Derecho Regulatorio y Defensa ante Superintendencias
Defensa en procesos administrativos sancionatorios, respuesta a requerimientos, visitas de inspección y litigio contra actos administrativos.
Las empresas reguladas en Colombia conviven con varias autoridades a la vez, y cada una puede abrir un proceso sancionatorio con su propio procedimiento y sus propios plazos. El error más costoso es tratar el primer requerimiento como un trámite administrativo y contestarlo sin abogado: ese oficio suele ser la prueba con la que después se construye el pliego de cargos. Defendemos desde el primer requerimiento y, si la sanción llega, la demandamos.
Qué hacemos
- Respuesta estratégica a requerimientos de información, visitas de inspección y solicitudes de explicaciones.
- Defensa en procesos administrativos sancionatorios: descargos, práctica de pruebas, alegatos y recursos.
- Trámites de autorización, licencias, permisos, registros y aprobaciones regulatorias sectoriales.
- Demanda de nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos sancionatorios, con solicitud de medida cautelar de suspensión.
- Acompañamiento en relación permanente con el regulador: conceptos, consultas, reportes periódicos y planes de mejora.
- Defensa ante la Superintendencia de Sociedades, Industria y Comercio, Financiera, de Servicios Públicos, de Transporte, de Salud, de Vigilancia y Seguridad Privada, la DIAN, la ANLA y los reguladores sectoriales.
Qué recibes
- Respuesta al requerimiento con análisis previo de riesgo y control de lo que se entrega.
- Descargos completos con estrategia probatoria y análisis de caducidad y competencia.
- Mapa de obligaciones regulatorias por entidad, con calendario de reportes.
- Demanda contencioso administrativa con solicitud de suspensión provisional.
Marco normativo
- Ley 1437 de 2011 (CPACA), procedimiento administrativo sancionatorio
- Ley 1755 de 2015 (derecho de petición)
- Circulares básicas jurídicas de cada superintendencia
- Normativa sectorial aplicable a la actividad vigilada
Ante quién se litiga o se tramita
- Superintendencias de Sociedades, Industria y Comercio, Financiera, Servicios Públicos, Transporte, Salud y Vigilancia
- DIAN y ANLA
- Tribunales Administrativos y Consejo de Estado
Señales de que tu empresa necesita este servicio
- Llegó un requerimiento de información con plazo corto y sanciones por no responder.
- Les formularon pliego de cargos o abrieron investigación administrativa.
- Una sanción quedó en firme y hay que demandarla ante la jurisdicción.
- La empresa entró a ser vigilada y no sabe qué reportes debe presentar.
Cómo cobramos
Honorarios por etapa procesal, e iguala mensual cuando la empresa tiene relación permanente con uno o varios reguladores.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene una superintendencia para sancionar?
Como regla del CPACA, la facultad sancionatoria caduca a los tres años de ocurrido el hecho, y el acto que impone la sanción debe expedirse y notificarse dentro de ese término, con reglas especiales en algunos regímenes sectoriales. La caducidad es una de las primeras defensas que se revisan.
¿Puedo negarme a entregar información en una visita?
No conviene: la obstrucción es en sí misma sancionable. Lo que sí se puede es acotar el alcance de lo entregado a lo requerido, dejar constancia en el acta, identificar la información sujeta a reserva legal o secreto profesional y solicitar reserva de la información comercialmente sensible.
¿La demanda contra la sanción suspende el pago de la multa?
No automáticamente. Hay que solicitar la suspensión provisional del acto en la demanda y sustentarla, o gestionar acuerdo de pago mientras el proceso avanza. Sin suspensión, la administración puede iniciar cobro coactivo.
¿Sirve un plan de mejora para evitar la sanción?
En muchos regímenes sí ayuda: la corrección oportuna, la colaboración con la autoridad y la ausencia de reincidencia son criterios de graduación de la sanción, y en algunos procedimientos permiten terminar la actuación con compromisos en lugar de multa.
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