Procedimiento para la expedición de licencias urbanísticas de Alejandría
Alejandría, Antioquia. Fuente de remisión: Alcaldía de Alejandría, Secretaría de Planeación e Infraestructura..
Fecha documental: 2026-03-28. Copia documental histórica aportada para consulta. Vigencia normativa actual no verificada. Fecha de elaboración. La cláusula de vigencia interna se presenta como opcional y remite a una adopción posterior; no se localizó acto de adopción dentro del archivo. No se presenta como procedimiento formalmente adoptado.
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PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
OFICINA DE PLANEACIÓN E INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL
Municipio de Alejandría – Antioquia
1. OBJETIVO
Establecer de manera detallada, uniforme y estandarizada el procedimiento
administrativo, técnico y documental para la recepción, revisión, evaluación,
decisión, liquidación, notificación y entrega de las licencias urbanísticas
tramitadas ante la Oficina de Planeación Municipal, garantizando el
cumplimiento de la normatividad urbanística vigente, el debido proceso
administrativo, la seguridad jurídica del administrado y el fortalecimiento
institucional del Municipio.
2. ALCANCE
Este procedimiento aplica para todas las solicitudes de licencias urbanísticas
presentadas por personas naturales o jurídicas ante el Municipio, desde la
orientación inicial y entrega de requisitos, pasando por la radicación, revisión
documental, requerimientos de subsanación, evaluación técnica y jurídica,
expedición del acto administrativo, liquidación y pago, hasta la entrega final de
la licencia y archivo del expediente.
Aplica para las siguientes clases de licencias urbanísticas y sus modalidades:
• Licencia de obra nueva
• Licencia de parcelación
• Licencia de subdivisión/reloteo
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• Licencia de reconocimiento
• Permiso para movimiento de tierras
• Licencia de construcción de piscinas
• Licencia urbanística en modalidad de desarrollo
• Licencia urbanística en modalidad de saneamiento
• Licencia urbanística en modalidad de reurbanización
• Licencia urbanística en modalidad de ampliación o modificación
• Licencia de demolición
• Prorroga de licencia
• Revalidación de licencias
• Modificación de licencia vigente.
• Modificación de planos urbanísticos de legalización.
3. MARCO NORMATIVO
• Constitución Política de Colombia
• Ley 388 de 1997
• Ley 1437 de 2011 – CPACA
• Ley 594 de 2000
• Decreto 1077 de 2015
• Decreto 2218 de 2015
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• Decreto 1783 de 2021
• Plan de Ordenamiento Territorial (POT), EOT o PBOT del Municipio
• Acuerdo Municipal 021
• Demás normas urbanísticas, ambientales, estructurales, catastrales, de
servicios públicos y de uso del suelo aplicables
4. DEFINICIONES BÁSICAS
4.1 Licencia urbanística
Es la autorización previa expedida por la autoridad competente para adelantar
actuaciones de urbanización, parcelación, subdivisión, construcción o
intervención/ocupación del espacio público, de conformidad con las normas
urbanísticas vigentes.
4.2 Solicitante
Persona natural o jurídica, propietaria, poseedora, fideicomitente, apoderada o
legitimada legalmente para solicitar la licencia.
4.3 Expediente
Conjunto organizado de documentos físicos o digitales que soportan el trámite
administrativo de la licencia urbanística.
4.4 Subsanación
Corrección, complemento o aporte de documentos, información técnica o
jurídica requerida por la Oficina de Planeación para continuar el trámite.
4.5 Acto administrativo
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Resolución mediante la cual se concede, niega, devuelve, aclara, modifica o
decide cualquier situación jurídica relacionada con la solicitud de licencia.
5. PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO
Este procedimiento se desarrollará con base en los principios de:
• Legalidad
• Publicidad
• Transparencia
• Eficacia
• Celeridad
• Debido proceso
• Seguridad jurídica
• Buena fe
• Responsabilidad administrativa
• Archivo y trazabilidad documental
6. CLASES DE LICENCIAS Y REQUISITOS GENERALES
6.1 Regla general sobre requisitos
Cada clase o modalidad de licencia urbanística tiene requisitos diferentes, de
acuerdo con:
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• la naturaleza de la actuación urbanística;
• la clasificación del suelo;
• el uso del suelo;
• la titularidad del predio;
• la existencia de propiedad horizontal;
• la necesidad de estudios técnicos;
• la intervención sobre bienes de interés cultural, zonas de riesgo, rondas
hídricas, retiros, vías, espacio público u otras restricciones normativas.
Por lo anterior, la Oficina de Planeación Municipal no manejará un único listado
universal de requisitos, sino que entregará al ciudadano el listado de requisitos
específico según el tipo de licencia solicitada.
6.2 Requisitos mínimos transversales (orientativos)
Sin perjuicio de los requisitos particulares de cada licencia, usualmente se exigirá,
según el caso:
• Carta de solicitud o petición formal
• Formulario Único Nacional debidamente diligenciado
• Documento de identidad del solicitante
• Certificado de tradición y libertad del predio
• Documento que acredite legitimación o representación
• Copia de impuesto predial o ficha catastral, cuando aplique
• Planos arquitectónicos, estructurales, urbanísticos o topográficos, según
corresponda
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• Memorias técnicas y estructurales, cuando aplique
• Diseños y estudios complementarios, según la modalidad
• Conceptos, permisos o autorizaciones especiales cuando sean exigibles
• Soportes de vecinos o propiedad horizontal, cuando corresponda
• Correo electrónico y dirección para notificaciones
• Demás documentos exigidos por la norma o por la naturaleza del trámite
7. RESPONSABLES
7.1 Secretaría de Despacho alcalde
Responsable de:
• recibir la solicitud y anexos;
• registrar la radicación;
• remitir físicamente o digitalmente el expediente a la Oficina de Planeación.
7.2 Oficina de Planeación Municipal
Responsable de:
• orientar al ciudadano;
• definir y entregar el listado de requisitos aplicable;
• revisar integralmente la documentación;
• realizar la evaluación técnica, urbanística y jurídica;
• emitir requerimientos de subsanación;
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• proyectar actos administrativos;
• aprobar o rechazar la solicitud;
• elaborar liquidación o guía de pago;
• entregar resolución y planos aprobados;
• custodiar y archivar el expediente.
7.3 Secretaría de Hacienda / Tesorería
Responsable de:
• recibir el pago correspondiente por concepto de expensas, derechos o cargos
autorizados;
• emitir constancia de pago.
7.4 Solicitante / Interesado
Responsable de:
• presentar solicitud completa;
• aportar documentos auténticos y suficientes;
• atender requerimientos de subsanación dentro del término legal;
• efectuar el pago correspondiente;
• aportar datos de contacto y notificación veraces.
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8. PROCEDIMIENTO DETALLADO PASO A PASO
ETAPA 1. ORIENTACIÓN AL USUARIO Y ENTREGA DE REQUISITOS
Actividad 1. Atención inicial al ciudadano
El ciudadano, propietario o interesado se acerca a la Oficina de Planeación
Municipal o consulta por el trámite de licencia urbanística.
Actividad 2. Identificación del tipo de licencia
La Oficina de Planeación determina preliminarmente:
• qué tipo de actuación pretende el ciudadano;
• si corresponde a licencia de construcción, subdivisión, parcelación,
urbanización, etc.;
• qué modalidad aplica;
• qué normas urbanísticas le son exigibles.
Actividad 3. Entrega del listado de requisitos
Una vez identificado el trámite, la Oficina de Planeación entrega al interesado:
• el listado específico de requisitos según el tipo de licencia;
• el Formulario Único Nacional, si aplica;
• las observaciones básicas sobre planos, estudios y documentos necesarios;
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• indicaciones sobre forma de radicación y demás observaciones que considere
pertinente.
Producto de esta etapa: Guía o listado de requisitos aplicable al trámite
solicitado.
ETAPA 2. RADICACIÓN DE LA SOLICITUD
Actividad 4. Presentación de la solicitud
El interesado presenta la solicitud con los documentos exigidos en la Secretaría
del alcalde para radicación.
Actividad 5. Recepción formal
La Secretaría de la Alcaldía:
• recibe la solicitud;
• verifica de manera preliminar que venga dirigida a la autoridad competente;
• asigna número y fecha de radicado;
• registra la entrada del trámite.
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Actividad 6. Remisión a Planeación
Una vez radicado, el expediente es remitido a la Oficina de Planeación Municipal
para su revisión y trámite.
Producto de esta etapa: Solicitud oficialmente radicada y expediente
administrativo abierto.
ETAPA 3. RECEPCIÓN Y APERTURA DEL EXPEDIENTE EN PLANEACIÓN
Actividad 7. Recepción interna del expediente
La Oficina de Planeación recibe el expediente y deja constancia de ingreso.
Actividad 8. Apertura y organización del expediente
Se organiza el expediente físico y/o digital, con foliación o control documental
interno, incluyendo:
• solicitud;
• anexos;
• datos del solicitante;
• predio;
• modalidad de licencia;
• funcionario responsable del trámite.
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Producto de esta etapa: Expediente organizado para revisión formal y técnica.
ETAPA 4. REVISIÓN DOCUMENTAL Y DE COMPLETITUD
Actividad 9. Revisión de requisitos
La Oficina de Planeación realiza una revisión detallada para verificar:
• si la solicitud corresponde efectivamente a la licencia indicada;
• si los documentos exigidos fueron aportados;
• si los soportes están legibles, vigentes y completos;
• si los planos y documentos técnicos corresponden al predio y a la actuación
solicitada;
• si existe legitimación del solicitante;
• si hay coherencia entre la solicitud, el uso del suelo y la normativa aplicable.
Actividad 10. Resultado de la revisión inicial
De esta revisión pueden surgir dos escenarios:
Escenario A. Documentación completa
Si la solicitud está completa, se continúa con la evaluación técnica y jurídica.
Escenario B. Documentación incompleta o inconsistente
Si faltan documentos, hay errores, inconsistencias o soportes insuficientes, se
genera requerimiento de subsanación.
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ETAPA 5. REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN
Actividad 11. Elaboración del cuadro de observaciones
Cuando la solicitud no cumple integralmente los requisitos, la Oficina de
Planeación elabora un cuadro en Excel de los documentos a subsanar, en el cual
se detallan:
• documentos faltantes;
• errores detectados;
• observaciones técnicas;
• observaciones jurídicas;
• ajustes requeridos a planos o memorias;
• término para subsanar.
Actividad 12. Comunicación al solicitante
El requerimiento se comunica al interesado a través del medio de contacto
indicado en la solicitud y/o en el Formulario Único Nacional, dejando constancia
en el expediente.
Actividad 13. Término para subsanar
El solicitante contará con treinta (30) días hábiles para atender y subsanar el
requerimiento, conforme al régimen aplicable de licencias urbanísticas.
Actividad 14. Recepción de la subsanación
Si el solicitante allega oportunamente los documentos o correcciones requeridas,
la Oficina de Planeación continúa el trámite.
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Actividad 15. Falta de subsanación
Si el solicitante no subsana dentro del término legal, se procederá al cierre del
trámite mediante el acto administrativo correspondiente.
Productos de esta etapa:
• Cuadro o requerimiento de subsanación
• Respuesta del interesado, si la presenta
• Constancia de vencimiento del término, si no subsana
ETAPA 6. EVALUACIÓN TÉCNICA, URBANÍSTICA Y JURÍDICA
Actividad 16. Verificación normativa
La Oficina de Planeación verifica el cumplimiento de:
• uso del suelo;
• normas urbanísticas del EOT
• tratamientos urbanísticos;
• índices de ocupación y construcción;
• aislamientos, retiros, alturas, volumetría;
• accesos y afectaciones;
• compatibilidad del proyecto con el ordenamiento territorial;
• demás disposiciones especiales.
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Actividad 17. Revisión jurídica
Se verifica:
• legitimación del solicitante;
• titularidad del predio;
• representación o apoderamiento;
• restricciones jurídicas;
• cumplimiento de requisitos formales;
• competencia de la autoridad municipal.
Actividad 18. Revisión técnica y documental especializada
Cuando aplique, se revisan:
• planos arquitectónicos;
• planos estructurales;
• estudios topográficos;
• levantamientos;
• diseños urbanísticos;
• disponibilidad o condiciones de servicios públicos;
• restricciones ambientales o de riesgo;
• demás soportes técnicos.
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ETAPA 7. DECISIÓN DEL TRÁMITE
Actividad 19. Proyección del acto administrativo
Con base en la evaluación realizada, la Oficina de Planeación proyectará la
resolución correspondiente, según el caso:
Tipos de decisión posibles:
a) Resolución de otorgamiento
b) Resolución de negación y devolución de documentos radicados.
c) Otros actos complementarios
Contenido mínimo de la resolución de otorgamiento:
• identificación del solicitante;
• identificación del predio;
• tipo y modalidad de licencia;
• fundamentos de hecho y de derecho;
• condiciones de aprobación;
• obligaciones del titular;
• vigencia de la licencia;
• recursos procedentes;
• anexos técnicos y planos aprobados.
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Producto de esta etapa: Resolución debidamente suscrita por la autoridad
competente.
ETAPA 8. NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Actividad 20. Notificación al interesado
Una vez expedida la resolución, se procederá a su notificación al solicitante o
apoderado de acuerdo a la información suministrada en la carta de solicitud y/o
formulario único nacional.
Observación importante
Si no es posible la notificación personal o electrónica en debida forma, deberá
acudirse al mecanismo supletivo legal que corresponda, conforme al CPACA.
Producto de esta etapa: Acto administrativo debidamente notificado o
comunicado conforme a derecho.
ETAPA 9. LIQUIDACIÓN Y PAGO
Actividad 21. Elaboración del documento guía para pago
Una vez expedida y notificada la resolución favorable, la Oficina de Planeación
elaborará y entregará al interesado el documento guía o liquidación de pago,
conforme a los valores o derechos aplicables establecidos del estatuto tributario
Municipal; esta será enviada junto con la notificación de acuerdo a la información
suministrada en la carta de solicitud y/o formulario único nacional.
Actividad 22. Pago en Secretaría de Hacienda
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El interesado deberá acudir a la Secretaría de Hacienda o dependencia
competente para realizar el pago correspondiente; sin embargo, también puede
realizar el pago por medio de transferencia bancaria, la cual se adjunta junto con
la notificación y la liquidación de pago.
Actividad 23. Verificación del pago
La Oficina de Planeación verificará la constancia o soporte de pago mediante la
entrega del soporte de pago color azul que emite la secretaria de Hacienda, la
cual trae el usuario interesado antes de efectuar la entrega final de la licencia y
sus anexos.
Producto de esta etapa: Constancia de pago del trámite.
ETAPA 10. ENTREGA DE LA LICENCIA Y PLANOS APROBADOS
Actividad 24. Entrega final
Una vez acreditado el pago, la Oficina de Planeación procederá a entregar al
solicitante:
• copia de la resolución;
• planos aprobados;
• demás documentos que hagan parte del acto de otorgamiento.
Actividad 25. Registro interno de entrega
Se dejará constancia de:
• fecha de entrega;
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• nombre de quien recibe;
• firma o soporte equivalente.
Producto de esta etapa: Licencia urbanística formalmente entregada al usuario.
ETAPA 11. CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE
Actividad 26. Conformación final del expediente
Se verificará que el expediente contenga como mínimo:
• solicitud inicial;
• listado de requisitos entregado (si existe);
• radicado;
• documentos aportados;
• requerimientos de subsanación (si aplica);
• respuesta de subsanación (si aplica);
• resolución;
• constancias de notificación;
• constancia de pago;
• copia de planos aprobados;
• constancia de entrega.
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Actividad 27. Archivo y custodia
El expediente se archivará por un año en la oficina de planeación y luego se
enviará al archivo municipal.
Producto de esta etapa: Expediente cerrado, completo y debidamente archivado.
9. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO CUANDO NO SE SUBSANA
9.1 Evento
Si el solicitante no subsana dentro de los 30 días hábiles otorgados.
9.2 Actuación
La Oficina de Planeación elaborará la Resolución de devolución / archivo del
trámite, indicando:
• número de radicado;
• antecedentes del trámite;
• requerimiento realizado;
• constancia del vencimiento del término;
• fundamento normativo;
• decisión de devolución o archivo.
9.3 Notificación
La resolución deberá notificarse conforme al medio autorizado o permitido
dentro del expediente.
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9.4 Cierre
Se archiva el expediente con constancia de finalización sin otorgamiento de
licencia.
10. DIAGRAMA RESUMIDO DEL FLUJO DEL PROCEDIMIENTO
1. Usuario solicita información
2. Planeación identifica tipo de licencia
3. Se entrega listado de requisitos específico
4. Usuario radica solicitud con la Secretaria del Alcalde.
5. Secretaría remite expediente a Planeación
6. Planeación revisa documentos
Si está completo:
7. Evaluación técnica, jurídica y urbanística
8. Se proyecta resolución
9. Se notifica al interesado
10. Se entrega liquidación / guía de pago
11. Usuario paga en Hacienda
12. Planeación entrega resolución y planos aprobados
13. Archivo del expediente
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Si está incompleto:
7A. Se emite requerimiento de subsanación
8A. Se otorgan 30 días hábiles para subsanar
• Si subsana → vuelve a evaluación
• Si no subsana → Resolución de devolución / archivo → Notificación → Archivo
11. TIEMPOS Y TÉRMINOS INTERNOS RECOMENDADOS
• Entrega de requisitos al ciudadano: Inmediato
• Remisión de Secretaría a Planeación: 1 día hábil
• Revisión inicial de documentos: 5 a 15 días hábiles
• Emisión de requerimiento de subsanación: Dentro de revisión inicial
• Término de subsanación del usuario: 30 días hábiles
• Revisión de subsanación: 5 a 15 días hábiles
• Elaboración de resolución: 3 a 8 días hábiles
• Notificación: dentro de los días de la elaboración de la resolución.
• Entrega final tras pago: 1 a 3 días hábiles
12. OBSERVACIONES FINALES PARA ADOPCIÓN MUNICIPAL
1. Cada licencia debe tramitarse con su propio listado de requisitos, de acuerdo
con su modalidad y soporte normativo.
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2. No debe otorgarse licencia con expediente incompleto.
3. El requerimiento de subsanación debe ser claro, puntual y verificable.
4. Debe mantenerse control estricto de los términos.
5. La notificación electrónica debe manejarse con soporte adecuado.
6. Todo trámite debe quedar debidamente archivado y trazable.
7. Este procedimiento puede ser adoptado mediante acto administrativo interno
o manual de procesos y procedimientos.
13. CLÁUSULA DE VIGENCIA INTERNA (OPCIONAL)
El presente procedimiento regirá a partir de su adopción por la Administración
Municipal y será de obligatorio cumplimiento para los funcionarios y contratistas
que intervengan en el trámite de licencias urbanísticas en la Oficina de
Planeación Municipal.
Elaborado el 28 de marzo del 2026 por:
MARISOL GONZALEZ GOMEZ
Secretaria de Planeación E Infraestructura
Alcaldía de Alejandria-Antioquia.