a quien corresponda) en áreas forestales protectoras de los ríos,
quebradas y arroyos las cuales son de mínimo treinta (30) metros a lado y lado a partir de la orilla
de cada fuente hídrica, ya sea en la parte urbana o rural.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antigquia.qov.co
226

===== PÁGINA 227 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA/C/P/O DE ANDES
2. Se prohíbe la construcción de cualquier tipo de infraestructura o asentamiento humano (a
excepción de las que tengan estudio de detalle y cuente con los respectivos permisos de la
autoridad competente o a quien corresponda) en zonas de nacimiento de fuentes hídricas, para 10
cual, se debe proteger cien (100) metros a la redonda medidos a partir de su periferia, ya sea que
se encuentre en zona urbana o rural.
3. Se prohíbe la construcción de cualquier tipo de infraestructura o asentamiento humano (a
excepción de los que tengan estudio de detalle y cuente con los permisos de la autoridad
competente o a quien corresponda) en áreas forestales protectoras de los humedales, las cuales
son de mínimo treinta (30) metros alrededor a partir de la delimitación del cuerpo de agua, ya sea
en la parte urbana o rural.
TÍTULO 4
ESTRUCTURA FUNCIONAL
ARTÍCULO 53.
CONCEPTO DE ESTRUCTURA FUNCIONAL: La estructura funcional se
compone del conjunto de sistemas que constituyen la ocupación del espacio colectivo, y que hacen
parte de los servicios públicos necesarios y disponibles para todos los habitantes del Municipio; se
encuentra conformada por:
1
2.
3.
4.
5.
EI sistema de espacios públicos.
EI sistema de equipamientos.
EI sistema de movilidad.
EI sistema servicios públicos.
EI sistema de patrimonio.
CAPÍTULO 1
SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO
ARTÍCULO 54.
CONCEPTO DE SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO. EI sistema de espacios
públicos está conformado por elementos del orden natural y, artificiales y construido, que se articulan
entre sí y estructuran la ocupación del suelo municipal. EI Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015
define el espacio público como el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y
naturales de los inmuebles privados destinados por naturaleza, usos o afectación a la satisfacción de
necesidades urbanas colectivas.
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Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
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MUA'C/P/O DE ANDES
ARTÍCULO 55.
CONCEJO
MUNICIPAL
SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO. EI sistema de espacio público del
Municipio de Andes está conformado por el conjunto de los siguientes elementos constitutivos
y complementarios:
1.
a.
b.
c.
2.
a.
b.
c.
d.
Elementos constitutivos naturales: Los elementos constitutivos naturales del espacio público en
el Municipio de Andes están conformados por los siguientes elementos:
Áreas para la conservación y preservación del sistema orográfico o de montañas: altos,
cuchillas, entre otras.
Áreas para la conservación y preservación del sistema hídrico: Conformado por elementos
naturales relacionados con corrientes de agua, tales como ríos, quebradas, arroyos, áreas
forestales protectoras del recurso hídrico, zonas de manejo y protección ambiental, y
relacionados con cuerpos de agua, tales como lagos, lagunas, pantanos, humedales, retiros a
drenajes, zonas de manejo y protección ambiental. Para Andes corresponde a las franjas de
retiro o las áreas forestales protectoras del recurso hídrico de todas las quebradas y ríos del
Municipio.
Áreas de interés ambiental, científico y paisajístico: Estas también hacen parte de estos
elementos constitutivos naturales, pues son áreas que están libres de construcciones
precisamente por las restricciones ambientales que poseen, como las fuertes pendientes o la
inclinación del terreno, alrededor de la cabecera urbana de Andes.
Elementos constitutivos artificiales o construidos: Dentro del mismo artículo se definen los
elementos artificiales que hacen parte del sistema de espacios públicos, indicando que hacen parte
de estos:
Áreas integrantes de los perfiles viales peatonal y vehicular.
Áreas articuladoras de espacio público y de encuentro, tales como: parques urbanos, zonas de
cesión gratuita al Municipio o distrito, plazas, plazoletas, escenarios deportivos, escenarios
culturales y de espectáculos al aire libre.
Áreas para la conservación y preservación de las obras de interés público y los elementos
urbanísticos, arquitectónicos, históricos, culturales, recreativos, artísticos y arqueológicos, las
cuales pueden ser sectores de ciudad, manzanas, costados de manzanas, inmuebles
individuales, monumentos nacionales, murales, esculturales, fuentes ornamentales y zonas
arqueológicas o accidentes geográficos.
Son también elementos constitutivos del espacio público las áreas y elementos arquitectónicos
espaciales y naturales de propiedad privada que, por su localización y condiciones ambientales
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Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
che
mvu¿
DE ANDES
y paisajísticas, sean incorporadas como tales en los planes de ordenamiento territorial y los
instrumentos que 10 desarrollen, tales como cubiertas, fachadas, paramentos, pórticos,
antejardines, cerramientos.
e. De igual forma se considera parte integral del perfil vial, y por ende del espacio público, los
antejardines de propiedad privada.
PARÁGRAFO. Los elementos constitutivos del espacio público, de acuerdo con su área de Influencia,
manejo administrativo, cobertura espacial y de población, se clasifican erv
Elementos del nivel estructural o de influencia general, nacional, departamental, metropolitano,
a.
municipal, o distrital de ciudad;
b. Elementos del nivel municipal o distrital, local, zonal y barrial al interior del Municipio o distrito.
ARTÍCULO 56.
INVENTARIO Y CLASIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
DEL ESPACIO PÚBLICO. Adóptese como elementos constitutivos del espacio público del Municipio
de Andes los relacionados en la siguiente tabla, los mismos que se identifican y delimitan en los planos
24 4 DF_Equipamientos_Cabecera;
25 5 DF_Equipamientos_BuenosAires;
26_6_DF_Equipamientos_SanJose;
27 7 DF_Equipamientos_Santalnes;
28 8_DF_Equipamientos_SantaRita y 29_9_DF_EquipamientosTaparto.
U *TADO po
Río San
Juan
Quebrada
La
Chaparrala
Cascada
Chorro
blanco
Cueva de
La
Armonía
Cavernas
de San
Fernando
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Cuerpos
de agua
Cuerpos
de agua
Cuerpos
de agua
Orográfic
os
Orográfic
os
Vereda Ato
Cañaveral
Vereda Alto
Cañaveral
Vereda San
Fernando
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
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Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
229

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
Los
Chorros de
Tapartó
Cascada EI
Cóndor
Las Tinajas
Chorro de
La Secreta
Minas de
Oro del
Chaquiro
Laguna
Santa Rita
EI Salao
Zonas
verdes de
los predios
privados
urbanos
Ecoparque
Regional
Mario
Aramburo
Restrepo
Zonas
verdes de
los predios
públicos
urbanos
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Naturales
Construidos
Naturales
Cuerpos
de agua
Cuerpos
de agua
Cuerpos
de agua
Cuerpos
de agua
Orográfic
os
Cuerpos
de agua
Orográfic
os
Zonas
verdes
Parque
Zonas
verdes
Vereda La
Rochela
Vereda La
Rochela
Vereda La
Rochela
La Secreta-
Quebrada
Arriba
Vereda La
Soledad
Cerro
Caramanta -
Santa Rita
Vereda San
Pedro
Vereda La
Bodega
Zonal
Regional
Zonal
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Privado
Privado
Publico
230

===== PÁGINA 231 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PfO DE ANDES
Parque
Plaza de
ferias
Parque
principal
San Pedro
Parque La
Carbonera
Parque
San
Cayetano
Parque
principal de
Andes
Pasaje
peatonal
Parque
lineal San
Juan La
Chaparrala
Parque
Preventorio
Parque
Brisas del
San Juan
Teatro al
aire libre
Parque
principal
Tapartó
Parque
principal
Buenos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Escenario
Parque
Parque
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Cabecera
municipal
Tapartó
Buenos
Aires
Barrial
Zonal
Barrial
Barrial
Municipal
Zonal
Zonal
Barrial
Barrial
Zonal
Zonal
Zonal
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
231

===== PÁGINA 232 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O ANDES
Parque
infantil
Buenos
Aires
Parque
Principal
San José
Parque
infantil San
José
Parque
principal
Santa Rita
Parque
principal
Santa Inés
Parque
infantil
Santa Inés
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Construidos
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Buenos
Aires
San José
San José
Santa Rita
Santa Inés
Santa Inés
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Existente
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
PARÁGRAFO: Los elementos naturales mencionados hacen parte integral del sistema de espacio
público natural rural, pero por su especial condición de protección no se contabilizan para efectos del
espacio público efectivo municipal, ni serán objeto de programas y proyectos de infraestructura
directos. En este sentido, los programas y proyectos enfocados al cuidado, reconocimiento y
aprovechamiento de dichos elementos en la presente revisión, se enfocan en el mejoramiento del
subsistema vial y del sector turismo como elementos de conexión e interacción entre los elementos
naturales rurales y los sistemas de espacio público del suelo urbano.
ARTÍCULO 57.
ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS. Adóptese
elementos
como
complementarios del sistema de espacio público del Municipio de Andes los citados a continuación:
1. Componente de vegetación: corresponde a todos aquellos elementos para jardines, arborización
y protección del paisaje, tales como: vegetación, herbácea o césped, jardines, arbustos, setos o
matorrales, árboles o bosques.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
232

===== PÁGINA 233 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C7P/O DE AVES
2. Componente de amoblamiento urbano: corresponde a bancas, luminarias (peatonales y
vehiculares), juegos infantiles, canecas de basura, pasamanos, teléfonos públicos, buzones,
bolardos, semáforos, baños públicos, paraderos, tope llantas.
3. Componente de señalización: Señales de tránsito y nomenclatura.
ARTÍCULO 58.
PROGRAMAS Y PROYECTOS SOBRE EL ESPACIO PÚBLICO. Adóptese
como programas y proyectos para la consolidación del espacio público del Municipio de Andes, los
indicados en la siguiente tabla, y los cuales harán parte del programa de ejecuciones del presente Plan
Básico de Ordenamiento Territorial:
TEMA
PROGRAMA
Programa de
construcción y
PROYECTO
Mejoramiento
de los parques
de los suelos
urbanos
municipales
DESCRIPCION
CORTO
PLAZO
MEDIANO
x
x
LARGO
Programa de
mejoramiento
sostenido del
espacio público
efectivo
municipal, con
el fin de
subsanar los
déficits actuales
y crear una
mejor relación
con el entorno y
aprovechamient
o de la
oblación.
Proyectar la
construcción
del parque
lineal San Juan
- La Chaparrala
en su
continuación
sobre la
Quebrada La
Cha arrala
x
ESPACIO mejoramiento
PÚBLICO de espacios
públicos
efectivos
Continuación
del proyecto del
parque lineal
San Juan - La
Chaparrala
hacia el sector
Plaza de
Ferias, y aguas
arriba de La
Cha arrala
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39,
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gpv.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
233

===== PÁGINA 234 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
paralelo a la
Diagonal 53
Proyección y
creación del
proyecto del
DESCRIPCION
CORTO
sobre la
Diagonal 53,
con el fin de
garantizar su
continuidad en
el sistema de
conexiones
planteado en el
modelo de
ocupación
urbano
Proyectar la
construcción
del parque
lineal de la
Quebrada La
espacio público
Chaparralita
Parque Lineal
teniendo en
paralelo a la
cuenta su
Quebrada La
continuidad
Chaparralita en
integrada al
el suelo con
sistema de
tratamiento de
conexiones
Desarrollo de la
planteado en el
Cabecera
modelo de
municipal
ocupación
urbano.
Proyectar la
construcción
del parque
Creación del
lineal de la
espacio público
Quebrada La
del Mirador
Chaparralita
Andino en el
teniendo en
barrio Ciudad
cuenta su
Cori
continuidad
integrada al
sistema de
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
PLAZO
MEDIANO
x
x
'LARGO
x
x
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
234

===== PÁGINA 235 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
c Vuzegk'
MUA'CfP/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Proyección y
creación de
DESCRIPCION
CORTO
conexiones
planteado en el
modelo de
ocupación
urbano.
Proyectar la
construcción
del nuevo
espacio público
municipal
sostenible en el
suelo de
Desarrollo,
teniendo en
cuenta su
continuidad
espacio público
integrada al
de carácter
sistema de
municipal en el
PLAZO
MEDIANO
x
LARGO
x
suelo de
desarrollo
urbano de la
Cabecera de
Andes
conexiones
planteado en el
modelo de
ocupación
urbano, y su
proyección con
jerarquía
municipal para
configurar una
nueva
centralidad
urbana al norte
de la cabecera
munici al.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
235

===== PÁGINA 236 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Proyección y
creación de
espacios
públicos de
carácter barrial
en los barrios
María
Auxiliadora, La
Aguada, y
Ferromesa de
la Cabecera
municipal
Creación del
espacio público
de sendero
ecológico
paralelo a la
Quebrada La
Chaparrala en
el barrio La
Cuchilla
DESCRIPCION
CORTO
PLAZO
MEDIANO
x
x
LARGO
Construcción
de espacio
públicos
efectivos
integrados al
sistema de
conexiones, y
generando
equilibrio de las
cargas urbanas
a partir de su
proyección
como
centralidades
complementaria
s de jerarquía
barrial
Proyectar la
construcción
del espacio
público
municipal
ecológico
asociado al
sendero de la
Quebrada La
Chaparrala que
conecte los
barrios La
Cuchilla y el
sector La
Cárcel,
teniendo en
cuenta su
continuidad
integrada al
sistema de
conexiones
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
236

===== PÁGINA 237 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MIJA'C/P'O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
incremento y
conocimiento
de los
elementos
naturales
PROYECTO
Creación del
plan de
movilidad
peatonal que
incluya el
mejoramiento y
conexión de las
escalinatas
urbanas
existentes,
senderos
urbanos, y
espacios
públicos, a
partir de
prolongaciones,
adecuaciones
de
accesibilidad, e
inclusión de
nodos de
espacios
públicos
efectivos en el
recorrido.
Intervención y
adecuación de
los perfiles
viales para la
creación de
jardineras,
espacios
DESCRIPCION
CORTO
planteado en el
modelo de
ocupación
urbano.
Realizar el
estudio de la
infraestructura
de escalinatas,
senderos y
andenes
peatonales
actuales del
Municipio, con
el fin de
priorizar
intervenciones
y articular las
estructuras
existentes con
el espacio
público
proyectado
Programa de
mejoramiento
sostenido del
espacio público
natural,
mediante la
implementación
de elementos
x
x
PLAZO
MEDIANO
x
x
LARGO
x
complementar
verdes
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Municipi
237

===== PÁGINA 238 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/PV DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
ios
municipales
PROYECTO
apertura de
antejardines a
la vía pública
Siembra de
elementos de
arborización,
engramado y
jardineras en
los espacios
públicos
existentes
Inventario de
especies
forestales y
vegetales, y
protección y
vinculación de
estas al
paisajismo
urbano con un
manejo
adecuado de
medidas de
silvicultura.
DESCRIPCION
CORTO
naturales que
resalten su
valor cualitativo
y generen
bienestar y
seguridad a la
oblación
Programa de
mejoramiento
sostenido del
espacio público
natural,
mediante la
implementación
de elementos
naturales que
resalten su
valor cualitativo
y generen
bienestar y
seguridad a la
oblación
Proyecto que
ayude al
conocimiento
de la diversidad
florística del
Municipio, ya la
implementación
de este
conocimiento
en la
construcción de
un espacio
público
saludable y
diverso.
x
x
PLAZO
MEDIANO
x
x
LARGO
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
Municipi
o
238

===== PÁGINA 239 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
TEMA
DE ANDES
PROGRAMA
Programa de
mejoramiento
y ampliación
del
amoblamiento
urbano
PROYECTO
Mantenimiento
de los
elementos
existentes de
DESCRIPCION
CORTO
Programa de
mejoramiento
sostenido de
los elementos
amoblamiento
artificiales del
en los parques,
plazas,
plazoletas,
edificios
públicos entre
otros.
Aumento y
mejoramiento
del
amoblamiento
urbano e
iluminación en
el espacio
público
(bancas,
iluminación
eficiente y
ecológica,
juegos
infantiles,
senderos en
zonas verdes,
otro mobiliario
urbano
Dotación de
sitios de
disposición de
residuos
(canecas) en
espacio público
que permiten la
circulación, su
aprovechamient
o y disfrute.
Programa de
aumento de los
elementos
artificiales del
espacio público
que permiten la
circulación,
seguridad, su
aprovechamient
o y disfrute.
Programa de
dotación de
canecas y otros
elementos de
limpieza,
x
x
x
PLAZO
MEDIANO
x
x
x
LARGO
x
x
x
todos los suelos recolección y
urbanos del
Municipio con
sistema de
clasificación de
residuos, que
ermitan
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
Municipi
o
Municipi
O
239

===== PÁGINA 240 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/HO DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
separación de
acuerdo a la
normativa
vigente.
Construcción y
dotación de
elementos de
movilidad
peatonal y
vehicular
(semáforos,
paraderos,
bolardos, guías
odo táctiles
Dotación de
elementos de
señalización de
movilidad
(semáforos,
señales de
tránsito,
paraderos,
bolardos, guías
Programa de
podo táctiles,
señalización
señalización
municipal
vial
Instalación de
placas de
nomenclatura y
tableros
informativos de
movilidad
DESCRIPCION
CORTO
mejorar el
paisaje urbano
aprovechamient
o de residuos.
Programa de
implementación
y construcción
de elementos
que ayuden al
x
orden y
seguridad en la
movilidad de
peatones y
conductores
Dotación de
elementos que
ayuden al
direccionamient
x
o y la ubicación
de la población
municipal y
turística
Dotación de
elementos que
ayuden al
direccionamient
x
o y la ubicación
de la población
municipal y
turística
PLAZO
MEDIANO
x
x
x
LARGO
x
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
Municipi
Municipi
o
240

===== PÁGINA 241 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PfO DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Instalación de
señales
turísticas
informativas de
ubicación,
tránsito y
conservación
de fauna.
DESCRIPCION
CORTO
Dotación de
elementos que
ayuden al
direccionamient
x
o y la ubicación
de la población
municipal y
turística
PLAZO
MEDIANO
x
LARGO
x
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Munici-
pio
ARTÍCULO 59.
ÍNDICE DE ESPACIO PÚBLICO EFECTIVO. EI Municipio al año 2023 posee un
índice de espacio público efectivo de 0,72 m2 por habitante, muy por debajo de 10 establecido por la
normativa (15 m2/hab.) y por debajo del promedio nacional (3 - 4 m2/hab.).
PARÁGRAFO. Se plantea en el largo plazo para el Municipio la meta de 3 m2 por habitante, que con
una población proyectada a 2.035 de 52.175 habitantes de acuerdo al censo DANE, implicaría el
crecimiento del espacio público efectivo municipal en 110.236 m2 para un total de 156.525 m2
ARTÍCULO 60.
INVENTARIO Y ÁREAS DE ESPACIO PÚBLICO EFECTIVO. Adóptese como
inventario y áreas del espacio público efectivo del Municipio de Andes, los elementos relacionados en
la siguiente tabla:
CABECERA MUNICIPAL
Nombre
Parque Plaza de ferias
Parque principal San Pedro
Parque La Carbonera
Parque San Cayetano
Parque principal de Andes
Pasaje peatonal
Teatro al aire libre
Parque lineal San Juan La Chaparrala
Tipo
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Parque
Escenario
Parque
Nombre
CABECERA MUNICIPAL
Tipo
Nivel
Barrial
Zonal
Barrial
Local
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Nivel
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Área m2
684,68
874,99
475,27
29,42
5358,86
648,36
254,52
3076,27
Area m2
241

===== PÁGINA 242 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/PtO DE ANDES
Zona verde preventorio
Parque Brisas de San Juan
Zonas verdes
Zona verde
Parque
TOTAL (m2)
CORREGIMIENTO TAPARTÓ
Nombre
Pa ue rincipal Tapartó
Zonas verdes
TOTAL (m2)
Tipo
Par ue
CORREGIMIENTO BUENOS AIRES
Nombre
Parque Principal Buenos Aires
Parque infantil Buenos Aires
Nombre
Parque infantil San José
Parque Principal San José
Nombre
Parque principal Santa Rita
Nombre
Par ue rinci al Santa Inés
Parque infantil Santa Inés
Tipo
Parque
Parque
TOTAL (m2)
CORREGIMIENTO SAN JOSÉ
Tipo
Parque
Parque
TOTAL (m2)
CORREGIMIENTO SANTA RITA
Tipo
Parque
CORREGIMIENTO SANTA INÉS
Tipo
Parque
Parque
TOTAL (m2)
Barrial
Barrial
Barrial
Nivel
Zonal
Barrial
Nivel
Zonal
Zonal
Nivel
Zonal
Zonal
Nivel
Zonal
Nivel
Zonal
Zonal
ÁREA TOTAL DE ESPACIO PUBLICO EFECTIVO (m2)
311,97
465, 74
12331,08
24511,16
Area m2
2979,87
63821
3618,07
Area m2
1825,93
317,00
2142,93
Área m2
408,18
372,83
781
Área m2
1295,27
Área m2
554,21
221
775,68
33124,12
ARTíCULO 61.
ESPACIO PÚBLICO PROYECTADO PARA LOS SUELOS URBANOS DEL
MUNICIPIO. Adóptese como meta de incremento de espacio público efectivo acorde a las
proyecciones de población disponibles, y a las posibilidades de crecimiento de este sistema en el largo
plazo mediante la inversión municipal el siguiente:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
242

===== PÁGINA 243 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
Personas
Suelo
Espacio
público
efectivo
(m2)F
2023
24511,16
3618,12
2143,14
781,07
1295,32
775,72
33124,53
ndlee EPE
(m2/hab
A 2018 A 2023
Meta Proyección
2035
urbano
Andes
Tapartó
Buenos
Aires
San
José
Santa
Rita
Santa
Inés
Proy
2018
2023
18099
1378
387
303
1023
236
23621
1815
510
399
1348
311
proy•
2035
25829
1815
510
399
1348
311
2,63
5,54
2,58
1 ,27
3,29
1,99
4,20
1,96
0,96
2,49
Total 21426 28004 30212
índice
EPS
(mZhab)
5
5
7
5
5
5
5,33
Área
(m2)
129145
9077
3569
1996
6738
1555
152079
PARÁGRAFO: Los proyectos contemplados para el crecimiento del espacio público pueden encontrarse
relacionados a los elementos naturales dentro de los suelos urbanos como cuerpos de agua en razón
del aprovechamiento de sus características paisajísticas, o proyectarse en áreas con condición de
amenaza identificadas en el estudio básico; la construcción de infraestructura o habilitación de áreas
para este uso, siempre estarán supeditadas a los estudios detallados necesarios en las áreas con
condición de amenaza, y mantener los retiros de las fajas forestales protectoras de elementos
naturales como cuerpos de agua y nacimientos
CAPÍTULO 2
SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS
ARTÍCULO 62.
CONCEPTO DE SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS. EI sistema de equipamientos
está conformado por los espacios y construcciones de uso público o privado, destinados a satisfacer
las necesidades colectivas básicas, tanto las que permiten la prestación de servicios públicos a la
comunidad, como las que soportan el funcionamiento y operación del Municipio en su conjunto. Estos
elementos son indispensables para definir la capacidad funcional dei Municipio en los diferentes
ámbitos territoriales y administrativos que la componen.
ARTÍCULO 63.
CLASIFICACIÓN DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS. EI sistema de
equipamientos se clasifica según el tipo de servicio que presta y se jerarquiza de acuerdo con su
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
rel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
243

===== PÁGINA 244 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE AVDES
cobertura y localización en el territorio municipal, pudiendo ser clasificados dentro de alguna de las
siguientes tipologías y jerarquías.
1.
2.
Clasificación: De acuerdo con los servicios que prestan los equipamientos se clasifican en:
a.
b.
c.
d.
e.
Equipamientos básicos sociales: Edificaciones en las cuales se busca garantizar los
derechos básicos sociales de la población. EI servicio de estos equipamientos está
exclusivamente en manos del Estado, en sus diferentes niveles. Generalmente reflejan el
bienestar de la población ya que son aquellos compromisos centrales de los gobiernos
referentes a la política social, como: la educación, la salud, la recreación y el deporte, y la
cultura.
Equipamientos básicos comunitarios: Edificaciones utilizadas por organizaciones sociales y
comunitarias con el fin de desarrollar sus actividades culturales y cívicas, y como lugares para
el encuentro, la creación y la convivencia.
Equipamientos de seguridad y convivencia: Edificaciones destinadas a la prestación de
servicios relacionados con la seguridad nacional y la reprensión del delito, la administración de
la justicia, la convivencia y la Paz. Incluyen espacios destinados para la atención de
emergencias y desastres.
Equipamientos de infraestructura: Edificaciones destinadas a la prestación de los servicios
públicos domiciliarios y aquellos que san soporte a la movilidad urbana y rural, tanto local como
regional y nacional. Incluye las infraestructuras destinadas al almacenamiento y distribución de
la producción primaria y de combustibles y los que prestan servicios sanitarios.
Institucionales: Edificaciones destinadas a garantizar el funcionamiento administrativo estatal
en todos sus niveles.
Jerarquía: Los equipamientos se jerarquizan de acuerdo con su cobertura en: Municipal, local y
barrial, en esta última jerarquía también están los veredales.
a. Regional: Equipamientos de alto y mediano impacto localizado en jurisdicción del Municipio de
Andes y que presta servicios a la población de varios Municipios aledaños a este.
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
244

===== PÁGINA 245 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
b.
c.
d.
DE ANDES
Municipal: Equipamientos de alta jerarquía o significativo impacto municipal (urbano y rural)
establecidos para la prestación de aquellos servicios públicos de los que requiere satisfacerse
colectivamente el Municipio en su conjunto.
Zonal-Corregimental: Equipamientos de mediana jerarquía o nivel de cobertura, que atienden
las necesidades colectivas de la población de una o varias veredas y del Corregimiento EI Tigre.
Barrial: Equipamientos de menor jerarquía que atienden las necesidades colectivas de los
barrios.
ARTíCULO 64.
En la siguiente tabla se presenta la clasificación de los equipamientos según la
Ley 388 de 1997, atendiendo el tipo de servicio que prestan a la comunidad, los cuales se identifican
espacializan
tos
planos
Y
24_4_DF_Equipamientos_Cabecera,
25_5_DF_Equipamientos_BuenosAires;
26_6_DF_Equipamientos_SanJose;
27 7 DF_Equipamientos_Santalnes;
29_9 DF_EquipamientosTaparto.
28_8_DF_Equipamientos_SantaRita
CLASIFICACI N
TIPO
Abastecimiento
Apoyo a la
infraestructura de
transporte
Apoyo a la
producción
AMBITO
INFLUENCIA
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
NOMBR
PLAZA DE
MERCADO
TERMINAL DE
TRANSPORTES
DE ANDES
COOPERATIVA DE
CAFICULTORES
CENTRO DE
COMPRA DE CAFÉ
TAPARTÓ
COOPERATIVA DE
SAN BARTOLO
COMSAB
COOPERATIVA DE
CAFICULTORES
DE ANDES
UBICACIÓN
Urbano
IJrbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
Publico
privado
Privado
privado
245

===== PÁGINA 246 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
Bienestar Social
AMBITO
NOMBRE
INFLUENCIA
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Regional
Zonal
Barrial
Municipal
COOPERATIVA DE
LOS ANDES
COOPERATIVA DE
CAFICULTORES
DE ANDES
COOPERATIVA DE
CAFICULTORES
DE ANDES
COMPRA DE CAF
LOS CHOLOS
COOPERATIVA DE
CAFICULTORES
DE ANDES
COOPERATIVA DE
LOS ANDES
ASERRÍOS Y
MADERAS
TRILLADORA LA
PALESTINA
TRAPICHE LA
PORC COLA SAN
BARTOLO
CENTRAL DE
BENEFICIO LA
CHAPARRALA
HOGAR INFANTIL
POR
BULLICIOSOS
CDI ICBF
CENTRO DE
ATENCIÓN ICBF
UBICÀCIÓN'
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Privado
Privado
privado
Privado
Privado
Privado
privado
Privado
privado
privado
Privado
Publico
Publico
Publico
246

===== PÁGINA 247 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
Cementerio
servicios
funerarios
AMBITO
INFLUENCIÁ
Zonal
Municipal
Barrial
Municipal
Barrial
Municipal
Zonal
Municipal
Zonal
Zonal
Municipal
Zonal
Municipal
Zonal
Zonal
UBICACIÓN
g•40MBRE
CDI CAFETERITOS
2
HOGAR DE
ANCIANOS SANTA
LUISA DE
MARILLAC
HOGAR NIÑOS
BONITOS
PREVENTORIO
HOGAR MI
SEGUNDO HOGAR
CASA CAMPESINA
HOGAR LOS
PITUFOS
HOGAR INFANTIL
PAYASOS ICBF
HOGAR
COMUNITARIO
MIS PEQUEÑOS
GIGANTES - ICBF
JARDIN INFANTIL
CAMPANITAS
CENTRO DE
BIENESTAR DEL
ANCIANO
CEMENTERIO
TAPARTÓ
CEMENTERIO
ANDES
CEMENTERIO
SANTA INÉS
CEMENTERIO SAN
JOSÉ
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
247

===== PÁGINA 248 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,vcpro DE ÃA'PES
CLASIFICACI
TIPO
Comunitario
Culto
N
"BITO
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Municipal
Municipal
Zonal
Local
Local
Zonal
Barrial
Zonal
Barrial
Municipal
Barrial
NO}aBRE
UBICACIÓN ESTADO
CEMENTERIO
BUENOS AIRES
CEMENTERIO
SANTA RITA
FUNERARIA
SUROESTE
ANTIOQUEÑO
ASOCIACI N SAN
VICENTE DE PAUL
SALON COMUNAL
SAN JOSE
JUNTA DE
ACCIÓN
COMUNAL LA
MESETA
SAL N COMUNAL
TEMPLO
CATÓLICO
TAPARTÓ
CAPILLA SAN
CAYETANO
PARROQUIA SAN
PEDRO CLAVER
IGLESIA
ADVENTISTA LA
LUZ DEL MUNDO
PARROQUIA
NUESTRA
SEÑORA DE LAS
MERCEDES
IGLESIA
CRISTIANA LA LUZ
DEL MUNDO
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
Publico
Publico
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Publico
Publico
Publico
Privado
privado
Privado
Privado
Privado
Privado
248

===== PÁGINA 249 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MIJAJC/P/O DE AUDES
CLASIFICACION
ÑIPO
AMBITO
NOMBRE*
INFLUENCIA
Barrial
Barrial
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Barrial
Zonal
Barrial
Barrial
IGLESIA
ADVENTISTA DEL
SEPTIMO DIA
FILADELFIA
IGLESIA
CRISTIANA
VOLVAMOS A
DIOS
TEMPLO
CATÓLICO SANTA
INÉS
PARROQUIA
SANTA RITA DE
CASIA
PARROQUIA
INMACULADA
CONCEPCIÓN
SAN JOSÉ ANDES
CASA CURAL
NUESTRA
SEÑORA DEL
ROSARIO DE
CHIQUINQUIRÁ
IGLESIA
PENTECOSTAL
UNIDA DE
COLOMBIA
CASA CURAL
IGLESIA
CRISTIANA
CUADRANGULAR
SAL N DEL
REINO DE LOS
UBICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gpv.co
SERVICIO
Privado
Privado
Privado
Privado
Privado
Privado
privado
Privado
Privado
Privado
249

===== PÁGINA 250 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
vzZWezz4mu-z
MUA'CP,'O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
MBITO
INFLUENCIA
Zonal
Barrial
Barrial
Municipal
Barrial
Zonal
Barrial
Barrial
Zonal
Barrial
NOMBRE
TESTIGOS DE
JEHOVÁ
PARROQUIA
NUESTRA
SEÑORA DE
CHIQUINQUIRÁ
IGLESIA
PENTECOSTAL
UNIDA DE
COLOMBIA
IGLESIA
PENTECOSTAL
UNIDA DE
COLOMBIA
DESPACHO
PARROQUIAL
IGLESIA CENTRO
DE FE Y
ESPERANZA
DESPACHO
PARROQUIAL
IGLESIA CENTRO
MISIONERO
BETHESDA
VIRGEN
CASA CURAL
PARROQUIA SAN
ANTONIO DE
PADUA
SAL N DEL
REINO DE
JEHOVÁ
UBICACIÓN ESTADO SERVICIO
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
Privado
Privado
Privado
Privado
Privado
Privado
privado
Privado
Privado
Privado
250

===== PÁGINA 251 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CfP/O DE ANDES
CLASIFICACI
TIPO
Cultura
N
Defensa y justicia
Deportivo
recreativo
AMBITO
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Municipal
Regional
Regional
Zonal
Barrial
NOMBRE
CAPILLA LA
MESENIA
CAPILLA
RISARALDA
CAPILLA SAN
BARTOLO
CAPILLA SAN
PEDRO ABAJO
CAPILLA SAN
PEDRO ARRIBA
IGLESIA
PENTECOSTAL
UNIDA DE
COLOMBIA LA
CHAPARRALA
TEATRO
PARROQUIAL
CIUDADELA
EDUCATIVA Y
CULTURAL MARIO
ARAMBUREN
PROCURADUR A
GENERAL DE LA
NACIÓN
CTI
CANCHA DE
FUTBOL EN
TIERRA TAPARTÓ
PROYECTO
SACUDETE AL
PARQUE-
CANCHAS Y
EQUIPAMIENTOS
UBICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
privado
privado
Privado
Privado
Privado
privado
Privado
Publico
Publico
Publico
Publico
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251

===== PÁGINA 252 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
MBITO
INFLUENCIA
Barrial
Barrial
Zonal
Barrial
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Barrial
Zonal
Zonal
Barrial
Barrial
NOMBRE
PARQUE SKATE
PLACA
POLIDEPORTIVA
GIMNASIO
INDEPORTES
PLACA
POLIDEPORTIVA -
PARQUE ACTIVO
SALUDABLE
PLACA
POLIDEPORTIVA
PLACA
POLIDEPORTIVA
PLACA
MULTIDEPORTIVA
PLACA CANCHA
MULTIDEPORTIVA
PLACA
POLIDEPORTIVA
UNIDAD
DEPORTIVA DE
ANDES
PLACA
POLIDEPORTIVA
CANCHA SAN
FRANCISCO
CANCHA
CUBIERTA
CANCHA
PREVENTORIO
CANCHA
MULTIDEPORTIVA
UBICACIÓN ESTAW
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
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Publico
Publico
Publico
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Publico
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Publico
Publico
252

===== PÁGINA 253 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
MBITO
INFLUENCIA
Barrial
Regional
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
NOMBRE
PLACA
POLIDEPORTIVA
ECOPARQUE
REGIONAL MARIO
ARAMBURO
RESTREPO
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
UBICACIÓN
Urbano
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
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Publico
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Publico
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Publico
Publico
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Publico
Publico
253

===== PÁGINA 254 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O ALPES
CLASIFICACI N
TIPO
MBITO
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
NOMBRE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
UBICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
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Publico
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254

===== PÁGINA 255 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
cene
MUA'CP/O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
Educación
AMBITO
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
NOMBR
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
CANCHA
MÚLTIPLE
INSTITUCI N
EDUCATIVA
TAPARTÓ
CENTRO
EDUCATIVO
RURAL LA
AGUADA
UBICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
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255

===== PÁGINA 256 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P,'O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
AMBITO
INFLUENCIA
Municipal
Municipal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
NOMBRE
I.E. MAR A
AUXILIADORA
INSTITUCION
EDUCATIVA SAN
JUAN DE LOS
ANDES
INSTITUCION
EDUCATIVA
MARCO FIDEL
SUAREZ
I.E.R SANTA IN S
I.E.R SANTA RITA
SEDE SANTA INES
INSTITUCI N
EDUCATIVA
SANTA RITA
INSTITUCI N
EDUCATIVA SAN
JOSÉ
INSTITUCI N
EDUCATIVA SAN
JOSÉ
CDI SAN JOSE
CENTRO DE
DESARROLLO
INFANTIL
I.E.R FELIPE
HENAO
JARAMILLO
INSTITUCI N
EDUCATIVA
TAPARTÓ
UBICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
IJrbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
SERVICIO
Publico
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256

===== PÁGINA 257 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
CLASIFICACION
MBIT
TIPO±
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Zonal
Regional
Municipal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
UBICACIÓN ESTADO
I.E. LUIS
GUTIÉRREZ
I.E. JUAN DE DIOS
URIBE
CDI CAFETERITOS
CENTRO DE
DESARROLLO
INFANTIL
INSTITUTO
COMPUJER
CDI SANTA RITA
UNIVERSIDAD DE
ANTIOQUIA
I.E. JUAN DE DIOS
URIBE LA GRANJA
C.E.R. VALLE
UMBRÍA
C.E.R. SAN
FERNANDO
C.E.R. SAN
CARLOS
C.E.R. ORIZABA
C.E.R. LA
SOLEDAD
C.E.R. LA
MANUELA
C.E.R. LA LEJ A
C.E.R. LA
BELLAVISTA
C.E.R. JULIO
JIMÉNEZ
C.E.R. HERNAN
POSADA
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.* 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
sERvlC10
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257

===== PÁGINA 258 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O PE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
MBITO
NOMBREü)
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
C.E.R. EL TAPADO
C.E.R. EL
BARCINO
C.E.R. LUIS
ESPINOSA RUIZ
C.E.R.
MONTEVERDE
C.E.R. AD N
GONZÁLEZ
C.E.R. ALFREDO
GONZÁLEZ
C.E.R. BRAZO
SECO
C.E.R. EL CARDAL
C.E.R. EL L BANO
C.E.R. EL
LIBANÓN
C.E.R. GABRIEL
ÁLVAREZ
RESTREPO
C.E.R. GONZALO
OSPINA ARIAS
C.E.R. LA
AVANZADA
C.E.R. LA
BORRAJA
C.E.R. LA JULIETA
C.E.R. LA
LIBERTADORA
C.E.R. LA
MESENIA
C.E.R. LA MESETA
çUBlCAClÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
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258

===== PÁGINA 259 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO DE ANDES
CLASIFICACI
TIPO
N
MBITO
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
3.10
C.E.R. LAS
FLORES
C.E.R. LINO
ACEVEDO
C.E.R. MEDIA
LUNA
C.E.R.
MONSEÑOR
EFRÉN MONTOYA
C.E.R. PALESTINA
C.E.R. PEDRO N.
ARANGO
C.E.R. PENAS
AZULES
C.E.R.
RESGUARDO
INDIGENA
DOJURU
C.E.R. RISARALDA
C.E.R. SANTA
BÁRBARA
C.E.R. SAN
MARTÍN DE
PORRES
C.E.R. SAN
MIGUEL
C.E.R. SAN
PEDRO ARRIBA
C.E.R. SAN
PERUCHITO
BÁSICA PRIMARIA
C.E.R. SAN
PERUCHO
UBICACIÓN ESTADO
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
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259

===== PÁGINA 260 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVCP/O DF ÃMDES
CLASIFICACI
"TIPO
Equipamientos
Atención SPD
MBITO
AJBICACIÓN
INFLUENCIA
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
C.E.R. SANTA
ELENA
C.E.R. VILLALUZ
I.E. LA
CARBONERA 2
INSTITUCI N
EDUCATIVA
RURAL LA
CARBONERA
INSTITUCI N
EDUCATIVA SAN
PERUCHITO
C.E.R. RICARDO
GONZÁLEZ
C.E.R.
PRESBÍTERO
RICARDO MEJÍA
ARIAS
C.E.R.
PRESBÍTERO
ADÁN GONZÁLEZ
C.E.R. GABRIELA
ECHEVERRY
OFICINA
SERVICIOS
PÚBLICOS
PROVISERVICIOS
UNE
SERVICIO AL
CLIENTE UNE
EPM
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
SERVICIO
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260

===== PÁGINA 261 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
CLASIFICACI
—TIPO
Salud
Seguridad
ciudadana
N
MBITO
INFLUENCIA
Municipal
Zonal
Regional
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Municipal
Municipal
Zonal
Zonal
Zonal
Municipal
Regional
UBICACIÓN FSTADO
EMPRESAS
PÚBLICAS DE
ANDES
CENTRO DE
SALUD SANTA
RITA
HOSPITAL SAN
RAFAEL DE
ANDES
CENTRO DE
SALUD SANTA
INÉS
CENTRO DE
SALUD TAPARTÓ
CENTRO DE
SALUD BUENOS
AIRES
ECOOPSOS
ECOOPSOS
NUEVA EPS
CENTRO DE
SALUD SAN JOSE
PUESTO DE
SALUD LA
CHAPARRALA
SUB ESTACION
DE POLICIA
ESTACI N DE
POLICIA DE
ANDES
INSTITUTO
NACIONAL
PENITENCIARIO
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
SERVICIO
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
261

===== PÁGINA 262 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
paz?'
MU,VC/P/O DF A,VDFS
CLASIFICACI N
ÑIPO
Servicios
Administración
Pública
Servicios
financieros
AMBITO
iNFLUENClA
Zonal
Municipal
Municipal
Regional
Municipal
Regional
Municipal
Regional
Regional
Municipal
Municipal
Regional
NOMBRECÜ 9iJBICAClÓw
CARCELARIO DE
LOS ANDES
SUBESTACI N DE
POLICIA
POLIC A DE
INFANCIA Y
ADOLESCENCIA
DEFENSA CIVIL
BATALL N DE
INFANTERÍA NO 11
CACIQUE
NUTIBARA
BOMBEROS
ANDES
CORANTIOQUIA
DIRECCION
TERRITORIAL
CITARÁ
ALCALDIA DE
ANDES
OFICINA DE
INSTRUMENTOS
PÚBLICOS
NOTAR A UNICA
DE ANDES
PALACIO DEL
AYUNTAMIENTO
REGISTRADUR A
MUNICIPAL
ANDES
BANCO DE
BOGOTA
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
ESTADO
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concefo@Andes-antioquia.gov.co
SERVICIO
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Privado
262

===== PÁGINA 263 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
CLASIFICACI N
TIPO
Servicios Públicos
MBITO
INFLUENCIA
Regional
Regional
Regional
Regional
Regional
Regional
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Municipal
Zonal
Municipal
Municipal
Zonal
PBICACIÓN ESTADO
BANCO
DAVIVIENDA Y
BANCOLOMBIA
CONFIAR
COOPERATIVA
FINANCIERA
MICROEMPRESAS
DE COLOMBIA
BANCAM A
BANCAM A
BANCO AGRARIO
PLANTA DE
TRATAMIENTO Y
OFICINAS
ACUEDUCTO
PTAR
TALLER
SERVICIOS
PÚBLICOS
SUBESTACI N
ANDES
BODEGA DE
RECICLAJE
CANAL
COMUNITARIO
AUPAN
TRANSMISORA
SURANDES
ANTENA
TELEFÓNICA
EMISORA
PARROQUIAL
ESTEREO
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Activo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
SERVICIO
privado
Privado
Privado
Privado
Privado
privadO
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
Publico
263

===== PÁGINA 264 =====
MUNC/PIO DF ANDES
ARTÍCULO 65.
CONCEJO
MUNICIPAL
PROGRAMAS Y PROYECTOS DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS.
Adóptese los programas y proyectos citados en la siguiente tabla para sistema de equipamientos del
Municipio de Andes, los cuales harán parte del programa de ejecuciones del presente Plan Básico de
Ordenamiento Territorial:
TEMA
EQUIPAMI-
ENTOS.
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
Estudio de las
capacidades
actuales de la
infraestructura
municipal
hospitalaria con
PLAZO
CORT MEDIA
o
Mejoramiento
continuo de
dotación,
estructura y
servicios del
Hospital San
Rafael en la
cabecera
municipal, con
miras a la
reclasificación a
nivel 2
Programa de
mejoramient
o continuo
de la
infraestructur
a de salud Mejoramiento
municipal
continuo de
dotación,
estructura y
servicios de los
centros de salud
de los suelos
urbanos
corregimentales
el fin de orientar
x
los programas y
proyectos de
mejoramiento
del hospital
hacia su
reclasificación
al nivel 2
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo y la
optimización de
la
x
infraestructura y
los servicios de
salud en el
centro
NO
x
LARGO
x
y el asentamiento
asistencial, en
La Chaparrala
función de los
avances
tecnológicos, el
crecimiento de
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Municipi
o
264

===== PÁGINA 265 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
generación
de nuevas
infraestructur
as de
atención
primaria en
salud para el
suelo rural
Programa de
crecimiento
de la
infraestructur
a de
recreación y
deporte
Programa de
sostenimient
o
PROYECTO
Construcción,
adecuación y
funcionamiento
de infraestructura
para puesto de
salud en el
asentamiento
San Bartolo
Mantenimiento,
mejoramiento y
ampliación de la
oferta de las
infraestructuras y
espacio de
recreación y
deporte
municipales
Mantenimiento,
mejoramiento y
am liación de la
DESCRIPCION
la población
narense y las
necesidades y
demandas del
servicio de
salud.
Creación de
nuevas
infraestructuras
y su dotación
de implementos
y personal, con
el fin de
garantizar una
atención
primaria en
salud en este
asentamiento
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo y la
ampliación de
la oferta de los
equipamientos
deportivos y
recreativos en
el Munici io
Crear
programas
munici ales
CORT
o
x
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
x
x
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Rural
Municipi
o
Municipi
o
265

===== PÁGINA 266 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE A AVES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
infraestructura
educativa
municipal, con
enfoque
diferencial,
integración de
nuevas
tecnologías, y
conectividad
digital
Creación de
nuevas
infraestructuras
educativas en los
suelos de
desarrollo y de
expansión
urbana al norte
de la cabecera
municipal,
DESCRIPCION
sostenidos para
mantenimiento
continuo y la
optimización de
infraestructura y
los servicios de
educación en
función de los
avances
tecnológicos, y
el crecimiento
de la población
narense,
especialmente
en los
establecimiento
s receptores de
población
estudiantil a
nivel munici al
Creación de
nuevas
infraestructuras
educativas
oficiales en los
suelos de
desarrollo de la
cabecera
municipal de
Andes que
ayuden a la
consolidación
de las nuevas
centralidades
principales y
com lementaria
CORT
o
PLAZO
MEDIA
LARGO
mejoramient
o continuo
de la
infraestructur
a educativa
municipal
Programa de
generación
de nuevas
infraestructur
as
educativas
en suelos
con
tratamiento
de
Desarrollo
urbanos Y
de
expansión
NO
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA.
ClóN
Municipi
o
266

===== PÁGINA 267 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
fortalecimien
to para el
desarrollo de
la ciencia, el
conocimiento
producción
municipal
Programa de
mejoramient
o de la
infraestructur
a cultural
municipal
PROYECTO
Apoyo,
promoción y
desarrollo de
proyectos del
CUEE Suroeste,
para la
producción
agropecuaria y
avance
tecnológico
Mejoramiento y
ampliación de la
infraestructura
cultural
municipal, y
fortalecimiento
de la ciudadela
educativa como
DESCRIPCION
s proyectadas
en el modelo de
ocupación
urbano
Establecer
programas
dirigidos a la
divulgación y
apoyo de la
labor y
necesidades
del Comité
Universidad
Empresa
Estado de la
Universidad de
Antioquia, con
el fin de servir
de puente de
enlace entre la
población, y los
sectores
económicos
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo, la
optimización de
la
CORT
o
x
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
x
x
x
casa de la cultura
infraestructura,
de Andes
la am liación
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
Municipi
267

===== PÁGINA 268 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVCP/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
de los servicios
y la oferta
cultural en el
suelo urbano
municipal; así
como la
facilidad en el
acceso de
grupos y
manifestacione
s culturales a
los escenarios
munici ales.
Construcción
de
infraestructura
para el
desarrollo,
enseñanza, y
presentación de
las disciplinas
artísticas y
culturales en el
suelo urbano y
su área de
influencia
Construcción
de
infraestructura
para el
desarrollo,
enseñanza, y
presentación de
las disciplinas
artísticas y
culturales en el
suelo urbano
CORT
O
Creación de
escenario cultural
y de eventos en
Programa de Tapartó
creación de
infraestructur
as culturales
para los
suelos
urbanos
corregimenta
les
Creación de
escenario cultural
y de eventos en
Buenos Aires
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 30.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
268

===== PÁGINA 269 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO PE AVDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
acercamient
mejoramient
o de la
gobernanza
territorial
PROYECTO
Creación de
escenario cultural
y de eventos en
Santa Rita
Mejoramiento de
la infraestructura
administrativa de
la Registraduría,
Alcaldía
municipal y el
palacio del
ayuntamiento
CORT
o
PLAZO
MEDIA
LARGO
su área de
influencia
Construcción
de
infraestructura
para el
desarrollo,
enseñanza, y
presentación de
las disciplinas
artísticas y
culturales en el
suelo urbano y
su área de
influencia
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo, la
remodelación
x
de la
infraestructura,
optimización de
los servicios de
administración
munici al
NO
x
x
X
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
269

===== PÁGINA 270 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,V'C/P/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Mejoramiento de
la infraestructura
administrativa de
atención regional
(Notaría, Oficina
de Instrumentos
Públicos)
Creación de
oficinas o
puestos de
atención de
servicios
administrativos
en los suelos
urbanos de
Tapartó y Santa
Rita
Mejoramiento de
la infraestructura,
oficinas, Y
canales de
atención de los
equipamientos
de Defensa y
Justicia de
atención regional
(Procuraduría
DESCRIPCION
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo, la
remodelación
de la
infraestructura,
optimización de
los servicios
administrativos
con influencia
re ional
Construcción
de
infraestructura
para la atención
de servicios
administrativos,
en suelos
urbanos
alejados de la
cabecera
munici al
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo, la
remodelación
de la
infraestructura,
la
CORT
o
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
Programa de
acercamient
o de defensa
Y justicia
NO
x
x
x
X
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
Urbano
270

===== PÁGINA 271 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
General de la
Nación y CTI)
Construcción de
infraestructura
destinada al
traslado del
comando de
policía de la
cabecera
municipal
Programa de
traslado de
equipamient
os de
seguridad
ciudadana
Construcción de
infraestructura
destinada al
traslado del
comando de
policía de
Tapartó
DESCRIPCION
optimización de
los servicios de
defensa y
justicia
Se proyecta la
construcción de
infraestructura
para reubicar la
estación de
policia ubicada
cerca al parque
San Pedro, en
razón de los
posibles riesgos
que
representan
para la
seguridad de la
oblación
Se proyecta la
construcción de
infraestructura
para reubicar la
estación de
policia ubicada
cerca al parque
principal de
Tapartó, en
razón de los
posibles riesgos
que
representan
ara la
CORT
o
x
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioguia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
271

===== PÁGINA 272 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
re-Z4/-z4a»a
MUA'C/P/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
mejoramient
o de la
seguridad
ciudadana
Programa de
integración
de la
producción a
la
infraestructur
a y espacio
público
municipal
PROYECTO
Mejoramiento y
mantenimiento
de los
equipamientos
de seguridad
ciudadana
(Bomberos y
Defensa Civil)
Mejoramiento y
mantenimiento
de la
infraestructura de
la plaza de
mercado
municipal en la
cabecera de
Andes.
DESCRIPCION
seguridad de la
población
Crear
programas
municipales
sostenidos para
mantenimiento
continuo, la
remodelación
de la
infraestructura,
optimización de
los servicios de
seguridad
ciudadana
Proyectar la
remodelación
progresiva de la
plaza municipal
con el fin de
modernizar sus
servicios ,
acabados y
elementos de
accesibilidad,
así como
sistematizar su
mantenimiento.
PLAZO
CORT MEDIA
o
x
x
NO
x
x
LARGO
X
X
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.gov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
272

===== PÁGINA 273 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
Crear
programas
municipales
sostenidos para
CORT
o
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
Mejoramiento de
la infraestructura
mantenimiento
y servicios del
continuo, la
Hogar de
remodelación
Ancianos, Centro
de la
de bienestar del
NO
x
x
X
anciano, el
Preventorio
municipal, y la
Casa Campesina
Programa de
optimización
y crecimiento
de los
servicios de
bienestar
municipal
Creación de la
infraestructura
para atención,
reunión y uso de
infraestructura,
y aumento de la
capacidad de
los
equipamientos
de bienestar
existentes en el
Munici io
Se proyecta la
construcción de
infraestructura
de la Casa
Dojuru, con el
fin de servir de
apoyo en el
alojamiento y
atención de los
servicios
las comunidades
sociales a la
indígenas "Casa
Dojuru" en la
cabecera
municipal de
Andes.
población
indígena de
Andes, así
como para
garantizar su
participación y
presencia en
los procesos
administrativos
la divul ación
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceig@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Urbano
Urbano
273

===== PÁGINA 274 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
fortalecimien
to de la
cohesión y
participación
comunitaria
PROYECTO
Mejoramiento y
mantenimiento
de los
equipamientos
comunitarios
veredales y
barriales del
Municipio.
DESCRIPCION
de su
conocimiento y
cultura
Crear
programas
municipales
sostenidos para
el
mantenimiento
continuo, la
remodelación
de la
infraestructura,
y dotación de
los
equipamientos
comunitarios
existentes en el
Municipio, que
garanticen
procesos
participativos
eficaces e
integración
ciudadana
CORT
o
x
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
274

===== PÁGINA 275 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE A NDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Creación de
infraestructuras
de integración
comunitaria
DESCRIPCION
Convocar a las
juntas
administrativas
locales para
conocer las
necesidades de
infraestructuras
comunitarias, y
proyectar la
adapatación o
construcción, y
dotación de
nuevas casetas
comunales que
ayuden a la
cohesión de la
población y la
gobernanza
democrática
CORT
o
PLAZO
MEDIA
LARGO
NO
x
AMBITO
DE
APLICA-
ClóN
Municipi
o
CAPÍTULO 3
SISTEMA DE PATRIMONIO CULTURAL
ARTÍCULO 66.
CONCEPTO DE PATRIMONIO CULTURAL. De conformidad con 10 dispuesto
en el artículo 4 de la Ley 397 de 1997, modificada por el artículo 10 de la Ley 1185 de 2008 el patrimonio
cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales,
los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana,
tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y
creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así
como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros,
especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico,
arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial,
documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
275

===== PÁGINA 276 =====
MUA'C/P/O DF ANDES
ARTÍCULO 67.
CONCEJO
MUNICIPAL
SISTEMA DE PATRIMONIO. EI sistema de patrimonio del Municipio hace parte
de los sistemas públicos y se encuentra ligado a los sistemas de espacio público, equipamiento y
movilidad, de igual manera tiene incidencia en la clasificación del suelo pues posee un régimen
especial de protección, por 10 tanto, es necesario el desarrollo de políticas integradas que potencialicen
el uso y apropiación de los diferentes sistemas públicos.
En concordancia con 10 establecido en el artículo 2.4.1.1 del Decreto Único Reglamentario 1080 de
2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 2385 de 2019, las disposiciones sobre
conservación, preservación y usos de las áreas de inmuebles declaradas como BIC prevalecerán al
momento de adoptar, modificar o ajustar los instrumentos de ordenamiento territorial en cualquier
ámbito, así como los demás instrumentos de planificación territorial del Municipio.
ARTÍCULO 68.
CATEGORÍAS DE BIENES DE INTERÉS CULTURAL. Conforme a 10 dispuesto
en el artículo 2.4.1.2.1 del Decreto Único Reglamentario 1080 de 2015, modificado y adicionado por el
Decreto Nacional 2385 de 2019 los Bienes de Interés Cultural (BIC) son aquellos que por sus valores
y criterios representan la identidad nacional, declarados mediante acto administrativo por la entidad
competente, quedando sometidos al régimen especial de protección definido en la ley; estos pueden
ser de naturaleza mueble, inmueble o paisajes culturales. Los bienes del patrimonio arqueológico se
consideran Bienes de Interés Cultural de la Nación de conformidad con 10 estipulado en la Ley 397 de
1 997, modificada por la Ley 1185 de 2008.
Los Bienes de Interés Cultural pueden ser de diferentes tipos y jerarquías, pudiendo existir conjuntos
urbanos, espacios públicos o edificaciones, las cuales pueden ser declaradas de acuerdo con sus
valores y su relevancia en BIC del nivel Nacional, Departamental o Municipal.
ARTÍCULO 69.
BIENES INMUEBLES DE INTERÉS CULTURAL EN EL MUNICIPIO. En ei
Municipio de Andes no cuenta con Bienes de Interés Cultural a la expedición del presente acuerdo.
ARTÍCULO 70.
PLAN ESPECIAL DE MANEJO Y PROTECCIÓN -PEMP: De conformidad con
10 dispuesto en el Decreto Único Reglamentario 1080 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto
Nacional 2385 de 2019, los Planes Especiales de Manejo y Protección son el instrumento de gestión
de los Bienes de Interés Cultural mediante el cual se establecen acciones necesarias para garantizar
la protección, la conservación y la sostenibilidad de los BIC o de los bienes que pretendan declararse
como tales, si a juicio de la autoridad competente dicho plan se requiere, los PEMP deben establecer
las relaciones que se tiene con el patrimonio cultural de naturaleza material, inmaterial y las
condiciones ambientales.
Municipio de Andes, calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
276

===== PÁGINA 277 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
Como instrumento del Régimen Especial de Protección de los BIC, los PEMP deben:
1
2.
3.
4.
5.
6.
Definir las condiciones para la articulación del bien con su contexto físico, arquitectónico, urbano o
rural, los planes preexistentes y su entorno sociocultural, partiendo de la conservación de sus
valores, la mitigación de sus riesgos, el aprovechamiento de sus potencialidades y su relación con
las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial.
Precisar las acciones en diferentes escalas de protección de carácter preventivo y/o correctivo que
sean necesarias para la conservación del bien.
Establecer las condiciones físicas, de mantenimiento, conservación y rehabilitación del bien.
Establecer mecanismos o determinantes que permitan la recuperación y sostenibilidad del bien.
Generar las condiciones y estrategias para el mejor conocimiento y la apropiación del bien por
parte de la comunidad, con el fin de garantizar su conservación y su transmisión a las futuras
generaciones.
Armonizar y garantizar la regulación del uso del suelo, la ocupación y el aprovechamiento para la
protección del BIC e integración con el entorno local; para el caso de BIC inmuebles, la
incorporación de los elementos de gestión urbanística y los instrumentos de gestión del suelo, en
que el BIC no se considere de manera aislada de las demás realidades urbanas, o para bienes
muebles cuando aplique.
En cuanto a las competencias para la formulación de los PEMP, se establece que, para los bienes del
grupo arquitectónico, la formulación corresponde al propietario; por su parte para los bienes del grupo
urbano la formulación corresponde a las autoridades distritales o municipales del territorio donde se
localice el BIC. En cualquier caso, las autoridades nacionales y departamentales podrán concurrir con
el aporte de recursos. Para la modificación y ajuste de los PEMP se establecen las mismas
competencias que para la formulación.
Los particulares propietarios de bienes declarados BIC o incluidos en la LIC-BIC pueden adelantar la
formulación del PEMP, aunque no sea requerido por la autoridad competente, con el fin de llevar a
cabo acciones de protección y preservación de los bienes, igualmente para el caso de bienes muebles
10 podrán adelantar tenedores o custodios.
Para los PEMP que correspondan a bienes del Grupo Arquitectónico, las Colecciones Privadas y
Públicas o los bienes muebles asociados a inmuebles, la implementación de los PEMP corresponde
al responsable definido en el mismo.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
277

===== PÁGINA 278 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA,'CP/O DE ANDES
Para los bienes del Grupo Urbano y los Monumentos en Espacio Público, la implementación de los
PEMP corresponde a las autoridades distritales o municipales del territorio en donde estos se localicen.
CAPÍTULO 4
SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 71.
COMPONENTES DEL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS. De conformidad
con las determinantes y directrices para el ordenamiento del territorio definidos en el artículo 10 de la
Ley 388 de 1997, en cuanto al componente de servicios públicos y saneamiento básico y las Leyes
142 y 143 de 1994, el sistema estructurante de servicios públicos se divide por cada uno de los
subsistemas, señalados a continuación:
1. Subsistema de Acueducto: Es el conjunto de redes, infraestructuras y equipamientos necesarios
para la prestación del servicio público domiciliario de acueducto incluida su conexión y micro
medición y sus actividades complementarias: captación de agua y su procesamiento, tratamiento,
almacenamiento, conducción y transporte.
2. Subsistema de Alcantarillado: Es el conjunto de redes, infraestructuras y equipamientos
necesarios para la prestación del servicio público domiciliario de alcantarillado y sus actividades
complementarias: transporte, tratamiento y disposición final de residuos líquidos.
3. Subsistema de Aseo: Es el conjunto de infraestructuras y equipamientos necesarios para la
prestación del servicio público domiciliario de aseo y sus actividades complementarias: transporte,
tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos sólidos, corte de césped y poda de
árboles ubicados en vías y áreas públicas y lavado de estas áreas, así como los sitios de
disposición final de residuos de construcción y demoliciones -RCD. Este sistema incluye además
el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS, promoviendo la cultura de separación en
la fuente.
4. Subsistema de Gas Domiciliario: Es el conjunto de redes, infraestructuras y equipamientos
necesarios para la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible y sus actividades
complementarias de producción y transporte.
5. Subsistema de Energía Eléctrica: Es el conjunto de redes, infraestructuras y equipamientos
necesarios para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica y sus actividades
complementarias de comercialización, transformación, interconexión y transmisión.
6. Subsistema de Saneamiento Básico Rural: Es el conjunto de infraestructuras y equipamientos
necesarios para garantizar la adecuada disposición de las aguas residuales y residuos sólidos
generados en la zona rural dispersa.
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MUMCVP,'O DE A,VDES
ARTíCULO 72.
CONCEJO
MUNICIPAL
ELEMENTOS QUE CONFORMAN LOS SUBSISTEMAS. EI sistema de
servicios públicos del Municipio de Andes está compuesto de los siguientes elementos, los
cuales se describen en la siguiente tabla y se espacializan en el plano con código.
50
30_DF_ServPubyPerimetroSanitarioTaparto;
51_31 DF_ServPubyPerimetroSanitarioSantaRita;
52_32_DF_ServPubyPerimetroSanitarioSantalnes; 53_33_DF_ServPubyPerimetroSanitarioSanJose;
54
34_DF_ServPubyPerimetroSanitarioBuenosAires y
55
35 DF_ServPubyPerimetroSanitarioCabecera
SUBSISTEMA
Acueducto
Alcantarillado
Aseo
Gas Domiciliario
v"
ELEME OS
Bocatomas y áreas aferentes del acueducto urbano.
Redes de aducción y de conducción del acueducto
urbano.
Planta de tratamiento de agua potable del área urbana.
Tanques de almacenamiento de agua potable del área
urbana.
Redes primarias de distribución de agua potable en el
área urbana.
Bocatomas y áreas aferentes de los acueductos
veredales y sistemas de abasto.
Redes de aducción y de conducción de los acueductos
veredales y sistemas abasto.
Plantas de tratamiento de agua potable de los acueductos
veredales.
Tanques de almacenamiento de agua potable de los
acueductos veredales y los sistemas de abasto.
Redes primarias de distribución de agua potable de los
acueductos veredales y sistemas de abasto.
Redes primarias de alcantarillado
Planta de tratamiento de aguas residuales -P TAR del área
urbana.
Relleno Sanitario.
Redes primarias de gas
CAPÍTULO 5
SISTEMA DE MOVILIDAD
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MU,VC/P/O DE AUDES
ARTíCULO 73.
CONCEJO
MUNICIPAL
¯ZZW
DEFINICIÓN DEL SISTEMA DE MOVILIDAD. EI sistema de movilidad es ei
conjunto de infraestructuras de la red vial y de transportes que posee una gran importancia en la
configuración de la región, de ahí que los vínculos que unen a los centros poblados entre sí, bien sea
en el Municipio o en las veredas con sus alrededores, se expresan a través de ejes que coinciden con
las vías.
Los modos de transporte, y la forma de desplazamiento de personas y bienes para acceder a
actividades y servicios; tiene como finalidad satisfacer las necesidades internas de viaje y conexión
con el entorno, con los Municipios de la región, con la nación, y con el mundo; 10 cual permite aumentar
la productividad y competitividad del territorio.
ARTíCULO 74.
PROPUESTA GENERAL PARA EL SISTEMA DE MOVILIDAD MUNICIPAL. EI
sistema de movilidad se estructura bajo tres componentes o subsistemas, a saber: La infraestructura
vial, el transporte y la gestión y control del tránsito.
La infraestructura vial se refiere al componente físico a través del cual se desarrollan los viajes en el
territorio municipal. Para el Municipio de Andes este subsistema está conformado por la red vial urbana
y rural.
Por su parte, el subsistema de transporte se asocia con los modos en los cuales los habitantes realizan
los viajes. Según 10 identificado en la etapa de diagnóstico, en el Municipio de Andes la mayor parte
de los viajes se realizan en modo terrestre.
Finalmente, en 10 que respecta al tercer subsistema de Gestión y Control del Tránsito, éste abarca las
estrategias, normas y acciones tendientes a la gestión, administración y regulación de la movilidad en
el territorio municipal, con el fin de alcanzar los objetivos establecidos en el marco estratégico del
PBOT.
SECCIÓN 1.
SUBSISTEMA DE MOVILIDAD URBANA
ARTíCULO 75.
COMPONENTES DE LA SECCIÓN VIAL. Serán componentes de la sección vial
la calzada, el andén, antejardín, calzada, ciclorruta, bahía de estacionamiento, y separador.
Acera o andén: Franja longitudinal de la vía urbana, destinada exclusivamente a la circulación de
peatones, ubicada a los costados de ésta.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P/O DE ANDES
Antejardín: Área de espacio público de propiedad privada que se localiza entre los paramentos de
las edificaciones y el borde interno del andén.
Calzada: Zona de la vía destinada a la circulación de vehículos.
Ciclorruta: Vía o sección de la calzada destinada al tránsito de bicicletas en forma exclusiva.
Bahia de estacionamiento: Parte complementaria de la estructura de la vía utilizada como zona de
transición entre la calzada y el andén, destinada al estacionamiento de vehículos.
Separador: Espacio estrecho y saliente que independiza dos calzadas de una vía.
ARTÍCULO 76.
JERARQUIA VIAL. La denominación de la jerarquía vial propuesta se realiza de
acuerdo con su funcionalidad y alcance en el ámbito territorial, independientemente de la competencia
en cuanto a su ejecución y mantenimiento. De esta forma, serán vías de primer orden, vías de segundo
orden o de tercer orden en el ámbito municipal, y para el área urbana se definen las vías arterias,
colectoras y de servicios. Según la Ley 1228 de 2008 y la Ley 3600 de 2007, se deberán tener en
cuenta los retiros exigidos y determinar las fajas a ceder para cumplir con 10 estipulado a nivel nacional.
A continuación, se definen los tipos de vías presentes en el territorio municipal:
1
2.
3
4.
5.
6.
Vías Arteriales o de Primer Orden. Vías constituidas por las troncales, transversales y accesos a
capitales de departamento que cumplen con la función básica de integrar las principales zonas de
producción y consumo del País y de este con los demás países.
Vías Intermunicipales o de Segundo Orden. Vías que unen las cabeceras municipales entre sí
y/o que provienen de una cabecera municipal y conectan con una vía arterial o de primer orden.
Vías Veredales o de Tercer Orden. Vías de acceso que unen las cabeceras municipales con sus
veredas o que unen veredas entre sí.
Vías Arterias. Son vías del sistema vial urbano con prelación sobre las demás vías con respecto
a la circulación de tránsito. Su función principal es movilizar el flujo vehicular de largo recorrido
dentro del área urbana, uniendo entre sí diferentes zonas.
Vías Colectoras. Conjunto de vías que distribuyen y canalizan el tránsito vehicular hacia o desde
el sistema arterial hasta diferentes sectores urbanos, en forma directa o con intervención
complementaria de las vías de servicio. Generalmente unen vías arterias entre sí, y deben atender
volúmenes de tránsito moderados, incluyendo el transporte público colectivo.
Vías de servicio. Conjunto de vías vehiculares cuya función principal es facilitar el acceso directo
a las propiedades o actividades adyacentes, disminuyendo la importancia de la función de
movilidad, cargando tráfico de corta distancia y bajo volumen vehicular.
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MUNCP/O DE "DES
ARTÍCULO 77.
siguiente:
CONCEJO
MUNICIPAL
VÍA ARTERIA. Adóptese como vías arterias para el suelo urbano de Andes, las
Cabecera Urbana:
NOMENCLATURA
Calle 54
Carrera 50
Diagonal 53
Carrera 52B
Calle 49
Carrera 57
Carrera 47A
Calle 50
Carrera 51
Carrera 50
Carrera 49A
Calle 49
Calle 48
Carrera 52
Diagonal 52
Carrera 52B
Carrera 53A
Carrera 56
Calle 53
Calle 54
Calle 57
INICIO
Troncal del Café
Calle 54
Carrera 50
Diagonal 53
Carrera 53A
Calle 57
Troncal del Café
Carrera 50
Calle 50
Calle 50
Calle 49
Carrera 49A
Carrera 51
Diagonal 52
Carrera 52
Diagonal 53
Calle 49
Calle 53
Carrera 52
Carrera 52
Carrera 52B
FIN
Carrera 50
Diagonal 53
Calle 50
Carrera 53A
Calle 57
Calle 58
Calle 54
Diagonal 53
Partidas a Santa Rita
Troncal del Café
Carrera 50
Carrera 51
Carrera 52
Calle 48
Partidas a La Aguada
Calle 54
Calle 53
Calle 49
Carrera 56
Carrera 56
Partidas a La Chaparrala
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MU,VC/P/O DE ANDES
Corregimiento Tapartó.
NOMENC TURA
Calle 51
Calle 50
Calle 48
Carrera 50
Corregimiento San José.
NOMENCLATURA
Calle 51
Calle 50
Carrera 49
Corregimiento Buenos Aires.
NOMENCLATURA
Calle 51
Calle 50
49
Carrera 49
Carrera 50
Carrera 51
Corregimiento Santa Rita.
NOMENCLATURA
Carrera 51
Calle 51
CONCEJO
MUNICIPAL
INICIO
FIN
Salida a Betania
Calle 48
Vía Andes - Tapartó
Calle 51
INICIO
Partidas a Pueblorrico
Carrera 49
Calle 51
INICIO
Carrera 50
Partidas a Jericó
Carrera 49
Calle 50
Calle 51
Calle 54
INICIO
Partidas a Andes
Carrera 51
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 52
Calle 50
FIN
Carrera 49
Partidas a Andes
Calle 50
FIN
Carrera 51
Carrera 49
Carrera 52
Calle 49
Calle 49
Calle 49
FIN
Partidas a La Soledad
Partidas a Santa Inés
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283

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP/O DE AVES
Corregimiento Santa Inés.
NOMENCLATURA
Calle 49
Calle 50
Carrera 47
ARTÍCULO 78.
INICIO
Carrera 47
Carrera 48
Partidas a Santa Rita
Carrera 48
Partidas a La Borraja
Calle 49
VIAS COLECTORAS. Adóptese como vías colectoras para el suelo urbano de
Andes, las siguiente:
Cabecera Municipal:
NOMENCLATURA
Caile acceso a Brisas de San
Juan
Carrera 50
Carrera 51
Carrera 5?
Carrera 52
Calle 51
Calle 54
Calle 52
Calle 55
Calle 56
Calle 59
Carrera 48
Calle 51
Calle 47
INICIO
Troncal del Café
Ciudadela Educativa
Diagonal 53
Calle 52
Calle 51
Carrea 53
Carrera 50
Calle 54
Calle 52
Carrera 53
Carrera 56
Vía sin nomenclatura
Carrera 50
Puente peatonal Unidad
Deportiva de Andes
Carrera sin nomenclatura
(Zona central de Brisas de San
Juan)
Calle 50
Calle 52
Calle 51
Calle 50
Carrera 55
Calle 52
Carrera 50A
Carrera 56
Carrera 56
Carrera 57
Calle 54
Diagonal 53
Carrera 50
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE A AVES
NOMENCLATURA
FIN
Carrera 54
Carrera 55
ARTíCULO 79.
las siguiente:
Calle 53
Calle 51
Calle 55
Calle 56
VIAS
LOCALES. Adóptese como vías locales para el suelo urbano de Andes,
Cabecera Municipal:
N"ENCLATURA
Diagonal 53
Calle 53
Calle 52
Calle 50A
Calle 50
Calle 50
Calle 50A
49A
Calle 49
Calle 48
Calle 47A
Calle 47A
Calle 47
Calle 46
Calle 45
Carrera 51
Tel:
Carrera 47A
Carrera 47A
Río San Juan
Carrera 48
Carrera 48
Carrera 49
Carrera 52
Carrera 51
Carrera 51
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 52
Carrera 52
Río San Juan
Río San Juan
Diagonal 53
FIN
Calle 53A
Carrera 50
Carrera 51
Carrera 49
Carrera 49
Carrera 50
Quebrada La Chaparrala
Carrera 52
Carrera 52
Carrera 51
Carrera 51
Diagonal 52
Sin nomenclatura
Carrera 50
Carrera 49
Carrera 52A
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===== PÁGINA 286 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
-INICIO*
MU,VC/P/O DE ANDES
NOMEN LATURA
Calle 52
Carrera 52A
Carrera 53
Carrera 54
Carrera 55
Carrera 56
Carrera 56A
Carrera 53
Carrera 53A
Carrera 54
Carrera 55
Carrera 52A
Carrera 52B
Carrera 54
Carrera 56
Carrera 48
Carrera 49
Diagonal 50
Carrera 49
Carrera 48
Carrera 49
Carrera 50A
Carrera 51
Carrera 52
Carrera 52
FIN
Diagonal 53
Calle 55
Calle 54
Calle 49A
Calle 49A
Calle 51
Calle 53
Sin nomenclatura
Calle 56
Calle 56
Calle 56
Calle 56A
Sin nomenclatura
Calle 57
Calle 58
Calle 50A
Calle 50A
Carrera 49
Sin nomenclatura
Calle 47
Sin nomenclatura
Diagonal 53
Calle 52
Calle 50
Calle 48
Calle 54
Sin nomenclatura
Calle 55
Calle 53
Calle 51
Calle 53
Calle 55
Calle 56A
Calle 57
Calle 56A
Calle 57
Sin nomenclatura
Sin nomenclatura
Calle 578
Sin nomenclatura
Calle 50
Diagonal 50
Carrera 49
Calle 50
Calle 45
Calle 45
Calle 51
Calle 50
Calle 49
Calle 47
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===== PÁGINA 287 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O PE ANDES
NOMENCLATURA
Calle 52
Calle 53
Calle 54
Calle 55
Calle 57
Calle 56A
Calle 56A
Calle 57A
Calle 578
Corregimiento Tapartó.
NOMENCLATURA
Calle 52
Calle 51
Calle 49
Calle 47
Carrera 47
Carrera 48
Carrera 49
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 51
Carrera 52
Carrera 53
Calle 54
Carrera 56
Carrera 56
Carrera 57
Carrera 52A
Carrera 57
Carrera 54
Carrera 54
INICIO
INICIO
Salida a Betania
Carrera 50
Carrera 49
Carrera 50
Calle 52
Calle 52
Calle 52
Calle 52
Cale 50
Calle 51
Calle 49
FIN
Carrera 55
Carrera 52
Carrera 56A
Carrera 57
Carrera 57
Carrera 55
Sin nomenclatura
Carrera 55
Carrera 56
FIN
Carrera 49
Carrera 51
Carrera 52
Carrera 51
Calle 51
Calle 50
Calle 50
Calle 51
Calle 47
Calle 47
Calle 48
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
Corregimiento San José.
—++30MENCLATURA
Calle 51
Calle 50
Carrera 49
Carrera 50
Corregimiento Buenos Aires.
NOMENCLATU
Calle 54
Calle 53
Calle 52
Calle 51
Calle 51
Calle 50
Carrera 49
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 52
Corregimiento Santa Rita.
NOMENCLATURA
Calle 50
Carrera 50
Corregimiento Santa Inés.
Calle 50
Calle 48
Carrera 48
Carrera 49
INICIO
Carrera 49
Partidas a Andes
Sin nomenclatura
Calle 51
INICIO
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 50
Carrera 49
Carrera 51
Carrera 49
Calle 52
Calle 53
Calle 49
Calle 52
aNlClO
Carrera 51
Carrera 51
INICIO#f
Sin nomenclatura
Partidas al Cedrón
Quebrada Santa Inés
Calle 48
FIN
Carrera 50
Partidas a La Manuela
Calle 51
Calle 50
Carrera 51
Carrera 51
Partidas a Valleumbría
Carrera 50
Carrera 52
Partidas a Valleumbría
Calle 50
Calle 51
Partidas a La Argentina
Calle 49
FIN
Partidas a Andes
Partidas a San Gregorio
FIN
Carrera 48
Carrera 49
Calle 50
Calle 50
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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288

===== PÁGINA 289 =====
MU,VC/P/O ANDES
ARTÍCULO 80.
CONCEJO
MUNICIPAL
VÍAS PEATONALES. Adóptese como vías peatonales para el suelo urbano de
Andes, las siguiente:
Cabecera Municipal:
NOMENCLATURA
Senderos peatonales en Brisas
de San Juan
Senderos peatonales en
Vueltas del Río
Senderos peatonales en La
Alameda
Senderos peatonales en Plaza
de Ferias
Carrera 52 - Escalinatas
Carrera 52 - Puente peatonal
quebrada La Chaparrala
Carrera 52A - Escalinatas
Carrera 52A - Escalinatas
Calle 50 — Escalinatas, puente
y sendero
Carrera 53 - Escalinatas
Calle 49A — Puente y sendero
peatonal
Carrera 54 — Vía peatonal
Carrera 55 — Senderos
peatonales
Calle 49 - Escalinatas
Calle 48 - Escalinatas
Calle 47A - Escalinatas
Río San Juan
Carrera 52A
Calle 52
Carrera 51
Troncal del Café
Carrera 52B
Carrera 52
Sin nomenclatura — Ciudad
Cori
Calle 57
Carrera 51
Carrera 50
Carrera 50
FIN
Carrera 50A
Diagonal 53
Calle 55
Ciudad Cori
Carrera 49
Calle 53
Carrera 53A
Carrera 55
Carrera 56
Carrera 52
Carrera 51
Carrera 51
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceip@Andes-antioquia.gov.co
289

===== PÁGINA 290 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'PV DE ANDES
NOMENCLATURA
INICIO
Calle 47A - Escalinatas
Calle 45 - Escalinatas
Carrera 57 - Escalinatas
Senderos peatonales en María
Auxiliadora
Carrera 50A - Escalinatas
Carrera 51 - Escalinatas
Carrera 52 - Escalinatas
Diagonal 52 - Escalinatas
Calle 51
- Escalinatas
Calle 51 -
Escalinatas
Calle 52
- Escalinatas
Calle 53
- Escalinatas
Calle 54 -
Escalinatas
Escalinatas
Calle 54 -
Calle 55
- Escalinatas
Carrera 52
Río San Juan
Calle 53
Calle 51
Calle 52
Calle 50
Sector La Aguada
Carrera 53
Carrera 55
Carrera 55
Carrera 56
Calle 52
Carrera 56A
Carrera 56
Diagonal 52
Carrera 50
Calle 57
Calle 50
Calle 51
Calle 49A
Carrera 53A
Carrera 56
Carrera 57
Carrera 57
Carrera 52
Carrera 57
Carrera 57
ARTíCULO 81.
PERFILES Y SECCIONES VIALES. adóptese los siguientes elementos que
conforman los perfiles y las secciones viales de la jerarquía vial urbana:
Vías arterias:
ELEMENTO DE SECCI
Número de calzadas
Número de carriles
Ancho de carril
N VIAL
E
ECIFICACIONES
Zona verde (una por cada lado de la calzada)
1
2
3,5 metros
1 metro
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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===== PÁGINA 291 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PfO DE ANDES
Ciclorruta (una por cada lado de la calzada)
Ancho de andén
Sección total
Vías Colectoras:
ELEMENTO DE SECCI
Número de calzadas
Número de carriles
Ancho de carril
N VIAL
Zona verde (una por cada lado de la calzada)
Ancho de andén
Sección total
Vías Locales:
ELEMENTO DE SECCI N VIA
Número de calzadas
Número de carriles
Ancho de carril
Ancho de andén
Sección total
Peatonales:
ELEMENTO DE SECCI
Número de andenes
Ancho de andén
Sección total
N VIAL
1 metro
1, 5 metros
14 metros
ESPECIFICACIONES
2
3,5 metros
1 metro
1, 5 metros
12 metros
ESPECIFICACIONES
1
2
3 metros
1, 5 metros
9 metros
ESPECIFICACIONES
2
2 metros
4 metros
SECCIÓN 2
SUBSISTEMA DE MOVILIDAD RURAL
ARTÍCULO 82.
JERARQUÍA VIAL RURAL. De acuerdo a la Ley 1228 de 2008, la red vial
nacional se clasifica o jerarquiza en vías de primer orden o primarias, vías de segundo orden o
secundarias y vías de tercer orden o terciarias, 10 cual determina su nivel de importancia, así, las
primarias son generalmente las vías nacionales, las secundarias son vías departamentales y las
terciarias son vías veredales en los Municipios; y por otra parte, significa en principios, que las vías
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
291

===== PÁGINA 292 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
serán mantenidas y mejoradas por dineros provenientes de la nación en caso de que sean de primer
orden, el departamento en caso de ser de segundo orden y la red terciaria debe ser mantenida y
mejorada por los Municipios.
La
48 _
49
50
51
52
53
Jerarquía Vial Rural consolidada se presenta en los planos con código
InfraestructuraVialCabecera
FU
InfraestructuraVialBuenosAires
FU
FIJ
InfraestructuraVialSanJose
FIJ
InfraestructuraVialSantalnes
FU
InfraestructuraMalSantaRita
FU_lnfraestructuraVialTaparto.
PARÁGRAFO. En la jurisdicción del Municipio de Andes no se cuenta con vías primarias o de primer
orden.
ARTÍCULO 83.
ZONAS DE EXCLUSIÓN O RETIROS VIALES. Incorpórese al ordenamiento
territorial del Municipio de Andes, por ser determinante las áreas de exclusión o retiros viales
establecidos en la Ley 1228 de 2008, los cuales se indican así'
Para carreteras de la red vial nacional: dimensión mínima de 60 metros (60 m) — 30 a eje de
vía. "En vías de doble calzada de cualquier categoría la zona de exclusión se extenderá mínimo
veinte (20) metros a lado y lado de la vía que se medirán a partir del eje de cada calzada
exterior."
Para carreteras de la red vial intermunicipal: dimensión mínima de cuarenta y cinco metros (45
m) — 22.5m a eje de vía
Para vías veredales primarias y secundarias: dimensión mínima treinta metros (30 m) — 15m a
eje de vía.
Las dimensiones mínimas aquí determinadas, se tomarán la mitad a cada lado del eje de la vía.
ARTÍCULO 84.
VÍA SECUNDARIA O DE SEGUNDO ORDEN. En la jurisdicción del Municipio
de Andes se cuenta con las siguientes vías secundarias o de segundo orden a cargo de la Gobernación
de Antioquia.
Pueblorrico - Ye a La Bodega
Secundaria
(Andes) - La Bodega Andes
15,15 60AN04-1
Departamento de
Antio uia
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49P-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
292

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'P/O DE ANDES
Remolino - Hispania - Puerto Boy
- La Bodega - Andes - Jardín -
Alto de Ventanas
Ye a La Bodega (Andes) -
Puente Lata - Jericó
Secundaria
Secundaria
11,29 60AN04
14,21 60AN04-1-1
Departamento de
Antioquia
Departamento de
Antioquia
ARTÍCULO 85.
VÍAS TERCIARIAS O DE TERCER ORDEN. EI Municipio de Andes cuenta vías
terciarias, las cuales se citan en la siguiente tabla:
Alto Cañaveral
Andes - La Solita
Andes - San Mi uel
Andes - Santa Rita - Santa Inés
Andes Tapartó
Andes-Quebrada Arriba
Anillo EI Líbano
Anillo La Cedrona
Anillo La Manuela
Anillo Valle Umbría
Buenos Aires La Argentina
California
California - EI Tapado
EI Cardal
EI Tapao
La Bodega - Alto Zenón -
Cañaveral - La Ye
La Borraja Arriba
La Comuna - San Miguel
La Ermita
La Esperanza
La Lejía
La Lejía Arriba
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
2,73
5,41
9,99
26,51
10,75
13,52
1,48
3,26
7,47
1 ,33
4,77
3,51
3,47
2,39
14,27
2,65
9,59
4,09
4,47
0,59
2,63
05034VT68
05034vT01
05034VT69
05034VT04
05034VT06
05034VT87
05034VT90
05034VT91
05034VT92
05034VT222
05034T70
05034VT71
Sin Código
05034VT89
05034VT72
05034VT219
Sin Código
05034VT73
Sin Código
05034VT93
05034VT80
Sin Código
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Municipio
Municipio
Munici io
Departamento de
Antioquia
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
293

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/0 05 AVDES
La Melliza - Monte Verde
La Piedra
La Seria
La Soledad
La Solita - Alto del Ra o
Los Chorros
Palestina - La Bodega
Ramal San Pedro - San Pedro
Arriba
Río Claro
Risaralda
San A ustín
San Bartolo
San Gregorio
San José - Yarumal - San Carlos
San Pedro Abajo
San Perucho
Santa Inés - La Borraja
Santa Inés - La Cristalina
Tapartó Betania
Valle Umbría - Alto La Venada
Vía Morro Amarillo
Villa César - La Rochela
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
Terciaria
5,56
5,69
3,58
3,57
4, 56
2,36
7,52
2,71
4,09
5,05
8,12
5,11
11,39
0,40
2,48
3,38
9,56
0,50
1,73
0,04
2,63
SECCIÓN 3
05034VT82
Sin Código
05034VT221
05034VT81
Sin Códi o
05034v-r75
05034VT220
05034VT84
05034VT76
05034VT03
05034VT83
05034T77
05034VT86
Sin Código
05034VT85
05034VT88
Sin Código
Sin Códi o
Sin Códi o
05034T78
05364VT60
05034VT74
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Munici io
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
SUBSISTEMA DE TRANSPORTE
TRANSPORTE PÚBLICO URBANO. Es necesario que ei Municipio en
ARTÍCULO 86.
compañía de la empresa transportadora, a corto plazo, realice estudios de demanda y de origen -
destino, para determinar si la oferta de transporte suple la necesidad de la demanda actual y mejorar
la prestación de servicios, verificando horarios, frecuencias y cobertura.
Estas verificaciones deberían realizarse cada tres (3) años, para conocer las dinámicas de los viajes
de los habitantes, los motivos de viaje y los modos utilizados para realizarlos y de esta forma actualizar
la capacidad transportadora del sistema.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
294

===== PÁGINA 295 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
ARTÍCULO 87.
TRANSPORTE RURAL. Se debe desarrollar un estudio de capacidad
transportadora para las personas que prestan dicho servicio, en el cual se identifique la demanda y se
compare con la oferta actual de vehículos que viajan a cada una de las veredas.
Es importante tener en cuenta que para cada ruta veredal debe existir un inicio de ruta en la cabecera
urbana y un final de ruta en la vereda con su respectivo paradero autorizado. Este debería contar con
un mobiliario básico de infraestructura, como paraderos adecuados en materiales de la zona, para la
espera cómoda por parte de los pasajeros del transporte público.
Los vehículos que prestan el servicio público de pasajeros a nivel veredal deben contar con un
despacho, frecuencias definidas y estacionamiento en la cabecera urbana del Municipio en estos
puntos para las chivas y camperos.
SECCIÓN 4
ESTACIONAMIENTOS
ARTÍCULO 88.
PARQUEADEROS -
ESTACIONAMIENTOS EN SUPERFICIE. Para la
construcción de parqueaderos o estacionamientos, en la jurisdicción del Municipio de Andes, se podrán
combina diferentes ángulos de estacionamiento en función del área disponible. Para ello se
conformarán bloques unidos a zonas internas de circulación, de tal manera que la distribución permita
la optimización del espacio, esto como se detalla en la siguiente tabla:
ANGULO
ANCHO M D EA,
(M)
ESTACIONAMIENTO(A)
GRANDES OS
ANCHO DE CIRCULACI N,
GRANDES PEQUE OS
300
450
600
900
13,00
14,75
17,50
19,75
12,00
13,50
13,50
3,00
3,35
5,40
8,75
2,70
3,00
4,00
5,00
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49!-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
295

===== PÁGINA 296 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O PE ANDES
PARÁGRAFO 1. Deberá instalarse topes de llantas con una altura que no excede los 0,15 m y su
ubicación debe separarse del borde de la celda 0,10 m más del vuelo delantero o trasero del vehículo,
según sea el caso.
PARÁGRAFO 2. Cuando el estacionamiento se realice contra muros, deberá colocarse protectores
que generen una holgura mínima de 0,15, la instalación de protectores será una medida adicional a
los tope llantas y no suprime el uso de estos últimos.
Especificaciones Técnicas: Para este tipo de estacionamiento se tendrán en cuenta las
especificaciones planteadas para los estacionamientos en superficie y se complementarán con los
siguientes:
• Pendiente máxima en rampas: 15%
• Rampas de transición: 6% en mínimo 3,60 m
Radio mínimo de giro interior: 6,00 m
Sobreancho mínimo en curvas: 0,50 m
Ancho de pasillos: 3,00 m (para un sentido) y 6,25 m (para dos sentidos)
ARTíCULO 89.
CELDAS DE PARQUEO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. En
los estacionamientos privados y para visitantes de todas las edificaciones abiertas al público como
edificios de uso público, nuevas urbanizaciones y unidades residenciales entre otras, se debe contar
con celdas para personas con movilidad reducida de acuerdo con la reglamentación expedida para tal
efecto por el Gobierno Nacional.
SECCIÓN 5.
SEÑALIZACIÓN
MANUAL DE SEÑALIZACIÓN VIAL. Para cualquier implementación de señales
ARTÍCULO 90.
de tránsito dentro del Municipio en su área urbana o rural, sean horizontales, verticales, especiales,
elevadas, por eventos, emergencia, transitoria, entre otras, se deberá consultar de manera obligatoria
el Manual de Señalización Vial, publicado en el año 2015 por el INVIAS, o su actualización, y cumplir
con los lineamientos allí plasmados, como diseño de las señales de acuerdo con la jerarquía de la vía,
la velocidad, el flujo vehicular, el flujo peatonal, la circulación de vehículos de transporte público y/o de
carga.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
296

===== PÁGINA 297 =====
MU,VCP/O DE AA'PES
ARTÍCULO 91.
CONCEJO
MUNICIPAL
PLAN DE MANEJO DE TRÁNSITO - PMT. Este Plan se formulan siempre y
cuando haya una afectación a una vía vehicular o peatonal por la intervención de obras, como
instalación de acueductos, alcantarillados, mejoramientos viales, redes de telecomunicaciones, redes
de gas, cierres parciales o totales, durante el día o la noche, el cual debe ir acompañado de un plano
de señalización. Deben ser presentados a la Secretaría de Planeación, e Infraestructura con un plazo
mínimo de quince (15) días hábiles previo a la fecha proyectada para la intervención, ello para efecto
de su revisión y aprobación.
ARTÍCULO 92.
PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL (PESV). La Secretaría de
Planeación e Infraestructura deberá formular el Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), documento
de obligatorio cumplimiento desde el año 2016 y el cual puede extender su propuesta al Municipio, por
medio de intervenciones en las vías de manera que se mejore la seguridad de todos los actores viales
y disminuyendo el riesgo de siniestros.
ARTÍCULO 93.
GESTIÓN Y CONTROL DEL TRÁNSITO. Para ei control del tráfico en ei
Municipio de Andes se establece principalmente el uso de señales (preventivas, reglamentarias e
informativas) tal y como se describe a continuación y su uso y especificaciones técnicas, deberá
ceñirse a 10 indicado en el manual de Señalización vial del año 2015 del INVIAS, adoptado mediante
resolución NO 0001885 de 2015.
1. Señales Preventivas: Deben ubicarse a una distancia entre 60 y 80 m del riesgo que señalan.
2. Señales reglamentarias: Se ubicará en el punto donde existe la restricción (prohibición)
3. Señales informativas: Su ubicación será definida por un estudio que determine la necesidad de
su uso.
PARÁGRAFO: En el Municipio de Andes, también pondrán recurrirá al uso de marcas (señalización
horizontal) tales como líneas y símbolos colocados sobre el pavimento; así como sardineles u otros
objetos utilizados para la delimitación y demarcación de áreas y/o para canalizar el tránsito.
ARTÍCULO 94.
CRITERIOS DE MANEJO PARA EL SUBSISTEMA DE MOVILIDAD A NIVEL
URBANO. Los criterios para el manejo del sistema de movilidad a nivel urbano en el Municipio de
Andes se presentan divididos en: movilidad no motorizada (red peatonal) y movilidad motorizada (red
vehicular).
1. Movilidad no motorizada (red peatonal). Los andenes y senderos destinados a la movilidad
peatonal deben garantizar accesibilidad a personas con movilidad reducida ya sea temporal o
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O ANDES
permanente, ello implica que deben dar continuidad, evitar desniveles, estar libres de obstáculos y
construirse con materiales que permitan un desplazamiento seguro incluso bajo condiciones de
lluvia. De igual manera, acoger las directrices de las Normas Técnicas Colombianas (NTC 4143,
4144, 4201, 4279 y 5610)
a.
b.
c.
d.
Todos los andenes nuevos en el Municipio de Andes deben conservar un ancho mínimo de
1,50 m.
Garantizar la existencia de cruces peatonales sobre las vías, de tal forma que se dé continuidad
a la circulación en modo caminata.
Está prohibido el parqueo de vehículos de ningún tipo que obstaculice la circulación del peatón,
así como tampoco podrá realizarse estacionamiento en zonas verdes ni franjas de circulación
peatonal.
Las intervenciones que se realicen a nivel urbano deben propender por la generación de
espacios cómodos, suficientes, seguros, accesibles y adecuados para la movilidad peatonal.
2. movilidad motorizada — Red vial vehicular.
a.
b.
c.
d.
En la zona urbana ya construida (consolidada) tanto de la cabecera municipal como de los
suelos urbanos corregimentales de Tapartó, San José, Buenos Aires, Santa Rita y Santa Inés,
al momento de adelantar proyectos constructivos, el paramento de las nuevas edificaciones
deberá conservar una distancia tal que permita cumplir con la sección vial definida en el numeral
iErrorl No se encuentra el origen de la referencia. acorde con la jerarquía de la vía sobre la
que se localiza el proyecto constructivo.
Todas las vías que se construyan a partir de la entrada en vigencia de este PBOT deben cumplir
con la sección mínima definida en el numeral iErrorl No se encuentra el origen de la
referencia. acorde con la Jerarquía vial que corresponda según su localización.
Sobre las vías arterias no está permitido el estacionamiento de vehículos. De igual manera
tampoco podrán estacionarse en espacios públicos tales como zonas verdes, franjas de
mobiliario urbano, de circulación peatonal o bicicletas.
Las nuevas vías que se construyan en el Municipio deben mejorar las condiciones de
accesibilidad a los predios aledaños a la vía para las personas con condiciones de movilidad
reducida (ya sea temporal o permanente).
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE AVES
e.
f.
EI acceso vehicular a proyectos urbanísticos o de alto impacto en la movilidad debido al alto y
contante flujo de vehículos, deberá realizarse a través de vías locales (de servicio) con la
inclusión de bahías y/o sobreanchos que mitiguen el impacto sobre el alineamiento vial.
Deberá delimitarse zonas para cargue y descargue de mercancías, así como horarios de tal
manera que no se obstaculice la circulación de los otros actores viales.
CAPÍTULO 6
INFRAESTRUCTURA PARA PROYECTOS TURÍSTICOS ESPECIALES
ARTÍCULO 95. INFRAESTRUCTURA PARA PROYECTOS TURÍSTICOS ESPECIALES. EI
Municipio de Andes debe proyectar el aprovechamiento del potencial turístico que ofrecen las
características naturales del territorio, así entonces se pretende aprovechar y conservar senderos
ecoturísticos y rutas que fortalezcan el turismo hacia el sector occidental y sur del Municipio, y la
creación de programas y proyectos turísticos asociados a los ecosistemas del páramo, que no
generen deterioro o afectaciones en los mismos.
Para este fin se plantea además el fortalecimiento del subsistema de espacio público municipal y
el corregimiento de Buenos Aires, como sistema de soporte que sirva como punto de encuentro y
promoción del sector turístico, asociado principalmente a los espacios públicos de la cabecera
municipal.
Acompañado de 10 anterior, el mejoramiento integral del subsistema de la infraestructura de
movilidad, principalmente de las vías carreteras secundarias y terciarias, será la base fundamental
para soportar y potenciar cualquier proyecto ecoturístico en Andes.
CAPíTULO 7
MACROPROYECTOS
ARTÍCULO 96. MACROPROYECTOS. La Jurisdicción del Municipio de Andes tiene incidencia
los siguientes macroproyectos nacionales.
1. Relleno Sanitario Regional: En la subregión del suroeste antioqueño se presentan
problemáticas sanitarias actuales por la situación de saturación, inexistencia o ilegalidad de los
sitios de disposición de residuos (rellenos sanitarios) en la mayoría de los Municipios, como
han informado varios medios de comunicación 10 que convierte esta situación en un
componente prioritario en la planificación regional por las implicaciones de deterioro ambiental
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceip@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
2.
3.
y de salud pública que implican. Si bien desde el 2015 se viene proyectando la construcción de
un relleno sanitario regional en el Municipio de Andes con la finalidad de atender demandas
regionales de este servicio de saneamiento, hasta el momento no se ha iniciado la ejecución
de dicho proyecto.
Para el manejo adecuado de los residuos sólidos provenientes de la construcción y la
demolición, debe cumplir con 10 estipulado en la Resolución MADS 0472 de 2017, modificada
por la Resolución 1257 de 2021. La ubicación de área propuesta como receptora de los RCD,
está en el plano: 3_FG3_SueloProteccion.
Programa De Gestión, Diseño Construcción Y Mejoramiento De Vías Departamentales:
En EI Plan De Desarrollo Departamental De Antioquia "Unidos por la vida" 2020-2023, se
establece un programa de mejoramiento de vías departamentales, el cual contempla la
pavimentación de 395 km de vías departamentales, y la aprobación de un proyecto en etapa
de factibilidad mediante el mecanismo de alianza público privada APP. Dentro de las vías
proyectadas de este programa se menciona la vía Andes — San José — Pueblo Rico como uno
de los anillos, circuitos, y conexiones estratégicas identificadas en el ejercicio preliminar de
evaluación del programa y que serán sujetos a viabilidad técnica, social, legal y financiera.
Si bien en la actualidad no existe un proyecto en firme para el mejoramiento de esta vía que
atraviesa la jurisdicción de Andes, el Municipio debe tomar una posición proactiva en el
cumplimiento de este programa debido a las posibilidades y oportunidades que implican para
el territorio en materia comercial y de oferta de servicios a nivel regional.
Proyecto Hidroeléctrico San Juan (PHSJ): En la recolección de información del diagnóstico
se encontró la evidencia de estructuración de un proyecto hidroeléctrico denominado
"PROYECTO HIDROELECTRICO SAN JUAN" con permiso IDB0449-OO Resolución 1013 de
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en el cual se menciona su localización en
veredas de los Municipios de Andes, Pueblorrico, Hispania y Betania; sin embargo, no se
encontró información adicional acerca de su ubicación, área de influencia, o avance en la
estructuración del proyecto
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MUA'C,'P/O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
C» „nzw
LIBRO 3
COMPONENTE URBANO
PARTE 1
ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL SUELO URBANO
ARTÍCULO 97.
MODELO DE OCUPACIÓN URBANO: EI modelo de ocupación es una guía
básica para orientar el imaginario de ciudad deseado para los suelos urbanos del Municipio. Para el
caso de Andes, es sabido que el suelo urbano que representa una mayor complejidad comparativa es
la cabecera municipal, ya que los suelos urbanos de los corregimientos tienen un desarrollo
relativamente bajo, con sistemas poco complejos, y densidades y demandas incipientes. En este
sentido, se elaboran dos tipos de modelos de ocupación.
En el primero, dedicado a las centralidades urbanas del nivel intermedio y rural (Niveles 2 y 3),
comprenden únicamente el modelo de ocupación de territorio que se describirá en el análisis de zonas
homogéneas, en el cual se definen los usos, tratamientos, y aprovechamientos urbanísticos que
determinarán el crecimiento controlado y orientado de dichos suelos urbanos en conjunto con la
destinación de los suelos de expansión.
En segundo lugar, se presentará a continuación el modelo de ocupación urbano de la cabecera
municipal de Andes, el cual se basa no solo en la zonificación de usos, tratamientos y
aprovechamientos resultante del estudio de zonas homogéneas, sino también del análisis de
centralidades y conexiones necesarias para el funcionamiento proyectado en materia de movilidad, y
distribución de la oferta de servicios del suelo urbano. De acuerdo con esto, y dependiendo de la escala
de cada uno de los suelos urbanos del Municipio, se construyó un modelo de ocupación basado en:
1. Zonas:
Estas se construyen a partir del análisis de zonas homogéneas y los resultados de la intersección
ajuste entre áreas de actividad, tratamientos urbanísticos, y potencial de aprovechamiento. Así
entonces se construyen un total de 1 1 zonas que son:
• Zl -Zona central de uso mixto consolidado: Áreas con usos mixtos comerciales,
residenciales y de equipamientos, con buenas características urbanas, y densidades
intermedias fácilmente soportables que deben seguir el proceso de consolidación.
• Z2-Zona de influencia vial - Media densidad consolidada: Zonas con un buen nivel de
consolidación, que, por su ubicación a 10 largo de vías principales, tienen posibilidades de usos
mixtos y densidades intermedias.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
Z3-Zona de influencia vial - Media densidad mejoramiento: Zonas con potencial de
densificación mayor al actual y diversificación de usos, que deben pasar primeramente por un
proceso de mejoramiento en sus cualidades urbanas.
Z4-Zona de influencia vial principal - Alta densidad: Zonas con un buen nivel de
consolidación, que, por su ubicación a 10 largo de vías principales, tienen posibilidades de usos
mixtos y altas densidades.
Z5-Zona de influencia vial principal - Alta densidad en desarrollo: Zonas que en la
actualidad no se encuentran completa o parcialmente desarrolladas, y que por su ubicación a
10 largo de vías principales tienen posibilidades de usos mixtos y altas densidades.
Z6-Zona de influencia vial principal - Baja densidad mejoramiento: Áreas que se ubican a
10 largo de vías principales importantes, pero por condicionantes naturales y del terreno no
permiten su densificación, y que además requieren actuaciones en torno al mejoramiento de
sus condiciones actuales.
Z7-Zona de protección Río San Juan: Son zonas boscosas que corresponden a las fajas
protectoras y otros elementos naturales que ayudan a la conservación y protección del Río San
Juan.
Z8-Zona industrial: Corresponde a una zona actualmente con usos agroindustriales.
Z9-Zona residencial mejoramiento: Comprende las áreas de uso principalmente residencial,
con bajas densidades, y que deben ser objeto de mejoramiento de sus deficiencias actuales.
ZIO-Zonas para desarrollo: Son las zonas del suelo urbano que en la actualidad no se
encuentran completa o parcialmente desarrolladas, y que se proyectan para la ubicación de
vivienda de densidad intermedia, equipamientos y espacio público.
Z11-Zonas residenciales consolidadas: Comprende las áreas actualmente de uso
residencial y con buenas características urbanas, que deben continuar su proceso de
consolidación.
2. Centralidades:
Son los puntos de encuentro actuales y proyectados para la confluencia de actividades urbanas como
el esparcimiento, la atención de servicios, la ubicación del comercio, y que en general proporcionan la
oferta de servicios urbanos que demanda la población. Estas se dividen en:
• Principal: Son las centralidades de mayor demanda y oferta de servicios, comercio, e
infraestructuras. En el caso de Andes se tienen dos centralidades principales actualmente que
coinciden con los espacios públicos de mayor jerarquía y confluencia, como 10 son el parque
principal del Municipio, y el parque del barrio San Pedro. De esta forma, se proyecta igualmente
una tercera centralidad de las mismas características y jerarquía en una zona de desarrollo al
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
norte del suelo urbano, en cercanías a la vía circunvalar que será el principal articulador urbano
de esa zona, y la Quebrada La Chaparralita, donde se proyecta la adecuación de un espacio
público paralelo a su faja protectora como forma de apropiación y articulación urbana.
• Complementaria: Son puntos donde se proyectan espacios públicos de confluencia barrial,
con el fin de liberar cargas a las centralidades complementarias y acercar algunos de los
servicios a las poblaciones periféricas, estas son actualmente proyectadas, debido a que los
espacios actuales no cuentan con las características de infraestructura y dotación suficientes
para cumplir con dicha función
3. Conexiones:
Serán los sistemas de infraestructura enfocados en articular las zonas y centralidades del suelo
urbano, a partir de sus mayores cualidades morfológicas, paisajísticas, y de accesibilidad en el
entramado urbano. Estas se componen de:
• Circuito de vías primarias: Son las vías principales de la jerarquía vial urbana, las cuales
presentan hoy condiciones de mayor favorabilidad por su continuidad, alcance y perfil vial, o
que tienen potencial para su adecuación y futura optimización. A 10 largo de su recorrido, se
proyectan también la oferta de usos mixtos y mayores aprovechamientos urbanísticos por su
posibilidad de soportar las cargas urbanísticas que estos representan en materia de espacio,
optimización de la movilidad, y continuidad del circuito.
• Circuito vial peatonal y paisajístico: Comprende la propuesta de unión de vías principales,
espacios públicos sostenibles, pasajes comerciales y peatonales ecológicos y centralidades
urbanas, que conformen un completo circuido agradable y óptimo para el desplazamiento y la
solución de las necesidades de la población
ARTÍCULO 98.
MODELO DE OCUPACIÓN DE LA CABECERA MUNICIPAL. se basa no solo
en la zonificación de usos, tratamientos y aprovechamientos resultante del estudio de zonas
homogéneas, sino también del análisis de centralidades y conexiones necesarias para el
funcionamiento proyectado en materia de movilidad, y distribución de la oferta de servicios del suelo
urbano.
ARTÍCULO 99.
MODELO DE OCUPACIÓN DE LOS SUELOS URBANOS
CORREGIMENTALES. Para los suelos urbanos de los corregimientos Tapartó, Buenos Aires, San
José, Santa Rita, y santa Inés se propone como modelos de ocupación las zonificaciones homogéneas
de usos y tratamientos correspondientes a cada uno
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MU,VC/PV DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
TiTULO 1
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL. Las áreas de
ARTÍCULO 100.
conservación y protección ambiental en el Municipio de Andes funcionan como áreas de prestación de
servicios ecosistémicos, diversidad y bienestar humano, los cuales son percibidos por los habitantes
como una mejor calidad de vida. Andes cuenta con ecosistemas estratégicos importantes por su
prestación de servicios ecosistémicos, como los páramos, las rondas hídricas y humedales, los cuales
son consideradas como zonas de importancia ambiental en las cuales se pueden desarrollar sistemas
de espacio público natural, estas áreas se describen a continuación:
2.
3.
1. Paramos: Los páramos son considerados ecosistemas estratégicos principalmente por el papel
que cumplen en la regulación del ciclo hidrológicos que sustenta el suministro del recurso
hídrico para las actividades humanas y actividades económicas. Los páramos cuentan con una
gran biodiversidad de fauna y flora, sin embargo, su vulnerabilidad ante el cambio climático y
activades antrópicas han generado impactos negativos en este ecosistema, los que incrementa
los esfuerzos para su conservación y protección. La necesidad de excluir estos ecosistemas de
las actividades productivas se establece por primera vez en la Ley 1382 de 2010, la cual
modifico parcialmente el Código de Minas; la delimitación de estos ecosistemas corresponde
al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible fundamentado en criterios científicos fijados
por el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt — IAvH
(MINAMBIENTE, s. f.-b).
Humedales: Estos elementos prestan servicios ecosistémicos que mejoran la calidad de vida de
las personas que habitan el territorio de manera directa o indirecta, además de ayudar a mitigar los
efectos adversos de las inundaciones regulando el ciclo hidrológico y combatiendo los efectos del
cambio climático EI Municipio cuenta con dos humedales, La laguna Santa Rita se encuentra al
occidente del Municipio en la RFP Farallones de Citará y cuenta con una extensión aproximada de
0,022 Km2, el otro humedal no cuenta con un nombre y se encuentra en el norte del Municipio en
la vereda La Bodega, con una extensión total de 0,002 Km2; estos humedales se encuentran
asociados a las dinámicas hidrológicas de las subzonas hidrográficas NSS3 de la quebrada Santa
Rita y el Rio San Juan..
Áreas forestales protectoras asociadas a los cuerpos de agua, drenajes y nacimientos. Estos
elementos están conformados por las áreas forestales protectoras del recurso hídrico de las
quebradas o drenajes, No obstante, el Municipio de Andes no tiene delimitadas sus rondas hídricas,
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MUA'CP/O ANDES
por esta razón, deberán entonces respetarse los retiros a fuentes de agua considerando las áreas
forestales protectoras, de acuerdo con 10 establecido en Decreto 1076 de 2015 en su artículo
2.2.1.1.18.2. y 2.2.3.2.3.4, es decir, para los nacimientos mínimo 100 metros a la redonda a partir
de la periferia y, una faja no inferior a 30 metros de ancho paralela a las líneas de mareas máximas
a cada lado de cauces y alrededor de lago y depósitos de agua.
TÍTULO 2
ZONAS DE AMENAZA Y RIESGO
ARTÍCULO 101. ZONAS CON AMENAZA Y RIESGO: Todas las áreas con amenaza y riesgo alto
en el suelo urbano ante inundaciones y movimientos en masa, se delimita en los siguientes planos:
ACR Cabecera;
43_FU 44_FU ACA ACR SanJose;
PARÁGRAFO. En los estudios básicos no se identificaron zonas en la cabecera municipal en las que
presentaran avenidas torrenciales.
PARTE 2
ZONAS CON CONDICIÓN DE AMENAZA Y RIESGO
ARTÍCULO 102.
MEDIDAS DE MANEJO PARA LAS ZONAS DE AMENAZA Y RIESGO. Las
zonas de amenaza y riesgo deben implementar las siguientes medidas de manejo:
1
2.
3.
4.
Dar prioridad al desarrollo de los estudios de detalle en las Áreas con Condición de Riesgo (ACR)
que permitan definir con exactitud el nivel real de amenaza de la infraestructura ubicada allí.
Llevar un control de las aguas lluvias y de escorrentía, ya que un inadecuado manejo de estas
podría detonar movimientos en masa y provocar acumulaciones de agua favoreciendo
inundaciones en algunos sectores. Este control se debe realizar a través de cunetas y sistemas de
recolección y aprovechamiento de aguas lluvias, así como en el mantenimiento y posterior
reposición de las redes de alcantarillado.
Adecuación de las vías existentes, en relación con el control de las aguas de escorrentía, a través
de la implementación de obras de drenajes que lleven estas aguas a cauces naturales.
Reforzamientos de las estructuras vitales como equipamientos de salud, educación e instituciones
como la Alcaldía, en cuanto a su adecuación con la normatividad del Reglamento Colombiano de
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Muz,
5.
6.
7.
8.
9.
MUNCfP/O DE A AVES
Construcción Sismorresistente (NSR — 10), pues estas son las edificaciones que deben
mantenerse funcionando ante la ocurrencia de un evento.
Implementar medidas de intervención en cuanto a la construcción de nueva infraestructura como
edificaciones y vías; estas deben involucrar criterios de sostenibilidad, con el fin de disminuir la
amenaza y contribuir a mitigar el impacto del cambio climático.
Realizar la reubicación de viviendas que se encuentren en alto riesgo frente a fenómenos naturales
o estructurales, luego de ser ejecutados los estudios de detalles o de ser necesario se pueden
adelantar este proceso sin esperar a la ejecución de dichos estudios.
Sistemas ecoeficientes en los servicios públicos: como son los sistemas de captación de aguas
lluvias y su uso eficiente, además de la utilización de paneles solares para diferentes funciones
como puede ser suministrar energía. Siendo estos sistemas de gran contribución hacia la
mitigación del cambio climático.
Dar prioridad al desarrollo de los estudios de detalle en las Áreas con Condición de Amenaza
(ACA), que permitan definir con exactitud el nivel real de la amenaza y la posibilidad de mitigarla.
La construcción de nuevas edificaciones debe incluir criterios de sismoresistencia de acuerdo con
la normatividad vigente.
10. Implementación de sistemas agroforestales en las laderas, partes traseras o solares de las
viviendas, con el fin de disminuir la ocurrencia de movimientos en masa; además de poder
aprovechar el potencial protector del Municipio, contribuir a la conectividad ecológica y al mismo
tiempo mitigar la amenaza.
11. No permitir la ocupación en las áreas clasificadas como amenaza alta por movimiento en masa,
hasta que sean realizados los estudios de detalle respectivos y se defina la mitigabilidad de la
amenaza o la declaración de áreas en suelo de protección.
12. No permitir la construcción de viviendas en áreas clasificadas como amenaza alta por inundación,
hasta que sean realizados los estudios de detalle respectivos y se defina la mitigabilidad de la
amenaza o la declaración de áreas de protección.
13. Se debe prohibir las construcciones de cualquier tipo de edificación sobre las estructuras
hidráulicas y protecciones de márgenes de los ríos y quebradas principales, a excepción de pasos
viales y obras de espacio público.
PARTE 3
SISTEMA ESTRUCTURANTE DE SERVICIOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 103.
SISTEMA ESTRUCTURANTE DE SERVICIOS PÚBLICOS. La infraestructura
de servicios públicos hace parte del suelo de protección, con el fin de garantizar la prestación de los
servicios públicos a la población del Municipio de Andes.
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DE ANDES
Los elementos que hacen parte de este sistema en la cabecera urbana y la cabecera corregimental
corresponden a los representados en los planos con códigos: 54_FU_ServPubyPerimetroCabecera;
55_FU_ServPubyPerimetroBuenosAires;
56_FU_ServPubyPerimetroSanJose;
57_FU_ServPubyPerimetroViaISantalnes;
58_FU_ServPubyPerimetroSantaRita y 59_FU_SeNPubyPerimetroTaparto.
PARTE 4
SISTEMA DE OCUPACIÓN URBANO
TÍTULO 1
TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS
ARTÍCULO 104.
CONCEPTO DE TRATAMIENTO URBANÍSTICO. De acuerdo con 10 dispuesto
en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto Nacional
1232 de 2020 los Tratamientos Urbanísticos son las determinaciones del Plan Básico de Ordenamiento
Territorial, que atendiendo las características físicas de cada zona considerada y de su capacidad de
carga y de soporte, establecen en función de estas, las normas urbanísticas que definen un manejo
diferenciado del territorio para los distintos sectores del Suelo Urbano y de Expansión Urbana.
Estos se asignan partiendo del resultado del análisis de zonas homogéneas desarrollado durante el
proceso de diagnóstico, y en el cual se tuvieron en cuenta variables como los suelos de protección
urbanos, los usos del suelo, el índice de ocupación y las alturas, para determinar las zonas con
mayores procesos de densificación y desarrollo dentro de la cabecera urbana y diferenciar por rangos
que responden a las variables zonas a las que se puede aplicar una normativa concreta.
Partiendo de ellos se definen los siguientes tratamientos y las siguientes normas generales aplicables
a todos los polígonos de tratamiento.
ARTÍCULO 105.
NORMAS GENERALES APLICABLES A TODOS LOS POLÍGONOS DE
TRATAMIENTO. Se adoptan las siguientes normas para todos los polígonos de tratamiento:
1. Se deben respetar los retiros a fuentes hídricas y a las zonas de protección e importancia
ambiental.
2. Se deberán dejar libres de construcción las zonas delimitadas como de amenaza alta.
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DE AMDES
3. Los elementos definidos como Bienes de Interés Cultural deben cumplir con la normatividad
exigible para estos, indiferente del tratamiento en que se encuentre.
4. No se debe fomentar la consolidación o el desarrollo de edificaciones en las zonas clasificadas
como de alta amenaza, excepto que un estudio de detalle demuestre que esta amenaza puede ser
mitigada, y siempre las intervenciones deberán ser posteriores a la ejecución y expedición de los
resultados de estos estudios.
TRATAMIENTO URBANÍSTICO DE CONSOLIDACIÓN (CN). se entiende por
ARTÍCULO 106.
consolidación, el tratamiento mediante el cual, en determinadas áreas con desarrollo definido y estable
se orienta la planificación y gestión territorial a consolidar los usos del suelo y las calidades urbanísticas
existentes, así como a corregir las deficiencias que afectan el correcto funcionamiento, teniendo en
cuanta las proyecciones a futuro.
Según el desarrollo urbanístico actual, en el Municipio de Andes se identifican dos (2) niveles al interior
de esta categoría.
1. CONSOLIDACIÓN NIVEL 1 (CNI). Zonas en proceso de consolidación de
factores socioeconómicos, y que pueden continuar el mismo a través del
mejoramiento y aumento gradual de sus infraestructuras de soporte. Ver planos
con códigos: 36_FU_TratamientosCabecera; 37 FU_TratamientosBuenosAires;
39 FU TratamientosSantalnes;
38 FU TratamientosSanJose;
40 FU_TratamientosSantaRita y 41_FU_TratamientosTaparto
2. CONSOLIDACIÓN NIVEL 2 (CN2). Zonas con un menor grado de consolidación
por sus menores cualidades urbanas, normalmente en puntos intermedios de
ubicación de infraestructuras de equipamientos, y puntos con concentraciones
planos con códigos:
2. Ver
1
de
estratos
medias
36 FIJ TratamientosCabecera;
38 FU TratamientosSanJose;
37 FU TratamientosBuenosAires;
39 FU TratamientosSantalnes;
40_FU_TratamientosSantaRita y 41_FU_TratamientosTaparto
TRATAMIENTO URBANÍSTICO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL (MI). Es
ARTíCULO 107.
aquel que se aplica a los sectores del Suelo Urbano y de Expansión que presentan desarrollos
urbanísticos incompletos y/o inadecuados donde se presentan procesos de ocupación y construcción
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_VZZW
MUA'C/P/O PE A
irregular, irregularidad en la tenencia de la tierra, deterioro crítico del medio ambiente, localización de
población en las áreas forestales protectoras de corrientes naturales de agua y zonas de alto riesgo
no mitigable, carencias en servicios públicos domiciliarios, insuficiente y baja calidad del espacio
público, carencias en equipamientos colectivos, inadecuadas condiciones de habitabilidad,
insalubridad y hacinamiento crítico.
Por tratarse de un tratamiento que determina acciones de regularización urbanística, el Municipio de
Andes adelantará los procesos de reconocimiento de las edificaciones existentes, implementará las
medidas de mitigación y tendrá en cuenta el cumplimiento de las normas de sismo resistencia.
Según el desarrollo urbanístico actual, en el Municipio de Andes se identifican tres (3) niveles al interior
de esta categoría.
1. MEJORAMIENTO NIVEL 1 (MII). Son zonas con deficiencias generales leves
de acceso a la infraestructura y equipamientos urbanos, así como un leve
deterioro de las condiciones económicas (prestación de servicios y estrato
socioeconómico), por 10 que requieren acciones que acerquen principalmente
los servicios básicos urbanos a su población. Ver planos con códigos:
36 FU TratamientosCabecera;
38 FU TratamientosSanJose;
37 FU TratamientosBuenosAires;
39 FU TratamientosSantalnes;
40 FU_TratamientosSantaRita y 41_FU_TratamientosTaparto
2. Mejoramiento nivel 2 (M12): Son áreas con complicaciones de acceso a los
servicios sociales básicos, espacio público e infraestructura de vías y servicios
públicos domiciliarios, normalmente ubicados en sitios periféricos del suelo
urbano, o con dificultades generadas por deficiencias en la estructura de
movilidad
la
urbana.
trama
y
36 FU TratamientosCabecera;
38 FU TratamientosSanJose;
Ver
planos
con códigos:
37 FU TratamientosBuenosAires;
39 FIJ TratamientosSantalnes;
40_FU_TratamientosSantaRita y 41 _FU_TratamientosTaparto
3. Mejoramiento nivel 3(M13): Comprende los puntos más críticos del territorio por
sus altas deficiencias generalizadas en los servicios evaluados, como acceso a
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MUVC/P/O DE ANDES
infraestructura, servicios públicos, equipamientos, espacio público, y
condiciones socioeconómicas de su población, por 10 que requieren los
programas y proyectos de mayor impacto que abarquen todos los niveles de
atención. Ver planos con
códigos:
36_FU_TratamientosCabecera;
37 FU_TratamientosBuenosAires;
39_FU_TratamientosSantalnes;
41 _FU_TratamientosTaparto
38_FU_TratamientosSanJose;
40_FU_TratamientosSantaRita
ARTÍCULO 108.
TRATAMIENTO URBANÍSTICO DE DESARROLLO (D). En ei Decreto 1077 de
2015 (Presidencia de la República de Colombia & Ministerio de Vivienda, 2015a) se define a este como
las determinaciones del componente urbano del plan de ordenamiento territorial o de los instrumentos
que 10 desarrollen y complementen que regulan la urbanización de predios urbanizables no
urbanizados en suelo urbano o de expansión urbana.
Este tratamiento exige la formulación y aprobación de Planes Parciales como instrumento de
planificación y desarrollo, en el cual se definen las normas sobre aprovechamientos, cesiones y
obligaciones de espacio público, equipamientos, infraestructuras y densidades definidas en el plan de
Ordenamiento Territorial; por 10 tanto, los predios al interior de este tipo de tratamiento no podrán
desarrollarse hasta tanto no se encuentra aprobado el plan parcial que los desarrolle. Ver planos con
códigos:
36 FU_TratamientosCabecera;
37 FU_TratamientosBuenosAires;
38_FU_TratamientosSanJose; 39_FU_TratamientosSantalnes; 40_FU_TratamientosSantaRita y
41 FU_TratamientosTaparto
PARÁGRAFO: los planes parciales que se desarrollen en suelo de expansión deberán ser concertados
con la autoridad ambiental.
ARTÍCULO 109.
CRITERIOS DE DESARROLLO PARA TRATAMIENTO DE DESARROLLO
Declárese dos (2) polígonos con este tipo de tratamiento ubicados en la cabecera municipal, y dos en
el corregimiento Tapartó, entendiendo además que los suelos de expansión urbano proyectados para
la cabecera municipal y los suelos urbanos de los corregimientos Tapartó, Buenos Aires y Santa Rita,
también deben contar con desarrollo a través de planes parciales. EI Artículo 2.2.2.1.4.1.3 del Decreto
1077 de 2015 (Presidencia de la República de Colombia & Ministerio de Vivienda, 2015a) establece
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las siguientes condiciones para la urbanización de predios con tratamiento de desarrollo en suelo
urbano:
• Mediante la adopción de plan parcial cuando se requiera de la gestión asociada de los propietarios de
predios mediante unidades de actuación urbanística o se trate de macroproyectos u otras operaciones
urbanas especiales.
Mediante la aprobación de un proyecto urbanístico general o licencia de urbanización sin trámite de
plan parcial, cuando el predio o predios cuenten con disponibilidad inmediata de servicios públicos y
cumpla con alguno de los siguientes requisitos:
o Se trate de predio(s) localizado(s) en zonas cuya área no supere las diez (10) hectáreas netas
urbanizables, delimitadas por áreas consolidadas o urbanizadas o por predios que tengan licencias de
urbanización vigentes y garanticen las condiciones de accesibilidad y continuidad del trazado vial.
o Se trate de un sólo predio cuya área supere las diez (10) hectáreas netas urbanizables, que para su
desarrollo no requiera de gestión asociada y se apruebe como un sólo proyecto urbanístico general de
acuerdo con 10 dispuesto en el presente decreto.
ARTÍCULO 110.
Sin embargo, las disposiciones sobre tamaño de predios y áreas anteriores solo
serán de aplicación en los Municipios y distritos que hayan adoptado los planes de ordenamiento
previstos en el literal a) del artículo 9 de la Ley 388 de 1997 (Congreso de la República de Colombia,
1997); es decir, los planes de ordenamiento territorial para Municipios de más de 100.000 habitantes.
No obstante, la actuación de urbanización deberá llevarse a cabo mediante plan parcial cuando no se
cumpla alguno de los requisitos anteriores. Ver planos con códigos: 36 FU_TratamientosCabecera;
37_FU_TratamientosBuenosAires; 38_FU_TratamientosSanJose; 39_FU_TratamientosSantalnes;
40_FU_TratamientosSantaRita y 41_FU_TratamientosTaparto
PARÁGRAFO: También se requerirá plan parcial siempre que el predio o predios objeto de la
actuación de urbanización se encuentre en alguna de las situaciones previstas para los planes
parciales que sean objeto de concertación con la autoridad ambiental
TÍTULO 2
USOS DEL SUELO URBANO
ARTíCULO 111.
CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS USOS DEL
SUELO. La definición de los usos del suelo urbano del Municipio se realiza teniendo como base los
resultados del diagnóstico territorial, específicamente del eje temático usos del suelo, la distribución de
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usos y actividades sobre la estructura urbana afecta tanto la movilidad y el transporte urbano en el
área central como también la oferta de servicios comerciales e institucionales en el Municipio.
En el ejercicio de zonas homogéneas se hizo evidente que la tendencia municipal en relación con los
usos del suelo es la de corregir los conflictos detectados, a reconocer la dinámica de la estructura
urbana y a garantizar el desarrollo de actividades acordes con el modelo de ocupación propuesto.
TIPOLOGÍA DE USOS. De acuerdo con las características particulares de cada
ARTíCULO 112.
actividad, adóptese para el Municipio de Andes las siguientes tipologías de usos en el suelo urbano y
de expansión urbana:
1.
o
o
o
2.
Uso Residencial: corresponde a todo terreno que se adecue específicamente para el uso
principal de la vivienda, que bajo el concepto general de urbanización promueva un desarrollo
urbanístico residencial. Los Uso Residenciales se podrán desarrollar en cualquier parte del área
urbana, con excepción de las zonas de alto riesgo no mitigable y las zonas con condiciones de
riesgo, hasta no sean desarrollados estudios de detalle. Los Usos Residenciales se clasificarán
Vivienda Unifamiliar
Vivienda Bifamiliar
Vivienda Multifamiliar
Usos comerciales y de servicios: corresponde a la actividad destinada al intercambio de bienes
al por mayor o al detal y a las actividades de apoyo a la producción y al intercambio de bienes
y servicios que satisfacen necesidades cotidianas o básicas de la población. Éste se podrá
establecer en zonas específicas de acuerdo con las características del territorio y los impactos
ambientales y urbanísticos que se generan de acuerdo con la intensidad de las actividades. En
función de las características de las actividades y su clasificación CIIU, se determinan los
siguientes grupos:
A. Grupo A (Actividades complementarias): Comprenden actividades compatibles con
todas las áreas de actividad por no generar mayores conflictos ni demandas urbanas, y
servir de complemento a los demás usos.
B. Grupo B (Actividades de demanda): Son las actividades que, por su mayor exigencia
de espacio e infraestructura, así como su tráfico en la demanda de usuarios o clientes,
pueden representar conflictos con otros usos como residenciales y de equipamientos.
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MUNC/P/O DE ANDES
C. Grupo C (Actividades de impacto): En este grupo se incluyen las actividades que, por
su generación de ruidos, olores, tráfico, y emisión de contaminantes, resultan en un
factor importante de deterioro de áreas urbanas, por 10 que su localización debe ser en
puntos específicos que disminuyan la probabilidad de conflictos.
De acuerdo a estas definiciones, a continuación, se presenta la tabla con las secciones, grupos y
clases de actividades en cada una de estas clasificaciones:
COMERCI Y SERVICIOS
GRUPO Á: ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS
SECCIÓN G (grupo: 0451, 0471,
0472, 0474, 0475, 0476, 0477, 0478,
0479)
SECCIÓN I (grupo: 0551, 0559,
0561)
SECCIÓN J
SECCIÓN L
SECCIÓN P
SECCIÓN R (Todas excepto las del
grupo 092)
SECCIÓN S
SECCIÓN T
SECCIÓN U
GRUPOb:ACTlVlDADES DE
SECCIÓN H (grupo 0492,
Y las
de la división 053)
SECCIÓN I (grupo: 0552, 0562,
0563)
SECCIÓN K
SECCIÓN M
SECCIÓN N
SECCIÓN O
SECCIÓN Q
SECCIÓN R (Las de la división
092)
c:
ACTIVIDADES DE
IMPACTO
SECCIÓN G (grupo: 0452,
0453, 0454, 0461,
0462,0463, 0464, 0465,
0466, 0469, 0473)
SECCI N H (Todas
excepto grupo 0492, y las
del división 053)
SECCIÓN I (grupo 0553)
3. Uso Industrial: corresponde a las actividades industriales de las secciones A, B C, D, Ey F de
la clasificación CIIU; las cuales comprenden la extracción, producción, y transformación física
o química de materiales y componentes en productos nuevos, ya sea que el trabajo se efectúe
a máquinas o a mano. Dependiendo de la magnitud de los impactos ambientales, urbanísticos,
constructivos y estructurales, las actividades industriales se clasificarán en:
A. Fami-industria: comparte espacio con la vivienda sin desplazarla.
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DE ANDES
B. Industria artesanal: se realiza en locales independientes a la vivienda con elaboración
menor de productos.
C. Industria menor: corresponde a una actividad industrial consolidada, con procesos
industriales definidos, cargas y emisiones bajas. (que no superen las normas de
emisiones e impactos para actividades industriales en usos residencial y mixto del
numeral 2.6.5 del presente documento).
D. Gran industria: Aquellos con predios independientes, procesos sistematizados y de
producción en cadena, y, por consiguiente, que generan altas cargas en la
infraestructura urbana y emisiones con impactos ambientales. (que superan las normas
de emisiones e impactos para actividades industriales en usos residencial y mixto del
numeral 2.6.5 del presente documento).
Cualquiera de los usos Industriales deberá cumplir con los niveles de ruido señalados por las normas
ambientales vigentes para su actividad correspondiente que se enunciarán en el artículo 113 de
normas de emisiones e impactos.
Debe señalarse también que las actividades de la Sección F, correspondientes a la construcción, por
ser actividades temporales, se regularán de acuerdo a 10 dispuesto en el numeral 2.11 . 1 del presente
documento sobre construcción en suelo urbano.
4. Uso Institucional: Corresponde a las áreas e inmuebles identificadas en el Subsistema de
Equipamientos y Espacio Público del Componente General del presente documento de Revisión
General y Ajuste. En el evento en que el equipamiento localizado en un lote de terreno con Uso
Dotacional desaparezca, el lote conservará el uso Dotacional, pero podrá ser reemplazado por la
tipología inmediatamente cercana que se adecue con la dinámica urbanística.
Hasta tanto los predios destinados a Espacios Públicos Proyectados sean adquiridos por la
Administración municipal, no podrán ser objeto de trámite de licencia urbanística en ninguna de
sus tipologías sin previa autorización del Concejo municipal para cambiar su destinación.
PARÁGRAFO 1. Todo uso industrial ubicado o que se pretende establecer en el Municipio, se deberá
solicitar a la Secretaría de Planeación e Infraestructura o quien haga sus veces, el respectivo certificado
de ubicación industrial, para 10 cual se requerirá adjuntar la información necesaria en cuanto a aspectos
urbanísticos, ambientales, energéticos, de producción y socioeconómicos.
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Los certificados de ubicación industrial tendrán la vigencia que a continuación se indica:
1. Certificado de ubicación industrial de nuevos asentamientos dos (2) años prorrogables.
2. Certificado para uso establecido, dos 2 años prorrogables.
3. Certificado para usos principales, compatibles o complementarios máximo tres (3) años
prorrogables.
PARÁGRAFO 2. Los certificados de ubicación industrial que se hayan expedido antes de entrar en
vigor la presente revisión y ajuste del PBOT y no tengan términos definidos, tendrán la duración de dos
(2) años contados a partir de la publicación del presente plan.
En caso de no ser factible conceder certificado de ubicación industrial a una determinada empresa en
funcionamiento, se procederá a fijarle un plazo máximo de un (1) año para su traslado y se comunicará
dicha decisión a las autoridades a quienes competa el control.
PARÁGRAFO 3. Para todo uso industrial, comercial, residencial, especial o de servicio, el interesado
podrá solicitar el respectivo concepto a la Secretaría de Planeación e Infraestructura o quien haga sus
veces, la cual emitirá el correspondiente certificado de factibilidad de uso del suelo indicando las
condiciones mínimas para ubicación del uso del suelo en cuestión.
PARÁGRAFO 4. EI certificado de factibilidad del uso del suelo se considera meramente informativo;
puede solicitarse antes, con o después de la licencia de construcción respectiva y tendrá vigencia hasta
tanto no se modifique el uso del suelo en la zona.
PARÁGRAFO 5. Para todo uso de comercio o servicio establecidos o que se pretenda establecer en
el Municipio, se requerirá la respectiva licencia de uso o certificado de ubicación otorgada por la
Secretaría de Planeación e Infraestructura o quien haga sus veces; en el certificado debe constar la
actividad específica o uso, la razón social, la dirección de la ubicación y la vigencia.
PARÁGRAFO 6. Las actividades clasificadas de comercio y de servicios que estén ubicadas en zonas
diferentes a las permitidas, se les da como plazo máximo para su traslado de tres (03) años, una vez
sea adoptado el Plan Básico de Ordenamiento Territorial o de 10 contrario deberán adecuar sus
instalaciones para su debida destinación.
PARÁGRAFO 7. Las actividades clasificadas de comercio y de servicios que le estén dando una
destinación al uso del suelo diferente a la permitida en la respectiva licencia de construcción, se les da
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como plazo máximo para su actualización de tres (03) años, una vez sea adoptado el Plan Básico de
Ordenamiento Territorial, o de 10 contrario, deberán adecuar sus instalaciones para su debida
destinación.
PARÁGRAFO 8. Las actividades clasificadas de comercio y de servicios que no cuenten con licencia
de construcción, se les da como plazo máximo para su actualización (licencia de reconocimiento) de
tres (03) años, una vez sea adoptado el Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
PARÁGRAFO 9. Todo certificado de uso del suelo (objeto de renovación de industria y comercio) que
se otorgue una vez sea adoptado el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, deberá tener las notas
expuestas (tipología de usos y listado de actividades); dicho certificado, deberá contener la fecha
máxima para el cumplimiento de este numeral.
PARÁGRAFO 10: EI Municipio adoptará las medidas de ordenamiento territorial concernientes a los
servicios de alto impacto referidos a la prostitución y actividades afines contenidas en el decreto 1077
de 2015 tales como:
• Contar con la respectiva licencia de construcción autorizando el uso en el inmueble.
• Desarrollar y localizar la actividad y sus servicios complementarios, incluidos los
estacionamientos que exigieran las normas urbanísticas exclusivamente al interior del predio.
Las demás contenidas en la subsección 4 del Decreto 1077 de 2015 y las que determinen las
autoridades locales.
Con respecto a estas, el Municipio de Andes proyectará su localización y/o reubicación en el extremo
norte del polígono de tratamiento especial de alto impacto social ubicado en el extremo norte de la
cabecera municipal, y será la secretaría de planeación la encargada de la autorización de los predios
específicos donde se puedan llevar a cabo dichas actividades.
ARTÍCULO 113.
EMISIONES E IMPACTOS EN SUELO URBANO: La actividad humana del
suelo urbano produce alteraciones ambientales que afectan la calidad del aire, generan ruido, y pueden
originar problemáticas sociales; por 10 tanto, exigen regulación en cuanto a la intensidad de estas
actividades o alteraciones.
En este sentido, Andes asumirá en su control de actividades del uso del suelo 10 dispuesto en la
Resolución 0627 de 2006 para el sector B Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial,
2006) que corresponderá al máximo admisible para los suelos urbanos; en esta resolución se
encuentran los niveles de emisión de ruido admisibles para estos sectores por horarios, los métodos y
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
316

===== PÁGINA 317 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
sistemas de medición, vigilancia y sanciones a que haya lugar para el control de estas afectaciones.
10 tanto se adoptará los siguientes estándares de emisiones ruido.
EMISIÓN DE RUIDO SECTOR BDELA RESOLUCIÓN 0627 DE 2006
EST NDARESM IMOS
SECTOR
Sector B.
Tranquilidad
Y Ruido
Moderado
SUBSECTOR
Zonas residenciales o exclusivamente
destinadas para desarrollo habitacional,
hotelería y hospedajes
Universidades, colegios, escuelas,
centros de
estudio e investigación.
PERMISIBLES DE NIVELES DF
EMISIÓN DE RUDO EN dB A
DA
65
NOCHE
55
Adóptese y regúlese en las zonas que se presenten usos industriales, comerciales y de servicios, la
normativa de control de olores ofensivos contenida en la Resolución 1541 de 2013 (Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2013), Resolución 672 de 2014 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, 2014a) y los protocolos para el monitoreo de estas emisiones de la resolución 2087 de
2014 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2014b); a continuación, se presenta la tabla con
niveles de referencia de dichas emisiones para las actividades industriales.
CALIDAD DE EN LA RESOLUCI N 2013
Niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión para sustancias de olores ofensivos a
condiciones de referencia (250C y 760 mm Hg).
SUSTANCIA
Sulfuro de hidrógeno (H2S)
Azufre Total Reducido (TRS)
NIVELM IMO PERMISIBLE (vg/m3)
REFERENCIA
PBQT ANDES
(RESOLUCIÓN
31541E
7
30
7
40
(50%)
15
3,5
20
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
TIEMPO
EXPOSICIÓN
24 horas
1 hora
24 horas
1 hora
317

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
CALIDAD DE AIRE EN EL CAP TULO III DE LA RESOLUCI N 2013
Amoniaco (NH3)
91
1400
45,5 24 horas
700 1 hora
Niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión de mezclas de sustancias de olores ofensivos
ACTIVIDAD
Procesamiento y conservación de carne, pescado,
crustáceos moluscos
Fabricación de productos de la refinación del petróleo
Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y
cartón
Curtido y recurtido de cueros; recurtido y teñido de
ieles
Tratamiento y disposición de desechos no peligrosos y
estaciones de ref r n i
Planta de tratamiento de aguas residuales
Actividades que capten agua de cuerpos de agua
rece tores de vertimien os
Fabricación de sustancias y productos químicos básicos
Tratamiento térmico de subproductos animales
Unidad de producción pecuaria
Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal
Descafeinado, tostión y molienda de café
Otras actividades
NIVEL MISIBLEENOUE/m*
REFERENCI
ANDES
(REPOLOéiON
(500,0
1541)
3
5
7
1,5
2,5
3,5
OuE: Unidad de olor europea expresada como el percentil 98 de las horas modeladas durante un
año
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/O DE ANDES
PARÁGRAFO: Debido a la complejidad de los niveles admisibles y los parámetros de medición con
respecto a las normas establecidas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la
atmósfera de la Resolución 909 de 2008 (Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial,
2008), la administración municipal, o el ente destinado al control de esta afectación deberá remitirse a
la norma particular o recurrir a la asesoría necesaria para garantizar que en el suelo urbano no se
supere el 30% de los valores máximos permitidos de cada caso
ARTÍCULO 114.
JERARQUÍA DE USOS. Con el fin de orientar de manera específica la ocupación
y localización de actividades en el suelo urbano del Municipio, para cada una de las categorías de usos
del suelo generales se definen los usos o actividades principales, complementarias, restringidas y
prohibidas, de acuerdo con las definiciones dadas por el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015,
y que para este caso son aplicables al suelo urbano.
1.
2.
3.
4.
Uso Principal. Uso deseable que coincide con la función específica de la zona y que ofrece las
mayores ventajas para el desarrollo sostenible.
Uso Compatible o Complementario. Uso que no se opone al principal y concuerda con la
potencialidad, productividad y protección del suelo y demás recursos naturales conexos.
Uso Condicionado o Restringido. Uso que presenta algún grado de incompatibilidad urbanística
y/o ambiental que se puede controlar de acuerdo con las condiciones que impongan las normas
urbanísticas y ambientales correspondientes.
Uso Prohibido. Uso incompatible con el uso principal de una zona, con los objetivos de
conservación ambiental y de planificación ambiental y territorial, y por consiguiente implica graves
riesgos de tipo ecológico y/o social.
ARTÍCULO 115.
ASINGACIÓN DE USOS POR POLÍGONO DE USO. Adóptese para cada
polígono de la zonificación general de usos y tratamientos la siguiente interrelación de usos del suelo:
USO
CODIGO
PRINCIPAL
Comercio y
CNI M-l servicios grupos
USOS
COMPLEMENTARIOS
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
USOS
CONDICIONADOS USOS PROHIBIDOS
O RESTRINGIDOS
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Gran Industria
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CONCEJO
MUNICIPAL
zzzzw
MU,VCP/O DE ANDES
ODIGO
CNIM-2
CNIR-I
CNIR-2
CN2M-1
CN2M-2
CN2M-3
CN2R-1
DM-I
uso
Comercio y
servicios grupos
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
Vivienda en
todas sus
tipologías
Comercio y
servicios grupos
AYB
USOS
COMPLEMENTARIOS
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
usos
CONDICIOÑADOS
O RESTRÍ Ibos
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
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Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
USOSPROHIBIDOS
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
320

===== PÁGINA 321 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE AMDES
uso
usos
CODIGO
DR-2
DR-3
MIIM-I
MllM-2
MllM-3
MllM-4
MIIR-I
MII R-2
PRINÇIPAL
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Comercio y
servicios grupos
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
Comercio y
servicios grupos
AYB
Vivienda
unifamiliar y
bifamiliar
Vivienda en
todas sus
tipologías
ps
Comercio y servicios
grupos Ay B
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda unifamiliar,
Fami industria, industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
USOS
CONDICIONADOS
O RESTRINGIDOS
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
bifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
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Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
USOS PROHIBIPOS
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria,
vivienda multifamiliar
Gran Industria,
vivienda multifamiliar
Gran Industria,
vivienda multifamiliar
Gran Industria
321

===== PÁGINA 322 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'HO DE ANDES
uso
CODIGO
PRINCIPAL
MII R-3
M12M-1
M12M-2
M12M-3
M12M-4
M12R-1
Vivienda
unifamiliar y
bifamiliar
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupo
C, Fami
industriat e
industria
artesanal
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
USOS
COMPLEMENTARÍOS
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda unifamiliar
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, industria
artesanal y pequeña
industria
Comercio y servicios
grupos A y B
sos
coblCION8pos
O RÉSTkiNGlb0S
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor, Vivienda
bifamiliar
Vivienda en todas
sus tipologías
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
USOS PROHIBIDOS
Gran Industria,
vivienda multifamiliar
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria,
vivienda multifamiliar
Gran Industria
Gran Industria
322

===== PÁGINA 323 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O PE ANDES
CODIGO
M12R-2
M13M-1
M13M-2
M13M-3
M13R-1
M13R-2
M13R-3
USO
USOS
usos
CONDICIONADOS USOS PROHIBIDOS
PRINCIPAL
Vivienda en
todas sus
tipologías
Comercio y
servicios grupos
AYB
Comercio y
servicios grupos
Comercio y
servicios grupos
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda
unifamiliar
COMPLEMENTARIOS
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Vivienda unifamiliar
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
O RESTRINGIDOS
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria,
artesanal, e industria vivienda multifamiliar
menor, Vivienda
bifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria,
artesanal, e industria vivienda multifamiliar
menor, Vivienda
bifamiliar
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MUNC/P/O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
USOS&
CO PICIONADOS USOS PROHIBIDOS
COMPLEMENTARIOS
o R STRINélDOS
CODIGO
M13R-4
CN2M-4
CN2R-2
DR-3
MII R-5
CN2M-5
CN2R-3
MllR-6
USO
PRINCIPAW
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Comercio y
servicios grupos
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Comercio y
servicios grupos
AYB
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Tel;
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
industria, industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
Vivienda unifamiliar y
bifamiliar, Fami industria,
industria artesanal
Comercio y servicios
grupos Ay B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
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841 43 13 / E-mail: Conceip@Andes-antioquia.qov.co
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
324

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PV PE AA'DES
USO
CODIGO
M13R-5
CN2R-4
MllR-7
M13R-6
CN2M-6
CN2R-5
M12M-5
M13R-7
*PRINCIPAL
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Comercio y
usos
COMPLÉMÉNT4816S
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Vivienda en todas sus
tipologías, Fami
servicios grupos
AYB
Vivienda en
todas sus
tipologías
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Vivienda en
todas las
tipologías
industria, industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupo A, Fami industria,
industria artesanal
USOS
CONDICIONADOS
ORESTRINGIDOS
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Fami
industria, industria
artesanal, e industria
menor
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupos B y C,
industria menor
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USOS PROHIBIDOS
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
325

===== PÁGINA 326 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
uso
CODIGO
PRINCIPAL
CN2R-6
MllR-7
M13R-8
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
Vivienda
Unifamiliar y
Bifamiliar
COMPLEMENTARIOS
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
Comercio y servicios
grupos A y B, Fami
industria, e industria
artesanal
USOS
CONÓICIONADOS
ORESTRI GIDOS
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
Comercio y servicios
grupo C, Industria
menor, Vivienda
Multifamiliar
usos PROHIBIDOS
Gran Industria
Gran Industria
Gran Industria
PARÁGRAFO 1. Todos los usos generales del suelo urbano deberán respetar las áreas forestales
protectoras asociadas a los cuerpos de agua.
PARÁGRAFO 2. Para los usos restringidos la Secretaría de Planeación e Infraestructura o quien haga
sus veces, deberá analizar cada caso específico en pro de determinar el impacto urbanístico y
ambiental que pueda generar sobre el área que se localice, y así poder realizar las exigencias según
se requieran. En todo caso, se deberán tener en cuenta aspectos como parqueaderos, accesibilidad,
salubridad, seguridad, respeto y manejo de los elementos del espacio público, cargue y descargue y
el manejo de impactos ambientales derivados del uso, como la contaminación auditiva, visual, del aire,
del agua y del suelo.
PARÁGRAFO 3. las actividades agropecuarias realizadas dentro del perímetro urbano están
prohibidas, se hará excepción cuando sean manejadas de una manera técnica y cumpliendo con todos
los requisitos de salubridad existentes, además de no interferir con los parámetros de convivencia
ciudadana acorde con la norma.
ARTÍCULO 116.
USOS CONSIDERADOS COMO ESTABLECIDOS: Se entiende por uso
establecido la actividad que se instaló en un predio en donde según las tipologías de usos del suelo
asignadas al mismo la actividad se permitía y debidamente legalizada por la autoridad competente y
que por efectos de una nueva norma urbanísticas pasa a ser prohibida.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
326

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
La actividad se considerará como uso establecido y podrá permanecer en el sitio, siempre y cuando
cumpla con los siguientes requisitos:
1.
2.
3.
4.
Cumplir con todas las normas vigentes al momento de su autorización inicial.
Haberse desarrollado en el predio en forma ininterrumpida por el mismo establecimiento mercantil.
No generar impactos urbanísticos y ambientales negativos que entren en conflicto con el entorno.
En el caso de presentar impactos sobre el entorno, las edificaciones donde se desarrollan
actividades que pueden ser consideradas como usos previamente establecidos, deben obtener
licencia de construcción para llevar a cabo las obras de adecuación, con el fin de controlar y mitigar
los impactos y adecuarse a las normas urbanísticas y ambientales vigentes. No obstante, estas
edificaciones no podrán ser objeto de ampliaciones en área, ni en el mismo predio ni en los
colindantes.
En caso de traslado o terminación de actividades de los usos establecidos, al predio se le aplicará
la norma vigente de acuerdo con su área de actividad.
PARÁGRAFO 1. Cuando algunas de las actividades establecidas y clasificadas como restringidas o
prohibidas estén causando perjuicios o se constituyan en un serio riesgo a la zona o al vecindario
donde se encuentre ubicadas, estas tendrán un plazo máximo de un (01) año para su adecuación a la
reglamentación dispuesta o para su cierre o traslado según el caso, con previa declaración del
decaimiento del permiso.
PARÁGRAFO 2. Las actividades clasificadas como industrial que estén ubicadas en zona residencial
se tolerarán como asentamientos, pero no se catalogará el área como zona industrial y se les da como
plazo para su traslado de diez (10) años o de 10 contrario deberán adecuar sus instalaciones para su
debido funcionamiento. En caso de traslado o liquidación de la industria, el área o terreno pasará a ser
ordenado o asumido por el uso predominante asignado a la zona; a estas industrias no se les puede
conceder certificado de ubicación industrial, sino un permiso de ubicación provisional, el cual será
restringido para un fin específico con limitantes en cuanto al aumento de construcción, capacidad y
productividad.
TÍTULO 3
APROVECHAMIENTOS Y OBLIGACIONES URBANÍSTICAS
ARTÍCULO 117.
CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS
URBANÍSTICOS. Con el fin de garantizar la ocupación del territorio urbano de forma coherente con
los tratamientos definidos, y con las potencialidades, restricciones y tendencias que se detectaron en
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
327

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P'O DE ANDES
el diagnóstico, se definen los aprovechamientos y las obligaciones que determinan el desarrollo de
cada uno de los polígonos de tratamiento.
Los aprovechamientos se definen teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Las definiciones de cada uno de los tipos de tratamientos establecidos, las cuales orientan la
intensidad de la ocupación con construcciones que se busca en cada polígono.
EI modelo de ocupación propuesto.
Los resultados del diagnóstico en cuanto a estructura predial, altura de las edificaciones y densidad
habitacional.
EI estado actual de los sistemas estructurantes como equipamientos, vías, espacio público y
servicios públicos, así como las propuestas formuladas en la presente revisión y ajuste del PBOT
para el mejoramiento de la infraestructura y eI aumento de la cobertura y la capacidad de los
mismos.
Las proyecciones poblacionales al año 2035.
Los aprovechamientos actuales establecidos por el PBOT.
ARTÍCULO 118.
APROVECHAMIENTOS EN SUELO URBANO. con base en 10 anterior se
definen los siguientes aprovechamientos para el suelo urbano:
1. Densidad habitacional: Corresponde a la relación existente entre un área medida en hectáreas y
el número de viviendas que pueden localizarse en ella. Se definió con base en las densidades
actuales identificadas en el diagnóstico y en las proyecciones habitacionales, así como con las
potencialidades y capacidades de cada polígono en cuanto a equipamientos, espacio público, vías
y servicios públicos.
2. Altura máxima: Corresponde al máximo número de niveles que puede tener una construcción. Se
definieron con base en las alturas identificadas en el diagnóstico y en las potencialidades y
restricciones detectadas en el mismo en relación con la conformación urbanística principalmente.
3. indice de ocupación: Es la relación entre el área de un lote o una zona a desarrollar y el porcentaje
de esa área que puede ser ocupado con construcción.
4. índice de Construcción: Es el número máximo de veces que la superficie de un terreno puede
convertirse por definición normativa en área construida.
ARTÍCULO 119.
APROVECHAMIENTOS EN POLíGONOS CON TRATAMIENTO DE
DESARROLLO: Adóptese para el suelo urbano y de expansión urbana del Municipio de Andes, el
siguiente régimen de aprovechamientos:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
SUELO
Cabecera
mun icipal
TRATAMIENTO
Consolidación I
Mixto
CODIG
POLIGONO
ESPECIAL DE
DESARROLLO
CNIM-I
CNIM-2
CNIR-I
-Pensid@d
(ViviHá.)
Altura
máxima
(pisos)
-1.0
Consolidación 2
Residencial
CNIR-2
CN2M-1
Mixto
CN2M-2
CN2M-3
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
329

===== PÁGINA 330 =====
MUA'C,'P/O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
Altura.
SUELO
URBANO+
TRATAMIENTO
Desarrollo
Mejoramiento integral 1
usg
Residencial
Mixto
Mixto
Residencial
"CODIGO
CN2R-1
DM-I
DR-2
DR-3
MIIM-I
MllM-2
MllM-3
MllM-4
MIIR.I
máxima
1.0
41V/Ha.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
330

===== PÁGINA 331 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
SUELO
URBAÑO$
Mejoramiento integral 3
DI
MII R-2
MllR-3
M12M-1
M12M-2
Mixto
M12M-3
M12M-4
M12R-1
Residencial
Densidad
(Viv/Ha,y
Altura
máxima
apisps)
10
Mixto
M12R-2
M13M-1
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
331

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O ANDES
URBANO
TRATAMIENT
Tapartó
Buenos Aires
Consolidación 2
Desarrollo
Mejoramiento integral 1
Consolidación 2
s
Residencial
Mixto
Residencial
Residencial
Residencial
Mixto
M13M-2
M13M-3
M13R-1
M13R-2
M13R-3
M13R-4
CN2M-4
CN2R-2
DR-3
MllR-5
CN2M-5
Densidad 'turó
(Viv/Ha.j
(pises)
4
Municipio de Andes,
Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
,5
4x'5
332

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
_u%E$o
TRAT4MIENTO
CODIPO
CN2R-3
MllR-6
M13R-5
CN2R-4
MllR-7
M13R-6
CN2M-6
CN2R-5
M12M-5
M13R-7
CN2R-6
MllR-7
Peneidad
(ViWHa.)
Altura
máxima
(bisos)
10
San José
Mejoramiento integral 1
Mejoramiento integral 3
Consolidación 2
Mejoramiento integral I
Mejoramiento integral 3
Consolidación 2
Santa Rita
Mejoramiento integral 2
Mejoramiento integral 3
Consolidación 2
Santa Inés
Mejoramiento integral 1
Residencial
Residencial
Residencial
Residencial
Mixto
Residencial
Mixto
Residencial
Residencial
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceip@Andes-antioquia.qov.co
333

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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
SUEU
+ CODIGOF
Uso
TRATAMIENT
URBANO
4Denpidaü
: (VIVIHá}Í
Altura
mp$lxtma
Mejoramiento integral 3
M13R-8
(1) Para desarrollos constructivos en predios con áreas inferiores a los 500m2, se aplicará norma de
vacíos.
(2) Se podrá construir un nivel adicional a partir del máximo permitido con una ocupación máxima del
50% del área edilicia, retranqueado un mínimo de 3m a partir de la línea de fachada.
(3) EI área construida planteada como nivel adicional no podrá conformarse por unidades
independientes, deberá ser parte funcional del nivel máximo permitido en cada polígono.
(4) todo proyecto que se desarrolle en la cabecera municipal bajo los aprovechamientos de la presente
tabla, cumplirá con la construcción de nuevos parqueaderos de carros de la siguiente manera
a. para los tratamientos consolidación y mejoramiento integral:
Para lotes menores de 120 m2 no se exigirá la construcción de este tipo de parqueaderos.
Se harán como mínimo 1 parqueadero de carros por cada 3 unidades de vivienda en lotes
entre 121 m2 y 280 m2.
Cuando el proyecto tiene un área de más de 281 m2 de área lote se hará como mínimo 1
parqueadero de carros por cada 2 unidades de vivienda.
Para lotes donde técnicamente no se pueda generar los parqueaderos se deberá buscar la
compensación de los mismos en el mismo polígono o polígonos adyacentes a donde se
desarrolla el proyecto, pero se debe realizar su construcción para ser aprovechables en el
mismo momento.
b. Para los tratamientos de desarrollo se harán como mínimo 1 parqueadero de carros por cada 4
unidades de vivienda
c. Para los proyectos de vivienda de interés social se harán como mínimo 1 parqueadero de carros por
cada 10 unidades de vivienda.
La exigencia de construcción de parqueaderos aplicara para los nuevos proyectos, no aplica para los
proyectos ya diseñados que hayan iniciado su trámite de licenciamiento total o parcial, o su
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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MUNC/P/O DE ANDES
construcción parcial y que al
CONCEJO
MUNICIPAL
aprobar este acuerdo puedan aprovechar los tratamientos aquí
consagrados siempre y cuando sus diseños iniciales así 10 contemplen.
d. Todos los proyectos que se desarrollen deben contar con los profesionales idóneos según las
exigencias de la NSR-IO
e. Todas las normas específicas y concernientes a los desarrollos urbanos objeto de los
aprovechamientos serán analizados, estudiados y proyectados por la Secretaria de Planeación y
posteriormente presentados al Concejo Municipal para su respectiva aprobación.
f. En el Corregimiento de Buenos Aires el Concejo Municipal estudiará el Acuerdo de volumetría,
lenguaje, textura, materiales, color y demás normatividad que permita fortalecer la línea de
conservación patrimonial con enfoque para el turismo y el habitante.
g. Los nuevos proyectos a realizar en las zonas de desarrollo cuentan con redes primarias cobertura
de servicios públicos, al urbanizador le corresponde la construcción de las redes secundarias.
Todos los sectores y polígonos de Tratamiento deberán ajustarse a los Aprovechamientos definidos
en la tabla anterior.
PARÁGRAFO 1. Para los polígonos con Tratamiento de Consolidación son establecidos
Aprovechamientos en concordancia con la densidad que pueden soportar y las condiciones propias
del territorio, garantizando siempre el cumplimiento de las Obligaciones de conformidad con 10
dispuesto en la presente Revisión y Ajuste.
PARÁGRAFO 2. Los polígonos con Tratamiento de Desarrollo en Suelo Urbano no podrán exceder en
ningún caso, la altura definida para el polígono.
PARÁGRAFO 3. Los predios localizados al interior de este tipo de Tratamiento no requerirán para su
licenciamiento de la adopción previa de ningún Plan Parcial.
PARÁGRAFO 4. Para los polígonos con Tratamiento de Mejoramiento Integral son establecidos
Aprovechamientos en concordancia con la densidad que pueden soportar y las condiciones propias
del territorio, garantizando siempre el cumplimiento de las Obligaciones de conformidad con 10
dispuesto en la presente Revisión y Ajuste.
PARÁGRAFO 5. Los Aprovechamientos en Tratamiento de Mejoramiento Integral deben ser objeto de
planificación mediante el instrumento complementario de Plan de Legalización y Regularización
Urbanística, el cual deberá fijar el aprovechamiento urbanístico y los procesos de mejoramiento en
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCP,'O DE ANDES
estos polígonos. A la vez este instrumento deber ser presentado ante el Honorable Concejo Municipal
para su respectiva aprobación.
PARÁGRAFO 6. Hasta tanto la Administración municipal expida el acto administrativo que determine
las acciones de regularización urbanística, en concordancia con 10 dispuesto en las normas nacionales,
para las áreas correspondientes a los polígonos con Tratamiento de Mejoramiento Integral, se permitirá
el desarrollo predio a predio de acuerdo con los aprovechamientos definidos en la tabla anterior,
siempre y cuando, los predios y construcciones no se localicen en zonas de alto riesgo no mitigable,
rondas hídricas, líneas de alta tensión, o que se requieran para la ejecución de obras de infraestructura,
espacio público, equipamientos o servicios públicos,
PARÁGRAFO 7: La administración municipal de Andes, con el fin de realizar acciones enfocadas a la
protección de bienes de interés, y direccionar aprovechamientos y desarrollos en predios específicos
de potencial, decide establecer lalos siguientes polígonos especiales de tratamiento:
Polígonos especiales de desarrollo de 10 pisos: Son predios o manzanas, que por su ubicación
en el marco del parque principal municipal, su tendencia de construcción en altura, y potencial
de aprovechamiento, se les podrá permitir mediante estudio de la secretaría de planeación
municipal el desarrollo de hasta 10 pisos (niveles) de construcción, contados desde el nivel de
la vía en la fachada de cota más alta, y sin superar en altura (horizontalidad) la base de la torre
de la Parroquia Nuestra Señora de Las Mercedes. Hacen parte de estos polígonos los
siguientes predios y manzanas: Las manzanas entre las Carreras 50 y 51, y las Calles 50 y 51
o
o
o
Los predios con acceso exclusivo desde la Carrera 50, entre Calles 49 y 50
Los predios con acceso exclusivo desde la Carrera 51 , entre la Calle 49 y el pasaje del
puente peatonal hacia San Pedro
Los predios con acceso exclusivo desde la Calle 49, entre Carreras 50 y 51
Los predios con acceso exclusivo desde la Carrera 50, entre Calles 49 y 50
EI predio donde actualmente se encuentra la Alcaldía municipal
EI predio suroccidente en el cruce de la Calle 49 con Carrera 51
Los predios sobre la Carrera 51, entre el pasaje del puente peatonal hacia San Pedro y
la Calle 50
Predio que forma esquina en la carrera 51 con calle 50.
Polígono especial de alto impacto social: Con el fin de dar cumplimiento a 10 dispuesto en el
Decreto 4002 de 2004 con referencia a los programas de reordenamiento de los servicios de
alto impacto referidos a la prostitución y actividades afines, se determina el polígono especial
de alto impacto social, ubicado en el extremo norte de la cabecera municipal, con el fin de
ubicar, controlar el deterioro, y evitar los conflictos que causan estos usos en el suelo urbano.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.gov.co
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MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
Con relación al polígono especial de alto impacto social se fije el término máximo improrrogable
de que trata el artículo cuarto del Decreto 4002 de 2004 esto es dos periodos constitucionales
del Alcalde, equivalente a 8 años, para la relocalización de los establecimientos existentes a
partir de que empiece a regir el presente Acuerdo.
PARÁGRAFO 8: Los reconocimientos urbanísticos de áreas (índices de construcción y de ocupación),
frentes y/o alturas, se realizarán con base a 10 permitido en este artículo y tendrá como fecha límite de
legalización y/o formalización, hasta un (1) año después de entrar en vigencia el presente acuerdo.
ARTÍCULO 120.
APROVECHAMIENTO EN TRATAMIENTOS DE DESARROLLO (SUELO
URBANO Y DE EXPANSIÓN). Para los polígonos con Tratamiento de Desarrollo -D- en Suelo Urbano
son establecidos Aprovechamientos en concordancia con la densidad que pueden soportar y las
condiciones propias del territorio, garantizando siempre el cumplimiento de las Obligaciones de
conformidad con 10 dispuesto en la presente Revisión y Ajuste.
Así mismo, los polígonos con Tratamiento de Desarrollo en Suelo Urbano no podrán exceder en ningún
caso, la altura definida para el polígono.
Para el desarrollo de los predios localizados en suelos de expansión, se requiere la formulación de un
Plan Parcial. Los polígonos con Plan Parcial adoptado podrán aplicar los aprovechamientos definidos
en el Decreto de adopción siempre que el mismo este vigente; una vez caducada la vigencia de dichos
planes parciales, deberán acogerse a la norma del presente plan.
No se admitirán procesos de redistribución de lotes o subdivisiones o urbanización parcial o total hasta
tanto se apruebe el Plan Parcial respectivo y se hayan autorizado a través de licencia las obras
urbanísticas y constructivas por la entidad competente, a la luz del Decreto Nacional 1469 de 2010 0
el que 10 adicione, modifique o sustituya.
ARTíCULO 121.
CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES URBANÍSTICAS. se establecen
las siguientes obligaciones en el suelo urbano las cuales se clasifican en cesiones de suelo y
construcción o generación de equipamientos:
1. Obligaciones de cesión de suelo:
a. Área de cesión para espacio público y equipamientos en desarrollos de uso residencial no VIS
o VIP, se da en m2/habitantes, o porcentaje (%) de suelo sobre área neta, aplicándose la mayor
entre ambas.
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Tel: 841 4313 / E-mail: ConcejpQAndes-antioquia.gpv.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
2.
MUNC/P,'O DE A,VDES
b. Área de cesión para espacio público y equipamientos en desarrollos de vivienda VIS o VIP, se
da en porcentaje (%) de suelo sobre área neta.
c. Área de cesión para espacio público y equipamientos, en usos diferentes al residencial, se da
en m2 por cada 100m construidos, o porcentaje (%) de suelo sobre área construida, aplicándose
la mayor entre ambas.
Obligación para construcción o generación de equipamientos:
a. Metros cuadrados a generar en equipamientos por cada vivienda construida en proyectos
multifamiliares.
b. Porcentaje de metros cuadrados a generar en equipamientos por cada metro cuadrado
construido en otros usos.
ARTÍCULO 122.
ÁREAS DE CESIÓN PÚBLICA Y OBLIGACIONES ESPECIALES EN SUELOS
URBANO Y DE EXPANSIÓN: Con el objeto de lograr un equilibrio armónico en la distribución espacial
del área urbana y de expansión, las nuevas actuaciones constructivas y urbanísticas, ampliaciones y
modificaciones que generen nuevas destinaciones, deberán disponer de áreas de cesión obligatoria y
obligaciones especiales, acordes con la densidad poblacional y las necesidades de la comunidad, las
cuales deberán cumplir ciertas condiciones para su adecuado funcionamiento, bajo el criterio
fundamental que la población debe gozar de un adecuado espacio público y una equilibrada red de
equipamientos para su realización corno ser humano.
1. Áreas de Cesión Pública. Estas áreas estarán conformadas por:
a.
b.
c.
d.
Las requeridas para vías públicas, tanto vehiculares como peatonales, que estén dentro del
predio y estén incluidas en los proyectos viales aprobados por el Municipio, así como las que
permitan la vinculación a la malla urbana existente y que posibiliten la continuidad de los
desarrollos viales en el Municipio, al respecto se deben observar y dar cumplimiento a las
secciones viales establecidas en el presente Documento Técnico de Soporte.
Los suelos para la conformación de zonas verdes, parques, plazas y plazoletas de uso público,
con el amoblamiento y la dotación que los mismos requieren.
Los suelos aptos para la dotación y construcción de equipamiento, de acuerdo con los criterios
establecidos para tal fin.
La construcción de equipamiento público, en metros cuadrados de acuerdo con el número de
destinaciones, uso y tipo de urbanización o edificación.
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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MUNICIPAL
Vv¿c
MUA'C/PV DE ANDES
2. Obligaciones Especiales. Son aquellas que no son objeto de cesión al Municipio pero que todo
proyecto para su adecuado funcionamiento debe generar, como las siguientes:
a. Vías peatonales y vehiculares privadas, cumpliendo con los requerimientos establecidos para
el efecto en las normas específicas.
b. Suelo para áreas verdes privadas de uso común.
c. Parqueaderos privados y de visitantes.
CLASIFICACIÓN DE LAS CESIONES URBANÍSTICAS EN SUELO URBANO
ARTÍCULO 123.
Y DE EXPANSIÓN. Las cesiones urbanísticas se clasifican en tres tipos:
1. Áreas De Cesión Tipo A: Son aquellas que determinan la viabilidad de un proyecto específico,
como las vías, los elementos que conforman la sección vial, movilidad e inserción a la malla vial
existente; y las redes de servicios públicos de los predios objeto del proceso de desarrollo
urbanístico.
Áreas De Cesión Tipo B: Son aquellas conformadas por el suelo de cesión destina a la
2.
conformación de las zonas verdes, parques, plazas.
3. Áreas De Cesión Tipo C: Son el aporte del proyecto para la construcción de equipamientos y
servicios comunitarios.
PARÁGRAFO 1. Cuando las áreas de cesión tipo A, B y C sean inferiores a las exigidas por la norma
o cuando su ubicación sea inconveniente para el Municipio, o cuando existan espacios públicos de
ejecución prioritaria, se podrá compensar las áreas de cesión en dinero o en especie de acuerdo con
las siguientes reglas:
1. Sin deterioro de la funcionalidad del proyecto, la compensación podrá darse en todo o en parte de
la cesión obligatoria.
2. EI valor de la compensación se determinará según las normas de valoraciones de predio que
establece el Decreto 1420 de 1998 y la Resolución 762 de 1998, o aquellos que los sustituyan o
modifiquen. Nunca será inferior al valor comercial del ma del terreno urbanizado dentro de la misma
zona homogénea en la cual se ubica el proyecto, para las cesiones de tipo A y para las áreas de
cesión tipo B, al rn2 construido cubierto de acuerdo con las tablas de CAMACOL.
La determinación del valor y forma de pago de las áreas de cesión deberá ser aprobada mediante
acuerdo municipal.
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MUNICIPAL
MUNCHO DF ANDES
PARÁGRAFO 2. La compensación de áreas de cesión en el suelo urbano tendrá la siguiente
destinación:
1. Las que provengan de áreas de cesión tipo B serán invertidas de manera prioritaria en: La red de
parques lineales municipal y los proyectos de espacio público en la misma comunidad en donde se
ubica el desarrollo urbanístico.
2. Las cesiones que provengan de las áreas de cesión tipo C se aplicarán a las construcciones que
se requieran para equipamientos del sector y de la misma comunidad, en el caso que no se requiera
o no sea posible su construcción, se podrán invertir en otras comunidades.
3. Las obligaciones urbanísticas generadas por los planes parciales se tendrán que dejar al interior
de este.
ARTÍCULO 124.
PORCENTAJES PARA LAS CESIONES URBANÍSTICAS EN SUELO
URBANO Y DE EXPANSIÓN. Toda urbanización que se desarrolle en estos suelos deberá realizar las
siguientes cesiones:
1. Cesión Tipo A: Deberá aportar el número de metros cuadrados necesarios, para desarrollos de
proyectos que incluyan 10 correspondiente a la sección pública de la vía (calzada, andén y zona
verde); además de las vías determinadas por el plan vial municipal y las fajas requerida para las
redes de servicios públicos.
2. Cesión Tipo B: Deberá aportar el treinta (10) % del área neta del predio como zonas comunes al
proceso de urbanización; de esta área como mínimo el cincuenta (50) % debe destinarse a espacio
público efectivo como parques, plazas, alamedas y zonas verdes, y el restante podrá cancelarse
en dinero para suplir las diferentes necesidades de espacio público a nivel municipal.
3. Cesión Tipo C: La obligación de cesión correspondiente a la construcción de equipamientos se
determina en un metro cuadrado (lm2) por unidad de vivienda en desarrollos residenciales que
proyecten cinco (5) unidades en adelante. Para otros usos diferentes a vivienda se construirá en
equipamientos el uno (1) % del área total construida expresada en metros cuadrados (m2).
PARÁGRAFO 1. Las adiciones constructivas que generen nuevas destinaciones residenciales
deberán aportar la misma obligación siempre y cuando el proyecto total genere más de 5 unidades.
PARÁGRAFO 2. Las adiciones constructivas para usos diferentes al residencial ya sea que generen
nuevas destinaciones o no deberán realizar el mismo aporte descrito anteriormente.
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MUNC/PfO DE ANDES
PARÁGRAFO 3. Dicho tipo de cesión podrá hacerse en dinero para el cual se creará un fondo especial
por parte de la secretaría de hacienda, o en equipamiento construido y dotado equivalente a los metros
cuadrados que deba aportar el proyecto, en el polígono donde se desarrolla el mismo
PARÁGRAFO 4. En caso de cumplir la obligación mediante la cesión de áreas para espacio público,
esta se considerará cumplida una vez se realice la cesión oficial mediante escritura pública
debidamente registrada a favor del Municipio.
PARÁGRAFO 5. En caso de cumplir la obligación mediante la construcción de equipamiento
construido, esta se considerará cumplida una vez se realice la cesión oficial mediante escritura pública
debidamente registrada a favor del Municipio.
PARÁGRAFO 6. Para los casos de cumplimiento de la obligación mediante la cesión de equipamiento
construido, este deberá construirse acorde al avance equivalente del proyecto de urbanización,
demostrando su avance de manera mensual, trimestral o semestral dependiendo el tipo de proyecto
planteado (plazo establecido por la secretaría de planeación de acuerdo con el tipo de proyecto a
desarrollar).
PARÁGRAFO 7. Para los casos de cumplimiento de la obligación mediante el pago en dinero, este
deberá ser pagado ante la secretaría de hacienda de manera mensual, trimestral o semestral
dependiendo el tipo de proyecto planteado, previa suscripción de pagaré ante la secretaría de
hacienda, plazo establecido por la secretaría de planeación conjuntamente con la secretaría de
hacienda de acuerdo con el tipo de proyecto a desarrollar.
ARTÍCULO 125.
ÁREAS DE CESIÓN URBANÍSTICAS GRATUITAS EN LOS DESARROLLOS
URBANÍSTICOS DESTINADOS A LA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. EI porcentaje mínimo de las
cesiones urbanísticas gratuitas para el desarrollo de programas VIS y VIP será del 20% del área neta
urbanizable, distribuido así:
1. Para espacio público el 15% del área neta urbanizable.
2. Para equipamiento el 5% del área neta urbanizable.
ARTÍCULO 126.
DESTINACIÓN DE LOS DINEROS PRODUCTO DE COMPENSACIÓN DE LAS
ÁREAS DE CESIÓN. La destinación de los recursos provenientes del pago de la obligación de cesión
deberá tener los mismos fines previstos para las cesiones de áreas verdes, recreacionales y
equipamientos es decir las cesiones tipo A, B y C. EI depósito de estos dineros se hará en un fondo
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MUNICIPAL
MUA'C/P,'O DE ANDES
tipo cuenta presupuestal y contable, abierto para tal fin. Dentro de los planes de inversión anuales de
los planes de desarrollo, se determinarán los predios que se adquirirán con prioridad para la generación
de espacios públicos y equipamiento con el producto de 10 recaudado por concepto de cesiones y se
determinarán las obras públicas a realizar en estos inmuebles y su costo, conforme 10 dispuesto por la
Secretaría de Planeación e Infraestructura o quien haga sus veces.
ARTÍCULO 127. OPCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA CONSTRUCCIÓN DE EQUIPAMIENTOS
Y SU CESIÓN: Las actuaciones urbanísticas, incluyendo los procesos de urbanización y construcción,
ampliaciones y modificaciones que generen nuevas destinaciones deberán cumplir con la obligación
de construir equipamientos así:
1. Construirá o adecuará equipamientos de conformidad con las prioridades señaladas por la
Secretaría de Planeación Municipal. Estas áreas deberán estar localizadas en terrenos de
propiedad del Municipio o deberán ser cedidos gratuitamente a este ente territorial una vez
construidos.
2. La obligación se pagará en dinero cuando la cuantía de ésta, en forma individual no contribuya a
la construcción de espacios de representatividad para el Municipio.
ARTÍCULO 128.
ENTREGA DE LAS ÁREAS Y CONSTRUCCIONES A CEDER: Las áreas y
construcciones a ceder que se hayan de compensar en el sito, en otro sitio, o en dinero serán
entregadas antes de terminar la vigencia de la licencia otorgada o cuando se trate de urbanización por
etapas el pago de la obligación deberá hacerse por cada etapa aprobada de forma proporcional y
previo recibo de obra y concordancia de la misma, salvo en los planes parciales en los cuales se
entregaran las áreas de cesión y construcción de equipamientos de acuerdo con 10 establecido en las
"Normas Sobre Planes Parciales".
Las cesiones urbanísticas a compensar en dinero ser pagado ante la secretaría de hacienda de manera
mensual, trimestral o semestral dependiendo el tipo de proyecto planteado, previa suscripción de
pagaré ante la secretaria de hacienda y plazo establecido por la dirección de planeación de acuerdo
con el tipo de proyecto a desarrollar dentro de la vigencia de la licencia.
ARTÍCULO 129.
GENERALIDADES DE LAS ÁREAS DE CESIÓN PÚBLICA: Cuando las
actuaciones urbanísticas se realicen sobre predios ya urbanizados que cumplieron efectivamente con
la exigencia urbanística por suelo de cesión para zonas verdes, recreacionales y equipamiento o por
zona verde pública bajo normas anteriores, deberán ajustarse a la normativa actual, cuando se quieran
realizar modificaciones a la urbanización inicialmente aprobada o se quiera construir haciendo uso de
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los aprovechamientos de la norma vigente al momento de realizar las modificaciones, en estos casos
deberán compensar 10 faltante de las obligaciones urbanísticas luego de establecer la concordancia y
equivalencia entre las normativas aplicadas con respecto a dicha obligación.
Todo lote que sea objeto de subdivisión o reloteo, trasladará las obligaciones por concepto de áreas
de cesión pública para zonas verdes, recreacionales y equipamiento en forma proporcional a los lotes
resultantes, de forma que se mantenga la obligación del lote matriz. En el caso de integración, la
obligación corresponderá a la equivalente al área resultante.
En concordancia con 10 establecido en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, o la norma que
10 modifique o sustituya, la definición de las áreas de cesión y la forma de cumplimiento y entrega se
determinarán al momento de otorgar las licencias de urbanización y construcción a los lotes
resultantes.
EI cumplimiento de esta obligación urbanística con pago en dinero, en el sitio o en otro sitio y la
disposición del suelo para la construcción de parques, parques lineales, plazas, plazoletas, zonas
verdes y/o para la construcción de equipamiento serán definidas por la Secretaría de Planeación,
Obras Públicas y Ordenamiento Territorial o quien haga sus veces.
SUELOS QUE SE CONSTITUYEN COMO ÁREAS DE CESIÓN PÚBLICA: Los
ARTÍCULO 130.
siguientes suelos no se podrán considerar como áreas de cesión pública:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Las zonas verdes que hacen parte de las secciones totales de las vías peatonales y vehiculares.
Los antejardines, los retiros laterales, de fondo y entre edificaciones cuando éstos no se engloben
o integren al suelo a ceder o a comprar.
No se contabilizará como cesiones las áreas forestales protectoras asociadas a los cuerpos de
agua, siempre y cuando no pase de 30 metros, ni el resto de los retiros a quebradas cuando por
su topografía y condiciones geológicas no sirvan para los fines previstos. Estos últimos retiros
podrán ser contabilizados dentro de las obligaciones parcial o totalmente cuando el terreno no
presente vulnerabilidad por erosión, socavamiento o similares, exista accesibilidad directa,
posibilidad de ser recorrida y que se pueda conformar un parque lineal y pueda ser incorporado
luego al sistema estructurante natural establecido en el modelo de ocupación territorial.
Las zonas de riesgo no recuperable o inestable.
Las áreas de estacionamiento de vehículos ya sean privados, para visitantes o públicos.
Los terrenos que presenten entornos inapropiados tales como, un marco de edificaciones con
fachadas cerradas o cerramientos urbanísticos no transparentes o edificaciones que presenten
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
estacionamiento de vehículos privados en sus primeros pisos; o los que, por la pendiente no
puedan ser amobladas ni tener un frente y acceso directo desde una vía pública construida, ya sea
peatonal o vehicular que cumpla con las dimensiones mínimas establecidas y con las
especificaciones técnicas establecidas en la reglamentación vigente para las personas con
movilidad reducida.
7. Los porcentajes de cesión de antejardín, retiros, terrenos con pendientes mayores del 50%, se
aceptarán siempre y cuando las exigencias de la población circundante, en 10 que se refiere a
espacios de encuentro y recreación y de equipamientos de salud, educación, deporte, entre otros
puedan ser cubiertas eficientemente con el resto del área a ceder y con otros equipamientos o
espacios públicos existentes en el sector donde se localiza el área a ceder o a comprar.
LIBRO 4
COMPONENTE RURAL
ARTÍCULO 131.
CONCEPTO Y ALCANCE DEL COMPONENTE RURAL. EI componente rural
en el PBOT está constituido por las políticas, acciones, programas y normas para orientar y garantizar
la adecuada interacción entre los asentamientos rurales y la cabecera municipal, así como la
conveniente utilización del suelo.
Las estrategias y políticas que se plantean para e' suelo rural, buscan fortalecer y potenciar las
funciones rurales de un nuevo estilo y orden territorial, donde 10 rural adquiere un lugar prioritario y
central en el ordenamiento territorial de un Municipio como Andes, resignificando las actividades
agropecuarias, las calidades naturales y paisajísticas, la función ecológica y cultural de sus lugares
veredales y de sus centros poblados rurales, y los potenciales servicios ecosistémicos que ofrece.
PARTE 1
ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL SUELO RURAL
TÍTULO 1
SISTEMA ESTRUCTURANTE NATURAL
ARTÍCULO 132.
COMPOSICIÓN DEL SISTEMA ESTRUCTURANTE NATURAL. Este sistema
estructurante está compuesto por aquellos atributos naturales de tipo paisajístico, ecológico y
ambiental que pueden ser o no reconocidos por sus habitantes y que deben destacarse con miras a la
conservación y protección de su valor y su aporte a la estructura natural municipal, Este sistema se
representa en el plano 4_FG4_AreasConservacionyProteccionAmb.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
344

===== PÁGINA 345 =====
MUA'CP/O p; ANDES
ARTÍCULO 133.
CONCEJO
MUNICIPAL
TÍTULO 2
SISTEMA ESTRUCTURANTE CONSTRUIDO
COMPOSICIÓN DEL SISTEMA ESTRUCTURANTE CONSTRUIDO. son
aquellos elementos construidos que permiten articular las actividades rurales, sean de tipo económico,
socio comunitario y cultural en 10 rural, y de éstas con los Municipios vecinos y la región. Entre ellos se
encuentran el sistema de movilidad, el sistema de espacio público y el de equipamientos.
ARTÍCULO 134.
SISTEMA DE ASENTAMIENTOS En ei suelo rural del Municipio de Andes se
identificaron asentamientos humanos que cuentan con mayores densidades a las permitidas para el
suelo rural de acuerdo con la Resolución 9328 de 2007 de CORANTIOQUIA, cuentan con mezcla de
usos comerciales, y equipamientos de servicios sociales que soportan su ocupación. En este sentido,
con el fin de realizar el control urbanístico de dichos asentamientos en cuanto a densidades
habitacionales y usos del suelo, se establecerán las medidas de manejo para los asentamientos de La
Chaparrala, San Bartolo, como integrantes del sistema de asentamientos rurales que soportan las
necesidades en este tipo de suelo.
Para los asentamientos de La Chaparrala y San Bartolo se establecerán los criterios de
ordenamiento a partir de su delimitación como polígonos de suelos suburbanos; mientras que el
resguardo Dojuru solo se identificará como asentamiento para su integración y planificación conjunta
con el gobierno indígena de acuerdo a 10 definido en su plan de vida, y a través de programas y
proyectos de infraestructura de apoyo por fuera de su jurisdicción, en razón de su condición de
especial protección como territorios étnicos y autónomos.
Así mismo, de acuerdo con la información del diagnóstico de la presente revisión, para los
asentamientos identificados de La Legía y San Agustín no se delimitarán ni precisarán usos y
densidades diferenciales por sus limitantes en cuanto a las condiciones de amenaza y conflictos por
usos mineros, por 10 que se deben mantener las densidades propias de suelos rurales de acuerdo a
su categoría de protección
CAPÍTULO 1
SISTEMA DE MOVILIDAD
ARTÍCULO 135.
INTERVENCIONES EN EL SISTEMA DE MOVILIDAD. EI sistema de movilidad
en la zona rural está conformado por las carreteras que intercomunican las veredas y estas
directamente con la cabecera municipal. En la siguiente tabla se relacionan los proyectos que deben
ser incorporados al programa de ejecución del PBOT.
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
345

===== PÁGINA 346 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
TEMA
MOVILIDAD
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
Aumentar la
participación
activa del
Municipio en
la
planificación
departamental
para resaltar
la importancia
del
mejoramiento
de la vía
Troncal del
Café, por su
relevancia
como vía
principal
subre ional
Aumentar la
participación
activa del
Municipio en
la
planificación
departamental
para resaltar
la importancia
del
mejoramiento
de la vía
Pueblorrico -
Andes, por su
relevancia
como vía
alterna y de
comunicación
entre estos
PLAZO
CORTO MEDIANO
Gestión ante la
administración
departamental
y apoyo para el
mejoramiento
integral de la
vía Troncal del
Café en
jurisdicción del
Municipio de
Andes
Programa de
gestión y
apoyo al
mejoramient
o del circuito
de vías
secundarias
Gestión ante la
administración
departamental
y apoyo para el
mejoramiento
integral de la
vía Pueblorrico
- Andes en
jurisdicción del
Municipio
x
x
x
x
LARGO
x
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
346

===== PÁGINA 347 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
PIO','VC/P/O PE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Gestión ante la
administración
departamental
y apoyo para el
mejoramiento
integral de la
vía Jericó -
Andes en
jurisdicción del
Municipio
PLAZO
DESCRIPCION
CORTO MEDIANO
dos
Municipios
Aumentar la
participación
activa del
Municipio en
la
planificación
departamental
para resaltar
la importancia
del
mejoramiento
de la vía
Jericó -
Andes, por su
relevancia
como vía
alterna y de
comunicación
entre estos
dos
Munici ios
x
x
LARGO
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
347

===== PÁGINA 348 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMC/P,'O DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
Programa de
mejoramient
o integral del
circuito de
vías
terciarias del
Municipio de
Andes
PROYECTO
Mejoramiento
prioritario del
perfil vial
(andenes,
ciclovías,
berma,
reparación de
la capa
asfáltica) de las
vías terciarias
Andes —
Tapartó,
Andes - Santa
Rita - Santa
Inés, Andes -
Quebrada
Arriba,
Palestina - La
Bodega, Andes
- La Solita,
Andes -San
Miguel, y Vía
Morro Amarillo
Mejoramiento
integral (implica
tratamiento de
vías,
construcción de
infraestructura
PLAZO
DESCRIPCION
CORTO MEDIANO LARGO
Proyectar el
mejoramiento
integral del
circuito de
vías internas,
integrando el
mantenimient
o de
coberturas,
recuperación
de áreas de
cesión
obligatorias, y
el aumento y
optimización
de los
espacios e
infraestructura
de movilidad
peatonal y de
ciclovías.
Proyectar el
mejoramiento
integral del
circuito de
vías internas,
integrando el
mantenimient
o de
x
x
x
x
x
de soporte
como puentes,
contenciones y
placa huellas)
de las demás
vías terciarias
rurales del
Municipio.
Municipio de Andes,
x
coberturas,
recuperación
de áreas de
cesión
obligatorias, y
el aumento y
optimización
de los
calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
348

===== PÁGINA 349 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P'O DF ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Extensión y
adecuación de
la vía Andes -
Santa Rita -
Santa Inés,
hacia el área
del resguardo
indígena Dojuru
y las veredas,
La Borraja, La
Cristalina y La
Mesenia.
Municipio de Andes,
DESCRIPCION
espacios e
infraestructura
de movilidad
peatonal y de
ciclovías.
Proyectar la
construcción,
ampliación y
demás obras
a que haya
lugar para
garantizar la
conexión
entre el
resguardo
indígena
Dojuru y la
cabecera
municipal, con
el fin de
garantizar el
acceso de
esta
población a la
solución de
sus
necesidades
en materia de
servicios
sociales.
PLAZO
CORTO MEDIANO
LARGO
x
x
calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
349

===== PÁGINA 350 =====
MUA'CP/O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
PLAZO
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
CORTO MEDIANO
Programa de Elaboración del
planificación plan de
y proyección movilidad
municipal
vial
Mejoramiento
de la terminal
de transporte y
Programa de
centralización
organización
de los puntos
e integración
de atención de
del servicio
las rutas de
de
transporte
transporte
público
interveredal e
intermunicipal.
Estudio
técnico de la
infraestructura
y exigencias
en movilidad
urbana del
Municipio, con
el fin de
x
orientar el
desarrollo de
proyectos
viales, y
ordenar el
sistema de
vías y tránsito
munici al
Remodelación
de la
infraestructura
de la terminal
de transportes
municipal con
el fin de
ordenar las
taquillas de
empresas de
transporte
público, los
puntos de
salida y
llegada de
pasajeros, y
sitios de
parqueo
autorizados.
x
LARGO
x
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Urbano
350

===== PÁGINA 351 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
TEMA
PROGRAMA
PROYECTO
Formalización
de empresas
de transporte
no
convencionales
en el territorio
municipal
PLAZO
DESCRIPCION
CORTO MEDIANO
LARGO
Reconocimien
to y fomento a
la
organización
empresarial o
cooperativa
de los
transportador
es informales
tales como
mototaxis o
motocarros en
el Municipio,
con el fin de
garantizar
estabilidad
laboral y
crecimiento
económico a
los
trabajadores;
y seguridad a
los usuarios.
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
CAPÍTULO 2
SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO
CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO EN EL SUELO
ARTÍCULO 136.
RURAL. Conformado por el conjunto de elementos del suelo rural que permiten el encuentro
ciudadano. En general puede afirmarse que en el suelo rural no existen espacios públicos del orden
construido definidos; en consecuencia, el encuentro comunitario se realiza en los equipamientos
deportivos e institucionales existentes, como las canchas, placas deportivas y sedes comunales.
A1 considerar que el espacio público es un elemento estructurador del ordenamiento territorial, este se
desarrolló de manera precisa en el componente general, donde se identificaron los elementos que
hacen parte del suelo rural, y se dejan plasmadas las relaciones urbano-rurales que se esperan
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Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
351

===== PÁGINA 352 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DÉ ANDES
alcanzar con la presente revisión y ajuste del PBOT, en las que el paisaje, la hidrografía y los predios
corporativos sustentan la integración del espacio público urbano con el rural.
PARÁGRAFO: Los elementos naturales mencionados hacen parte integral del sistema de espacio
público natural rural, pero por su especial condición de protección no se contabilizan para efectos del
espacio público efectivo municipal, ni serán objeto de programas y proyectos de infraestructura
directos.
CAPÍTULO 3
SISTEMA DE EQUIPAMIENTO
ARTÍCULO 137.
CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS EN SUELO RURAL.
Conformado por el conjunto de espacios e infraestructura necesarios para atender la demanda
colectiva de servicios.
Hacen parte de este sistema los elementos existentes y proyectados que se identificaron en el
componente general como rurales y que hacen parte de los elementos estructurantes del suelo rural.
ARTÍCULO 138.
PROYECTOS DE EQUIPAMIENTOS DE APOYO AL SUELO RURAL. Para la
vigencia de la presente revisión, no se proyectan equipamientos de apoyo rural dado que los existentes
son de propiedad privada
PARTE 2
CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL
TÍTULO 1
CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL
ARTíCULO 139.
CATEGORÍAS DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL. EI artículo 35 de la Ley
388 de 1997 define el suelo de protección como: (...) las zonas y áreas de terrenos localizados dentro
de cualquiera de las clases de suelo que por sus características geográficas, paisajísticas,
ambientales, por formar parte de las zonas de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras
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Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioguia.gov.co
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===== PÁGINA 353 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
para la provisión de servicios públicos domiciliarios o de las áreas de amenazas y riesgo no mitigable
para la localización de asentamientos humanos, tiene restringida la posibilidad de urbanizarse.
Hacen parte del suelo de protección, según el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, las
siguientes categorías:
1. Áreas de conservación y protección ambiental.
2. Áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales.
3. Áreas e inmuebles considerados como patrimonio cultural.
4. Áreas del sistema de servicios públicos domiciliarios.
5. Áreas de amenaza y riesgo.
PARÁGRAFO. En el suelo rural del Municipio de Andes no se identifican áreas e inmuebles
considerados como patrimonio cultural.
CAPÍTULO 1
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL. Incluye las áreas
ARTÍCULO 140.
que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente y las que
hacen parte de la estructura ecológica principal, para 10 cual en el componente rural del plan de
ordenamiento se deben señalar las medidas para garantizar su conservación y protección.
Las áreas que hacen parte de esta categoría, se encuentran representadas en el plano
FG4_AreasConservacionyProteccionAmb.
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DESCRITAS EN
ARTíCULO 141.
LOS POMCA. Adóptese como áreas de conservación y protección ambiental descritas en los POMCA
con influencia en el Municipio de Andes, las descritas a continuación:
En las siguientes tablas se muestran las categorías de ordenación de conservación y protección
ambiental discriminada por zona y subzona de uso y manejo, sin tener en cuenta las áreas de
protección por amenaza.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DF ANDES
CATEGORIA DE
ORDENACION
Conservación y Protección
ZONA DE USO Y
MANEJO
Áreas de Protección
Áreas de Restauración
SUBZONA DE USO Y
MANEJO
Áreas de importancia Ambiental
Protección
Áreas de rehabilitación
Áreas de restauración ecológica
Ambiental
CATEGORIA DE
ORDENACION
Conservación y
Protección Ambiental
ZONA DE USO Y
MANEJO
SUBZONA DE USO Y MANEJO
Áreas de restauración ecológica
Áreas de Protección Áreas para la conservación y/o
recuperación de la naturaleza (CRE)
Protección
AREA
Km2
5,57
8,36
0,07
22,38
AREA
Km2
5,31
0,04
5,15
ARTÍCULO 142.
MICROCUENCAS ABASTECEDORAS. EI Municipio de Andes, según ei
diagnóstico realizado, cuenta con 19 microcuencas abastecedora, de las cuales dos se identificaron
por medio de información secundaria de la CAR y las demás se trazaron a partir de las concesiones
de agua de uso doméstico las cuales abastecen acueductos veredales del Municipio; estas
microcuencas ocupan un área aproximada de 59,46 Km2
estas áreas será la conservación y/o restauración según corresponda para garantizar las condiciones
de salubridad y la cantidad del agua suministrada a las diferentes poblaciones del Municipio; sin
embargo, para la microcuenca de la quebrada La Chaparrala se realizará la una zonificación de esta
teniendo en cuenta las dinámicas actuales que presenta esta cuenta y su gran extensión, por 10 tanto,
esta área tendrá un tratamiento diferencial, contando con áreas de conservación y protección ambiental
y áreas para la producción agrícola y ganadera con restricciones que garanticen la calidad y cantidad
del recurso hídrico, 10 cual se menciona en el capítulo correspondiente a las áreas de producción
agrícola, ganadera y de explotación de recursos naturales
Nombre
Abastece
Microcuenca Quebrada Chorros blancos Municipio de Andes
Microcuenca Quebrada La Chaparrala
Municipio de Andes
rea de conservación Km2
12,96
14,98
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
354

===== PÁGINA 355 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'P/O DE ANDES
ID EXPEDIENTE
SOLICITANTE
ASOCIACION ACUEDUCTO
2 CII-2006-178 VEREDAL LA AGUADA
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
22 CII-2015-18 RIO CLARO ANDES E.S.P.
ASOCIACION DE USUARIOS
ACUEDUCTO AGUADA EL
46 CII-2006-148 MOLINO
ASOCIACION ACUEDUCTO
45 Cli-2006-178 VEREDAL LA AGUADA
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
40 CII-2010-68 SAN JOSÉ DE ANDES E.S.P.
ASOCIACIÓN DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
34 CII-2014-113 LIBANO NARANJO E.S.P
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
33 CII-2014-113 LIBANO NARANJO E.S.P
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
29 CII-2015-11 EL TAPAO E.S.P
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
LA LEJIA TAPARTO ANDES
27 CII-2015-15 E.S.P
26 CII-2015-170 MUNICIPIO DE ANDES
ASOCIACI N DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
25 CII-2015-18 RIO CLARO ANDES E.S.P.
ASOCIACION DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
24 Cil-2015-194 SAN PEDRO ABAJO E.S.P
VEREDA
La Aguada
Rio Claro
La Pava
La Aguada
EI Libano
EI Libano
EI Tapado
La Legía
La Aguada
Rio Claro
RESOLUCIÓN
130C 1-4097
160Cl-1504-
1 1734
130Cl-4219
130Cl-4097
130Cl-1101-
7091
160Cl-1503-
11619
160Cl-1503-
11619
160Cl-1504-
11755
160Cl-1504-
11730
160Cl-1511-
12465
160Cl-1504-
11734
160Cl-1603-
12782
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
REA de
conservación
Km2
o, 176
0,143
0,67
0,23
0,55
6,30
0,19
0,44
0,10
1,31
0,07
0,52
355

===== PÁGINA 356 =====
SOLICITANTE
23 CII-2015-198 MUNICIPIO DE ANDES
18 CII-2015-201 MUNICIPIO DE ANDES
ASOCIACION DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
LA YOLANDA
CORREGIMIENTO BUENOS
17 CII-2015-202 AIRES ANDES
ASOCIACION DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
BRAZO SECO, LA MESETA Y
16 CII-2015-203 CRUCERO PARTE BAJA E.S.P.
ASOCIACION DE USUARIOS
DEL ACUEDUCTO VEREDAL
14 CII-2015-205 LA MELLIZA ANDES E.S.P.
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P,'O DE ANDES
ID EXPEDIENTE
160Cl-1603-
160Cl-1602-
160Cl-1602-
VEREDA
La Ciudad
Brazo Seco
RESOLUCIÓN
160Cl-1602-
12687
160Cl-1602-
12688
12784
12650
12709
REA de
conservación
Km2
0,07
0,10
0,82
0,02
0,05
PARÁGRAFO: Teniendo en cuenta que las áreas de uso sostenible definida para la microcuenca de
la quebrada La Chaparrala, cuenta con suelo suburbano, adóptese las siguientes medidas de manejo
para asegurar la calidad y cantidad del recurso hídrico de las microcuencas que abastecen la población
del Municipio, ya que cualquier impacto negativo puede causar graves consecuencias en el
abastecimiento del agua potable para la población.
• La densidad de vivienda será de 4 viviendas por hectárea.
• Solo se permitirán construcciones de máximo dos pisos y seis metros de altura.
• Un buen manejo de los residuos sólidos, que garantice una correcta recolección y disposición
de estos en el relleno sanitario.
No realizar vertimientos de manera directa a las fuentes de agua, ni realizar captaciones en
estas que afecten la cantidad de agua que se realiza en la bocatoma
Los vertimientos que se realicen deben tener una distancia mínima de 150 metros a las
diferentes fuentes de agua y debe cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en
la normatividad ambiental.
Deben contar con todos los permisos ambientales que se requieran durante el proceso de
urbanización y después de esta.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O DE ANDES
• En cuanto a los retiros a fuentes hídricas abastecedoras, se deberán respetar los retiros
establecidos de las áreas forestales protectoras, hasta que la corporación ambiental determine
la ronda hídrica
ARTÍCULO 143.
CLASE AGROLOGICA VIII EI Municipio de Andes cuenta aproximadamente con
90,38 Km2 de territorio que corresponden a la clase agrologica ocho y a la subclase 8p, es decir, que
estos suelos presentan limitaciones por altas pendientes y por erosión. Según el POMCA del rio San
Juan, estas áreas esta en categoría de conservación y protección hacia el occidente y de uso múltiple
hacia el centro y oriente (en su mayoría), que en la zonificación ambiental del POMCA pueden ser
llevadas a recuperación para el uso múltiple, es decir, que se pueden aprovechar de manera sostenible
para la producción.
Teniendo en cuenta 10 anterior, la clase agrológica ocho, en categoría de uso múltiple, será incorporada
según 10 determinado por el POMCA, dentro de las cuáles harán parte de la estructura ecológica
principal las áreas de protección por amenaza, las cuales incluyen las pendientes superiores al 100%
subclase 8p; y las zonas de amenaza alta por inundación y avenida torrencial.
Serán llevadas a conservación y protección ambiental, las áreas de esta clase agrológica que se
encuentren dentro de las categorías de conservación y protección del POMCA, la estructura ecológica
principal, o en suelos de protección por amenaza; estas zonas ya cuentan con la connotación de suelos
de protección por otras condiciones, por 10 tanto, para este polígono aplica el régimen de usos definidos
para suelo de protección ambiental. Las demás áreas agrológicas 8 tendrán usos acordes a la
producción sostenible y sus medidas de manejo, según la zonificación ambiental del POMCA.
La mayor parte del área correspondiente a la clase agrológica ocho (aproximadamente 80%), se
encuentra en la estructura ecológica principal y los suelos de protección por amenaza y riesgo, el área
restante (17,71 Km2), se encuentra en categoría de protección para la producción agrícola ganadera y
explotación de recursos naturales.
ARTÍCULO 144. ÁREAS DE ESPECIAL IMPORTANCIA ECOSISTÉMICA. Las áreas de especial
importancia ecosistémica están conformadas según el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015,
por las zonas de paramo y subpáramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos, rondas
hidráulicas de los cuerpos de agua, humedales, pantanos, lagos, lagunas, ciénagas, manglares y
reservas de flora y fauna
EI Municipio de Andes cuenta con las siguientes áreas de especial importancia ecosistémica y/o
ecosistemas estratégicos.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
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===== PÁGINA 358 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
5.
6.
DE ANDES
4. Paramos De Farallones De Citará: Los páramos son considerados ecosistemas estratégicos
principalmente por el papel que cumplen en la regulación del ciclo hidrológicos que sustenta el
suministro del recurso hídrico para las actividades humanas y actividades económicas. Los
páramos cuentan con una gran biodiversidad de fauna y flora, sin embargo, su vulnerabilidad
ante el cambio climático y activades antrópicas han generado impactos negativos en este
ecosistema, los que incrementa los esfuerzos para su conservación y protección.
La necesidad de excluir estos ecosistemas de las actividades productivas se establece por
primera vez en la Ley 1382 de 2010, la cual modifico parcialmente el Código de Minas; la
delimitación de estos ecosistemas corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible fundamentado en criterios científicos fijados por el Instituto de Investigación de
Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt — IAvH (MINAMBIENTE, s. f.-b).
Humedales: EI Municipio cuenta con dos humedales, La laguna Santa Rita se encuentra al
occidente del Municipio en la RFP Farallones de Citará y cuenta con una extensión aproximada de
0,022 Km2, el otro humedal no cuenta con un nombre y se encuentra en el norte del Municipio en
la vereda La Bodega, con una extensión total de 0,002 Km2; estos humedales se encuentran
asociados a las dinámicas hidrológicas de las subzonas hidrográficas NSS3 de la quebrada Santa
Rita y el Rio San Juan..
Áreas forestales protectoras asociadas a los cuerpos de agua, drenajes y nacimientos. Para
el Municipio de Andes no se ha realizado el acotamiento de las rondas hídricas, por esta razón y
considerando 10 que se mencionó anteriormente, se acogerán las áreas forestales protectoras
definidas en el artículo 2.2.1.1.18.2 del Decreto 1076 de 2015, hasta que la autoridad ambiental
correspondiente defina las rondas hídricas para el Municipio.
Estas áreas forestales protectoras funcionan como corredores de conectividad ecológica, y
prestación de servicios ecosistémico de regulación del recurso hídrico, estabilización de las
márgenes de los cuerpos de agua y mejoran la calidad y cantidad el recurso, por esta razón es
importante generar estrategias que permitan su recuperación y reforestación que permitan que se
puedan generar los servicios ecosistémicos mencionados anteriormente.
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
CUERPO DE AGUA
Drenaje doble
Drenaje sencillo
Humedales
Nacimientos
AREA (Km2)
2,06
82,84
0,02
7,56
7. Predios corporativos de la CAR: EI Municipio de Andes cuenta con dos predios corporativos,
La Zaga-La Reina y EI Silencio-El Condor. EI primero se encuentra en la zona sur de la vereda
La Soledad y cuenta con una extensión total de 1,21 Km2 y se adquirió con el fin de conservar
el recurso hídrico; EI segundo se encuentra en la zona occidental del Municipio en la Reserva
Forestal Protectora Farallones de Citará y cuenta con una extensión aproximada de 43, 17 Km2.
ARTÍCULO 145.
ÁREAS DE SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SINAP) Las
áreas protegidas se definen como un área geográficamente delimitada para ser regulada y
administrada, con el fin de alcanzar objetivos específicos de conservación de acuerdo con la categoría
que pertenezca, según 10 establecido en el artículo 2.2.2.1.1.2 del Decreto 1076 de 2015
EI Municipio de Andes cuenta con tres áreas protegidas a nivel regional, el Distrito de Manejo Integrado
Cuchilla Jardín Támesis, La Reserva Forestal Protectora Regional Farallones del Citará y la Reserva
Natural de la Sociedad Civil La Mesenia Paramillo-El Desierto. A continuación, se describen las áreas
protegidas con presencia en el Municipio de Andes:
1. Distrito De Manejo Integrado Farallones De Citará: EI Distrito de Manejo Integrado (DMI)
Cuchilla Jardín Támesis se encuentra localizado en los Municipios de Caramanta, Jardín,
Támesis, Andes y Jericó, en el suroeste del departamento de Antioquia, sobre la vertiente
oriental de la cordillera occidental y cuenta con un área total de 280,57 Km2, de los cuales
10,24Km2 (4%) de este DMI se encuentra en la zona oriental del Municipio de Andes, en las
veredas La Argentina, Ato Cañaveral y Alto Senón.
2. Reserva Forestal Protectora Farallones Del Citará: Esta reserva se encuentra localizada en
la cordillera occidental, funcionando como límite natural entre los departamentos de Antioquia
y Risaralda, y Antioquia y Chocó. Se encuentra en el suroeste antioqueño con influencia en las
zonas occidentales de los Municipios de Ciudad Bolívar, Betania y Andes, con una extensión
de 300,94 Km2 los cuales incluyen la zona de transición o uso sostenible. EI 48% de esta área
se encuentra en jurisdicción del Municipio de Andes el cual equivale a 143,08 Km2.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'CP/O AVDES
3.
•
La mayor parte del área de la reserva que se encuentra en el Municipio de Andes corresponde
a la zona de preservación, la cual ocupa 107,71 Km2, las actividades a desarrollar serán la
investigación, educación y ecoturismo con restricciones a población; y las actividades
extractivas de cualquier tipo estarán excluidas para evitar cualquier tipo de degradación en el
ecosistema. EI área restante (35,37 Km2) se encuentra zona de uso sostenible, la función
principal de esta área es la de amortiguar el impacto o las perturbaciones antrópicas que se
puedan presentar en la zona de preservación.
Reserva Natural De La Sociedad Civil La Mesenia Paramillo-El Desierto: Esta reserva se
encuentra ubicada en la zona sur del Municipio de Andes y cuenta con una extensión total de
0,83 Km2. Fue registrada mediante la resolución 208 de 2021, en la cual se establecen los
objetivos de conservación de esta área, los cuales se listan a continuación.
Conservación de la muestra de Bosque muy Húmedo Montano Bajo (bmh-MB) y Bosque muy
Húmedo Montano (bmh-M), localizados en la vertiente oriental de la cordillera occidental, con
una alta biodiversidad de especies vegetales, producto de la confluencia de elementos de la
flora de la provincia biogeográfica andina con la flora de zonas bajas de la provincia del Chocó
Biogeográfico
Conservar y preservar la fauna y flora presente en el predio, ya que dan sustento a la riqueza
de la reserva
ARTÍCULO 146.
AREAS DE RESERVA FORESTAL LOCAL: EI Municipio de Andes cuenta con
la reserva forestal protectora- productora Chorros Blancos — La Negra, la cual se encuentra en la parte
alta de la cuenca de la quebrada La Cañaverala, específicamente en la zona donde nacen la quebrada
La Negra y la quebrada Los Chorros, de allí el nombre de esta reserva; se encuentra en la vereda Alto
cañaveral limitando oriente con el Municipio de Jericó y Jardín. Gran parte de esta reserva pertenece
al área protegida regional Distrito de Manejo Integrado Cuchilla Jardín Támesis, quedando por fuera
la zona de amortiguamiento de esta reserva las cuales ocupan un área de 6,25 km y ocupan 1,6% del
área municipal
CAPÍTULO 2
ÁREAS DE PROTECCIÓN PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DE
EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES
ÁREAS DE PROTECCIÓN PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y
ARTÍCULO 147.
GANADERA. Según 10 descrito en el artículo 2.2.2.2.1.3 del Decreto 1077 de 2015 las áreas para la
producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales, incluye los terrenos que deben
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DE AVES
ser mantenidos y preservados por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales o de
explotación de recursos naturales. En estos terrenos no se podrán autorizar actuaciones urbanísticas
de subdivisión, parcelación, o edificación de inmuebles que impliquen la alteración o transformación
de su uso actual.
Dentro de esta categoría, según el mismo artículo mencionado anteriormente, se incluirán, entre otros,
y de conformidad con lo previsto en el artículo 54 del Decreto-Ley 1333 de 1986, los suelos que, según
la clasificación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, pertenezcan a las clases l, II y III, y
aquellos correspondientes a otras clases agrológicas, que sean necesarias para la conservación de
los recursos de aguas, control de procesos erosivos y zonas de protección forestal.
En el Municipio de Andes estas áreas se dividen en las siguientes categorías según la vocación de uso
y en análisis del índice de uso de agua y el índice del estado actual de las coberturas naturales.
Las áreas para la producción agrícola, ganadera corresponden con las indicadas en la siguiente tabla
y delimitados en los planos 7_FR1_ReglamentacionSueloRural y 1_FG1_ModeloOcupacionTerritorio.
CATEGORIA DE USO
Agrícola
Agrosilvopastoril
Forestal productor
Forestal para aprovechamiento de productos no maderables
Recuperación
reas para la producción en la microcuenca la Chaparrala
REA KM2
0.39
43.02
5.32
1.23
69.31
19.32
DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES La
ARTiCULO 148.
minería es una actividad de utilidad pública e interés social según el artículo 58 de la Constitución
Política y el artículo 13 de la Ley 685 de 2001. EI código de minas en su artículo 34 establece que las
zonas excluibles de minería serán las que se constituyan conforme a las disposiciones vigentes como
áreas que integren el Sistema Nacional de Parques Naturales, Parques naturales de carácter regional
y zonas de reserva forestal; no obstante, la autoridad minera previo acto administrativo fundamentado
de la autoridad ambiental que decrete la sustracción del área requerida, podrá autorizar que en estas
zonas (exceptuando los parques, paramos, humedales), puedan adelantarse actividades mineras en
forma restringida o sólo por determinados métodos y sistemas de extracción que no afecten los
objetivos de la zona de exclusión.
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MU,VC/P/O DE ANDES
Así mismo, en el Código de Minas en el artículo 35 define las zonas de minería restringida, donde
pueden efectuarse trabajos y obras de exploración y de explotación de minas, con las restricciones
que se mencionan a continuación:
Podrán efectuarse trabajos y obras de exploración y de explotación de minas en las siguientes zonas
y lugares, con las restricciones que se expresan a continuación:
Dentro del perímetro urbano de las ciudades o poblados, señalado por los acuerdos municipales
adoptados de conformidad con las normas legales sobre régimen municipal, salvo en las áreas en las
cuales estén prohibidas las actividades mineras de acuerdo con dichas normas;
En las áreas ocupadas por construcciones rurales, incluyendo sus huertas, jardines y solares anexos,
siempre y cuando se cuente con el consentimiento de su dueño o poseedor y no haya peligro para la
salud e integridad de sus moradores.
En las zonas definidas como de especial interés arqueológico, histórico o cultural siempre y cuando
se cuente con la autorización de la autoridad competente.
En las playas, zonas de bajamar y en los trayectos fluviales servidos por empresas públicas de
transporte y cuya utilización continua haya sido establecida por la autoridad competente, si esta
autoridad, bajo ciertas condiciones técnicas y operativas, que ella misma señale, permite previamente
que tales actividades se realicen en dichos trayectos.
En las áreas ocupadas por una obra pública o adscritas a un servicio público siempre y cuando:
a. Cuente con el permiso previo de la persona a cuyo cargo estén el uso y gestión de la
obra o servicio.
b. Que las normas aplicables a la obra o servicio no sean incompatibles con la actividad
minera por ejecutarse y que el ejercicio de la minería en tales áreas no afecte la
estabilidad de las construcciones e instalaciones en uso de la obra o servicio.
En las zonas constituidas como zonas mineras indígenas siempre y cuando las correspondientes
autoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubieren ejercitado su derecho
preferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, con arreglo a 10 dispuesto por el Capítulo
XIV de este Código.
En las zonas constituidas como zonas mineras de comunidades negras siempre y cuando las
correspondientes autoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubieren ejercitado
su derecho preferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, con arreglo a 10 dispuesto
por el Capítulo XIV de este Código.
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MUA'C/P,'O DE ANDES
En las zonas constituidas como zonas mineras mixtas siempre y cuando las correspondientes
autoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubieren ejercitado su derecho
preferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, con arreglo a 10 dispuesto por el Capítulo
XIV de este Código.
Las áreas para la producción de los recursos naturales corresponden con las indicadas en la siguiente
7 FRI_ReglamentacionSueloRural
los
planos
tabla
delimitados
1 _FGI _ ModeloOcupacionTerritorio.
CATEGORIA DE USO
Explotación de los recursos naturales
REA KM2
18,85
PARÁGRAFO 1: De acuerdo a 10 consagrado en el artículo 34 de la ley 685 de 2001, se excluye de
exploración y/o explotación minera las áreas de conservación y protección ambiental conforme al
numeral 1 del artículo 2.2.2.2.1.3 del decreto 1077 de 2015.
PARAGRAFO 2: Para la minería que se ejerza sin título legal se Estructurará una política pública local,
desde el Concejo Municipal, con la respectiva asignación de recursos, que comprenda la asistencia
legal, ambiental y social a la población minera, con el fin de formalizar la actividad, logar la participación
de los titulares y proponentes mineros y entidades vinculadas a la problemática generada por la
actividad minera sin título legal y sin el instrumento ambiental respectivo.
CAPÍTULO 3
ÁREAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
ÁREAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. En la
ARTÍCULO 149.
zona rural en 10 que respecta al servicio de agua potable, las estrategias se deben basar en la
protección de zonas de nacimiento de fuentes de agua, tanto en 10 forestal como en 10 legal
(Renovación de concesiones de agua), además de mejoras técnicas de los sistemas de distribución y
tratamiento dando aplicación a 10 consagrado en el decreto 3600 de 2007, Art 4 numeral 4, Áreas del
sistema de servicios públicos domiciliarios. Dentro de esta categoría se localizarán las zonas de utilidad
pública para la ubicación de infraestructuras primarias para la provisión de servicios públicos
domiciliarios, con la definición de las directrices de ordenamiento para sus áreas de influencia.
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MUNCHO DE ANDES
Deberán señalarse las áreas para la realización de actividades referidas al manejo, tratamiento y/o
disposición final de residuos sólidos o líquidos, tales como rellenos sanitarios, estaciones de
transferencia, plantas incineradoras de residuos, plantas de tratamiento de aguas residuales, y/o
estaciones de bombeo necesarias para resolver los requerimientos propios de uno o varios Municipios
y que se definan de conformidad con la normativa vigente.
PARÁGRAFO: La administración municipal a través del operador del servicio de aseo determinará la
conveniencia del área en donde se realizará el manejo de los residuos orgánicos, para 10 cual la
realización de dicho estudio no podrá superar la vigencia máxima de la licencia ambiental otorgada al
relleno sanitario ubicado en la vereda el Rayo.
Las áreas del subsistema de servicios públicos domiciliarios se encuentran delimitados en el plano
ARTÍCULO 150.
ÁREA DE RETIRO PARA RELLENO SANITARIO, se determina un área de retiro
de 1000 metros con respecto a los predios donde se ubican los rellenos sanitarios "EI Rayo", y el
Relleno Sanitario Regional Proyectado, en cumplimiento a 10 establecido en el Artículo 2.3.2.3.2.2.5
del Decreto 1077 de 2015, y con base al Artículo 6 del Decreto 838 de 2005, en referencia a las
"Prohibiciones y restricciones en la localización de áreas para disposición final de residuos sólidos"
Para las áreas de vivienda campestre y suelo suburbano que se cruzan con el retiro del relleno sanitario
"EI Rayo", teniendo en cuenta que su vida útil se encuentra proyectada hasta el año 2025, se determina
la prohibición de expediciones de licencia urbanística y construcción de infraestructura, hasta tanto no
se realice el proceso de cierre y clausura, y se apruebe el plan de cierre y abandono por parte de la
autoridad ambiental competente.
Para el área de retiro del relleno sanitario regional proyectado, se prohíbe la ubicación de vivienda en
esta misma área de retiro, hasta tanto la licencia ambiental que se otorgue para el proyecto no
determine una medida más o menos restrictiva para la construcción de este o cualquier otro tipo de
infraestructura.
CAPÍTULO 4
ÁREAS DE AMENAZA Y RIESGO
ARTÍCULO 151.
ÁREAS DE AMENAZA Y RIESGO. Debido a la configuración geográfica donde
se localiza el territorio, se hace posible observar que algunas áreas presentan condiciones favorables
para verse afectados por fenómenos de tipo natural. De acuerdo con el análisis realizado durante la
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MU,VCP/O DE ANDES
elaboración del Estudio Básico de Amenazas en la Revisión y Ajuste del PBOT del Municipio de Andes,
se lograron definir aquellas áreas de interés categorizadas con amenaza alta.
Sin embargo, al tener en cuenta la delimitación de aquellas zonas de amenaza alta, la normativa
vigente con respecto a áreas de protección y las condiciones naturales en las que se encuentra el
territorio, se optó por definir las áreas de protección como aquellas zonas del territorio con pendientes
superiores al 100% (450) ya que estas presentan una alta probabilidad de sufrir la ocurrencia de
fenómenos de movimiento en masa y zonas de amenaza altas por avenida torrencial.
Las áreas de amenaza y riesgo en el suelo rural, se localizan en los planos con códigos
9_FR3 ACA DesarrolloRestringido.
PARÁGRAFO. Se prohíbe la construcción de cualquier tipo de infraestructura o asentamiento humano
(a excepción de los que tengan estudio de detalle y cuente con los respectivos permisos de la autoridad
competente o a quien corresponda) en zonas con pendientes mayores al 100%, ya sea en zona urbana
o rural.
TÍTULO 2
CATEGORÍAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO
ARTÍCULO 152.
CATEGORÍAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO EN EL SUELO RURAL DE
ANDES. En estas categorías se incluyen los suelos rurales que reúnen condiciones para el desarrollo
de núcleos de población rural, para la localización de actividades económicas y para la dotación de
equipamientos comunitarios, donde se entremezclan los modos urbanos y rurales. Las categorías de
desarrollo restringido que se adoptan son los centros poblados rurales, los suelos surburbanos, las
áreas para vivienda campestre y las áreas para equipamientos, los cuales se delimitan en el plano
9_FR3_ACA DesarrolloRestringido.
CAPÍTULO 1
SUELO SUBURBANO
ARTÍCULO 153.
SUBURBANOS. Conformado por áreas ubicadas dentro del suelo rural, en las
que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, que pueden ser objeto
de desarrollo con restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando el
autoabastecimiento en servicios públicos domiciliarios.
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MUA'CP/O DE AUDES
Los suelos suburbanos comprenden la categoría ideal para la localización de actividades productivas
y de servicios, bien sea asociado a un corredor vial de primer o segundo orden, o en un polígono
específico definido para tal uso.
ARTÍCULO 154.
UMBRAL MÁXIMO DE SUBURBANIZACIÓN. Adóptese para la vigencia del
presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial como umbral máximo de suburbanización, entendido
conforme la Resolución 3737 de 2007, expedida por CORANTIOQUIA, como el "Porcentaje máximo
de suelo que pueden ser clasificado como rural suburbano en un Municipio o distrito.
CÁLCULO DEL UMBRAL MÁXIMO DE SUBURBANIZACIÓN PARACL MUNICIPIODE ANDES
CATEGORÍAS DE PROTECCIÓN
ÁREA DE SUELO RURAL (Ha)
'TEM
reas de conservación y protección ambiental. Incluye las áreas
que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con
la legislación vigente y las que hacen parte de la estructura ecológica
principal, para 10 cual en el componente rural del plan de ordenamiento
se deben señalar las medidas para garantizar su conservación y
protección. Dentro de esta categoría, se incluyen las establecidas por
la legislación vigente, tales como:
1.1 Las áreas del sistema nacional de áreas protegidas.
1.2 Las áreas de reserva forestal.
1.3 Las áreas de manejo especial.
1.4 Las áreas de especial importancia ecosistémica, tales como
páramos y subpáramos, nacimientos de agua, zonas de recarga
de acuíferos, rondas hidráulicas de los cuerpos de agua,
humedales, pantanos, lagos, lagunas, ciénagas, manglares y
reservas de flora y fauna.
2. Áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de
recursos naturales. Incluye los terrenos que deban ser mantenidos y
preservados por su destinación a usos agrícolas, ganaderos,
forestales o de explotación de recursos naturales. De conformidad con
10 dispuesto en el parágrafo del artículo 2.2.6.2.2 del presente decreto,
en estos terrenos no podrán autorizarse actuaciones urbanísticas de
subdivisión, parcelación o edificación de inmuebles que impliquen la
39854,63
_AREA (ha)
20806,99
0,00
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52,21%
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CONCEJO
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MU,VC/P/O DE ANDES
alteración o transformación de su uso actual. Dentro de esta categoría
se incluirán, entre otros, y de conformidad con 10 previsto en el artículo
54 del Decreto-ley 1333 de 1986, los suelos que según la clasificación
del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, pertenezcan a las
clases l, II y III, y aquellos correspondientes a otras clases
agrológicas, que sean necesarias para la conservación de los recursos
de a uas, control de procesos erosivos y zonas de protección forestal.
3. eas e inmuebles considerados como patrimonio cultural.
Incluye, entre otros, los sitios históricos y arqueológicos y las
construcciones o restos de ellas que hayan sido declarados como
bienes de interés cultural en los términos de la Ley 397 de 1997 y las
normas que la adicionen, modifiquen o sustitu an.
4. reas del sistema de servicios públicos domiciliarios. Dentro de
esta categoría se localizarán las zonas de utilidad pública para la
ubicación de infraestructuras primarias para la provisión de servicios
públicos domiciliarios, con la definición de las directrices de
ordenamiento para sus áreas de influencia. Deberán señalarse las
áreas para la realización de actividades referidas al manejo,
tratamiento y/o disposición final de residuos sólidos o líquidos, tales
como rellenos sanitarios, estaciones de transferencia, plantas
incineradoras de residuos, plantas de tratamiento de aguas residuales,
y/o estaciones de bombeo necesarias para resolver los requerimientos
propios de uno o varios Municipios y que se definan de conformidad
con la normativa vigente.
5. Areas de amenaza y riesgo. Incluye las zonas que presentan alto
riesgo para la localización de asentamientos humanos por amenazas o
0
73,52
riesgos naturales o por condiciones de insalubridad. (Nota: No se
3957,37
establecen para el Municipio de Andes en esta categoría debido a que
deberán ser sometidas a estudios de detalle).
TOTAL ÁREA* DE PROTECCIÓN
24837,88
CATEGORíAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO
ITEM
AREA (ha)
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
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62,32%
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MUNICIPAL
DE AMDFS
2. Los centros poblados rurales con la adopción de las previsiones
necesarias para orientar la ocupación de sus suelos y la adecuada
dotación de infraestructura de servicios básicos y de equipamiento
comunitario, de conformidad con 10 previsto en la Sección 3 del
presente Capítulo. (Nota: No se determina la adopción o delimitación
de centros poblados)
3. La identificación y delimitación de las áreas destinadas a
vivienda campestre, con la definición de las normas urbanísticas de
parcelación, de conformidad con 10 previsto en el presente decreto
para el efecto.
4. La localización prevista para los equipamientos de salud,
educación, bienestar social, cultural y deporte. (NOTA: Se proyecta de
acuerdo a un promedio de área por equipamiento, y el número de
estos equipamientos actuales pro ectados)
TOTAL ÁREAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO
TOTAL ÁREAS EXCLUIDAS
UMS (30% del área rural restante después de áreas excluidas)
2200,46
80,80
2281 ,26
27119,14
3820,65
5,52%
5,72%
68,05%
9,59%
PARÁGRAFO: De acuerdo con la revisión anterior, se establece el Umbral Máximo de
Suburbanización para el Municipio de Andes en un total de 357,78 hectáreas en los polígonos
suburbanos propuestos.
ARTÍCULO 155.
UNIDAD MÍNIMA DE ACTUACIÓN (UMA). La unidad mínima de actuación es
la superficie de terreno que puede incluir una o varias unidades prediales para la ejecución de
actuaciones urbanísticas de parcelación o edificación de inmuebles, en suelos catalogados como
suelos suburbanos y de parcelación, de conformidad con los usos permitidos en el suelo rural.
Para el suelo rural del Municipio de Andes se adopta una Unidad Mínima de Actuación —UMA- de dos
(2) Ha, para desarrollo en agrupaciones comerciales o de servicios, parcelaciones y desarrollos
industriales.
ARTíCULO 156.
SUELOS SUBURBANOS. Obtenido el umbral máximo de suburbanización
como medida de extensión permitida para estos suelos en el Municipio de Andes, se proponen los
siguientes polígonos para el uso como suelos suburbanos en la vigencia de la presente revisión con la
seguida descripción:
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MU,VCfP/O DE ANDES
Suelo suburbano 1 (SUBI): Se determina como suelo suburbano una franja que abarca desde
el área forestal protectora del Río San Juan en su margen occidental, hasta 300 m al lado
occidental de la vía Troncal del Café, contados entre el límite urbano de la cabecera municipal
y el cruce con la vía que conduce hacia Tapartó, con una longitud de 5,70 kilómetros, y 1,86
kilómetros contados desde este cruce, sobre la vía hacia Tapartó en la margen sur de la misma
con una distancia de 400 m contados a partir del eje de la vía. De esta área se descuentan
suelos de protección contemplados para el suelo rural y en la estructura ecológica principal,
principalmente de la categoría de conservación y protección del POMCA para una extensión
final neta de 272,02 hectáreas. Para este suelo se priorizará el desarrollo de usos comerciales,
industriales y de servicios de acuerdo con sus usos actuales, y vocación y posibilidades por su
ubicación respecto a la vía secundaria; y se delimita por las siguientes coordenadas.
Suelo suburbano 2 (SUB2): Declárese como suelo suburbano una franja de 300 m sobre la
margen occidental de la vía que conduce hacia el corregimiento San José y Pueblorrico, en
cercanías al Ecoparque Regional Mario Aramburo Restrepo, en una longitud de 2,06 km
contados a partir del punto donde terminan los 30 m del área forestal protectora del Río San
Juan. De esta área se descuentan suelos de protección contemplados para el suelo rural y en
la estructura ecológica principal, principalmente de la categoría de conservación y protección
del POMCA para una extensión final neta de 58,07 hectáreas. Para este suelo se priorizará el
desarrollo de usos comerciales, industriales y de servicios de acuerdo con sus usos actuales,
y vocación y posibilidades por su ubicación respecto a la vía secundaria, y se delimita por las
siguientes coordenadas.
Suelo suburbano 3 (SUB3): Declárese como suelo suburbano una franja de 300m sobre la
margen sur de la vía hacia Tapartó, en una longitud de 1,1 1 km contados a partir del límite del
suelo urbano del corregimiento Tapartó en dirección hacia la Troncal del Café. De esta área se
descuentan suelos de protección contemplados para el suelo rural y en la estructura ecológica
principal, principalmente de la categoría de conservación y protección del POMCA para una
extensión final neta de 21 ,99 hectáreas. Para este suelo se priorizará el desarrollo de vivienda,
de acuerdo con su vocación y tendencia de uso actual residencial por su cercanía con el suelo
urbano del corregimiento, y se delimita por las siguientes coordenadas.
Suelo suburbano 4 (SUB4): Declárese como suelo suburbano un área de 3,00 hectáreas en
un predio al nororiente del suelo urbano del corregimiento San José, el cual se encuentra
aledaño a la vía secundaria que conduce hacia el Municipio de Pueblorrico. Para este suelo se
priorizará el desarrollo de vivienda, de acuerdo con su vocación y tendencia de uso actual
residencial por su cercanía con el suelo urbano del corregimiento, y se delimita por las
siguientes coordenadas.
Suelo suburbano 5 (SUB5): Declárese como suelo suburbano un área de 2,70 hectáreas en
el área de viviendas nucleadas del asentamiento San Bartolo cercano a la capilla y a las sedes
de la institución educativa La Carbonera, con el fin de reglamentar las densidades y usos del
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
•
suelo en dicho asentamiento. Para este suelo se priorizará el desarrollo de vivienda y los usos
comerciales de soporte a la vivienda, y se delimita por las siguientes coordenadas.
Suelo suburbano 6 (SUB6): Declárese como suelo suburbano un área de 5,93 hectáreas en
las áreas de viviendas nucleadas del asentamiento La Chaparrala, en cercanías a la central de
beneficio, el puesto de salud, y las sedes de las escuelas e institución educativa San Peruchito,
con el fin de reglamentar las densidades y usos del suelo en dicho asentamiento. Para este
suelo se priorizará el desarrollo de vivienda y los usos comerciales de soporte a la vivienda, y
se delimita por las siguientes coordenadas
NOMBRE
CÓDIGO
DEDICACI N$ ÁREADEL SUELO
PRINCiPAL
SUBURBANO
SUBURBANO TRONCAL DEL CAFÉ SUBI
SUBURBANO ECOPARQUE
SUBURBANO TAPARTÓ
SUBURBANO SAN JOSÉ
SUBURBANO SAN BARTOLO
SUBURBANO CHAPARRALA
SUB2
SUB3
SUB4
SUB5
SUB6
TOTA
Industria, comercio
Industria, comercio
Vivienda
Vivienda
Vivienda
Vivienda
272,02
58,07
21 ,99
3,00
2,70
5,93
35778
Las áreas del corredor vial suburbano y los suelos suburbanos se detallan en la siguiente tabla y se
delimitan en el plano 8_FR2_CategoriasSueloRural.
CAPÍTULO 2
ÁREAS PARA LA PARCELACIÓN DE VIVIENDA CAMPESTRE
ARTÍCULO 157.
ÁREAS PARA LA PARCELACIÓN DE VIVIENDA CAMPESTRE. son áreas
cuya finalidad es concentrar la vivienda campestre rural en áreas específicas del territorio para evitar
su dispersión y lograr un desarrollo más equilibrado a nivel municipal; con estas se busca restringir la
suburbanización del suelo rural, y disminuir la presión sobre los suelos de conservación y protección
ambiental y las áreas para la producción agrícola, ganadera y de explotación de recursos naturales.
Para el Municipio de Andes se delimitan polígonos destinados a la localización de parcelaciones para
la vivienda campestre, los cuales suman un área de 2200,46 Ha y se ubican en las veredas
relacionadas en la siguiente tabla:
VEREDA
LA PRADERA
ORIZABA
REA (hectáreas)
272,95
415,01
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
370

===== PÁGINA 371 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
LA BODEGA
LA SOLITA
CALIFORNIA
EL TAPADO
BAJO CAÑAVERAL
LAS COLONIAS
TOTAL (hectáreas)
189,07
365,92
343,96
214,81
379,53
19,21
2200,46
EI área para vivienda campestre se delimita en el plano 8_FR2_CategoriasSueloRural.
PARTE 3
SISTEMA DE OCUPACIÓN RURAL
TÍTULO 1
INTERVENCIONES Y TRATAMIENTOS RURALES
ARTÍCULO 158.
TRATAMIENTOS E INTERVENCIONES RURALES. Los tratamientos e
intervenciones son todas las acciones que orientan la ejecución del PBOT con el fin de contribuir a que
lugares determinados del Municipio, avancen a las situaciones deseadas en la zonificación del uso del
suelo desde su la situación actual. Cuando se trata de suelo rural se denomina Intervención, y en suelo
urbano se denomina Tratamiento. Su importancia está en que permite determinar la ruta para
consolidar el modelo de ocupación deseado.
TÍTULO 2
USOS DEL SUELO RURAL
ARTÍCULO 159.
CONCEPTO DE USOS DEL SUELO RURAL. La definición de los usos del suelo
rural en la formulación del PBOT, permite identificar la forma más adecuada de utilizar el suelo, de
acuerdo con sus potencialidades y restricciones naturales, con las tradiciones de su utilización y con
las expectativas de desarrollo en este suelo. Garantiza que estos usos llevarán a un manejo adecuado
de los recursos naturales, a partir de adecuadas prácticas ambientales en el desarrollo de las
actividades agropecuarias, reduciendo de manera importante los impactos que de otra manera se
generarían.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
371

===== PÁGINA 372 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMCP/O DE ANDES
La zonificación de usos del suelo se aplica a cada categoría de suelo rural, definiendo para cada una
de ellas unos usos principales, compatibles, restringidos y prohibidos, que garantizarán el desarrollo
de las actividades de manera sostenible con el territorio. La zonificación de usos se espacializa en el
plano 7_FR1_ReglamentacionSueloRural.
ARTÍCULO 160.
Para garantizar una adecuada comprensión en los usos del suelo que se
adoptarán en el presente proceso de revisión y ajuste del PBOT es pertinente precisar las siguientes
definiciones:
1. Vivienda campestre individual. Edificación dispuesta en el suelo rural, destinada al uso
residencial y recreacional de vivienda esporádica o permanente; son espacios concebidos para el
descanso y esparcimiento como resultado de la demanda de la población urbana y, en algunos
casos, es su segunda habitación, este tipo de construcciones puede permitir viviendas anexas
asociadas a la custodia y cuidado de la propiedad.
2. Vivienda campesina. Edificación dispuesta en el suelo clasificado como rural, asociada a la
actividad productiva de la zona y está destinada al uso residencial permanente y como apoyo a la
producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal.
3. Parcelación. Es un conjunto de edificaciones destinadas al uso residencial y recreacional, en
predios indivisos que presentan dimensiones, cerramientos, accesos u otras características
similares a las de una urbanización, pero con intensidades y densidades propias del suelo rural.
4. Condominio. Conjunto de viviendas de baja densidad adosadas o apareadas, concentradas en
una porción del territorio, cuyo uso es la residencia permanente de los propietarios. Es un conjunto
que deriva de un plan urbanístico que establece áreas privadas y comunitarias que se rigen por la
propiedad horizontal, la copropiedad o el condominio.
5. Comercio y de servicios. Es aquel que comprende actividades de intercambio, compra y venta
de bienes y servicios especializados, que pueden ser de pequeña, mediana y gran escala; estas
actividades, por 10 general, se realizan para el suministro y abastecimiento de los usos
residenciales.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
372

===== PÁGINA 373 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
6.
7.
8.
9.
MU,VC/P/O DE ANDES
Industria. Está destinada a la localización de establecimientos dedicados a la producción,
elaboración, fabricación, preparación, recuperación, reproducción, ensamblaje, construcción,
reparación, transformación, tratamiento y manipulación de materias primas para producir bienes.
Industria. Es la que mitiga sus impactos: minimiza y realiza un consumo eficiente de insumos,
agua y energía; minimiza el uso de insumos tóxicos, minimiza el volumen y toxicidad de todas las
emisiones que genere en su proceso productivo, recicla la máxima proporción de residuos en la
planta; y reduce el impacto ambiental de los productos en su ciclo de vida.
Agroindustria. Es la industria de transformación de los productos agrarios y se considera como
complementos a la actividad agrícola, pecuaria y forestal.
Agroecología. es una disciplina científica relativamente nueva, que frente a la agronomía
convencional se basa en la aplicación de los conceptos y principios de la ecología al diseño,
desarrollo y gestión de sistemas agrícolas sostenibles.
10. Turismo. Es el uso de alojamiento temporal en cualquiera de sus modalidades. Los proyectos
turísticos que se desarrollen en los suelos rurales deberán contribuir y garantizar la protección,
recuperación y cuidado de los recursos naturales, y los valores culturales, ambientales y
paisajísticos de la zona, y ser compatibles con la vocación agrícola, pecuaria y forestal del suelo
rural. En el Municipio se proponen dos tipos de turismo especializado y dirigido: EI Ecoturismo y
el Agroturismo.
11. Ecoturismo. Es una actividad que se realiza en áreas de protección y conservación ambiental;
busca la recreación, el esparcimiento y la educación del visitante a través de la observación, el
estudio de los valores naturales y de los aspectos culturales relacionados con estas áreas. En el
ecoturismo tiene prioridad la preservación del medio ambiente.
12. Agroturismo. Es una actividad que se realiza en el suelo rural, en donde el visitante se aloja y
puede participar de las actividades agrícolas y pecuarias propias del lugar, colaborando con la
producción y/o restauración de estas. Equipamientos: Los equipamientos son lugares y/o
elementos de carácter público o privado, dependiendo de su propiedad y del servicio que presten,
que sostienen el desarrollo de actividades multisectoriales diferentes a la vivienda. Estos pueden
ser colectivos, de servicios urbanos básicos o deportivos y recreativos. (Ver cuadro de
Equipamientos).
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceip@Andes-antioguia.gov.co
373

===== PÁGINA 374 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
13. Minería. Es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre, por
medio de actividades económicas primarias relacionadas con la extracción de elementos de los
cuales se puede obtener un beneficio económico. Esta actividad debe estar sujeta a 10 dispuesto
por el Código Nacional de Minas Ley 685 de 2001, y debe existir estricto control por parte de la
Corporación Autónoma Regional-CORANTlOQUlA a través del apoyo de la alcaldía municipal.
14. Sistemas de producción agropecuaria bajo esquemas de BPA y BPG. Las Buenas Prácticas
Agrícolas (BPA) y las Buenas Prácticas Ganaderas (BPG), son protocolos o metodologías que se
están implementando en las empresas agropecuarias de producción primaria y transformación de
alimentos. Estos protocolos fueron creados debido al incremento de enfermedades transmitidas
por alimentos-ETAS- que se presentaba a nivel mundial en los años 80 y 90.
Comprenden aspectos relacionados con el desarrollo humano, económico y la producción
agropecuaria más limpia, vinculados a todo el proceso de acopio, empaque, almacenamiento,
transporte, comercialización, transformación y producción, a través de encadenamientos
productivos que permitan llegar al consumidor con productos más higiénicos, inocuos y
diferenciados, de mejor calidad y cuyo origen respeta el medio social y ambiental, dándole
sostenibilidad al proceso y posicionamiento en el mercado.
15. Sistemas silvopastoriles y agroforestales. Los sistemas silvopastoriles y agroforestales son la
integración forestal a la agricultura y a la ganadería, combinación necesaria para la conservación
de los bosques existentes, con la finalidad de minimizar los impactos biológicos y ecológicos que
ha ocasionado el desarrollo agrario existente.
16. Agricultura intensiva. Una explotación intensiva es cuando la agricultura se practica sobre una
superficie muy limitada de terreno, que requiere gran inversión de capital y trabajo, hace un uso
intensivo de los medios de producción con el fin de obtener rendimientos elevados, muchas veces
en detrimento del mal uso de los recursos naturales, solo importa obtener buenos rendimientos.
17. Agricultura extensiva. Es la agricultura opuesta a la intensiva. Hablamos de una explotación
extensiva, cuando la agricultura se practica sobre grandes extensiones de terreno, en regiones de
baja densidad de población y que requiere escasa mano de obra. Los rendimientos por hectárea
son poco elevados.
18. Ganadería intensiva. La ganadería intensiva es aquel sistema de crianza de ganado, el cual se
lleva a cabo en pequeñas extensiones de terreno, donde la carga va desde ocho (8) hasta treinta
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49@-39, Piso 39.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
374

===== PÁGINA 375 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Jk)zvw,
MUNC/P/O DE ANDES
(30) animales por hectárea (10.000 m2), la supervisión de los animales es permanente, los
animales no tienen que buscar su comida, esta es llevada a donde ellos se encuentran. Se
alimentan de manera balanceada para su adecuada nutrición, garantizando siempre la cantidad y
calidad del alimento. La ganadería intensiva se pude hacer con o sin confinamiento de los
animales.
19. Ganadería extensiva. Es aquel sistema de crianza de ganado, el cual se lleva a cabo en grandes
extensiones de terreno, donde la carga va hasta cinco (5) animales por hectárea (10.000 m2), la
supervisión de los animales se hace de manera esporádica, los animales pastorean "libremente" y
ellos mismos se encargan de buscar y seleccionar su alimentación en potreros de gran tamaño.
20. Cultivos transitorios semiintensivos. Cultivos de ciclo corto en tierras con pendientes hasta del
25%, con limitaciones ligeras a moderadas por la inadecuada distribución de las lluvias. Sin
restricciones para el establecimiento de cultivos de mayor permanencia, pastos y bosques.
Requieren prácticas ligeras a moderadas de conservación de suelos y aguas: siembra en contorno,
acequias de escorrentía, riego suplementario y adecuada fertilización, labranza controlada y control
de la contaminación.
21. Cultivos permanentes semiintensivos. Cultivos de ciclo largo en tierras onduladas a quebradas
con pendientes hasta del 50%. En suelos superficiales, de fertilidad baja a muy baja. Que necesitan
prácticas manuales de preparación, sin dejarlos desprovistos de una cobertura vegetal protectora,
excepto por períodos breves; las prácticas de conservación de suelos y aguas deben ser intensas.
22. Ganadería semi-intensiva. Sistema de cría de ganado donde el pastoreo y ramoneo ocurre la
mayor parte del tiempo; la otra parte del periodo permanecen en confinamiento en lotes con piso
de tierra a donde se les lleva el forraje.
ARTíCULO 161.
ASIGNACIÓN DE USOS PRINCIPALES, COMPLEMENTARIOS,
RESTRINGIDOS Y PROHIBIDOS POR CATEGORÍA GENERAL DE USOS DEL SUELO RURAL.
Los usos, tal como se establece en la siguiente tabla y en el plano 7_FR1_ReglamentacionSueloRural,
se asignan de acuerdo con la jerarquía del uso, que se refiere a la intensidad de los usos que esas
áreas soportan y su interrelación, siempre con miras a alcanzar el modelo de ocupación. A cada
categoría de uso se especifica un carácter definido como principal, compatible o complementario,
condicionado o restringido, prohibido, según las siguientes definiciones:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro. 492-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
375

===== PÁGINA 376 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
1.
2.
3.
4.
MUA.'C/PfO DE ANDES
Uso principal (P). Uso o actividades predominantes, deseable y que coincide con la función
específica de la zona y ofrece las mayores ventajas desde el punto de vista del desarrollo
sostenible.
Uso compatible o complementario (C). Actividades o uso que no se oponen al uso principal y
concuerdan con la potencialidad, productividad y protección del suelo y demás recursos naturales
conexos.
Uso condicionado o restringido (R). Uso o actividades que presentan algún grado de
incompatibilidad urbanística y/o ambiental, controlable por medio de las normas urbanísticas y
ambientales que correspondan.
Uso prohibido (PH). Actividades incompatibles con el uso principal de una zona, con los propósitos
de conservación y de planificación ambiental y territorial, 10 cual conlleva riesgo para la seguridad
de la población, conservación ecológica o para la salubridad pública.
Categoría de
suelo rural
Áreas del
Sistema
Nacional de
Áreas
Protegidas
(SINAP)
Uso
compatible o Uso restringido
Zonificación Uso principal
complementa o condicionado
rio
Áreas de conservación y protección ambiental
Reserva
Forestal
Protectora
Farallones del
Citará (Are de
Preservación)
Conservación
restauración
del
ecosistema de
bosque y/o
vegetación
secundaria o
en transición
Reforestación
con especies
para la
protección de
la fauna y la
flora
Reintroducció
n de especies
de flora y
fauna nativa
con el
respectivo
permiso de la
autoridad
ambiental
Turismo de
naturaleza y/o
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacio
nes. supeditado
a los permisos
requeridos y
estudios de
detalle.
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la Ley
1152 de 2007
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
Uso
prohibido
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada a la
industria el
comercio y los
servicios
Minería (de
acuerdo con el
artículo 34 de
376

===== PÁGINA 377 =====
MUNC/P/O DE AMDES
Categoría de
suelo rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso
compatible o Uso restringido
Zonificapión Uso principal
complementa o condicionado
rio
reas de conservación y protección ambiental
Conservación
Reserva
Y/o
Forestal
restauración
Protectora
del
Farallones del
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas de
bajo impacto
para el
ecosistema
Aprovechamie
nto de
productos no
maderables
del bosque.
Investigación,
educación y
monitoreo
ambientales
asociado a las
actividades de
protección y
conservación
Sistemas
agroforestales
Investigación
Citará (Área de
bosque y/o
Uso Sostenible)
vegetación
ecosistema de y educación
ambiental
asociada a las
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso
prohibido
la Ley 685
de 2001 ,
Código de
Minas, la
actividad
minera queda
excluida en la
zona
núcleo)
Plantaciones
forestales
comerciales
Aprovechamie
nto forestal,
exceptuando
cuando la
autoridad
ambiental
otorgue el
permiso
correspondien
te.
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
377

===== PÁGINA 378 =====
MU,VC/P'O DE ANDES
Categoría de
suelo rural
Zonificación
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso
compatible o Uso restringido
Uso principal
complementa o condicionado
rio
reas de conservación y protección ambiental
secundaria o
en transición
Aprovechamie
nto de
productos no
maderables
del bosque.
actividades de
protección y
conservación.
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas de
bajo impacto
para el
ecosistema
Aprovechamie
nto forestal de
plantaciones
forestales
existentes con
su respectivo
plan de
manejo
nes
Infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios de los
grupos Ay B y la
industria
artesanal y fami
industria
Negocios verdes
que no interfiera
con el uso
principal o que
cumplan con las
determinantes
de la autoridad
ambiental.
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la Ley
1152 de 2007
Plantaciones
forestales
comerciales con
su respectivo
plan de manejo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso
prohibido
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios del
grupo C y la
industria no
contemplada
en los usos
anteriores
378

===== PÁGINA 379 =====
MUMC/P/O DE ANDES
Categoría de
suelo rural
Zonificación
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso
compatible o Uso restringido
Uso principal
complementa o condicionado
rio
reas de conservación y protección ambiental
Minería e
hidrocarburos
Reforestación
con especies
Vivienda rural
para la
acorde a 10
protección de
la fauna y la
flora
Reintroducció
n de especies
de flora y
fauna nativa
Conservación
DMI Cuchilla
restauración
del
ecosistema de
con el
respectivo
permiso de la
autoridad
Jardín Támesis
ambiental
bosque y/o
vegetación
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la Ley
1152 de 2007
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacio
nes. supeditado
a los permisos
Aprovechamie
secundaria o
requeridos y
nto de
en transición
estudios de
productos no
detalle.
maderables
del bosque.
Aprovechamient
o de productos
Turismo de
no maderables
naturaleza y/o
del bosque.
ecológico, con
actividades
Minería e
recreativas
hidrocarburos
pasivas de
bajo impacto
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso
prohibido
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada a la
industria el
comercio y los
servicios
Aprovechamie
nto forestal,
exceptuando
cuando la
autoridad
ambiental
otorgue el
permiso
correspondien
te
379

===== PÁGINA 380 =====
MUNC,'P/O DE ANDES
Categoría de
suelo rural
Zonificación
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso
compatible o Uso restringido
Uso principal
complementa o condicionado
rio
Áreas de conservación y protección ambiental
RNSC La
Mesenia
Paramillo
Conservación
Y/o
restauración
del
ecosistema de
bosque y/o
vegetación
secundaria o
en transición y
demás
definidas en la
zonificación
ambiental.
para el
ecosistema
Investigación,
educación y
monitoreo
ambientales
asociado a las
actividades de
protección y
conservación.
Investigación
y educación
ambiental
asociada a las
actividades de
protección y
conservación.
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas de
bajo impacto
para el
ecosistema
Aprovechamie
nto de
productos no
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39,
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacio
nes. supeditado
a los permisos
requeridos y
estudios de
detalle.
Negocios verdes
que no interfiera
con el uso
principal o que
cumplan con las
determinantes
de la autoridad
Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso
prohibido
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada a la
industria el
comercio y los
servicios
Plantaciones
forestales
comerciales
380

===== PÁGINA 381 =====
MUNCP/O DF ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido o
Uso principal
condicionado
com lementario
Areas de conservación y protección ambiental
Categoría
de suelo
rural
Áreas de
Reserva
Forestal
Zonificación
Reserva
Protección y
forestal
conservación de
Protectora-
la cobertura
Productora
natural para
Chorros
regulación del
Blancos - La
recurso hídrico
Negra
en calidad y
cantidad
maderables del
bosque
Reforestación
con especies
para la
protección de la
fauna y la flora
Reintroducción
de especies de
flora y fauna
nativa con el
respectivo
permiso de la
autoridad
ambiental
Aprovechamiento
de productos no
maderables del
bosque.
Turismo de
naturaleza y/o
ambiental.
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328 de
2007 y la Ley 1152
de 2007
Minería e
hidorcarburos
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328 de
2007 y la Ley 1152
de 2007
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios públicos y
Uso prohibido
Aprovechamiento
forestal,
exceptuando
cuando la
autoridad
ambiental
otorgue el
permiso
correspondiente
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada a la
telecomunicaciones.
industria el
supeditado a los
comercio y los
permisos requeridos
servicios
y estudios de
detalle.
Minería e
hidrocarburos
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
Plantaciones
forestales
comerciales
381

===== PÁGINA 382 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
Categoría
Uso compatible
de suelo Zonificación Uso principal
o
uso restringido o
rural
Áreas de
manejo
especial
condicionado
complementario
Areas de conservación y protección ambiental
Protección,
conservación
restauración y
recuperación del
ecosistema de
Microcuencas
bosque para
abastecedoras
regulación del
(áreas de
recurso hídrico
conservación)
en calidad y
cantidad.
Plantaciones
forestales
protectoras
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas de bajo
impacto para el
ecosistema
Investigación,
educación y
monitoreo
ambientales
asociado a las
actividades de
protección y
conservación
Aprovechamiento
de productos no
maderables del
bosque, así
como otras
actividades que
no afecten la
estructura
boscosa ni
interfieran con el
uso principal.
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas de bajo
impacto para el
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328 de
2007 y la ley 1152
de 2007 para suelos
de protección
Sistemas
agroforestales
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios públicos y
telecomunicaciones.
supeditado a los
permisos requeridos
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso prohibido
Disposición de
residuos sólidos
Agricultura
Infraestructura-
asociada a la
industria el
comercio y los
servicios
Plantaciones
forestales
comerciales
Ganadería
intensiva y
extensiva
382

===== PÁGINA 383 =====
MUNC/P/O OF ANDES
Categoría
de suelo
rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido o
Uso principal
o
condicionado
com lementario
reas de conservación y protección ambiental
Zonificación
Áreas de
conservación
y protección
del POMCA
(Áreas de
restauración
ecológica y
áreas de
importancia
ambiental) y
predios
corporativos
de la CAR
Conservación,
rehabilitacion y/o
restauración, del
ecosistema de
bosque y/o
vegetación
secundaria o en
transición
ecosistema
Investigación
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas
Reforestación
con especies
para la
protección de la
fauna y la flora
Investigación
asociada a las
actividades de
protección y
conservación
y estudios de
detalle.
Negocios verdes
que no interfiera
con el uso principal
o que cumplan con
las determinantes
de la autoridad
ambiental.
Minería e
hidrocarburos
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328 de
2007 y la Ley 1152
de 2007 para los
suelos de
protección.
infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios de los
grupos A y la
industria artesanal y
fami industria
asociada a la
vivienda rural
regulada por la
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 8414313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
Uso prohibido
Aprovechamiento
forestal,
exceptuando
cuando la
autoridad
ambiental
otorgue el
permiso
correspondiente
Agricultura
Ganadería
intensiva y
extensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios del
grupo B y C y la
industria no
contemplada en
los usos
anteriores
383

===== PÁGINA 384 =====
MUNCfP,o DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido o
Uso principal
condicionado
complementario
Áreas de conservación y protección ambiental
Aprovechamiento resolución 9328 de
Categoría
de suelo
rural
Áreas de
especial
importancia
ecosistémica
Zonificación
Humedales
Protección y
restauración de
estos
ecosistemas
para mejorar la
dinámica
hidrológica.
de productos no
maderables del
bosque, así
como otras
actividades
económicas que
no afecten la
estructura
boscosa ni
interfieran con el
uso principal.
Investigación
asociada a los
humedales
2007 y la Ley 1152
de 2007 para los
suelos de
protección.
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios públicos y
telecomunicaciones
Minería e
hidrocarburos
Aprovechamiento
forestal con su
respectivo plan de
maneo
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico que no
vaya en contra vía
del uso principal
Infraestructura
asociada al espacio
público, la cual está
supeditada a
estudios de detalle
y deberá conservar
la cobertura vegetal
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
Uso prohibido
Ganadería
Agricultura
intensiva
Vivienda
campestre y
parcelaciones
Infraestructura
asociada a
vivienda,
comercios y
384

===== PÁGINA 385 =====
MUNCHO DE ANDES
Categoría
de suelo Zonificación
rural
Áreas
forestales
protectoras
(retiros de
mínimo 30m a
cuerpos de
agua y 100
metros a
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido o
Uso principal
Uso prohibido
condicionado
complementario
reas de conservación protección ambiental
Minería (Excluible servicios e
según la la Ley 685 industria.
de 2001).
Captación de aguas
o realización de
vertimientos, el cual
esta supeditados a
los permisos
ambientales
Agricultura
Infraestructura
asociada al espacio
Ganadería
público, la cual está
Protección,
conservación
restauración y
recuperación del
ecosistema de
bosque para
regulación del
recurso hídrico
en calidad y
nacimientos)
cantidad
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas que no
vaya en contra
vía del uso
principal
Plantaciones
forestales
protectoras
supeditada a
estudios de detalle
y deberá conservar
la cobertura vegetal
Infraestructura vial
asociada a los
permisos
pertinentes de
ocupación de cauce
Infraestructura
asociada a la
movilidad, al
equipamiento,
Infraestructura
asociada a la
vivienda,
industria y
servicios y
comercio
Disposición de
residuos
Aprovechamiento
forestal
servicios públicos y
Plantaciones
telecomunicaciones,
forestales
supeditada a
comerciales
estudios a y
permisos
necesarios
Minería e
hidrocarburos.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
385

===== PÁGINA 386 =====
MUA'C/PV DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
K//z/Z•
Uso compatible
Categoría
de suelo
rural
Zonificación
Paramo de
Citara
Uso principal
o
complementario
Uso restringido o
condicionado
Areas de conservación y protección ambiental
Protección y
Reforestación
conservación del
con especies de
ecosistema de
flora
bosque para
características
regulación del
de los
recurso hídrico
ecosistemas de
en calidad y
paramo
cantidad
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas pasivas
de bajo impacto
para el ecosistema
Investigación y
educación
ambiental asociada
a las actividades de
protección y
conservación
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios públicos y
telecomunicaciones
Minería (Excluible
según la Ley 685 de
2001)
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
Uso prohibido
Agricultura
Ganadería
Infraestructura
asociada a la
vivienda,
industria y
servicios y
comercio
Disposición de
residuos
Aprovechamiento
forestal
Plantaciones
forestales
comerciales
386

===== PÁGINA 387 =====
MU,VC/P/O DE ANDES
Categoría de
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido
Uso
o
Zonificación Uso principal
suelo rural
complementari o condicionado prohibido
o
reas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
Uso
Agroforestal
Mosaico de
cultivos,
pastos,
actividades de
Agrosilvopastori ganadería,
espacios
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Sistemas
forestales
protectores
Aprovechamient
o de productos
no maderables
del bosque, así
como otras
actividades
económicas que
naturales y/o
no afecten la
usos
estructura
forestales del
suelo
Sistemas
forestales
comerciales
Infraestructura
asociada a la
agroindustria, el
comercio, el
servicio y
equipamientos
que no afecte el
desarrollo del
uso principal
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacion
Agricultura
intensiva
Ganadería
intensiva
Parcelacion
es y
vivienda
campestre
boscosa ni
interfieran con el
uso principal.
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas que no
vaya en contra
vía del uso
principal
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceiq@Andes-antioquia.gov.co
387

===== PÁGINA 388 =====
MUA'C/P/O DE ANDES
Categoría de
Zonificación
suelo rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
o
Uso principal
Uso restringido
complementari o condicionado
o
Uso
prohibido
reas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
Uso Agrícola
I nvestigación
asociada al uso
principal
Minería e
hidrocarburos
Investigación
asociada a la
practicas
agrícolas
Vivienda rural
Cultivos
acorde a 10
transitorios y/o
estipulado por la
permanentes
resolución 9328
con prácticas
de 2007 y la ley
de manejo
1152 de 2007
adecuadas
Agrícola
que no alteren
Cultivos
la estabilidad y
agroforestales
estructura del
suelo y los
Turismo de
recursos
naturaleza y/o
naturales
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas
Infraestructura
Infraestructura
asociada a la
agroindustria, el
comercio, el
servicio y
equipamientos
que no afecte el
desarrollo del
uso principal
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
Parcelacion
vivienda
campestre
Actividades
de
ganadería
intensiva
Sistemas
forestales
telecomunicacion comerciales
es
Actividad
ganadera
extensiva
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.cp
388

===== PÁGINA 389 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Categoría de
Uso restringido
o
Zonificación Uso principal
suelo rural
complementari o condicionado
o
Uso
prohibido
Areas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
forestal
Forestal
productor
Sistemas
forestales
productores
con plan de
manejo e
implementació
n de sistemas
agroforestales
que no afecten
la estabilidad y
estructura del
suelo
Aprovechamie
nto de
productos
maderables y
no maderables
de apoyo a la
producción
agrí cola
Minería e
hidrocarburos
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Investigación
Sistemas
agroforestales
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas que
no vaya en
contra vía del
uso principal
Minería e
hidrocarburos
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacion
Infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios que no
interfieran con el
uso principal
Ganadería
intensiva
vivienda
campestre y
parcelacion
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
389

===== PÁGINA 390 =====
MU,VC/P/O DE ANDES
Categoría de
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
o
Uso restringido
Uso
suelo rural
complementari o condicionado prohibido
o
Areas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
Zonificación Uso principal
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Aprovechamient
o de productos
Infraestructura
no maderables
asociada al
del bosque, así
Forestal para
aprovechamient
o de productos
no maderables
Protección,
restauración y
establecimient
o de sistemas
forestales para
aprovechamie
nto de
productos
secundarios o
no maderables
como otras
actividades
económicas que
no afecten la
estructura
boscosa ni
interfieran con el
uso principal.
Investigación
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas que
no vaya en
contra vía del
uso principal
Minería e
hidrocarburos
comercio y los
Plantacione
servicios que no
s forestales
interfieran con el
uso principal
Sistemas
agroforestales
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacion
comerciales
Ganadería
intensiva
vivienda
campestre y
parcelacion
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
390

===== PÁGINA 391 =====
MUA'CfP/O DE ANDES
Categoría de
Zonificación
suelo rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido
Uso
o
Uso principal
complementari o condicionado prohibido
o
reas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
Áreas de
Restauración
de la
cobertura
Recuperación
Recuperación
vegetal y
recuperación
de los suelos
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Investigación y
educación
ambiental
asociada al uso
principal
Sistemas
forestales
productores con
plan de manejo
implementación
de sistemas
agroforestales
que no afecten
la estabilidad y
estructura del
suelo
Minería e
hidrocarburos
Infraestructura
asociada al
Agricultura
transporte, al
intensiva
equipamiento,
servicios
Ganadería
públicos y
telecomunicacion
es
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
391

===== PÁGINA 392 =====
MUA'CP/O DE ANDES
Categoría de
Zonificación
suelo rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
o
Uso principal
Uso restringido
complementari" O condicionado
o
Uso
prohibido
reas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
Áreas para la
producción en
la cuenca
abastecedora
de la
quebrada La
Chaparrala
Área de
producción
sostenible
Conservación
del
ecosistema de
bosque para la
provisión y
regulación del
recurso
hídrico.
Aprovechamie
nto de
productos no
maderables
del bosque
Plantaciones
forestales
protectoras
Sistemas
agroforestales
Actividades
agrícolas, que
no generen
vertimientos o
dejen el suelo
desprovisto de
vegetación y
que su uso y
actividades de
manejo no
interfieran de
Vivienda rural
acorde a 10
estipulado por la
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
para suelos de
protección
I nfraestructura
asociada al
comercio y los
servicios de los
manera negativa
grupos Ay B y la
industria
ciclo hidrológico
artesanal y fami
industria
Negocios verdes
que no interfiera
Infraestructura
con el uso
asociada al
principal o que
transporte, al
cumplan con las
equipamiento,
determinantes
servicios
de la autoridad
públicos y
ambiental.
telecomunicacion
es. supeditado a
Turismo de
los permisos
naturaleza y/o
requeridos y
ecológico, con
estudios de
actividades
detalle.
recreativas
pasivas de bajo
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
Disposición
de residuos
sólidos
Ganadería
intensiva y
extensiva
Infraestruct
ura
asociada al
comercio y
los servicios
del grupo C
industria no
contemplad
a en los
usos
anteriores
392

===== PÁGINA 393 =====
DE ANDES
Categoría de
Zonificación
suelo rural
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso restringido
Uso
o
Uso principal
complementari o condicionado prohibido
reas para la producción agrícola ganadera y de explotación de recursos naturales
Explotación de
recursos Minería
naturales
impacto para el
ecosistema
Investigación
Exploración,
Explotación,
transformación
, beneficio,
Agricultura
transporte de
minerales,
Aprovechamient
comercio y
o forestal
servicios
derivados del
clúster minero
Plantaciones
forestales
comerciales
Minería e
hidrocarburos
Sistemas
forestales
productores
(comerciales)
Turismo de
naturaleza y/o
ecológico, con
actividades
recreativas
pasivas que no
vaya en contra
vía del uso
principal
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos y
telecomunicacion
es.
Vivienda rural
vivienda
campestre y
parcelacion
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
393

===== PÁGINA 394 =====
MU/VC'P/O ANDES
Categoría de
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
o
Uso
Uso restringido
Zonificación Uso principal
suelo rural
complementari 6 condicionado prohibido
Areas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales
acorde a 10
estipulado por la
Subsector de
hidrocarburos
Actividades
del subsector
de
hidrocarburos:
exploración,
producción,
transporte,
refinación o
procesamiento
comercializaci
ón de los
recursos
naturales no
renovables
conocidos
como
hidrocarburos
(ANH)
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Ganadería
Sistemas
forestales
productores
(comerciales)
Infraestructura
Actividades
asociada al
minero-
transporte, al
energéticas.
equipamiento y
servicios
Investigación
públicos.
Infraestructura
Vivienda rural
asociada a las
acorde a 10
telecomunicacio
estipulado por la
nes
resolución 9328
de 2007 y la ley
1152 de 2007
Actividades
ganadera y
agrícolas
Vivienda
campestre y
parcelacion
es.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
394

===== PÁGINA 395 =====
MUVC/P,'O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
Uso compatible
Uso
Categoría
de suelo
rural
Áreas del
sistema de
servicios
públicos
domiciliarios
Zonificación Uso principal
restringido o
o
complementario condicionado
reas del sistema de servicios públicos domiciliarios
Áreas del
sistema de
servicios
públicos
domiciliarios
Protección y
conservación
de las áreas
destinadas de
utilidad pública
para la
ubicación de
infraestructura
asociada a los
públicos
Sistemas
forestales
protectores
Minería e
hidrocarburos
Uso
Uso
Uso compatible
restringido
o
Uso prohibido
Ganadería
Agricultura
Sistemas
forestales
productores
Infraestructura
asociada a la
vivienda,
industria y
servicios y
comercio
Uso prohibido
Categoría de
suelo rural
Suelo
Suburbano
Zonificación
principal complementari
condiciona
o
do
Categorías de desarrollo restringido en suelo rural
Vivienda acorde
a 10 estipulado
por la resolución Ganadería
SUB 1 y SUB2
Infraestructu
ra asociada
al comercio,
la industria
Y los
servicios
9328 de 2007
Infraestructura
asociada al
transporte, al
equipamiento,
servicios
públicos,
Agricultura Sistemas
forestales
Minería e
productores
hidrocarburo
s
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
395

===== PÁGINA 396 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
Categoría de
suelo rural
Uso
Zonificación
Uso
Uso compatible
restringido
o
o
Uso prohibido
principal complementari
condiciona
o
do
Categorías de desarrollo restringido en suelo rural
SUB 3, SUB4y
SUB 5
telecomunicacio
nes y turismo
Espacio publico
Infraestructura
asociada al
comercio, la
industria y los
servicios
Vivienda
acorde a 10
Infraestructura
estipulado
asociada al
por la
transporte, al
resolución
equipamiento,
9328 de
servicios
2007
públicos,
telecomunicacio
nes y turismo
Espacio publico
Ganadería
Agricultura
Minería e
Sistemas
hidrocarburo forestales
productores
Infraestructu
ra asociada
al comercio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
396

===== PÁGINA 397 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
Categoría de
suelo rural
Vivienda
campestre
Uso
Zonificación
Uso compatible
restringido
o
o
principal complementari
condiciona
o
do
Categorías de desarrollo restringido en suelo rural
Vivienda
campestre
Residencial,
acorde a 10
estipulado
por la
resolución
9328 de
2007,
teniendo en
cuenta las
medidas de
manejo del
numeral
3.2.1.4.2.1
Infraestructura
asociada al
comercio y los
servicios del
grupo A
Infraestructura
asociada a
equipamientos,
servicios
públicos,
telecomunicacio
nes
Espacio público
y los
servicios de
los grupos B
Infraestructu
ra asociada
al transporte
Infraestructu
ra asociada
al turismo
Infraestructu
ra asociada
a la
industria
artesanal y
fami
industria
Sistemas
forestales
productores
Minería e
hidrocar-
buros.
Ganadería
Agricultura
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
Uso prohibido
Infraestructura
asociada a la
industria menor
y gran industria
397

===== PÁGINA 398 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
PARÁGRAFO 1: Para los usos definidos en la tabla anterior se deberán tener en cuenta las medidas
de manejo establecidas en el POMCA del Rio San Juan, para sus dos categorías de ordenamiento
(uso múltiple y conservación y protección ambiental), las cuales se muestran en el artículo 48 de la
presente acuerdo y en el numeral iErrorl No se encuentra el origen de la referencia. del documento
de formulación
PARÁGRAFO 2: Para el área de influencia de los puntos de hallazgos suministrados por el ICANH,
se restringen el otorgamiento de cualquier tipo de licencia hasta tanto no se realice el programa de
arqueología preventiva establecido por el decreto 2106 de 2019 en los términos de la resolución 13374
de 2021.
PARÁGRAFO 3: Los desarrollos urbanísticos en las áreas de las microcuencas deberán cumplir con
las medidas de manejo establecidas en el numeral iError! No se encuentra el origen de la
referencia. del documento de formulación, además los usos actuales que vayan en contra vía de los
propuestos deberán adoptar medidas y estrategias que les permitan disminuir el conflicto que se
presente con los usos propuestos
TÍTULO 3
APROVECHAMIENTOS Y OBLIGACIONES RURALES
ARTíCULO 162.
APROVECHAMIENTOS Y OBLIGACIONES RURALES. Con ei fin de garantizar
la ocupación del territorio rural de forma coherente con las intervenciones y tratamientos definidos, y
con las potencialidades, restricciones y tendencias que se detectaron en el diagnóstico, se definen los
aprovechamientos y obligaciones que determinan el desarrollo de los polígonos de intervención y/o
tratamiento.
CAPÍTULO 1
APROVECHAMIENTOS EN SUELO RURAL
ARTÍCULO 163.
CRITERIOS PARA DETERMINAR LOS APROVECHAMIENTOS EN SUELO
RURAL. Los aprovechamientos para el suelo rural del Municipio de Andes se definen teniendo en
cuenta los siguientes criterios:
1.
2.
Los aprovechamientos actuales establecidos por la autoridad ambiental en cuanto a densidades,
contenidos en la Resolución 9328 de 2007 de CORANTIOQUIA, o la norma que la reglamente,
complemente o sustituya.
EI modelo de ocupación territorial propuesto.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
398

===== PÁGINA 399 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
3. EI estado actual de los sistemas estructurantes como equipamientos, vías, espacio público y
servicios públicos, así como las propuestas formuladas en la presente revisión para el
mejoramiento de la infraestructura y el aumento de la cobertura y la capacidad de los mismos, en
el Centro Poblado Rural y suelos suburbanos.
ARTÍCULO 164.
DENSIDAD HABITACIONAL. corresponde a la relación existente entre un área
medida en hectáreas y el número de viviendas que pueden localizarse en ella. Se definió con base en
las densidades establecidas por CORANTIOQUIA como autoridad ambiental competente según su
Resolución No. 9328 de 2007 y las categorías de suelo rural, como se presente en la siguiente tabla.
DFNS!DAD
DENSIDAD UAF (1
DENSIDAD
MÁXIMA
viviendàlUAF)
MÁXIMA
VIVIENDA
SUBURBANA
CAMPESTRE
(viv/Ha)
Aviv/Ha)
UAF
UAF UAF
Agrícola Mixta Ganadera
13a17
41 a 56
4,94
3,8
DENSIDAD MÁXIMA
PROTECCIÓN (T
vivienda por cada # de
hectáreas);
57
Ha
Ha
PARÁGRAFO 1. Cuando el predio o sus zonas no cumplan con el área correspondiente a la unidad
mínima de actuación se debe englobar con predios vecinos para posibilitar su desarrollo según las
condiciones establecidas en el artículo denominado "Unidad mínima de actuación" del presente
Acuerdo.
PARÁGRAFO 2: La densidad de vivienda para el polígono SUB6 será de 4 viviendas por hectárea,
por estar ubicado en el área de la microcuenca abastecedora de la quebrada La Chaparrala.
PARÁGRAFO 3: Así mismo, de acuerdo con 10 reglamentado en el Parágrafo 3 del Artículo 3 de la
Resolución 9328 de 2007; en caso de presentarse la ubicación de un predio en dos o varias clases o
usos de suelos con densidades diferentes, se deberá proceder de la siguiente forma:
a. Los predios ubicados en dos o varios suelos con densidades diferentes, en principio tendrán
que aplicar la densidad definida para cada clase y uso del suelo.
b. Cuando algunas partes del predio no cumplan eI área mínima para la respectiva densidad, se
deberá calcular la densidad para cada clase y uso del suelo y la fracción de vivienda sumarla
a la clase y uso del suelo que le dé mayor posibilidad de densificación, ubicando dentro de ésta,
las unidades de vivienda y dejando en las otras clases y usos del suelo el uso principal asignado
por el Plan de Ordenamiento Territorial.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
399

===== PÁGINA 400 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
c. En el caso que el predio no cumpla con el tamaño necesario para construir una unidad de
vivienda, se podrá englobar con otros predios, respetando la clase de suelo y el uso asignado
de cada predio.
ARTÍCULO 165.
ALTURA MÁXIMA. Corresponde al máximo número de niveles que puede tener
una construcción. Para el suelo rural de Andes se definió con base en las alturas identificadas en el
diagnóstico.
La altura máxima en suelos rurales será de 2 pisos y podrá tener mansarda integrada a la vivienda y
un nivel de sótano o semi sótano. No obstante, se podrá estudiar por parte de la Secretaría de
Planeación, o la dependencia que haga sus veces, los casos especiales de edificaciones que puedan
superar la altura máxima permitida debido a la topografía, dando prevalencia a las condicionantes del
paisaje.
En las zonas para parcelación de vivienda campestre y suelo suburbano se permitirán hasta 3 niveles
o nueve metros (9 m) medidos desde la rasante natural del terreno hasta el punto máximo del plano
superior, cuando las viviendas o construcciones no se encuentren adosadas y no generen impactos
en el paisaje. En las zonas de protección solo se permitirán construcciones de un nivel.
Las edificaciones nuevas de vivienda, reconocimientos, así como las reformas y adiciones a la misma,
deberán cumplir con los parámetros y retiros mínimos establecidos y garantizar condiciones de
iluminación y ventilación natural para todos los espacios. De igual manera, atenderán los parámetros
establecidos por el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
Para las construcciones que ya han superado la altura máxima permitida (hasta 3 pisos), serán objeto
de reconocimiento, siempre y cuando cumplan con las normas NSR y con los requisitos establecidos
en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015. De igual manera, sólo se reconocerán las viviendas
que existan en el polígono asignado, a la fecha de expedición y aprobación del presente Acuerdo
Municipal, las cuales deberán estar incluidas y acorde con las densidades máximas definidas.
ARTÍCULO 166.
ÍNDICE DE OCUPACIÓN. Es la relación entre el área de un lote o una zona a
desarrollar y el porcentaje de esa área que puede ser ocupado con construcción.
Los índices que se determinan se establecen con el fin de mantener una racional ocupación del suelo,
donde se promueva el mantenimiento de las actividades propias de la ruralidad, tal como se establece
en la siguiente tabla.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceto@Andes-antioquia.qov.co
400

===== PÁGINA 401 =====
MUA'C/P/O DE ANDES
CATEGORÍA
reas de
Conservación y
Protección
Ambiental
reas para la
Producción
Agrícola,
Ganadera y
Explotación de
Recursos
Naturales
Categorías de
Desarrollo
Restringido
CONCEJO
MUNICIPAL
APROVECHAMIENTOS
ndice de ocupación
POLÍGON
Aplica a todos los
polígonos
Aplica a todos los
polígonos
Áreas para vivienda
campestre.
Suelos suburbanos
reas de actividad
industrial.
Parcelaciones
comerciales, de
servicios e
industriales.
Centros poblados
1 Viv/Unidad
predial
1 Viv/Unidad
predial
15%
(Microcuencas
abastecedoras).
30% Para todos
los demás casos.
NIA
NIA
NIA
NIA
NIA
NIA
NIA
1 piso (3m)
2 pisos (6m)
2 pisos (6m)
(Microcuencas
abastecedoras).
3 pisos (9m) Para
todos los demás
casos.
3 pisos (9m)*
3 pisos (12m)
3 pisos (12m)
PARÁGRAFO: Para el polígono de suelo suburbano SUB6, por estar ubicado en el área de la
microcuenca abastecedora de La Chaparrala, solo se permitirá la construcción de 2 niveles y 6
metros de altura.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
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401

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MUMC/P/O DE ANDES
ARTÍCULO 167.
CONCEJO
MUNICIPAL
NORMAS DE COMPATIBILIDAD DE Usos INDUSTRIALES, COMERCIALES
Y RESIDENCIALES EN SUELO RURAL Y SUBURBANO Debido a que en los suelos suburbanos
declarados en la presente revisión se permitirá la mezcla de usos residenciales e industriales que son
incompatibles; se establecerán medidas de control de emisiones de las actividades industriales en
suelo rural, exigencias de diseño para la mitigación de conflictos de uso, y distancias de retiro entre
estos para el control urbanístico en la expedición de licencias de acuerdo a la priorización en cada
polígono.
En este sentido, Andes asumirá en su control de actividades del uso del suelo 10 dispuesto en la
Resolución 0627 de 2006 (Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, 2006) para los
sectores C, que corresponderá al máximo admisible para los suelos suburbanos con usos principales
comerciales, industriales, y de servicios; y los del Sector D para los demás polígonos de desarrollo
restringido (Vivienda campestre, y suburbano con uso principal de vivienda) con respecto a los niveles
de emisión de ruido admisibles para estos sectores por horarios, los métodos y sistemas de medición,
vigilancia y sanciones a que haya lugar para el control de estas afectaciones.
SECTOR
Sector C. Ruido
Intermedio
Restringido
Sector D. Zona
Suburbana o
Rural de
Tranquilidad y
Ruido
Moderado
-SUBSECTOR
Zonas con usos permitidos industriales,
como industrias en general, zonas
portuarias, parques industriales, zonas
francas,
Residencial suburbana.
EST NDARESM IMOS
PERMISIBLES DE NIVÉLES DE
EMISIÓN DERUIDO d A
DÍA
75
55
NOCHE
75
50
Así mismo, deberá adoptarse y regularse en las zonas que se presenten usos industriales, la normativa
de control de olores ofensivos contenida en la Resolución 1541 de 2013 (Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, 2013), Resolución 672 de 2014 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
2014a) y los protocolos para el monitoreo de estas emisiones de la resolución 2087 de 2014 (Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2014b); a continuación, se presenta la tabla con niveles de
referencia de dichas emisiones para las actividades industriales
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
CALIDAD DE EN ELGAP TULO RESOLUPI 2013
Niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión para sustancias de olores ofensivos a
condiciones de referencia (250C y 760 mm Hg)
SUSTBNCIA
NIVEL
IEMPO DE
REFERENCIA
PBOT ANDES
(RESOLUCIÓN
(50%Y
Sulfuro de hidrógeno (H2S)
Azufre Total Reducido (TRS)
Amoniaco (NH3)
sé" 541)
30
40
91
1400
3,5
15
3,5
20
45,5
700
EXPOSICI@N
24 horas
1 hora
24 horas
1 hora
24 horas
1 hora
Niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión de mezclas de sustancias de olores ofensivos
PERMISIBLE EN OlJE/mS
BEFERENCIA
(RESOLUCIÓN
1541)
3
Procesamiento y conservación de carne, pescado,
crustáceos, y moluscos
Fabricación de productos de la refinación del petróleo
Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y
cartón
Curtido y recurtido de cueros; recurtido y teñido de
pieles
Tratamiento y disposición de desechos no peligrosos y
estaciones de referencia
Planta de tratamiento de aguas residuales
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PBOTANDES
1,5
403

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
Actividades que capten agua de cuerpos de agua
receptores de vertimientos
Fabricación de sustancias y productos químicos básicos
Tratamiento térmico de subproductos animales
Unidad de producción pecuaria
Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal
Descafeinado, tostión y molienda de café
Otras actividades
5
7
2,5
3,5
OuE: Unidad de olor europea expresada como el percentil 98 de las horas modeladas durante un
Debido a la complejidad de los niveles admisibles y los parámetros de medición con respecto a las
normas establecidas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera de la
Resolución 909 de 2008 (Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, 2008), la
administración municipal, o el ente destinado al control de esta afectación deberá remitirse a la norma
particular o recurrir a la asesoría necesaria para garantizar que en las áreas con mezclas de uso en el
suelo rural, no se superen los valores máximos permitidos de cada caso.
En las áreas donde confluyan los usos de suelo industriales, con otro tipo de uso del suelo, la
secretaría de planeación podrá definir la incorporación de uno o varios de los siguientes mecanismos
de aislamiento de impactos ambientales según el tipo de industria instalada y su cercanía con otros
usos:
c. Distancias de separación: Establecer distancias entre las infraestructuras o
fuentes de emisión de olores, partículas, o contaminación acústica con los
bordes de predio e infraestructuras cercanas. Para la definición de estas
distancias se puede implementar la tabla de "Distancias de separación
recomendadas para actividades generadoras de olores ofensivos" del Protocolo
para el monitoreo, control y vigilancia de olores ofensivos que se muestra a
continuación:
TIVIDA
Cría y explotación de
animales confinados
SUBACTIVIDAD
DISTANCIA m)
OBSERVACI N
Cría de cerdos y aves
con 2000 animales o
más
Vivienda rural
Lugares de encuentro
500
Población mayor a 20
habitantes
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404

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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCfP,'O DE AA'DFS
ACTIVIDAD
SUBACTIVIDA
público
Áreas residenciales y
urbanas
Desarrollo de
residencias rurales
Áreas residenciales y
urbanas
D STANClA(m
1500
2000
250
500
200 a 3000
OBSERVACI N
Población mayor a 100
habitantes
En función de la
capacidad del relleno
sanitario
Población mayor a 20
habitantes
Población mayor a 100
habitantes
En función de la
capacidad del relleno
sanitario
Rellenos sanitarios
menores
Compostaje
Plantas de tratamientos
de aguas residuales
Frigoríficos
Instalaciones de compostaje de residuos vegetales con máquinas
especiales para el volteo frecuente
Receptores sensibles
100-200
200-400
400-600
600-750
mayor a 750
Producción 0-5000 t/año
Producción 5001-10000
t/año
Producción 10001- 15000
tlaño
Producción 15001- 20000
t/año
Producción >2000Waño
Instalaciones de compostaje de residuos vegetales con volteo por
métodos tradicionales
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
225-300
300-450
450-600
650-700
1000
500
500
Producción 0-5000 tlaño
Producción 5001-10000
t/año
Producción 10001- 15000
t/año
Producción 15001- 20000
t/año
Tratamiento anaerobio
Tratamiento aerobio
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU&'C/P/O PE ANDES
ACTIVIDAD
Tratamiento térmico de
subproductos de
animales
Actividades agrícolas
intermitentes
(fertilización, disposición
de efluentes,
fumigación, etc.)
Curtido de cueros
Producción de jabones y
detergentes
Refinerías de petróleo
Químicos orgánicos e
inorgánicos industriales
Producción de pulpa o
papel
Producción de asfalto
Odorización de gas con
mercaptano
SUBACTIVIDA
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
Receptores sensibles
DISTANCIA(m)
1000
500
300
300
2000
1000
5000
200
100
300
1000
OBSERVACIÓN
Que involucre la
combustión de materiales
que tienen azufre
A partir de celulosa
preparada
A partir de materiales
semiprocesados
Barreras vivas o naturales: Implementar en el diseño y ejecución de la obra, especificando
elementos de arborización de especies nativas forestales altas y de follaje denso ubicados en
los bordes de predio que ayuden a la generación de corredores naturales, y con el fin de ayudar
en el aislamiento acústico, térmico y de las demás emisiones que produzca el uso del predio.
Elementos arquitectónicos: Considerar los elementos arquitectónicos artificiales incorporados
en el diseño como ventanería y otros aislamientos acústicos, elementos con registro que
impidan o regulen las emisiones, y elementos que reduzcan la necesidad de uso de
maquinarias generadoras de cualquier tipo de emisión.
Diseño bioclimático: Incluir en el diseño y disposición de la infraestructura el análisis de
corrientes (rosa de vientos) y otros elementos del diseño bioclimático.
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406

===== PÁGINA 407 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
• Registro visual: EI diseño de las infraestructuras de usos industriales deben incluir la restricción
del registro visual hacia los usos de vivienda con el fin de garantizar la privacidad de estas.
• Adicionalmente, se podrán arborizar las áreas no aprovechables de los predios para crear
barreras de mayor espesor que ayuden al aislamiento de las actividades industriales.
ARTÍCULO 168.
PARCELACIONES Son unidades de terreno y/o predios indivisos producto de
procesos y/o licencias de parcelación, vinculados a través de espacios públicos y privados, que
presentan dimensiones, cerramientos, tipologías, accesos y otras características similares a las de una
urbanización, pero con intensidades y densidades propias del suelo rural y suburbano, donde se
pueden desarrollar usos, actividades y densidades permitidas en la presente revisión y ajustes del
PBOT.
Las parcelaciones presentan las siguientes tipologías, dependiendo de su uso, carácter y actividad
económica:
a.
b.
c.
Parcelación de vivienda o conjunto de viviendas campestres: Conjunto o grupo de viviendas
permanentes o temporales para la residencia, el descanso, el esparcimiento o la producción,
con servicios e infraestructuras comunes para todos los residentes o copropietarios, localizadas
en suelo rural o suburbano, derivados de procesos de parcelación mediante el cual un predio
rural mayor es subdividido en unidades prediales privadas y menores cada una de las cuales
queda vinculada directamente a una vía desde la cual se accede a la unidad de vivienda
campestre. Los índices de ocupación y construcción serán determinados bajo el criterio general
de una baja densidad, dado su condición de vivienda no permanente.
Parcelaciones Industriales: Según el Decreto 4066 de 2008 (Presidencia de la República de
Colombia, 2008) son las zonas rurales suburbanas y rurales no suburbanas del territorio
municipal en las cuales se permite la localización de establecimientos dedicados a la
producción, elaboración, fabricación, preparación, recuperación, reproducción, ensamblaje,
construcción, reparación, transformación, tratamiento, almacenamiento, bodegaje y
manipulación de materias destinadas a producir bienes o productos materiales. Se excluye de
esta definición las actividades relacionadas con la explotación de recursos naturales y el
desarrollo aislado de usos agroindustriales, ecoturísticos, etnoturísticos, agroturísticos,
acuaturísticos y demás actividades análogas que sean compatibles con la vocación agrícola,
pecuaria y forestal del suelo rural.
Parcelaciones comerciales: Zonas rurales suburbanas y rurales no suburbanas del territorio
municipal en las cuales se permite la localización de establecimientos dedicados a las
actividades terciarias de comercio y servicios en suelos rurales suburbanos y corredores viales
suburbanos.
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MUWC/P/O DE MES
ARTÍCULO 169.
CONCEJO
MUNICIPAL
CAPíTULO 2
OBLIGACIONES EN SUELO RURAL
OBLIGACIONES. Las actuaciones urbanísticas de en el suelo rural del Municipio
de Andes deben cumplir con las siguientes obligaciones.
Cesión Tipo B: Deberá aportar el 10% del área neta del predio; de esta área como mínimo el
15%, deberá destinarse a la conservación, protección y restauración de la cobertura boscosa y
el área restante 5% deberá cancelarse en dinero para suplir las diferentes necesidades de
espacio público a nivel municipal.
Cesión Tipo C: La obligación de cesión correspondiente a la construcción de equipamientos se
determina en un metro cuadrado (lm2) por unidad de vivienda en desarrollos que proyecten 5
unidades en adelante. Para otros usos diferentes a vivienda se construirá en equipamientos el
1% del área total construida expresada en metros cuadrados (m2).
PARÁGRAFO 1. Toda parcelación deberá ceder obligatoriamente al Municipio de Andes por escritura
pública debidamente registrada, las zonas correspondientes a vías de vinculación o de acceso que no
sean privadas. Para las demás vías de la zona rural, se deben respetar las fajas reales requeridas.
PARÁGRAFO 2. En caso de cumplir la obligación mediante la cesión de áreas para la conservación,
protección y restauración de la cobertura boscosa, esta se considerará cumplida una vez se realice la
cesión oficial mediante escritura pública debidamente registrada a favor del Municipio.
PARÁGRAFO 3. En caso de cumplir la obligación mediante la construcción de equipamiento
construido, esta se considerará cumplida una vez se realice la cesión oficial mediante escritura pública
debidamente registrada a favor del Municipio.
PARÁGRAFO 5. Para los casos de cumplimiento de la obligación mediante la cesión de equipamiento
construido, este deberá construirse acorde al avance equivalente del proyecto de urbanización,
demostrando su avance de manera mensual, trimestral o semestral dependiendo el tipo de proyecto
planteado (plazo establecido por la dirección de planeación de acuerdo con el tipo de proyecto a
desarrollar).
PARÁGRAFO 6. La cesión del 15% del área neta del predio a ser destinado en conservación y
protección ambiental podrá cederse en cualquier otro predio ubicado en el Municipio que cumpla con
las mismas o mejores condiciones ambientales. En caso de presentarse dicha cesión, deberá
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/HO DE
especificarse la matricula inmobiliaria a ceder y anexar avalúo predial de ambos predios con el fin de
determinar el área equivalente.
PARÁGRAFO 7. Para los casos de cumplimiento de la obligación mediante el pago en dinero, este
deberá ser pagado ante la secretaría de hacienda de manera mensual, trimestral o semestral
dependiendo el tipo de proyecto planteado, previa suscripción de pagaré ante la secretaría de
hacienda, plazo establecido por la dirección de planeación de acuerdo con el tipo de proyecto a
desarrollar.
ARTÍCULO 170. OBLIGACIONES VIALES PARA PARCELACIONES. EI interesado deberá
presentar el esquema vial de acceso al lote, así como el planteamiento interno, proponiendo
claramente el tratamiento de la superficie de rodadura que esté de acuerdo con el tipo de suelo, la
pendiente, el régimen de pluviosidad de la zona y demás variables que incidan en la estabilidad de la
banca.
Los perfiles viales de las vías internas de los proyectos de parcelación deben tener como mínimo seis
metros con cincuenta centímetros (6,5 m) distribuidos así: calzada de cinco metros (5 m), cunetas de
veinticinco centímetros (25cm) a cada lado, zona verde o franja ambiental de cincuenta centímetros
(0,5 m) a cada lado de la calzada.
Las vías de acceso a las parcelaciones de vivienda campestre son consideradas afectaciones por el
plan vial, éstas deben garantizar la adecuada conexión con la red vial arterial nacional, la red vial
intermunicipal y las vías veredales primarias y secundarias según sea el caso. Las obras de
construcción, adecuación y/o ampliación de los accesos viales con sus fajas de retiro y la provisión del
suelo correspondiente, estarán a cargo del propietario y/o copropietarios de las parcelaciones, aun
cuando deban pasar por fuera de los límites del predio o predios del proyecto de parcelación.
La construcción deberá respetar los retiros mínimos frontales a eje de vía, dependiendo de la jerarquía
de esta, en concordancia con 10 determinado en el presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
Todas las vías principales de acceso a los lotes pertenecientes a una parcelación serán de dominio
público. Las vías al interior de esta que no formen parte del plan vial rural y que no den continuidad
vial, serán de dominio y mantenimiento privado.
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MUNC/PfO DE ANDES
ARTÍCULO 171.
CONCEJO
MUNICIPAL
CAPíTULO 3
UNIDAD MÍNIMA DE ACTUACIÓN
UNIDAD MÍNIMA DE ACTUACIÓN. De conformidad con ei artículo 2.2.2.2.2.1.
del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, la Unidad Mínima de Actuación, se determina para la
ejecución de las obras de parcelación del predio o predios que la conforman, la expedición de una
única licencia de parcelación en la que se garantice la ejecución y dotación de las áreas de cesión y
de las obras de infraestructura de servicios públicos, definidas para la totalidad de los predios incluidos
en la unidad por parte de sus propietarios. En ningún caso, la extensión de la unidad mínima de
actuación que adopten los Municipios podrá ser inferior a dos (2) hectáreas para todos los usos que
se desarrollen en suelo rural suburbano.
Se exceptúa de cumplir con la extensión de la unidad mínima de actuación, únicamente la construcción
individual de una sola casa de habitación del propietario, que no forme parte de una parcelación,
agrupación de vivienda, condominio, unidad inmobiliaria cerrada o similares sometidas o no al régimen
de propiedad horizontal.
Teniendo en cuenta 10 anterior, entiéndase por parcelación toda división o subdivisión de un globo de
terreno, ubicado en la zona rural - suburbano, conformado por cinco o más predios, el cual, en la
actualidad, deberá presentar un área no menor a dos (2) hectáreas, que podrá darse por agrupación
bien sea por integración inmobiliaria o reajuste de tierras.
TíTULO 4
PROGRAMAS Y PROYECTOS AMBIENTALES
ARTÍCULO 172.
PROGRAMAS Y PROYECTOS AMBIENTALES A nivel ambiental en ei
Municipio de Andes se definieron los programas y proyectos a partir del diagnóstico realizado en el
territorio, en el cual se identificaron las problemáticas con las cuales cuenta el Municipio, además,
también se tuvieron en cuenta algunos programas y proyectos que se identificaron como prioritarios
en los componentes programáticos de las determinantes ambientales y los cuales el Municipio puede
aportar para la materialización de estos, especialmente los del recurso hídrico establecidos en el
POMCA del Rio San Juan
A continuación, se muestran los programas y programas y proyectos planteados para el Municipio de
antes a nivel ambiental.
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CONCEJO
MUNICIPAL
DÉ ANDES
PROGRAMA
Conservara y proteger
áreas con importancia
ambiental en el
Municipio y otras
estrategias de
conservación
Fortalecimiento de las
estrategias para el
manejo integral del
recurso hídrico.
PROYECTO
Realizar estudios detallados
para nuevas declaratorias
de áreas protegidas y/o
conservación
Definición y adopción de
áreas de nacimientos y
rondas hídricas de los
cuerpos de agua (Articulado
con los programas y
proyectos del POMCA del
Rio San Juan)
Mantenimiento,
conservación, recuperación
y restauración de áreas
forestales protectoras de
nacimientos, cuerpos de
agua y fuentes hídricas
(Articulado con los
programas y proyectos del
POMCA del Rio San Juan)
Adquisición y
administración de predios
en las microcuencas
abastecedoras de
acueductos y planificación
de estas
DESCRIPCION
Formular el Sistema Local de Aras
Protegidas (SILAP) en el Municipio de
Andes, que permita proteger bajo esta
figura aquellos ecosistemas y áreas de
interés ambiental que se encuentran en el
territorio.
Gestionar acciones para que
CORANTIOQUIA defina las rondas
hídricas para el Municipio de Andes.
Desarrollo de acciones encaminadas a
recuperar la capacidad de abastecimiento
y regulación hídrica de las cuencas
hidrográficas a través de la protección
adecuada conforme las coberturas
vegetales existentes y los usos que sean
permitidos
Compra y administración de predios
mediante recursos como los estipulados
en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993,
además de formular el plan de manejo
integral de estas.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Recuperación de la
estructura ecológica
principal, por medio de
buenos usos del suelo
Gestión ambiental
municipal
Conservar y proteger
áreas con importancia
ambiental en el
Municipio y otras
estrategias de
conservación
Desarrollo rural
sostenible
PROYECTO
Caracterización de los
humedales con presencia
en el Municipio de Andes.
Conservación y
restauración de las áreas
que conforman la estructura
ecológica principal en el
Municipio de Andes
Planificación y
fortalecimiento de las
herramientas municipales
para mejorar la gestión
ambiental en el Municipio.
Conservación y
recuperación de bosques y
servicios ecosistémicos
Instrumento de pago por
servicios ambientales para
conservación de bosques.
Formular e implementar el
Plan de Desarrollo
Agropecuario del Municipio
de Andes
DESCRIPCION
Realizar estudios que permitan tener un
diagnóstico de los humedales con
presencia en el Municipio y las
características de ellos, con el fin de
direccionar su manejo y gestión.
Desarrollo de acciones orientadas a
consolidar las características y funciones
ecológicas de la estructura ecológica del
Municipio.
Creación del sistema de gestión ambiental
municipal, para conocer de una manera
detallada el estado del componente
ambiental del Municipio, definiendo un
plan de acción ambiental
Promover la conservación de bosques
evitando la deforestación y otras prácticas
de deterioro, con el fin de compatibilizar
su uso con un territorio ambientalmente
ordenado.
Reducir la deforestación, generando
incentivos económicos que reemplacen
actividades que causan la degradación de
los bosques
Desarrollar un plan que armonice las
áreas para la producción agrícola y
ganadera con la aptitud del suelo,
evitando así los impactos negativos en el
suelo y mejorando la productividad y
competitividad de manera sostenible,
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CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
PROGRAMA
Cambio climático
Mejorar la calidad del
aire del Municipio de
Andes referente a las
emisiones
atmosféricas, olores
ofensivos y ruido
PROYECTO
Disminución de la
vulnerabilidad ante el
cambio climático en el
Municipio de Andes
Formular un plan para eI
control de la calidad del aire
Identificar actividades
generadoras de olores
ofensivos en el Municipio.
DESCRIPCION
Generar estrategias de conservación de
ecosistemas que ayuden a disminuir los
efectos negativos del cambio climático,
además de proteger las zonas que
cuentan con amenaza alta ante algún
evento natural, en el marco del artículo 21
de la Ley 1931 de 2018
Formular un plan donde se definan
estrategias, acciones, medidas de gestión
y control específicas que permitan
armonizar los usos que generan
contaminantes atmosféricos, criterio y
tóxicos, tales como material particulado,
gases, ruido y olores ofensivos en
armonía con el ordenamiento y los usos
de suelo.
Realizar un diagnóstico de las actividades
económicas e industrias generadoras de
olores ofensivos y plantear medidas que
permitan controlar esta problemática.
En las siguientes tablas se muestran los programas y proyectos derivados de las determinantes
ambientales que se consideran importantes y en los cuales el Municipio de Andes puede aportar para
la realización y de estos, sin embargo, es necesario que el Municipio tenga en cuenta todos los
programas establecidos en los planes de manejo de estos determinantes ambientales.
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCfP/O DE ANDES
PROGRAMA
Conservación de la
biodiversidad del
Municipio
Producción sostenible y
desarrollo rural
PROYECTO
Fortalecimiento y
consolidación de la red de
conectividad ecosistémica
Restauración de zonas
intervenidas en áreas
protegidas
DESCRIPCION
Implementar acciones
interinstitucionales para la
sostenibilidad de los procesos
ecológicos y funcionales de la
cuenca enfocados en las
herramientas de manejo del
paisaje (HMP)
Enriquecimiento de áreas en
proceso de revegetación o que
hayan sido intervenidas con
especies vegetales de bosque
que aporten al proceso de
restauración.
Promover y conservar la
cobertura natural boscosa e
Conservación de aves para
implementar herramientas de
potencialización del AICA
manejo del paisaje en el AICA
Bosques Montanos del Sur
que permita conservar el hábitat
de Antioquia.
de las especies de aves que se
encuentran en el Municipio
Implementar acciones que
orienten al sector agropecuario
para mejorar la eficiencia y la
sostenibilidad, a través de la
Implementación de buenas
aplicación de técnicas y
prácticas productivas para
el sector agropecuario.
Fortalecimiento a
pequeños sectores
productivos
estrategias que promuevan el
uso responsable de los recursos
naturales, la protección del medio
ambiente y la mejora de la
calidad de los productos.
Desarrollar acciones que mejoren
la productividad y competitividad
de los pequeños productores en
el Municipio de Andes,
posicionando sus productos en el
mercado munici al re ional
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Emprendimientos
sostenibles
PROYECTO
Sustitución de
agroquímicos en
actividades agrícolas
especialmente en el cultivo
de café.
Aprovechamiento
sostenible de los recursos
forestales no maderables
Aviturismo como
oportunidad de
conservación, educación
ambiental y desarrollo
económico rural.
DESCRIPCION
Promover prácticas agrícolas
sostenibles en los cultivos,
especialmente en el cultivo de
café, sustituyendo los
agroquímicos de manera
progresiva por abonos orgánicos
o bioinsumos.
Promover eI uso de los productos
no maderables del bosque desde
una visión económica que
permita a las personas del
Municipio generar ingresos desde
el uso sostenible del bosque.
Aprovechar la biodiversidad con
la que cuenta el Municipio,
específicamente la avifauna, para
concientizar las personas de la
importancia de la conservación
de los habitas de las aves
Tabla 0-1 Programas y proyectos priorizados del PORH del Rio San Juan
PROGRAMA
Fortalecimiento
comunitario
PROYECTO
Apoyo a los sistemas de
acueducto y potabilización
de agua veredales
DESCRIPCION
Mejorar la gestión de los
acueductos veredales, mediante
la legalización, la capacitación de
las personas que 10
conforman y el apoyo financiero a
estrategias de
optimización del agua potable.
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Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
415

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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Manejo de vertimientos
Sostenibilidad
PROGRAMA
Saneamiento
ambiental básico
PROYECTO
Instalación y
mantenimiento de pozos
sépticos
Incentivos a la
conservación y protección
de cuencas
Turismo ecológico
PROYECTO
Fomentar la repoblación
vegetal con especies que
DESCRIPCION
Disminuir los vertimientos en la
cuenca, mediante la instalación
de pozos sépticos para los
usuarios que no los poseen,
mejorando la calidad de los
vertimientos, mediante el
mantenimiento anual de los
pozos
sépticos ya instalados.
Aumentar los ingresos de los
productores usuarios que posean
tierras para la protección y
decidan dejarlas para este fin,
mediante el pago de incentivos a
la conservación.
Aumentar los ingresos de los
pobladores de las zonas
estratégicas, mediante la
implementación de empresas de
turismo ecológico.
DESCRIPCION
Recuperar la cálida ambiental de
permitan el restablecimiento
las zonas que han sido afectadas
de los ecosistemas que han
por la producción agropecuaria en
sido degradados por otros
la reserva forestal
usos bien sean agrícolas y/o
pecuarios
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso
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416

===== PÁGINA 417 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
PROGRAMA
Alternativas de
Producción.
Turismo Natural
PROYECTO
Estimular el establecimiento
de cercos y/o barreras vivas
respetando los retiros de
aguas con el fin de evitar la
contaminación por excretas
de
animales
Creación de incentivos a
aquellos propietarios que
respeten en sus predios los
respectivos retiros de aguas
y protejan los nacimientos
de estas
Fortalecimiento a los
programas piscícolas donde
las condiciones topográficas
y edafológicas 10 permitan,
aprovechando la gran
riqueza hídrica del Municipio
Fomentar e incentivar la
siembra de frutales, tanto
para el consumo humano
como para la fauna silvestre,
a la vez que se estaría
contribuyendo a los
programas de restauración
ecológica.
Habilitar caminos a manera
de senderos ecológicos,
donde el componente
natural sea su mayor
atractivo.
DESCRIPCION
Implementar prácticas de
sostenibilidad por medio de cercas
vivas que impidan la
contaminación del recurso hídrico
Fortalecer y proponer estrategias
como pagos por servicios
ambientales o incentivos por
conservar, en áreas con alta
presión por servicios
ecosistémicos, orientadas a la
conservación del recurso hídrico
Implementar estrategias que
permitan el fortalecimiento piscola
en el Municipio que permita
aprovechar la gran riqueza hídrica
contribuyendo al desarrollo
económico.
Promover sistemas forestales con
especies frutales las cuales se
pueden realizar en sistemas
agroforestales, generando
sistemas sostenibles
Generar medidas para promover el
ecoturismo a través de actividades
de senderismo reguladas que
garanticen el cuidado y la
conservación de la naturaleza
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417

===== PÁGINA 418 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE AVES
PROGRAMA
Mejoramiento de la
calidad ambiental del
hábitat humano
mediante la
implementación de
un plan de manejo
PROYECTO
DESCRIPCION
Promover estrategias en la
Disminuir la expansión de
población rural, que permitan
la frontera agrícola y la
frenar la deforestación a través de
deforestación a través de
alternativas sostenibles en la
la construcción de estufas
obtención de productos
eficientes y huertos leñeros
sostenible en el DMI
CJT.
Aprovechamiento
sostenible de la
oferta de bienes y
Elaborar un plan de
servicios ambientales
desarrollo ecoturístico para
de la reserva CJT
ei DMI CJT
para el desarrollo de
la actividad
ecoturística.
Promoción, creación
Procurar el cuidado
y reglamentación de
constante del DMI CJT
la Asociación para la
mediante la presencia
Defensa Ambiental y
de los Recursos
Naturales
Renovables del DMI
CJT
Conservación,
preservación o
recuperación de
áreas estratégicas
para el
abastecimiento de
agua
permanente de un
guardabosque que
represente autoridad,
seguridad y respeto
Conservar, preservar y/o
recuperar las fuentes de
abastecimiento de
acueductos municipales y
rurales
maderables
Gestionar con los Municipios
donde se encuentra el DMI la
formulación del plan de desarrollo
ecoturístico del DMI, que garantice
la conservación de este
ecosistema
Gestionar con la CAR por medio
de contratos interadministrativos el
control y seguimiento de las
acciones realizadas en estas áreas
y que estén acordes con los usos
permitidos en estas áreas
Conservar las zonas boscosas y
las áreas forestales protectoras
que se encuentran en estas áreas
para mejorar la calidad y la
cantidad del recurso hídrico
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418

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CONCEJO
MUNICIPAL
Z „ZZW
MUNCP/O ANDES
PROGRAMA
Formación de
familias y líderes
PROYECTO
Promover la reconversión
comunitarios para la
de la producción agrícola
participación en la
tradicional a prácticas
gestión ambiental,
culturales más limpias,
mediante la
como los sistemas
implementación de
agroforestales
sistemas
agroecológicos.
DESCRIPCION
Implementar acciones que le
permitan a la población campesina
pasar a sistemas agrícolas más
sostenibles y con buenas prácticas
de manejo ambiental que
disminuyan los efectos negativos
en el medio ambiente.
TITULO 5
CAMBIO CLIMÁTICO
ARTÍCULO 173.
ACCIONES PARA MITIGAR EL CAMBIO CLIMÁTICO. Adóptese las siguientes
estrategias para afrontar el cambio climático en el Municipio de Andes en el marco de la Ley 2169 de
2021.
1.
2.
Sector Minas y Energía.
ii.
iii.
Acciones de eficiencia energética en la cadena de la energía eléctrica,
hidrocarburos y minería, con metas y estrategias para la mejora energética,
reducción de emisiones y cuantificación de los beneficios asociados.
Acciones para reducir la diferencia de consumo de energía eléctrica entre horas
pico y valle, buscando un aplanamiento de la curva de demanda y la disminución
de las emisiones del Sistema Interconectado Nacional (SIN), a través de la
gestión de la generación con fuentes menos contaminantes.
Para estimular la conversión de carbón a energías más limpias, los agentes de
las cadenas de energía eléctrica y gas combustible podrán viabilizar nuevos
proyectos o ampliaciones que impliquen el aumento de la demanda.
Sector Vivienda, Ciudad y Territorio
iv. En el marco de la gestión integral de residuos sólidos municipales, adelantar
acciones que promuevan el diseño, implementación y operación de tecnologías
de tratamiento de residuos sólidos como actividad complementaria del servicio
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419

===== PÁGINA 420 =====
MUNC/P/O DE ANDES
v.
vi.
vii.
viii.
ix.
x.
xi.
CONCEJO
MUNICIPAL
público de aseo, con el propósito de disminuir gradualmente la disposición final
de los residuos potencialmente aprovechables, con base en estudios de
beneficio-costo, viabilidad tecnológica y sostenibilidad financiera.
Fortalecer los sistemas de información sectorial, en el marco del Monitoreo,
Reporte y Verificación de las reducciones de GEI, para la actividad de
tratamiento de residuos, que permita conocer flujos de proceso, cantidad y
calidad de residuos tratados, entre otros.
Evaluar la fórmula tarifaria para determinar los costos reales de la actividad de
tratamiento, con el propósito de reconocer los beneficios en la reducción de
emisiones de GEI que de otra forma se generarían en los sitios de disposición
final, y que incentive la implementación de alianzas público-privadas que
aseguren la financiación y operación especializada.
Fomentar la implementación de sistemas de captura y quema tecnificada de
biogás en rellenos sanitarios existentes o en el diseño de nuevos rellenos
sanitarios o nuevas celdas, así como las actividades de monitoreo y seguimiento
alineadas con el cumplimiento de los compromisos sectoriales aplicando la
adicionalidad para la eficiencia en la implementación de los sistemas.
Promover ei diseño e implementación de sistemas de aprovechamiento de
biogás en rellenos sanitarios existentes y el diseño de nuevos rellenos o nuevas
celdas, llevando a cabo estudios de viabilidad técnica y económica que permitan
garantizar la operación de estos sistemas.
Promover la reducción de GEI, a partir de la planeación logística en las
actividades de recolección y transporte de residuos sólidos, y la reconversión
energética del parque automotor propio de la actividad de transporte en el
servicio público de aseo, en coordinación con el Ministerio de Transporte.
Promover la reducción de emisiones de GEI a partir del aumento en la cobertura
de la gestión de las aguas residuales domésticas y la gestión del biogás
mediante quema y/o aprovechamiento en Plantas de Tratamiento de Aguas
Residuales (PTAR) con tecnologías anaerobias.
Definir criterios para el desarrollo urbano sostenible de los suelos de expansión
urbana, que permitan la articulación con el espacio público, las áreas protegidas
urbanas y periurbanas, el drenaje pluvial y el manejo de las aguas servidas
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===== PÁGINA 421 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
Sector Agropecuario, Pesquero y Desarrollo Rural.
3.
4.
xii.
xiii.
xiv.
xvi.
Acciones para reducir las emisiones de GEI generadas en la producción
ganadera e incrementar las absorciones de carbono de los agroecosistemas
dedicados a esta actividad, por medio del establecimiento de modelos y arreglos
de producción ganadera sostenibles que garanticen la conservación o
restauración de ecosistemas naturales.
Acciones para aumentar las absorciones de GEI, mediante la promoción y
consolidación de la cadena productiva de plantaciones forestales con fines
comerciales, en áreas aptas para dicho fin, en las que se potencien paquetes
tecnológicos sostenibles.
Acciones para aumentar las absorciones de GEI por cultivos que incorporen
actividades de uso eficiente de fertilizantes, renovación y rehabilitación de áreas
de cultivo, así como el manejo adecuado del recurso hídrico y los sistemas
agroforestales.
Acciones para promover en los sistemas productivos agropecuarios la
transferencia tecnológica y uso de energía alternativa, la disminución de las
quemas, un menor gasto energético en el laboreo del suelo, así como fomentar
acciones de reforestación y protección de coberturas naturales aledañas a las
zonas de producción.
Acciones para reducir las emisiones de GEI en la agroindustria, fomentando la
implementación de sistemas de captura y uso de biogás derivado de la biomasa
residual de los procesos agroindustriales.
Sector Comercio, Industria y Turismo.
xvii.
xviii.
Acciones que impulsen la gestión de la energía y la eficiencia energética de la
industria, entre ellas las relacionadas con buenas prácticas operativas que
contribuyan a la optimización del uso de los energéticos, sustitución de
combustibles bajos en emisiones y cambios tecnológicos que mejoren los usos
finales de la energía. La gestión de estas acciones se realizará en coordinación
con el Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas y vinculadas, en
el marco de sus respectivas funciones y competencias.
Acciones que fomenten el fortalecimiento de las capacidades en el sector
industrial para la gestión del cambio climático, contemplando entre ellas la
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MU,VC/P'O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
importancia en la reducción de los GEI y la preparación empresarial para la
transición hacia una economía baja en carbono y el reconocimiento de los
potenciales beneficios en materia de productividad.
xix. Acciones de logística sostenible, que permitan incrementar la eficiencia de las
operaciones en la cadena de valor de la logística en industrias manufactureras
y disminuir la intensidad de carbono por mercancía transportada
Sector Transporte.
5.
6.
xxi.
xxii.
XXIIi.
Acciones que permitan acelerar la transición hacia la movilidad eléctrica,
diseñando e implementando políticas con el fin de establecer estándares
regulatorios y técnicos para la comercialización y operación de vehículos
eléctricos de 2, 3 y 4 0 más ruedas, así como la promoción de instrumentos
financieros que incentiven el ingreso de vehículos eléctricos.
Acciones que permitan la concurrencia entre el Gobierno nacional y los entes
territoriales para Incentivar la transición hacia la tecnología eléctrica en los
sistemas de transporte público.
Acciones para incrementar la participación modal del transporte activo en 5,5
puntos porcentuales a través de la implementación integral de la Estrategia
Nacional de Movilidad Activa.
Estrategias que impulsen la financiación, diseño, implementación y seguimiento
de proyectos que hagan uso óptimo del suelo en las ciudades, basado en las
Dimensiones del Desarrollo Orientado al Transporte Sostenible (DOTS).
Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
xxiv.
XXV.
Acciones orientadas a la masificación de soluciones basadas en la naturaleza
en áreas boscosas y ecosistemas degradados para la conservación
ecosistémica, dentro de las cuales se incluyen acciones de restauración
ecológica, recuperación, rehabilitación, protección y uso sostenible de los
ecosistemas.
Acciones destinadas a la promoción y desarrollo de buenas prácticas y uso
eficiente de los recursos boscosos mediante la sustitución de fogones
tradicionales por la instalación de un millón de estufas eficientes de cocción por
leña.
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DE ANDES
xxvi.
xxvii.
xxviii.
ARTÍCULO 174.
CONCEJO
MUNICIPAL
Acciones que promuevan la reducción de emisiones de GEI debido al uso de
productos sustitutos de las sustancias que agotan la capa de ozono (HFC) con
alto potencial de calentamiento global, en diversos ámbitos del uso de estas
sustancias.
Acciones destinadas a la promoción y desarrollo de buenas prácticas y uso
eficiente del recurso energético en usuarios finales de productos sustitutos de
las sustancias que agotan la capa de ozono (HFC) con alto potencial de
calentamiento global.
Acciones que promuevan la implementación de estrategias de economía circular
y su monitoreo en términos de reducciones de GEI
PROGRAMAS Y PROYECTOS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. Adóptese
como programas y proyectos para contribuir a mitigar el cambio climático, los indicados en la siguiente
tabla, y los cuales harán parte del programa de cambio climático:
PROGRAMA
Hábitat Humano
PROYECTO
Parques forestales urbanos
Renaturalización de cauces
de ríos y quebradas
DESCRIPCION
Promover la construcción de parques
forestales en zonas urbanas y cabeceras
municipales con el fin de mejorar las
condiciones medioambientales en las
ciudades y centros poblados
Remover y modificar sistemas de
infraestructura dura, y generar procesos
de restauración que ayuden a recuperar
algunos servicios ecosistémicos.
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Tel.' 841 4313 / E-mail: Conceio@_Andes-antioquia.qov.co
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CONCEJO
MUNICIPAL
MU,'v'C/P/0 DE ANDES
PROGRAMA
Gestión del
conocimiento del riesgo
en el territorio frente al
cambio climático
Transición y eficiencia
energética para el
desarrollo sostenible
Transporte bajo en
carbono
PROYECTO
Fortalecimiento del
conocimiento de las
amenazas y el riesgo
asociado al territorio
Implementación de planes y
procedimientos de prevención
Alumbrado público eficiente
con tecnología LED y paneles
solares
En bici por mi Municipio
Incorporar el clima en la
planificación
DESCRIPCION
Fortalecer el conocimiento de la
amenaza, vulnerabilidad, y riesgos antes
los fenómenos meteorológicos extremos
y el cambio climático
Establecer planes frente a los eventos
extremos de precipitación y temperatura,
para reducir el riesgo y los impactos
económicos, sociales y ambientales.
Implementar una transición energética
en los Municipios con alumbrado público
convencional hacia un alumbrado público
bajo en carbono con tecnologías
sostenibles acopladas entre sí, como
LED y solar fotovoltaica.
Promocionar el uso sostenible de la
bicicleta y la implementación de las
correspondientes ciclorrutas en los
Municipios con topografía apropiada
Promover la incorporación del clima y
sus variaciones futuras en los planes de
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'P/O DE ANDES
PROGRAMA
Infraestructura
preparada para el
cambio climático
Gestión integral de
residuos sólidos y
líquidos
PROYECTO
Aislamiento en edificaciones
Construcción verde y
bioingeniería
Infraestructura ante
inundaciones
Separación de residuos
sólidos en la fuente, en
Municipios con poblaciones
urbanas inferiores a 20.000
habitantes
DESCRIPCION
ordenamiento territorial del Municipio
(POT, EOT, PBOT), así como en la
estructuración de los Planes de
Desarrollo.
Promover la implementación de medidas
de aislamiento en edificaciones de
instituciones públicas para la regulación
térmica
Promover la implementación de técnicas
de bioingeniería para la recuperación y
estabilización de zonas de alto riesgo en
la jurisdicción
Promover y gestionar la implementación
de técnicas para reducir la vulnerabilidad
ante crecientes
Promover la gestión integral de residuos
sólidos en todos los Municipios con
poblaciones urbanas inferiores a 20.000
habitantes
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CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,'P/O DE ANDES
PROGRAMA
PROYECTO
Compostaje de residuos
sólidos en Municipios con
poblaciones urbanas
inferiores a 20.000 habitantes
Aprovechamiento y
reutilización de aguas grises
Manejo integral de páramos y
bosques altoandinos
Regulación de recursos
hídricos para el
sostenimiento de los
ecosistemas
Protección de la cabecera de
cuencas y otros ecosistemas
abastecedores de agua
Gestión integral del
recurso hídrico.
Cosechemos lluvias y niebla.
Hogares ecológicos como
herramienta para la gestión
DESCRIPCION
Reducir en un 50% la cantidad de
residuos orgánicos dispuestos en
rellenos sanitarios al 2030, con el fin de
ser destinados a compostaje
Promover el aprovechamiento y
reutilización de las aguas residuales
grises generadas
Garantizar la delimitación, planificación,
gestión y manejo adaptativo de los
páramos y bosques manteniendo el
suministro de servicios ecosistémicos
que soportan el desarrollo del territorio.
Proteger las partes altas de las cuencas,
zonas de páramo, bosques de niebla y
nacimientos de agua, para garantizar el
abastecimiento de agua.
Promover la implementación de
mecanismos de recolección de aguas
lluvias y el agua almacenada en la niebla
como método alternativo para la
provisión de agua para uso residencial o
en actividades productivas.
Consolidar la estrategia de hogares
ecológicos como unidad de gestión
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426

===== PÁGINA 427 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Producción agrícola
resiliente y baja en
emisiones GEI
Conservación,
protección y regulación
de ecosistemas y sus
servicios ambientales
PROYECTO
ambiental del territorio y de la
vida campesina.
Inclusión de tecnologías y
fortalecimiento de buenas
prácticas ambientales en el
sector agropecuario (BPAA)
Conservación y recuperación
de bosques y servicios
ecosistémicos
Fortalecimiento del sistema
nacional de áreas protegidas
y vulnerables
Instrumento de pago por
servicios ambientales para
conservación de bosques
DESCRIPCION
ambiental y de la vida campesina y como
medida para reducir la emisión de GEI.
Aunar esfuerzos para promover,
transferir y fortalecer ras buenas
prácticas ambientales en el sector
agropecuario
Promover la conservación de bosques
evitando la deforestación y otras
prácticas de deterioro, con el fin de
compatibilizar su uso con un territorio
ambientalmente ordenado
Fortalecer el sistema nacional de áreas
protegidas, así como la conservación de
los ecosistemas estratégicos vulnerables
al cambio climático.
Reducir las emisiones por deforestación,
generando incentivos económicos que
reemplacen actividades que causan la
degradación de los bosques.
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CONCEJO
MUNICIPAL
zz4anq
MUA'CP/O DE ANDES
PROGRAMA
Comunicación y
PROYECTO
Instrumento de pago por
servicios ambientales para
reforestación con especies
nativas y estimulación de la
regeneración natural
Apoyo y acompañamiento a
divulgación en cambio
iniciativas comunicativas
climático para la toma
de decisiones.
Participación
comunitaria para el
desarrollo humano y
locales y comunitarias
Fortalecimiento de la
participación ciudadana para
la gestión ambiental en
cambio climático a nivel local
DESCRIPCION
Fomentar la captura de carbono por los
bosques, a través de estrategias de
restauración y rehabilitación de
ecosistemas, generando incentivos
económicos mediante el pago por
servicios ambientales.
Apoyar el diseño, implementación y
fortalecimiento de iniciativas
comunicativas comunitarias locales con
el fin de promover la gestión del
conocimiento y de la información de
manera precisa y oportuna a los diversos
públicos en cambio climático.
Fortalecer la participación de las
comunidades en procesos que vinculen
el tema de cambio climático
sostenible en contextos
y regional con incidencia
de cambio climático.
nacional
ARTÍCULO 175.
Las empresas industriales y comerciales que establezcan negocios en el
Municipio, deberán implementar y cumplir con las acciones y medidas adoptadas por la entidad
competente para la mitigación cambio climático.
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MU,VCP/O DE ANDES
CONCEJO
MUNICIPAL
LIBRO 5
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN Y FINANCIACIÓN
PARTE 1.
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN
TÍTULO 1
PLANES PARCIALES
ARTÍCULO 176.
CONCEPTO PLAN PARCIAL. De acuerdo con la Ley 388 de 1997 los planes
parciales son instrumentos que desarrollan y complementan las disposiciones de los Planes de
Ordenamiento Territorial, para el caso del Municipio de Andes es el Plan Básico de Ordenamiento
Territorial. Se aplica en las áreas definidas como suelo de expansión urbana, o en aquellos que deben
desarrollarse mediante Unidades de Actuación Urbanística, macroproyectos u operaciones urbanas
especiales.
Los planes parciales son instrumentos de planificación y gestión a escala intermedia, que tienen por
objeto desarrollar, en el ámbito local, los principios, el modelo de ocupación y los sistemas
estructurantes definidos desde el PBOT. En esta escala de intervención se debe resolver los
requerimientos en términos de habitabilidad relacionados con estándares mínimos por habitante o
vivienda, que deben ser asumidos con el concurso o aporte colectivo de los propietarios del suelo, los
gestores inmobiliarios públicos o privados, o los urbanizadores responsables de los nuevos desarrollos.
Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación
de sus usos específicos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y
construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución
asociada de los proyectos específicos de urbanización y construcción de los terrenos incluidos en su
ámbito de planificación.
Todo Plan Parcial se regirá por las disposiciones generales establecidas en el artículo 19 de la Ley
388 de 1997, en el artículo 180 del Decreto-Ley 019 de 2012 y el Decreto Único Reglamentario 1077
de 2015, o las normas que los complementen, modifiquen o sustituyan.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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429

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MUNCP/O DE ANDES
ARTÍCULO 177.
CONCEJO
MUNICIPAL
REQUISITOS DE LOS PLANES PARCIALES. Los planes parciales
que sean presentados por los particulares o por la Administración Municipal, deberán
incluir por 10 menos los siguientes aspectos:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
La delimitación y características del área de la operación urbana o de la unidad mínima de
actuación urbanística contemplada en el Plan Parcial.
La definición precisa de los objetivos y las directrices urbanísticas específicas que orientan la
correspondiente actuación u operación urbana, en aspectos tales como el aprovechamiento de los
inmuebles, el suministro, ampliación o mejoramiento del espacio público, la calidad del entorno, las
alternativas de expansión, el mejoramiento integral o renovación consideradas, los estímulos a los
propietarios e inversionistas para facilitar procesos de concertación, integración inmobiliaria o
reajuste de tierras u otros mecanismos para garantizar el reparto equitativo de las cargas y los
beneficios vinculadas al mejor aprovechamiento de los inmuebles, los programas y proyectos
urbanísticos que específicamente caracterizan los propósitos de la operación y las prioridades de
su desarrollo, todo ello de acuerdo con la escala y complejidad de la actuación o de la operación
urbana contemplada.
Las normas urbanísticas específicas para la correspondiente unidad de actuación o para el área
específica de la operación urbana objeto del plan: Definición de usos específicos del suelo,
intensidades de ocupación y construcción, retiros, aislamientos, empates y alturas.
La definición del trazado y características del espacio público y las vías y, especialmente en el caso
de las unidades de actuación, de la red vial secundaria; de las redes secundarias de abastecimiento
de servicios públicos domiciliarios; la localización de equipamientos colectivos de interés público o
social como templos, centros docentes y de salud, espacios públicos y zonas verdes destinados a
parques, complementarios del contenido estructural del plan de ordenamiento.
Los demás necesarios para complementar el planeamiento de las zonas determinadas, de acuerdo
con la naturaleza, objetivos y directrices de la operación o actuación respectiva.
La adopción de los instrumentos de manejo de suelo, captación de plusvalías, reparto de cargas y
beneficios, procedimientos de gestión, evaluación financiera de las obras de urbanización y su
programa de ejecución, junto con el programa de financiamiento.
ARTÍCULO 178.
Tipos DE PLANES PARCIALES. De conformidad con la
reglamentación nacional para los Planes Parciales establecida en el Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015, se establecen dos (2) tipos de planes parciales
discriminados de la siguiente forma:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
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430

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CONCEJO
MUNICIPAL
1.
2.
MU,VC/P/O DE ANDES
Planes Parciales de Desarrollo:
a. En Suelo de Expansión Urbana con Tratamiento de Desarrollo: Los predios ubicados en suelo
de expansión, sólo podrán desarrollarse mediante la formulación y adopción del plan parcial
del respectivo polígono.
Planes Parciales de Renovación:
a. En Suelo Urbano con Tratamiento de Renovación: En los polígonos indicados.
ARTÍCULO 179.
INICIATIVA DE LOS PLANES PARCIALES: Los proyectos de planes parciales
serán elaborados por iniciativa del Municipio a través de la Secretaría de Planeación, o la dependencia
que haga sus veces, por las comunidades o por los particulares interesados, de acuerdo con el interés
público y las dinámicas inmobiliarias o del mercado. Pero también pueden ser de iniciativa mixta.
TÍTULO 2
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN
ARTÍCULO 180. CLASES DE INSTRUMENTOS DE GESTIÓN. son instrumentos
que permiten la obtención del suelo necesario para llevar a cabo actuaciones
urbanísticas; se clasifican en cuatro grupos:
1. Mecanismos para garantizar el reparto equitativo de las cargas y los beneficios
derivados del ordenamiento urbano:
a.
b.
c.
a.
b.
Unidades de Actuación Urbanística (UAU).
Compensaciones.
Transferencia de derechos.
2.
Mecanismos para intervenir la morfología urbana y la estructura predial y generar
formas asociativas entre los propietarios con el fin de facilitar el desarrollo y financiación
de proyectos urbanos:
Reajuste de suelos.
Integración Inmobiliaria.
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c. Cooperación entre partícipes.
3. Mecanismos para facilitar la adquisición de inmuebles y predios para el
desarrollo de operaciones urbanísticas:
a.
b.
c.
d.
e.
4.
Enajenación voluntaria.
Enajenación forzosa.
Expropiación por vía administrativa.
Expropiación por vía judicial.
Derecho de preferencia.
Mecanismos para dinamizar el desarrollo de sectores inactivos de las áreas
urbanas:
a. Declaratoria de desarrollo prioritario.
b. Derecho de preferencia.
ARTÍCULO 181.
UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA. En la Ley 388 de 1997 se definen
las Unidades de Actuación Urbanística como áreas conformadas por uno o varios predios o inmuebles
que deben ser urbanizados o construidos como una unidad de planeamiento dentro del suelo
municipal, con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas
urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios, de la infraestructura para el transporte,
los servicios públicos domiciliarios y los equipamientos colectivos mediante reparto equitativo de las
cargas y beneficios.
Implica la gestión asociada entre los propietarios; esta se da mediante el reajuste de suelos, la
integración inmobiliaria o la cooperación. Su objetivo es facilitar el reparto equitativo entre los
propietarios de:
1. Las cargas correspondientes al desarrollo urbanístico de beneficio local.
a. Las cesiones y la realización de obras públicas de las redes secundarias y domiciliarias de
servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía y teléfonos de beneficio local.
b. Las cesiones para parques y zonas verdes, vías vehiculares y peatonales y para la dotación de
equipamientos comunales de benéfico local (art 39 L 388).
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2. Los beneficios. Resultantes de los aprovechamientos que se deriven del proyecto
urbanístico (potencial constructivo y potencial de usos asignado).
3. Las condiciones necesarias para la formulación de una Unidad de Actuación Urbanística
son las siguientes:
Formar parte de un Plan Parcial o estar autorizadas desde el mismo para su delimitación
posterior.
b. Contar con el consentimiento previo del 51% de los derechos de los propietarios (Los inmuebles
de los propietarios renuentes serán objeto de enajenación voluntaria y expropiación).
PARÁGRAFO 1. No forman parte de las cargas imputables a una UAU, las correspondientes al costo
de infraestructura vial principal y redes matrices de servicios públicos, que se distribuirán entre los
propietarios de toda el área beneficiaria de las mismas y deberán ser recuperados mediante tarifas,
contribución de valorización, participación en plusvalía, impuesto predial o cualquier otro sistema que
garantice el reparto equitativo de las cargas y beneficios de las actuaciones (artículo 39 de la Ley 388
de 1997).
PARÁGRAFO 2. La Unidad de Actuación Urbanística puede estar determinada desde el PBOT u
originarse en definiciones o autorizaciones del Plan Parcial, el cual establecerá las reglas del reparto
de cargas y demás directrices para la delimitación posterior de las UAIJ.
PARÁGRAFO 3. Las UAU serán determinadas con base en la distribución y características de las
cargas del Plan Parcial, cuando sean necesarias. Por ejemplo, un Plan Parcial puede tener una sola
UAU que abarque toda su área, incluir una o varias IJAU que no necesariamente cubren toda su área
o no tener ninguna prevista.
PARÁGRAFO 4. La delimitación precisa de una UAIJ debe estudiarse mediante una "Modelación
Urbanística y Financiera" que permita identificar el punto de equilibrio entre sus costos y sus
aprovechamientos, para asegurar así su viabilidad financiera.
ARTÍCULO 182.
COMPENSACIONES. Se reglamentan mediante la Ley 388 de 1997, artículos
48, 49 y 122 y el Decreto 151 de 1998. Se definen los siguientes tipos de compensaciones:
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1. Compensación por conservación: Cuando la aplicación del tratamiento de conservación a una
zona, predio o inmueble limita sus derechos de construcción y desarrollo, se podrá, en determinados
casos, compensar a los propietarios.
De acuerdo con el artículo 48 de la Ley 388 de 1997, esta compensación podrá hacerse mediante:
a. Compensaciones económicas.
b. Transferencia de derechos de construcción y desarrollo.
c. Beneficios y estímulos tributarios.
d. Otros sistemas que se reglamenten.
Se aplica a zonas, predios o inmuebles urbanos que, por motivo de conveniencia pública, el PBOT
o los instrumentos que 10 desarrollan hayan declarado de conservación histórica, arquitectónica o
ambiental.
2. Compensación por obra pública: Cuando con la construcción de una obra pública se lesione de
forma permanente el patrimonio de un particular, habrá lugar a compensaciones de acuerdo con 10
estipulado en el artículo 128 de la Ley 388 de 1997.
Esta compensación podrá ser pagada en dinero, títulos valores de derechos de construcción y
desarrollo, pagarés de reforma urbana, o descuentos del impuesto predial.
ARTÍCULO 183.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS. Se reglamenta en la Ley 388 de 1997,
Artículos 88, 89 y 90 y en el Decreto 151 de 1998. La transferencia de derechos es un mecanismo
eficaz en el reparto de cargas y beneficios, concebida para trasladar el potencial de construcción de
áreas limitadas a áreas en donde sea viable un mayor desarrollo.
Los derechos de construcción pueden trasladarse de zonas generadoras a zonas receptoras
(preferiblemente en la misma zona o excepcionalmente a zonas distintas, cuando el PBOT o el Plan
Parcial establezcan otras relaciones).
1. Áreas receptoras: Zonas beneficiarias de derechos adicionales de construcción y desarrollo.
2. Áreas generadoras: Zonas o inmuebles objeto de compensación en los casos de conservación.
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De acuerdo con el Artículo 88 de la Ley 388 de 1997, los títulos valores correspondientes a los
derechos adicionales de construcción y desarrollo constituyen un instrumento alternativo para hacer
efectiva la correspondiente participación municipal o distrital en la plusvalía.
ARTÍCULO 184.
REAJUSTE DE SUELOS. De conformidad con 10 dispuesto en la Ley 9a de 1989,
artículos 25, 77 y 78 y la Ley 388 de 1997, artículos 45,46 y 47, tiene como objetivo permitir una nueva
definición predial para lograr una mejor configuración del terreno a urbanizar y garantizar y facilitar el
reparto equitativo de cargas y beneficios entre los propietarios.
Consiste en englobar un conjunto de lotes, dotarlos de la infraestructura urbana y el espacio público
adecuados, para luego subdividirlos y desarrollarlos en conjunto o por lotes independientes. Se aplica
en suelos de expansión o suelos de desarrollo o redesarrollo y en algunos casos de mejoramiento
integral.
Para la aplicación de este instrumento el proyecto de reajuste debe haber sido aprobado
conjuntamente con una Unidad de Actuación Urbanística definida o autorizada en un Plan Parcial y
contar con el consentimiento previo del 51% de los derechos de los propietarios.
EI proyecto se formula y ejecuta a través de una entidad gestora pública o privada constituida de común
acuerdo entre los propietarios, entre los que puede figurar el Estado.
EI proyecto de reajuste señalará las reglas para la valorización de las tierras o inmuebles, la valoración
de los predios resultantes según los usos y densidades asignadas indicará las cesiones gratuitas y los
compromisos asumidos.
ARTÍCULO 185.
INTEGRACIÓN INMOBILIARIA. Reglamentado por la Ley 9a de 1989, Artículos
25, 77 y 78 y la Ley 388 de 1997, artículos 45, 46 y 47, este instrumento consiste en el englobe de
distintos inmuebles para que, previa la adecuación de la infraestructura y el espacio público, sea
posible rehabilitarlos y subdividirlos, logrando una mejor distribución de espacios y usos. Se aplica en
suelo urbano con tratamientos de renovación, redesarrollo o consolidación.
Como condición para la implementación de este instrumento el proyecto de integración debe haber
sido aprobado conjuntamente con la UAU definida o autorizada en un Plan Parcial y contar con el
consentimiento previo del 51% de los derechos de los propietarios.
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EI proyecto se hará a través de una entidad gestora pública o de iniciativa privada constituida de común
acuerdo entre los propietarios, entre los que puede figurar el Estado.
EI proyecto de integración señala las reglas para la valoración de los inmuebles iniciales y resultantes,
de acuerdo con los usos y densidades asignados, las cesiones gratuitas y los compromisos asumidos.
EI proyecto de reajuste o integración se aprueba conjuntamente con el Plan Parcial o la UAIJ.
Una vez aprobado, se restituyen los aportes a prorrata entre los propietarios, mediante escritura
pública.
ARTÍCULO 186.
COOPERACIÓN ENTRE PARTICIPES. Reglamentado por la Ley 9a de 1989,
Artículos 25, 77 y 78 y la Ley 388 de 1997, Artículos 45, 46 y 47, este instrumento tiene por objeto
garantizar y facilitar el reparto equitativo de cargas y beneficios entre los propietarios.
Se implementa cuando, para el desarrollo de una unidad de actuación urbanística, no se requiera una
nueva configuración predial de su superficie y las cargas y beneficios de su desarrollo puedan ser
repartidos en forma equitativa entre sus propietarios. Para esto se debe contar con las siguientes
condiciones:
1. Garantizar la cesión gratuita de terrenos al Municipio y el costo de las obras de urbanización
correspondientes, de conformidad con 10 definido en el Plan Parcial.
2. Aprobación previa de las autoridades de planeación.
Los propietarios de la UAIJ constituyen una entidad gestora para garantizar el desarrollo conjunto de
la unidad. En todo caso los predios que la conforman estarán afectados al cumplimiento de las cargas
y al pago de los costos de urbanización.
La distribución equitativa de las cargas y beneficios se podrá realizar mediante compensaciones en
dinero, intensidades de uso en proporción a las cesiones, participación en las demás cargas o
transferencias de derechos de desarrollo y construcción, según 10 determine el Plan Parcial
correspondiente.
ARTÍCULO 187.
ENAJENACIÓN VOLUNTARIA. Reglamentado por la Ley de 1989 Artículos
9,13, 14,16 y 17 y la Ley 388 de 1997, Artículos 58 a 62, se define como el proceso de venta voluntaria
de inmuebles al Estado cuando este 10 requiera para el desarrollo de un proyecto específico.
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Para la implementación de este instrumento se deberá contar con la declaratoria de utilidad pública e
interés social de los inmuebles o predios en el PBOT de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 388 de
1997.
Su pago puede hacerse en efectivo o en especie, títulos valores, derechos de construcción y desarrollo,
derechos en el proyecto a desarrollar o permuta; de uno o varios de los inmuebles resultantes.
Los inmuebles adquiridos podrán ser desarrollados directamente por la entidad adquiriente o por un
tercero, siempre y cuando se garantice la utilización de los inmuebles para el propósito que fueron
adquiridos.
Para efectos tributarios, el ingreso de este concepto no constituye renta gravable ni ganancia ocasional
para el vendedor (Art. 15 Ley 9a de 1989).
ARTÍCULO 188.
ENAJENACIÓN FORZOSA. Reglamentada por la Ley 388 de 1997, Artículos 52
a 57, la enajenación forzosa se realiza cuando un predio incumple con la función social de la propiedad
y las autoridades municipales mediante Resolución motivada y en concordancia con el PBOT, imponen
al propietario su venta. Se puede aplicar en los siguientes casos:
1. Inmuebles declarados de utilidad pública o interés social.
2. Inmuebles de una UAU, terrenos en suelo de expansión o suelo urbano que sean declarados de
desarrollo prioritario que no cumpla con la imposición de acuerdo con los Art. 52 y 53 de la Ley 388
de 1997.
3. Inmuebles que siendo parte de una Unidad de Actuación Urbanística se nieguen a formar parte de
la asociación gestora (Art. 44 Ley 388 de 1997).
ARTÍCULO 189.
EXPROPIACIÓN POR víA ADMINISTRATIVA. Tiene sustento normativo en la
Constitución Política de Colombia, la Ley 9a de 1989, artículos 20, 22, 23, 24 y 25 y la Ley 388 de
1997, Capítulo 8, artículos 63 al 72.
A través de este instrumento, se permite al Estado adquirir inmuebles, cuando, a su juicio existan
condiciones de urgencia o motivos de utilidad pública. Se aplica también en inmuebles adquiridos en
subasta pública que hayan incumplido su función social, o que en segunda subasta no presenten
ofertas admisibles o cuando no se llega a un acuerdo para la enajenación voluntaria (Art. 68 Ley 388).
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Deben existir motivos de utilidad pública, concordancia con el PBOT y el PDM (salvo en caso de
emergencia imprevista. (Art. 64 Ley 388), deben existir condiciones de urgencia, que serán declaradas
por la instancia o autoridad competente, según 10 determine el Concejo Municipal, mediante acuerdo
e incumplimiento de la función social en inmuebles adquiridos en pública subasta.
ARTíCULO 190.
EXPROPIACIÓN JUDICIAL. se origina en la Ley 9a de 19 89, Artículo 20 y la
Ley 388197, Artículos 58, 60 y 62. Es un Instrumento que le permite al Estado adquirir para sí o a favor
de terceros, bienes inmuebles que no han podido ser negociados mediante enajenación voluntaria.
EI inmueble debe haber sido declarado de utilidad pública (artículo 58 Ley 388) de acuerdo con el
PBOT y el Plan de Desarrollo Municipal.
ARTÍCULO 191.
DERECHOS DE PREFERENCIA. Se originan en la Ley 9a de 1989, artículos 73
y 74. Consiste en el derecho establecido en favor de los Bancos Inmobiliarios a tener la preferencia en
la enajenación de los inmuebles que, según el Plan de Desarrollo, aparezcan ubicados en las zonas
destinadas a los motivos de utilidad pública.
Significa que los propietarios que tengan la intención de enajenar sus inmuebles deberán, por una sola
vez, ofrecerlos en primer lugar a los Bancos Inmobiliarios, o a la entidad que haga sus veces.
Corresponderá a los representantes legales de los Bancos de Tierras determinar, con el visto bueno
de sus juntas directivas, y mediante resolución motivada, los inmuebles precisos respecto de los cuales
se ejercerá el derecho de preferencia. La resolución anterior será inscrita en cada uno de los folios de
matrícula inmobiliaria de los inmuebles señalados, y no podrá inscribirse ningún título traslaticio de
dominio posterior sin la constancia de haber cumplido la obligación prevista en el artículo anterior.
ARTíCULO 192.
DECLARATORIA DE DESARROLLO PRIORITARIO. se origina en la Ley 388
de 1997 artículos 40, 44, 52, 53 y 54. Como parte del Programa de Ejecución que desarrolla el PBOT
para cada período de administración municipal, se determinarán los inmuebles y terrenos cuyo
desarrollo o construcción se consideren prioritarios, atendiendo las estrategias, parámetros y
directrices señaladas en el PBOT.
Se aplica cuando se determinen motivos de utilidad pública en terrenos localizados en suelo de
expansión, de propiedad pública o privada, terrenos urbanizables no urbanizados localizados en suelo
urbano, de propiedad pública o privada, terrenos o inmuebles urbanizados sin construir, localizados en
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suelo urbano, de propiedad pública o privada e Inmuebles que conformen unidades de actuación
urbanística, de acuerdo con las prioridades previstas en el PBOT.
EI incumplimiento del desarrollo o construcción prioritarios, dentro de los plazos establecidos para cada
caso, dará lugar a la iniciación del proceso de enajenación forzosa en pública subasta.
En los casos de unidades de actuación de desarrollo prioritario, si en un plazo de seis (6) meses
contados a partir de la delimitación de la unidad de actuación no se hubiese logrado el acuerdo entre
propietarios, la Administración podrá optar por la expropiación administrativa de los inmuebles
correspondientes o por la enajenación forzosa de los mismos, de conformidad con 10 previsto en el
capítulo VIII de la Ley 388 de 1997. Los inmuebles expropiados podrán formar parte de la asociación
gestora de la actuación y los recursos para su adquisición podrán provenir de ésta.
TÍTULO 3
INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 193.
CONCEPTO DE INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN. Mecanismos a través
de los cuales la Administración Municipal obtiene los recursos necesarios para ejecutar las actuaciones
urbanísticas, los programas, proyectos u obras de urbanismo o de edificación, para adquirir los
inmuebles y demás bienes que se requieran para los mismos propósitos, y para compensar las cargas
a favor de los afectados por decisiones administrativas que se adopten en materia de urbanismo.
ARTÍCULO 194.
CONTRIBUCIÓN A LA VALORIZACIÓN. Este instrumento de financiación es
un gravamen real de carácter directo que se utiliza para recuperar el costo de construcción de obras
públicas. Se impone a los predios beneficiados por las obras de interés público local. Se soporta
normativamente en el Decreto Ley 1333 de 1986. Está dirigido a la construcción de obras de interés
público, y se distribuye en función del beneficio alcanzado.
Este tributo se cobra a los propietarios y poseedores de inmuebles, sobre las propiedades raíces que
se benefician o se han de beneficiar con la ejecución de las obras de interés público que se desarrollen
o ejecuten en el Municipio, con el fin de financiarlas o recuperar la inversión realizada para su
ejecución.
Su establecimiento, distribución y recaudo se hará por parte de la entidad nacional, departamental,
distrital o municipal que ejecute las obras. Tiene como base impositiva el costo de la respectiva obra
dentro de los límites de beneficio que ella produzca a los inmuebles que deben ser gravados.
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ARTÍCULO 195.
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DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos de la contribución a la
valorización pueden destinarse a financiar:
1.
2.
3.
4.
5.
La compra y venta de predios o inmuebles para adelantar obras de infraestructura.
La construcción, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura urbana.
Las obras de espacio público.
Los proyectos de desarrollo urbano.
Los pagos por concepto de adquisiciones voluntarias y/o expropiaciones para adelantar obras
propuestas.
ARTÍCULO 196.
PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA. Por recuperación de plusvalías se entiende
la movilización de parte (o al límite de la totalidad) de aquellos incrementos del valor de la tierra
atribuibles a los esfuerzos de la comunidad para convertirlos en recaudación pública por la vía fiscal
(mediante impuestos, tasas, contribuciones y otras formas) o directamente en mejoramientos de la
misma zona en beneficio de los ocupantes o de la comunidad en general. Esas plusvalías resultan en
general de acciones ajenas al propietario, y derivan de la actuación pública, sea por medio de
inversiones en infraestructura o de decisiones que regulan el uso del suelo.
Se debe tener claro que la acción urbanística de los entes territoriales se expresa ya sea en actos
jurídicos, como también en operaciones materiales. De esta acción urbanística, se deriva el derecho
de la sociedad entera, en cabeza de los entes territoriales, a participar de los beneficios generados con
ella.
Además, teniendo en cuenta que los precios o valores de cambio de la propiedad urbana tienen una
alta correspondencia con su localización respecto del suelo urbano, su destino económico y las
intensidades de su uso, y que son los Municipios y distritos, en ejercicio de sus competencias de
ordenamiento del territorio, quienes regulan a través de sus entes territoriales esta materia, es apenas
equitativo dadas estas interdependencias, que la sociedad entera pueda participar de dichos
incrementos, los cuales se reitera, son generados por su misma acción.
ARTÍCULO 197.
HECHOS GENERADORES DE LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA. En
concordancia con 10 dispuesto en el Artículo 74 de la Ley 388 de 1997, se establecen tres hechos
principales como generadores de la participación en plusvalía, a saber:
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1. La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte del suelo
rural como suburbano.
2. EI establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo.
3. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación bien sea elevando el índice
de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez.
ARTíCULO 198.
FORMAS DE PAGO DE LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA. La participación
en plusvalía puede pagarse a través de los siguientes medios:
1. En dinero efectivo.
2. Mediante la transferencia de un porcentaje del predio a la entidad territorial.
3. A través del reconocimiento de un valor accionario o un interés social equivalente a la participación
en plusvalía.
4. Por medio de la ejecución de obras de infraestructura vial, servicios públicos, etc.
5. Con la adquisición anticipada de títulos o valores representativos de la participación en plusvalía.
ARTÍCULO 199.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS RECAUDADOS POR CONCEPTO DE
PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA. Los recursos captados con la participación en plusvalía pueden
destinarse a:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Compra de predios o inmuebles para proyectos de vivienda de interés social.
Construcción o mejoramiento de infraestructura vial, servicios públicos o equipamientos sociales.
Ejecución de proyectos de espacio público.
Financiamiento de infraestructura vial y sistemas de transporte masivo.
Actuaciones urbanísticas de renovación urbana o mejoramiento integral de barrios.
Pago de precios o indemnizaciones por acciones de adquisición voluntaria o expropiación de
inmuebles para programas de renovación urbana.
Fomento de la creación cultural y mantenimiento del patrimonio cultural.
ARTÍCULO 200.
REGLAMENTACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA. Para la
determinación del efecto plusvalía y la liquidación de la participación en plusvalía que se generen como
efecto de la adopción de la presente revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, el
Municipio, a través de su Alcalde, podrá desarrollar el instrumento que para ello sea necesario, en el
cual se especificarán y delimitarán las zonas o subzonas beneficiarias de una o varias de las acciones
urbanísticas antes mencionadas, las cuales serán tenidas en cuenta, sea en conjunto o cada una por
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separado, para determinar el efecto de la plusvalía o los derechos adicionales de construcción y
desarrollo.
Por iniciativa del Alcalde, el Concejo Municipal establecerá la tasa de participación que se imputa a la
plusvalía generada, la cual podrá oscilar entre el 30% el 50% del mayor valor por metro cuadrado.
Una vez sea adoptado el actual acuerdo, la propuesta presentada por parte de la administración
municipal al Honorable Concejo Municipal para la participación en plusvalía será la siguiente:
Se genera una contribución en plusvalía del 30% para aquellas personas naturales o jurídicas que
paguen la misma hasta el 30 de noviembre del año 2023.
Se genera una contribución en plusvalía del 40% para aquellas personas naturales o jurídicas que
paguen la misma desde el 01 de diciembre del año 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2024.
Se genera una contribución en plusvalía del 50% para aquellas personas naturales o jurídicas que
paguen la misma después del 01 de enero del año 2025 en adelante.
Se genera una contribución en plusvalía y se pagará total o parcial cuando se haga efectivo el cambio
de uso del suelo y se desarrolle el proyecto urbanístico, esta contribución en plusvalía se podrá pagar
proporcional al área intervenida o desarrollada.
PARÁGRAFO. Modifíquese el parágrafo 1 de artículo 275 del acuerdo 002 de 2023 por medio del cual
se adopta el Estatuto Tributario del Municipio de Andes, con relación que el termino no mayor de 6
meses allí establecido contara a partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo.
LIBRO 6
PROGRAMA DE EJECUCIÓN
ARTÍCULO 201.
CONCEPTO PROGRAMA DE EJECUCIÓN. EI Programa de Ejecución permite
concretar las propuestas, estrategias y políticas que han sido plasmadas en el Contenido General, así
como en los Componentes Urbano y Rural. De igual manera, permite la definición de las prioridades
de intervención en los diversos temas, con el fin de precisar su ejecución a las próximas
administraciones municipales.
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Se convierte igualmente en el principal instrumento para realizar el seguimiento y evaluación de los
avances en la ejecución del PBOT durante su vigencia, por parte de las mismas administraciones
municipales que tendrán la responsabilidad de ejecutarlo durante los diferentes periodos
constitucionales, y paralelamente por parte de las diversas veedurías ciudadanas que aborden este
seguimiento.
ARTíCULO 202.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN PBOT 2023 - 2035. Adóptese ei programa de
ejecución del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Andes para la vigencia 2023 —
2035 contenido en el anexo 2 del presente acuerdo, y el cual presenta la relación que existe entre los
Objetivos o Apuestas que se proponen, y las Políticas y Estrategias.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN.
PROGRAMA
Conservar y proteger
áreas con importancia
ambiental en el Municipio
y otras estrategias de
conservación
Fortalecimiento de las
estrategias para el
manejo integral del
recurso hídrico.
PROYECTO
Realizar estudios
detallados para nuevas
declaratorias de áreas
protegidas y/o
conservación
Definición y adopción de
áreas de nacimientos y
retiros de los cuerpos de
agua
Recuperación y
restauración de
nacimientos y retiros de
cuerpos de agua
DESCRIPCION
CORT
O
Formular eI Sistema Local
de Aras Protegidas
(SILAP) en el Municipio
de Andes. que permita
proteger bajo esta figura
aquellos ecosistemas y
áreas de interés
ambiental que se
encuentran en el
territorio.
Actualizar 'a concesión de
aguas a nombre del
Municipio de Andes para
x
la quebrada la
Chaparrala, La Negra y
Chorroblanco.
Gestionar acciones para
que CORANTIOQUIA
defina los rondas hídricas
para eI Municipio de
Andes.
Desarrollo de acciones
encaminadas a recuperar
la capacidad de
abastecimiento y
regulación hídrica de las
cuencas hidrográficas a
través de la protección
adecuada conforme las
coberturas vegetales
existentes y los usos que
sean rmitidos
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
o
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
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INVERSIÓ
MILLONE
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300
10
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50
443

===== PÁGINA 444 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/PfO DE ANDES
PROGRAMA
Recuperación de la
estructura ecológica
principal, por medio de
buenos usos del suelo
Gestión ambiental
municipal
Conservar y proteger
áreas con importancia
PROYECTO
Realizar el el inventario de
los predios adquiridos por
entidades publicas o
privadas para fines de
proteccion y conseravacion
ambiental
Gestionar la compra del
predio correspondiente al
área forestal productora
quebrada negra chorros
blancos, predio Los Alpes
Adquisición y
administración de predios
en las microcuencas
abastecedoras de
acueductos y planificación
de las mismas
Conservación y
restauración de las áreas
que conforman la
estructura ecológica
principal en el Municipio de
Andes
Planificación y
fortalecimiento de las
herramientas municipales
para mejorar la gestión
ambiental en el Municipio.
Conservación y
recuperación de bosques y
servicios ecosistémicos
DESCRIPCION
En estos predios se
prohiben Iass
plantaciones forestales
comerciales
Dar cumplimiento a 10
establecido en el artículo
111 de la Ley 99 de 1993
Compra y administración
de predios mediante
recursos como IOS
estipulados en el artículo
111 de la Ley 99 de 1993,
además de formular el
plan de manejo integral
de estas.
Desarrollo de acciones
orientadas a consolidar
las características y
funciones ecológicas de
la estructura ecológica del
Munici io.
Creación del sistema de
gestión ambiental
municipal, para conocer
de una manera detallada
eI estado del componente
ambiental del Municipio,
definiendo un plan de
acción ambiental
Promover la conservación
de bosques evitando la
deforestación y otras
prácticas de deterioro,
con eI fin de
compatibilizar su uso con
un territorio
ambientalmente
ordenado.
Reducir la deforestación,
generando incentivos
económicos que
reemplacen actividades
que causan la
degradación de los
bo ues
CORT
o
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
LARG
o
x
x
ambiental en el Municipio
y otras estrategias de
conservación
Instrumento de pago por
servicios ambientales para
conservación de bosques.
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio.
Rural
Rural
Rural
Municipio
Rural
Municipio
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
50
1.500
40
100
800
50
444

===== PÁGINA 445 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MONC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Desarrollo rural sostenible
Cambio climático
PROYECTO
Formular e implementar el
Plan de Desarrollo
Agropecuario del Municipio
de Andes
Disminución de la
vulnerabilidad ante eI
cambio climático en el
Municipio de Andes
DESCRIPCION
CORT
Desarrollar un plan que
armonice las áreas para
la producción agrícola y
ganadera con la aptitud
del suelo, evitando así los
impactos negativos en el
suelo y mejorando la
productividad y
competitividad de manera
sostenible
Generar estrategias de
conservación de
ecosistemas que ayuden
a disminuir los efectos
negativos del cambio
climático, además de
proteger las zonas que
cuentan con amenaza
alta ante algún evento
natural, en eI marco del
articulo 21 de la Ley 1931
de 2018
Formular un plan donde
se definan estrategias,
acciones, medidas de
gestión y control
específicas que permitan
armonizar los usos que
generan contaminantes
atmosféricos, tales como
material particulado,
ases ruido.
Implementar acciones
interinstitucionales para la
sostenibilidad de los
procesos ecológicos y
funcionales de la cuenca
enfocados en las
herramientas de manejo
del aisa•e HMP
Enriquecimiento de áreas
en proceso de
revegetación o que hayan
sido intervenidas con
especies vegetales de
bosque que aporten al
roceso de restauración.
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
LARG
O
x
Formular un plan para el
Mejorar la calidad del aire
control de la calidad del
del Municipio de Andes
aire
Fortalecimiento y
consolidación de la red de
conectividad ecosistémica
Conservación de la
biodiversidad del
Municipio
Restauración de zonas
intervenidas en áreas
protegidas
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Municipio
Municipio
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
70
80
40
100
250
445

===== PÁGINA 446 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Producción sostenible y
desarrollo rural
Emprendimientos
sostenibles
PROYECTO
Conservación de aves para
potencialización del AICA
Bosques Montanos del Sur
de Antioquia.
Implementación de buenas
prácticas productivas para
el sector agropecuario.
Fortalecimiento a
pequeños sectores
productivos
Fortalecimiento a
pequeños sectores
productivos
Sustitución de
agroquímicos en
actividades agrícolas
especialmente en el cultivo
de café.
Aprovechamiento
sostenible de los recursos
forestales no maderables
DESCRIPCION
Promover y conservar la
cobertura natural boscosa
e implementar
herramientas de manejo
del paisaje en el AICA
que permita conservar el
hábitat de las especies de
aves que se encuentran
en eI Munici io
Implementar acciones
que orienten al sector
agropecuario para
mejorar la eficiencia y la
sostenibilidad, a través de
la aplicación de técnicas y
estrategias que
promuevan el uso
responsable de los
recursos naturales, la
protección del medio
ambiente y la mejora de
la calidad de los
roductos.
Desarrollar acciones que
mejoren la productividad
y competitividad de los
pequeños productores en
el Municipio de Andes,
posicionando sus
productos en eI mercado
munici al r ional
Generar alianzas público-
privadas en pro de
desarrollar estudios y
alternativas técnicas para
el tratamiento de la pulpa
del café
Promover prácticas
agrícolas sostenibles en
los cultivos,
especialmente en eI
cultivo de café,
sustituyendo los
agroquímicos de manera
progresiva por abonos
or ánicos o bioinsumos.
Promover el uso de los
productos no maderables
del bosque desde una
visión económica que
permita a las personas
del Munici io enerar
CORT
O
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
500
250
50
70
80
446

===== PÁGINA 447 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PV DE ANDES
PROGRAMA
Fortalecimiento
comunitario
Manejo de vertimientos
Sostenibilidad
PROYECTO
Aviturismo como
oportunidad de
conservación, educación
ambiental y desarrollo
económico rural.
Apoyo a los sistemas de
acueducto y potabilización
de agua veredales
Instalación y
mantenimiento de pozos
sépticos
Incentivos a la
conservación y protección
de cuencas
Turismo ecológico
DESCRIPCION
CORT
ingresos desde eI uso
sostenible del bosque.
Aprovechar la
biodiversidad con la que
cuenta eI Municipio,
específicamente la
avifauna, para
concientizar las personas
de la importancia de la
conservación de los
habitas de las aves
Mejorar la gestión de los
acueductos veredales,
mediante
la legalización, la
capacitación de las
ersonas ue 10
conforman y el apoyo
financiero a estrategias
de
optimización del agua
Otable.
Disminuir los vertimientos
en la cuenca, mediante la
instalación de pozos
sépticos para los usuarios
que no los poseen,
mejorando la calidad de
los vertimientos, mediante
eI mantenimiento anual
de los ozos
sépticos ya instalados.
Aumentar los ingresos de
los productores usuarios
que posean tierras para la
protección y decidan
dejarlas para este fin,
mediante eI pago de
incentivos a la
conservación.
Aumentar los ingresos de
los pobladores de las
zonas estratégicas,
mediante la
implementación de
empresas de turismo
ecol ico.
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
O
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
50
500
700
680
300
447

===== PÁGINA 448 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P'O DE ANDES
PROGRAMA
Saneamiento ambiental
básico
Alternativas de
Producción.
Turismo Natural
PROYECTO
Fomentar la repoblación
vegetal con especies que
permitan el
restablecimiento de los
ecosistemas que han sido
degradados por otros usos
bien sean agrícolas y/o
ecuarios
Estimular ei
establecimiento de cercos
y/o barreras vivas
respetando los retiros de
aguas con el fin de evitar la
contaminación por
excretas de
animales
Creación de incentivos a
aquellos propietarios que
respeten en sus predios
los respectivos retiros de
aguas y protejan los
nacimientos de las mismas
Fortalecimiento a los
programas piscícolas
donde las condiciones
topográficas y edafológicas
10 permitan, aprovechando
la gran riqueza hídrica del
Municipio
Fomentar e incentivar la
siembra de frutales, tanto
para el consumo humano
como para la fauna
silvestre, a la vez que se
estaría contribuyendo a los
programas de restauración
ecol ica.
Habilitar caminos a manera
de senderos ecológicos,
donde el componente
natural sea su mayor
atractivo.
DESCRIPCION
Recuperar la calidad
ambiental de las zonas
que han sido afectadas
por la producción
agropecuaria en la
reserva forestal
Implementar prácticas de
sostenibilidad por medio
de cercas vivas que
impidan la contaminación
del recurso hídrico
Fortalecer y proponer
estrategias como pagos
por servicios ambientales
o incentivos por
conservar, en áreas con
alta presión por servicios
ecosistémicos, orientadas
a la conservación del
recurso hídrico
Implementar estrategias
que permitan el
fortalecimiento piscícola
en el Municipio que
permita aprovechar la
gran riqueza hídrica
contribuyendo ai
desarrollo económico.
Promover sistemas
forestales con especies
frutales las cuales se
pueden realizar en
sistemas agroforestales,
generando sistemas
sostenibles
Generar medidas para
promover el ecoturismo a
través de actividades de
senderismo reguladas
que garanticen eI cuidado
y la conservación de la
naturaleza
CORT
o
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
O
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Municipio
Municipio
Municipio
Rural
Municipio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejg@Andes-antioquia.gov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
S
500
40
600
300
500
400
448

===== PÁGINA 449 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ANDES
PROGRAMA
Mejoramiento de la
calidad ambiental del
hábitat humano mediante
la implementación de un
plan de manejo sostenible
en ei DMI CJT.
Aprovechamiento
sostenible de la oferta de
bienes y servicios
ambientales de la reserva
CJT para el desarrollo de
la actividad ecoturística.
Promoción, creación y
reglamentación de la
Asociación para la
Defensa Ambiental y de
los Recursos Naturales
Renovables del DMI CJT
Conservación,
preservación o
recuperación de áreas
estratégicas para el
abastecimiento de agua
Formación de familias y
líderes comunitarios para
la participación en la
gestión ambiental,
mediante la
implernentación de
Sistemas agroecológicos.
Regulación de recursos
hídricos para eI
sostenimiento de los
ecosistemas
Producción agrícola
resiliente y baja en
emisiones de GEI
PROYECTO
Disminuir la expansión de
la frontera agrícola y la
deforestación a través de
la construcción de estufas
eficientes y huertos leñeros
Elaborar un plan de
desarrollo ecoturístico para
ei DMI CJT
Procurar el cuidado
constante del DMI CJT
mediante la presencia
permanente de un
guardabosque que
represente autoridad ,
seguridad y respeto
Conservar, preservar y/o
recuperar las fuentes de
abastecimiento de
acueductos municipales y
rurales
Promover la reconversión
de la producción agrícola
tradicional a prácticas
culturales más limpias,
como los sistemas
agroforestales
Manejo integral de
páramos y bosques alto-
andinos
Sistemas silvopastoriles
para la producción de
carne bovina y lácteos.
DESCRIPCION
CORT
Promover estrategias en
la población rural, que
permitan frenar la
deforestación a través de
alternativas sostenibles
en la obtención de
roductos maderables
Gestionar con los
Municipios donde se
encuentra el OMI la
formulación del plan de
desarrollo ecoturístico del
DMI, que garantice la
conservación de este
ecosistema
Gestionar con la CAR por
medio de contratos
interadministrativos el
control y seguimiento de
las acciones realizadas
en estas áreas y que
estén acordes con los
usos permitidos en estas
áreas
Conservar las zonas
boscosas y las áreas
forestales protectoras que
se encuentran en estas
áreas para mejorar la
calidad y la cantidad del
recurso hídrico
Implementar acciones
que le permitan a la
población campesina
pasar a sistemas
agrícolas más sostenibles
y con buenas prácticas de
manejo ambiental que
disminuyan los efectos
negativos en eI medio
ambiente.
Garantizar la gestión y
manejo adaptativo del
páramo y los bosques
manteniendo el
suministro de servicios
ecosistémicos
Promover e impulsar el
uso de sistemas
silvopastoriles en fincas
anaderas
o
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
o
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
rel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
300
400
400
300
250
500
600
449

===== PÁGINA 450 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DÉ ANDES
PROGRAMA
Eficiencia energética en
viviendas
conservación, protección
y regulación de
ecosistemas y sus
servicios ambientales
para ala conservación de
los bosques
Habitat humano
Transición y eficiencia
energética para el
desarrollo
sostenible.
PROYECTO
Inclusión de tecnologías y
fortalecimiento de buenas
prácticas ambientales en el
sector agropecuario
BPAA
Estufas eficientes
Instrumento de pago por
servicios ambientales para
conservación de bosques
Parques ambientales
urbanos, asociados a los
humedales
Renaturalización de
cauces de ríos y
quebradas
Alumbrado público
eficiente con tecnologia
LED y paneles solares
DESCRIPCION
Unir esfuerzos para
promover, transferir y
fortalecer las buenas
prácticas ambientales en
el sector a ro ecuario.
Gestionar proyectos para
la adecuación e
implementación de
estufas eficientes y
solares para reducir et
consumo de leña en el
Munici io
Reducir las emisiones por
deforestación, generando
incentivos económicos
que reemplacen
actividades que causan la
degradación de los
bos ues.
Promover la construcción
de parques ambientales
en zonas urbanas y
cabeceras municipales
con el fin de mejorar las
condiciones
medioambientales en las
ciudades y centros
oblados.
Remover y modificar
sistemas de
infraestructura dura, y
generar procesos de
restauración que ayuden
a recuperar algunos
servicios ecosistémicos.
Implementar una
transición energética en
los Municipios con
alumbrado público
convencional hacia un
alumbrado público bajo
en carbono con
tecnologías sostenibles
acopladas entre si, corno
la LED y la solar
fotovoltaica.
CORT
O
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
ENVERSIÓ
MILLONE
s
200
500
200
500
2.500
7.000
450

===== PÁGINA 451 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCHO DE ÁMDES
PROGRAMA
Programa de
PROYECTO
Diagnóstico del déficit
habitacional urbano
actualizado del Municipio
de Andes
Proyecto de construcción
de vivienda nueva para
solucionar el déficit
cuantitativo municipal
Proyecto de mejoramiento
de vivienda - Materiales de
pisos
DESCRIPCION
Realizar un censo local
de las deficiencias
habitacionales en el
territorio municipal con el
fin de la
inversión de vivienda
nueva y a mejorar en el
Municipio, con enfoque
diferencial, priorización
por deficiencias y nivel de
vulnerabilidad.
Estructurar proyectos de
vivienda de interés social
(VIS) y prioritario
sectorizados, para
atender las deficiencias
cuantitativas en el suelo
urbano y rural del
Munici io de Andes
Invertir en eI bienestar de
las familias de Andes a
través del mejoramiento
de 83 viviendas con
déficit por material de
pisos identificados en el
Censo DANE 2018, o las
que se identifiquen en el
proyecto de diagnóstico
de déficit habitacional
munici al
Invertir en el bienestar de
las familias de Andes a
través del mejoramiento
de 1460 viviendas con
déficit por hacinamiento
mitigable identificados en
ei censo DANE 2018, o
las que se identifiquen en
el proyecto de diagnóstico
de déficit habitacional
munici al
Invertir en el bienestar de
las familias de Andes a
través del mejoramiento
de 83 viviendas con
déficit por cocina
inadecuada identificados
en ei Censo DANE 2018,
o las que se identifiquen
en el proyecto de
diagnóstico de déficit
habitacional munici al
CORT
x
mejoramiento de vivienda
municipal de Andes
Proyecto de mejoramiento
de vivienda - Hacinamiento
mitigable
Proyecto de mejoramiento
de vivienda - Cocina
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
LARG
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
INVERSIÓ
MILLONE
s
1.000
4.000
430
3.400
430
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co

===== PÁGINA 452 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C,P/O PE
PROGRAMA
Programa de rescate y
protección del patrimonio
municipal
PROYECTO
Seguimiento a la
implementación de
Arqueología Preventiva en
los puntos (áreas) de
interés arqueológico de
Andes entregados por el
ICANH
Proyecto de
reconocimiento patrimoniat
histórico y arquitectónico
de la Catedral Nuestra
Señora de las Mercedes y
la Iglesia San Pedro Claver
como Patrimonio Cultural
del Municipio de Andes
Proyecto de valoración
patrimonial urbana y de
construcciones en el
Municipio de Andes
Proyecto de valoración y
reconocimiento de
elementos paisajísticos y
culturales del Paisaje
Cultural Cafetero en el
Municipio de Andes
DESCRIPCION
Realizar seguimiento y
control a las licencias
urbanísticas y de
aprovechamiento en
suelo urbano y rural que
coincidan con los puntos
de interés arqueológico
suministrados por el
ICANH, con el fin de
prevenir la pérdida de
elementos de valor
histórico y patrimonial del
Munici io
Elaborar los trámites
administrativos locales
pertinentes para eI
reconocimiento,
protección, y
conservación de los
elementos arquitectónicos
de valor patrimonial
presentes en las
infraestructuras de la
Catedral Nuestra Señora
de las Mercedes y la
I lesia San Pedro Claver
Proyección de un estudio
arquitectónico, histórico y
cultural que identifique los
elementos con valor
patrimonial que aún
existen en el Municipio,
con el fin de
inventariarlos, y llevar a
cabo las acciones
correspondientes a su
restauración,
conservación y protección
normativa munici al
Proyección de un estudio
antropológico que
identifique los elementos
del Paisaje Cultural
Cafetero, con el fin de
elaborar normativas
locales tendientes a su
protección y
conservación.
CORT
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
x
LARG
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Urbano
Urbano
Municipio
INVERSIÓ
MILLONE
60
130
70
120
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co

===== PÁGINA 453 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/PV DE AVES
PROGRAMA
Programa de gestión y
apoyo al mejoramiento
del circuito de Vias
secundarias
Programa de
mejoramiento integral del
circuito de vías terciarias
del Municipio de Andes
PROYECTO
Gestión ante la
administración
departamental y apoyo
para el mejoramiento
integral de la vía Troncal
del Café en jurisdicción del
Municipio de Andes
Gestión ante la
administración
departamental y apoyo
para el mejoramiento
integral de la vía
Pueblorrico - Andes en
jurisdicción del Municipio
Gestión ante la
administración
departamental y apoyo
para eI mejoramiento
integral de la vía Jericó -
Andes en jurisdicción del
Municipio
Mejoramiento prioritario del
perfil vial (andenes,
ciclovias, berma,
reparación de la capa
asfáltica) de las vías
terciarias Andes - Tapartó,
Andes - Santa Rita - Santa
Inés. Andes - Quebrada
Arriba, Palestina - La
Bodega, Andes - La Solita,
Andes -San Miguel, y Vla
Morro Amarillo
Mejoramiento integral
(implica tratamiento de
vías, construcción de
infraestructura de soporte
como puentes,
contenciones y placa
huellas) de las demás vías
terciarias rurales del
Munici io.
DESCRIPCION
Aumentar la participación
activa del Municipio en la
planificación
departamental para
resaltar la importancia del
mejoramiento de la vía
Troncal del Café, por su
relevancia corno via
rinci al subre ional
Aumentar la participación
activa del Municipio en la
planificación
departamental para
resaltar la importancia del
mejoramiento de la vía
Pueblorrico - Andes, por
su relevancia como vía
alterna y de comunicación
entre estos dos
Munici ios
Aumentar la participación
activa del Municipio en la
planificación
departamental para
resaltar la importancia del
mejoramiento de la vía
Jericó - Andes, por su
relevancia como via
alterna y de comunicación
entre estos dos
Munici ios
Proyectar el
mejoramiento integral del
circuito de vías internas,
integrando eI
mantenimiento de
coberturas, recuperación
de áreas de cesión
obligatorias, y el aumento
y optimización de los
espacios e infraestructura
de movilidad peatonal y
de ciclovías.
Proyectar el
mejoramiento integral del
circuito de vlas intemas,
integrando eI
mantenimiento de
coberturas, recuperación
de áreas de cesión
obligatorias, y el aumento
o timización de los
CORT
o
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
x
x
x
x
LARG
x
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
Municipio
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49Z-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: CpnceiQ@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
460
5.000
5.000
8.000
2.500
453

===== PÁGINA 454 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VCP/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de
PROYECTO
Extensión y adecuación de
la vía Andes - Santa Rita -
Santa Inés, hacia el área
del resguardo indígena
Dojuru y tas veredas, La
Borraja, La Cristalina y La
Mesenia.
Proyectar el mejoramiento
y ampliación de las vías
principales Calles 49, 50,
53 y 54; carreras 49A, 50,
51, 52, 528, 53, 53A, 56; y
Diagonal 53 de la cabecera
municipal de Andes, y de
las vías principales de los
suelos urbanos
corregimentales.
DESCRIPCION
CORT
O
espacios e infraestructura
de movilidad peatonal y
de ciclovías.
Proyectar la construcción,
ampliación y demás obras
mejoramiento integral de
la infraestructura vial
urbana
Proyectar el mejoramiento
y ampliación general del
circuito de vías urbanas del
Municipio de Andes
a que haya lugar para
garantizar la conexión
entre el resguardo
indígena Dojuru y la
cabecera municipal, con
el fin de garantizar el
acceso de esta población
a la solución de sus
necesidades en materia
de servicios sociales.
Mejorar las vías
principales urbanas del
Municipio incluyendo la
ampliación y
mejoramiento integral de
su perfil vial, con
elementos de circulación
peatonal, ciclovías, zonas
verdes, zonas y bahías
de parqueo, sitios de
acopio, paraderos de
transporte público, y
demás elementos de
señalización,
semaforización y
mobiliario urbano.
Mejorar las vías
vehiculares urbanas del
Municipio incluyendo la
ampliación y
mejoramiento integral de
su perfil vial, con
elementos de circulación
peatonal, ciclovías, zonas
verdes, zonas y bahías
de parqueo, sitios de
acopio, paraderos de
transporte público, y
demás elementos de
señalización,
semaforización y
mobiliario urbano.
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Urbano
Urbano
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
3.500
6.800
5.400
454

===== PÁGINA 455 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMC,'P/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de planificación
y proyección vial
PROYECTO
Construcción de nueva
infraestructura vial óptima,
integral y con calidad
urbana
Generación de senderos
ecológicos urbanos para
garantizar la conectividad
entre sectores y barrios
Mejoramiento y
adecuación de escalinatas
urbanas (mantenimiento y
mgoramiento de piso,
instalación de pasamanos,
ajardinamiento,
amoblamiento urbano,
iluminación, señalización y
elementos de
accesibilidad)
Elaboración del plan de
movilidad municipal
DESCRIPCION
Trazado de nuevas vías
para los suelos con
tratamiento de Desarrollo,
de acuerdo con las
especificaciones del
sistema vial de acuerdo a
su jerarquía, y con
criterios de continuidad
de la trama urbana,
priorización de espacios
públicos, accesibilidad a
la movilidad reducida, y a
'a promoción de redes
camineras.
Reconocimiento y
proyección de la red
caminera actual del
Municipio para su
adecuación,
mantenimiento y
mejoramiento con
iluminación y demás
mobiliario urbano como
parte de su integración a
la propuesta del sistema
de conexiones
Reconocimiento y
proyección del sistema de
escalas y Circulaciones
peatonales actual del
Municipio para su
adecuación,
mantenimiento y
mejoramiento con
iluminación y demás
mobiliario urbano como
parte de su integración a
la propuesta del sistema
de conexiones en el
modelo de ocupación
urbano
Estudio técnico de la
infraestructura y
exigencias en movilidad
urbana del Municipio, con
el fin de orientar eI
desarrollo de proyectos
viales, y ordenar el
sistema de Vias y tránsito
munici i
CORT
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
o
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
400
4.800
700
230
455

===== PÁGINA 456 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVCP/O DF ANDES
PROGRAMA
Programa de
organización e integración
del servicio de transporte
Programa de
mejoramiento continuo de
la infraestructura de salud
municipal
Programa de generación
de nuevas
infraestructuras de
atención primaria en
salud para el suelo rural
PROYECTO
Mejoramiento de la
terminal de transporte y
centralización de los
puntos de atención de las
rutas de transporte público
interveredal e
intermunicipal.
Formalización de
empresas de transporte no
convencionales en el
territorio municipal
Mejoramiento continuo de
dotación, estructura y
servicios del Hospital San
Rafael en la cabecera
municipal, con miras a la
reclasificación a nivel 2
Mejoramiento continuo de
dotación, estructura y
servicios de los centros de
salud de los suelos
urbanos corregimentales y
el asentamiento La
Chaparrala
Construcción, adecuación
y funcionamiento de
infraestructura para puesto
de salud en el
asentamiento San Bartolo
DESCRIPCION
CORT
O
Remodelación de la
infraestructura de la
terminal de transportes
municipal con el fin de
ordenar las taquillas de
empresas de transporte
público, los puntos de
salida y llegada de
pasajeros, y sitios de
a ueo autorizados.
Reconocimiento y
fomento a la organización
empresarial o cooperativa
de los transportadores
informales tales como
mototaxis o motocarros
en eI Municipio, con el fin
de garantizar estabilidad
laboral y crecimiento
económico a los
trabajadores; y seguridad
a los usuarios.
Estudio de las
capacidades actuales de
la infraestructura
municipal hospitalaria con
el fin de orientar los
programas y proyectos de
mejoramiento del hospital
hacia su reclasificación al
nivel 2
Crear programas
municipales sostenidos
para eI mantenimiento
continuo y la optimización
de la infraestructura y los
servicios de salud en el
centro asistencial, en
función de los avances
tecnológicos, el
crecimiento de la
población narense y las
necesidades y demandas
del servicio de salud.
Creación de nuevas
infraestructuras y su
dotación de implementos
y personal. con el fin de
garantizar una atención
primaria en salud en este
asentamiento
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
x
LARG
o
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Municipio
Urbano
Municipio
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
700
200
350
700
500
456

===== PÁGINA 457 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
A.IUA'CP/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de crecimiento
de la infraestructura de
recreación y deporte
Programa de
sostenimiento y
mejoramiento continuo de
la infraestructura
educativa municipal
Programa de generación
de nuevas
infraestructuras
educativas en suelos con
tratamiento de Desarrollo
urbanos y de expansión
Programa de
fortalecimiento para el
desarrollo de la ciencia, el
conocimiento y la
producción municipal
PROYECTO
Mantenimiento,
mejoramiento y ampliación
de la oferta de las
infraestructuras y espacio
de recreación y deporte
municipales
Mantenimiento,
mejoramiento y ampliación
de la infraestructura
educativa municipal, con
enfoque diferencial,
integración de nuevas
tecnologías, y conectividad
digital.
Creación de nuevas
infraestructuras educativas
en los suelos de desarrollo
y de expansión urbana al
norte de la cabecera
municipal,
Apoyo, promoción y
desarrollo de proyectos del
CUEE Suroeste, para la
producción agropecuaria y
avance tecnológico
DESCRIPCION
CORT
Crear programas
municipales sostenidos
para eI mantenimiento
continuo y la ampliación
de la oferta de los
equipamientos deportivos
y recreativos en eI
Munici io
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo y la optimización
de la infraestructura y los
servicios de educación en
función de los avances
tecnológicos, y el
crecimiento de la
población narense,
especialmente en los
establecimientos
receptores de población
estudiantil a nivel
munici al
Creación de nuevas
infraestructuras
educativas oficiales en los
suelos de desarrollo de la
cabecera municipal de
Andes que ayuden a la
consolidación de las
nuevas centralidades
principales Y
complementarias
proyectadas en el modelo
de ocu ación urbano
Establecer programas
dirigidos a la divulgación
y apoyo de la labor y
necesidades det Comité
Universidad Empresa
Estado de la Universidad
de Antioquia, con el fin de
servir de puente de
enlace entre la población,
y los sectores
económicos
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
LARG
o
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
300
200
1 ,000
200
457

===== PÁGINA 458 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA/C/P'O DF A
PROGRAMA
Programa de
mejoramiento de la
infraestructura cultural
municipal
PROYECTO
DESCRIPCION
CORT
Crear programas
municipales sostenidos
para eI mantenimiento
continuo, la optimización
Mejoramiento y ampliación
de la infraestructura
cultural municipal, y
fortalecimiento de la
ciudadela educativa como
casa de la cultura de
Andes
Creación de escenario
cultural y de eventos en
Tapartó
Programa de creación de
Creación de escenario
infraestructuras culturales
cultural y de eventos en
para los suelos urbanos
corregimentales
Programa de
acercamiento y
mejoramiento de la
gobernanza territorial
Buenos Aires
Creación de escenario
cultural y de eventos en
Santa Rita
Mejoramiento de la
infraestructura
administrativa de la
Registraduría, Alcaldía
municipal y eI palacio del
ayuntamiento
Mejoramiento de la
infraestructura
administrativa de atención
regional (Notaría, Oficina
de Instrumentos Públicos)
de la infraestructura, y la
ampliación de los
servicios y la oferta
cultural en el suelo
urbano municipal; así
como la facilidad en el
acceso de grupos y
manifestaciones
culturales a los
escenarios munici ales.
Construcción de
infraestructura para el
desarrollo, enseñanza, y
presentación de las
disciplinas artísticas y
culturales en eI suelo
urbano y su área de
influencia
Construcción de
infraestructura para el
desarrollo, enseñanza, y
presentación de las
disciplinas artísticas y
culturales en el suelo
urbano y su área de
influencia
Construcción de
infraestructura para eI
desarrollo, enseñanza, y
presentación de las
disciplinas artísticas y
culturales en el suelo
urbano y su área de
influencia
Crear programas
municipales sostenidos
para eI mantenimiento
continuo, la remodelación
de la infraestructura, y la
optimización de los
servicios de la
administración munici al
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo, la remodelación
de la infraestructura, y la
o timización de los
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
x
x
x
x
x
LARG
O
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
M unicipio
IJ rbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
1 .ooo
2.500
1.800
1.800
100
150
458

===== PÁGINA 459 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P'O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de
acercamiento de defensa
Y justicia
Programa de traslado de
equipamientos de
seguridad ciudadana
Programa de
mejoramiento de la
seguridad ciudadana
Programa de integración
de la producción a la
infraestructura y espacio
público municipal
PROYECTO
Creación de oficinas o
puestos de atención de
servicios administrativos
en los suelos urbanos de
T apartó y Santa Rita
Mejoramiento de la
infraestructura, oficinas, y
canales de atención de los
equipamientos de Defensa
y Justicia de atención
regional (Procuraduría
General de la Nación y
CTI
Construcción de
infraestructura destinada al
traslado del comando de
policía de la cabecera
municipal
Construcción de
infraestructura destinada al
traslado del comando de
policía de Tapartó
Mejoramiento y
mantenimiento de los
equipamientos de
seguridad ciudadana
(Bomberos y Defensa Civil)
Mejoramiento y
mantenimiento de la
infraestructura de la plaza
de mercado municipal en
la cabecera de Andes.
DESCRIPCION
CORT
servicios administrativos
con influencia regional
Construcción de
infraestructura para la
atención de servicios
administrativos, en suelos
urbanos alejados de la
cabecera munici al
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo. la remodelación
de la infraestructura, y la
optimización de los
servicios de defensa y
'usticia
Se proyecta la
construcción de
infraestructura para
reubicar la estación de
policía ubicada cerca al
parque San Pedro, en
razón de los posibles
riesgos que representan
para la seguridad de la
oblación
Se proyecta la
construcción de
infraestructura para
reubicar la estación de
policía ubicada cerca al
parque principal de
Tapartó, en razón de los
posibles riesgos que
representan para la
se uridad de la oblación
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo, la remodelación
de la infraestructura, y la
optimización de los
servicios de seguridad
ciudadana
Proyectar la remodelación
progresiva de la plaza
municipal con el fin de
modernizar sus servicios,
acabados y elementos de
accesibilidad así como
O
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
x
x
x
x
x
LARG
o
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
INVERSIÓ
MILLONE
1.500
250
2.500
2.500
180
2.000
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co

===== PÁGINA 460 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de optimización
y crecimiento de IOS
servicios de bienestar
municipal
Programa de
fortalecimiento de la
cohesión y participación
comunitaria
PROYECTO
Mejoramiento de la
infraestructura y servicios
del Hogar de Ancianos,
Centro de bienestar del
anciano, el Preventorio
municipal, y la Casa
Campesina
Creación de la
infraestructura para
atención, reunión y uso de
las comunidades indígenas
"Casa Dojuru" en la
cabecera municipal de
Andes.
Mejoramiento y
mantenimiento de los
equipamientos
comunitarios veredales y
barriales del Municipio.
Creación de
infraestructuras de
integración comunitaria
DESCRIPCION
CORT
sistematizar su
mantenimiento.
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo, la remodelación
de ta infraestructura, y
aumento de la capacidad
de los equipamientos de
bienestar existentes en el
Munici io
Se proyecta la
construcción de
infraestructura de la Casa
Dojuru, con el fin de servir
de apoyo en eI
alojamiento y atención de
los servicios sociales a la
población indigena de
Andes, así como para
garantizar su
participación y presencia
en los procesos
administrativos y la
divulgación de su
conocimiento cultura
Crear programas
municipales sostenidos
para el mantenimiento
continuo, la remodelación
de la infraestructura, y
dotación de los
equipamientos
comunitarios existentes
en el Municipio, que
garanticen procesos
participativos eficaces e
int ración ciudadana
Convocar a las juntas
administrativas locales
para conocer las
necesidades de
infraestructuras
comunitarias. y proyectar
la adapatación o
construcción, y dotación
de nuevas casetas
comunales que ayuden a
la cohesión de la
población y la
obernanza democrática
o
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
LARG
O
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Urbano
Mun icipio
Municipio
INVERSIO
NEN
MILLONE
400
350
260
30
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49?-39, Piso 32.
Tel: 8414313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co

===== PÁGINA 461 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUVC,'P/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de construcción
y mejoramiento de
espacios públicos
efectivos
PROYECTO
Mejoramiento de los
parques de los suelos
urbanos municipales
Continuación del proyecto
del parque lineal San Juan
- La Chaparrala hacia el
sector Plaza de Ferias, y
aguas arriba de La
Chaparrala, paralelo a la
Diagonal 53
Proyección y creación del
proyecto del espacio
público Parque Lineal
paralelo a la Quebrada La
Chaparralita en ei suelo
con tratamiento de
Desarrollo de la Cabecera
munici al
Creación del espacio
público del Mirador Andino
en el barrio Ciudad Cori
Proyección y creación de
espacio público de carácter
municipal en el suelo de
desarrollo urbano de la
Cabecera de Andes
DESCRIPCION
Programa de
mejoramiento sostenido
del espacio público
efectivo municipal, con eI
fin de subsanar los
déficits actuales y crear
una mejor relación con el
entorno y
aprovechamiento de la
blación.
Proyectar la construcción
del parque lineal San
Juan - La Chaparrala en
su continuación sobre la
Quebrada La Chaparrala
sobre la Diagonal 53, con
eI fin de garantizar su
continuidad en el sistema
de conexiones planteado
en el modelo de
ocu ación urbano
Proyectar la construcción
del parque lineal de la
Quebrada La Chaparralita
teniendo en cuenta su
continuidad integrada al
sistema de conexiones
planteado en el modelo
de ocu ación urbano.
Proyectar la construcción
del parque lineal de la
Quebrada La Chaparralita
teniendo en cuenta su
continuidad integrada al
sistema de conexiones
planteado en eI modelo
de ocu ación urbano.
Proyectar la construccion
del nuevo espacio público
municipal sostenible en eI
suelo de Desarrollo,
teniendo en cuenta su
continuidad integrada al
sistema de conexiones
planteado en el modelo
de ocupación urbano, y
su proyección con
jerarquía municipal para
configurar una nueva
centralidad urbana al
norte de la cabecera
munici al.
CORT
o
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
o
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
IJrbano
Urbano
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
S
5.000
2.600
461

===== PÁGINA 462 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de incremento
y conocimiento de los
elementos naturales
complementarios
municipales
PROYECTO
Proyección y creación de
espacios públicos de
carácter barrial en los
barrios Maria Auxiliadora,
La Aguada, y Ferromesa
de la Cabecera municipal
Creación del espacio
público de sendero
ecológico paralelo a la
Quebrada La Chaparrala
en el barrio La Cuchilla
Creación del plan de
movilidad peatonal que
incluya eI mejoramiento y
conexión de las
escalinatas urbanas
existentes, senderos
urbanos, y espacios
públicos, a partir de
prolongaciones,
adecuaciones de
accesibilidad, e inclusión
de nodos de espacios
públicos efectivos en el
recorrida.
Intervención y adecuación
de los perfiles viales para
la creación de jardineras,
espacios verdes y apertura
de antejardines a la vía
pública
DESCRIPCION
Construcción de espacio
públicos efectivos
integrados al Sistema de
conexiones, y generando
equilibrio de las cargas
urbanas a partir de su
proyección como
centralidades
complementarias de
-era uía barrial
Proyectar la construcción
del espacio público
municipal ecológico
asociado al sendero de la
Quebrada La Chaparrala
que conecte los barrios
La Cuchilla y eI sector La
Cárcel, teniendo en
cuenta su continuidad
integrada al sistema de
conexiones planteado en
el modelo de ocupación
urbano,
Realizar el estudio de la
infraestructura de
escalinatas, senderos y
andenes peatonales
actuales del Municipio,
con el fin de priorizar
intervenciones y articular
las estructuras existentes
con el espacio público
proyectado
Programa de
mejoramiento sostenido
del espacio público
natural, mediante la
implementación de
elementos naturales que
resalten su valor
cualitativo y generen
bienestar y seguridad a la
oblación
CORT
o
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
LARG
o
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio
INVERSIÓ
MILLONE
2.600
400
450
2.300
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co

===== PÁGINA 463 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Programa de
mejoramiento y
ampliación del
amoblamiento urbano
K_7À /
PROYECTO
Siembra de elementos de
arborización, engramado y
jardineras en los espacios
públicos existentes
Inventario de especies
forestales y vegetales, y
protección y vinculación de
estas al paisajismo urbano
con un manejo adecuado
de medidas de silvicultura.
Mantenimiento de los
elementos existentes de
amoblamiento en los
parques, plazas,
plazoletas, edificios
públicos entre otros
Aumento y mejoramiento
del amoblarniento urbano e
iluminación en el espacio
público (bancas,
iluminación eficiente y
ecológica. juegos
infantiles, senderos en
zonas verdes, y otro
mobiliario urbano
Dotación de sitios de
disposición de residuos
(canecas) en todos los
suelos urbanos del
Municipio con sistema de
separación de acuerdo a la
normativa vigente.
Construcción y dotación de
elementos de movilidad
peatonal y vehicular
(semáforos, paraderos.
bolardos, guías podo
táctiles)
DESCRIPCION
Programa de
mejoramiento sostenido
del espacio público
natural, mediante la
implementación de
elementos naturales que
resalten su valor
cualitativo y generen
bienestar y seguridad a la
oblación
Proyecto que ayude al
conocimiento de la
diversidad florística del
Municipio, y a la
implementación de este
conocimiento en la
construcción de un
espacio público saludable
diverso.
Programa de
mejoramiento sostenido
de los elementos
artificiales del espacio
público que permiten la
circulación, su
aprovechamiento y
disfrute.
Programa de aumento de
los elementos artificiales
del espacio público que
permiten la circulación,
seguridad, su
aprovechamiento y
disfrute.
Programa de dotación de
canecas y otros
elementos de limpieza,
recolección y clasificación
de residuos, que permitan
mejorar el paisaje urbano
y el aprovechamiento de
residuos.
Programa de
implementación y
construcción de
elementos que ayuden al
orden y seguridad en la
movilidad de peatones y
conductores
CORT
o
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
x
LARG
o
x
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
450
290
3.000
450
2.800
463

===== PÁGINA 464 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/PV PE ANDES
PROGRAMA
Programa de señalización
municipal
Agua potable y
saneamiento básico para
los perímetros urbanos de
la cabecera y
corregimientos del
Municipio de Andes.
Saneamiento básico para
los perímetros urbanos de
la cabecera y
corregimientos del
Municipio de Andes.
Agua potable y
saneamiento básico para
los perímetros urbanos de
la cabecera y
corregimientos del
Municipio de Andes.
PROYECTO
Dotación de elementos de
señalización de movilidad
(semáforos, señales de
tránsito, paraderos,
bolardos, guias podo
táctiles señalización vial
Instalación de placas de
nomenclatura y tableros
informativos de movilidad
Instalación de señales
turísticas informativas de
ubicación, tránsito y
conservación de fauna.
Estudios, diseños y
construcción del Plan
Maestro de Acueducto y
alcantarillado del área
urbana de los
corregimientos.
Implementar programas
para eI ahorro y uso
eficiente del agua.
Disminución de
vertimientos puntuales.
Eliminación de vertimientos
directos a fuentes de agua
de alcantarillados sin
tratamiento.
Actualización del PSMV
(Plan de Saneamiento y
Manejo de Vertimientos).
Fortalecer eI Manejo
Integral de Residuos
Sólidos (MIRS) y ei
Programa de Gestión
Integral de Residuos
Sólidos (PGIRS) en la
zona urbana.
Residuos peligrosos
DESCRIPCION
CORT
Dotación de elementos
que ayuden al
direccionamiento y la
ubicación de la población
municipal y turística
Dotación de elementos
que ayuden al
direccionamiento y la
ubicación de la población
munici al turística
Dotación de elementos
que ayuden al
direccionamiento y la
ubicación de la población
munici al turística
Garantizar a mediano y
largo plazo, los recursos
económicos que ayuden
a formular los estudios de
Plan Maestro de
acueducto y
Alcantarillado.
Poner en marcha los
planes, programas y
proyectos en referencia al
buen uso del recurso
hídrico.
Construir las plantas de
tratamiento de agua
residual de la cabecera
municipal y
corre imientos.
Construir las plantas de
tratamiento de agua
residual de la cabecera
municipal y
cor imientos.
Disminuir las cargas
contaminantes a las
fuentes hídricas.
Implementar programas
de educación ambiental
que estén inmersas en el
uso del suelo del relleno
sanitario.
Formular e implementar
la política RESPEL, para
el nuevo relleno sanitara.
o
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
x
x
x
x
LARG
o
x
x
x
x
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Municipio
Municipio
Municipio
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio
Municipio
Urbano y
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Çpnceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
400
300
140
2.000
2,500
4.000
4.000
5.700
250
380
464

===== PÁGINA 465 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MU,VC/P/O DE ANDES
PROGRAMA
agua potable y
saneamiento básico en la
cabecera urbana y
perímetros urbanos de los
corregimentos.
PROYECTO
Campañas de
comunicación y divulgación
sobre el manejo y uso de
los residuos sólidos y
líquidos.
Plan de seguimiento a
botaderos de basura
ilegales y aplicar ley de
comparendo ambiental
(Ley 1259 de 2008 y
adición de ley 1466 de
2011
Definir y adecuar lugar con
condiciones óptimas para
la ubicación de una
escombrera municipal.
Adquisición de equipos
para limpieza de redes de
alcantarillado, pozos
sépticos y plantas de
tratamiento de aguas
residuales.
Ampliación de la cobertura
de la red de gas
domiciliario.
Programas de educación y
divulgación para orientar a
la ciudadania hacia la
separación en la fuente y
el a rovechamiento.
Implementar procesos de
reforestación en la zonas
de influencia de las
cuencas hidrográficas que
abastecen acueductos
Instalación de macro y
micromedición.
Construcción, ampliación y
optimización del sistema
de alcantarillado sanitario,
realizando reposición de
todas las redes que han
cumplido su vida útil o que
presentan insuficiencias
hidráulicas, teniendo en
cuenta diseños definidos
en el Plan Maestro de
Alcantarillado
DESCRIPCION
Implementar programas
de educación ambiental
que estén inmersas en el
uso del suelo del relleno
sanitario y fuentes
hídricas.
Seguimiento y monitoreo
al manejo indebido a los
residuos sólidos
Adecuar un lugar para la
disposición de los RCD
locales.
Apoyar a la EPA, en
referencia al
mantenimiento de los
activos del Municipio en
10 que tiene que ver con
el agua potable y el
saneamiento básico.
Mejorar eI indicador de
cobertura de gas natural.
Implementar programas
de educación ambiental
que estén inmersas en eI
manejo adecuado de los
residuos sólidos.
Aumentar el indicador de
área reforestada en el
Municipio.
Disminuir eI indicador de
agua no contabilizada.
Garantizar a corto plazo,
los recursos económicos
que ayuden a formular los
estudios de Plan Maestro
de acueducto y
Alcantarillado.
CORT
o
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
x
x
x
x
LARG
O
x
x
x
x
x
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Municipio
Rural
Urbano
Urbano
Municipio
Rural
Urbano
Urbano
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antipguia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
560
2.500
8.000
5.000
9.000
2.500
4.000
12.000
2.500
465

===== PÁGINA 466 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
PROGRAMA
Agua para la zona rural
PROYECTO
Diseño y construcción de
sistemas individuales de
tratamiento para zonas que
técnicamente (Topografía)
no es posible conectar con
la planta de tratamiento de
a uas residuales existente.
Optimización de Plantas y
sistemas de Tratamiento
de Aguas Residuales.
Disminución de pérdidas
técnicas del sistema de
acueducto
Campañas educativas
sobre uso eficiente y
adecuado del a ua
Disminución de vertimiento
de residuos líquidos y
sólidos aguas arriba de las
dos bocatomas del
acueducto munici a'
Capacitación de líderes y
comunidad en general en
10 relacionado a la
tegislación de los servicios
úblicos
Construcción de un nuevo
relleno sanitario para la
disposición final de los
residuos sólidos.
Programas de educación y
divulgación para orientar a
la ciudadanía hacia la
separación en la fuente y
el a rovechamiento
Estudio y diseño de
sistemas de tratamiento de
agua potable para el
acueducto multiveredal.
Realizar programas de
ahorro y uso eficiente del
agua con ayuda de las
Juntas De Acción
Comunal, además de la
importancia de la
protección de las cuencas
de las fuentes surtidoras
de acueductos.
DESCRIPCION
Construcción de sistemas
individuales de
saneamiento básico.
Mejoramiento de la
prestación del servicio de
alcantarillado y su
respectivo manejo de
a uas residuales
Implementación para la
optimización y reposición
de los sistemas técnicos
de acueductos.
Implementar programas
de educación ambiental
Implementar programas
de manejo adecuado de
los residuos provenientes
de la actividad
a r cuara.
Implementación de la Ley
142 de 1994.
Implementar los
proyectos inmersos en el
PGIRS.
Implementar programas
de educación ambiental
Inversión en sistemas de
potabilización de agua en
zonas con sistemas
multiveredales.
Implementación de
educación ambiental.
CORT
o
x
x
x
x
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
LARG
O
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio
Municipio
Rural
Municipio
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel.' 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
10.000
5.000
6.700
1 .ooo
700
100
6.000
1.000
5.500
200
466

===== PÁGINA 467 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCtao DF A AVES
PROGRAMA
Saneamiento básico para
la zona rural
Plan de medidas de
manejo generales con
respecto a la gestión del
riesgo.
PROYECTO
Programas de compra de
predios y reforestación de
cuencas surtidoras de
acueductos.
Programas de construcción
de sistemas de tratamiento
de aguas residuales en la
zona rural (Pozos
sé ticos
Reglamentar el desarrollo
urbanístico, a través,
implementación de normas
sismoresistente (NSR —
10) para suelo urbano y
rural.
Cuidado y protección de
las obras hidráulicas
Planes de mantenimiento
asociados a las distintas
obras que se vayan a
desarrollar dentro del
territorio
Actualizar constantemente
los escenarios de amenaza
y riesgos junto con las
acciones formuladas en el
PMGRD
DESCRIPCION
Aumentar el indicador de
área reforestada en el
Municipio.
Aumentar la cobertura de
viviendas rurales con
sistema séptico individual.
Exigir eI Reglamento
Colombiano de
Construcción Sismo
Resistente (NSR — 10) en
construcción de
infraestructura.
Las obras hidráulicas no
deberán ser ocupadas ni
utilizadas para realizar
ningún tipo de
infraestructura, a
excepción de espacios
públicos y elementos del
sistema vial cuando así
estrictamente se re uiera.
Todas las obras que
contribuyan con la
mitigación de la amenaza
o el riesgo deberán incluir
un plan de mantenimiento
con el fin de extenderse
en el tiempo y una vida
útil extensa.
Los procesos de
ocupación y desarrollo del
territorio son constantes y
cambiantes en eI tiempo,
y en consecuencia
también 10 son sus
afectaciones en el
territorio manifestándose
en amenazas y riesgos.
Por 10 tanto, las áreas
zonificadas con amenaza
deben ser
permanentemente
actualizada. De igual
manera los escenarios de
riesgos y acciones que se
encuentran formuladas en
eI Plan Municipal de
Gestión de Riesgos de
Desastres también deben
CORT
o
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
LARG
o
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Urbano y
Rural
Urbano y
Rural
Urbano y
Rural
Urbano y
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49Q-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
1.200
1.000
100
250
15.000
120
467

===== PÁGINA 468 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNC,'P/O DE ANDES
PROGRAMA
Medidas de manejo a
nivel urbano
PROYECTO
Suelo seguro
Formular e implementar los
estudios de detalle
Formular e implementar los
estudios de detalle
Formular e implementar los
estudios de detalle
Formular e implementar los
estudios de detalle
Programas de educación
ambiental, relacionados
con la gestión del riesgo
Construir mecanismos de
participación ciudadana
Construcción de obras de
mitigación de amenaza y
riesgo
DESCRIPCION
ser actualizadas
constantemente.
Definición de zonas
seguras y urbanizables
para la expansión urbana
y desarrollo restringido o
suburbano. Crecimiento
de centros poblados y
corredores viales
suburbanos definidos y
autorizados.
Formular los estudios
detallados para cada
nueva construcción a
desarrollarse en aquellas
áreas con amenaza y
riesgo alto en el EBA en
suelo urbano
En un plazo máximo de 4
años, la administración
municipal realizará un
estudio de detalle con
relación a las zonas
urbanas y rurales del
Municipio de Andes que
se encuentren en rie o.
Estudio de detalle de la
infraestructura de la
Chaparrala. Sector plaza
de mercado.
Estudio de detalle para el
sector Villa Javier en 10
relativo a la torre 5 y
colindantes
Informar a las personas
de las amenazas en que
están expuestas y donde
hay mayor susceptibilidad
de que ocurra algún tipo
de evento.
Estos mecanismos sirven
para la comunicación e
información de
construcciones indebidas
en zonas de alto ries o
Las construcciones de
obras a futuros que
determinen los estudios
de detalle deben incluir
lan de mantenimiento
CORT
o
x
x
x
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
o
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano y
Rural
Urbano
Urbano y
Rural
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Cpnceio@Andes-antioquia.gov.co
INVERSIÓ
MILLONE
S
1.500
500
1.500
500
200
800
150
2.500
468

===== PÁGINA 469 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMC/P/O DE AVDFS
PROGRAMA
Medidas de manejo a
nivel rural
PROYECTO
Estabilización de taludes o
laderas
Prohibir la intervención en
zonas cata:ogadas en
condición de amenaza y
riesgo alto
Retiro de cuerpos de agua
de acuerdo con la norma
nacional vigente
Realizar evaluación a las
obras hidráulicas de suelo
urbano
Formular e implementar los
estudios de detalle
Educación ambiental para
la comunidad relacionados
con la gestión del riesgo
Construir mecanismos de
participación ciudadana
DESCRIPCION
CORT
con el fin de extender su
vida útil
Deben realizarse la
ejecución de obras que
ayuden en el control de
las aguas de lluvias y de
escorrentía
No se podrá intervenir en
estas áreas para ningún
tipo de infraestructura
hasta ser ejecutados los
estudios de detalles
necesarios
Se deben respetar los
retiros exigidos por la
norma nacional vigente,
esto es treinta (30)
metros para lado y lado
en ríos quebradas y cien
(100) metros al rededor
ara nacimientos
Realizar un análisis de las
obras hidráulicas para
verificar la capacidad real
a la hora de afrontar flujos
de agua provenientes de
las aguas de escorrentía
en temporadas de altas
precipitaciones para
verificar si cuentan con la
ca acidad adecuada
Formular los estudios
detallados para cada
nueva construcción a
desarrollarse en aquellas
áreas con amenaza y
riesgo alto en el EBA en
suelo Rural
Educar a la comunidad
sobre aquellos lugares
que no deben ser
ocupados por tratarse de
áreas de amenaza y
rie o altos
Estos mecanismos sirven
para la comunicación e
información de
construcciones indebidas
en zonas de alto ries o
o
x
x
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
O
x
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano
Urbano
Urbano
Urbano
Rural
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceip@Andes-antioquia.gov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
3.500
780
300
200
500
100
260
469

===== PÁGINA 470 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/RO PE ANDES
PROGRAMA
Medidas de manejo a
nivel rural
PROYECTO
Construcción de obras de
mitigación de amenaza y
riesgo
Adecuación de vías
veredales
Estabilización de taludes o
laderas
Prohibir la intervención en
zonas catalogadas en
condición de amenaza y
riesgo alto
Retiro de cuerpos de agua
de acuerdo con la norma
nacional vigente
Ejecución de actividades
ambientales.
DESCRIPCION
Las construcciones de
obras a futuros que
determinen los estudios
de detalle deben incluir
plan de mantenimiento
con el fin de extender su
vida útil
Medidas de intervención
en cuanto a la
construcción y
mantenimientos de las
vías veredales,
especialmente, manejo
de a uas lluvias
Conservar y proteger la
vegetación en estas
áreas de altas ndientes
No se podrá intervenir en
estas áreas para ningún
tipo de infraestructura
hasta ser ejecutados los
estudios de detalles
necesanos
Se deben respetar los
retiros exigidos por la
norma nacional vigente,
esto es treinta (30)
metros para lado y lado
en ríos quebradas y cien
(100) metros al rededor
ara nacimientos
Fortalecimiento de las
incluyendo
cuencas,
programa de reforestación
de cuencas y zonas
afectadas con especies
nativas.
Programa de asistencia
técnica y mejoramiento de
prácticas agrícolas en
zonas de ladera,
reforestación
de
las
laderas de montaña.
Información sobre uso
adecuado del suelo para
la práctica de cultivo y la
anadería.
Reglamentación de un
Plan Maestro de Control
de inundaciones como
parte integral de los
POMCA.
CORT
o
x
x
x
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
O
x
x
x
x
x
LARG
o
x
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Urbano y
Rural
Municipio de Andes, calle 49 Nro.49g-39, Piso ge.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
500
400
650
200
100
500
250
300
3.000
470

===== PÁGINA 471 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUA'C/P/O DE ANDES
PROGRAMA
Maedidas de manejo
ambiental
PROYECTO
Ejecución de actividades
mineras
DESCRIPCION
CORT
Implementar un plan de
ordenamiento de cauces,
caracterizando ta red de
drena
Programas
de
mantenimiento y limpieza
de cauces.
Prácticas agrícolas que
controlen la erosión y
sedimentación.
Estructuración de una
política pública local,
desde
el Concejo
Municipal,
la
con
respectiva asignación de
recursos, que comprenda
la
asistencia legal,
ambientat y social a la
población minera, con el
fin de formalizar
la
actividad,
logar
la
participación
de los
titulares y proponentes
mineros Y
vinculadas
problemática
entidades
la
a
generada
por la actividad minera sin
título legal y sin ei
instrumento ambiental
re ctivo
Coordinación
interinstitucional para la
aplicación de la sentencia
25000234100020130245
901 del 4 de agosto de
2022.
Presentación
proyectos
de
de
x
x
x
x
x
x
PLAZO
MEDIAN
o
x
x
x
LARG
o
x
x
cofinanciación ante tas
fuentes de financiación en
las entidades respectivas
con eI fin de hallar
soluciones estructurales
a los problemas que
genera la informalidad e
ilegalidad minera en el
territorio.
Intermediación ante la
autoridad minera en los
procesos de formalización
en áreas tituladas o en
roceso de titulación.
AMBITO DE
APLICACIÓN
Urbano y
Rural
Urbano
IJrbano y
Rural
Rural
Rural
Rural
Rural
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.492-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
INVERSIÓ
MILLONE
s
4.300
3.000
5.400
120
100
250
250
471

===== PÁGINA 472 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUMCP/O OF ANDES
PROGRAMA
PROYECTO
DESCRIPCION
CORT
O
Seguimiento a la política
de CERO MERCURIO, en
eI que Andes ha sido
destacado
nivel
a
nacional, Como Municipio
que ha erradicado el uso
de esta sustancia en la
x
actividad minera. La
estrategia es mantener la
línea de investigación que
al respecto adelantó la
Universidad de Antioquia,
para la erradicación del
Mercurio en Andes.
Formular el plan de
manejo minero ambiental
PLAZO
MEDIAN
o
x
LARG
AMBITO DE
APLICACIÓN
Rural
INVERSIÓ
NEN
MILLONE
s
800
250
Igualmente, se presenta el Programa de Ejecución con sus políticas,
proyectos, plazos de ejecución y responsabilidades.
LIBRO 7
DISPOSICIONES FINALES
PARTE 1
EXPEDIENTE MUNICIPAL
estrategias,
programas,
ARTÍCULO 203.
EXPEDIENTE MUNICIPAL. De conformidad con 10 dispuesto en ei Artículo 112
de la Ley 388 de 1997, el Municipio de Andes continuará la implementación del Expediente Municipal,
el cual está conformado por documentos, planos e información georreferenciada, acerca de su
organización territorial y urbana. EI objeto del Expediente es contar con un sistema de información
municipal, que sustente los diagnósticos y la definición de políticas, así como la formulación de planes,
programas y proyectos de ordenamiento espacial del territorio por parte del Municipio.
ARTÍCULO 204.
SISTEMA DE INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN
BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. La Secretaría de Planeación e infraestructura, o la
dependencia que haga sus veces, creará y pondrá en funcionamiento un sistema de información
georreferenciada, por medio de indicadores que consoliden y actualicen el Expediente Municipal, es
decir, que permitan configurar un expediente territorial integral y por cada polígono, que entregue
información sobre los atributos y sistemas estructurantes del territorio, la gestión e impacto en las
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.gov.co
472

===== PÁGINA 473 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
dimensiones sociales, ambientales, culturales, económicas y político - administrativas, que permitan
actualizar los diagnósticos, retroalimentar modelos de prospectiva territorial y sectorial, así como,
configurar el sistema de monitoreo, seguimiento, evaluación, revisión y ajuste, que requieren los
diferentes componentes del Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Dicho sistema, será
implementado en el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo.
PARTE 2
ESTUDIOS DETALLADOS Y CORRECCIONES CARTOGRÁFICAS
ARTÍCULO 205.
ESTUDIOS DETALLADOS POR CONDICIÓN DE AMENAZA Y RIESGO. De
conformidad con 10 dispuesto en los artículo 2.2.2.1.3.2.2.1 al 2.2.2.1.3.2.2.8 del Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015, para los suelos con condición de amenaza y riesgo sujetos a la
elaboración de estudios detallados estos deberán ser elaborados por los interesados en el proceso de
formulación del correspondiente Plan Parcial, cuando dichos suelos sean sujetos a este instrumento
de planificación complementaria o en el trámite de la licencias urbanística de parcelación o
urbanización, caso en el cual deberá ser aportado con los demás documentos exigidos conforme a la
norma nacional al momento de radicar la solicitud de dicha licencia.
ARTÍCULO 206.
ESTUDIOS DE DETALLE PARA CORREGIR IMPRECISIONES
CARTOGRÁFICAS. En concordancia con 10 dispuesto en el parágrafo 30 del artículo 12 de la Ley 388
de 1997, adicionado por el artículo 190 del Decreto Ley 019 de 2012, deléguese en la Secretaría de
Planeación e infraestructura la competencia para que mediante Resolución motivada corrija las
inconsistencias cartográficas del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, siempre que no impliquen
modificaciones a su articulado, además en esta se deberán establecer las normas urbanísticas
aplicables al área objeto de precisión y se deberá reflejar en todos los planos de la cartografía oficial
del PBOT y de sus instrumentos reglamentarios o complementarios.
Los ajustes cartográficos también se podrán realizar cuando los estudios de detalle permitan
determinan con mayor exactitud las condiciones jurídicas, físicas, geológicas y morfológicas de los
terrenos, estudios que podrán ser presentados ante la Secretaría de Planeación e infraestructura que
haga sus veces por sus propietarios o titulares de derechos reales de dominio.
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 4313 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
473

===== PÁGINA 474 =====
MUNC/P,'O DE ANDES
ARTÍCULO 207.
CONCEJO
MUNICIPAL
PARTE 3
ASPECTOS NORMATIVOS
NORMA ESPECÍFICA. EI Alcalde Municipal en un término de doce (12) meses,
contados a partir de la sanción del presente Acuerdo, expedirá mediante Decreto las normas
específicas o normas básicas de urbanismo y construcción.
ARTÍCULO 208.
DIFUSIÓN DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. La
Administración Municipal, adelantará un proceso de divulgación para la sensibilización y comprensión
del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dirigido a la comunidad y a las autoridades encargadas
de la gestión y control del desarrollo territorial en el Municipio de Andes. Además, establecerá los
mecanismos para la incorporación de los elementos básicos del PBOT, en las cátedras relacionadas
con el territorio, tanto en las instituciones educativas de carácter público como privado, que funcionan
en el Municipio.
ARTÍCULO 209.
EXCEPCIONES A LAS NORMAS. Cuando se decida adelantar un
macroproyecto o una actuación urbanística integral, conforme a 10 establecido en la Ley 388 de 1997,
y las normas que la desarrollen, y el tratamiento asignado al polígono en el que se desarrolla, sea de
conservación, renovación, o mejoramiento integral, podrán excepcionarse las normas anteriormente
consagradas, siempre y cuando se cumpla con los siguientes parámetros:
1.
2.
3.
4.
No podrán ser objeto de excepción, las normas de primera jerarquía, entendiendo por tales las
referidas a los sistemas estructurantes y el espacio público.
La sustentación de tal excepción debe apoyarse en el correspondiente plan parcial, que incluya los
estudios técnicos o económicos que la justifiquen.
La excepción, sólo causará efectos frente al proyecto de que trate, y en ningún caso podrá utilizarse
como cambio general a la normativa establecida.
Deberá referirse al conjunto de inmuebles que se encuentran incorporados en el plan parcial, o
establecer los mecanismos de reparto equitativo de cargas y beneficios, cuando sólo se favorece
una parte de estos.
ARTíCULO 210.
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. con ei fin de garantizar la seguridad jurídica y la
confianza legítima de los particulares en el Estado (Municipio) se adopta el siguiente régimen de
transición:
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 39.
Tel: 841 4313 / E-mail: Concelo@Andes-antioquia.qov.co
474

===== PÁGINA 475 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
DE ANDES
1. Quienes a la fecha de sanción del presente Acuerdo haya radicado en legal y debida forma
solicitudes de licencias urbanísticas, en los términos establecidos en el Decreto Único
Reglamentario 1077 de 2015.
2. Los polígonos sujetos a planes parcial para los cuales se hayan expedido las determinantes
urbanísticas, siempre y cuando estas se encuentren vigente, ello conforme 10 dispuesto por el
Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
3. Los titulares de proyectos que hayan realizado cesiones anticipadas al Municipio de Andes.
4. Los proyectos que puedan acceder a licencias para saneamiento de cesiones conforme a 10
dispuesto en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
PARÁGRAFO. Las licencias de urbanización y parcelación otorgan derechos de construcción y
desarrollo a sus titulares, en virtud de ello sus titulares tienen derecho a la expedición de las respectivas
licencias de construcción con fundamento en las normas vigentes al momento de la expedición de las
licencias de urbanización y parcelación.
ARTÍCULO 211.
EI presenté proyecto de acuerdo es una política pública toda vez que cumple con
los requisitos básicos de gobernabilidad y gobernanza.
ARTÍCULO 212.
VIGENCIA. EI presente Acuerdo rige a partir de su sanción y publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los Acuerdos 022 del 2000, Acuerdo 010
de 2004, Acuerdo 007 de 2013, Acuerdo 013 de 2017 y Acuerdo 006 de 2018 y modifica el parágrafo
1 del artículo 275 del acuerdo 002 de 2023.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Andes — Antioquia a los diez (10) días del mes de Junio de 2023.
'xJeXe-Z
STIVEN VÉLEZ HENAO
Presidente
Ó A EUGE IA IZ
Secretaria
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel: 841 43 13 / E-mail: Conceio@Andes-antioquia.qov.co
475

===== PÁGINA 476 =====
CONCEJO
MUNICIPAL
MUNCIP/O DE ANDES
POST-SCRIPTUM
EI presente Acuerdo fue radicado por ei señor Alcalde CARLOS ALBERTO OSORIO CALDERÓN, corno
PROYECTO DE ACUERDO NO 004 del 10 de Mayo de 2023; sufrió los dos debates reglamentarios en
días diferentes y el primer debate el 06 de junio de 2023 y el segundo debate el 10 de junio 2023, fue
aprobado en plenaria por 12 votos positivos de los Honorables Concejales. Quedando como ACUERDO
MUNICIPAL NO 004.
Se remiten cinco (05) copias originales a la Alcaldía Municipal a los Quince (15) días del mes de Junio de
2023, para efectos de su sanción y publicación legal. Para fines de revisión remítanse dos (02) ejemplares
a la Gobernación de Antioquia-Dirección Jurídica.
ICA EUGENIA IZ
ecretaria General
JUJ 2023
de 20
Recibido hoy
Y al Despacho del Señor Alcalde.
Alcaldía MunicipalSeaetarb
23 2023
Andes
Publíquese y ejecútese, en doble ejemplar
Remitase a la Gobernación del Departamento
Municipio de Andes, Calle 49 Nro.49g-39, Piso 32.
Tel.' 841 4313 / E-mail: Concejo@Andes-antioquia.gov.co
476